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3ra.I.G.R.
1ra. 4ta
.
5ta.
2da.
Personas Naturales.Sucesiones Indivisas.
Sociedades Conyugales.
EMPRESAS(naturales y jurídicas).
PDT659
PDT660
Declaración del Impuesto a la Renta.
Primera Categoría
Las personas que alquilan bienes muebles o inmuebles se encuentran afectos al Impuesto a la Renta de Primera Categoría
Segunda CategoríaLas ganancias por la venta de valores
mobiliarios e inmobiliarios, de derechos de llave, marcas, patentes regalías o similares, u obtención de intereses etc. y los Dividendos que obtienen los accionistas o participes de una empresa.
Tercera Categoría
La Renta Bruta de Tercera Categoría estará dada por la diferencia existente entre el ingreso neto total proveniente de la actividad empresarial y el costo computable de los bienes enajenados.
Las rentas que resulten de la realización de actividades que constituyan negocio habitual, tales como las comerciales, industriales y mineras; la explotación agropecuaria, forestal, pesquera o de otros recursos naturales; la prestación de servicios comerciales, financieros, industriales, transportes, etc.
Cuarta Categoría
Los ingresos que provienen de realizar cualquier trabajo individual, de una profesión, arte, ciencia u oficio cuyo cobro se realiza sin tener relación de dependencia. Se incluyen las contraprestaciones que obtengan las personas que prestan servicios bajo la modalidad de Contrato Administrativo de Servicios (CAS), las mismas que son calificadas como rentas de cuarta categoría, conforme a lo estipulado en el Decreto Legislativo N° 1057 y en el Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y normas modificatorias.
Quinta Categoría
Los ingresos obtenidos por el trabajo personal prestado en relación de dependencia, incluidos cargos públicos, tales como sueldos, salarios, asignaciones, gratificaciones, bonificaciones, aguinaldos, comisiones, compensaciones en dinero o en especie, gastos de representación y, en general, toda retribución por servicios personales.
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