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REVISTA EL
HORIZONTE
VOLUMEN 5, Año 2014
PUBLICACION BIMESTRAL
ISSN 2250-8880
El Horizonte… una mirada al
mundo
REVISTA EL HORIZONTE VOLÚMEN 4, AÑO
2014,
PUBLICACION
BIMESTRAL
http://hznt.wordpress.com email: el_horizonte@hotmail.com.ar
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CONTENIDO
DEBATE
Página 3: La crisis argentina y el regionalismo económico por Kal-El Página 4 Rehenes o soberanos? por Jonathan Mangieri Página 5: Una integración cada vez mas lejos… por Pato Página7: La crisis económica argentina y la integración regional por Maziero Arthur Página 8: La crisis del DEFAULT TECNICO… por Lelu Página 10: Buitres, default, acceso al crédito… por Aldo Pedro Poy Página 11:Aportes y contribuciones por Indio Página 13:Fondos buitres o cómo aprovechar las ventajas del caos, por Magdalena Sánchez Canedo Página 15: La desventura de la PEA, por Iván Juárez Schmidt
RECORDAMOS LA 2 WW
Página 16 por Emiliano Meza
ENTREVISTA DESTACADA
Página 19: Deuda Externa por Alejandro Olmos. Historiador. Escritor.
Editor
Su Pereyra Rodríguez
Staff
Gabriel Sánchez
Nicolás Argento
Fernando Coriasco
Staff de exteriores
Laura Mèdici
Palo Martín De Luca
Colaboradores de este número Mariano Barcelo,
Francisco Salas Gatti, Naomi Rebelles Ivan Juárez
Scmidt, Jhonatan Mangieri, Magdaleba Sánchez Canedo,
arthur Marceiro, Norali Ojeda, Lkutna Pwarg, Emiliano
Meza, Daniela Canale.
Dirección: Yapeyú 957, (CP 1722), Merlo
Buenos Aires, Argentina
CONTACTO
el_horizonte@hotmail.com.ar
Teléfonos:
Su Pereyra Rodríguez: 15-4411-0415
Gabriel Sánchez: 15-5121-2620
SEGUINOS EN:
Twitter: @horizonte3000
Facebook: /horizontealmundo
Blog:horizontealmundo.wordpress.com
Enviar comentarios al correo electrónico
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1 Crisis argentina y el regionalismo económico Por Kal-El alumno de la carrera de RRII en UAI
Dentro de las múltiples crisis que padece Argentina hoy, la
disputa por los holdouts/Fondos Buitres es una de las que
más podría afectar a los distintos países de la región. ¿Es esto
así?
Rápida y efectivamente voy a responder a la
pregunta concluyendo que NO. Esta crisis
económica argentina no afectará de manera
significativa a la región. El impacto del
default de la Argentina impactará
principalmente (no exclusivamente) la
economía local. El por qué esta respuesta tan
tajante, viene a diversos factores de análisis.
Primero podríamos hacer una comparación
con la crisis que enfrentó Argentina en 2001
para poder entender algunos aspectos.
Si recordamos aquellos años, primero
tenemos que marcar que en ese momento la
estallido argentino si creó un gran daño en las
economías de sus países vecinos,
principalmente en Uruguay. Ahora, cómo es
esto posible si desde el 2001 al 2014 los
estados y las economías en el mundo y en
Latinoamérica han tendido a integrarse y a
colaborar, por sobre el sentido aislacionista o
proteccionista económico.
Parecen darse dos factores importantes que
me lleven a las anteriores conclusiones (la
crisis argentina no impactará de manera
sustancial, por su puesto algunos problemas
traerá).
Primero: tomando como caso Uruguay (el
más afectado en todas las crisis históricas de
Argentina, y en la del 2001) parece haber
aprendido la lección, y si bien sigue siendo un
país que depende mucho de cómo le vaya a
Argentina a tomados medidas muy
importante desde el 2001 en adelante. La
crisis le costó a Uruguay entre muchas cosas
una pobreza que todavía lucha por revertir.
