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PROCESO DE ELABORACION DE ORDENANZA DE DERECHOS PROCESO DE ELABORACION DE ORDENANZA DE DERECHOS
LEYLA M. FARAH SILVAINGENIERO COMERCIAL 2011
NORMATIVA
MUNICIPALIDADES CORPORACIONES DE DERECHO PUBLICO CUYA FINALIDAD ES SATISFACER NECESIDADES DE LA COMUNIDAD.FUNCIONES PRIVATIVAS ELABORACION PLADECOPLAN REGULADORPROMOCION DESARROLLO COMUNITARIOAPLICAR NORMAS SOBRE TRANSITO Y TRANSPORTEAPLICAR DISPOSICIONES SOBRE CONSTRUCCIÓN Y URBANIZACIÓNASEO Y ORNATO DE LA COMUNA
ATRIBUCIONES ESENCIALES → ESTABLECER DERECHOS POR SERVICIOS Y
→ POR PERMISOS Y CONCESIONES OTORGADOS ( Letra E del Art. 5 LOCM)
Las resoluciones que adopten las municipalidades se denominarán Ordenanzas, Reglamentos Municipales, Decretos Alcaldicios o Instrucciones.
NORMATIVA¿QUE SON LAS ORDENANZAS?
Son normas generales y obligatorias aplicables a la comunidad.
En ellas podrán establecerse multas para los infractores, cuyo monto no excederá de cinco unidades tributarias mensuales, las que serán aplicadas por los juzgados de policía local correspondientes.
(ART 11 LOCM)
¿QUE SON LOS REGLAMENTOS?
Los reglamentos municipales son normas generales obligatorias y permanentes, relativas a materias de orden interno de la municipalidad.
NORMATIVALos Decretos Alcaldicios son resoluciones que versan sobre casos particulares.
Las Instrucciones son directivas impartidas a los subalternos
Todas estas resoluciones estarán a disposición del público y deberán ser publicadas en los sistemas electrónicos o digitales de que disponga la municipalidad.(D.F.L 1-19.704 ART. 12 D.O. 03.05.2002 y LEY 20.285 Art. CUARTO Nº 1 D.O. 20.08.2008)
Conforman el Patrimonio de la Municipalidad:
a) Los bienes corporales e incorporales que posean o adquieran a cualquier título
b) El aporte que les otorgue el gobierno regional respectivo
c) Los ingresos provenientes de su participación en el Fondo Común Municipal
d) Los derechos que cobren por los servicios que presten y por los permisos y concesiones que otorguen
NORMATIVAe) Los ingresos que perciban con motivo de sus actividades o de las de los establecimientos de su dependencia.
f) Los ingresos que recauden por los tributos que la ley permita aplicar a las autoridades comunales, dentro de los marcos que la ley señale, que graven actividades o bienes que tengan una clara identificación local, para ser destinados a obras de desarrollo comunal, sin perjuicio de la disposición sexta transitoria de la Constitución Política, comprendiéndose dentro de ellos, tributos tales como el impuesto territorial establecido en la Ley sobre Impuesto Territorial, el permiso de circulación de vehículos consagrado en la Ley de Rentas Municipales, y las patentes a que se refieren los artículos 23 y 32 de dicha ley y 3º de la Ley sobre Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas;
g) Las multas e intereses establecidos a beneficio municipal, y
h) Los demás ingresos que les correspondan en virtud de las leyes vigentes.(D.F.L 1-19.704 ART. 13 D.O. 03.05.2002)
DE LOS GIROS DE INGRESOS MUNICIPALES
TITULO PRIMEROGIRO Y PAGO DE DERECHOS
OBJETO: Regular montos y establecer la forma en que se debe girar estos derechos.
REGULAR MONTOS: Indicar si los valores estarán expresados en UTM o PesosReajustabilidad de los valores
Cuando se expresan en UTM, se debe considerar que los valores se cobran al valor de la UTM del mes en que han sido girados. Si se pagan antes de la fecha de vencimiento del giro, el valor no debe considerar Reajustabilidad ni Interés.Si se pagan en fecha posterior a la fecha de vencimiento (habiendo sido girado el valor con la UTM del mes en que fue girado) entonces se aplicará Reajustabilidad e Interés legal.
