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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO
C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” DE NAVALUENGA (ÁVILA)
CURSO: 2016-2017 ! 1
C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
ÍNDICE
1. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO:
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN.
TÍTULO PRELIMINAR.
Artículo 1: Marco Legal.
Artículo 2: Ámbito de aplicación.
Artículo 3 : Órgano que lo aprueba y fecha.
TÍTULO I. REGULACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO ESPECÍFICO DEL
CENTRO.
CAPÍTULO 1: ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO.
Artículo 4: El Equipo Directivo.
Art í cu l o 5 : Conse jo Esco l ar . Com is i ones de Conv i venc i a . E l
coordinador de convivencia.
Artículo 6: Claustro de Profesores.
CAPÍTULO 2: ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO.
Artículo 7: Director.
Artículo 8: Jefe de Estudios.
Artículo 9: Secretario.
CAPÍTULO 3: ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE.
Artículo 10: Coordinadores docentes de nivel.
Artículo 11: Coordinadores docentes internivel.
Artículo 12: Comisión de Coordinación Pedagógica.
Artículo 13: Maestros Tutores. Maestros sin tutoría.
CAPÍTULO 4: OTROS CARGOS Y RESPONSABILIDADES.
Artículo 14: El Coordinador de la Biblioteca.
Artículo 15: Coordinador de Medios Informáticos.
Artículo 16: Coordinador entre el Centro y el C.F.I.E.
CAPÍTULO 5: CAUCES DE COORDINACIÓN Y PARTICIPACIÓN DE LAS
FAMILIAS.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
Artículo 17: Asociación de Padres y Madres de alumnos/as.
Artículo 18: Cauces de información.
CAPÍTULO 6: SOBRE HORARIOS.
Artículo 19: Márgenes dentro de los horarios oficiales.
Artículo 20: Para las actividades complementarias y extraescolares.
Artículo 21: Criterios para la asignación y apoyos.
Artículo 22: Criterios para las sustituciones.
CAPÍTULO 7: SOBRE AGRUPAMIENTOS.
Artículo 23: Criterios para agrupar al alumnado.
CAPÍTULO 8: SOBRE EL USO DE ESPACIOS COMUNES.
Artículo 24: Criterios para el uso de los patios.
Artículo 25: Biblioteca.
Artículo 26: Sala de Informática.
Artículo 27: Plan de Emergencia.
TÍTULO II REGULACIÓN DE LA CONVIVENCIA.
CAPÍTULO 9: NORMAS DE CONVIVENCIA.
Artículo 28: Derechos y deberes de los alumnos. Normas de los alumnos.
Artículo 29: Derechos y deberes de padres y madres.
Artículo 30: Derechos y deberes de profesores/as.
Artículo 31: Tipificación y calificación de las conductas disruptivas de los
alumnos.
CAPÍTULO 10: PROCEDIMIENTOS A SEGUIR CUANDO SE INCUMPLEN
LAS NORMAS.
Artículo 32: Procedimientos a seguir cuando se incumplen las normas.
2. PLAN DE CONVIVENCIA:
1. JUSTIFICACIÓN DEL PLAN.
2. DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO DEL CENTRO E IDENTIFICACIÓN DE
LOS ASPECTOS QUE INFLUYEN EN LA CONVIVENCIA.
3. SITUACIÓN ACTUAL DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO.
4. RESPUESTA GENERAL DEL CENTRO ANTE LOS CONFLICTOS. Ley de
Autoridad del profesorado.
5. OBJETIVOS A CONSEGUIR Y ACTITUDES QUE PRETENDE FAVORECER
EL DESARROLLO DEL PLAN.
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a. Actitudes a favorecer con el Plan.
6. ACTIVIDADES PREVISTAS PARA LA CONSECUCIÓN DE LOS
OBJETIVOS.
7. MECANISMOS PARA LA DIFUSIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
DEL PLAN.
a. Canales de difusión.
b. Mecanismos de seguimiento y evaluación.
ANEXOS.
NORMAS GENERALES DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
INTERNO DEL CENTRO.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
1. REGLAMENTO DE RÉGIMEN INTERNO.
INTRODUCCIÓN.
NECESIDAD DE SU EXISTENCIA.
El presente Reglamento de Régimen Interno es un instrumento básico para la
organización y funcionamiento del Centro y que afecta a toda la comunidad
educativa. Debe de estar constituido por normas claras y concretas. El
reglamento no debe formular propuestas normativas que vayan en contra de
otras de rango superior ya publicadas oficialmente y ha de tener un carácter
de continuidad.
PRINCIPIOS GENERALES.
- El respeto mutuo de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
- Favorecer un clima agradable, solidario y tolerante, facilitando la
participación, la libertad de expresión, la colaboración y el respeto a la
diversidad.
- El respeto a las instalaciones y materiales.
- La asunción por parte de cada miembro de la Comunidad Educativa de sus
responsabilidades: competencias, derechos y deberes.
- La orientación en las actuaciones hacia la unificación de criterios por parte
de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
- La consideración de las situaciones de conflicto como una ocasión más de
aprendizaje, abordándolas y resolviéndolas mediante el diálogo con la persona
o colectivo afectado.
TÍTULO PRELIMINAR
Artículo 1: Marco Legal.
Este Reglamento ha sido elaborado según el Real Decreto 82/1996 de 26 de
enero (B.O.E. 20 de febrero) por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de
las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria:
Orden de 29 de febrero por la que se modifican las Órdenes de 29 de junio de
1994 por las que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
funcionamiento de las escuelas de educación infantil y colegios de educación
primaria y de los institutos de educación secundaria: Orden de 28 de febrero
de 1996 por la que se regula la elección de los consejos escolares y órganos
unipersonales de gobierno en los centros públicos de educación infantil,
educación primaria y educación secundaria; Real Decreto 51/2007,de 17 de
mayo, por el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos y la
participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo y se
establecen las normas de convivencia y disciplina en los centros educativos de
Castilla y León.
DECRETO 23/2014, de 12 de junio, por el que se establece el marco del
gobierno y autonomía de los centros docentes sostenidos con fondos públicos,
que impartan enseñanzas no universitarias en la Comunidad de Castilla y León.
Artículo 2: Ámbito de aplicación.
El Reglamento de Régimen Interno forma parte del Proyecto Educativo de
Centro y es un conjunto de normas que permitirá a través de su respeto y
cumplimiento un desarrollo armónico del quehacer cotidiano de todos los
sectores que intervienen en nuestra Comunidad Escolar. Por otro lado, también
señala el modo de organización que tiene nuestro Centro acorde con sus
intenciones educativas.
El ámbito de aplicación del presente Reglamento abarca a toda la comunidad
educativa y es de obligado cumplimiento para todos y cada uno de sus
miembros tanto en horario lectivo como en el horario de actividades no
lectivas.
Artículo 3: Órgano que lo aprobó y la fecha.
Pendiente.
TITULO I . REGULACIÓN DEL FUNCIONAMIENTO ESPECÍFICO DEL
CENTRO.
CAPÍTULO 1: ÓRGANOS COLEGIADOS DE GOBIERNO.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
Artículo 4: El Equipo Directivo.
Composición:
Está formado por el Director, Jefe de Estudios y Secretario.
Trabajará de forma coordinada en el desempeño de sus funciones, conforme a
las instrucciones del director y las funciones específicas legalmente
establecidas.
Artículo 5: Consejo Escolar.
Composición del Consejo Escolar:
Está formado por el Equipo Directivo, cinco profesores representantes del
Claustro, cinco representantes de Padres y un representante del
Ayuntamiento.
Competencias del Consejo Escolar:
a) Ser informado de los proyectos y las normas a los que se refiere el capítulo
II del título V, correspondiente a la autonomía de los centros.
b) Ser informado de la Programación General Anual del centro sin perjuicio de
las competencias del claustro de profesores, en relación con la planificación y
organización docente.
c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos presentados por los
candidatos.
d) Participar en la selección del director del centro en los términos que la
presente ley establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás
miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros,
adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la renovación del
nombramiento del director.
e) Decidir sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en la ley
y disposiciones que la desarrollen.
f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan
a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el
director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores,
podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas
oportunas.
g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro,
la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución `pacífica de conflictos en
todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
h) Promover la conservación y renovación de la instalaciones y equipo escolar y
aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo
establecido en el artículo 122.3 de la LOE.
i) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales,
con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del
rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas
en las que participe el centro.
k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición del la
Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de
la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados
con la calidad de la misma.
l) Cualesquiera otra que le sean atribuidas por la Administración Educativa.
Comisiones del Consejo Escolar. Comisión de Convivencia.
Composición de la Comisión de Convivencia:
Estará formada por el Director, Jefe de Estudios, un profesor y un padre
elegidos por cada uno de sus representantes en el Consejo Escolar.
Competencias de la Comisión de Convivencia:
a) Garantizar la aplicación correcta de lo dispuesto en el Decreto 51/2007
de mayo, por el que se regula los derechos y deberes de los alumnos y la
participación y los compromisos de las familias en el proceso educativo y
se establecen las normas de convivencia y disciplina en los centros,
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
colaborar en la planificación de medidas preventivas y en la resolución
de conflictos.
b) Adoptar las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos
de los alumnos/as y para impedir la comisión de hechos contrarios a las normas
de convivencia del Centro.
Procedimientos y mecanismos de actuación de la Comisión de Convivencia:
La forma de actuar de esta comisión será la siguiente:
-Cuando la comisión se reúna para imponer una sanción será necesario el
conocimiento previo de la falta por parte del Equipo Directivo.
-El Equipo Directivo reunirá a los miembros de la comisión y se dará audiencia
al alumno, a sus padres, al tutor y a cuantas personas puedan ofrecer
información del hecho. Oídas todas las partes la comisión impondrá las
sanciones correspondientes.
-La comisión informará al Consejo Escolar, al menos dos veces durante el
curso, sobre las actuaciones realizadas y hará las propuestas que considere
oportunas para la mejora de la convivencia en el centro.
-La comisión se renovará en su totalidad cada vez que cambie el Consejo
Escolar. Cuando sea una renovación parcial cada sector volverá a nombrar a su
representante por el procedimiento arriba descrito.
-El Coordinador de convivencia podrá asistir a las reuniones con voz, pero sin
voto.
El coordinador de Convivencia. Funciones:
- Coordinar, en colaboración con la jefa de Estudios, el desarrollo del Plan de
Convivencia del Centro y participar en su seguimiento y evaluación.
- Participar en la aplicación del Plan de Acción Tutorial, en coordinación con el
E.O.E.P., en lo referente al desarrollo de la competencia social del alumnado y
la prevención y resolución de conflictos entre iguales.
- Participar en las actuaciones de mediación en colaboración con la Jefe de
Estudios y la tutora.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
Artículo 6: Claustro de Profesores.
Es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del
centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su
caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro.
Será presidido por el Director y estará integrado por la totalidad de los
profesores que presten servicio en el centro.
Tendrá las siguientes competencias:
a) Formular al Equipo Directivo y al Consejo Escolar propuestas para la
elaboración de los proyectos del centro y de la programación general
anual.
b) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos
educativos de los proyectos y de la programación general anual.
c) Fijar los criterios diferentes a la orientación, tutoría, evaluación y
recuperación de los alumnos.
d) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación, y de la
investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
e) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar
en la selección del director en los términos establecidos en la vigente
ley.
f) Conocer las candidaturas a la dirección y sus proyectos.
g) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del
rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y
externas en las que participe el centro.
h) Ser informado sobre las normas de organización y funcionamiento del
centro.
i) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de
sanciones y velar porque éstas se atengan a la normativa vigente.
j) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia del centro.
CAPÍTULO 2 : ÓRGANOS UNIPERSONALES DE GOBIERNO.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
Artículo 7: Competencias del Director.
a) Ostentar la representación del centro, representar a la Administración
Educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos,
aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.
b) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las
competencias atribuidas al Claustro y al Consejo.
c) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e
impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto
educativo del centro.
d) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.
e) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.
f) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la
resolución de conflictos e imponer las medidas de disciplina que
correspondan a los alumnos.
g) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con
organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y
fomentar un clima escolar que favorezca el estudio.
h) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las
evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.
i) Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo
Escolar y del Claustro y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito
de sus competencias.
Artículo 8: El Jefe de Estudios.
Son competencias del Jefe de estudios:
a) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del
personal docente en todo lo relativo al régimen académico.
b) Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad.
c) Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y
complementarias de maestros y alumnos en relación con el proyecto educativo,
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los proyectos curriculares de etapa y la programación general anual y, además,
velar por su ejecución.
d) Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, los
horarios académicos de alumnos y maestros de acuerdo con los criterios
aprobados por el claustro y con el horario general incluido en la programación
general anual, así como velar por su estricto cumplimiento.
e) Coordinar las tareas de los equipos de ciclo.
f) Coordinar y dirigir la acción de los tutores y, en su caso, del maestro
orientador del centro, conforme al plan de acción tutorial.
g) Coordinar, con la colaboración del representante del claustro en el centro
de profesores y recursos, las actividades de perfeccionamiento del
profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de
profesores realizadas por el centro.
h) Organizar los actos académicos.
i) Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar,
especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su
organización.
j) Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la
programación general anual, junto con el resto del Equipo Directivo.
k) Favorecer la convivencia en el centro y garantizar el procedimiento para
imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones
vigentes, lo establecido en el reglamento de régimen interior y los criterios
fijados por el consejo escolar.
l) Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los períodos de recreo y
en otras actividades no lectivas.
m) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director
dentro del ámbito de su competencia.