La situación en aquella época era que el 45%
de los depósitos bancarios en Uruguay
pertenecía a los no residentes, en su mayoría
argentinos que trataban de evadir impuestos.
Actualmente la situación es muy diferente,
esa cifra ha bajado al 15%. Se puesto en
marcha desde hace varios gobiernos, siendo
una política de Estado en la que los sucesivos
gobiernos uruguayos han trabajado en lo que
denominan informalmente la
“desargentinización” de la economía: como
destino de exportación, como fuente de
inversión directa o de depósitos bancarios. La
cual hoy en día esa decisión les estaría dando
sus frutos y la razón de que no es seguro
depender tanto de un país como Argentina.
Segundo: “Argentina ya no es un país
relevante”. La otra razón por que no
impactaría la crisis en la región es
simplemente esa. La situación argentina en
términos de peso en la región es
drásticamente menor a la que tenía en los
años 90 y luego explotó en los 2000. Antes
del default de 2001, Argentina representaba
más del 20 por ciento del índice de bonos
soberanos denominados en dólares EMBI;
después de más de una década de estar afuera
de los mercados de capitales, sólo representa
el 1,32 por ciento. Una muestra de este
aspecto es la apreciación desde el gobierno
chileno en el que Michelle Bachelet ha
descartado que la situación económica de su
DEBATES
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vecino afecte a Chile, pese a que es el sexto
inversor extranjero en Argentina, por su parte
también el ministro de Hacienda, Alberto
Arenas, resaltó que la crisis de deuda de
Argentina “era una materia conocida por los
agentes del mercado y, por lo tanto, no
debería cambiar las expectativas en Chile”. La
opinión de expertos coincide con la de
Arenas: “Los inversionistas entienden que
Chile es un país con políticas y reglas
absolutamente diferentes y el efecto directo
va a ser menor”, ha señalado el economista
Sebastián Edwards
Si bien lo anterior marca el centro de mi
análisis, me parece justo también destacar los
problemas, o los desajustes que si traería el
default argentino para la región.
Argentina es el tercer destino de las
exportaciones de Brasil. Con el 7% de las
ventas externas del Estado más grande
sudamericano. Además, buena parte de esos
envíos son manufacturas.
En el caso chileno la situación de Argentina
por las inversiones de sus compañías en ese
país, como las firmas de comercio minorista
Falabella y Cencosud, la embotelladora de
Coca-Cola Andina y la aerolínea LAN. Chile
es el sexto inversor extranjero en Argentina,
después de China.
Uruguay puede que se beneficie de la fuga de
capitales desde territorio argentino. En junio
pasado se registró la mayor de subida de
depósitos de argentinos en bancos uruguayos
en seis años. Pero los demás efectos de una
crisis en Argentina serían negativos. La
industria del turismo depende en buena parte
de las visitas del otro lado del Río de la Plata.
Argentina es el tercer destino de exportación
uruguaya. Aquí va el 4,1% del total, incluida
manufacturas.
La preocupación de Asunción reside en una
devaluación del peso que fomente el
contrabando de productos argentinos, como
alimentos, que compiten con los paraguayos,
según ha admitido un director del Banco
Central de Paraguay, Roland Holst.
2 ¿Rehenes o soberanos? Soberanía y deuda pública: Fondos buitre.
La deuda un condicionante de la soberanía del Estado .
Por Mangieri Jonathan. alumno de la carrera de RRII
en UAI
La soberanía es uno de los atributos determinantes
dentro de la conformación de los Estados Nacionales
tal como se los conoce hoy en día, de hecho la
mayoría de los países de América Latina centraron
sus gestiones en reforzar este punto dentro de sus
Estados.
