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Proyecto Educativo Institucional 2018
LICEO
TÉCNICO
PROFESIONAL
AULAS DE ESPERANZA
TALCA
CENTRO DE CUMPLIMIENTO PENITENCIARIO DE TALCA
CENTRO DE PENITENCIARIO FEMENINO DE TALCA
CENTRO DE EDUCACIÓN Y TRABAJO
CENTRO SENAME CIP-CRC
TALCA, MARZO 2018
2
ContenidoCAPITULO I IDENTIFICACIÓN DEL ESTABLECIMIENTO ............................................................... 7
2.- IDENTIFICACIÓN INSTITUCIONAL.......................................................................................... 8
3.- RESEÑA HISTÓRICA DEL ESTABLECIMIENTO .......................................................................... 8
4.- MISIÓN LICEO TÉCNICO PROFESIONAL AULAS DE ESPERANZA DE TALCA.............................. 13
5.- VISIÓN LICEO TÉCNICO PROFESIONAL AULAS DE ESPERANZA DE TALCA............................... 13
6.- SELLOS EDUCATIVOS COMO LOS FUNDAMENTOS SOCIO-ANTROPOLÓGICOS .................... 13
6.1.- LOS SELLOS DESDE EL PEI............................................................................................... 14
7.- ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL ............................................................................................. 16
ORGANIGRAMA ............................................................................ ¡Error! Marcador no definido.
8.- COMUNIDAD ESCOLAR....................................................................................................... 17
8.1.- ESQUEMA MACROSISTEMA .................................................................................................. 18
9.- DE LOS ESTUDIANTES ........................................................................................................ 19
9.1.- DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES ......................................................................................... 19
9.2.- DEBERES DE LOS ESTUDIANTES ............................................................................................ 20
10.- DOCENTES ....................................................................................................................... 22
10.1.- Funciones Profesor Jefe: .................................................................................................... 22
Derechos Del Profesor Jefe: ...................................................................................................... 22
Atribuciones Del Profesor Jefe: .................................................................................................... 23
Responsabilidades Del Profesor Jefe: .......................................................................................... 24
Deberes De Los Profesores De Asignatura:................................................................................... 25
Derechos De Los Profesores De Asignatura: ................................................................................. 26
11.- EN GESTIÓN DE LA SANA CONVIVENCIA ESCOLAR, SE DEBERÁN INCLUIR LOS SIGUIENTESDEBERES DE LOS DOCENTES .................................................................................................... 27
12.- ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN......................................................................................... 28
Ámbito De Aplicación De La Ley N° 19.464 ............................................................................... 28
Rol Del Paradocente:..................................................................................................................... 28
Derechos Del Paradocente............................................................................................................ 29
Deberes Del Paradocente.............................................................................................................. 29
3
Equipo Directivo: .................................................................................................................... 30
Deberes Equipo Directivo.............................................................................................................. 30
Derechos Equipo Directivo:........................................................................................................... 30
Director.................................................................................................................................. 31
Funciones ...................................................................................................................................... 31
De Los Derechos Del Director ....................................................................................................... 31
De Los Deberes Del Director ......................................................................................................... 32
Jefe Unidad Técnico Pedagógica.............................................................................................. 34
Funciones ...................................................................................................................................... 34
Deberes ......................................................................................................................................... 34
Derechos Del Jefe De Unidad Técnico Pedagógica ....................................................................... 36
Del Encargado De Convivencia ............................................................................................... 36
Roles Y Funciones ...................................................................................................................... 37
Jefe De Especialidad............................................................................................................... 38
Roles Y Funciones ......................................................................................................................... 38
Encargado Inventario .................................................................................................................... 39
CONSEJO ESCOLAR ................................................................................................................. 39
Funciones Del Consejo Escolar...................................................................................................... 39
Deberes Según Ley De Inclusión ................................................................................................... 41
Equipo De Gestión De La Convivencia Escolar .......................................................................... 41
El Rol Y Función De Este Equipo Será ............................................................................................ 41
II. CAPÍTULO: FUNCIONAMIENTO INTERNO ............................................................................. 43
De La Organización Del Año Escolar.............................................................................................. 45
Calendario Interno, Características De Las Actividades .............................................................. 45
De la suspensión de clases. ........................................................................................................... 49
Consideraciones Específicas de la Suspensión de Clases. ............................................................. 50
Recuperación de clases ................................................................................................................. 50
Configuración Y/O Reorganización De Cursos .............................................................................. 51
De la Capacidad Máxima de Alumnos por Cursos......................................................................... 52
4
Horarios Y Jornadas ................................................................................................................... 52
Almuerzos...................................................................................................................................... 54
De Los Cambios De Actividades. ................................................................................................ 55
Retiro Estudiantes ......................................................................................................................... 55
Justificación Inasistencia ............................................................................................................... 56
Inasistencias A Evaluaciones ......................................................................................................... 56
Uso Infraestructura ....................................................................................................................... 56
Uniforme Escolar........................................................................................................................... 57
CAPÍTULO III: POLÍTICA NACIONAL DE CONVIVENCIA ESCOLAR................................................ 58
POLÍTICA DE CONVIVENCIA ESCOLAR, CONCEPTOS CLAVES: ..................................................... 59
Entre Las Manifestaciones De Violencia: ...................................................................................... 60
Violencia psicológica: ................................................................................................................ 60
Violencia física: .......................................................................................................................... 60
Violencia sexual ......................................................................................................................... 61
Violencia Por Razones De Género ............................................................................................. 61
Violencia A Través De Medios Tecnológicos ............................................................................. 61
Acoso Escolar (Bullyng).............................................................................................................. 62
Violencia Adulto Comunidad Educativa A Estudiante ............................................................... 62
Enfoque Política Convivencia Escolar............................................................................................ 62
DE LA PREVENCIÓN DE FALTAS A LA BUENA CONVIVENCIA......................................................... 64
CAPÍTULO IV: CONDUCTAS CONTRARIAS A LA SANA CONVIVENCIA.......................................... 66
1.- GRADUACIÓN DE LAS FALTAS ................................................................................................. 67
Falta Leve................................................................................................................................... 67
Medidas Aplicables.................................................................................................................... 67
Falta Grave................................................................................................................................. 68
Medidas Aplicables.................................................................................................................... 68
Falta Gravísima .......................................................................................................................... 68
Medidas Aplicables.................................................................................................................... 69
Cuadro de Graduación de las Faltas .......................................................................................... 69
5
Consideración De Factores Atenuantes .................................................................................... 70
Consideración De Factores Agravantes..................................................................................... 70
Medidas Y Sanciones A Conductas Contrarias A La Sana Convivencia ......................................... 71
Medidas Formativas...................................................................................................................... 71
I.- Diálogos Formativos: ............................................................................................................. 71
II. Servicio Comunitario ............................................................................................................. 72
III. Servicio Pedagógico.............................................................................................................. 72
IV.- Acciones Terapéuticas......................................................................................................... 73
CONSIDERACIÓN DE INSTANCIAS REPARATORIAS........................................................................ 73
MEDIDAS DISCIPLINARIAS ............................................................................................................. 74
AMONESTACIÓN CON CONSTANCIA ESCRITA EN LA FICHA CONDUCTUAL.................................. 74
SUSPENSIÓN DE CLASES, UNO A CINCO DÍAS HÁBILES................................................................. 75
CONDICIONALIDAD ....................................................................................................................... 75
CANCELACIÓN DE MATRÍCULA...................................................................................................... 77
Deber de informar a Superintendencia..................................................................................... 79
CAPÍTULO V: CONDUCTAS CONTRARIAS A LA SANA CONVIVENCIA POR PARTE DEL PERSONALDEL ESTABLECIMIENTO PROFESORES, ASISTENTES DE EDUCACIÓN Y DIRECTIVOS..................... 80
DE LAS AMONESTACIONES Y MEDIDAS ........................................................................................ 81
VI. CAPÍTULO: DEL PROCEDIMIENTO INDAGATORIO ................................................................ 83
1.- PRESUNCIÓN DE INOCENCIA.................................................................................................... 84
2.- DEBIDO PROCESO.................................................................................................................... 84
3.- DERECHO A APELACIÓN ........................................................................................................... 85
4.- OBLIGACIÓN DE DENUNCIA DE DELITOS.............................................................................. 85
CAPITULO VII: DE LOS PROTOCOLOS Y PROCEDIMIENTOS ....................................................... 86
1.- PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE DEL TRABAJO, TRAYECTO Y ENFERMEDADPROFESIONAL ................................................................................................................................ 87
MARCO LEGAL ........................................................................................................................... 87
ALCANCE.................................................................................................................................... 87
RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO........................................................................................ 88
DEFINICIONES ............................................................................................................................ 88
6
PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTES DEL TRABAJO .......................................................... 90
ACCIDENTES DE TRABAJO.......................................................................................................... 90
PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTES DE TRAYECTO .......................................................... 91
PROCEDIMIENTO EN CASO DE UNA ENFERMEDAD PROFESIONAL........................................... 93
GENERALIDADES........................................................................................................................ 93
PROTOCOLO ANTE UN ACCIDENTE ESCOLAR Y EN CASO DE UNA ENFERMEDAD O MALESTAR DELALUMNO........................................................................................................................................ 94
ACTIVACIÓN DEL PROTOCOLO .................................................................................................. 94
PROTOCOLO DE ACTUACION ANTE CONFLICTOS VIOLENTOS GRAVES ........................................ 95
ACTIVACIÓN DEL PROTOCOLO .................................................................................................. 96
DE LOS PROTOCOLOS DE ACCIÓN EN CASO DE ABUSO SEXUAL EN EL LICEO .......................... 97
PROTOCOLO DE ATENCIÓN ESTUDIANTES FRENTE A AUTOFLAGELACIÓN DENTRO DELESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL............................................................................................... 98
PROTOCOLO DE ACTUACION FRENTE A SITUACIONES DE CONSUMO Y TRAFICO DE DROGASEN EL ESTABLECIMIENTO ............................................................................................................. 99
CAPITULO VIII. FUENTES DE APOYO CONSIDERADA PARA LA ELABORACIÓN DE REGLAMENTO............................................................................................................................................ 100
Instrumentos Ministeriales De Apoyo......................................................................................... 100
OTRA NORMATIVA EDUCACIONAL.............................................................................................. 102
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1.- DATOS DEL ESTABLECIMIENTO
a) Establecimiento: Liceo Técnico Profesional Aulas de Esperanza Talca
b) Ubicación: 4 norte N° 550
c) Anexos SENAME, Cruce San Miguel
Anexo Centro Penitenciario Femenino, Mercedes, Camino San Clemente s/n.
Anexo Centro de Educación y Trabajo, Sector el Sauce, Camino San Clemente s/n.
d) Director: Sr. Ángel Alejandro Quijada Poblete.
e) Sostenedor: Ilustre Municipalidad de Talca
f) Representante Legal: Alcalde don Juan Castro Prieto
g) Teléfono Establecimiento: 71- 2211026
h) Correo Electrónico: profesoresf126@gmail.com
2.- IDENTIFICACIÓN INSTITUCIONALa) Reconocimiento Oficial: Resol. Exenta 0371 del 16-03-2015.
b) Dependencia: Municipal
c) Nivel de enseñanza: Enseñanza Básica y media de Adultos.
d) Matrícula total de alumnos:
e) Promedio alumnos por curso:
3.- RESEÑA HISTÓRICA DEL ESTABLECIMIENTO
El Liceo Aulas de Esperanza ubicado al interior del Centro de Readaptación Social Inició sus
actividades el año 1955, mismo año del decreto de su creación Nº 665 del 18 De Febrero
de 1955. El objetivo de esta unidad Escolar al interior de un Establecimiento Penal es
atender a todos aquellos internos condenados que tengan interés en regularizar su
Escolaridad Básica y Media. En sus comienzos se atendió solo a dos niveles Básicos
Primero y Segundo es decir de Primero a Sexto Básico, posteriormente se extendió la
9
atención al Tercer Nivel Básico Séptimo y Octavo. Las salas de clase estaban ubicadas en
un Segundo Piso del Penal donde también funcionaba la enfermería. A los años
siguientes se extendió la atención a la Sección femenina ubicada en convento de monjas
Buen Pastor al sur poniente de Talca, posteriormente ésta sección se trajo al actual
edificio del CCP. La atención de estudiantes adultos también se combinaba con la
enseñanza en la sección de internos menores de edad, este sección por razones de
seguridad ha permanecido segmentada y separada del resto de la población penal adulta,
hasta la puesta en marcha de la Reforma Procesal Penal en el año 2006, se ha entendido
a los niños y adolescentes allí destinados.
En la búsqueda de materializar nuevas iniciativas pedagógicas que
favorezcan a los internos en su formación personal y profesional, dirigidas a la búsqueda
del bienestar social y familiar, permitiéndole una positiva integración a la sociedad y al
campo laboral, se han aplicado, durante 19 años cursos técnicos ETEA que capacitan en
dos especialidades entregando certificado de Primer Grado Etapa Medía, dichos cursos se
iniciaron el año 1987 con Mueblería y posteriormente Reparación de Radio y Televisión.
Actualmente se siguen aplicando en las especialidades de Gasfitería y Reparación de
Electrodomésticos hasta el año 2007.
Este programa ETEA permitía entregar un elemento necesario para
Nuestros alumnos adultos que se encuentran pensando en reintegrarse a la sociedad,
como es la capacitación con la cual puedan buscar trabajo o iniciarse como trabajador
independiente, opción que puedan tomar por los problemas de oportunidades que
encuentran en el medio libre debido a la gran cantidad de jóvenes que son parte de la
población penal el programa ETEA se transforma en un medio importante de Capacitación
y Reinserción Social.
Desde la creación de los Microcentros que reúnen a las Escuelas de las Unidades
Penales, este centro educativo ha tenido importante participación, es así que nacida tal
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iniciativa en Concepción con la participación de Docentes del Establecimiento en el año
2003, El Liceo Aulas de Esperanza del CCP de Talca un año más tarde se convierte en el
Núcleo coodinador del recién creado “Microcentro Talca-Constitución-Curepto”,
Plataforma institucional que facilitó la postulación y adjudicación de PME y financiamiento
para Oficios y Especialidades técnicas, además de convenios en redes institucionales de la
Región como Forestal CELCO, Municipalidad de Constitución y Talca, Universidades
regionales, etc. Uno de estos proyectos con el nombre de “Mejoremos el Lenguaje y la
Lógica Matemático a través de un Taller Multiuso” se Adjudicó el año 2000, nos permitió
disponer de una Sala Taller Multiuso para ser Utilizada por los ETEAS de Gasfitería y
Reparación de Electrodomésticos, que se aplicaron hasta el año 2007. Otro proyecto
adjudicado el año ha sido: “Educar para la Vida y el Trabajo”, este prioriza también el área
de Capacitación, ya que señala la creación de una Central Pedagógica en cada Escuela del
Microcentro de tal manera que se dispuso de material Bibliográfico con temas Laborales,
Sociales y Técnicos de acuerdo a las expectativas y necesidades de los estudiantes.
En el ámbito Pedagógico y de orientación a los alumnos, siempre se
ha buscado incorporar nuevas formas de favorecerlos, con el fin de mejorar su Formación
personal y profesional, junto al bienestar social y familiar. En todas estas innovaciones
experimentadas en nuestro Liceo, destacamos dos elementos que son importantes en la
proyección futura: el concepto de Educación habilitadora y democrática que prima en los
docentes del establecimiento y también las competencias profesionales entendidas como
el dominio de las estrategias docentes pertinentes para este entorno cultural. Desde el
concepto de aprendizaje, de contenido y evaluación escolar hasta la generación de
recursos de aprendizaje, la institución se afianza en una opción multidisciplinaria y
contextualizada, los aprendizajes trasuntan las asignaturas y están al servicio de lo
contemporáneo, los limites están dados por la sana convivencia y el respeto mutuo, las
normas de disciplina se construyen en los códigos del respeto la pluralidad y la dignidad
Humana. El marco jurídico está dado por el Reglamento de Convivencia Escolar y con
Referencia al Régimen Interno de Gendarmería.
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Una vez que entra en marcha la Reforma de Adultos con nuevos planes y
programas de estudio, también conceptos y reglamentos de evaluación escolar, el centro
educativo se adecua al nuevo escenario e implementa el actual orden institucional. Éste
significa ofrecer completa educación básica y media para adultos, con fortalecimiento
de los aspectos técnicos y sociales. A la formación general básica de los cuatro sectores
fundamentales, se le suma la formación en dos oficios: Armado, mantención y
Operación de Computadores y Revestimientos Pétreos, además de Educación Religiosa y
Taller de Arte. En el nivel medio la formación general está compuesta de 5 sectores
(Lenguaje, Matemática, Estudios Sociales, Ciencias Naturales e inglés), sumando a la
Formación Técnico Profesional con las Especialidades de “Instalaciones Sanitarias” y
“Electricidad”, complementado con Educación Religiosa, Arte y un Taller de Apoyo de
preparación para la Prueba de Selección Universitaria. En la actualidad la oferta
educativa institucional abarca todos los niveles de la Educación de adultos, funcionan
20 cursos, Siete de ellos en el nivel básico, en tanto en la educación media funcionan
13 cursos que imparten enseñanza media técnico profesional con especialidades en
Electricidad e Instalaciones Sanitarias desde 1º a 3º nivel medio.
Desde el marzo del año 2015, por resolución Exenta nº 0371, 16-03-2016, el
establecimiento es reconocido oficialmente en su calidad de Liceo Técnico Profesional
Aulas de Esperanza de Talca, en esta epata el colegio brinda servicio educativo de
calidad en cuatro anexos, desde 1º nivel básico al 3º nivel medio técnico profesional. La
oferta educativa consiste en desarrollar una programación formal de estudios y formación
en la educación básica con los oficios de revestimientos pétreos y armado y mantención
de computadores. En tanto que la educación media ofrece dos especialidades, como son
electricidad e instalaciones sanitarias, en complemento a dicho servicio el Liceo también
ofrece un apoyo para los estudiantes que quieran rendir la prueba de selección
universitaria.
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La orgánica institucional del Liceo es descentralizada, atiende de manera
simultánea cuatro sedes ya identificadas, CCP, CPF, CIP_CRC y Colonia Penal, En cada una
de las sedes se lleva a cabo un trabajo educativo que busca cumplir con los fines de:
Pertinencia: Socializar al Estudiante interno en y desde el proceso educativo,
considerando su entorno, las experiencias previas y las expectativas que presentan
los estudiantes según sea el contexto en que se encuentran.