• El interés legal y los reajustes, se aplican en virtud de las normas del Código Tributario (arts. 53, 54 y 55).
•
DE LOS GIROS DE INGRESOS MUNICIPALES
Art 53: Todo impuesto o contribución que no se pague dentro del plazo legal se reajustará en el mismo porcentaje de aumento que haya experimentado el índice de precios al consumidor.
El contribuyente estará afecto, además, a un interés penal del uno y medio (1,5%) por ciento mensual (por cada mes o fracción de mes), en caso de mora en el pago del todo o de la parte que adeudare de cualquier clase de impuestos y contribuciones. Este interés se calculará sobre valores reajustados en la forma señalada en el inciso primero.
En caso de Convenios de Pago, cada cuota constituye un abono a los impuestos adeudados y, en consecuencia, las cuotas pagadas no seguirán devengando intereses ni serán susceptibles de reajuste.
DE LOS GIROS DE INGRESSOS MUNICIPALES
Respecto de la Forma: Debe establecer si los giros se efectuarán previo al inicio del permiso o servicio prestado; debe consignar si el vencimiento del pago se efectuará el último día del mes en que se preste el servicio u otras oportunidades.
Devolución de derechos: Se señalará la forma en que se efectuará la devolución, por ejemplo, se hará vía Decreto Alcaldicio, previo informe de la Contraloría Interna; a solicitud de parte afectada.
Luego, se definen los derechos a cobrar; es importante que se ordenen POR UNIDAD MUNICIPAL GIIRADORA responsable del devengamiento contable de estos ingresos.
UNIDADES GIRADORAS DE DERECHOS Y CONTRIBUCIONES
DE LAS UNIDADES MUNICIPALES GIRADORAS DE CONTRIBUCIONES Y DERECHOS
DIRECCIÓN DE TRÁNSITO
Depto. de Licencias de Conducir
Control de Licencias Clases A1 hasta A5Clases B,C, D, E y F (Arts. 18 y 19 Ley 18.290)
Cambio de Clase o extensión (ya tienen)Duplicados por pérdidaControles de arts. 13 y 21 Ley 18.290: Examen médico del
conductor determinará su aptitud física y psíquica y las incapacidades.
Cuestionario Base
UNIDADES GIRADORAS DE DERECHOS Y CONTRIBUCIONES
DIRECCIÓN DE TRÁNSITO
Depto. de Permisos de Circulación
Duplicados de Permisos de Circulación y Sellos VerdesPlaca Provisoria para Carros de Arrastre y sus duplicadosControl de TaxímetrosDerechos por Estacionamientos ReservadosDerechos por estacionamientos en Vía Pública
DIRECCION DE ASEO Y ORNATO
Derechos por extracción de desechos vegetales y escombrosServicios por desmalezamiento; corte de pastizales u otros
serviciosRetiros de elementos publicitarios del espacio público, lienzos
etc.Retiro de Kioscos; vehículos abandonados en vía públicaRetiro de excedentes de basura, debe establecerse en alguna
unidad de medida, por ejemplo, Litros x día adicionales
UNIDADES GIRADORAS DE DERECHOS Y CONTRIBUCIONES
DIRECCION DE ASEO Y ORNATO
Otros servicios que preste la Dirección, en materias veterinarias, tales como desratizaciones; sanitizaciones, desinsectaciones; control de vectores, palomas; murciélagos; vacunaciones; registros de animales.
Establecer valor a los elementos instalados en el espacio público; áreas verdes y especies vegetales que deban ser repuestos por particulares por daños contra la propiedad municipal. Incluye todo el mobiliario y especies.
Árboles, rejas, pasto, barandas, escaños, papeleros, etc.
Servicios de Bodegaje de Vehículos en aparcaderos; rigen desde que se da la orden de retiro del vehículo.