Dependiendo del autor al cual nos
remitamos, el término varía y adquiere
diferentes cualidades, es por eso que hay que
ser muy preciso a la hora de determinar qué
es lo que entendemos por soberanía. Podría
aquí esbozar todas las posiciones que hay en
torno a este atributo, pero no es la idea de
este articulo indagar en los diferentes
significados; sino por el contrario establecer
un punto de conexión entre, la soberanía y
los ciclos económicos. En política, el
soberano es el ser superior que tiene el poder
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de decisión, en otras palabras es aquel Estado
que ejerce poder fehaciente sobre su
territorio estableciendo sobre el mismo un
determinado modelo de orden; bajo el
paradigma de la democracia liberal el
soberano es el pueblo, que le brinda a través
del voto, la legitimidad a los futuros
decisores. Partiendo de lo establecido
anteriormente y teniendo en cuenta la
situación actual que atraviesa nuestro país,
Argentina, es oportuno analizar cómo nuestra
soberanía pierde o gana terreno dependiendo,
no solo, de los ciclos económicos del
capitalismo global sino también de las crisis
internas generadas por políticas domésticas
erróneas. Sin dudas ser soberanos en materia
económica y financiera es uno de los grandes
propósitos que se tendrán que fijar para
lograr un grado mayor de
autonomía.Argentina no escapa a la realidad
de varios países de la región, en la cual, por
diversos motivos los Estados Nacionales han
poseído, a lo largo de su historia, periodos de
endeudamiento público, motivo por el cual
los conocidos fondos buitre han sentado sus
bases para llevar adelante sus negociados.
Ahora bien; ¿Qué son los fondos buitre? De
acuerdo con el periodista Alcadio Oña, quien
escribe para el diario Clarín, define que “… el
modus operandi de los fondos buitre consiste
simplemente en comprar en el mercado
deuda de Estados y empresas al borde de la
quiebra, normalmente al 20% o al 30% de su
valor nominal (su valor facial), y luego litigar
o presionar por el pago del 100% de este
valor…”.
Tal como describe el periodista el modus
operandi de estas entidades es la que atenta a
la soberanía de los Estados entendiendo que
altera o condiciona el accionar de los
decisores, que por un lado se vieron
condicionados por la existencia de la deuda y
por el otro la tenencia de bonos por parte de
los fondos buitre es un punto muy
importante a la hora de plantear los plazos y
el modo en el cual se van a pagar dichos
bonos. Basta con salir a la calle para darnos
cuenta que se trata de nuestra soberanía, no
en vano los afiches puestos por el gobierno
hacen mención a una causa nacional, será que
una vez más estemos frente a una de las
tantas antinomias de la historia argentina y
debamos preguntarnos ¿Patria o Buitre?, de
ser así; ¿Cómo quedan posicionado los
legisladores que no acompañen el nuevo
proyecto enviado por el ejecutivo?
Hay muchas cosas para plantear entorno a la
situación actual, pero sin dudas no hay nada
nuevo sobre el horizonte, nuevamente hay
dos opciones, dos caminos por el cual
decidirnos, pero eso no es todo, hay algo que
debería entristecernos aún más, otra vez ser
argentinos se trata de una opción.
Quizás la actualidad, este mal trance nos haga
volver a pensarnos, hay quienes dicen que las
crisis son grandes oportunidades, y no
discrepo en absoluto de esa afirmación, es
por eso que culminando este artículo no
espero encontrar respuestas sino por el
contrario dejar planteadas nuevas preguntas
que justamente tengan como finalidad volver
a plantearnos que queremos ser.
3 Una integración cada vez más lejana
Los fantasmas: LA DEUDA EXTERNA – LOS
FONDOS “BUITRES”
Por PATO
La Argentina lleva sobre si una capa de inseguridad que será
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muy difícil de quitársela. Hoy por hoy es un estado que lleva adelante políticas restrictivas
y proteccionistas que hacen imposible que nuevos capitales deseen confiar en la inversión
eficiente y a largo plazo tan necesaria. Pero tampoco esta realidad le permite asegurar sus
relaciones comerciales cada vez más limitadas y esto es nuevamente consecuencia de la
inseguridad que refleja el país.
Los países de la región son cada vez más
heterogéneos por lo que la confianza y la
seguridad hacia una integración regional se va
alejando.