Calidad: El servicio educativo es realizado de manera formal, programada, técnica
e intencionada según este PEI, las competencias y experiencias de los educadores
están al servicio de proporcionar una formación integral de calidad, se vela por el
cumplimiento de los fines educativos de cada nivel o curso contextualizando la
teoría a la praxis, permitiendo la reflexión sobre la acción.
Inclusión: Este Liceo abre sus puertas y aulas a toda aquella persona que desee
participar en sus acciones formales y las extraprográticas, deja expresamente
estipulado que da cabida en su interior cual quiera expresión religiosa, filosófica,
política, étnica o cultural que vele por el respeto a la dignidad e integridad de la
persona humana. No hay en el liceo barreras de género, edad, origen o condición
socio económica. La razón de ser del proyecto de Paulo Freire es precisamente
destacar el valor de la educación emancipadora y democrática, que vele por
entregar a todos las mismas herramientas de desarrollo y mejoría en la calidad de
vida.
Gratuidad: Tanto por los pilares antropológicos del proyecto freiriano, como por
el contexto de prisionización y exclusión social en que se encuentran los
estudiantes del Liceo, la gratuidad es el requisito fundamental e inspirador de su
funcionamiento, no hay cabida al lucro, ni al cobro de ninguna forma. Es una
comunidad educativa que gestiona sus recursos con el apoyo del sostenedor y de
las unidades de Gendarmería.
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4.- MISIÓN LICEO TÉCNICO PROFESIONAL AULAS DE ESPERANZA DETALCASomos una comunidad de aprendizaje, al alero de la pedagogía de la emancipación,
dignificación humana y reflexión, que entrega un servicio educativo Integral y de calidad,
a través de principios éticos, saberes disciplinarios y técnico-profesionales; contribuyendo
al desarrollo familiar, laboral y social del estudiante recluido.
5.- VISIÓN LICEO TÉCNICO PROFESIONAL AULAS DE ESPERANZA DETALCAAspiramos a ser un referente educativo, tanto en las unidades penales donde brinda el
servicio educativo, como en el contexto comunal, regional y nacional de la Educación de
Personas Jóvenes y Adultas. Nuestra institución incorpora las innovaciones técnicas,
formativas y socio-antropológicas que inspiran la acción educativa, haciendo que los lazos
de participación, eficiencia y crecimiento institucional sean nuestro sello identificable y
permanente.
6.- SELLOS EDUCATIVOS COMO LOS FUNDAMENTOS SOCIO-ANTROPOLÓGICOS
“Una visión de la alfabetización que va más allá del ba, be, bi, bo, bu. Porque implica unacomprensión crítica de la realidad social, política y económica en la que está elalfabetizado.” P. Freire
Enseñar exige respeto a los saberes de los educandos. Enseñar exige la corporización delas palabras por el ejemplo. Enseñar exige seguridad, capacidad profesional y
generosidad.P. Freire
“Los profesores como intelectuales y transformadores, desde la reflexión crítica sealcanza la propia dignificación.” P. Freire
“La ciencia y la tecnología, en la sociedad (…), deben estar al servicio de la liberaciónpermanente de la humanización del hombre.” P. Freire
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“La escuela es más que un espacio de reproducción del conocimiento, es de tensiónentre la resistencia y el conformismo.” Giroux
“La educación tiene ante todo y sobre todo un sentido emancipador, el oprimido esoprimido por la ignorancia que propone y sostiene el sistema dominante.” Giroux
“Es la pedagogía del sujeto…no del objeto.” Giroux
“Es inaceptable que en el aula (liceo) se promuevan relaciones jerárquicas y verticales,que se privilegien procesos de información por encima de los procesos comunicativos. Asíse busca el control y no el aprendizaje…” Giroux
6.1.- LOS SELLOS DESDE EL PEI
Son las evidencias concretas que, desde la práctica cotidiana en la gestión, docencia yconvivencia, le dan un sentido e identidad al Liceo, esta identidad o SELLOS provienende los fundamentos filosóficos y antropológicos sobre los cuales se levanta e inspira elProyecto Educativo Institucional. Reunidos en cuatro equipos de trabajo y discusión losdocentes han mencionado las siguientes manifestaciones concretas como nuestros sellosinstitucionales:
En Nuestra Enseñanza: Respetando las diferencias y necesidades distintas de cada sede o contexto del
Liceo. Incorporando los saberes laborales previos de los estudiantes Estando predispuestos y preparados para lo emergente, lo imprevisto. Teniendo siempre presente que el aprendizaje del sujeto adulto es distinto,
especial, desafiante en relación al de un niño. Entregando conocimientos y herramientas cognitivas y sociales que permitan a los
estudiantes la buena toma de decisiones Fortaleciendo la generación y argumentación de opiniones propias.
En Relación A La Evaluación Utilizada: Transformándola en un mecanismo motivante Ejecutándola a corto plazo Haciéndola pertinente a condiciones particulares y contexto del estudiante Centrando la atención en el PROCESO más que el producto
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En relación a nuestro actuar cotidiano como profesionales: Actualizando nuestro conocimiento Compartiendo buenas prácticas Planificando adecuadamente No prejuiciando Aceptando opiniones diversas con respeto y empatía
En relación a la comunidad: Manteniendo e integrando redes de apoyo Visibilizando el trabajo y logros del Liceo Aceptando sugerencias externas
En relación al trato con los estudiantes: Manteniendo una actitud permanente de escucha y respeto mutuo Motivando los logros y no los fracasos Manteniendo una actitud de lealtad y orientación
En relación al aprendizaje propuesto: Contextualizando los temas a las necesidades de los estudiantes Teniendo altas expectativas del logro de los estudiantes Que se interactivo, transversal y social Que sea actual y proyectado a las necesidades concretas futuras Que sea tangible y significativo según los intereses de los estudiantes
En nuestras relaciones interpersonales con los colegas: De trabajo colaborativo y en equipo Manteniendo canales de comunicación abiertos Respetando las opiniones e intereses distintos Siendo responsables para no perjudicar al resto
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8.- COMUNIDAD ESCOLAR
Está integrada por todas las personas que se relacionan directa o indirectamente con el
Liceo, permanecen, trabajan o estudian en él. Es ésta una comunidad inclusiva por que
acepta en las aulas y dependencias a todas las personas que colaboren con el clima de
armonía, bienestar general y aprendizaje. Aceptamos todas las manifestaciones étnicas,
religiosas, filosóficas y políticas que se ajusten a las normas de tolerancia, respeto
mutuo y dignidad humana, expresadas en este mismo reglamento y acorde con la
declaración universal de los derechos humanos.
El rol formador y habilitador del liceo en el ámbito de la andragogía, se construye con el
aporte e interacción técnica entre al MINEDUC, por medio del Depto. Comunal de
Educación y por otra parte con el Ministerio de Justicia, a través de los profesionales y
funcionarios de Gendarmería. Al atender un Centro de SENAME, nuestra comunidad
educativa también integra a los técnicos y profesionales que trabajan en el Centro de
Régimen Cerrado de esa institución. La ley de inclusión nº 20.845, que rige desde el 1º
de marzo del año 2016, señala explícitamente que queda prohibido toda forma de
discriminación arbitraria, por lo que deberá el establecimiento resguardar el principio de
no discriminación arbitraria, no pudiendo incluir condiciones o normas que afecten la
dignidad de la persona, ni que sean contrarios a los derechos humanos garantizados por la
constitución y los tratados internacionales vigentes ratificados por Chile, en especial
aquellos que versen sobre los derechos de los niños, jóvenes y adultos que estudian.
El Liceo Técnico Profesional Aulas de Esperanza Talca, al estar inserto en un contexto de
encierro acotado y que funciona en estrecha coordinación con otras instituciones, como
es Gendarmería de Chile y SENAME, orienta y ajusta su gestión y estructura institucional
según Decreto de Cooperación nº 1.447 del 09 de 11 del 2013, por el cual el Ministerio
de Educación y del de Justicia establecen acuerdos de cooperación mutua, en virtud de
proveer y desarrollar en calidad un servicio de educación formal al interior de los recintos
penales. En el siguiente cuadro se representa el flujo del macrosistema de relaciones
institucionales.
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9.- DE LOS ESTUDIANTES
Esta institución educativa entiende el proceso educativo como una creación dialógica
entre el profesor adulto en conjunto y colaboración con otro adulto que aprende, el que
poseyendo experiencias y conceptos vitales diferentes, es capaz de crear las condiciones
para un aprendizaje formal mutuo y progresivo. El concepto de estudiante parte de los
fines formativos de la misión y dirigida operacionalmente en torno a las metas
planteadas en la visión. Se expresa en tres dimensiones, una general, otra personal y
finalmente una técnico profesional.
9.1.- DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES
a. Son los reconocidos en la Ley General de Educación y demás leyescomplementarias. Los estudiantes gozarán de los siguientes derechos, sinperjuicio de los reconocidos en otras normas complementarias:
b. Los alumnos y alumnas tienen derecho a recibir una educación que les ofrezcaoportunidades para su formación y desarrollo integral.
c. A recibir una atención adecuada y oportuna, en el caso de tener necesidadeseducativas especiales; a no ser discriminados arbitrariamente.
d. A estudiar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo, a expresar su opinión y aque se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratosvejatorios o degradantes y de maltratos psicológicos.
e. Tienen derecho, además, a que se respeten su libertad personal y de conciencia,sus convicciones religiosas e ideológicas y culturales, conforme al reglamentointerno del establecimiento.
f. De igual modo, tienen derecho a ser informados de las pautas evaluativas; a serevaluados y promovidos de acuerdo a un sistema objetivo y transparente, acordeal reglamento de cada establecimiento; a participar en la vida cultural, deportiva yrecreativa del establecimiento, y a asociarse entre ellos. (Art. 10 Ley General deEducación).
g. A la transmisión y el cultivo de valores, conocimientos y destrezas con la finalidadalcanzar su desarrollo espiritual, ético, moral, afectivo, intelectual, artístico y físico.(art. 2 de la Ley General de Educación).
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h. Ser protagonista de su propio aprendizaje; teniendo orientación permanente delos docentes, para alcanzar su potencialidad máxima.
i. Ser respetado en su integridad y dignidad personal.
j. Ser escuchado con respeto basado en el dialogo permanente.
k. Ser evaluado en su rendimiento escolar de acuerdo al Reglamento de Evaluación yPromoción Escolar.
l. Recibir los beneficios de la ley N° 16.744 reglamentada por el Decreto Supremo N°313 (sobre accidentes escolares).
m. Participar de actividades extraescolares de carácter deportivo, artístico yformativo.
n. Permanecer en un ambiente seguro y limpio.
o. Conocer y recibir el trato correspondiente a los Derechos del Niño, asignado en laConvención de los Derechos del Niño, (anexo SENAME).
9.2.- DEBERES DE LOS ESTUDIANTESEn Relación A Los Aprendizajes:
a. Participar de los talleres extra programáticos y actividades disponibles del colegio.
b. Asistir en forma regular a clases. (80% de asistencia).
c. Desarrollar sus talentos y habilidades, utilizando todas las instancias de aprendizaje.
d. Ser reflexivo y participativo.
e. Ser responsable con los compromisos adquiridos.
b. Cumplir oportunamente con tareas o trabajos encomendados por sus profesores.
En Relación Al Trato Con Los Integrantes De La Comunidad Educativa
a. Brindar trato digno, respetuoso y no discriminatorio hacia otro.
b. Dar cuenta de una actitud colaborativa con los distintos integrantes de la comunidad.
c. Ser honesto consigo mismo y con la comunidad.
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d. Asumir responsabilidad de las propias decisiones y comportamientos. Desde los 14
años se es responsable penalmente y los hechos que constituyan delitos, serán
juzgados por los Tribunales penales respectivos.
e. No entorpecer el normal funcionamiento del establecimiento.
f. Usar un lenguaje no agresivo ni violento en el contexto escolar.
b. Evitar provocar o participar en actos de connotación agresiva y violenta con cualquier
miembro de la comunidad escolar.
En Relación A La Presentación Y Los Bienes Materiales
a. Evitar consumir, portar o comercializar cualquier tipo de droga ilegal y alcohol
en las dependencias del liceo.
b. Ingresar a cualquier instalación y actividad escolar sin haber consumido bebidas
alcohólicas o sustancias psicotrópicas que alteren su conciencia y comportamiento,
siempre y cuando estas últimas no hayan sido indicas por un facultativo médico
oficialmente.
c. Cuidar su higiene y presentación personal
d. Respetar horarios del establecimiento.
e. Cuidar y dar un buen uso a las instalaciones y bienes del Liceo en todas las sedes
que éste atiende.
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10.- DOCENTES
Son profesionales de la educación, las personas que posean título de profesor o
educador, concedido por Escuelas Normales, Universidades o Institutos Profesionales.
Asimismo se consideran todas las personas legalmente habilitadas para ejercer la función
docente y las autorizadas para desempeñarla de acuerdo a las normas legales vigentes.
(Artículo 2° del Estatuto Docente).
Para todos los eventos y situaciones que suponen el desempeño de los profesores, en
todas las sedes del Liceo, además de las normas y reglamentos vigentes en materia
curricular y administrativa de la función docente, imperarán los principios y
recomendaciones del decreto exento 1.447 del 11-03-2007, que establece el convenio de
cooperación entre el Ministerio de Justicia y el MINEDUC, para brindar el servicio
educativo en los recintos penales.
10.1.- Funciones Profesor Jefe:
En relación a la labor realizada y al contexto en que ella se desarrolla, considerando
también, el marco normativo indicado por nuestro PEI, en el que dice relación con el
organigrama y con referencia al reglamento interno y de convivencia, a continuación se
explicita las atribuciones, responsabilidades y derechos del profesor jefe.
Derechos Del Profesor Jefe:
1. Ser tratado con respeto y deferencia por parte cualquier colega, ya sea
alguno con mayor grado de responsabilidad administrativa en el
Establecimiento, o por uno de sus pares y por todo Personal uniformado o civil
de Gendarmería.
2. Que se le conceda tiempo de completación para uso exclusivo destinado a las
labores de Jefatura conforme los requerimientos de esta Unidad Educativa.
23
3. Homologar el tiempo ocupado en concejo de profesores como tiempo dedicado
a la jefatura de su curso.
4. Evaluar el cumplimiento de una observación u orden de un funcionario de
Gendarmería, cuando ello implique intromisión en rol pedagógico o curricular.
Se ha de tener presente que los profesores del Liceo Aulas de Esperanza son
Colaboradores de las Acciones Educativas de Gendarmería, sin embargo ello no
implica que sean funcionarios de esa institución; por tanto los profesores no
constituyen personal subalterno de la institución mencionada.
5. Ser el primero en ser comunicado o informado de manera formal, por el
profesional que le corresponda, cuando hay un asunto relacionado con el buen
desempeño escolar de uno de los estudiantes que está matriculado en el curso
bajo su cargo.
Atribuciones Del Profesor Jefe:1. A revisar todo documento que esté relacionado con la promoción, evaluación
escolar, evaluación cualitativa e informe de personalidad de los estudiantes
matriculados en su curso.
2. Solicitar información sobre la clasificación de la conducta que establece el
Tribunal de Conducta o el Concejo Técnico de Gendarmería cuando ello competa
a alguno de los Estudiantes matriculados en su curso.
3. Recomendar a los diferentes Profesores, que imparten clases o desarrollan
talleres en su curso, sobre las mejores o más pertinentes estrategias
Curriculares, Didácticas, Evaluativas y/o Metacognitivas que él considere en
relación a las características del curso a su cargo o de algún estudiante en
específico de ese mismo curso.
4. Organizar un periodo, método y procedimientos de evaluación para su curso,
siempre y cuando ello no contradiga en su sentido o en alguna de sus partes el
Reglamento Interno del Establecimiento y el Reglamento de Evaluación y siempre
24
y cuando exista pleno acuerdo del profesor titular de la asignatura o de quien esté
ejecutando esa labor.
5. Solicitar, a los Colegas de los diferentes sectores de aprendizaje, información
sobre los futuros núcleos temáticos o actividades que ellos han planificado en su
curso para el semestre o año, ello única y exclusivamente para gestionar o
facilitar acciones que ayuden a esa planificación.
6. Solicitar a los Colegas de los diferentes sectores de aprendizaje que mantengan
actualizada la información de nóminas, firmas, calificaciones, actividades
académicas.
Responsabilidades Del Profesor Jefe:1. Ser el primer profesor en hacer esfuerzos para mantener la armonía de la
Unidad Educativa, siendo consecuente difusor del perfil Freiriano del Proyecto
Educativo Institucional.
2. Utilizar el tiempo de completación con probidad, eficacia y eficiencia para sus
labores de jefatura.
3. Mantenerse informado(a) de acuerdos, avisos, protocolos, etc establecidos
formalmente en concejo de profesores o indicaciones de Dirección y UTP,
Consultando el Registro de Actas y el Correo Institucional:
(profesoresf126@gmail.com)
4. Mantener Actualizado el Horario de Clases para la semana según programación
indicada al inicio del año académico.
5. Mantener al día el libro de clases en lo que dice relación con firmas, nómina
completa al inicio del libro y registro en la hoja de vida de cada estudiantes.
6. Actualizar los datos escolares, de cada uno de los matriculados en su curso, en el
Archivo de Condenados “Base de Datos” que se debe presentar Bimestralmente
ante el Concejo Técnico de Gendarmería y el Tribunal de Conducta; Esto para que
los internos matriculados en su curso respectivo puedan optar a beneficios
intrapenitrenciarios.
25
7. Conocer del Formato de informe y de la Pauta de Evaluación Cualitativa del
Estudiante interno, la que ha sido elaborada exclusivamente para analizar el
desempeño de los estudiantes en los Ámbitos Cognitivo, Valórico y Socio-
Colaborativo.
8. Cuando se le Comunique oficialmente por el Director y con, no menos de cinco (5)
días de antelación, Elaborar y presentar los Informes de Evaluación Cualitativa de
los estudiantes matriculados en su curso, ellos son necesarios para las
postulaciones a beneficios intrapenitenciarios como Salida Dominical, Salida
Medio Libre, Traslado al CET Abierto y otros similares.
9. Asistir a las reuniones de trabajo que sean citados para ver casos o situaciones
relacionadas con su rol como profesor jefe.