Artículo 9: El Secretario.
Son competencias del Secretario:
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a) Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las
directrices del Director.
b) Actuar como Secretario de los órganos colegiados de gobierno del centro,
levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del
Director.
c) Custodiar los libros y archivos del centro.
d) Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
e) Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado.
f) Custodiar y disponer la utilización de los medios, informáticos, audiovisuales
y del resto del material didáctico.
g) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del
personal de administración y de servicios adscrito al centro.
h) Elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro.
i) Ordenar el régimen económico del centro, de conformidad con las
instrucciones del Director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las
autoridades correspondientes.
j) Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la
programación general anual, junto con el resto del equipo directivo.
k) Velar por el mantenimiento material del centro en todos sus aspectos, de
acuerdo con las indicaciones del Director.
l) Cualquier otra función que le encomiende el Director dentro de su ámbito de
competencia.
CAPÍTULO 3: ÓRGANOS DE COORDINACIÓN DOCENTE.
Artículo 10: Coordinadores docentes de nivel.
Composición:
Agrupa a todos los maestros que imparten docencia en el mismo nivel y están
dirigidos por el Coordinador docente internivel. En nuestro centro están
establecidos equipos de Infantil y uno por cada nivel de Primaria.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
A principios de cada curso, se designará a un coordinador docente de nivel que
será, preferiblemente, el tutor de cada curso de Primaria.
Competencias:
-Se encargan de organizar y desarrollar, bajo la supervisión del jefe de
estudios, las enseñanzas propias del ciclo educativo.
-Elaborar propuestas al equipo directivo y al claustro relativas a la elaboración
el proyecto educativo y programación general anual.
-Elaborar las programaciones didácticas, mantenerlas actualizadas y organizar
las actividades complementarias y extraescolares.
Reuniones:
Se reúnen, al menos, una vez al mes en hora de exclusiva de 14:30 a 15:30
horas los martes.
Artículo 11: Coordinadores docentes internivel.
Designados por el Director, previa consulta con los coordinadores docentes de
nivel y del claustro. El coordinador docente internivel será, preferentemente,
un profesor-tutor definitivo.
Al final de cada curso, los equipos docentes de nivel e internivel recogerán por
escrito una valoración de las actividades realizadas, resultados obtenidos y
propuestas de mejora, que entregarán al Jefe de Estudios para que sean
tenidos en cuenta para la elaboración de la memoria del centro.
Competencias:
- Asumirán las mismas competencias que los coordinadores docentes de
nivel y supervisarán todos los aspectos relacionados con su nivel.
- Coordinar el paso de un nivel a otro.
Reuniones:
Se reúnen, al menos, una vez al mes en hora de exclusiva de 14:30 a 15:30
horas los martes.
Artículo 12: Comisión de Coordinación Pedagógica.
Composición:
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
Formada por el Jefe de Estudios, Director, representante del Equipo de
Orientación Psicopedagógica y todo el claustro de profesores, dadas las
características de nuestro centro.
Competencias:
Sus competencias están reguladas por la ley R. D. 82/1996, 26 de enero título
III, cap. 3º, art. 43-44.)
Reuniones:
Dicha Comisión se reúne una vez al mes durante el curso escolar y en sesiones
extraordinarias al principio y final de curso.
Artículo 13: Maestros tutores.
Cada grupo de alumnos tendrá un tutor que será designado por el director a
propuesta del jefe de estudios. La tutoría recaerá preferentemente en el
maestro que imparta mayor número de horas lectivas semanales a dicho grupo.
Además del anterior, en determinadas ocasiones, se podrá nombrar un tutor
ayudante que colaborará con el tutor en el desarrollo de sus funciones, de
acuerdo con lo que se establezca en las normas de organización y
funcionamiento del centro.
El tutor coordinará el trabajo del equipo docente del grupo de alumnos
tutorizados y mantendrá una relación permanente y de mutua colaboración con
sus familias.
Adscripción:
La adscripción se realizará con arreglo a los siguientes criterios en la primera
reunión del Claustro del curso correspondiente:
1. Antigüedad en el Centro.
2. Permanencia de un maestro/a con un mismo grupo de alumnos/as hasta
finalizar nivel.
3. El tutor permanecerá con su grupo de alumnos, al menos, durante el
primer y segundo curso de la etapa, salvo que exista causa justificada y
motivada expresamente. En todo caso, se favorecerá la permanencia del
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mismo tutor en los cursos de 1º a 3º y de 4º a 6º según criterio del Equipo
Directivo. En ningún caso se permitirá la permanencia de un tutor con el
mismo grupo de alumnos más de 3 años consecutivos.
En algunos casos puntuales y según determinadas circunstancias, el Equipo
Directivo decidirá la adscripción de un tutor a un curso determinado.
Competencias:
Sus funciones reguladas por el R. D. 82/ 1996, 26 de enero título III, capítulo
4º, art. 45 y 46:
- Aplicar el plan de acción tutorial.
- Coordinar el proceso de evaluación de sus alumnos y decidir la promoción de
ciclo.
- Atender los problemas de aprendizaje.
- Facilitar la integración de los alumnos.
- Asesorar a los alumnos sobre sus posibilidades
- Colaborar con el orientador del Centro.
- Informar a los padres sobre el rendimiento escolar y las actividades de sus
hijos.
- Coordinar las relaciones de los padres con otros maestros.
- Atender y vigilar a los alumnos en los recreos y actividades no lectivas
- Cumplimentar la documentación oficial que corresponde a su nivel
- Realizar con sus alumnos las actividades complementarias y extraescolares.
Reuniones:
Los tutores se reunirán con las familias en el horario lectivo destinado para
tal fin, para entrevistas con padres con el fin de intercambiar información
sobre el proceso educativo de sus hijos/as.
Los tutores realizarán tres reuniones generales coincidiendo con cada
trimestre y, al menos, una reunión con cada familia durante el curso.
Profesores sin tutoría.
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Con carácter general tendrán las mismas competencias y responsabilidades
que los tutores cuando estén con un grupo de alumnos.
- Asistir a las reuniones de ciclo.
- Participar en la elaboración de las Programaciones Didácticas, la PGA y la
Memoria.
- Coordinarse con las tutoras en la planificación del proceso de enseñanza
- Realizar entrevistas con las familias cuando lo estime necesario una de las
partes.
- Acompañar al grupo que le corresponda en las salidas.
- Atender y vigilar al alumnado en los periodos de recreo y otras actividades
programadas por el Centro en las mismas condiciones que las tutoras, incluidos
los recreos en el aula por las condiciones atmosféricas.
- Colaborar en todo lo que sean requeridos por la tutora, debiendo informar de
los incidentes que ocurran en el grupo, además de hacerlo al Jefe de Estudios.
CAPÍTULO 4: OTROS CARGOS Y RESPONSABILIDADES.
Artículo 14: Coordinador de Biblioteca.
Habrá uno o dos encargados de la biblioteca nombrados a principio de curso
por el Director, oído el Claustro.
Sus competencias serán:
• Responsabilizarse de la custodia de los libros y videos existentes, de su
registro y de abrir las fichas correspondientes.
• A final de curso se encargarán de que todos los libros sean devueltos y
colocados ordenadamente.
• Harán propuestas de adquisición de libros.
• Propondrán un horario a principio de curso para el uso de la biblioteca en
las horas de clase.
• Proponer y coordinar actividades para el fomento de la lectura y
comprensión lectora.
• Elaborar una memoria a final de curso.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
Artículo 15: Coordinador de Medios Informáticos.
Habrá uno o dos responsables de los medios informáticos. Será nombrado a
principio de curso por el Directo, oído el Claustro.
Sus competencias serán:
• Tener actualizado el inventario.
• Responsabilizarse del material (ordenadores- impresoras-...) y de su
buen funcionamiento.
• Hacer las propuestas de adquisición de material y comprarlo.
• Actualizar la página web del centro.
• Actualizar el inventario de todos los equipos informáticos y dispositivos
digitales.
• Atender las consultas que los profesores puedan realizar para el uso de
la sala de ordenadores.
• Colaborar en la docencia de la informática con los profesores.
• Elaborar una memoria a final de curso.
Artículo 16: Coordinador entre el Centro y el C.F.I.E.
A comienzos de curso será nombrado un coordinador entre el Centro y el
C.F.I.E. Será designado por el Director oído el Claustro. Competencias:
- Deberá acudir a cuantas reuniones se convoquen en Ávila informando
posteriormente al Claustro.
- Mantendrá informado al Claustro de los diferentes cursos que se
oferten.
CAPÍTULO 5: CAUCES DE COORDINACIÓN Y PARTICIPACIÓN DE LAS
FAMILIAS.
Artículo 17: Asociación de Padres y Madres de alumnos/as.
Existe una A.M.P.A.,regulada por el R.D. 153371986 de 11 de julio, en el título
VI del Reglamento Orgánico, R.D. 82/1996 de 26 de enero.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
Tiene asignada un aula en el centro como sede. Organizan diferentes
actividades extraescolares a lo largo del curso y participan en las diferentes
fiestas que el Centro organiza.
Artículo 18: Cauces de información.
La información es un derecho de todos los miembros de la Comunidad
Educativa, por lo que se habilitarán todos los canales necesarios para
garantizar su eficacia.
Cauces de información interna.
a) Por medio de los tablones de anuncios, habilitados para tal fin.
b) Circulares, notas, convocatorias y comunicaciones escritas.
c) En caso de urgencia, la información será verbal.
d) En cualquiera de las reuniones de los órganos colegiados del Centro.
Mecanismos de información externa.
La información a los padres/madres de los alumnos y alumnas y cualquier otro
organismo, se realizará a través de los siguientes cauces:
a) Comunicación escrita: cartas, carteles, comunicaciones, citaciones,
boletines informativos,...
b) Bandos emitidos a través de la megafonía municipal.
c) Reuniones informativas, asambleas, conferencias.
d) En los tablones o lugares habilitados para tal fin.
CAPÍTULO 6: SOBRE HORARIOS.
Artículo 19: Márgenes dentro de los horarios oficiales.
El horario del Centro es de jornada única, de 9:30 h a 14:30 h. Las puertas del
Centro permanecerán abiertas 10 minutos de cortesía después de la hora de
entrada. Después, se cerrarán de 9:40 a 14:30h. No obstante:
1. Los alumnos y alumnas podrán salir a consulta médica, previamente
autorizados por el tutor, utilizando sólo el periodo de recreo (12:15 a
12:45h).
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
2. Los alumnos y alumnas podrán entrar o salir a la hora del recreo,
siempre que aporten un justificante del médico.
3. Los padres y madres podrán acceder al centro en el horario
establecido para Secretaría: martes y jueves de 9:30 a 10:30h.
Excepcionalmente y en ocasiones puntuales (becas, matrículas,…) el
horario podrá ser ampliado.
Artículo 20: Para las Actividades Complementarias y Extraescolares.
Por Orden de 20-7-1995 queda regulada la utilización de los C.P. Docentes de
E. Primaria, E. Infantil o Especial.
Las actividades programadas serán para todos los niños/as del nivel o ciclos
que fueren sin discriminación alguna que implique sexo, raza, religión...
El promotor/es proponen al Claustro para su información y discusión la
actividad complementaria o extraescolar. Después será remitida al Consejo
Escolar para su aprobación.
En aquellas actividades que se realicen será posible causa para la no
participación el haber sido apercibido/a, de forma reiterada, por su conducta
por miembros de la Comunidad Educativa. Este extremo se informará a los
padres en las reuniones de principio de curso.
El horario será el que propongan para su aprobación los responsables de la
actividad, siempre que no implique alteración alguna con los planteamientos del
Centro. Requisitos:
-La ubicación de las actividades será en los espacios que soliciten los
responsables de la actividad.
-Dentro del recinto se proporcionará el lugar más adecuado para poder
realizarla.
-Será necesaria la presencia de una persona que controle la actividad y
una vez terminada la misma se responsabilice de que todo quede en
orden y cerrado.
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Organización y funcionamiento de las actividades extraescolares por parte del
A.M.P.A.
Las actividades organizadas por la A.M.P.A. seguirán las normas establecidas
anteriormente, como cualquier otro miembro de la Comunidad y que han
quedado establecidas en anteriores apartados.
Tendrán que ser programadas para todos los niños/as del nivel o niveles que
fueren sin discriminación alguna.
Se realizarán fuera del horario escolar y en ningún caso serán actividades
referidas a áreas fundamentales del Currículo y que puedan suponer una
continuidad del trabajo escolar.
El horario de actividades extraescolares en las que el profesorado estará en
el centro será de 16:00 h a 18:30h
Los responsables de cualquier actividad evitarán tanto en la metodología, como
en el aprendizaje, que haya interferencias con los planteamientos del Centro.