El estado argentino tiene como realidad una
inflación que se va intensificando, una
producción que se estancó, el déficit fiscal
reapareció. Todas las medidas tomadas por el
gobierno para afrontar su realidad y revertir
el declive fallaron. Las medidas como el
control de cambios, la pesificación y la
expansión de la emisión no atenuaron el
resquebrajamiento del modelo de estado que
se pretende y por el contrario han abierto aún
más la brecha hacia una estabilidad interior y
por lo tanto que refleje una estabilidad y
menos aún un crecimiento en las relaciones
exteriores. Esta sucesión de fracasos ha sido
coronada en el 2014 con el giro hacia la
recreación del endeudamiento externo. Lo
adeudado a los fondos buitres y otros
acreedores que rechazaron la reestructuración
de deuda de 2005 y 2010 son títulos públicos
que se dejó de abonar hace casi 13 años.
Estos financistas adquirieron por muy bajo
precio las acreencias argentinas
desvalorizadas y ahora aguardan su pago
íntegro en los tribunales de Nueva York. En
2005 y 2010, el estado logró que el 92,4% de
las acreencias fueran canjeadas por los
inversores por otros títulos con quita, pero
hace un mes no ha podido seguir pagándoles
porque la justicia de EE UU ha determinado
que primero debe abonarle al 7,6% que
rechazó la reestructuración, incluidos los
fondos “Buitre”.
Grandes y pequeños acreedores de la deuda
reestructurada se han quedado sin cobrar el
vencimiento de unos intereses. Algunos de
ellos, como el fondo de inversión Quantum,
del magnate George Soros, han demandado
por el caso a The Bank of New York Mellon,
el agente fiduciario de la deuda argentina en
EE UU y Europa que recibió el dinero de
Buenos Aires, pero no lo giró a los
destinatarios por la orden judicial
norteamericana. El fondo de Soros ha
iniciado la demanda en Londres porque sus
bonos argentinos están bajo esa jurisdicción y
alega que los tribunales de EE UU carecen de
competencia para bloquearlos. El Gobierno
tomo como medida quitarle la licencia para
operar en Argentina a The Bank of New
York Mellon como castigo por obedecer la
orden judicial. Citigroup teme que le ocurra
lo mismo si el próximo 30 de septiembre el
juez de Nueva York Thomas Griesa le
impide distribuir pagos de un título público
argentino en el propio país.
Este juego de demandas, contra demandas,
bloqueos y suspensiones que esta afrontando
la argentina perjudica no solo a este estado en
si no que también comienza a tener
consecuencias en el sistema financiero
internacional. La cantidad de demandas de
acreedores contra países en suspensión de
pagos se ha duplicado en la última década,
según Financial Times. Además, las deudas
soberanas baten marcas históricas después
del endeudamiento que sobrevino a la crisis
financiera internacional de 2008/2009.
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4 La crisis económica Argentina y la integración regional
Por Maziero, Arthur Correa
La actual crisis económica de Argentina es una oportunidad que
puede ayudar la integración regional pero también puede
deflagrar su fragilidad, como se sucedió en Europa. Creo que
ayuda de una manera que los países pueden unirse contra el
sistema económico que nos fue impuesto por las potencias
occidentales, principalmente los Estados Unidos, y los países
pueden dar apoyo a Argentina en las organizaciones internacionales. Sin
embargo la crisis puede deflagrar la fragilidad de nuestra integración regional y también
aumentar la rivalidad entre los países.
Este trabajo tiene como su principal objetivo
estudiar cuales son las consecuencias para la
integración regional de la actual situación
económica de argentina. Sin embargo, es
necesario esclarecer la situación actual de
Argentina y el principio de su crisis. La crisis
económica de la República Argentina
comenzó en 2001 cuando el país anunció que
no iría pagar su deuda de más de US$ 100
billones e perdió así toda su credibilidad en la
escena internacional. Después de tres años
para ganar nuevamente un poco de
credibilidad el gobierno argentino con Néstor
Kirchner renegoció el pago de la deuda con
sus acreedores, sin embargo sólo 92,4%
aceptaran las condiciones y los otros 7,6% no
aceptaran. Entonces esta minoría, los buitres
(1) como son conocidos, prestaran una
demanda en los Estados Unidos para recibir
los 100% de la deuda. En 2012 el juez
Thomas Griesa decidió que Argentina
debería pagar a los buitres toda la deuda. El
mayor problema para Argentina en pagar a
los buitres es que así la mayoría de los
acreedores los cuales aceptaran la
renegociación de la deuda podrán solicitar un
finiquito de los 100% de la deuda (2).