Explotación de Aridos
UNIDADES GIRADORAS DE DERECHOS Y CONTRIBUCIONES
DIRECCION DE OBRAS MUNICIPALES (LGUC)
Artículo 116º.- La construcción, reconstrucción, reparación, alteración, ampliación y demolición de edificios y obras de urbanización de cualquier naturaleza, sean urbanas o rurales, requerirán permiso de la Dirección de Obras Municipales, a petición del propietario, con las excepciones que señale la Ordenanza General.
El Director de Obras Municipales concederá el permiso previo pago de los derechos.
Artículo 116 Bis.- Los propietarios que soliciten un permiso de edificación podrán contratar un revisor independiente, rebaja de valores de 30%.
Artículo 126º.- Los permisos de urbanización, subdivisión y loteo se otorgarán previo pago de los derechos municipales correspondientes.
UNIDADES GIRADORAS DE DERECHOS Y CONTRIBUCIONES
DIRECCION DE OBRAS MUNICIPALES (LGUC)
Los permisos de construcción pagarán un derecho que se calculará sobre el monto del presupuesto de la obra. Dicho presupuesto se confeccionará aplicando la tabla de costos unitarios por metro cuadrado de construcción, conforme a los tipos y materiales de construcción a emplearse, que envía el MINVU a las Municipalidades antes del 31 de diciembre de cada año; la Municipalidad debe aplicar la reajustabilidad trimestral de acuerdo al Índice de Costo de Edificación determinado por el mismo Ministerio.
Las Direcciones de Obras Municipales podrán disponer que, al momento de ingresar una solicitud de aprobación de anteproyecto o de permiso, se consigne un monto no superior al 10% del valor del derecho municipal a cancelar conforme al artículo 130. Dicho monto se descontará al momento del pago del permiso.
UNIDADES GIRADORAS DE DERECHOS Y CONTRIBUCIONES
DIRECCION DE OBRAS MUNICIPALES (LGUC)
• Artículo 130º.- Los derechos municipales a cancelar por permisos de subdivisión, loteos, construcción, etc. no constituyen impuesto, sino el cobro correspondiente al ejercicio de una labor de revisión, inspección y recepción, y se regularán conforme a la siguiente tabla:Tipos de Obras Derecho Municipal
• 1.- Subdivisiones y loteos ............................................................ 2,0% del avalúo fiscal del terreno.• 2.- Obra nueva y ampliación ....................................................... 1,5% del presupuesto.• 3.- Alteraciones, reparaciones, Obras Menores y provisorias..... 1,0% del presupuesto.• 4.- Planos Tipo autorizados por el Ministerio
de la Vivienda y Urbanismo ........................................................ 1,0% del presupuesto.• 5.- Reconstrucción ..................................................................... 1,0% del presupuesto.• 6.- Modificaciones de proyecto .................................................. 0,75% del presupuesto.• 7.- Demoliciones........................................................................... 0.5% del presupuesto.• 8.- Aprobación de planos para venta por pisos ........................... 2 cuotas de ahorro CORVI por
unidad a vender.• 9.- Certificados de número, línea, recepción,
venta por pisos, etc.......................................................................... 1 cuota de ahorro CORVI.
UNIDADES GIRADORAS DE DERECHOS Y CONTRIBUCIONES
DIRECCION DE OBRAS MUNICIPALES
Derechos no establecidos en la LGUC
- Instalaciones de faenas, grúas, excavaciones, de obras provisorias, tales como carpas, módulos de ferias provisorias.
- Resoluciones de modificaciones y rectificaciones
- Modificación de Planos o Permisos Aprobados
- Modificación de deslindes
- Informes especiales a petición de interesados
- Derechos de Ocupación del espacio público para obras de construcción
UNIDADES GIRADORAS DE DERECHOS Y CONTRIBUCIONES
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
Derechos por el ejercicio transitorio de Actividades Lucrativas:Circos; Ferias; Fondas y Ramadas; stands y kioscos; Autorización especial transitoria art 19 Ley de Alcoholes.