Artículo 21: Criterios para la asignación de apoyos.
A principios del Curso Escolar, teniendo en cuenta la distribución de cursos,
número de alumnos por aula y horario de profesores, se acordarán los apoyos
oportunos por el Equipo Directivo, oído el Claustro y el E.O.P.
Artículo 22: Criterios para las sustituciones.
En los casos de ausencia de un/a profesor/a las sustituciones se harán por los
profesores/as que no tengan docencia directa con alumnos/as siguiendo el
orden establecido por la normativa y según estipule el Jefe de Estudios.
CAPÍTULO 7: SOBRE AGRUPAMIENTOS.
Artículo 23: Criterios para agrupar al alumnado.
El agrupamiento será el mismo para Educación Infantil y Educación Primaria y
se hará por apellidos.
En el caso en que un curso se desdoble se hará por orden
alfabético ,exceptuando los alumnos repetidores y alumnos con necesidades
educativas específicas, que se repartirán equitativamente en los cursos.
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A finales de ciclo y en el caso de que haya alumnos/as repetidores y acnee se
repartirán por igual número en cada clase.
Si llegan alumnos/as nuevos a mitad de curso irán al curso de menor número de
alumnos y si el número de cada clase es igual irá donde haya menos
repetidores.
CAPÍTULO 8: SOBRE EL USO DE ESPACIOS COMUNES.
Artículo 24: Criterios para el uso de patios.
Los patios podrán ser utilizados por los profesores de Educación Física, en
primer lugar, y por el resto de los profesores que lo precisen. Salvo el espacio
reservado para el recreo de Educación Infantil, que tendrán prioridad en sus
recreos.
En los recreos de Educación Primaria las pistas deportivas se regirán por un
horario establecido a comienzos de curso para que todos los alumnos puedan
disfrutar por igual.
Artículo 25: Biblioteca.
La biblioteca se utilizará bajo dos modalidades: sala de lectura y préstamo de
libros. Para que el funcionamiento de ambas sea lo más correcto posible,
deberemos atenemos a las siguientes normas:
- La biblioteca podrá ser utilizada por todos los alumnos de Primaria e
Infantil, siempre que vayan acompañados del profeso tutor o de otro
que se responsabilice de que los libros sean usados correctamente, así
como de que la sala quede en perfectas condiciones.
- El horario de utilización, como sala de lectura, se confeccionará a
comienzos de cada curso y estará expuesto en el tablón de anuncios.
- La sala, además, podrá usarse en otras actividades en aquellas horas que
está libre, dentro del periodo lectivo.
- Podrán retirar libros, para su lectura en casa, los alumnos/as de Primaria
e Infantil.
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- Los préstamos podrán realizarlos los profesores encargados; estos
harán registros correspondientes con el programa ABIES para que
quede constancia del préstamo.
- Los libros podrán retirarse por un periodo máximo de 15 días y
prorrogable a un máximo de un mes, siempre por causa justificada y
previa renovación del préstamo.
- La retirada de libros por parte de profesores, será registrada por ellos
mismos notificándoselo a los encargados de Biblioteca.
- La pérdida o deterioro de un libro implicará la reposición del mismo por
parte del lector
Artículo 26: Sala de Informática.
El aula de informática está a disposición de cualquier profesor/a que la
solicite para la realización de actividades con grupo de alumnos.
A principios de curso se realizará el horario de disponibilidad de la sala,
asignando a cada profesor, que lo solicite de forma sistemática, y unas horas
fijas semanales. Los profesores que decidan utilizarla de forma ocasional
podrán hacer uso de ella siempre que el horario lo permita y será necesario
apuntarse en el horario semanal con objeto de evitar coincidencias de
distintos grupos.
La persona que controle la actividad, una vez terminada la misma, se
responsabilizará de que todo quede en orden, y los ordenadores debidamente
apagados. La llave de la sala deberá estar en su lugar correspondiente.
A principio de cada curso se nombrará el responsable de la sala de informática
que se encargará de mantener el material informática listo para poder hacer
uso de él y elaborar los horarios.
Artículo 27: Plan de Emergencia
El Centro cuenta con un plan de evacuación en caso de que fuera necesario
ante cualquier emergencia.
TÍTULO II REGULACIÓN DE LA CONVIVENCIA
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CAPÍTULO 9: NORMAS DE CONVIVENCIA.
Artículo 28: Derechos y deberes de los alumnos. Normas de los alumnos.
DEBERES DE LOS ALUMNOS.
UTILIZACIÓN DEL PATIO.
Los alumnos/as respetarán las siguientes normas:
1. Mantener el patio limpio, utilizando las papeleras.
2. Respetar las zonas verdes y las plantas.
3. Respetar siempre a los más pequeños de la Escuela teniendo
especial cuidado: donde se encuentren éstos no correr y si se les
ve en peligro, ayudarles.
4. No subirse a las canastas, porterías o zonas peligrosas.
5. Durante el recreo no puede haber alumnos solos en las aulas.
6. Si llueve el tutor permanecerá con sus alumnos en clases y no
saldrán al patio.
7. Los alumnos deberán estar en la puerta de sus clases
inmediatamente después de la hora de entrada.
8. No jugar con el agua de la fuente.
9. No tirar fuerte con el balón y usar solamente los balones
permitidos.
10. No cruzar por la Entrada de Profesores.
11. No jugar en las escaleras.
Se velará por el cumplimiento de las normas para prevenir accidentes. Cuando
estos ocurran, y se considere que necesitan atención médica urgente e
inmediata, se trasladará al niño al Consultorio Médico o al Centro de Salud,
comunicándolo simultáneamente a la familia.
COMPORTAMIENTO EN EL AULA.
1. No está permitido comer chicles ni caramelos dentro del aula.
Excepciones: tos, recreo cuando llueve, premios y fiestas.
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2. En ausencia del profesor, los alumnos deben permanecer
sentados, en ningún caso podrán gritar o correr dentro del aula,
ni salir al pasillo o al patio.
3. Los alumnos de Primarias solamente podrán ir al servicio o a
beber agua durante los recreos, nunca en horas de clase o
durante el cambio de clase, salvo casos razonables.
4. Los alumnos deben tratar siempre respetuosamente a todos los
profesores del Centro.
5. Los alumnos deben tratar siempre con respeto a sus compañeros,
evitando cualquier tipo de insulto, y por supuesto, las agresiones.
6. Respetarán el turno de palabra del compañero, levantarán la
mano para intervenir y hablar en voz baja.
7. Respetarán a los compañeros cuando están trabajando para
conseguir un clima agradable evitando ruidos extraños, gritos,
bromas, o cualquier otra acción que pudiera distraer o molestar a
los demás.
8. Se deberá cuidar y respetar el material escolar. En el caso de
deterioro del material por mal uso tendrá que arreglarlo o
reponerlo el alumno.
9. A las horas de salida, los alumnos no se detendrán delante de las
ventanas de las otras aulas para no molestar al resto de los
compañeros que pueden estar dentro.
10. Se nombrarán responsables, periódicamente, para conseguir el
buen trato del material.
11. Se utilizarán, aprovecharán y cuidarán los libros del aula ( no
romperlos, ni pintarlos, doblarlos...)
12. Se mantendrá limpio el suelo, utilizando las papeleras .No se
escribirá en la pizarra.
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13. Se entrará y saldrá ordenadamente y en silencio de clase .Al
entrar disponerse inmediatamente a trabajar.
14. Los alumnos deberán traer hechos los deberes.
15. No está permitido traer al centro ningún tipo de dispositivo
digital: teléfonos móviles, “tablets”, videoconsolas,… El colegio no
se hace responsable de su pérdida, deterioro o robo.
USO DE LOS ASEOS.
1. Mantener los aseos limpios.
2. Tirar de la cadena.
3. Tratar los servicios y lavabos como si fueran los de casa. Reparar
o reponer lo estropeado por uso indebido.
4. No derrochar agua ni papel.
5. Permanecer en los servicios, sólo mientras se utilizan.
DERECHOS DE LOS ALUMNOS.
-Todos los alumnos tienen derecho a recibir una formación integral que
contribuya al pleno desarrollo de su personalidad. Este derecho implica:
a) La formación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales y en
los principios democráticos de convivencia.
b) Una educación emocional que le permita afrontar adecuadamente las
relaciones interpersonales.
c) La adquisición de habilidades, capacidades y conocimientos que le permitan
integrarse personal, laboral y socialmente.
d) El desarrollo de las actividades docentes con fundamento científico y
académico.
e) La formación ética y moral.
f) La orientación escolar, personal y profesional que le permita tomar
decisiones de acuerdo con sus aptitudes y capacidades. Para ello, la
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Administración educativa prestará a los centros los recursos necesarios y
promoverá la colaboración con otras administraciones o instituciones.
– Derecho a ser respetado:
Todos los alumnos tienen derecho a que se respeten su identidad, integridad y
dignidad personales.
Este derecho implica:
a) La protección contra toda agresión física, emocional o moral.
b) El respeto a la libertad de conciencia y a sus convicciones ideológicas,
religiosas o morales.
c) La disposición en el centro de unas condiciones adecuadas de seguridad e
higiene, a través de la adopción de medidas adecuadas de prevención y de
actuación.
d) Un ambiente de convivencia que permita el normal desarrollo de las
actividades académicas y fomente el respeto mutuo.
e) La confidencialidad en sus datos personales sin perjuicio de las
comunicaciones necesarias para la Administración educativa y la obligación que
hubiere, en su caso, de informar a la autoridad competente.
– Derecho a ser evaluado objetivamente.
Todos los alumnos tienen derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento
sean valorados y reconocidos con objetividad.
Este derecho implica:
a) Recibir información acerca de los procedimientos, criterios y resultados de
la evaluación, de acuerdo con los objetivos y contenidos de la enseñanza.
b) Obtener aclaraciones del profesorado y, en su caso, efectuar
reclamaciones, respecto de los criterios, decisiones y calificaciones obtenidas
en las evaluaciones parciales o en las finales del curso escolar, en los términos
que reglamentariamente se establezca.
Este derecho podrá ser ejercitado en el caso de alumnos menores de edad por
sus padres o tutores legales.
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-Derecho a participar en la vida del centro.
Todos los alumnos tienen derecho a participar en la vida del centro y en su
funcionamiento en los términos previstos por la legislación vigente.
Este derecho implica:
a) La participación de carácter individual y colectiva mediante el ejercicio de
los derechos de reunión, de asociación, a través de las asociaciones de
alumnos, y de representación en el centro, a través de sus delegados.
b) La posibilidad de manifestar de forma respetuosa sus opiniones, individual y
colectivamente, con libertad, sin perjuicio de los derechos de todos los
miembros de la comunidad educativa y del respeto que, de acuerdo con los
principios y derechos constitucionales, merecen las personas y las
instituciones.
c) Recibir información sobre las cuestiones propias de su centro y de la
actividad educativa en general.
– Derecho a protección social.
Todos los alumnos tienen derecho a protección social, de acuerdo con lo
dispuesto en la legislación vigente y en el marco de las disponibilidades
presupuestarias.
Este derecho implica:
a) Dotar a los alumnos de recursos que compensen las posibles carencias o
desventajas de tipo personal, familiar, económico, social o cultural, con
especial atención a aquellos que presenten necesidades educativas especiales,
que impidan o dificulten el acceso y la permanencia en el sistema educativo.
b) Establecer las condiciones adecuadas para que los alumnos que sufran una
adversidad familiar, un accidente o una enfermedad prolongada, no se vean en
la imposibilidad de continuar o finalizar los estudios que estén cursando.
Deber de estudiar.
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Todos los alumnos tienen el deber de estudiar y esforzarse para conseguir el
máximo rendimiento académico, según sus capacidades y el pleno desarrollo de
su personalidad. Este deber implica:
a) Asistir a clase respetando los horarios establecidos y participar en las
actividades académicas programadas.
b) Realizar las actividades encomendadas por los profesores en el ejercicio de
sus funciones docentes, así como seguir sus orientaciones y directrices.
Deber de respetar a los demás.
Todos los alumnos tienen el deber de respetar a los demás. Este deber
implica:
a) Permitir que sus compañeros puedan ejercer todos y cada uno de los
derechos establecidos.
b) Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales y la
dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad
educativa, y evitar cualquier discriminación por razón de nacimiento, raza,
sexo o cualquier otra circunstancia personal o social.
c) Demostrar buen trato y respeto a todos los alumnos y a los profesionales
que desarrollan su actividad en el centro, tanto en lo referido a su persona
como a sus pertenencias.
-Deber de participar en las actividades del centro.
Todos los alumnos tienen el deber de participar en las actividades que
configuran la vida del centro. Este deber supone:
a) Implicarse de forma activa y participar, individual y colectivamente, en las
actividades lectivas y complementarias.
b) Respetar y cumplir las decisiones del personal del centro, en sus ámbitos de
responsabilidad, así como de los órganos unipersonales y colegiados, sin
perjuicio de hacer valer sus derechos cuando considere que tales decisiones
vulneran alguno de ellos.
– Deber de contribuir a mejorar la convivencia en el centro.