10. Informar o consultar al Director y/o a Unidad Técnico Pedagógica cada vez que
requiera aclarar una información o procedimiento en relación a su labor
Deberes De Los Profesores De Asignatura:a) Tener conocimiento del P.E.I, el Reglamento Interno, Reglamento de convivencia,
el Reglamento de Evaluación y toda documentación inherente a un profesional de
la educación
b) Mantener al día sus planificaciones y su leccionario de clases.
c) Mantener al día el registro de asistencia de sus estudiantes.
d) Cumplir su jornada de trabajo semanal por la que ha sido contratado.
e) Velar por el cumplimento de la higiene y seguridad dentro del establecimiento
f) Proporcionar una comunicación efectiva a través del lenguaje oral o escrito,
logrando comprensión del lenguaje.
g) Mantener una compostura, presentación personal y vocabulario acorde a su nivel
profesional.
h) Poseer el conocimiento y el dominio de la disciplina que imparte.
i) Aceptar la evaluación docente, como parte del desarrollo y crecimiento
profesional.
26
j) Cumplir con las tareas asignadas en los plazos establecidos.
k) Dar cumplimiento a la normativa reglamentaria de la institución.
l) Practicar la democracia en su accionar pedagógico, fortaleciendo una relación
dialéctica entre educador y educando, cuyos roles son diferenciados y no
jerárquicos.
Derechos De Los Profesores De Asignatura:
a) Ser escuchados por la dirección, y demás docentes de El Liceo.
b) Participar con carácter consultivo en el diagnóstico, planteamiento, ejecución yevaluación de las actividades de la Unidad Educativa y las relaciones de esta conla comunidad.
c) Gozar de autonomía en el ejercicio de su función docente.
d) Solicitar permiso administrativo, para ausentarse de sus labores por motivosparticulares, conforme artículo 40 de la ley 20.501 (hasta seis días en el año) congoce de remuneraciones.
e) Ser respaldado en su función por parte de todos los integrantes de la UnidadEducativa ante cualquier atropello o falta de respeto que sufra un profesor porparte de un alumno u otra persona dentro del establecimiento; éste quedararegistrado en el libro de crónicas de El Liceo. Dejará constancia de ello el profesorafectado, refrendado con su firma. Esta situación igual queda registrada en el Actade Consejo de Profesores donde se tomará conocimiento del hecho.
f) Trabajar en un ambiente de higiene, limpieza y sana convivencia, respetándose lasdiferencias individuales.
g) No ser interrumpidos en el desarrollo de sus habituales labores de docencia.
h) En caso de ser un profesor del área técnica, tanto formación en oficios y
especialidades, administrará eficientemente los materiales y herramientas de los
talleres
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11.- EN GESTIÓN DE LA SANA CONVIVENCIA ESCOLAR, SE DEBERÁNINCLUIR LOS SIGUIENTES DEBERES DE LOS DOCENTES
a. Informar al Director por escrito, inmediatamente de ocurrido hechos que puedan
revestir delito, cometidos por alumnos o personal del establecimiento. Será deber del
Director denunciar a Fiscalía de estos hechos, dentro de 24 horas desde que toma
conocimiento del acto delictual (art. 176 Código Procesal Penal).
b. Informar a Director por escrito de hechos que puedan constituir faltas gravísimas de los
alumnos (dentro de 24 horas). Además, se deberá Informar al encargado de
convivencia los hechos que constituyen faltas graves o gravísimas según este
reglamento, (Dentro de 24 horas), con el objeto de que se indague los hechos.
c. Informar a Director por escrito de hechos que puedan constituir faltas a la convivencia
escolar, cometidos por adultos de la comunidad escolar en contra de alumnos.
(Protocolo de actuación).
d. Los docentes deberán respetar las normas sobre Convivencia Escolar, en armonía con
sus funciones y deberes, y estarán sometidos a los procedimientos de investigación de
los hechos, llevados a cabo por el encargado de convivencia escolar, sin perjuicio que
los hechos puedan revestir faltas administrativas que requieran sumario. En caso de
sumario el encargado de convivencia se abstendrá de investigar.
e. En la gestión pedagógica, el docente deberá informar en forma oportuna cualquier
situación de convivencia escolar que pudiere afectar en el rendimiento académico del
alumno, información que deberá proporcionar directamente al jefe UTP, para que
proponga las medidas pertinentes para evitar el menoscabo en el proceso de
aprendizaje del alumno. Por ejemplo: ausencia de alumno por problema de salud,
económicos o por sanción disciplinaria. Relacionarlo con Reglamento de Evaluación,
Decreto 2.169 del 2007 de Evaluación y promoción de la enseñanza básica y media de
adultos; Reglamento General de la Ley Orgánica de Educación Decreto exento 112 año
1999 del MINEDUC, Decreto Exento N° 83 de 2001 del MINEDUC.
28
12.- ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN
Ámbito De Aplicación De La Ley N° 19.464
A.- Se aplicará al personal asistente de la educación de los establecimientos educacionales
administrados directamente por las municipalidades, o por corporaciones privadas sin
fines de lucro creadas por éstas para administrar la educación municipal, al de los
establecimientos de educación particular subvencionada y al regido por el decreto ley N°
3.166, de 1980, que tenga contrato vigente. Regidos por Código del Trabajo. (Art. 4° de la
Ley N° 19.464).
B.- En este establecimiento se entenderá por asistente de la educación al profesional
técnico que cumple labores administrativas e informáticas, de ahora en adelante
denominado: Paradocente
Es el profesional que asumen actividades de nivel técnico y administrativo
complementarias a la labor educativa del profesor dirigida a apoyar y colaborar con el
proceso educativo y funcionamiento de los diversos departamentos de los
establecimientos de acuerdo a instrucciones entregadas por el jefe directo. Los
Paradocentes cuentan con licencia de educación media o título de técnico y/o
administrativo.
Rol Del Paradocente:
a) Compilar, actualizar y ordenar información administrativa del establecimiento.
b) Comunicar, de manera efectiva, la información oficial propia desarrolloadministrativo, curricular, de recursos y de la convivencia, propio y atingentes ala organización educativa.
c) Mantener actualizado el libro de registro digital de matrícula, altas y bajas
d) Entregar información oficial relacionada con matrícula y rendimiento académico,tales como certificados, resúmenes de rendimiento semestrales y anuales, etc.
29
e) Mantener actualizada las plataformas informáticas del establecimiento comoSIGE y NAPSIS
Derechos Del Paradocente.
Son derechos los contenidos en la Ley General de Educación, Ley 19.964 además de todos
los reconocidos en las leyes complementarias. Tienen derecho a:
Trabajar en un ambiente tolerante y de respeto mutuo y a que se respete su integridad
física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o degradantes.
Recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la comunidad escolar;
Participar de las instancias colegiadas de ésta, y a proponer las iniciativas que
estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en los términos previstos por la
normativa interna. (Art. 10 letra E de la Ley General de Educación)
Deberes Del Paradocente
Son deberes de los asistentes de la educación los contenidos en la Ley General de
Educación, Ley 19.964 además de los contemplados en las leyes complementarias y sus
contratos de trabajo. Son deberes:
Ejercer su función en forma idónea y responsable;
Respetar las normas del establecimiento en que se desempeñan, y brindar un trato
respetuoso a los demás miembros de la comunidad educativa (Art. 10 letra E de la Ley
General de Educación).
Sin perjuicio de las funciones y obligaciones que corresponden a su cargo según
contrato de trabajo, los asistentes tendrán labores extraordinarias que le asigne la
Dirección del establecimiento de acuerdo a las necesidades del contexto escolar y de
los objetivos del Proyecto Educativo Institucional.
30
Equipo Directivo:En nuestro establecimiento el equipo directivo está formado por Director, Jefe UTP y Jefe
de Especialidad, tienen derecho a conducir la realización del Proyecto educativo
Institucional.
Deberes Equipo Directivo Liderar los establecimientos a su cargo, sobre la base de sus responsabilidades, y
propender a elevar la calidad de éstos, tanto en el ámbito académico y relacional;
Desarrollarse profesionalmente.
Promover en los docentes el desarrollo profesional necesario para el cumplimiento de
sus metas educativas.
Cumplir y respetar todas las normas del establecimiento que conducen.
Realizar supervisión pedagógica en el aula con respectiva retroalimentación del
proceso a los docentes.
Los derechos y deberes anteriores se ejercerán en el marco de la ley y en virtud de las
funciones y responsabilidades delegadas por el sostenedor, según corresponda (Artículo
10 Letra E Ley General de Educación).
Derechos Equipo Directivo:Sin perjuicio de los derechos que le corresponden de conformidad al Estatuto Docente y
demás normativa pertinente, son derechos del equipo directivo
a. Se respete su integridad física y moral, no pudiendo ser objeto de tratos vejatorios o
degradantes.
b. Recibir un trato respetuoso de parte de los demás integrantes de la comunidad
escolar.
c. Proponer las iniciativas que estimaren útiles para el progreso del establecimiento, en
los términos previstos por la normativa interna.
31
DirectorEl director, como máxima autoridad del establecimiento es el responsable de la dirección,organización, planificación y funcionamiento de la reglamentación vigente.
Funciones1. La función docente-directiva es aquella de carácter profesional de nivel superior
que, sobre la base de una formación y experiencia docente específica para la
función, se ocupa de lo atingente a la dirección, administración, supervisión y
coordinación de la educación, y que conlleva tuición y responsabilidad adicionales
directas sobre el personal docente, paradocente, administrativo, auxiliar o de
servicios menores, y respecto de los alumnos.
2. La función principal del Director de un establecimiento educacional será dirigir y
liderar el Proyecto educativo institucional. En el sector municipal, entendido en los
términos del artículo 19 de esta ley, el Director complementariamente deberá
gestionar administrativa y financieramente el establecimiento y cumplir las demás
funciones, atribuciones y responsabilidades que le otorguen las leyes, incluidas
aquéllas que les fueren delegadas en conformidad a la ley (Artículo 7º Estatuto
Docente).
De Los Derechos Del Director
a) Ser respetado como persona y/o profesional
b) Ser respetado en los horarios de atención al público.
c) Hacer uso de días de permisos otorgado por su superior.
d) Hacer uso de licencias médicas en caso de enfermedad o accidente
32
e) Formular, hacer seguimiento y evaluar las metas y objetivos del establecimiento,
los planes y programas de estudio y las estrategias para su implementación;
f) Organizar y orientar las instancias de trabajo técnico-pedagógico y de desarrollo
profesional de los docentes del establecimiento, y adoptar las medidas necesarias para
que los padres o apoderados reciban regularmente información sobre el funcionamiento
del establecimiento y el progreso de sus hijos.
g) Las atribuciones señaladas podrán ser delegadas dentro del equipo directivo del
establecimiento.
h) Los Directores del sector municipal, para cumplir con las funciones
complementarias que les otorga el artículo anterior, contarán con las atribuciones
administrativas y financieras del artículo 10 del Estatuto docente letras a y b. (letras a y b
del artículo 7° bis del estatuto docente.)
i) Facultad de designar y remover a quienes ejerzan los cargos de Subdirector,
Inspector General y Jefe Técnico del establecimiento de acuerdo a lo establecido en el
artículo 34 C de esta ley (art. 7 bis Letra A Estatuto Docente). Funcionarios de exclusiva
confianza del Director.
De Los Deberes Del Director
a. Dirigir El Liceo conforme a los principios de la Administración y PolíticasEducacionales.
b. Determinar los objetivos del colegio en concordancia con los requerimientos de lacomunidad escolar y local en la cual está inserta, con el asesoramiento del consejode profesores.
c. Coordinar y supervisar las tareas y responsabilidades del personal de sudependencia.
d. Reforzar la creatividad de los docentes en pro de mejorar la calidad de laeducación que imparte.
e. Proponer a su superioridad la estructura organizativa del establecimiento
33
salvaguardando los niveles de Dirección, Planificación y Ejecución.
f. Propiciar un clima laboral estimulante y grato para el desempeño laboral de supersonal a cargo, de manera de crear las condiciones favorables para el logro delos objetivos propuestos.
g. Impartir instrucciones para lograr una adecuada organización, funcionamiento,desarrollo y evaluación de los procesos educativos y administrativos que sedesarrollan en el establecimiento, efectuando un uso eficiente en la distribuciónde los recursos que posee.
h. Dirige los consejos de profesores y delega funciones cuando corresponda
i. Remitir a las reparticiones del MINEDUC, la documentación que le sea exigible deacuerdo a la reglamentación y normativa legal vigente
j. Facilitar toda la información requerida frente a las supervisiones e inspeccionesdel Ministerio de Educación conforme a las instrucciones emanadas de lasuperioridad.
k. Remitir al DAEM, los informes, estadísticas, toda la información que sea requeridapor ese Departamento.
l. Requerir del sostenedor, oportunamente las necesidades que surjan en El Liceo.
m. Comunicar al sostenedor y Denunciar a la justicia ordinaria cualquier ilícitocometido en el recinto del establecimiento.
n. Otorgar o denegar los permisos del personal de El Liceo en apego a la legislación y
normativa vigente.
o. Obligación de informar directamente a Sostenedor de hechos que constituyan
faltas gravísimas o delito a través de oficio. Contará con un plazo de 24 horas
para informar contados desde que toma conocimiento de los hechos. El
incumplimiento de este deber generará responsabilidad administrativa.
p. Obligación de denunciar hechos que constituyan delito, cuando el o los
involucrados sean mayores de 14 años (imputables ante la Ley), de conformidad al
34
artículo 175 y 176 del Código Procesal Penal. La denuncia la deberá presentar ante
Fiscalía según Reglamento de Estatuto Docente. El incumplimiento puede
constituir una falta sancionada penal y administrativamente.
q. Designar a un encargado de convivencia escolar y determinar sus funciones,
además de acreditar la existencia de un Plan de gestión de convivencia escolar.
Contar con documentación ante fiscalización de la Superintendencia de Educación.
(Acta de nombramiento de encargado convivencia- Plan de gestión).
Jefe Unidad Técnico Pedagógica
El Jefe de la Unidad Técnico Pedagógica es el docente superior responsable de asesorar a
la dirección en la elaboración del PEI y PME. Coordinación, programación, organización,
supervisión y evaluación del desarrollo de las actividades de la Unidad Técnico Pedagógica
en coordinación con los Jefes de Departamentos y Profesores.
FuncionesOrientación educacional y vocacional, supervisión pedagógica, planificación curricular,
evaluación del aprendizaje, investigación pedagógica, coordinación de procesos de
perfeccionamiento docente y otras análogas que por decreto reconozca el Ministerio de
Educación, previo informe de los organismos competentes. (Art. 8º Estatuto Docente).
Deberesa. Supervisar y apoyar el desarrollo de la convivencia escolar en el currículo, a través
de los objetivos de asignatura, transversales en las planificaciones, metodologías yevaluación.
35
b. Dar cumplimiento al reglamento de evaluación, a través de la aplicación de estedando trato justo a los estudiantes en las distintas problemáticas que repercutanen el desarrollo pedagógico del estudiante.
c. Supervisa, monitorea la aplicación de metodologías que dan espacio para eltrabajo colaborativo y el desarrollo de habilidades expresadas en los objetivostransversales.
d. Promover instancias dialógicas entre estudiantes y docentes, que permitan laresolución de conflictos y el entendimiento mutuo.
e. Coordina y articula con los docentes la aplicación de normas de convivencia en elaula, consensuada con los estudiantes. Guiar los procesos de enseñanza-aprendizaje de todos los niveles educativos del Establecimiento.
f. Organizar el proceso enseñanza – aprendizaje en sus aspectos operativos con elcuerpo docente
g. Organizar y guiar los procesos evaluativos de aprendizaje en todos los niveleseducativos
h. Evaluar permanentemente los procesos enseñanza – aprendizaje en cada niveleducativo.
i. Investigar permanentemente los procesos enseñanza – aprendizaje en cada niveleducativo
j. Implementar modificaciones curriculares vanguardistas que impulsenpermanentemente cambios educativos al interior del Establecimiento.
k. Supervisar los procesos enseñanza-aprendizaje en cada nivel educativo
l. Orientar la toma de decisiones del cuerpo docente durante el desarrollo de susprocesos de enseñanza al interior de cada nivel educativo.
m. Orientar la toma de decisiones del cuerpo docente y estudiantes que tenganrelación con los procesos académicos al interior del Establecimiento.
n. Organizar talleres de reflexión pedagógica.
o. Velar por la correcta implementación y desarrollo de los Planes y Programas deEstudios y Decretos Evaluativos, al interior del Establecimiento en sus distintasmodalidades de enseñanza.
p. Dar cumplimiento al proceso de finalización de Actas de Calificaciones y PromociónEscolar (SIGE)
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Derechos Del Jefe De Unidad Técnico Pedagógica
a. Ser escuchados por la dirección, docentes y funcionario que colaboran en la
comunidad educativa.
b. Participar en el diagnóstico, planteamiento, ejecución y evaluación de las
actividades de la Unidad Educativa y las relaciones de esta con la comunidad.
c. Gozar de autonomía en el ejercicio de su función administrativa.
d. Solicitar permiso para ausentarse de sus labores por motivos personales, en el año
calendario, según la normativa vigente.
e. Ser respaldado en su función por parte de todos los integrantes de la Unidad
Educativa ante cualquier atropello o falta de respeto que sufra por parte de un
alumno u otra persona dentro del establecimiento; éste quedara registrado en el
libro de crónicas de El Liceo. Dejará constancia de ello, refrendado con su firma.
Esta situación igual quedara registrada en el Acta de Consejo de Profesores donde
se tomará conocimiento del hecho.
f. Trabajar en un ambiente de higiene, limpieza y sana convivencia, respetándose las
diferencias individuales.
Del Encargado De Convivencia
La Ley N° 20.536 Sobre Violencia Escolar en su artículo 15 establece que Todos los
establecimientos educacionales deberán contar con un encargado de convivencia escolar
y de acuerdo a esta normativa y la Ley de Inclusión se deben considerar las siguientes
funciones:
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Roles Y Funciones1. Elaborar e Implementar un plan de Gestión de Convivencia Escolar a partir de
propuestas y sugerencias de la comunidad escolar (equipo de gestión de convivencia
escolar, consejo escolar) coherente con PEI e inserto en PME.
2. Coordina y promover un trabajo colaborativo entre todos los actores de la comunidad
escolar, participando en reuniones técnicas con Director, Jefe UTP, Inspector, Dupla
sicosocial y/o Orientador.
3. Orienta al establecimiento en propuestas, políticas de normativas, instrumentos
legales, protocolos que guían actuar coherente de toda la comunidad escolar.
4. Evalúa y monitorea que el Reglamento de C.E sea revisado y actualizado,
participativamente por la comunidad escolar.
5. Recopila información de casos y hace seguimiento de ellos, verificando que los
procedimientos sean los establecidos en el Reglamento de Convivencia Escolar
(Bitácora).