Actualmente Argentina es un país con poca
credibilidad en la escena económica
internacional, lo cual se comprueba por la
falta de inversión extranjera. Creo que para la
integración regional puede ser algo bueno la
crisis, por ejemplo, los países pueden unirse
en una busca por un desarrollo distinto del
modelo actual y también más apoyo
internacional para Argentina en la cuestión de
no pago de su deuda, por el hecho de que la
mayoría de los países tienen o ya tuvieran
deudas muy grandes. Sin embargo, Argentina
tiene una rivalidad con uno de sus mayores
compañeros en América del Sur, Brasil, y
pienso que si Argentina requiere un préstamo
o una ayuda de Brasil para ellos este hecho
puede significar una aceptación de la posición
de líder regional que Brasil desea.
El caso europeo donde después de la crisis de
2008 los países con más dinero, Alemania,
por ejemplo, no quisieran ayudar los países
con más dificultad económica los cuales
también hacían parte de la Unión Europea,
un buen ejemplo es la Grecia es una situación
que puede se suceder en América del Sur,
principalmente, por el hecho de que los
países suramericanos no tienen mucho dinero
y también casi todos no tienen una política
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económica independiente de los grandes
bancos y fondos occidentales.
Otra cuestión la cual puede ayudar a
Argentina pero ni mucho la integración
regional son las potencias económicas
emergentes, como China y Rusia. Esto
porque ellas son los países con más capacidad
de ayudar económicamente Argentina,
principalmente, China la cual tiene proyectos
de un banco internacional de desarrollo y
también un proyecto económico distintos de
las potencias occidentales.
Referencias Bibliográficas:
1 Los buitres son hedge founds, los cuales compraran los títulos de la deuda de aquellos que no aceptaran renegociar.
Disponible en: http://g1.globo.com/economia/noticia/2014/06/entenda-crise-sobre-pagamentos-das-dividas-na-
argentina.html; Consultado en: 31 de Julio de 2014.
2 Disponible en: http://g1.globo.com/economia/noticia/2014/06/entenda-crise-sobre-pagamentos-das-dividas-na-
argentina.html; Consultado en: 31 de Julio de 2014.
Página web: Entenda a crise sobre pagamentos das dívidas na Argentina. (2014, 27 de Junio). Recuperado de:
http://g1.globo.com/economia/noticia/2014/06/entenda-crise-sobre-pagamentos-das-dividas-na-argentina.html
5 Las consecuencias de “DEFAULT
TÉCNICO” en el proceso de integración Por Lelu alumno de la carrera de RRII en UAI
Argentina se encuentra al borde de Default Técnico. Es cierto o no? Según el jefe de gabinete Jorge Capitanich, el default técnico "no existe". Pero si existe, como afecta al proceso de integración? Una de las consecuencias más importantes sería el cierre del mercado de préstamos para el comercio exterior, lo cual significaría la pérdida parcial de la refinanciación de exportaciones y del financiamiento de importaciones, generando como resultado la caída de importaciones y de envíos argentinos al exterior, causando un gran impacto sobre los niveles de actividad. También traería de forma aparejada la reducción de la Inversión Extranjera Directa a niveles mínimos, paralizando y demorando proyectos en desarrollo causando un impacto negativo en los niveles de actividad. En el año 2005, Argentina abrió un canje para regularizar la deuda que se hallaba en default desde el enero de 2002, el cual Incluyó quitas de capital, mayores plazos de pago, menores tasas de interés y cambios de moneda (pesos por dólares). La propuesta contó con una aceptación del 74% de los acreedores. En 2010 abrió un nuevo canje, con una oferta similar y nuevos acreedores lo aceptaron. Así, la aceptación total llegó al 93 %. Desde el primer canje el país viene atendiendo los servicios de capital e intereses puntualmente con recursos propios provenientes del comercio exterior. En este
nuevo canje aparecieron dos nuevos tipos de bonistas, los exchange bondholders, que ingresaron a los canjes y los holdouts, quienes decidieron no participar del mismo. Los holdouts iniciaron el juicio contra Argentina en EEUU con el propósito de cobrar 100% del valor nominal de sus títulos originales. A estos tenedores se los conoce como fondos buitre, que son empresas de capital de riesgo que adquieren títulos de la deuda soberana de países en default a 20 o 30% de su valor nominal y luego litigan para aumentar su ganancia. La Corte Suprema de Estados Unidos (a través del fallo del juez de primera instancia