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Todos los alumnos, siguiendo los cauces establecidos en el centro, tienen el
deber de colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución
de un adecuado clima de estudio y respeto. Este deber implica:
a) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro,
establecidas en el Reglamento de régimen interior.
b) Participar y colaborar activamente con el resto de personas del centro para
favorecer el desarrollo de las actividades y, en general, la convivencia en el
centro.
c) Respetar, conservar y utilizar correctamente las instalaciones del centro y
los materiales didácticos.
-Deber de ciudadanía.
Todos los alumnos tienen el deber de conocer y respetar los valores
democráticos de nuestra sociedad, expresando sus opin iones
respetuosamente.
TODAS ESTAS NORMAS SON DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO Y SE
DARÁN A CONOCER A TODOS LOS ALUMNOS A PRINCIPIO DE CURSO
POR PARTE DE SUS TUTORES.
Artículo 29: Derechos y deberes de padres y madres.
a) Respetarán a los miembros de la Comunidad Educativa.
b) Aceptarán las normas establecidas en este Reglamento.
c) Cuidarán de la higiene y aseo personal de sus hijos.
d) Se responsabilizarán de la asistencia y puntualidad de sus hijos,
justificando la ausencia por escrito, en un plazo máximo de tres días.
e) Los padres podrán tener entrevistas con el Tutor o Equipo directivo,
dentro de los días señalados, o en otro cualquiera, en caso de urgencia,
solicitándolo previamente.
f) Podrán pedir el asesoramiento necesario que pueda ayudar a mejorar el
rendimiento escolar del alumno/a.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
g) Serán tratados por la Comunidad Educativa de forma respetuosa, teniendo
en cuenta su libertad y dignidad personal.
h) Colaborarán en la labor educativa de sus hijos.
i) Respetarán a los profesores en su libertad y dignidad.
j) Adquirirán el material pedagógico que les soliciten por parte de los
profesores.
k) Respetarán a sus hijos y su psicología.
l) Evitarán toda crítica negativa hacia la Comunidad Educativa ante sus hijos.
m) Estimularán y ayudarán, en lo posible, a sus hijos en sus tareas educativas.
n) Deberán considerarse responsables principales en el proceso educativo de
sus hijos y no únicamente como colaboradores. Entendiendo el proceso
educativo como la globalidad de la educación de la persona.
o) Deberán asistir y participar en las reuniones a las que sean convocados
por el Centro.
p) No enviarán a sus hijos a clase cuando estos se encuentren enfermos o
afectados de alguna enfermedad infecto-contagiosa.
q) Se responsabilizarán de los desperfectos que por mal uso o
intencionadamente ocasionen en el Centro y en los materiales pedagógicos
no propios.
r) No fumarán dentro del recinto escolar.
s) Los padres y madres procurarán no hablar con los profesores a las
entradas para no retrasar el horario normal de las clases. Y saldrán del
recinto escolar inmediatamente después de cerrar las puertas de entrada.
t) A los padres, madres o tutores legales, como primeros responsables de la
educación de sus hijos o pupilos, les corresponde adoptar las medidas
necesarias, solicitar la ayuda correspondiente y colaborar con el centro para
que su proceso educativo se lleve a cabo de forma adecuada.
u) Está totalmente prohibido fotografiar o grabar en audio y vídeo, en
todo el recinto escolar, a los alumnos y a los profesores durante el
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periodo lectivo: recreos, excursiones, actividades complementarias,
tutorías,… salvo autorización expresa del profesorado o en las Jornadas
Especiales que se celebran a nivel de centro: Castañada, Jornadas
Micológicas, Día de la Paz, Carnavales,…
Artículo 30: Derechos y deberes de profesores/as.
DEBERES Y DERECHOS DEL PROFESORADO .
Las funciones, derechos y deberes del profesorado, están recogidas en el
Título III, capítulo I, artículo 91 de la LOE, y en la Orden 65/2005, de 13 de
septiembre, de la Comunidad autónoma de Castilla y León.
Los profesores tienen garantizados todos los derechos recogidos en la
legislación vigente.
Al profesorado en el desempeño de su función docente se le reconocen los
siguientes derechos:
DERECHOS DEL PROFESORADO:
a) El respeto y consideración hacia su persona por parte del alumnado,
sus familiares o representantes legales, los demás profesores y otro personal
que preste su servicio en el centro docente.
a) Serán tratados por alumnos, padres, compañeros y autoridades con
las debidas consideraciones, y respetando su libertad, su intimidad, su
dignidad personal y sus convicciones filosóficas y religiosas.
b) La potestad para tomar las decisiones que considere oportunas,
respetando los principios de inmediatez, proporción y eficacia, dentro de las
funciones que realice de acuerdo con lo establecido en la normativa vigente.
c) La colaboración de las familias o representantes legales para el
cumplimiento de las normas de convivencia.
d) La protección jurídica adecuada a sus funciones docentes.
e) El apoyo y formación precisa por parte de la Administración
educativa, que velará para que el profesorado reciba el trato y la
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consideración que le corresponden de acuerdo con la importancia social de la
tarea que desempeña.
Ley de Autoridad pública del profesorado (disposición final primera del
Decreto 23/2014 de 12 de junio).
“El profesorado, en el ejercicio de las potestades de gobierno, docentes y
disciplinarias que tenga atribuidas, tendrá la condición de autoridad pública y
gozará de la protección reconocida a tal condición por el ordenamiento
jurídico”.
Presunción de veracidad.
“En el ejercicio de las actuaciones de corrección y disciplinarias, los hechos
constatados por el profesorado y miembros del equipo directivo de los centros
docentes sostenidos con fondos públicos, tendrán valor probatorio y
disfrutarán de presunción de veracidad “iuris tantum” o salvo prueba en
contrario, cuando se formalicen por escrito en documento que cuente con los
requisitos establecidos reglamentariamente, sin perjuicio de las pruebas que,
en defensa de los respectivos derechos o intereses puedan ser señaladas o
aportadas.
La dirección del centro docente comunicará, simultáneamente, al Ministerio
Fiscal y a la Dirección Provincial de Educación correspondiente, cualquier
incidencia relativa a la convivencia escolar que pudiera ser constitutiva de
delito o falta, sin perjuicio de que se adopten las medidas cautelares
oportunas.”
DEBERES DEL PROFESORADO.
b) Solicitarán la colaboración de los padres, autoridades y entidades y
organismos públicos y privados para la educación de sus alumnos/as.
c) Tendrán autonomía didáctica dentro del respeto a las orientaciones
legales.
d) Serán informados por el director de todos los aspectos que afecten a la
vida del Centro y que él conozca.
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e) Serán oídos por el Consejo Escolar cuando este órgano vaya a tratar algún
asunto que les afecte de forma personal.
f) Participarán en los proyectos de investigación que por su nivel les
corresponda.
g) Se actualizarán en todo lo relacionado con el desarrollo de su profesión.
h) Asistirán puntualmente al Centro, comunicando, en su caso, con
anterioridad su retraso o inasistencia, si es posible.
i) Durante los recreos permanecerán en el lugar que se les haya asignado para
su vigilancia.
j) Prestarán ayuda a cuantos alumnos lo necesiten, aunque no sean sus
tutores, en ausencia de estos.
k) Controlarán la asistencia a clase de sus alumnos, exigiendo, en cada caso,
que los padres o tutores justifiquen las faltas, en un periodo máximo de
tres días.
l) Realizarán las programaciones pertinentes.
m) Llevarán a cabo la evaluación continua según las disposiciones de los
órganos competentes, notificando a las familias periódicamente los
resultados.
n) Adaptarán a las condiciones peculiares de su clase el desarrollo de los
programas, utilizando los métodos más apropiados y convenientes para sus
alumnos.
o) Mantendrán las entrevistas marcadas por la ley con los padres o tutores,
informándoles sobre su proceso educativo.
p) Respetarán a los alumnos/as teniendo en cuenta sus características
personales.
q) Colaborarán con los padres o tutores de los alumnos/as, tratándoles con las
debidas consideraciones.
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r) Dialogarán y escucharán a los alumnos/as y a los padres en todo lo
concerniente a su enseñanza, estableciéndose un horario de visitas para los
mismos.
s) Permanecerán en el aula siempre que se encuentre algún alumno/a en ella.
t) Tendrán la obligación de asistir a cuantas reuniones se programen en el
Centro, claustros, ciclos y aquellas contempladas en la P.G.A.
u) Cumplirán y colaborarán para hacer cumplir cuantas normas aprueben los
órganos colegiados.
v) Los educadores harán cuanto esté en sus manos para conocer a fondo la
realidad social y humana del entorno en que se desenvuelven sus alumnos.
w) Permanecerán en el recinto escolar durante las horas de clase, incluidos
los recreos. En caso de necesitar ausentarse se comunicará esta
circunstancia al Director o Jefe de Estudios.
x) Observarán y respetarán este reglamento y cuantas normas se deduzcan
de una normal convivencia.
y) No fumarán en el recinto escolar.
Artículo 31: Tipificación y calificación de las conductas disruptivas de los
alumnos.
Calificación de las conductas que perturban la convivencia y tipos de
corrección.
Las conductas del alumnado que perturban la convivencia en el centro podrán
ser calificadas como:
a) Conductas contrarias a las normas de convivencia del centro, que serán
consideradas como leves.
b) Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro, que
podrán serán consideradas como graves o muy graves.
a) Conductas contrarias a las normas de convivencia del centro.
Se considerarán conductas contrarias a las normas de convivencia del centro
las siguientes:
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a) Las manifestaciones expresas contrarias a los valores y derechos
democráticos legalmente establecidos.
b) Las acciones de desconsideración, imposición de criterio, amenaza, insulto y
falta de respeto, en general, a los miembros de la comunidad educativa,
siempre que no sean calificadas como faltas graves.
c) La falta de puntualidad o de asistencia a clase, cuando no esté debidamente
justificada.
d) La incorrección en la presencia, motivada por la falta de aseo personal o en
la indumentaria, que pudiera provocar una alteración en la actividad del
centro, tomando en consideración, en todo caso, factores culturales o
familiares.
e) El incumplimiento del deber de estudio durante el desarrollo de la clase,
dificultando la actuación del profesorado y del resto de alumnos.
f) El deterioro leve de las dependencias del centro, de su material o de
pertenencias de otros alumnos, realizado de forma negligente o intencionada.
g) La utilización inadecuada de aparatos electrónicos.
h) Cualquier otra incorrección que altere el normal desarrollo de la actividad
escolar.
b) Conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el centro.
Se consideran conductas gravemente perjudiciales para la convivencia del
centro y, por ello, calificadas como faltas graves, las siguientes:
a) La falta de respeto, indisciplina, acoso, amenaza y agresión verbal o física,
directa o indirecta, al profesorado, a cualquier miembro de la comunidad
educativa, y en general, a todas aquellas personas que desarrollan su
prestación de servicios en el centro educativo.
b) La suplantación de personalidad en actos de la vida docente y la
falsificación o sustracción de documentos y material académico.
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c) El deterioro grave, causado intencionadamente, de las dependencias del
centro, de su material o de los objetos y las pertenencias de los demás
miembros de la comunidad educativa.
d) Las actuaciones y las incitaciones a actuaciones perjudiciales para la salud y
la integridad personal de los miembros de la comunidad educativa del centro.
e) La reiteración en la comisión de conductas contrarias a las normas de
convivencia en el centro.
f) Las conductas que atenten contra la dignidad personal de otros miembros
de la comunidad educativa, que tengan como origen o consecuencia una
discriminación o acoso basado en el género, la orientación o identidad sexual, o
un origen racial, étnico, religioso, de creencias o de discapacidad, o que se
realicen contra el alumnado más vulnerable por sus características personales,
sociales o educativas, tendrán la calificación de conductas gravemente
perjudiciales para la convivencia en el centro, con la consideración de muy
graves.
CAPÍTULO 10: PROCEDIMIENTOS A SEGUIR CUANDO SE INCUMPLEN
LAS NORMAS.
Artículo 32: Procedimientos a seguir cuando se incumplen las normas.
La facultad de llevar a cabo actuaciones correctoras sobre las conductas
perturbadoras de la convivencia se extenderá a las ocurridas dentro del
recinto escolar en horario lectivo, durante la realización de actividades
complementarias o extraescolares. También podrán llevarse a cabo
actuaciones correctoras en relación con aquellas conductas de los alumnos que,
aunque se realicen fuera del recinto escolar, estén directa o indirectamente
relacionadas con la vida escolar y afecten a algún miembro de la comunidad
educativa. Todo ello sin perjuicio de la obligación de poner en conocimiento de
las autoridades competentes dichas conductas y de que pudieran ser
sancionadas por otros órganos o administraciones, en el ámbito de sus
respectivas competencias.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
Gradación de las medidas correctoras y de las sanciones.
A efectos de la gradación de las medidas de corrección y de las sanciones, se
consideran circunstancias que atenúan la responsabilidad:
a) El reconocimiento espontáneo de la conducta, así como la petición de
excusas y la reparación espontánea del daño producido ya sea físico o moral.
b) La falta de intencionalidad.
c) El carácter ocasional de la conducta.
e) Otras circunstancias de carácter personal que puedan incidir en su
conducta.