6. Realizar mediaciones, entrevistas para resolución de conflictos a nivel de alumnos,
apoderados, docentes, administrativos, auxiliares. (Bitácora).
7.- Ejecutar de manera permanente los acuerdos, decisiones y planes del equipo de
gestión de la sana convivencia.
8.- Investigar o llevar a cabo el procedimiento indagatorio en los casos que le
correspondan e informar sobre cualquier asunto relativo a la convivencia.
9.- Informar y capacitar junto a Equipo de Gestión de Convivencia Escolar, a todos los
integrantes de la comunidad educativa acerca de las consecuencias del maltrato, acoso u
hostigamiento escolar y de cualquier tipo de conducta contraria a la sana convivencia.
10.- Deberá emitir informe de gestión de trabajo, semestral o trimestralmente, según
funcionamiento del establecimiento, el que deberá contener al menos:
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- Número de denuncias.
- Número de denuncias por tema, nivel educacional y cursos.
- Gestión realizada de acuerdo a funciones y roles (procedimientos indagatorios, medidas
disciplinarias o formativas decretadas, solución alternativa de conflictos etc.).
El Encargado de Convivencia dependerá jerárquicamente del Jefe de UTP.
Jefe De Especialidad
Es el profesional encargado de dirigir y coordinar todas las actividades de diseño,
planificación, desarrollo y ejecución de acciones pedagógicas y administrativas
relacionadas con la formación técnico profesional. Como coordinador curricular de las
gestiones formativa técnica profesional, velará por la regularización del proceso de
titulación de los egresados.
Roles Y Funciones
a) Asesorar a los profesores del área técnica en el desarrollo de su labor docente,manteniendo concordancia con el proyecto educativo freiriano técnicoprofesional, tanto en la formación de oficios en educación básica yespecialidades en educación media.
b) Coordinar las acciones técnico profesionales realizadas al interior y exterior de loscon talleres de la formación de oficios en educación básica y especialidades eneducación media.
c) Coordinación y seguimiento de las prácticas profesionales.
d) Diseñar, presentar y administrar proyectos educativos T-P de fondosconcursables de orden público y/ o privado.
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Encargado Inventario
a. Mantener actualizado el registro de ingresos y retiros de los bienes fungibles y nofungibles del establecimiento.
b. Llevar un registro del uso de los materiales e insumos pertenecientes alestablecimiento
c. Entregar información oficial al registro de inventario del DAEM Talca.
CONSEJO ESCOLAR
Regulado por Ley N° 19.979 y Decreto N° 24 del 27/01/2005 del MINEDUC. Es obligatorio
para todos los establecimientos Públicos del país que reciben subvención estatal.
Funciones Del Consejo Escolar
El Consejo será informado, a lo menos, de las siguientes materias, en las oportunidades y
con los requisitos que a continuación se señalan:
a) Los logros de aprendizaje de los alumnos. El Director del establecimiento deberá
informar, a lo menos semestralmente, acerca de los resultados de rendimiento escolar y/o
mediciones de la calidad de la educación, obtenidos por el establecimiento;
b) Los informes de las visitas de fiscalización del Ministerio de Educación respecto del
cumplimiento de la Ley Nº 18.962 y del D.F.L. Nº 2 de 1998, del Ministerio de Educación.
Esta información será comunicada por el Director en la primera sesión del Consejo luego
de realizada la visita;
c) Los resultados de los concursos para docentes, profesionales de apoyo, administrativos
y directivos. El Director pondrá a disposición del Consejo los resultados de las distintas
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etapas del proceso de selección, en su primera sesión luego de publicados los resultados
de estos concursos;
d) Del presupuesto anual de todos los ingresos y todos los gastos del establecimiento.
Para estos efectos, el sostenedor del establecimiento entregará, en la primera sesión de
cada año, un informe detallado de la situación financiera del colegio, pudiendo el Consejo
hacer observaciones y pedir las aclaraciones que estime necesarias, y
e) Del informe de ingresos efectivamente percibidos y de los gastos efectuados. Esta
información la entregará el sostenedor, cada cuatro meses, debiendo especificar detalle
de cuentas o ítem.
F) Del buen funcionamiento, seguridad, accesibilidad y dotación materiales de trabajo en
todas las sedes que atiende el liceo y que dependen de la administración o vigilancia de
Gendarmería de Chile y SENAME.
El Consejo Será Consultado, A Lo Menos, En Los Siguientes Aspectos:
a) Proyecto Educativo Institucional;
b) Programación anual y actividades extracurriculares;
c) Las metas del establecimiento y los proyectos de mejoramiento propuestos;
d) El informe escrito de la gestión educativa del establecimiento que realiza el Director
anualmente, antes de ser presentado a la comunidad educativa, y
e) La elaboración y las modificaciones al reglamento interno del establecimiento, sin
perjuicio de la aprobación del mismo, si se le hubiese otorgado esa atribución.
f) El Consejo no podrá intervenir en funciones que sean de competencia de otros
órganos del establecimiento educacional. Será obligación del Director remitir a los
miembros del Consejo todos los informes y antecedentes necesarios para el
debido conocimiento de las materias referidas en este artículo (Decreto 24 del año
2005 del MINEDUC).
g) Convocar al menos 4 sesiones al año.
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Deberes Según Ley De Inclusión
Será consultado en la elaboración y modificación al Reglamento Interno. Para ello el
consejo organizará una jornada anual con observaciones e inquietudes de la comunidad
escolar respecto a dicha normativa. Las observaciones que el consejo pueda hacer
respecto al reglamento, deberá ser respondida por escrito por el director o sostenedor en
Un plazo de 30 días.
Equipo De Gestión De La Convivencia Escolar
Con el objeto de colaborar la tarea en la promoción y prevención de la Convivencia Escolar
cada establecimiento deberá contar con un Equipo De Gestión Convivencia Escolar que lo
conformarán los siguientes integrantes:
Director
Jefe UTP
Encargado de Convivencia
Miembros temporales para sesiones: Jefe de Especialidad, Profesor Jefe respectivo
según el evento ocurrido y Profesor Coordinar de Sede.
El Rol Y Función De Este Equipo Será
Acompaña, propone sugerencia y asesora en procedimientos al Encargado de
Convivencia Escolar:
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Con responsabilidad compartida en implementación de Plan de Gestión
convivencia con consejo escolar.
Trabajo colaborativo e interdisciplinario.
Promover la Sana Convivencia.
Prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u hostigamiento.
Proponer o adoptar las medidas y programas conducentes al mantenimiento de un
clima escolar sano;
Diseñar e implementar los planes de prevención y promoción de la violencia
escolar del establecimiento, y colaborar con la elaboración del plan de gestión de
convivencia escolar con colaboración del consejo escolar.
Reuniones. Funciones. Contacto con DAEM.
Periodicidad de reunión. Al menos una vez al mes.
Plan de convivencia escolar articularlo con tema curricular.
Decidir las medidas formativas o disciplinarias decretadas contra los alumnos por
las faltas graves y gravísimas cometidas. Para el cumplimiento de este deber, el
equipo se reunirá quincenalmente a fin de decidir todos los casos que en el
periodo se hayan acumulado. El equipo para su funcionamiento, deberá actuar con
la mayoría de sus miembros permanentes (mitad más uno).
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Nuestro Liceo regula su funcionamiento interno en materia curricular, directiva, de
recurso y de la convivencia, según lo prescrito por Circular N° 1, versión 4 de la
Superintendencia Educación. AL ser una institución que funciona en locales administrados
y regidos por Gendarmería de Chile y SENAME, las mediadas referidas funcionamiento
administrativo y pertinentes a la seguridad o procedimientos internos de estos
organismos, quedan sujetos al decreto 518 del 21 de agosto del 1998, del Ministerio De
Justicia, específicamente según el artículo nº 20, donde se presentan las atribuciones que
el Jefe De Unidad O Alcaide tiene para mantener el orden interno. En materia de
funcionamiento en las dependencias del Centro de SENAME, éste colegio se ajusta a la
normativa vigente y mencionada en Decretos nº 356 de 1980 MINJU sobre Reglamento
del Servicio Nacional de Menores, modificado el 05 de octubre del año 2005 y la Ley
20.032 que establece un Sistema de Atención a la Niñez y Adolescencia a Través de la Red
de Colaboradores del SENAME y su Régimen de Subvención.
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De La Organización Del Año Escolar.
El Liceo Técnico Profesional Aulas de Esperanza organiza su funcionamiento general
para el presente año escolar, según Resolución exenta nº 2204 del 15 de diciembre del
año 2018.
Inicio Año Escolar 2018 Lunes 19 marzo
Jornada de Reflexión sobre la convivencia
EscolarMartes 19 de abril
Jornada de Reflexión Docente en torno al
marco para la Buena Enseñanza(MBE)Semana del 28 de mayo.
Jornada de evaluación primer semestre y
planificación curricular del segundo
semestre 2018
Jueves 05 y viernes 06 de julio
Vacaciones de inviernoLunes 09 de julio al viernes 20 de julio
ambos días incluidos.
Inicio clases 2º semestre Lunes 23 de julio
Término año lectivo 2018 Viernes 07 de diciembre
Jornada de evaluación curricular, PEI y
Convivencia del año lectivo 2018Viernes 27 y lunes 28 de diciembre
Jornada de planificación año lectivo 2017 Martes 28 de diciembre
Cierre del año escolar 2018 31 de diciembre
Calendario Interno, Características De Las Actividades
El conjunto de todas las actividades de este calendario, que se desprenden de los
objetivos estratégicos, los que a su vez se inspiran en la misión institucional, vienen a
materializar el sentido expresado en el PEI y se definen por tener un sello movilizador
de toda la institución. Estas son acciones que involucran activamente a todo el equipo
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directivo, docentes, estudiantes y colaboradores del Liceo Técnico Profesional Aulas de
Esperanza. En términos operativos significan una estrecha coordinación entre el
responsable directo de la actividad con el resto de los docentes, de tal manera que es
toda la institución la que se involucra colaborando en la preparación, desarrollo y
evaluación. Estas acciones transparentan al liceo en la comunidad, se articula con el
entorno, se vincula con la comunidad, de tal forma que logra posesionarse
significativamente en el contexto de la educación de adultos de la comuna de Talca.
OBJETIVOSPLAN DE
ACCIÓN 2018ACTIVIDADES
RESPONSABLEde la
COORDINACIÓNTIEMPO
1.-Internalizar entodos los miembros
de la comunidadeducativa la
importancia deconstruir un
ambiente centradoen la Convivencia
Escolar
Encuentros y mesaredonda sobre el sentidode la convivencia escolaren nuestroestablecimiento (deberes,derechos ycompromisos).
Encargado deconvivencia escolar,
equipo directivo ydocentes.
Lunes 19abril.
2.- Destacar el valorde nuestro PEI y laidentidadinstitucional.
Conmemoración del 2°aniversario en las cuatro sedescon actividades distintas yadaptadas a las posibilidades decada una:
Ciclo de Cine Encuentros y mesas
redonda sobre el sentidode la educación ennuestro Contexto
Clínica deportiva. Acto de aniversario
Ciclo de cine:
PatriciaOjeda
DavidPalma
ABRIL
23 al 27
27 de Abril.
Encuentros y mesasredonda sobre elsentido de laeducación en nuestrocontexto: UTP yprofesores deasignatura.
Clínica deportiva:
CoordinadoraMichell Mardones yProf. Eddi Verdugo.
47
3.-Celebrar el Día delestudiante,resaltando laconnotaciónespecífica que ellotiene para laEducación deAdultos en unContexto Privativo deLibertad.
Actividades planificadas ysupeditadas según lasposibilidades de cadasede:
Ciclo de Cine (CET) Sename: actividad
deportiva Actividad recreativa
(CCP) Convivencias y desayuno
compartido (SENAME-CCP-CPF-CET).
Ciclo de Cine: MaríaChávez
MAYO
10 – 11
Actividad deportiva:
Eddi Verdugo
Convivencias ydesayunocompartido:coordinadora,profesores jefes y deasignatura.
4.- Integrar laconciencia deprotección al medioambiente.
Valorar el aporte denuestros pueblosoriginarios.
Proyecto Reciclaje yreutilización (CET, CPF,SENAME, CCP)
Docentes deasignatura,profesores jefes yencargado deconvivencia.
JUNIO
5
JUNIO
18-22
5.- Destacar lacapacidad expresivay creadora queofrecen tanto ellenguaje Español,inglés, como tambiénnuestras las lenguasnativas.
Muestra literaria, cuentosy microcuentos.
Exposición plásticaacorde a la temática
Acto cultural.
Camila Márquez
Paula Troncoso
Gustavo Miranda
Carolina Fuentes
JULIO
23 – 27
6.- Proyectar laimportancia de laeducación TécnicoProfesional en lacomunidad,mediante laexposición de losproductos delaprendizaje en losoficios yespecialidades.
Muestra abierta a toda lacomunidad (interna yexterna)
Acto cultural
Departamento TP yprofesores jefes.
AGOSTO
20 – 24
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7.- Resaltar lasexpresionesartísticas, folclóricasy culturales que nosunen como chilenos,en el contexto deuna naciónpolicultural.
Muestra artística y cultural porcursos y niveles en las cuatrosedes del liceo:
Ornamentación Música Danza Patrimonio intangible
(Tesoros patrimonialesvivos)
Acto cultural
Directivos y docentes. SEPTIEMBRE
Conmemorar laconsolidación delintercambiointercultural.
Debate de ley deinmigración actual
Muestra intercultural(artesanía, comidas,etc)
Acto cultural
Profesores lenguaje,Inglés e historia.
OCTUBRE
VIERNES 12
Testimoniar, a travésde una exposición,los logros ycreaciones delaprendizaje, quehan tenido losestudiantes deeducación básica enlas asignaturas de laformación general.
Exposición itinerante deproductos concretos delaprendizaje, específicamente dela formación general en laEducación Básica.
Profesores jefes:
1º nivel básico
2º nivel básico
3º nivel básico.
NOVIEMBRE
19-23
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De la suspensión de clases.
En nuestro establecimiento educacional solo se suspenden las clases o modifican algunas
de las fechas establecidas en el calendario escolar por casos fortuitos o de fuerza mayor,
en tales eventos, el director del establecimiento oficia al DAEM dicha situación.
Destacar losdesempeñosescolaresmanifestados porestudiantes, de lascuatro sedes delLiceo, querepresentan de mejorforma el sello denuestra androgogíadignificante,emancipadora yhabilitante.
Acto de celebración yreconocimiento, por sede, paraestudiantes que han destacadopor haber alcanzado un alto nivelde compromiso e identificacióncon el perfil formativo del liceo en:
Formación Instrumental(desarrollo socio-valórico)
Formación Diferenciada(desarrollo técnicoprofesional)
Equipo Directivo yProfesores Jefes
DICIEMBRE
17 o 18
(Porconfirmar).
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Consideraciones Específicas de la Suspensión de Clases.La suspensión de clases involucra que los alumnos no asistan al establecimiento
educacional, ya sea un día completo o una parte de la jornada, lo cual implica modificar la
estructura del año escolar. Por ello, nuestro establecimiento educacional, debe informar
al Departamento Comunal de Educación de Talca, dentro de las 48 horas siguientes, a la
ocurrencia del hecho, acompañando un plan de recuperación de clases. Una vez
autorizada la suspensión, no se informará dicho día como trabajado en el sistema de
declaración de asistencias.
Recuperación de clasesAnte cualquier pérdida de horas de clases o no realizadas por situaciones especiales y
autorizadas por el DAEM de Talca; el director del establecimiento enviará al DAEM una
propuesta de calendario de recuperación. Es prioridad cumplir con las condiciones de
calidad de la educación, para este establecimiento es prioritario proporcionar a los
estudiantes una experiencia formativa y de aprendizajes enriquecedora, contextualizada e
inclusiva en toda la gama curricular del establecimiento.
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Configuración Y/O Reorganización De Cursos
Nómina profesores jefes: Enseñanza básica
1 1 nivel básico A Prof. Cristina Muñoz Liberona
2 1 nivel básico B Prof. Cecilia Contreras Maureira
3 2 básico A (sin oficio) Prof. José David Palma Rojas
4 2 nivel básico A Prof. Liliana Bustamante Bustamante
5 3 nivel básico A Prof. Judith Gómez Bravo
6 3 nivel básico B Prof. Rigoberto Núñez Burgos
7 3 nivel básico C Prof. Cristian Araya Salgado
8 3 nivel básico A (sin oficio) Prof. María Violeta Chávez
Enseñanza media
1 1 nivel medio A Prof. Ángela Méndez Chamorro
2 1 nivel medio B Prof. Patricia Ojeda Molina
3 1 nivel medio C (CPF) Prof. Camila Márquez Carrasco
4 1 nivel medio D (SENAME) Prof. Paula Troncoso Olivares
5 2 nivel medio A Prof. Roberto Manzano Barra
6 2 nivel medio B Prof. Segundo Garrido Vásquez
7 2 nivel medio C (CPF) Prof. Daniel Núñez Morales
8 2 nivel medio D (SENAME) Prof. Rubén Alarcón Cáceres
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9 3 nivel medio A Prof. Claudio Núñez Herrera
10 3 nivel medio B Prof. Eduardo Ávila Núñez
11 3 nivel medio C (CPF) Prof. Juan Moya Pereira
12 3 nivel medio D (SENAME) Prof. Emilio Ortiz Duarte
De la Capacidad Máxima de Alumnos por Cursos
El establecimiento al funcionar de manera simultánea en cuatro sedes, distante entre sí,
ha sido inspeccionado y autorizado a funcionar, reconociendo los cursos de las
respectivas sedes, por la resolución exenta nº 1.141 del 29 de mayo del 2013 y la nº
1.1142 de la misma fecha. El detalle de la capacidad normativa es:
Horarios Y JornadasEL Liceo Trabaja en dos jornadas:
lunes Martes Miércoles jueves viernes
MañanaInicio: 08:30 hrs.
Salida: 13:00 hrs.
Inicio: 08:30 hrs.
Salida: 13:00 hrs.
Inicio: 08:30 hrs.
Salida: 13:00 hrs.
Inicio: 08:30 hrs.
Salida: 13:00 hrs.
Inicio: 08:30 hrs.
Salida: 13:00 hrs.
TardeInicio: 14:00 hrs.
Salida: 17:05 hrs.
Inicio: 14:00 hrs.
Salida: 17:05 hrs.
Inicio: 14:00 hrs.
Salida: 17:05 hrs.
Inicio: 14:00 hrs.