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Thomas Griesa) obliga a la Argentina a pagar el 100% del valor nominal de los títulos por cuyo pago Network Management Layer (NML) inició juicio, es decir, U$S 1350 millones. NML puede cobrar su parte de la deuda embargando los pagos que Argentina destina a los exchange bondholders. Pero el principal problema es la aplicación de la cláusula pari passu (tratamiento igualitario) por la cual otros bonistas en default podrán hacer reclamos similares al de NML, expandiendo el monto total a pagar a unos U$S 15 mil millones. Si Argentina desconoce el fallo planteando la inmunidad soberana y cambiando la jurisdicción de pago para evitar los embargos tendría consecuencias difusas, entre las cuales se encontrarían el cierre de mercado de préstamos para el comercio exterior (lo que significaría la pérdida parcial de la refinanciación de exportación y del financiamiento de las importaciones); las grandes compañías que compran gran parte de sus insumos en el exterior o los importadores de peso sin producción local, con presencia en los diferentes mercados, tendrán que buscar los dólares en el sistema financiero internacional o fondearse en sus casas matrices. En este caso, para lograr financiar sus importaciones deberán conseguir crédito en el exterior y en dólares para pagar a los proveedores internacionales. Desde el Banco Central escatimarán las reservas de divisas. Este tal llamado “Crédito Internacional” consiste en que una compañía le paga a un importador de un producto final o un insumo con dinero conseguido con un crédito proveniente del sistema financiero internacional o aportado por la casa matriz de la multinacional. El Estado argentino no devolverá ese dólar, pero no pondrá condicionamientos al ingreso de la mercadería al territorio argentino. Esto limitará al máximo a las importadoras netas de productos como a las automotrices que sólo ingresen vehículos sin producción local, que ya son castigadas por el impuesto a los automóviles de alta gama y serán las primeras perjudicadas del sistema, salvo que consigan
financiamiento del exterior y tengan público cautivo dentro del país que les permita vender rápidamente la mercadería. Otra de las graves consecuencias que se presenta es la reducción de la Inversión Extranjera Directa, la cual se ha convertido en la fuerza pujante para regiones como América Latina brindado un fuerte apoyo al proceso de reestructuración económica, contribuyendo en la adopción de nuevas tecnologías y formas de producción, permitiendo un mayor crecimiento económico. Las inversiones extranjeras bien orientadas posibilitan a los receptores aumentar la productividad y competitividad a través de la promoción de exportaciones basada en economías de escala. Con este hecho se ampliaría el requerimiento de mano de obra calificada capaz de asumir y adaptar tecnologías a las condiciones del país, situación que se traducirá en bienestar nacional favoreciendo a los mercados de competencia perfecta de forma tal que tengan la posibilidad de ofrecer mejor calidad y precios aumentando la capacidad productiva del país. El flujo de Inversión Extranjera Directa (IED) hacia la Argentina se redujo en 2013 un 25 % anual, hasta los 9.000 millones de dólares, debido a la disminución de las apuestas del sector minero en proyectos en el país, y las esperanzas para la recuperación futura están puestas en el gas de esquisto que se obtendrá en Vaca Muerta. Además, la mayor parte del monto recibido correspondió a utilidades que, debido al cepo cambiario, las compañías extranjeras se vieron forzadas a reinvertir en el país. Si el gobierno termina cerrando un acuerdo con los fondos buitre podría conseguir crédito financiero para obras de infraestructura, pero la puerta de la IED seguirá cerrada hasta que no se eliminen los controles cambiarios y se le permita a las empresas multinacionales remitir sus ganancias a sus casas matrices.