A los mismos efectos, se consideran circunstancias que agravan la
responsabilidad:
a) La premeditación.
b) La reiteración.
c) La incitación o estímulo a la actuación individual o colectiva lesiva de los
derechos de los demás miembros de la comunidad educativa.
d) La alarma social causada por las conductas perturbadoras de la convivencia,
con especial atención a aquellos actos que presenten características de acoso
o intimidación a otro alumno.
e) La gravedad de los perjuicios causados al centro o a cualquiera de los
integrantes de la comunidad educativa.
f) La publicidad o jactancia de conductas perturbadoras de la convivencia a
través de aparatos electrónicos u otros medios.
En el caso de que concurran circunstancias atenuantes y agravantes ambas
podrán compensarse.
Responsabilidad por daños.
Los alumnos que individual o colectivamente causen daños de forma
intencionada o por negligencia a las instalaciones del centro o a su material, así
como a los bienes y pertenencias de cualquier miembro de la comunidad
educativa, quedan obligados a reparar el daño causado o hacerse cargo del
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
coste económico de su reparación, en los términos previstos en la legislación
vigente.
Los alumnos que sustrajeren bienes del centro o de cualquier miembro de la
comunidad escolar deberán restituir lo sustraído, de acuerdo con la legislación
vigente, sin perjuicio de la corrección a que hubiera lugar.
Los padres o tutores legales del alumno serán responsables civiles en los
términos previstos en las leyes.
Coordinación interinstitucional.
De acuerdo con la disposición adicional vigésimo tercera de la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para una mayor precisión y eficacia de
las actuaciones correctoras, los centros podrán recabar los informes que se
estimen necesarios acerca de las circunstancias personales, familiares o
sociales del alumno a los padres o tutores legales o, en su caso, a las
instituciones públicas competentes.
En aquellos supuestos en los que, una vez llevada a cabo la corrección
oportuna, el alumno siga presentando reiteradamente conductas
perturbadoras para la convivencia en el centro, éste dará traslado, previa
comunicación a los padres o tutores legales en el caso de menores de edad, a
las instituciones públicas del ámbito sanitario, social o de otro tipo, de la
necesidad de adoptar medidas dirigidas a modificar aquellas circunstancias
personales, familiares o sociales del alumno que puedan ser determinantes de
la aparición y persistencia de dichas conductas.
Colaboración de las familias.
En aquellas actuaciones y medidas de corrección en las que el centro reclame
la implicación directa de los padres o tutores legales del alumno y estos la
rechacen de forma expresa, el centro pondrá en conocimiento de las
instituciones públicas competentes los hechos, con el fin de que adopten las
medidas oportunas para garantizar los derechos del alumno.
ACTUACIONES INMEDIATAS.
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Las actuaciones inmediatas tienen como objetivo el cese de la conducta
perturbadora de la convivencia, sin perjuicio de su calificación como conducta
contraria a las normas de convivencia o gravemente perjudicial para la
convivencia en el centro.
Con carácter inmediato a la conducta de un alumno que perturbe la
convivencia en el centro, el profesor llevará a cabo una o varias de las
siguientes actuaciones:
a) Amonestación pública o privada.
b) Exigencia de petición pública o privada de disculpas.
c) Suspensión del derecho a permanecer en el lugar donde se esté
llevando a cabo la actividad durante el tiempo que estime el profesor.
La suspensión de este derecho garantizará, en todos los casos, el
control del alumno y la comunicación posterior, en caso de ser
necesario, al jefe de estudios. En aquellos casos en los que el alumno
perturbe significativamente la convivencia y el desarrollo normal de la
clase podrá ser enviado, excepcionalmente, a Dirección.
d) Realización de trabajos específicos en períodos de recreo u horario
no lectivo, en este caso con permanencia o no en el centro.
Si un alumno perturba el normal desarrollo de una clase será reprendido y/o
castigado con una sanción leve. El maestro o maestra que impone la sanción, es
el responsable de que este castigo se cumpla y, que la sanción, aún siendo leve,
se entienda como castigo y no de otra manera. El castigo nunca será, salvo en
casos extraordinarios, expulsar al alumno de la clase. En este caso, el profesor
deberá acompañarlo y comunicárselo al Equipo Directivo.
Si un mismo alumno persiste en un mal comportamiento y ya se le ha castigado
varias veces se hará lo siguiente:
• Si es un profesor especialista, se lo comunicará al tutor. Éste
tratará de recabar información entre el resto de profesores
especialistas para ver si esta situación se da en otras asignaturas
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
y, en cualquier caso, el tutor y el especialista implicado
conjuntamente hablarán con el alumno, para hacerle ver que debe
cambiar de actitud.
• Si es un profesor tutor, procederá a actuar de la manera
anterior. En todas las tutorías deberá haber un registro donde
quede anotado el problema surgido y las actuaciones que se han
llevado a cabo en ese aula.
Si después de las anteriores actuaciones, el alumno persiste en su actitud, el
tutor procederá a llamar a los padres por escrito, para hablar con ellos y
comunicarles el problema. Se trata de que, primero, se enteren del problema y
después intenten resolverlo.
Si el alumno continúa con una actitud claramente negativa en el aula, el tutor
procederá a comunicárselo al Equipo Directivo, quien en ese momento ya se
hará responsable del caso, y procederá a realizar las siguientes actuaciones:
• Se encargará de comunicar a los padres que el problema no se ha
solucionado y que si continúa se tomarán las medidas
disciplinarias oportunas.
• Si el problema persiste se iniciarán las medidas recogidas en el
Real Decreto 51/2007 de 17 de mayo por el que se establecen los
derechos y deberes de los alumnos/as y las normas de
convivencia en los Centros.
a) MEDIDAS DE CORRECCIÓN PARA CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS
NORMAS DE CONVIVIVENCIA.
Las medidas de corrección que se pueden adoptar en el caso de conductas
contrarias a las normas de convivencia del centro son las siguientes:
a) Amonestación escrita.
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b) Modificación temporal del horario lectivo, tanto en lo referente a la
entrada y salida del centro como al periodo de permanencia en él, por un
plazo máximo de 15 días lectivos.
c) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las
actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado
a las instalaciones o al material del centro o a las pertenencias de otros
miembros de la comunidad educativa por un máximo de 5 días lectivos.
d) Realización de tareas de apoyo a otros alumnos y profesores por un
máximo de 15 días lectivos.
e) Suspensión del derecho a participar en las actividades
extraescolares del centro por un periodo máximo de 15 días.
f) Cambio de grupo del alumno por un máximo de 15 días lectivos.
g) Suspensión del derecho de asistir a determinadas clases por un
periodo no superior a 5 días lectivos. Durante dicho periodo quedará
garantizada la permanencia del alumno en el centro, llevando a cabo las
tareas académicas que se le encomienden.
b) MEDIDAS DE CORRECCIÓN PARA CONDUCTAS GRAVEMENTE
PERJUDICIALES PARA LA CONVIVENCIA DEL CENTRO.
a) Realización de tareas que contribuyan a la mejora y desarrollo de las
actividades del centro o, si procede, dirigidas a reparar el daño causado
a las instalaciones o al material del centro o a las pertenencias de otros
miembros de la comunidad educativa. Dichas tareas no podrán tener una
duración inferior a 6 días lectivos ni superior a 15 días lectivos.
b) Suspensión del derecho a participar en las actividades
extraescolares del centro por un periodo superior a 15 días lectivos e
inferior a 30 días lectivos.
c) Cambio de grupo del alumno durante un periodo comprendido entre 16
días lectivos y la finalización del curso escolar.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases o a
todas ellas, por un periodo superior a 5 días lectivos e inferior a 30 días
lectivos, sin que eso comporte la pérdida del derecho a la evaluación
continua y entregando al alumno un programa de trabajo para dicho
periodo, con los procedimientos de seguimiento y control oportunos, con
el fin de garantizar dicho derecho.
e) Cambio de centro.
f) Expulsión temporal o definitiva del centro.
2. PLAN DE CONVIVENCIA.
1. JUSTIFICACIÓN DEL PLAN.
Educar para la convivencia es la forma esencial de la educación en valores, y
supone el reconocimiento de unos principios básicos que deben ser asumidos
por todas las personas: el respeto, la cooperación, la justicia, la solidaridad,
integración y el desarrollo de la autonomía personal. Educar en la solución
pacífica de los conflictos, fomenta buenas relaciones interpersonales y
viceversa. Este Plan de Convivencia es una herramienta que utilizaremos para
aprender a vivir juntos, a convivir con los demás, a afrontar creativamente los
conflictos cotidianos. Este tipo de educación requiere, además de buenas
teorías, buenas prácticas, conscientes de que la convivencia es una escuela de
formación permanente y activa para todos los miembros de la comunidad
educativa.
Los conflictos y la disciplina forman parte del proceso de socialización.
Es una oportunidad educativa que permite el crecimiento y el desarrollo
personal.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
En una escuela multicultural, como es nuestro centro, consideramos un
objetivo prioritario educar en los valores de la diversidad sabiendo que ésta
es un valor enriquecedor de la convivencia.
Para el desarrollo de este proyecto nos basaremos en la legislación vigente:
- DECRETO 51/2007 DE 17 DE MAYO, por el que se regulan los derechos y
deberes de los alumnos y la participación y los compromisos de las familias en
el proceso educativo y se establecen las normas de convivencia y disciplina en
los centros educativos de Castilla y León.
- ORDEN EDU/1921/2007 DE 27 DE NOVIEMBRE por la que se establecen
medidas y actuaciones para la promoción y mejora de la convivencia en los
centros educativos de Castilla y León.
2. DESCRIPCIÓN DEL ENTORNO DEL CENTRO E IDENTIFICACIÓN DE
LOS ASPECTOS QUE INFLUYEN EN LA CONVIVENCIA.
Nuestro colegio, de una sola línea, cuenta en la actualidad con un total de 161
alumnos, una matrícula que ha crecido lentamente en los últimos años debido,
fundamentalmente, a la incorporación de nuevos alumnos procedentes de
distintos puntos de la geografía española, especialmente, de Madrid. Sin
embargo, el alumnado extranjero, aunque ha aumentado ligeramente, no ocupa
un porcentaje elevado dentro del total del alumnado.
El Equipo Docente está compuesto por 17 maestros y maestras, de los cuales 9
son tutores de aulas de Infantil y Primaria y el resto se distribuye entre el
Equipo Directivo y los diferentes especialistas.
Además, contamos con la intervención semanal del Equipo de Orientación de la
zona del Alberche, que está constituido por la orientadora y la técnica de
servicios a la comunidad. Asimismo, contamos con una fisioterapeuta.
En cuanto a las dependencias contamos, además de las tutorías anteriormente
citadas, con un gimnasio, biblioteca, sala de informática, aula bilingüe, aula de
apoyos y aulas de educación especial para la PT y AL.
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El patio está dividido en dos espacios: uno para Infantil y otro para Primaria.
También contamos con la pista deportiva municipal que utilizamos durante el
horario escolar como parte integrante del centro así como el polideportivo
municipal, que compartimos con el IES.
CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL ENTORNO.
El colegio se ubica en una población rural que supera los dos mil habitantes, la
mayoría de los cuales se dedican al sector de la construcción y al sector
servicios. Aunque también existe un sector de población procedente de
Madrid que ha decidido instalar su residencia en Navaluenga por diferentes
motivos: paro, crisis económica, forma de vida más tranquila,…
3. SITUACIÓN ACTUAL DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO.
La convivencia en nuestro colegio, hasta el momento, no ha planteado graves
problemas de convivencia. A veces, como es normal, surgen pequeños roces
entre los iguales que derivan en pequeñas disputas o peleas sin la mayor
importancia.
En la mayor parte de los casos los conflictos se resuelven fácilmente y los
enfrentamientos con los compañeros se resuelven con una petición de
disculpas y, en general, no requieren la intervención de la jefatura de estudios
o del coordinador de convivencia.
Con carácter general, el profesor que se encuentra en el aula o donde ha
surgido el conflicto, se encarga de resolver el problema e impone el castigo
que considera más oportuno. En el caso de no ser el tutor, informa a éste
sobre lo sucedido.
4. RESPUESTA GENERAL DEL CENTRO ANTE LOS CONFLICTOS.
Cuando surge un conflicto entre los alumnos es el tutor, generalmente, el que
asume la situación. Si el problema ha surgido entre iguales, se suele tratar en
la clase, se escucha a ambas partes y se apela al resto de los compañeros que
opinan y valoran la situación, que suele aclararse y solucionarse sin mayor
problema.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
Si el conflicto se produce en el patio, son los profesores encargados de vigilar
el patio los que actúan y toman las medidas oportunas que posteriormente
transmiten al tutor. En el caso de que se impusiera un castigo, se informa
también al tutor.
Si algún alumno provocara un conflicto de mayor gravedad, se solicita la
intervención del jefe de estudios y del coordinador de convivencia, siempre
apoyados por el director, para mediar e imponer el castigo correspondiente.
Por otro lado, existen alumnos que, por sistema, generan conflictos y
enfrentamientos frecuentes con los compañeros. En estos casos, el tutor llama
a sus padres y se les informa de la actitud de su hijo. Si las conductas fuesen
demasiado disruptivas y/o negativistas, el Equipo de Orientación interviene
mediante un programa de modificación de conducta.