Salida: 17:05 hrs.
Inicio: 14:00 hrs.
Salida: 17:05 hrs.
Nota: se adjunta archivo Excel con detalle de horarios para cursos y docentes de todo el
establecimiento y para todas las sedes.
Nº de Horas Programáticas Educación Básica.
1º nivel (1º - 4º) 2º nivel (5º-6º) 3º nivel (7º-8º)
Básica Sin OficiosTipo de educación165
10 16 16
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Básica con OficiosTipo de educación167
- 22
TOTAL HORAS 10 16 38
Educación Media T-PTipo de educación563
1º nivel Medio(1º - 2º)
2º nivel Medio(3º medio)
3º nivel Medio( 4º medio)
Formación General 20 8 10
FormaciónInstrumental - 04 04
FormaciónDiferenciada Técnicoprofesional
6 14 12
TOTAL HORAS26 26 26
Esta distribución horaria, correspondiente a los planes y programas de educación de
adultos, se ajusta a la normativa vigente para estos efectos, esto el decreto 257 del 19
agosto del año 2009 donde se establecen los objetivos fundamentales y contenidos
minios obligatorios para la educación de adultos; en este marco se establecen dos tipos
de educación básica, una sin oficios y otra con oficios, es decir con una formación técnica
a nivel inicial, la que se suma con 6 horas a la formación general de 16 horas
pedagógicas semanales. En el nivel de educación media técnico profesional, el decreto
1.000 del 29 de mayo del 2009 establece los objetivos fundamentales y contenidos
mínimos obligatorios para la educación de adultos, definiendo especialidades
profesionales de nivel intermedio, en este establecimiento la Resolución nº 1.108 de 25
agosto 2008 define el plan y programa de la especialidad de Instalaciones Sanitarias y la
resolución nº 2.067 del 19 agosto 2009 define el plan y programa de la especialidad de
Electricidad.
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Almuerzos
Al ser esta institución educativa que funciona con adultos y jóvenes al interior de
recintos penales administrados y vigilados por Gendarmería y SENAME no cuenta con
servicios complementarios como alimentación o transporte, por lo tanto no hay un
funcionamiento de raciones alimenticias distribuidas por la JUNAEB, ni tampoco un
funcionario de cargo del DAEM en el colegio.
4.1 Personal Del Establecimiento:
Nº NOMBRE FUNCIÓN
1 Alarcón Cáceres Rubén Reinaldo Docente
2 Araya Salgado Cristian Gerardo Docente
3 Ávila Núñez Eduardo Gabriel Docente
4 Bravo Riquelme Julio Hernán Coord. Educ. Técnica
5 Bustamante Bustamante María Liliana Docente
6 Chávez Fernández María Violeta Docente7 Contreras Maureira Cecilia Esmericia Docente
8 Fuentes Acuña María Carolina Docente
9 Márquez Carrasco Camila Docente
10 Garrido Vásquez Segundo Enrique Docente
11 González Fuentes Adolfo Antonio Docente
12 González Barrios Maricel Andrea Docente Utp
13 Lupallante Lupallante Angélica Docente
14 Marín Valdés César Enrique Docente
15 Méndez Chamorro Ángela Paulina Docente
16 Miranda Gutiérrez Gustavo Eduardo Docente
17 Moya Pereira Juan Alberto Docente
18 Muñoz Liberona Cristina del Carmen Docente
19 Núñez Burgos Rigoberto William Docente
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20 Núñez Herrera Claudio Yoni Docente
21 Ojeda Molina Patricia Elena Docente
22 Ortiz Duarte Emilio Fernando Docente
23 Eddi Verdugo Adasme Encargado deconvivencia Escolar
24 Poblete Quijada Ángel Alejandro Director
25 Sánchez Flies Emilio Osvaldo Docente
26 Troncoso Olivares Paula Docente
27 Francisca Ossandon Pino Secretaria
28 Juan Pablo Duran Paradocente (Inspectorde patio)
De Los Cambios De Actividades.El cambio de actividad se aplica en situaciones donde las clases regulares son
reemplazadas por actividades significativas y coherentes con los principios del PEI y los
objetivos curriculares de la andragogía institucional. Estas actividades pueden ser de
carácter cultural, social y deportivos. Este cambio será informado por el director, con 10
días hábiles de anticipación al Departamento Comunal de Educación Talca. Describiendo
su justificación y los aprendizajes esperados que se desprenden de dicha acción. No
obstante, el Director del establecimiento educacional podrá informar cambios de
actividades fuera de los plazos establecidos, cuando existan razones justificadas y/o la
fecha del evento no permita cumplir con el plazo indicado.
Retiro Estudiantes
El retiro de cualquier estudiante de las dependencias escolares debe ser realizada por el
funcionario de Gendarmería o de SENAME encargado de coordinación educativa, para
ello se dispone de un cuaderno de retiro donde se informa el horario del acto y quien se
hace responsable de conducir al estudiante a otras dependencias que no sean de liceo.
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Justificación Inasistencia
Las inasistencias deberán ser justificadas por propio estudiante o un funcionario de
Gendarmería o de SENAME, encargado de coordinación educativa, con un documento que
certifique la participación en alguna actividad formativa o laboral formalizada por estas
instituciones. En caso de tener una condición médica que le impida su asistencia a clases,
también operará el mismo procedimiento.
Inasistencias A Evaluaciones
Dado que el modelo de evaluación del liceo es de proceso, inclusiva y progresiva, los
estudiantes que se vean impedidos de asistir a alguna instancia evaluativa, se les
posibilitará la realización de una evaluación procedimental en la siguiente clase que
tengan con la asignatura pendiente. En ningún caso la ausencia significará menoscabo,
mayor nivel de exigencia o la repetición del mismo instrumento o circunstancia evaluativa
en comparación al curso o evaluación original.
Uso Infraestructura
El liceo funciona según convenio firmado entre el sostenedor y los administradores de los
espacios físicos, en que funciona la oferta educativa. Esto es Gendarmería de Chile y
SENAME, por lo anterior el uso de la infraestructura es única y exclusivamente destinado
a la función educativa formal, no procede el arriendo o similares para otras actividades o
personas jurídicas y naturales.
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Uniforme EscolarEn el establecimiento no se exige a ningún estudiante, en ninguna de sus sedes el uso de
un uniforme escolar, sin perjuicio de lo anterior, se velará el uso de ropa e implementos
de seguridad para los estudiantes que estén realizando su práctica profesional en los
mismos recintos donde se realizan las clases.
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El Reglamento de Convivencia es un componente del Reglamento Interno que todo
establecimiento educacional debe tener. Otorgar un marco regulatorio a los problemas
de convivencia en la comunidad educativa. Sirve para orientar el comportamiento de los
diversos actores que conforman la comunidad, a través de normas y acuerdos que definen
los comportamientos aceptados, esperados o prohibidos, estableciendo criterios y
procedimientos formativos para abordar los conflictos y las situaciones de violencia. Para
esto, define sanciones y medidas reparatorias proporcionales y ajustadas a derecho,
susceptibles de aplicar (Art. 9, 46 letra f de Ley General de Educación).
POLÍTICA DE CONVIVENCIA ESCOLAR, CONCEPTOS CLAVES:
CONFLICTO: Involucra a dos o más personas que estén en oposición o desacuerdo debido
a intereses diferentes. Como hecho social debe ser abordado y resuelto, no ignorado,
utilizando mecanismos como la mediación, la negociación y el arbitraje.
AGRESIVIDAD: Corresponde a un comportamiento defensivo natural, como forma de
enfrentar situaciones de riesgo, es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una
amenaza que eventualmente podría afectar su integridad. Es una condición natural de las
personas, por lo que los impulsos agresivos no deben ser suprimidos, sino modulados,
orientados y canalizados mediante la autorregulación, el autocontrol y la autoformación.
BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR: La Ley de Violencia Escolar la define como la
coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una
interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos
educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes (artículo 16
A).
CONVIVENCIA: Es la interrelación que se produce entre las personas, sustentada en la
capacidad que tienen los seres humanos de vivir con otros en un marco de respeto mutuo
60
y solidaridad recíproca. En la institución escolar, la convivencia se expresa en la
interrelación armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la
comunidad educativa. Se entiende por tanto la Convivencia Escolar como un conjunto
de aprendizajes que tienen como base un enfoque formativo. Esto quiere decir que todas
las personas deben aprender a desenvolverse respetando al otro, siendo tolerantes y
solidarios.
VIOLENCIA: Es un comportamiento ilegítimo que implica el uso y abuso de poder o la
fuerza de una o más personas en contra de otra/s y/o sus bienes. La mirada formativa de
la convivencia escolar, hace que la violencia sea entendida como un aprendizaje, no como
un hecho o condición natural de las personas. La violencia debe ser erradicada mediante
prácticas formativas, solidarias, pacíficas, que fomenten el diálogo y la convivencia social.
Entre Las Manifestaciones De Violencia:
Violencia psicológica:Incluye humillaciones, insultos, amenazas, burlas, rumores mal intencionados,
aislamiento, discriminación en base a la orientación sexual, étnica, religiosa, etc. También
considera las agresiones psicológicas de carácter permanente, que constituyen el acoso
escolar o bullying.
Violencia física:Es toda agresión física que provoca daño o malestar: patadas, empujones, cachetadas,
manotazos, mordidas, arañazos, etc., que pueden ser realizadas con el cuerpo o con algún
objeto. Considera desde las agresiones físicas ocasionales, hasta las agresiones
sistemáticas que constituyen el acoso escolar o bullying. Según se abordará en los
protocolos correspondientes, este tipo de violencia puede llegar a además un delito de
lesiones en sus diversas graduaciones, con la correspondiente obligación de denuncia.
61
Violencia sexualSon las agresiones que vulneran los límites corporales con connotación sexualizada y
transgreden la esfera de la sexualidad de una persona, sea hombre o mujer. Incluye
tocaciones, insinuaciones, comentarios de connotación sexual, abuso sexual, violación,
intento de violación, etc. También pueden constituir delitos y se abordará en profundidad
en el protocolo respectivo.
Violencia Por Razones De GéneroSon agresiones provocadas por los estereotipos de género, que afecta principalmente a
las mujeres, pero también puede afectar a los hombres. Esta manifestación de la violencia
ayuda a mantener el desequilibrio de poder entre hombres y mujeres Incluye comentarios
descalificatorios, humillaciones, trato degradante, agresiones físicas o psicológicas
fundadas en la presunta superioridad de uno de los sexos por sobre el otro.
Violencia A Través De Medios TecnológicosImplica el uso de la tecnología para realizar agresiones o amenazas a través de correos
electrónicos, chat, blogs, fotologs, mensajes de texto, sitios web o cualquier otro medio
tecnológico, virtual o electrónico, que puede constituirse en ciberbullying. Generan un
profundo daño en las víctimas, dado que son acosos de carácter masivo y la identificación
de él o los agresores se hace difícil, por el anonimato que permiten las relaciones
virtuales.
62
Acoso Escolar (Bullyng)
La Ley de Violencia Escolar la entiende como toda acción u omisión constitutiva de
agresión u hostigamiento reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento
educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de
otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión
del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado
temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o
cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición (art. 16 B).
Violencia Adulto Comunidad Educativa A Estudiante
La Ley de Violencia Escolar señala que revestirá especial gravedad cualquier tipo de
violencia física o psicológica, cometida por cualquier medio en contra de un estudiante
integrante de la comunidad educativa, realizada por quien detente una posición de
autoridad, sea director, profesor, asistente de la educación u otro, así como también la
ejercida por parte de un adulto de la comunidad educativa en contra de un estudiante
(artículo 16 D Ley de Violencia Escolar).
Enfoque Política Convivencia Escolar
a. Enfoque Formativo de la Convivencia Escolar: Para nuestro liceo esta política
Implica comprender y relevar que se puede aprender y enseñar a convivir con los
demás, a través de la propia experiencia de vínculo con otras personas.
b. Enfoque de derecho: El liceo concibe a cada uno de los actores de la comunidad
educativa como sujetos de derechos, que pueden y deben ejercerse de acuerdo a
63
la legalidad vigente. Así consideramos a cada sujeto como un ser humano único y
valioso, con derecho no solo a la vida y a la supervivencia, sino también a
desarrollar en plenitud todo su potencial; reconoce también que cada ser humano
tiene experiencias esenciales que ofrecer y que requiere que sus intereses sean
considerados.
c. Enfoque de género: El liceo resguarda en todas las personas, independiente de su
identidad de género, el derecho a ser tratados con el mismo respeto y valoración,
reconociendo que todas y todos tienen las mismas capacidades, derechos y
responsabilidades, por lo que se debe asegurar que tengan las mismas
oportunidades de aprendizaje.
d. Enfoque de Gestión territorial: El liceo Reconoce la diversidad las realidades y
dinámicas de interrelación de lo social, lo cultural y lo político institucional que
existe en el territorio, valorando y movilizando los recursos territoriales, es decir, el
capital humano (capacidad de las personas), capital económico y capital social
(relaciones y redes que facilitan y potencian la gestión).
e. Enfoque Participativo: Proceso de cooperación mediante el cual el liceo y los
actores de la comunidad educativa identifican, deliberan y deciden conjuntamente
acerca del quehacer educativo, con metodologías y herramientas que fomenten la
creación de espacios de reflexión y de diálogos colectivos, encaminados a la
participación activa de acuerdo a sus roles y atribuciones, para contribuir a la
formación integral de los y las estudiantes.
f. Enfoque Inclusivo: El Liceo Supone transformaciones profundas en la cultura
escolar y en su quehacer pedagógico e institucional, valora y respeta a cada uno/a
tal y como es, reconociendo a la persona con sus características individuales sin
tratar de acercarlas a un modelo de ser, actuar o pensar “normalizado”. Reconoce
64
y valora la riqueza de la diversidad, sin intentar de corregir o cambiar la diferencia,
y permite asumir e intencionar cambios estructurales en el sistema escolar que
acojan la diversidad, sin pretender que sean los sujetos quienes deban “adaptarse”
a un entorno que no les ofrece oportunidades reales de aprendizaje.
DE LA PREVENCIÓN DE FALTAS A LA BUENA CONVIVENCIA
La prevención de faltas a la buena convivencia se realizará a través de la difusión e
incorporación de normas y procedimientos de restricción o regulación de conductas que
pudieran constituir maltrato, acoso escolar o, incluso, delitos en contra de miembros de la
comunidad educativa, así como también, la formación de competencias de
autorregulación.
El objetivo que se perseguirá será lograr el compromiso de la comunidad educativa en las
labores de resguardo de la armonía en las relaciones sociales. Los destinatarios de los
planes y acciones de la prevención de faltas serán los alumnos y personal del Colegio, en
el caso de SENAME se considerará a los padres y apoderados y otros que pudieran ser
invitados a participar. Las acciones de prevención de faltas e incidentes se presentarán
utilizando tres estrategias complementarias:
1.- Planes y/o Acciones de Sensibilización: Dirigidos a la toma de conciencia respecto de
los factores que pueden inducir la ocurrencia de faltas a la convivencia, como se
manifiestan, los efectos nocivos que se derivan de ello y la necesidad de evitar que
ocurran hechos de esta naturaleza.
2.- Plan de Monitoreo y seguimiento de la implementación: Dirigidos a la
implementación de diversas medidas que buscan evitar o regular la aparición de esas
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conductas disruptivas y que atentan contra la buena convivencia. Nuestros Reglamentos,
Protocolos o acciones se orientan a dicho punto.
3.- Planes y/o acciones de auto-regulación: Son desarrollados para que la comunidad
educativa incorpore principios éticos, conocimientos y/o habilidades, que finalmente
permitan ejercer acciones concretas en pos de evitar ser sujeto u objeto de faltas a la
buena convivencia. Estos planes y acciones son Talleres.
Reconocimientos Y Estímulos
Con el fin de reforzar las conductas positivas de los alumnos(as), docentes y asistentes de
la educación que destaquen, el Liceo propone desde el inicio del año lectivo, un
mecanismo de estímulo y reconocimiento a los estudiantes que en su desempeño se
ajusten a los principios que fundamentan el PEI y que además vayan construyendo
desempeños y conductas desatacadas, como por ejemplo, ser un estudiante esforzado,
un buen compañero y un estudiante con rendimiento académico destacado. Estos
estudiantes recibirán un reconocimiento público consistente en un diploma y un presente
relacionado con el aprendizaje y la cultura.
Observación Positiva: Consignada por cualquier profesor(a) en el libro de clases, para
estimular positivamente al alumno(a) que se destaca por su gran espíritu de colaboración
y trabajo en equipo, responsabilidad, respeto, compañerismo, solidaridad, etc.; en las
distintas actividades del establecimiento o en representación fuera de éste.
En el caso de docentes y asistentes de la educación, que hayan demostrado desempeños
y altos niveles de compromiso con el buen funcionamiento y convivencia en el
establecimiento, recibirán un estímulo verbal del director y una anotación que consigne
dicho reconocimiento en su ficha u hoja de antecedentes.
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Las conductas que amenacen o alteren la sana convivencia en la comunidad educativa,
sea que involucren o no daño físico o psicológico a otros miembros de la comunidad, o a
los bienes de éstos o del establecimiento constituyen faltas a la convivencia escolar, que
serán abordados con medidas formativas o disciplinarias, según los criterios de
graduación que se analizarán. Estarán regidas por el presente reglamento las faltas que
ocurran dentro de fuera del establecimiento cometidas por estudiantes o trabajadores de
la educación en actividades educativas o extracurriculares.
1.- GRADUACIÓN DE LAS FALTAS
Para evaluar adecuadamente una falta, es necesario que la comunidad educativa defina
criterios generales, que permitan establecer si la conducta analizada corresponde a una
falta leve, grave o gravísima, con medidas aplicables o sanciones diferenciadas para cada
tipo de falta en razón de la naturaleza de los hechos, entidad del daño etc.
Falta LeveActitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero que no involucren daño
físico o psicológico a otros miembros de la comunidad. Según se analizará más adelante
estas conductas serán tratadas principalmente a través de medidas y técnicas remediales,
formativas más que por medios punitivos o disciplinarios.
Medidas AplicablesLa falta leve amerita una amonestación verbal y/o amonestación escrita en la ficha
conductual del alumno (medida disciplinaria), sin perjuicio de la posibilidad de aplicación
de medidas formativas contenidas en este reglamento. Registro en Hoja de Vida, y medida
interna: conversación con el (la) estudiante, compromiso verbal.