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6 Buitres, default, acceso al crédito y apoyos
regionales. Por Aldo Pedro Poy alumno de la carrera de RRII en UAI
Desde el 30 de julio la situación de Argentina con los mercados
de capitales se complicó a pesar de los logros que venían
cosechando en las negociaciones de la primera mitad del año.
El acuerdo con el Club de Paris, la
participación del FMI en el nuevo índice de
precios y la solución de los juicios en el
CIADI, presentaban un panorama
prometedor para el país. Una posibilidad de
volver al mercado de capitales internacionales
ante la demostración de voluntad para
regularizar los compromisos, mostrarse
sólido ante inversores, con reglas claras y, de
esta manera, afrontar la merma de divisas que
producen un cuello de botella en las balanzas
comerciales y que golpean tanto a la
economía doméstica como a los intercambios
comerciales de la región. Siendo Argentina y
Brasil los principales socios comerciales del
bloque sudamericano, son los motores del
desarrollo de la región por sus productos y la
cantidad de consumidores que representan. Si
bien en términos políticos el bloque esta
sólido, la cuestión económica augura un
porvenir incierto. La incapacidad del
Argentina de mantener su demanda a los
demás mercados regionales, por la falta de
divisas, pone en jaque su capacidad
exportadora, que si bien se puede mantener
intacta, está basada en un flujo de comercio
igualitario. Si no estamos en condiciones de
respetar los volúmenes de entrada de
mercaderías, nuestros socios no aceptaran
salir perdiendo en el intercambio comercial.
De no regularizar la situación, el crecimiento
de la región se verá estancado y las
dificultades económicas se podrían extender
por sus países.
El proceso de unificación regional rinde sus
frutos en aspectos políticos. Clara
demostración de esto son los apoyos
unánimes que recibió la república en diversos
organismos internacionales como la OEA,
UNASUR, y las declaraciones del BRICS.
Todos los Estados que se han expresado
sobre la situación argentina han demostrado
su apoyo a los reclamos nacionales sobre el
fallo de los tribunales de Nueva York. Sin
embargo, leer estas declaraciones
simplemente como una postura consensuada
a modo de bloque es solo quedarse en la
superficie del asunto. El fallo tiene
implicancias directas sobre cualquier otro país
que esté llevando adelante un proceso de
restructuración de deuda o que lo deba hacer
a futuro e incluso complica a la plaza
neoyorkina como centro económico mundial
predilecto.
Lo resuelto por Griesa, que beneficia
abiertamente a un conjunto de capitales
especulativos, sienta un precedente peligroso.
Aquellos países soberanos que estén
analizando reestructurar su deuda con
legislación norteamericana están con serias
dudas, debido a la creativa interpretación que
realizo el juez de la ley, como así también los
que tiene como instrumento de pago a
bancos de la gran manzana. Es que la
atribución que se tomó el magistrado de
retener los pagos de Argentina a sus
acreedores por el BONY (Bank of New York
Mellon), dejó en evidencia una fragilidad del
sistema financiero, que podría llevar al default
a cualquier Estado, por más que cumpla con
sus compromisos a rajatabla. Es por este
motivo que aquellos estados que saben que
su realidad puede parecerse a la de Argentina
en un futuro próximo ya están realizando
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ajustes a sus prospectos de renegociación
como también están buscando otras plazas
para colocar sus nuevos bonos que sean
menos permeables a intereses sectoriales,
amenazando la hegemonía norteamericana
como centro financiero.
Voces se han alzado desde dentro del país.
Grupos de economistas que ante la expulsión
de futuros negocios, advirtieron a sus
órganos legislativos la necesidad de nuevas
herramientas para dar seguridad al sistema
financiero internacional, más preocupados
por la pérdida de futuros clientes que por la
situación económica Argentina, que ante el
escenario de default técnico, complica sus
proyectos de obras públicas e inversiones en
el sector privado.