Si el alumno persistiera con su actitud negativa, se puede plantear la
posibilidad de excluirle de actividades extraescolares.
LEY DE AUTORIDAD DEL PROFESORADO.
Tal y como se recoge en el artículo 30 del Reglamento de Régimen Interno de
este centro, la ley otorga al profesorado rango de autoridad. Esto significa
que el profesorado, en el ejercicio de las potestades de gobierno, docentes y
disciplinarias que tenga atribuidas, tendrá la condición de autoridad pública y
gozará de la protección reconocida a tal condición por el ordenamiento
jurídico.
Presunción de veracidad.
En el ejercicio de las actuaciones de corrección y disciplinarias, los hechos
constatados por el profesorado gozarán de presunción de veracidad, cuando
se formalicen por escrito en documento que cuente con los requisitos
establecidos reglamentariamente, sin perjuicio de las pruebas que, en defensa
de los respectivos derechos o intereses puedan ser señaladas o aportadas.
5. OBJETIVOS A CONSEGUIR Y ACTITUDES QUE PRETENDE
FAVORECER EL DESARROLLO DEL PLAN.
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Al elaborar este Plan de convivencia, el centro pretende conseguir los
siguientes objetivos:
OBJETIVOS GENERALES:
- Ofrecer al alumnado una escuela democrática como modelo de una
microsociedad en la cual se impliquen activamente.
- Contribuir al desarrollo general de los alumnos.
- Potenciar los signos de identidad del centro en relación a la convivencia.
- Fomentar los valores democráticos en el Proyecto Educativo establecidos en
el art. 2 de la LOE: Tolerancia, convivencia, integración, formación para la paz,
respeto, solidaridad, promover el diálogo…
- Potenciar el currículum transversal de educación en valores de convivencia.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS:
- Poner en marcha iniciativas novedosas y creativas para afrontar la
convivencia desde enfoques menos coercitivos.
-Establecer estrategias y desarrollar actividades para la prevención de
conflictos y para la resolución pacífica de los mismos.
-Favorecer y potenciar la mediación y los procesos de acuerdo educativos.
-Fomentar la participación de las familias y de toda la comunidad educativa en
la prevención y resolución de conflictos.
-Crear un clima en el aula que propicie el proceso de enseñanza aprendizaje y
evitar las conductas disruptivas.
- Implicar a toda la Comunidad Educativa en la mejora de la convivencia del
centro, corresponsabilizándonos cada sector y cada persona.
-Concretar un plan de actividades para el fomento de la convivencia.
-Establecer cauces concretos de participación: buzones de sugerencias,
consensuar normas de aula, de actividades complementarias…
-Difundir el Plan de Convivencia.
ACTITUDES A FAVORECER CON EL PLAN.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
Con este Plan, entendemos que se favorecerá el crecimiento personal de todo
el alumnado, facilitará la convivencia y contribuirá a una mejora de la calidad
de la educación en todos sus aspectos (ser socialmente más hábiles, mejorar la
autoestima, superar las dificultades de adaptación,…).
Así mismo, pretendemos favorecer las siguientes actitudes en nuestro
alumnado:
• El respeto a la dignidad de la persona, integridad física y moral, libertad de
conciencia, intimidad, no discriminación por razones de sexo, raza, cultura…
• La participación en la vida del centro, la solidaridad, el compañerismo, el
buen trato, el saber disculparse.
• La participación en la resolución pacífica de conflictos, la mediación, el
reconocimiento de las propias faltas.
• El respeto al derecho al estudio de los demás y la contribución a un adecuado
clima de clase.
• El deber del trabajo, la realización de las tareas encomendadas, el esfuerzo,
la “obra bien hecha”.
• La asistencia a clase, la puntualidad, el respeto de los horarios.
• El respeto a las normas de convivencia del centro.
• El cuidado de las instalaciones y material del centro.
• La actitud positiva ante los valores democráticos.
• La participación activa en las actividades del centro relacionadas con la
convivencia.
6. ACTIVIDADES PREVISTAS PARA LA CONSECUCIÓN DE LOS
OBJETIVOS.
ACTIVIDADES DE PREVENCIÓN E INTERVENCIÓN.
• ACTIVIDADES DEL PROFESORADO:
1. Crear un “Taller de Tutoría” para el profesorado interesado en formarse y
compartir experiencias de Acción Tutorial.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
2. Ensayar dinámicas de grupo, sociodramas, juegos de rol… para aplicarlas en
las aulas.
3. Desarrollar un plan de mejora que aumente la participación e implicación de
las familias en la tarea educativa de sus hijos.
4. Seminarios de formación del profesorado en resolución de conflictos.
5. Debates en clase que aborden temas de conflicto.
6. Elección de delegados en turno rotativo.
7. Establecimiento de normas de convivencia en el aula y en el centro.
8. Distribución semanal de la pista por ciclos.
9. Separación del patio de Infantil y de Primaria.
10. Celebración el día 30 de enero de “El día de la Paz”.
• ACTIVIDADES PARA EL ALUMNADO:
1. Elaboración del Plan de Acogida para el nuevo alumnado del centro.
2. Elaboración en cada aula, de forma consensuada entre los alumnos, las
normas que van a regir el funcionamiento de la clase. Colocarlas en un lugar
visible del aula para que no sean olvidadas.
3. Elaboración de las normas de comportamiento en cada actividad
complementaria (salidas, Semana Cultural…) y posterior autoevaluación del
cumplimiento o no de las mismas.
4. Organización de Jornadas Multiculturales con implicación de las familias y
la escuela.
5. Allanando el camino: Día de los ex – alumnos para compartir experiencias
con los que terminan la escuela. Participación en la Ceremonia de Graduación.
6. Realizar acciones concretas para el cultivo de la autoestima y la educación
emocional: contratos de conducta, semanas afectivas, diplomas de buena
persona….
7. Creación y evaluación de la figura de Mediador entre iguales con alumnado
del tercer ciclo.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
8. Dedicar un tiempo en el horario semanal para realizar las actividades
encaminadas al fomento de la convivencia.
7. MECANISMOS PARA LA DIFUSIÓN, SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN
DEL PLAN.
a. Los posibles canales de difusión del Plan son:
-Consejo Escolar.
-Reuniones informativas específicas con el claustro.
-Reuniones con el AMPA.
-Tutoría: reuniones y entrevistas con los padres.
-Proyecto Educativo.
-Internet: Página Web del centro.
-Dípticos.
-Facilitación de documentos a las familias.
b. Mecanismos de seguimiento y evaluación
La Evaluación del Plan de Convivencia será labor de todos los miembros de la
Comunidad Educativa:
-Claustro de profesores.
- Equipos de Ciclo.
-Consejo Escolar
A través de:
-Reuniones promovidas por el Coordinador de Convivencia.
- Reuniones periódicas de la Comisión de Convivencia: incidencias, actuaciones,
resultados.
Las estrategias para llevar a cabo el seguimiento y la evaluación del presente
Plan son:
-Observación y análisis de comportamiento a nivel individual y grupal: en el
aula, en el patio...
-Análisis de datos de la aplicación informática: incidencias significativas que
deben figurar en el RRI.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
Valoración del sistema de registro de incidencias que debe figurar en el RRI.
- Elaboración de un cuestionario que dé respuesta a las siguientes preguntas:
� ¿Merece la pena cumplir el Plan?
� ¿Es mejor no hacer nada o hacer otra cosa?
� Los objetivos: ¿Están claros, son concretos y alcanzables?
� Las actividades, ¿qué dificultades tienen?, ¿Se puede contar con las
personas?, ¿Tenemos los medios adecuados?
� El tiempo: ¿Los plazos son realistas? ¿Hay momentos mejores y peores?
� Proyecto de divulgación del Plan: ¿es suficientemente conocido?
� Resultados: ¿positivos o negativos? ¿Qué modificamos?
� Memoria final, elaboración y remisión del informe del Consejo Escolar
sobre la convivencia en el centro.
5. DOCUMENTO DE COMPROMISO CON LAS FAMILIAS.
COMPROMISO EDUCATIVO DE LAS FAMILIAS CON EL TUTOR/A-
ALUMNOS/AS.
1. INTRODUCCIÓN.
Estimados padres y madres, la educación es el resultado de los esfuerzos
conjuntos de los padres/madres, de cada alumno/a y de la institución escolar y
todos sus componentes. De esta forma, las familias participan activamente en
el proceso educativo, tanto en la escuela como en el hogar, y proporcionan el
apoyo esencial, la ayuda, los valores y las altas expectativas que son cruciales
para que el alumno/a perciba la importancia de la participación. De esta
manera, la participación de los padres y madres de manera activa y regular
aumenta significativamente el potencial del alumno para obtener éxitos
académicos.
Por tanto, las familias juegan un papel fundamental en todo el proceso
educativo de sus hijos e hijas y como parte importante de la comunidad
escolar, es necesario establecer una serie de compromisos que tengan por
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
objeto la mejora educativa de su hijo o hija y el buen funcionamiento de
nuestro Centro.
1. COMPROMISOS ADQUIRIDOS POR LAS FAMILIAS.
• Justificar debidamente las faltas de sus hijos o hijas.
• Ser puntuales en las entradas y salidas de los alumnos del centro.
• Proporcionar, en la medida de sus posibilidades, los recursos y las
condiciones necesarias para el progreso escolar: descanso, alimentación
adecuada...
• Participar de manera activa en las actividades que se lleven a cabo en el
centro con objeto de mejorar el rendimiento académico de sus hijos o
hijas.
• Fomentar el respeto por todos los componentes de la Comunidad
Educativa y abstenerse de hacer comentarios que menosprecien la
integridad moral del personal que trabaja en el centro o que dañen la
imagen de la institución.
• Asistir a las reuniones que se llevarán a cabo a inicio de cada trimestre
de forma grupal y cada vez que sea requerido por el tutor de forma
individual.
• Ayudar a su hijo o hija a cumplir el horario de estudio en casa y
supervisar diariamente la agenda de su hijo o hija para informarse
sobre las tareas que tiene y comprobar si las hace.
2. COMPROMISOS ADQUIRIDOS POR LOS ALUMNOS.
• Tener un horario de estudio fijo en casa que será acordado con el tutor
o tutora y con el padre, madre o tutor legal.
• Respetar a todos los miembros de la Comunidad Educativa.
• Anotar los deberes y las fechas de exámenes en la agenda escolar.
• Participar en las actividades complementarias y extraescolares
• que se lleven a cabo.
• Traer diariamente las tareas hechas.
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• Cuidar el material tanto del colegio como el suyo propio.
3. COMPROMISOS ADQUIRIDOS POR EL TUTOR/A.
• Revisar periódicamente la planificación del trabajo y del estudio que el
alumnado realiza en clase y casa.
• Mantener una reunión al trimestre con los padres y madres para
informarles de la evaluación de sus hijos e hijas.
• Atender a los padres o madres que soliciten reuniones individuales para
informarse sobre el rendimiento académico de su hijo o hija.
• Informar por escrito a los padres o madres de los alumnos que reciben
refuerzo, apoyo y/o tiene adaptación curricular.
• Contactar con la familia ante cualquier problema de sus hijos.
En Navaluenga, a_____de___________________________ de ________
Fdo.padre/madre Fdo. Tutor/a Fdo. Alumno/a
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
ANEXOS.
N O R M A S G E N E R A L E S D E
O R G A N I Z A C I Ó N Y
FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL
CENTRO.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN y JUSTIFICACIÓN.
2. ESTRUCTURA Y ELEMENTOS QUE INTERVIENEN EN LA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL CENTRO.
a) Órganos de gobierno unipersonales.
b) Órganos de gobierno colegiados.
2. RELACIONES ENTRE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL
CENTRO.
3. PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. CAUCES DE
PARTICIPACIÓN DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA
COMUNIDAD EDUCATIVA Y CON OTRAS INSTITUCIONES.
4. O T R O S E L E M E N T O S D E L A O R G A N I Z A C I Ó N Y
FUNCIONAMIENTO.
- Horarios del Profesorado.
- Horario de tutorías.
- Reuniones del profesorado.
- Ausencias del profesorado. Sustituciones del profesorado.
- Responsabilidades y cargos del profesorado.
- Organización de actividades complementarias.
- Apoyos y refuerzos. Criterios para seleccionar los apoyos y
refuerzos.
- Organización en la entrada y salida del centro y en los cambios de
sesión.
- Organización y vigilancia de los recreos.
- Organización de los espacios e instalaciones.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
- Utilización de los baños.
- Uso de los recursos del centro.
- Procedimiento a seguir en caso de padres separados o
divorciados.
- Plan de Prevención y control del absentismo escolar.
- Procedimiento de atención ante enfermedades y accidentes del
alumnado.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
1. INTRODUCCIÓN y JUSTIFICACIÓN.
El presente documento interno es un instrumento básico para la organización y
funcionamiento interno del Centro y que afecta a toda la comunidad educativa.
Está constituido por normas claras y concretas. Este documento completa y
complementa al Reglamento de Régimen Interior.