Comercio AmbulanteDuplicados de PatentesDerechos por publicidadDerechos de OBNUP: Kioscos; puestos de feria; Parques de
entretenimiento; carpas y toldos; elementos publicitarios autorizados; etc
Tratándose de OBNUP para seguridad, cierres de pasajes, se puede establecer rebajas del valor, GRATUIDAD.
Se sugiere establecer una tabla por m2 para aplicación general y sobre ésta valorizar situaciones especiales.
UNIDADES GIRADORAS DE DERECHOS Y CONTRIBUCIONES
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
DERECHOS DE PUBLICIDADImportante hacer distinción entre publicidad ubicada en el
espacio público y en el espacio privadoGenerar una tipología: puede ser de forma o ubicación del letrero;
diferenciar luminosos o no luminososTótemToldosEn MarquesinaAdosadosPlaca paletaValla prismaSupersiteMallaetc.
TIPOS DE PUBLICIDAD, ADOSADA
TIPOS DE PUBLICIDAD, PINTADA
TIPOS DE PUBLICIDAD, INTERIOR CENTRO COMERCIAL
TIPOS DE PUBLICDAD, ADOSADA
TIPOS DE PUBLICIDAD, ADOSADA
TIPOS DE PUBLICDAD, EN TECHOS EDIFICIOS
TIPOS DE PUBLICIDAD, GRAN MONUMENTAL TRIPLE
UNIDADES GIRADORAS DE DERECHOS Y CONTRIBUCIONES
UNIDADES GIRADORAS DE DERECHOS Y CONTRIBUCIONES
UNIDADES GIRADORAS DE DERECHOS Y CONTRIBUCIONES
TIPOS DE PUBLICIDAD, TIPO PALETA
UNIDADES GIRADORAS DE DERECHOS Y CONTRIBUCIONES
TIPOS DE PUBLICIDAD, TOTEM
TIPOS DE PUBLICIDAD, VALLA PRISMA
UNIDADES GIRADORAS DE DERECHOS Y CONTRIBUCIONES
DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
DERECHOS VARIOSCertificados VariosCopias Autorizadas de documentos municipalesInformes Varios requeridos por particularesGuías de libre TránsitoCostos de reproducción para efectos de entrega de información Ley
de Transparencia; siempre a precio de costo.Copias de PlanosFotocopiasArriendos Varios : Canchas; piscinas, etc.Valor de la tarifa de Aseo
UNIDADES GIRADORAS DE DERECHOS Y CONTRIBUCIONES
OTRAS CONSIDERACIONES
Establecer que las infracciones a la Ordenanza serán sancionadas por el Juzgado de Policía Local aplicando multa hasta 5 UTMaplicando multa hasta 5 UTM
DICTAMEN 26019 DE MAYO 2010 INNNECESARIO PUBLICAR EN DIARIO OFICIAL, VALIDA SU DIFUSIÓN EN PAGINA WEB MUNICIPAL
Las ordenanzas de derechos se publicarán en el Diario Oficial o en la página web de la municipalidad respectiva o en un diario regional de entre los tres de mayor circulación de la respectiva comuna, en el mes de octubre del año anterior a aquel en que comenzarán a regir, salvo cuando se trate de servicios nuevos, caso en el cual se publicarán en cualquier época, comenzando a regir el primer día del mes siguiente al de su publicación.
ORDENANZA DE DERECHOS
SE SUGIERE CONSTITUIR UN COMITE O UN EQUIPO DE TRABAJO QUE SE DEDIQUE A REVISAR Y REDACTAR LA ORDENANZA DE DERECHOS, CONSTITUIDA POR LA DIRECCION DE ADM Y FINANZAS; ASESORIA JURIDICA; DIRECCIÓN DE OBRAS; SECPLA; DIRECCIÓN DE ASEO; DIRECCIÓN DE TRANSITO; DECOM Y CONTRALOR
ORDENANZA DE DERECHOS
MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCION
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