Responsabilidad Social Universitaria Noemí Ancí Asesoría Legal: Consultorios Jurídicos Gratuitos...

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Responsabilidad Social

UniversitariaNoemí Ancí

Asesoría Legal: Consultorios Jurídicos Gratuitos

Imagen: Gustav Klimt

El nuevo paradigma de la RS

Definición tradicional responsabilidad social:

• Filantropía • Caridad • Buena voluntad • Ayuda / Asistencia • Generosidad • Solidaridad

OBLIGACIÓN MORAL (o ética)

El CAMBIO de paradigma en la RS

En el caso de la empresa: El hecho de que sobrevive

únicamente por la posición que ocupa en la sociedad

de la que lucra.

En el caso de la universidad: La crisis del saber tecno- científico

hiperespecializado e hiperacionalizado

PROCESO DE CONCIENTIZACIÓN

El nuevo paradigma de la RS

Nueva definición de responsabilidad social:

Dimensión ética que debe poseer toda organización o institución en su práctica diaria respecto a la posición y función que cumple en la sociedad. Se trata de una voluntad ética e interesada a la vez de hacer las cosas "bien" para que todos los beneficiarios internos y externos de los servicios de la organización estén "bien". La ética, entonces, no aparece como freno al interés egoísta de la organización sino al contrario como empuje para su provecho. Así se crea una articulación pocas veces practicada entre ética y eficacia.

¿Qué significa “bien” o “bueno”?

DELIBERACIÓN

Afectados por los servicios de la organización

Interesados por los servicios de la

organización

¿Negociación? ¿Diálogo?

¿Entre quiénes?

Nuevo paradigma en RSE y RSU

RESPONSABILIDAD SOCIAL EN LA EMPRESA RESPONSABILIDAD SOCIAL EN LA UNIVERSIDAD

1. Más allá del altruismo y superación del enfoque filantrópico

2. Finalidad: evitar daños y producir beneficios3. Relación con la actividad misma de la empresa4. Sostenible en el tiempo5. Visión integral de la sociedad desde la posición

de la empresa en ella6. Forma parte de la estrategia corporativa 7. Beneficios tanto para la empresa como para la

sociedad

1. Superación del enfoque de la proyección social y la extensión universitaria.

2. Toma de conciencia de que la RSU es una exigencia por dos razones:

A. Profunda reflexión sobre el significado social de la producción de conocimiento. B. “Culpabilidad de los problemas crónicos de la sociedad”.

Pero, a pesar del cambio en la definición ¿ha cambiado efectivamente la comprensión de la RS

como obligación moral?

Premisas (Gosepath)

1. Sabemos que cuando los afectados (por injusticias o contingencias) pueden ser ayudados pero no lo son, es un daño moral grande.

2. Entonces, tenemos la intuición básica de que las personas que sufren deben tener ayuda efectiva.

3. Sin embargo, no es claro para nosotros quién es responsable de detener estas situaciones.

4. Por lo tanto, existe el peligro de que todo el mundo lamente los daños morales, pero que nadie ayude efectivamente.

Conclusión (Gosepath)

RESPONSABILIDAD JURÍDICA POR ABOLICIÓN POR DAÑOS MORALES

El DERECHO como medio de estabilización de daños

¿Quién es el actor socialmente responsable?

• Autoridades, docentes, trabajadores administrativos y empleados en general

• Alumnos

PERO NO INDIVIDUALMENTE, SINO SOLO EN TANTO

MIEMBROS DE LA UNIVERSIDAD

¿Qué tipo de responsabilidad es?

Se trata entonces de una OBLIGACIÓN JURÍDICA COLECTIVA de la UNIVERSIDAD

¿Qué se debe hacer?

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