Para lograr los fines y objetivos propuestos se hace necesario crear la
estructura organizativa que permita ofrecer a toda la Comunidad Educativa
las mejores condiciones de trabajo y participación dentro de la Institución
Escolar, aprovechando al máximo los recursos humanos y materiales de los que
disponemos.
Entendemos este centro de enseñanza como una organización compuesta por
todos los miembros de la Comunidad Educativa: profesorado, alumnado,
familias, equipos de orientación, personal no docente y Administración, que
han de asumir las responsabilidades, funciones, competencias y actividades
que permitan alcanzar los fines propuestos. Estos a su vez serán los elementos
en los cuales se vertebra toda la estructura organizativa del Centro.
PRINCIPIOS GENERALES:
2. - El respeto mutuo de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
3. - Favorecer un clima agradable, solidario y tolerante, facilitando la
participación, la libertad de expresión, la colaboración y el respeto a la
diversidad.
4. - El respeto a las instalaciones y materiales.
5. - La asunción por parte de cada miembro de la Comunidad Educativa de
sus responsabilidades: competencias, derechos y deberes.
6. - La orientación en las actuaciones hacia la unificación de criterios por
parte de todos los miembros de la Comunidad Educativa.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
7. - La consideración de las situaciones de conflicto como una ocasión más
de aprendizaje, abordándolas y resolviéndolas mediante el diálogo con la
persona o colectivo afectado.
ÁMBITO DE APLICACIÓN.
El ámbito de aplicación del presente documento abarca a toda la comunidad
educativa y es de obligado cumplimiento para todos y cada uno de sus
miembros tanto en horario lectivo como en el horario de actividades no
lectivas.
1. ESTRUCTURA Y ELEMENTOS QUE INTERVIENEN EN LA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTERNO DEL CENTRO.
a) ÓRGANOS DE GOBIERNO UNIPERSONALES.
El Director.
Son competencias del Director:
j) Ostentar la representación del centro, representar a la Administración
Educativa en el mismo y hacerle llegar a ésta los planteamientos,
aspiraciones y necesidades de la comunidad educativa.
k) Dirigir y coordinar todas las actividades del centro, sin perjuicio de las
competencias atribuidas al Claustro y al Consejo.
l) Ejercer la dirección pedagógica, promover la innovación educativa e
impulsar planes para la consecución de los objetivos del proyecto
educativo del centro.
m) Garantizar el cumplimiento de las leyes y demás disposiciones vigentes.
n) Ejercer la jefatura de todo el personal adscrito al centro.
o) Favorecer la convivencia en el centro, garantizar la mediación en la
resolución de conflictos e imponer las medidas de disciplina que
correspondan a los alumnos.
p) Impulsar la colaboración con las familias, con instituciones y con
organismos que faciliten la relación del centro con el entorno, y
fomentar un clima escolar que favorezca el estudio.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
q) Impulsar las evaluaciones internas del centro y colaborar en las
evaluaciones externas y en la evaluación del profesorado.
r) Convocar y presidir los actos académicos y las sesiones del Consejo
Escolar y del Claustro y ejecutar los acuerdos adoptados en el ámbito
de sus competencias.
El Jefe de Estudios.
Son competencias del Jefe de estudios:
a) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del
personal docente en todo lo relativo al régimen académico.
b) Sustituir al Director en caso de ausencia o enfermedad.
c) Coordinar las actividades de carácter académico, de orientación y
complementarias de maestros y alumnos en relación con el proyecto educativo,
los proyectos curriculares de etapa y la programación general anual y, además,
velar por su ejecución.
d) Elaborar, en colaboración con los restantes órganos unipersonales, los
horarios académicos de alumnos y maestros de acuerdo con los criterios
aprobados por el claustro y con el horario general incluido en la programación
general anual, así como velar por su estricto cumplimiento.
e) Coordinar las tareas de los equipos de ciclo.
f) Coordinar y dirigir la acción de los tutores y, en su caso, del maestro
orientador del centro, conforme al plan de acción tutorial.
g) Coordinar, con la colaboración del representante del claustro en el centro
de profesores y recursos, las actividades de perfeccionamiento del
profesorado, así como planificar y organizar las actividades de formación de
profesores realizadas por el centro.
h) Organizar los actos académicos.
i) Fomentar la participación de los distintos sectores de la comunidad escolar,
especialmente en lo que se refiere al alumnado, facilitando y orientando su
organización.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
j) Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la
programación general anual, junto con el resto del Equipo Directivo.
k) Favorecer la convivencia en el centro y garantizar el procedimiento para
imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con las disposiciones
vigentes, lo establecido en el reglamento de régimen interior y los criterios
fijados por el consejo escolar.
l) Organizar la atención y cuidado de los alumnos en los períodos de recreo y
en otras actividades no lectivas.
m) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director
dentro del ámbito de su competencia.
El Secretario.
Son competencias del Secretario:
a) Ordenar el régimen administrativo del centro, de conformidad con las
directrices del Director.
b) Actuar como Secretario de los órganos colegiados de gobierno del centro,
levantar acta de las sesiones y dar fe de los acuerdos con el visto bueno del
Director.
c) Custodiar los libros y archivos del centro.
d) Expedir las certificaciones que soliciten las autoridades y los interesados.
e) Realizar el inventario general del centro y mantenerlo actualizado.
f) Custodiar y disponer la utilización de los medios, informáticos, audiovisuales
y del resto del material didáctico.
g) Ejercer, por delegación del Director y bajo su autoridad, la jefatura del
personal de administración y de servicios adscrito al centro.
h) Elaborar el anteproyecto de presupuesto del centro.
i) Ordenar el régimen económico del centro, de conformidad con las
instrucciones del Director, realizar la contabilidad y rendir cuentas ante las
autoridades correspondientes.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
j) Participar en la elaboración de la propuesta de proyecto educativo y de la
programación general anual, junto con el resto del equipo directivo.
k) Velar por el mantenimiento material del centro en todos sus aspectos, de
acuerdo con las indicaciones del Director.
l) Cualquier otra función que le encomiende el Director dentro de su ámbito de
competencia.
b) ÓRGANOS DE GOBIERNO COLEGIADOS.
Consejo Escolar.
Composición del Consejo Escolar:
Está formado por el Equipo Directivo, cinco profesores representantes del
Claustro, cinco representantes de Padres y un representante del
Ayuntamiento.
Competencias del Consejo Escolar:
a) Ser informado de los proyectos y las normas.
b) Ser informado de la Programación General Anual del centro sin perjuicio de
las competencias del claustro de profesores, en relación con la planificación y
organización docente.
c) Conocer las candidaturas a la dirección y los proyectos presentados por los
candidatos.
d) Participar en la selección del director del centro en los términos que la
presente ley establece. Ser informado del nombramiento y cese de los demás
miembros del equipo directivo. En su caso, previo acuerdo de sus miembros,
adoptado por mayoría de dos tercios, proponer la renovación del
nombramiento del director.
e) Decidir sobre la admisión de alumnos con sujeción a lo establecido en la ley
y disposiciones que la desarrollen.
f) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y velar porque se atengan
a la normativa vigente. Cuando las medidas disciplinarias adoptadas por el
director correspondan a conductas del alumnado que perjudiquen gravemente
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
la convivencia del centro, el Consejo Escolar, a instancia de padres o tutores,
podrá revisar la decisión adoptada y proponer, en su caso, las medidas
oportunas.
g) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia en el centro,
la igualdad entre hombres y mujeres y la resolución pacífica de conflictos en
todos los ámbitos de la vida personal, familiar y social.
h) Promover la conservación y renovación de la instalaciones y equipo escolar y
aprobar la obtención de recursos complementarios de acuerdo con lo
establecido en el artículo 122.3 de la LOE.
i) Fijar las directrices para la colaboración, con fines educativos y culturales,
con las Administraciones locales, con otros centros, entidades y organismos.
j) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del
rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y externas
en las que participe el centro.
k) Elaborar propuestas e informes, a iniciativa propia o a petición del la
Administración competente, sobre el funcionamiento del centro y la mejora de
la calidad de la gestión, así como sobre aquellos otros aspectos relacionados
con la calidad de la misma.
l) Cualesquiera otra que le sean atribuidas por la Administración Educativa.
Claustro de Profesores.
Es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del
centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar y, en su
caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro.
Será presidido por el Director y estará integrado por la totalidad de los
profesores que presten servicio en el centro.
Tendrá las siguientes competencias:
k) Formular al Equipo Directivo y al Consejo Escolar propuestas para la
elaboración de los proyectos del centro y de la programación general
anual.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
l) Aprobar y evaluar la concreción del currículo y todos los aspectos
educativos de los proyectos y de la programación general anual.
m) Fijar los criterios diferentes a la orientación, tutoría, evaluación y
recuperación de los alumnos.
n) Promover iniciativas en el ámbito de la experimentación, y de la
investigación pedagógica y en la formación del profesorado del centro.
o) Elegir sus representantes en el Consejo Escolar del centro y participar
en la selección del director en los términos establecidos en la vigente
ley.
p) Conocer las candidaturas a la dirección y sus proyectos.
q) Analizar y valorar el funcionamiento general del centro, la evolución del
rendimiento escolar y los resultados de las evaluaciones internas y
externas en las que participe el centro.
r) Ser informado sobre las normas de organización y funcionamiento del
centro.
s) Conocer la resolución de conflictos disciplinarios y la imposición de
sanciones y velar porque éstas se atengan a la normativa vigente.
t) Proponer medidas e iniciativas que favorezcan la convivencia del centro.
NOTA: para más información sobre los órganos de gobierno del centro,
consultar el Reglamento de Régimen Interior.
2. RELACIONES ENTRE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO DEL
CENTRO.
Los diferentes órganos de gobierno se reunirán y llevarán a cabo todas las
funciones, que tienen encomendadas por ley, según queda regulado en el
Reglamento de Régimen Interior de nuestro centro.
3. PARTICIPACIÓN DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA. CAUCES DE
PARTICIPACIÓN DE LOS DISTINTOS SECTORES DE LA COMUNIDAD
EDUCATIVA Y CON OTRAS INSTITUCIONES.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
La participación es un valor básico en el que está implicado el alumnado,
profesorado, familias y personal de servicios en el centro educativo. La
comunidad educativa participará en el gobierno del centro través del Consejo
Escolar. Este órgano colegiado está formado por el Equipo Directivo, cinco
representantes del profesorado, cinco representantes de las familias y un
representante del Ayuntamiento.
Además, se seguirá potenciando la participación familiar a través de la AMPA,
en el desarrollo de talleres y actividades dirigidas principalmente a las madres
y padres o tutores/as legales, reuniones generales y entrevistas personales
con el tutor/a, asistencia a visitas complementarias, etc.
El personal no docente planteará sus dudas o sugerencias a la dirección del
centro. Desde la dirección se resolverán éstas o se tomarán en cuenta para la
buena organización del centro.
Con respecto a las relaciones con los Organismos oficiales y asociaciones
(Ayuntamiento, Guardia Civil, Protección Civil,…), se tendrá una relación fluida,
teniendo en cuenta sus propuestas, valorándolas y llevándolas a cabo si así lo
decide el Equipo Directivo y el Claustro de Profesores.
Una de las características de nuestro centro es la de ser abierto a la
comunidad educativa y especialmente a las familias. Para lograr una atención
óptima se destina parte del horario de dedicación especial docente a las
visitas y reuniones, según lo establecido en la normativa vigente, y organizado
desde la Dirección del centro. El horario de exclusivas del profesorado, de
obligado cumplimiento, se establecerá a principios de cada curso académico
según el criterio del Equipo Directivo
1. O T R O S E L E M E N T O S D E L A O R G A N I Z A C I Ó N Y
FUNCIONAMIENTO.
- HORARIO LECTIVO DEL PROFESORADO.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
El horario lectivo del profesorado será elaborado por el Jefe de Estudios a
principios de cada curso. Para su elaboración se tendrán en cuenta aspectos
metodológicos, normativos, legislativos y curriculares.
El profesorado iniciará su jornada lectiva con alumnos de lunes a viernes de
9:30h a 14:30h. El profesorado será puntual y procurará estar en el aula
antes del inicio de las clases.
Este horario de docencia directa con alumnos se completará con un horario de
exclusivas, de obligado cumplimiento, dedicado a tutorías, realización de
actividades personales,…que se realizará en una tarde de 14:30h a 15:30h y de
16:00h a 18:30h.
Asimismo, se realizarán dos tardes anuales en viernes, establecidas en la
fecha que fije el Jefe de Estudios, en horario de 16:30h a 18:30h.
La distribución del profesorado por tardes se realizará en un Claustro
celebrado a comienzo de curso.
El profesorado cumplirá la tarde de exclusiva que le corresponda y, en el caso
de que se cambie por otra tarde, deberá comunicarlo con antelación al Equipo
Directivo.
Al finalizar a las 18:30h la tarde de exclusiva, el profesorado de esa tarde se
encargará de apagar ordenadores, regletas y fotocopiadoras. Los profesores
no tienen que cerrar el colegio.
En el caso de que un profesor cite a los alumnos para realizar algún trabajo
por la tarde, será la tarde que le corresponda al profesor para poder
responsabilizarse de esos alumnos.