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Falta GraveActitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica de otro
miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como acciones deshonestas
que afecten la convivencia. Su tratamiento será mediante medidas o sanciones
disciplinarias y/o técnicas remediales orientadas a un enfoque formativo, lo que se verá
según la naturaleza, gravedad de cada caso.
Medidas AplicablesLa falta grave ameritará una medida disciplinaria de suspensión de uno a cinco días
(proporcional a la gravedad y entidad de la falta), cambio de curso o condicionalidad en
caso de reiteración y gravedad de los hechos, la que se complementará con las medidas
formativas contempladas en este reglamento. En casos fundados, por sugerencia del
equipo psicosocial (informe de la dupla) o encargado de convivencia, se empleará sólo
medidas formativas. Se informa al profesor jefe para que sea tomado en cuenta en la
elaboración del informe de conducta, en la sede que ello lo amerite. Se otorga
condicionalidad. Se registra en Hoja de Vida, se comunica a Gendarmería y se solicita sea
derivado a Especialista externo (Psicólogo – Psiquiatra – Neurólogo).
Falta GravísimaActitudes y comportamientos extremos que atenten contra la integridad física y
psicológica de otros miembros de la comunidad educativa, la imagen del establecimiento
educacional, los bienes de este, agresiones sostenidas en el tiempo, y conductas
constitutivas de delito, acciones todas contrarias a los valores institucionales de sana
convivencia. Su tratamiento será mediante medidas o sanciones disciplinarias y/o
técnicas remediales orientadas a un enfoque formativo, lo que se verá según la
naturaleza, gravedad y entidad del daño de cada caso.
69
Medidas AplicablesDepende cambio de curso, condicionalidad o expulsión en casos extremos cuando se
cumplan los requisitos que contempla este reglamento para la cancelación de matrícula.
Las medidas disciplinarias se complementarán con las medidas formativas contempladas
en este reglamento.
Cuadro de Graduación de las Faltas
FALTA
LEVE
GRAV
E
GRAV
ISIM
A
Agresión física o psicológica a cualquier miembro de la comunidad
escolarX
Agresión sexual a cualquier miembro de la comunidad escolar X
Lenguaje inadecuado o soez, sea oral, gestual gráfico X
Maltrato, destrucción o hurto de bienes comunes o ajenos en el
establecimientoX
Mal uso del sistema informático, ingreso a páginas de pornografía,
juegos no indicados por el profesor, destrucción consiente de
información relevante de la institución.
X
Disrupción en el aula impidiendo el buen desarrollo de la clase. X
Ejercer Bullyng X
Incumplimiento de normas de responsabilidades y presentación
personalX
Protagonizar actos sexuales en dependencias del establecimiento X
Suplantación de personas para obtener beneficios económicos,
notas u otra connotación similarX
Portar o consumir sustancias consideradas drogas ilícitas, según la
ley 20.000, en el interior del liceo o en cualquiera de sus
dependencias.
X
70
Comercializar sustancias consideradas drogas ilícitas, según la ley
20.000, en el interior del liceo o en cualquiera de sus
dependencias.
X
Portar armas, artefactos explosivos o incendiarios, de cualquier
tipo, o bien materiales para su confección, en las dependencias
del liceo.
X
Falsificación de documentación interna del colegio X
Consideración De Factores Atenuantes
En consideración al contexto de cada sede derivadas de la prisionización y hostilidad
del contexto penal, serán considerados factores atenuantes, condiciones como la
dependencia crónica a drogas y alcohol y prevalencia de enfermedades psiquiátricas.
Estas condiciones serán tomadas en cuenta al momento de proponer medidas y
sanciones.
Consideración De Factores Agravantes
En consideración al contexto de cada sede derivadas de la prisionización y hostilidad
del contexto penal y las relaciones de poder y jerarquía entre los internos y compañeros
de curso, como también entre los profesores y funcionarios de Gendarmería y SENAME,
se considerarán factores agravantes la relación de autoridad de mando, jerarquía de
poder, conocimiento del contexto y tiempo de premeditación. Estas condiciones serán
tomadas en cuenta al momento de proponer medidas y sanciones.
71
Medidas Y Sanciones A Conductas Contrarias A La Sana Convivencia
Las sanciones deben permitir que las y los estudiantes tomen conciencia de las
consecuencias de sus actos, aprendan a responsabilizarse de ellos y desarrollen
compromisos genuinos de reparación del daño. Para ser formativas, reparadoras y
eficientes, las sanciones disciplinarias y medidas deben ser coherentes con la falta,
respetando los principios de proporcionalidad según entidad y gravedad del hecho y de
no discriminación arbitraria.
La medida y/o sanción aplicable deberá corresponder únicamente a las establecidas en el
reglamento interno de conformidad al artículo 46 Letra F del Decreto con Fuerza de Ley N°
2 de 2009 del Ministerio de Educación. Toda medida formativa o sancionatoria tendrá
además que ajustarse a las condiciones administrativas y procedimentales establecidas
en el decreto exento 1.447 del 11-03-2007, que establece el convenio de cooperación
entre el Ministerio de Justicia y el MINEDUC, para brindar el servicio educativo en los
recintos penales.
Medidas Formativas
I.- Diálogos Formativos:Contemplará la participación en reuniones, de carácter individual y/o grupal; con uno o
más miembros habilitados del Colegio, Equipo Directivo, Profesor Jefe, docentes y
encargado convivencia escolar, con objeto de reflexionar acerca del hecho ocurrido, sus
consecuencias y formas de prevenirlas, orientando las temáticas hacia la adopción o
recuperación del modo de relación basado en los valores de honestidad, respeto,
tolerancia y solidaridad. Según Ley de Inclusión el establecimiento representará a los
estudiantes la inconveniencia de las conductas, advirtiendo la posible aplicación de
sanciones más drásticas (ej. Expulsión), implementado a favor de él o la estudiante las
72
medidas de apoyo pedagógico o psicosocial que estén expresamente establecidas en el
reglamento interno del establecimiento educacional. Se dejará constancia de esta
entrevista en hoja de vida del estudiante y bitácora de Convivencia.
Ámbito de Aplicación: Podrá aplicarse ante faltas leves que requieran un compromiso de
los estudiantes, para que se comprometan directa y responsablemente. El diálogo, como
instancia de reflexión, hace de faltas a la convivencia, una oportunidad real para el
aprendizaje del alumno en aptitudes y competencias en relación a la convivencia en
comunidad. Siempre podrá aplicarse, ante cualquier falta, ya sea de forma individual o
complementaria a una medida disciplinaria por hechos que revisten entidad de falta
grave.
II. Servicio ComunitarioImplica alguna actividad que beneficie a la comunidad educativa a la que pertenece,
haciéndose cargo de las consecuencias de sus actos a través del esfuerzo personal del
estudiante. Su aplicación será voluntaria por parte del alumno.
Ámbito de Aplicación: Esta medida formativa se aplicará en caso de faltas leves o graves
que revistan un daño, deterioro o destrucción de mobiliario, infraestructura o cualquier
bien del establecimiento, se entienden como una forma de reparar, o resarcir de forma
proporcional el daño causado. Se aplicará sólo en la medida que no constituya un
menoscabo para el alumno, teniendo un carácter individual o complementario a una
medida disciplinaria. Consiste en la reparación o Limpieza de paredes, mobiliario o
artículos que fuesen dañados deliberadamente por el estudiante. Esta medida será
comunicada por el director del liceo, estando en conocimiento el profesor jefe respectivo.
III. Servicio PedagógicoContempla una acción en tiempo libre del o la estudiante que, asesorado por un docente,
realiza actividades de aprendizaje durante un tiempo determinado. Tales actividades
pueden ser: recolectar o elaborar material para estudiantes de cursos inferiores al suyo,
ser ayudante de un profesor en la realización de una o más clases, según sus aptitudes,
73
clasificar textos en biblioteca según su contenido, apoyar a otros estudiantes en sus
tareas, etc.
Ámbito de Aplicación: Podrá aplicarse ante faltas leves o graves, y constituye una
oportunidad real para el aprendizaje del alumno en aptitudes y competencias en relación
a la convivencia en comunidad, para adquirir la noción de los efectos o consecuencias
dañinas de sus actos propios. Podrá aplicarse, ante cualquier falta, ya sea de forma
individual o complementaria a una medida disciplinaria por hechos que revisten el
carácter de falta leve o grave.
IV.- Acciones TerapéuticasContemplará la derivación externa a tratamientos personales que permitan comprender,
evitar y contener comportamientos que constituyen faltas reglamentarias, en
establecimiento se pondrán en práctica cuando los estudiantes tengan comportamientos
que alteren significativamente la armonía del clima escolar y cuando incurran en
acciones de autoagresión. Siguiendo los protocolos para casos específicos, esta
derivación será siempre a profesionales del área de salud y psicosocial de Gendarmería
y SENAME, según corresponda el caso.
CONSIDERACIÓN DE INSTANCIAS REPARATORIAS
Acciones Para Reparar O Restituir El Daño CausadoTienen por objetivo reconocer el haber provocado daño a un tercero por medio del
diálogo mediado por tercero imparcial y reconocido como autoridad, en el caso de están
involucrados estudiantes, ese mediado será quien nombre el coordinador de convivencia,
si en ello está involucrado un docente o funcionario del liceo, además del coordinador de
convivencia, participará el director del liceo. El acto de restitución debe estar relacionado,
además de ser proporcional al daño causado y dependerá de la medida y graduación de
la falta mencionada en este mismo reglamento.
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Servicios en beneficio de la comunidad: Implica la prestación de un servicio en favor de la
comunidad que ha sido dañada, e igualmente debe estar relacionado con el daño causado.
Por ejemplo: hermosear o arreglar dependencias del establecimiento, acompañar o
colaborar en la realización de actividades formales del liceo.
MEDIDAS DISCIPLINARIASSon aquellas que conllevan una oportunidad de cambio, de formación y aprendizaje para
que la persona enmiende o corrija su conducta, asumiendo las consecuencias negativas de
sus actos en post de una sana convivencia escolar. La aplicación de estas sanciones se
contemplará a continuación, sin perjuicio de lo que prevean los protocolos de acción que
forman parte de este reglamento.
AMONESTACIÓN CON CONSTANCIA ESCRITA EN LA FICHACONDUCTUAL
Se aplica cuando el alumno reitera su falta leve, al menos 3 veces, o infringe algunas de las
normas básicas que debe observar, desarrollar y/o cumplir de acuerdo a este reglamento
(falta leve). El apoderado, que para estos efectos es el coordinador educativo o tutor de
Gendarmería y SENAME, tomará conocimiento cuando exista reincidencia del acto. Será
el Profesor jefe o de asignatura Quien aplica la sanción, para ello no se requiere proceso
indagatorio.
Los objetivos de esta entrevista son:
- Reflexionar en conjunto sobre la situación. Dar a conocer al apoderado de los
hechos que constituyen las faltas informadas.
- Establecer compromisos apoderado-alumno, para mejorar conducta.
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SUSPENSIÓN DE CLASES, UNO A CINCO DÍAS HÁBILES
Se aplicará esta sanción cuando la gravedad de la falta sea expresión de conductas que
trasgreden disposiciones contenidas en el presente Reglamento y que por lo mismo
comprometen seriamente los valores del Proyecto Educativo. Esta sanción se aplicará por
equipo de gestión de convivencia escolar, previo análisis de los elementos probatorios
recopilados por encargado de convivencia a través del proceso indagatorio. Se velará para
que antes de la aplicación de esta medida disciplinaria, emplear al alumno una medida
formativa, ya sea pedagógica, comunitaria y /o reparatoria de las contenidas en este
reglamento, cuando las circunstancias del caso lo justifiquen o por sugerencia del
encargado de convivencia. Serán merecedoras de estas medidas las faltas graves,
considerando al menos las siguientes conductas:
1. Conductas o actitudes irrespetuosas y reiteradas en clases, ceremonias o actos
oficiales del Establecimiento.
2. Intentar o Destruir deliberadamente instalaciones o materiales del Liceo
3. Efectuar rayados indebidos y/o dibujos groseros en el material de evaluaciones y/o
bienes del establecimiento (Conectar con medida formativa).
- Prórroga: En casos justificados, por la gravedad de la falta, o naturaleza dañosa del acto,
el Equipo de gestión de convivencia escolar podrá prorrogar la suspensión por otros cinco
días. La prórroga podrá utilizarse también cuando esté pendiente el proceso indagatorio
de faltas gravísimas en la que se analice la aplicación de expulsión como medida
disciplinaria. La suspensión como la prórroga es aplicada por el equipo de gestión de
convivencia escolar.
CONDICIONALIDADSe aplicarán esta sanción para las faltas graves y gravísimas, cuando el alumno ha
transgredido seriamente el presente Reglamento y/o no ha superado las faltas que
acreditaron las sanciones anteriores a esta causal, haciendo incompatible esta conducta
con el régimen interno escolar. La condicionalidad del alumno será resuelta por Equipo de
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Gestión de C.E, dejando constancia de ésta en la ficha conductual y podrá ser trimestral,
semestral o anual (según funcionamiento del establecimiento), la que puede ser levantada
cuando revisado su caso, el alumno muestre la superación de la problemática y sea por
tanto recomendable su alzamiento por sugerencia del encargado de convivencia y/o
equipo psicosocial.
El alumno deberá asumir la condicionalidad tomando conocimiento y firmando la Ficha
Conductual, adhiriéndose a Plan de Acompañamiento elaborado por el equipo de
convivencia, con el objeto de revertir y afrontar las causales de su comportamiento
deficiente. Situaciones sujetas a condicionalidad disciplinaria, entre otras:
1. Insultos, ofensas a miembros de la Comunidad Escolar a través de expresiones
verbales, gestuales y/o escritas y a través de cualquier medio.
2. Efectuar actos vejatorios a la dignidad de cualquier miembro de la comunidad
educativa
3. Plagio y falsificación de documentos públicos y privados.
4. Ingerir o inhalar sustancias nocivas para la salud como alcohol o sustancias
alucinógenas.
5. Interrumpir o impedir de facto el normal desarrollo de las actividades escolares,
obstaculizando accesos, impidiendo el ingreso, amedrentando a alumnos y
funcionarios o bien ocupando ilícitamente el Establecimiento, interrumpiendo con
ello el servicio público y configurando una acción de ocupación ilícita.
6. Destrucción de bienes muebles e inmuebles del Colegio (sin perjuicio de la
aplicación de la Ley 20084 sobre responsabilidad penal juvenil).
7. Realizar actos sexuales al interior del establecimiento.
Con todo, las medidas disciplinarias señaladas precedentemente deben constituir para el
alumno una experiencia formativa que contribuya eficazmente al desarrollo integral de su
personalidad, para lo cual se deberá conjuntamente a la aplicación de esta sanción
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disciplinaria, someter al alumno a las medidas formativas que sean pertinentes para el
alumno supere las conductas contrarias a la sana convivencia, según recomendación de
equipo multidisciplinario, previa evaluación.
CANCELACIÓN DE MATRÍCULALa labor de El Liceo es formativa, no punitiva. Debe estar dirigida a educar en la
convivencia y el diálogo. Por esto, la expulsión de un estudiante por problemas
conductuales es considerada como una medida extrema, excepcionalísima y última,
legítima sólo cuando efectivamente la situación implique un riesgo real y actual para
algún miembro de la comunidad, sanción que siempre se debe aplicar conforme a un justo
proceso que debe contemplar el reglamento interno y apegado a la modificación del
artículo 6º, letra I de la ley 20.845. Cumpliendo los criterios anunciados anteriormente, se
aplicará la sanción cuando un alumno:
a) Cometa acciones constitutivas de faltas gravísimas a este reglamento.
b) Portar armas, artefactos explosivos o incendiarios, o bien materiales para su
confección (en este caso en particular se tendrán en consideración las
disposiciones legales vigentes sobre esta materia, según la Ley 20.084).
c) Venta o traspaso al interior del Establecimiento de sustancias nocivas para la salud.
d) Adulteración de notas.
e) Adulteración o falsificación de documentación interna del Colegio.
f) Sustracción de bienes ajenos y documentación (sin perjuicio de la aplicación de la
Ley
g) 20.084 sobre responsabilidad penal juvenil).
h) -. Atentar contra la moral y las buenas costumbres (sin perjuicio de la aplicación de
la Ley
i) 20.084 sobre responsabilidad penal juvenil).
j) -No superación de condicionalidad durante el periodo, insistiendo en conductas
contrarías a la sana convivencia.
k) Suplantación de personas.
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l) Agresiones físicas que causen lesiones contra docentes o cualquier miembro de la
comunidad educativa.
m) Actos sexuales al interior del establecimiento.
No podrá decretarse la medida de expulsión o la de cancelación de matrícula de un o una
estudiante por motivos académicos, de carácter político, ideológicos o de cualquier otra
índole, sin perjuicio de lo dispuesto en los párrafos siguientes, sólo podrán aplicarse
cuando las causales estén claramente descritas en el reglamento interno del
establecimiento y, además, afecten gravemente la convivencia escolar.
Director del establecimiento. Podrá ser recomendada por el Consejo de Profesores,
siempre previo a un justo procedimiento para investigar la falta cometida. Previo al inicio
del procedimiento de expulsión o de cancelación de matrícula, el director del
establecimiento deberá haber representado al estudiante y apoderado, la inconveniencia
de las conductas, advirtiendo la posible aplicación de sanciones e implementado a favor
de él o la estudiante las medidas de apoyo pedagógico o psicosocial que estén
expresamente establecidas en el reglamento interno del establecimiento educacional, las
que en todo caso deberán ser pertinentes a la entidad y gravedad de la infracción
cometida, resguardando siempre el interés superior del estudiante. No se podrá expulsar
o cancelar la matrícula de un estudiante en un período del año escolar que haga imposible
que pueda ser matriculado en otro establecimiento educacional.
Lo dispuesto en el párrafo precedente no será aplicable cuando se trate de una conducta
que atente directamente contra la integridad física o psicológica de alguno de los
miembros de la comunidad escolar, de conformidad al Párrafo 3º del Título I del decreto
con fuerza de ley Nº2, de 2009, del Misterio de Educación. En ese caso se procederá con
arreglo a los párrafos siguientes de la Ley de Inclusión.
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Deber de información aplicación de la medida y RECONSIDERACIÓN: Esta decisión, junto a
sus fundamentos, deberá ser notificada por escrito al estudiante afectado y a su
apoderado, según el caso, quienes podrán pedir la reconsideración de la medida dentro
de quince días de su notificación, ante la misma autoridad, quien resolverá previa consulta
al Consejo de Profesores. El Consejo deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener
informes técnicos psicosociales pertinentes.