En ningún caso los alumnos podrán venir por la tarde al centro a recoger
material que hayan olvidado.
- HORARIO DE TUTORÍAS.
El tutor realizará las tutorías, preferentemente, en la tarde que le
corresponda y fuera del horario lectivo para no interrumpir el desarrollo
ordinario de las clases.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
El tutor es el primer responsable de informar del proceso académico de sus
alumnos a las familias. En el caso de que una familia quiera hablar con un
especialista, primero deberá comunicárselo al tutor y éste al profesor
correspondiente.
Es obligatorio realizar tres reuniones generales con las familias y, al menos,
una individual por familia.
- REUNIONES DEL PROFESORADO.
La asistencia a claustros, comisiones de coordinación pedagógica, consejos
escolares, ciclos y evaluaciones es obligatoria ya que se consideran periodos
lectivos. En el caso de no poder asistir a alguna de estas reuniones, el
profesor que falte justificará su ausencia mediante la documentación
correspondiente.
Respecto a las evaluaciones, todos los profesores que inciden en un curso
deben asistir a las reuniones de evaluación. Las fechas de las sesiones de
evaluación serán establecidas por el Equipo Directivo.
En la evaluación el tutor entregará al Jefe de Estudios una hoja, suministrada
al efecto por parte del Equipo Directivo, con todas las notas de los alumnos
de su tutoría. Además, en la fecha que fije el Jefe de Estudios, el tutor
elaborará y entregará una valoración en formato digital (Word) sobre la
evolución de su tutoría.
- AUSENCIAS DEL PROFESORADO. SUSTITUCIONES DEL
PROFESORADO.
La puntualidad y asistencia a las clases y actividades complementarias serán
controladas por el Director y el Jefe de Estudios. En el caso de que un
profesor falte o crea que va a faltar, debe comunicarlo cuanto antes al Jefe
de Estudios para que pueda elaborar un calendario de sustituciones. Las faltas
deberán justificarse, siempre por escrito, y aportando la documentación
requerida, establecida por la ley, para cada uno de los casos y supuestos que
motiven la ausencia del profesorado. Estos documentos justificativos deberán
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
presentarse al Jefe de Estudios en el mismo día en el que el profesor se
incorpore al centro después de su ausencia.
En estos documentos constará, siempre que sea posible, el horario en el cual
se ha asistido a consulta médica, notaría,…
El profesorado tratará de faltar lo menos posible, intentando acudir a las
citas médicas en horario no lectivo, siempre que sea posible, para evitar
sustituciones que puedan crear malestar entre los compañeros.
En el caso de que un profesor prevea su ausencia, dejará trabajo y material
preparado para el profesor que le sustituya, dejándolo a criterio del profesor
que sustituye. Durante la sustitución, el grupo permanecerá, preferentemente,
en su clase.
Cuando el profesorado se ausente sólo durante unas horas, deberá comunicar
al Jefe de Estudios su llegada al centro.
Para la elaboración del plan de sustituciones tomamos como punto de partida la
legislación actual y el criterio establecido por la Dirección General de Personal
en cuanto a la elaboración de los horarios.
Para suplir la baja temporal del profesorado se seguirá el orden siguiente:
1. Profesorado que tenga hora de sustitución.
2. Profesorado que tenga horas libres por asumir responsabilidades en el
centro: coordinador de informática, de biblioteca, de convivencia,…
3. Profesorado que tenga refuerzos y/o apoyos.
4. Equipo Directivo.
- RESPONSABILIDADES Y CARGOS DEL PROFESORADO.
Algunos docentes se harán responsables de algunas tareas ( informática,
biblioteca, CFIE, convivencia,…) encomendadas por el Equipo Directivo. Estos
responsables deberán asumir las tareas de ese cargo y cumplir las directrices
que se establezcan por el Equipo Directivo.
Las incidencias y/o necesidades relativas a la biblioteca, bilingüismo, medios
informáticos,…se comunicarán a los profesores responsables.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
- ORGANIZACIÓN DE ACTIVIDADES COMPLEMENTARIAS.
En el caso de que el profesorado decida organizar cualquier tipo de actividad
complementaria (excursiones, visitas al entorno cercano, charlas impartidas
por personas ajenas al centro, etc), deberá comunicarlo previamente al Equipo
Directivo para que tenga conocimiento de ello.
- APOYOS y REFUERZOS. CRITERIOS PARA LA SELECCIÓN DE
APOYOS y REFUERZOS.
El horario de apoyos y refuerzos se distribuirá entre los diferentes cursos
teniendo siempre en cuenta las necesidades que presenta cada curso y la
disponibilidad horaria del profesorado encargado de impartir los apoyos y
refuerzos.
Los horarios de refuerzos y apoyos deben ser respetados por el bien de
nuestros alumnos.
- ORGANIZACIÓN EN LA ENTRADA Y SALIDA DEL CENTRO Y EN
LOS CAMBIOS DE SESIÓN.
Los alumnos entran al centro a las 9:30h. Antes de entrar el alumnado se
colocará en el patio en filas ordenadas por cursos y entrará a sus aulas de
forma ordenada.
Las entradas, tanto del recreo como a las 9:30h, si no existe causa que lo
impida, se realizarán por la puerta que da la pista, empezando por los alumnos
de 6º y en orden decreciente hasta llegar a los alumnos de Infantil de 3 años.
Las puertas del colegio se cerrarán a las 9:40h. En el caso de que algún alumno
llegue más tarde de esa hora, será el tutor quien decida si ese alumno puede
entrar en clase. En los casos en los que un alumno sea impuntual de forma
reiterada, será el Equipo Directivo quien tome las medidas oportunas.
Los profesores procurarán ser puntuales en el cambio de clases para no
interferir en el correcto funcionamiento del centro. Si tenemos que trasladar
a los alumnos por las dependencias del centro, procuraremos que vayan en
silencio y no corran por los pasillos.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
Al finalizar cada jornada lectiva (14:30h) el profesor de Primaria que imparta
docencia en la última sesión (13:45-14:30h) acompañará a sus alumnos hasta al
final de la escalera. Los alumnos de Infantil serán acompañados hasta la salida
por sus tutores.
La salida del alumnado de Educación Infantil se realizará por la puerta que da
la pista. La salida del alumnado de Primaria se realizará por la puerta principal
del colegio.
- ORGANIZACIÓN Y VIGILANCIA DE LOS RECREOS.
La vigilancia y cuidado de los patios de recreo será organizada a principios de
curso por el Equipo Directivo estableciendo turnos entre el profesorado.
Los alumnos de Primaria e Infantil tendrán un patio específico habilitado para
sus periodos de recreo.
Los maestros encargados del servicio de patio deberán ser puntuales a la hora
de bajar al patio así como a la hora de subir. El final del periodo de recreo se
anunciará mediante música a través del equipo de megafonía de la pista.
En el caso de que existan conflictos durante el recreo, serán los profesores
de patio los primeros encargados de solucionar el problema. En segunda
instancia, se informará al tutor y, si la gravedad lo requiere, será el Equipo
Directivo el que intervenga en ese conflicto.
En caso de accidentes, o que un alumno requiera una atención específica, lo
hará en primera instancia uno de los profesores que atienda el patio,
comunicando tal circunstancia tanto al tutor como al Equipo Directivo. Si el
accidente fuera especialmente grave, se comunicará a la familia.
En caso de ausencia de algún maestro en el cuidado del patio, el Equipo
Directivo realizará la sustitución en el patio que corresponda.
En el caso de que las condiciones meteorológicas impidan la salida de los
alumnos al recreo, será el tutor quien se encargue de la vigilancia de su tutoría
en su clase o en otra dependencia habilitada para ello: gimnasio (alumnos de
Infantil), biblioteca (alumnos de la 1ª planta) y aula de informática (alumnos
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
de la 3ª planta). En ningún caso se permitirá la presencia de alumnos en los
pasillos. Los maestros especialistas, que no tengan tutoría, ayudarán a los
tutores en la vigilancia de los alumnos, según establezca el Equipo Directivo,
durante los días en los que la meteorología impida bajar al patio.
Si el tutor estima conveniente bajar a sus alumnos al patio, se hará
responsable de la vigilancia de los mismos.
Los alumnos no permanecerán en el aula solos y no subirán a clase una vez que
hayan bajado al recreo.
Siempre que castiguemos a algún alumno durante el recreo, procuraremos no
dejarle solo en el aula y ponerle una tarea para que se mantenga ocupado.
- ORGANIZACIÓN DE ESPACIOS E INSTALACIONES.
Para ocupar el aula de informática, bilingüe, biblioteca, patios, aula de
desdobles, gimnasio u otras instalaciones se tendrá en cuenta los horarios
asignados por el Jefe de Estudios a cada tutoría.
En el caso de que queden horas libres de uso en el horario, el profesorado
podrá reservar el uso de esas aulas utilizando unas pegatinas que colocarán en
el horario dispuesto en las puertas de cada una de estas aulas.
Los profesores que utilicen el aula de informática, bilingüe o la biblioteca,
deberán apagar los equipos y los monitores para evitar averías y procurarán
dejar colocadas las sillas.
- UTILIZACIÓN DE LOS BAÑOS.
Como norma general, los alumnos de Primaria no irán al baño hasta la hora del
recreo (12:15-12:45h) ni entre cambios de clase. Cuando los alumnos suban del
recreo tampoco irán al baño. Cada grupo de alumnos utilizará los servicios
ubicados en la planta de su aula.
- USO DE LOS RECURSOS DEL CENTRO.
El centro cuenta con una dotación económica anual que se destinará para la
compra racional de todo tipo de material necesario para la práctica docente.
Dado que el colegio es un centro pequeño se trabajará bajo pedido, es decir,
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
cuando el profesorado detecte carencia de algún tipo de material deberá
comunicárselo al Secretario del centro para que elabore una lista y realice el
pedido. Se procurará hacer un uso racional del material del centro: fotocopias,
cartulinas, bolígrafos,…
El Equipo Directivo velará por el uso adecuado de los recursos y fomentará la
rentabilización de estos en la práctica docente.
- PROCEDIMIENTO A SEGUIR EN CASO DE PADRES SEPARADOS O
DIVORCIADOS.
El padre/madre separado o divorciado que no ostente la guarda y custodia
legal de sus hijos tiene derecho a ser informado de la situación escolar de los
mismos siempre que no exista una limitación por resolución judicial.
En el expediente del alumno figurará la sentencia judicial que determine quien
ostenta la guardia y custodia y cuantas otras disposiciones se reflejen.
- PLAN DE PREVENCIÓN Y CONTROL DEL ABSENTISMO ESCOLAR.
Los tutores serán quienes controlen diariamente las faltas del alumnado,
registrándolas en fichas de seguimiento dispuestas para ello, establecidas por
el centro. En el primer o segundo día del mes siguiente, los tutores entregarán
el parte de faltas del alumnado al Jefe de Estudios.
El Jefe de Estudios, previo informe del tutor, elaborará mensualmente un
estadillo donde se consignarán los alumnos absentistas, incluyendo el nº de
faltas no justificadas de cada uno, el período en el cual se ha producido, las
causas alegadas por los padres y, si fuese necesario, las razones que el centro
considera como causantes de la inasistencia.
Se establecerá un máximo de 5 faltas injustificadas en el mes. En el caso de
que se detecte la existencia de algún alumno absentista, la Dirección del
centro iniciará el Protocolo oficial de absentismo.
- PROCEDIMIENTO DE ATENCIÓN ANTE ENFERMEDADES Y
ACCIDENTES DEL ALUMNADO.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
Como norma general, cuando un alumno se encuentre enfermo o haya sufrido
algún accidente dentro del centro, se actuará de la siguiente forma:
1º) En caso de enfermedad o accidente no grave, el tutor llamará a sus padres
para que le vengan a buscar al centro. El tutor se hará cargo de la vigilancia de
ese alumno hasta que lleguen sus padres a recogerlo.
2º) En casos muy graves se llamará a la familia inmediatamente y se trasladará
al alumno al centro médico y se actuará según las indicaciones del médico.
Los niños que vengan del médico no interrumpirán las clases una vez
comenzadas y se incorporarán a la hora del recreo: de 12:15h a 12:45h.
Asimismo, los alumnos que deban acudir al médico utilizarán el periodo de
recreo para ello.
MEDICACIÓN DEL ALUMNADO.
¿El profesor debe administrar medicamentos al alumnado?
Ateniéndonos a la legislación y normativa vigente afirmaremos que no resulta
exigible a los docentes el suministro de medicamentos que por su complejidad
superen el ámbito de primeros auxilios y habrá de acudir para ello a un centro
sanitario o que los padres acudan al centro para suministrar la medicación a
sus hijos.
Por tanto, la prestación de auxilios es una responsabilidad del docente, pero
no podrá exigírsele nunca más allá de lo que corresponde a su cualificación
técnica o a los requisitos exigidos para cubrir el puesto de maestro.
ANEXOS.
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C.E.I.P. “LAS RUBIERAS” de Navaluenga (Ávila) PROYECTO EDUCATIVO
NORMAS GENERALES DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
INTERNO DEL CENTRO.
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