Deber de informar a SuperintendenciaEl director, una vez que haya aplicado la medida de expulsión o cancelación de matrícula,
deberá informar al DAEM de aquella, además a la Dirección Regional respectiva de la
Superintendencia de Educación, dentro del plazo de cinco días hábiles, a fin de que ésta
revise, en la forma, el cumplimiento del procedimiento descrito en los párrafos anteriores.
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CAPÍTULO V: CONDUCTAS CONTRARIAS A LA SANACONVIVENCIA POR PARTE DEL PERSONAL DELESTABLECIMIENTO PROFESORES, ASISTENTES DEEDUCACIÓN Y DIRECTIVOS
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El personal de establecimiento deberá cumplir los deberes contenidos en el capítulo I, y
someterse también a las normas de convivencia escolar previstas en este reglamento. El
incumplimiento de las normas de convivencia será sancionada de acuerdo al
procedimiento establecido según las normativas aplicables.(Estatuto docente, Código del
Trabajo etc.). Especialmente el personal del establecimiento le estará prohibido:
a) Faltar al trabajo o abandonarlo durante la jornada respectiva sin la autorización del
jefe directo.
b) Atrasarse en forma reiterada y sin justificación.
c) Suspender sin causa las actividades de trabajo o inducir a otros funcionarios a ello.
d) Causar daños materiales, intencionalmente a las instalaciones del establecimiento.
e) Presentarse al trabajo en estado de intemperancia.
f) Fumar dentro de los recintos públicos cerrados según Ley 20660 artículo 11 letra a.
g) Cometer actos ilícitos, inmorales o prohibidos por las leyes.
h) Mostrar negligencia en el cumplimiento de compromisos con el establecimiento,
con los alumnos, colegas y apoderados.
i) Someter a tramitación innecesaria o dilatación los asuntos entregados a su
conocimiento o resolución, o exigir para estos efectos documentos o requisitos no
establecidos en las disposiciones vigentes.
j) Tomar representación del colegio para ejecutar actos o contratos que excedieren
sus atribuciones propias, o que comprometan el patrimonio del establecimiento.
DE LAS AMONESTACIONES Y MEDIDAS
El personal que infrinja sus obligaciones o contravenga las prohibiciones establecidas en
este capítulo, que incumpla los deberes contempladas en el capítulo I y en las normas
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sobre convivencia escolar, sin perjuicio de la responsabilidad civil, penal u administrativa
(Sumario) que pudiera afectarle, podrá ser sancionado con alguna de las siguientes
medidas, en el orden de procedencia siguiente:
a) Amonestación verbal: que consiste en el llamado de atención privado que se hace
personalmente al afectado.
b) Amonestación escrita: que consiste en una amonestación formal hecha por escrito al
afectado, en caso de reincidencia y gravedad de la falta. Se registrará en bitácora de
profesores amonestados.
c) Informe al D.A.E.M.: que consistirá en un informe escrito y detallado de lo ocurrido,
indicando los pasos a y b, dejándose copia en la hoja de vida.
Aplicación de las medidas: El Director del establecimiento.
Podrán aplicarse al personal del establecimiento, medidas formativas ante faltas a la
convivencia, recomendando estrategias de mediación, arbitraje o negociación. Cuando
sea el director quien cometa actos contrarios a este reglamento, las denuncias serán
presentadas y conocidas por el jefe DAEM quién adoptará las medidas pertinentes.
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Los principios son lineamientos orientadores que deben ser considerados en todo
procedimiento indagatorio, de forma de asegurar y resguardar los derechos
fundamentales de los involucrados, en la aplicación de todo protocolo y/o procedimiento
de investigación de faltas. Cualquier procedimiento indagatorio contenido en los distintos
protocolos de acción que contendrán formas de indagación propias, deberá considerar
éstos principios fundadores, pues mediante su observancia se asegura el racional y justo
procedimiento, y los principios y enfoques orientadores de la política de convivencia
escolar.
1.- PRESUNCIÓN DE INOCENCIA
Quien realice la indagación actuará guiado por el principio de inocencia frente a quien,
supuestamente, sea el autor de la falta.
2.- DEBIDO PROCESO
Constituye un derecho y a la vez principio rector de todo procedimiento de investigación
de falta, por lo que todo protocolo de acción debe respetar este principio.
Este principio exige que en cada proceso indagatorio pueda ser oído, escuchado el
presunto autor de las faltas, lo que requiere previamente que sea notificado o informado
de los hechos que en los cuales se le atribuye participación. En caso de ser alumno el
posible infractor, deberá ser informado a su apoderado del hecho. El derecho al descargo,
dentro de un plazo razonable, es otra manifestación de este principio, lo que se traduce
en el derecho del acusado a plantear sus descargos o argumentos de defensa con el
objeto de agregar información para desvirtuar los hechos investigados.
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3.- DERECHO A APELACIÓN
Constituye otra expresión del debido proceso, que otorga el derecho a solicitar la revisión
de la decisión que aplique una medida disciplinaria, ante un superior jerárquico, con el
objeto de que este la enmiende conforme a la normativa reglamentaria contenida en este
reglamento y los protocolos existentes, y la normativa legal pertinente.
En caso de expulsión, la revisión podrá ser solicitada una reconsideración de la medida
dentro de quince días de su notificación, ante la misma autoridad (Director), quien
resolverá previa consulta al Consejo de Profesores.
4.- OBLIGACIÓN DE DENUNCIA DE DELITOS
El director, profesores y asistentes de la educación deberán denunciar cualquier acción u
omisión que revista caracteres de delito y que afecte a un miembro de la Comunidad
Educativa, tales como lesiones, amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o
tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas u otros. Se deberá denunciar ante las
autoridades de Gendarmería y SENAME dentro del plazo de 24 horas desde que se tome
conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e y 176 del
Código Procesal Penal. Lo que no obsta a que cuando la urgencia del asunto lo amerite,
denunciar del hecho a las policías correspondientes.
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1.- PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTE DEL TRABAJO,TRAYECTO Y ENFERMEDAD PROFESIONAL
En el caso de Accidentes del Trabajo, del Trayecto y Enfermedades de profesionales quepuedan afectar a los funcionarios dependientes de la Dirección de Administración deEducación Municipal de Talca; nuestro liceo se ajusta a la Normativa vigente, según elsiguiente marco legal:
MARCO LEGAL• Ley 16.744. Normas sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades
Profesionales, Reglamentación de la Constitución y Funcionamiento de losComités Paritarios de Higiene y Seguridad.
• Ley Nº 20.532. Prorroga la cotización extraordinaria para el Seguro Socialcontra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
• Ley N° 2010/06. Ampliación del Concepto de Accidente de Trabajo, en eltrayecto, contemplado en la Ley 16.744.
• D.S. Nº 594. Reglamento sobre Condiciones Sanitarias y Ambientales Básicas enlos Lugares de Trabajo.
• D.S. Nº109. Reglamento para la Calificación y Evaluación de los Accidentes delTrabajo y Enfermedades Profesionales.
• D.S. Nº 102. Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo.• Circular N° 2582 de la Superintendencia de Seguridad Social, Sistema de
información de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales y nuevosformularios de denuncia, (DIAT) y (DIEP).
ALCANCEEl presente Protocolo de Accidente del Trabajo, de Trayecto y Enfermedades Profesionalesserá aplicable a la dotación completa de Funcionarios de calidad jurídica: EstatutoDocente, Código del trabajo, contrata o planta del DAEM de la I. Municipalidad de Talca.
Las excepciones serán las mismas establecidas por la Ley 16.744 en el artículo 5 del TítuloII:
1. Accidentes debido a fuerza mayor extraña que no tenga relación alguna con el trabajo.
2. Los producidos directamente por la víctima.
3. También se consideran excepciones, aquellos funcionarios cuya modalidad de contratoes a honorario suma alzada, quienes no se encuentran protegidos por la Ley 16.744
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RESPONSABLES DEL CUMPLIMIENTO1. Funcionarios: Deberán cumplir todos los pasos indicados en el presente instructivo,los cuales, están definidos y elaborados en función de que obtengan los beneficiosdirectos de cada uno de ellos.
2. Directores (as), Inspectores Generales, Jefe de Unidad (Jefe Directo o Supervisor):Controlar el cumplimiento de los pasos indicados en este instructivo e informar sobretoda ocurrencia de accidente del trabajo, en su Establecimiento Educacional a cargopor correo electrónico o teléfono a la Unidad de Prevención de Riesgos o Depto. RRHHdel DAEM. (mcaceres@talca.cl - Celular: 971416237) .El Dpto. de RRHH del DAEM de laI. Municipalidad de Talca deberá completar un formulario de notificación del accidente.
3. Comité Paritario de Higiene y Seguridad (CPHS): Entre otras funciones indicadas enel D.S Nº54, art.24, Este comité será el encargado de realizar la investigación delaccidente o de una Enfermedad profesional, entregar a la jefatura del Área lasrecomendaciones y medidas con el fin de evitar la ocurrencia de situaciones similares.Decidir si el accidente o enfermedad profesional se debió a negligencia inexcusable deltrabajador.
DEFINICIONES1. Ley: Regla social obligatoria, “La ley es una declaración de la voluntad soberana que,manifestada en la forma prescrita por la Constitución, manda, prohíbe o permite.” (CódigoCivil).
2. Contrato: Acto por el cual una parte se obliga para con otra a dar, hacer o no hacer algo.
3. Entidad Empleadora: Toda empresa, institución, servicio o persona que proporcionetrabajo.
4. Trabajador: Toda persona, empleado u obrero que trabaje para alguna empresa,institución, servicio o persona.
5. Accidente de Trabajo: Toda lesión que un trabajador sufra a causa o con ocasión de sutrabajo y que le produzca incapacidad o muerte. (Ley 16.744, Artículo 5).
6. Accidente de Trayecto: según el artículo 5 de la Ley 16.744, son aquellos accidentesocurridos al trabajador en el trayecto directo de ida o de regreso entre la habitación ylugar de trabajo. Así como lo son aquellos que ocurren en el trayecto directo entre doslugares de trabajo, entre dos distintos empleadores.
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7. Enfermedad Laboral: según el artículo 7 de la Ley 16.744, la causada de una maneradirecta por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que leproduzca incapacidad o muerte.
8. Accidentes de Trabajo Leves: son aquellos en que no está en riesgo la vida deltrabajador, estos pueden ser causados por: cortes, torceduras, picaduras, golpes, caídas almismo nivel del suelo y caídas de objetos extraños en los ojos.
9. Accidente de Trabajo Grave: aquellos en que está en riesgo la vida del trabajador, segúnel Artículo 76 de la Ley 16.744, es cualquier accidente de trabajo que: - Obligue a realizarmaniobras de resucitación. - Obligue a realizar maniobras de rescate. - Ocurra por caída dealtura de más de dos metros. - Provoque en forma inmediata la amputación o pérdida decualquier parte del cuerpo. - Involucre un número tal de trabajadores que afecte eldesarrollo de la faena. - En donde sea necesario la presencia de la ambulancia y personalcapacitado de mutual para auxiliar al trabajador accidentado.
10. Accidente de Trabajo Fatal: Artículo 76 de la Ley 16.744, aquel accidente que provocala muerte del trabajador en forma inmediata o durante su traslado a un centro asistencial.
11. Funcionario Accidentado: Es la persona accidentada "a causa del trabajo" que seenmarcan en las labores que desempeña el trabajador en el lugar y en las horas en quedebe ejecutarlas.
12. Incapacidad Temporal: es aquella provocada por un accidente del trabajo oenfermedad profesional de naturaleza o efectos transitorios que permiten la recuperacióndel trabajador y su reintegro a sus labores habituales.
13. Incapacidad Permanente: es aquella que produce al trabajador una incapacidadpresumiblemente permanente de naturaleza irreversible, aun cuando le deje unacapacidad.
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PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTES DEL TRABAJO
ACCIDENTES DE TRABAJO
1. El trabajador deberá notificar el accidente o siniestro sufrido al Director o jefetécnico del establecimiento donde se desempeña, en caso de que estos no seencuentren disponibles, deberá notificar al Jefe de especialidad, quien evaluará sicorresponde a accidente o enfermedad de tipo laboral y coordinará el traslado deltrabajador accidentado al Centro Asistencial de la Mutualidad o de un Centro Asistencial.En caso de sufrir un accidente del trabajo o trayecto fuera de las dependencias delestablecimiento, el trabajador accidentado deberá seguir el mismo procedimiento, esdecir, contactarse con la dirección o jefe técnico; y en caso de que ellos no esténdisponibles, se deberá contactar con el jefe de especialidad para dar a conocer lasituación y éste pueda determinar si corresponde enviar al trabajador accidentado a laMutualidad o a un centro asistencial.
2. Es responsabilidad del director realizar las primeras acciones para mantener lasituación bajo control, y procurar que el Accidentado reciba la atención correcta yoportunamente.
3. Director o en su ausencia, equipo directivo deberá informar inmediatamente a laUnidad de Prevención de Riesgos y Depto. De RRHH del DAEM. (mcaceres@talca.cl -Celular: 971416237)En caso de requerir traslado, para el trabajador accidentado sepodrá coordinar llamando al número 1407 desde cualquier lugar del país. Si elEstablecimiento Educacional tiene los medios para trasladar al trabajador accidentado,también lo puede realizar.
4. La Unidad de Prevención de Riesgos previo visto bueno del Depto. RRHH, deberáemitir la Declaración Individual de Accidentes del Trabajo (Formulario DIAT) una vezocurrido el evento, para esto se tendrá un plazo máximo de 24 horas para hacer suentrega a la Mutual de Seguridad.
5. La DIAT puede ser enviada por diferentes medios: personalmente en la Mutual deSeguridad, vía correo electrónico a recepcion.documentos@mutual.cl, o bien realizarlaon line desde la sucursal virtual de la página web, a través de E-denuncia. Cabe señalarque la Unidad de Prevención de Riesgos del DAEM evaluará si corresponde emitir DIAT oDIEP a la Mutualidad, siempre y cuando el caso se considere como laboral oprobablemente laboral.
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6. En la Mutualidad el Accidentado deberá:- Presentarse en el mesón de Admisión de la Mutualidad con su cédula de identidad al día
y hacer efectivo el ingreso con una de las dos funcionarias de Mutual.- El Médico realizará la Evaluación Médica correspondiente.- Una vez realizada la Atención Médica, el accidentado deberá cumplir con el tratamiento
otorgado. Será responsabilidad del funcionario cumplir con las órdenes de tratamientomédico, reposo, acudir a los controles médicos, exámenes, terapias en las fechasestipuladas por Admisión. Además, deberá colaborar con la toma de Declaración deaccidente, Investigación de accidente, Informes o evaluaciones de puesto de trabajo quedetermine la Mutualidad. A su vez, siempre deberá hacer llegar los certificados deatención, de reposo, certificados de urgencia, de alta y otros documentos a suEstablecimiento Educacional o centro de trabajo de origen, para justificar su inasistencia,en el día hábil siguiente de haberse presentado en el centro asistencial como plazomáximo.
PROCEDIMIENTO EN CASO DE ACCIDENTES DE TRAYECTO
1. El accidentado deberá informar a su Director, jefe técnico o jefe especialidad.2. Director, jefe técnico o jefe de especialidad informará inmediatamente a la Unidad
de Prevención de Riesgos o Depto. RRHH del DAEM del hecho ocurrido.3. La Unidad de Prevención de Riesgos, previo visto bueno Depto. RRHH deberá
emitir la Declaración Individual de Accidentes del Trabajo (DIAT), para esto tiene unplazo máximo de 24 horas una vez ocurrido el accidente.
4. La DIAT puede ser presentada personalmente en la mutualidad más cercana oenviada por correo electrónico a recepcion.documentos@mutual.cl, o bien realizarla online desde la sucursal virtual de la página web, a través de E-denuncia.
5. Realizar la denuncia ante carabineros fono 133, por el accidentado o testigos(obtención de parte policial).
6. Accidentado deberá dirigirse a la Mutual de Seguridad.7. El accidentado deberá presentarse en mesón de Admisión de la Mutual de
Seguridad con carnet de identidad para ser efectivo el ingreso. El accidentado deberácompletar el formulario de declaración jurada lo más detallado posible, dando a conocerel trayecto que estaba realizando al momento del evento, la causa y consecuencia delaccidente.
8. Realizar el ingreso con uno de los dos funcionarios de admisión.9. El Médico realizará la Evaluación Médica correspondiente.
92
10. Una vez realizada la Atención Médica deberá cumplir con el tratamientootorgado.
11. Si el accidente es de categoría GRAVE, dirigirse al Centro Asistencial máscercano al lugar del accidente para su primera Atención de Urgencia.
12. El trabajador deberá velar por el envío de la documentación solicitada porla mutualidad en un plazo no mayor al del establecido de 5 días hábiles, los cuales son:Certificado de horario laboral firmado y timbrado por el centro de trabajo dondedesempeña sus funciones y registro de asistencia del mes correspondiente al accidente.Si el accidente sucedió el primer día hábil de un mes, se debe adjuntar registro deasistencia del mes anterior.
13. En caso de que el trabajador quede inconsciente los pasos a seguir son:La persona que se encuentre en presencia del hecho y no tiene conocimiento de los
datos del trabajador, deberá llamar a carabineros, fono 133 y ambulancia 131 Según loestipulado por el artículo 7° del DS 101, será responsabilidad del trabajador probar elaccidente de trayecto, por lo tanto debe hacer llegar la documentación anexa quepudiera exigirle la mutualidad, como Parte de Carabineros, testigos del accidente oCertificado de Atención Médica del Centro de Asistencial le otorgó la primera Atenciónde Urgencia en caso de que el trabajador acuda a la Mutualidad en un plazo mayor a 24horas.
14. El horario de atención de Mutual de Seguridad es 24 horas los 365 días alaño, por lo tanto el trabajador accidentado debe acudir el mismo día a mutual en casode accidente del trabajo o del trayecto. Si por motivos de distancia o por la gravedad delas lesiones el trabajador se ve imposibilitado de acudir a la mutual, puede acudir a uncentro asistencial público e ingresar a mutual el día siguiente siempre y cuando tenga uncertificado de atención de dicho centro.
15. En caso de accidentes de tránsito, el trabajador deberá a dirigirse primeroal Hospital de su localidad de residencia a constatar lesiones y posteriormente hacer elingreso a mutual.
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PROCEDIMIENTO EN CASO DE UNA ENFERMEDAD PROFESIONAL
1. El funcionario afectado deberá comunicarle a su Jefe Directo, de la enfermedad que loafecta.2. Jefe Directo a cargo informará inmediatamente a la Unidad de Prevención de Riesgospara que la experta en prevención de riesgos coordine la hora de atención con mutual.3. La Unidad de Prevención de Riesgos del DAEM de Talca deberá entrevistar altrabajador/a afectado con síntomas de enfermedad profesional y realizar DIEP. A su vezinformará al afectado/a la fecha y hora que deberá acudir a la mutual.4. El trabajador deberá presentarse en el mesón de admisión de la Mutual con carnet deidentidad y la DIEP para hacer efectivo el ingreso.5. La Mutual realizará todos los procedimientos necesarios para indicar el diagnóstico alpaciente; evaluar y calificar la enfermedad como de profesional o de origen común.6. El paciente deberá cumplir con el tratamiento otorgado según atenciones ycoordinaciones de personal de Mutual.7. Si el caso es sancionado como de origen común, el trabajador deberá atenderse por surégimen de salud previsional. Si el trabajador hubiese estado con reposo médico laboral,la mutualidad deberá extenderle licencia común por el total de días que la persona seausentó de su trabajo a causa de la enfermedad.
GENERALIDADES
1. Las prestaciones económicas serán otorgadas al trabajador por los días de licenciamédica que le emita la mutualidad siempre y cuando:
a. La denuncia realizada por el trabajador se considere de origen laboral.b. El trabajador haya cumplido con el tratamiento otorgado y cooperado con los
procedimientos de la mutualidad.c. El trabajador y/o empresa haya enviado los antecedentes solicitados por la mutualidad
en los plazos establecidos.2. Los derechos del trabajador son:
a. Acudir a la mutual en caso de sufrir un accidente el trabajo, accidente de trayecto oenfermedad profesional.
b. Recibir las prestaciones médicas y económicas que correspondan por parte de mutualcuando el accidente o enfermedad sea considerado profesional.
c. Recibir autorización por parte del empleador para asistir al tratamiento médicootorgado por mutual.3. Los deberes del trabajador son:
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a. Comunicarse con su Director, o equipo directivo, para informar sobre la ocurrencia deaccidente del trabajo, accidente de trayecto o enfermedad profesional y con ello tomarconocimiento e informe a la unidad de prevención de riesgos o Depto. RRHH del DAEM,quienes en 24 horas deberán como empleador completar la DIAT y la DIEP segúncorresponda y presentarla en la mutualidad, validando el siniestro.
b. Cumplir con el tratamiento médico otorgado por la mutualidad (asistir a exámenes,controles, terapias) y cooperar con los procedimientos legales vigentes (evaluacionesde puesto de trabajo, investigaciones de accidente, toma de declaraciones).
c. Presentar la documentación solicitada por el organismo administrador en el plazoestablecido.
PROTOCOLO ANTE UN ACCIDENTE ESCOLAR Y EN CASO DE UNAENFERMEDAD O MALESTAR DEL ALUMNO
El Establecimiento educacional debe velar por la integridad física y salud de los
estudiantes al interior del establecimiento, lo que implica que cuando ocurran
accidentes u alumnos presentes malestares u otros problemas de salud, el liceo
deberá adoptar el procedimiento previsto en este instrumento, con el objeto de
actuar de forma eficiente y eficaz, procurando garantizar de la mejor forma posible
la salud e integridad física de los alumnos, cuando se presente una contingencia de
este tipo el protocolo de actuación será el siguiente:
ACTIVACIÓN DEL PROTOCOLO
Considerando que nuestros estudiantes se encuentran en un recinto penal y que son
estudiantes jóvenes y adultos; tanto en la enseñanza básica y media si bien es un deber
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de cada integrante de nuestra comunidad educativa auxiliar a otro integrante de la
comunidad que siente algún malestar en su salud o ha sufrido un accidente, en ambas
situaciones se debe actuar de la misma manera.
1.- Despejar el lugar.
2.- No dejarle solo(a).
3. Dar aviso de inmediato al director o en su ausencia a cualquier integrante del
equipo directivo para que llamen a los coordinadores de educación (gendarmería)
para ser trasladado a la enfermería de cuya unidad penal. En anexo de Sename el
profesor(a) dará aviso directamente al coordinador socioeducativo y en el caso de
Centro Penitenciario Femenino será directamente a la encargada de Gendarmería o
jefa de la guardia interna.
PROTOCOLO DE ACTUACION ANTE CONFLICTOS VIOLENTOS GRAVES
El personal del establecimiento, sean docentes, Equipo Directivos, asistentes de la
Educación o estudiantes; tienen derecho a trabajar en un ambiente tolerante y de respeto
mutuo, a que se respete su integridad física, psicológica y moral, y a no ser objeto de
violencia física y psicológica en cualquiera de sus tipos por cualquier miembro de la
comunidad educativa, entre ellos los estudiantes jóvenes y adultos del establecimiento.
Siendo las agresiones hacia el personal del establecimiento, una realidad que es necesaria
afrontar e ir erradicando del escenario, es que a través de este protocolo actuación, se fija
para toda la comunidad educativa, este procedimiento que se activará cuando un
funcionario o personal del Liceo, sea perturbado en su integridad física o psíquica por un
estudiante de la comunidad educacional (maltrato de adulto a estudiante).
DEFINICIÓN:
Se entenderá por maltrato de alumno hacia funcionario del establecimiento “cualquier
acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica, realizada en forma escrita, verbal
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o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, proferida por parte de un alumno en
contra de un funcionario de la escuela, la cual pueda provocar al funcionario en cuestión
el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica,
su vida privada, su propiedad o en otros derechos, fundamentales, dificultando o
impidiendo, de cualquier manera, su desarrollo o desempeño profesional, afectivo, moral,
intelectual, espiritual o físico”.
ACTIVACIÓN DEL PROTOCOLO
1.- Identificación y comunicación de la situación de conflictoCualquier miembro de la comunidad (profesores o personal administrativo) que tenga
conocimiento de una situación de maltrato hacia un docente, administrativos y/o
estudiantes del liceo debe informarlo dentro de las 24 horas de conocido el hecho, por
escrito al director o encargada de convivencia.
2.- Constatación de lesionesEn caso de que la agresión hacia un funcionario del establecimiento produzca
lesiones físicas, el afectado deberá concurrir Hospital Regional de Talca a
constatar lesiones, además de asistir al centro de salud de su preferencia para
efectos de recibir tratamiento correspondiente y de ser pertinente obtener
licencia médica. En el caso de ser un estudiante se constatará en la enfermería
de cada centro penal según corresponda.
3.- Indagación de la SituaciónLa encargada de convivencia guiará el proceso en base al Principio de Inocencia; buscará
profundizar la descripción y clarificación de las circunstancias del reclamo, sin atribuir
intencionalidad o culpabilidad a ninguno de los sujetos involucrados mientras dure esta
fase del proceso. El receptor deberá acoger al reclamante y registrar, la descripción de
los hechos que motivan el reclamo, los participantes de éste y el rol que les cabe a cada
uno de ellos (participantes directos, indirectos, testigos, otros), las circunstancias en que
esto se hubiera producido (lugar, fechas, etc.) y, en general todos los datos que permitan
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entender de mejor manera lo ocurrido. Si existiera más de un reclamante, el receptor
debe consignar por separado los reclamos, con objeto de tener claridad acerca de las
distintas versiones.
4.- Obligación de Denuncia
El Director del establecimiento deberá denunciar los hechos que revistan delito
(agresiones físicas, amenazas) dentro de 48 horas siguientes a conocer de los hechos. La
denuncia la realizará solamente ante Fiscalía y no ante los tribunales de la familia; ya que
no tenemos estudiantes menores de edad, por tratarse de un liceo de educación técnico
profesional de Adultos.
5.- Comunicación al Equipo de Gestión de Convivencia EscolarSe reunirá el equipo para analizar la situación de conflicto y establecer las medidas
formativas y disciplinarias que eviten la continuidad de la amenaza; esto incluye incluso la
cancelación de la matricula por el director, previa consulta, determinación del consejo de
profesores y según lo dispuesto en reglamento interno de nuestro establecimiento.
DE LOS PROTOCOLOS DE ACCIÓN EN CASO DE ABUSO SEXUAL EN EL LICEO
El presente protocolo deberá aplicarse en todos los casos de Abuso Sexual.
Según la fiscalía nacional se entenderá abuso sexual como “Los delitos sexuales sontodos aquellos actos que atentan contra la libertad sexual y la indemnidad sexual de laspersonas, independientemente de su edad, estrato social, raza, etnia, sexo onacionalidad. Se entenderá por Abuso Sexual al “contacto o interacción entre unapersona y otra, en el que uno de ellos es utilizado para satisfacer sexualmente al queejerce una fuerza, sometimiento o autoridad”
ACTIVACIÓN DEL PROTOCOLOSe dará curso a este procedimiento cuando se den conductas como: proposicionessexuales fuera de lugar e inoportunas, comentarios sexuales, caricaturas, fotografías,insinuaciones o cualquier otra conducta verbal o física que sea de naturaleza sexual osexualmente intimidante, incluso si se transmiten electrónicamente.
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1. Denuncia del hecho, cualquier miembro de la comunidad educativa que tengaconocimiento de un acto de Abuso Sexual, contra miembro de la comunidad,tiene la obligación de denunciar o informar al director del establecimiento,máximo dentro de 24 horas desde que tomó conocimiento de los hechos.
2. El director, sin perjuicio de otras acciones, derivará a la víctima a la unidad deenfermería de la unidad penal correspondiente, para que se constaten lesiones odaños.
3. Si la víctima es un profesional o funcionario del liceo, este trámite será derivado alhospital regional para que se ejecute el protocolo legal correspondiente.
4. Posterior a estas instancias, el director, junto al coordinador de Gendarmería oSENAME, presentará un informe escrito de la declaración inicial de la víctima ytestigos, para presentarlo a la unidad investigativa de Gendarmería.
5. Quedará, el director y quien haya sido testigo del hecho, en entera disposición deprestar las declaraciones e indagatorias correspondientes a la fiscalía.
PROTOCOLO DE ATENCIÓN ESTUDIANTES FRENTE A AUTOFLAGELACIÓNDENTRO DEL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL
INTRODUCCIÓN
El Establecimiento educacional debe velar por la integridad física y salud de los
estudiantes al interior del establecimiento, lo que implica que cuando ocurran situaciones
de autoflagelación de estudiantes en el liceo, se deberá adoptar el procedimiento
previsto en este instrumento, con el objeto de actuar de forma eficiente y eficaz,
procurando garantizar de la mejor forma posible la salud e integridad física de los
alumnos, cuando estas contingencias se presenten.
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DescripciónFrente a situaciones de autoflagelación (cortes en antebrazos, piernas y estómago
visibles) o sospecha de éstas en sala de clases y/o recreos, se procederá a informar a los
actores específicos que a continuación se detallan:
1.- Sospecha de que el alumno(a) pueda estar cortándose (autoflagelación): Quien
observe la situación (ya sea profesor, o paradocente) de lo vivenciado por el alumno; se
acercara a este con una actitud de empatía; y de manera muy reservada recogerá el
relato, y si efectivamente hay cortes.
2.- Evidencia de cortes (verlos de manera superficial sin sangrado): se realizará la
derivación a encargada de convivencia. Quien a su vez, dará aviso de inmediato a los
coordinadores de Gendarmería.
3.- Cortes con herida expuesta: En caso de heridas expuestas; el docente, paradocente o
directivo que presencie la situación; se preocupa de acompañar al alumno(a), y dar aviso
de inmediato a los coordinadores de Gendarmería para que sean brindados los primeros
auxilios, y tratamientos correspondientes por la enfermería de cada sede.
Es de suma importancia que posterior a las acciones emprendidas, se solicite vía formal
desde dirección la retroalimentación respectiva del caso del alumno con el objeto de
considerar las recomendaciones del equipo de salud del centro, según corresponda; para
que los docentes lo tengan en consideración al momento de realizar el trabajo
pedagógico, en aula con él o la estudiante.
PROTOCOLO DE ACTUACION FRENTE A SITUACIONES DE CONSUMO YTRAFICO DE DROGAS EN EL ESTABLECIMIENTO
Con el objetivo de cumplir con el marco normativo, según ley 20.000 que sanciona el
tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y el derecho de estudiar en un
entorno libre de drogas, debemos asumir que la comunidad educativa y principalmente su
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director, el equipo directivo y representantes de Consejo Escolar, tenemos un importante
rol preventivo institucional que cumplir, por lo tanto se ha acordado el siguiente Protocolo
de actuación para abordar casos de consumo y situaciones de posible tráfico de drogas:
En caso de detectar consumo o tráfico de drogas dentro del establecimiento detectado
infraganti:
1.- Identificar la situación: Cualquier profesor o profesional de nuestra comunidad
educativa tiene el deber de comunicar la situación al director y/o encargado de
convivencia.
2.- Entrevista formativa: El profesor jefe debe citar al estudiante; quien junto a la
encargada de convivencia tendrán una entrevista.
3.- Comunicación del hecho al coordinador de gendarmería o coordinador formativo
SENAME, según corresponda.
4.- Entrevista del director y encargada de convivencia con tutor(a) del área técnica de
gendarmería o SENAME
5.- Derivación a unidad de tratamiento.
CAPITULO VIII. FUENTES DE APOYO CONSIDERADA PARA LAELABORACIÓN DE REGLAMENTO
Instrumentos Ministeriales De Apoyo
1. Política Nacional de Convivencia Escolar 2015/2018, Ministerio de Educación.
2. Orientaciones para la Elaboración y Actualización del Reglamento de ConvivenciaEscolar, Ministerio de Educación, año 2011.
3. Circular N° 1 versión 4 del año 2014 de Superintendencia de Educación.
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4. Circular N° 27 que Fija Sentido y Alcance de las Disposiciones sobre derechos depadres, madres y apoderados en el ámbito de la Educación, del año 2016 deSuperintendencia de Educación.
5. Ordinario N° 0476 que Actualiza Instructivo para os Establecimiento Educacionalessobre Reglamento Interno, en lo referido a convivencia escolar, del año 2013,Superintendencia de Educación.
6. Guía Educativa prevención del abuso sexual a Niños y Niñas, SENAME, Ministeriode Educación.
7. Condiciones de Calidad para la Educación Pública, documento ejecutivo, ComitéPadem 2.0, del Ministerio de Educación.
8. PEI y Estándares Indicativos de Desempeño, Ministerio de Educación.
9. Marco para la Buena Dirección, Ministerio de Educación, año 2005.
10. Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 2009, Ministerio de Educación. Fija textorefundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 20.370 con las normas noderogadas del Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2005.
11. Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de 1998, Ministerio de Educación. Fija textorefundido, coordinado y sistematizado del Decreto con Fuerza de Ley N° 2, de1996, sobre subvención del Estado a establecimientos educacionales.
12. Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 1996, Ministerio de Educación. Fija textorefundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 19.070 que aprobó el estatutode los profesionales de la educación, y de las leyes que la complementan ymodifican.
13. Decreto con Fuerza de Ley N° 1, de 2002, Ministerio del Trabajo y Previsión Social.Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Código del Trabajo.
14. Ley N° 19.410. Modifica la Ley N° 19.070, sobre estatuto de profesionales de laeducación, el Decreto con Fuerza de Ley N° 5, de 1993, del Ministerio deEducación, sobre subvenciones a establecimientos educacionales, y otorgabeneficios que señala.
15. Ley N° 20.845 de Inclusión escolar que regula la admisión de los y las estudiantes,elimina el financiamiento compartido y prohíbe el lucro en establecimientoseducacionales que reciben aportes del estado.
16. Ley N° 19.464. Establece normas y concede aumento de remuneraciones parapersonal no docente de establecimientos educacionales que indica.
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17. Decreto Exento N° 2.169, de 2007, Ministerio de Educación. Aprueba normas deevaluación y promoción para la educación de adultos.
18. Decreto Exento 2.272 del 14 noviembre del 2007, Ministerio de Educación.Aprueba procedimientos para el reconocimiento de estudios de enseñanza básicay media científico humanista y técnico profesional y de modalidad de educación deadultos y de educación especial.
OTRA NORMATIVA EDUCACIONAL1. Ley N° 20.422. Establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión
social de - Ley N° 20.501. Calidad y Equidad de la Educación.
2. Ley N° 20594. Crea inhabilidades para condenados por delitos sexuales contramenores y establece registro de dichas inhabilidades.
3. Decreto N° 47, de 1992, Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Fija nuevo texto de laordenanza general de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
4. Decreto N° 53, de 2011, Ministerio de Educación. Establece elementos deenseñanza y material didáctico mínimos con que deben contar losestablecimientos educacionales para obtener y mantener el reconocimiento oficialdel estado.
5. Decreto N° 170, de 2009, Ministerio de Educación. Fija normas para determinar losalumnos con necesidades educativas especiales que serán beneficiarios de lassubvenciones para educación especial.
6. Decreto N° 196, de 2005, Ministerio de Educación. Aprueba reglamento sobreobligatoriedad de establecimientos educacionales de contar con a lo menos un15% de alumnos en condiciones de vulnerabilidad socioeconómica como requisitopara impetrar la subvención.
7. Decreto N° 257, de 2009, Ministerio de Educación. Aprueba los objetivosfundamentales y contenidos mínimos de la educación de adultos.
8. Decreto N° 289, de 2010, Ministerio de Educación. Fija Normas Generales SobreCalendario Escolar.
9. Decreto N° 313, de 1973, Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Incluye aescolares en seguro de accidentes de acuerdo con la Ley N° 16.744.
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10. Decreto N° 332, de 2011, Ministerio de Educación. Determina edades mínimaspara el ingreso a la educación especial o diferencial, modalidad de educación deadultos y de adecuaciones de aceleración curricular.
11. Decreto N° 594, de 1999, Ministerio de Salud. Aprueba reglamento sobrecondiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo.
12. Decreto N° 924, de 1983, Ministerio de Educación. Reglamenta clases de religiónen establecimientos educacionales.
13. Decreto Exento N° 83, de 2000, Ministerio de Educación. Aprueba planes yprogramas de estudio para 2° año de enseñanza media.
14. Decreto Exento N° 584, de 2007, Ministerio de Educación. Aprueba plan yprogramas de estudios para la enseñanza básica de adultos.
15. Decreto Exento N° 999, de 2009, Ministerio de Educación. Aprueba plan yprogramas de formación de oficios para la educación básica de adultos.
16. Decreto Exento N° 1.000, de 2009, Ministerio de Educación. Aprueba plan yprogramas de estudios para la enseñanza media de adultos.
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