La realidad política está atada a estos
condicionantes. La región expreso su apoyo
pero sus intereses no nacen de una postura
estrictamente de bloque ideológico, sino que
tiene su principal atención en la capacidad de
la Argentina de regularizar las relaciones
comerciales. Además, el juicio y sus
ramificaciones pueden tener implicancias en
sus propias realidades nacionales en un
futuro, por lo que es preferible actuar
unificadamente antes de que las acciones que
llevaron a esta situación a nuestro país se
puedan propagar a sus realidades locales.
Es innegable el proceso de unificación que se
desarrolló en los últimos 10 años en el bloque
sudamericano, sin embargo, muchas de las
políticas que se han propiciado en torno a la
unificación son de carácter netamente
comerciales y por lo tanto, de mantenerse la
situación económica complicada para la
Argentina, es muy probable que a futuro
veamos un enfriamiento en las relaciones
políticas atado al estancamiento de la
situación financiera.
7 Aportes y Contribuciones Por Indio alumno de la carrera de RRII en UAI
Argentina está atravesando por un momento decisorio en torno a las
negociaciones y toma de decisiones sobre el pago de bonos a los
holdout, si bien está buscando el mecanismo para poder cumplir con
sus acreedores, y con acreedores que no aceptaron y quieren recibir
su pago.
El ministro de economía Axel Kicillof es
quien lleva las negociaciones ante el juez
Griesa, defiende el proyecto presentado por
el poder ejecutivo (proyecto N° 1377/14)
declara de interés público “la reestructuración
de la deuda “ y el cambio de domicilio de
pago del mismo. Sostiene que “la lucha es
por sostener la viabilidad de la Argentina
como país, para seguir creciendo y para
ingresar al futuro en las mejores condiciones”
La condición de los
bancos argentinos en un canje de deuda es
probable que los aísle aun mas de la
comunidad financiera internacional y este
aislamiento financiero podrá traer
perturbaciones significativas en la economía
del país y sería perjudicial para las
corporaciones.
A mediados del mes de julio de este año, los
representantes de los fondos buitre emiten
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un mensaje en el que declaran que están
preparados para llegar al default. Por otra
parte el gobierno argentino acusa a los
fondos buitres de perseguir la apropiación de
importantes recursos del Estado,
principalmente los recursos energéticos que
posee YPF. Por este motivo, el Juez Griesa,
quien está a cargo de esta causa, ordena una
reunión inmediata con los mediadores y entre
las partes litigantes para discutir dicho pago
en Nueva York.
No obstante, Argentina apeló ante la Corte
Suprema de Nueva York el fallo del juez
Griesa y el de la Corte de Apelaciones la cual
emitió un dictamen en el cual considera que
la Argentina cometió una discriminación con
los fondos buitres y demás bonistas que
decidieron participar de los canjes de deudas
en los años 2005 y 2010.
Por este motivo, el juez Thomas Griesa,
ratificó que la Argentina deberá pagar el
100% de la deuda que mantiene con los
bonistas que no ingresaron a los canjes de
deuda.
En el mes de abril de 2010, se lanza de forma
oficial el nuevo canje de deuda, con una quita
promedio del 66,3% para inversores
institucionales, y del 50% para los restantes.
La oferta final indicaba que Argentina
terminaría pagando 10.500 millones de
dólares por los 20.000 millones de dólares
impagos. En el mes de Junio, La Presidenta
Cristina Fernández de Kirchner anuncia el fin
del segundo canje de deuda, con una
aceptación del 66% de los tenedores de
bonos defaulteados.
Amado Boudou, por entonces Ministro de
Economía, anuncia la reapertura del canje de
20 mil millones de dólares de deuda para los
holdouts que no habían aceptado las
condiciones de 2005. Por este motivo se crea
el “Fondo del Bicentenario para el
Desendeudamiento” a través de un decreto
de necesidad y urgencia el 14 de Diciembre
de 2009, que dispone el uso de 6.569
millones de dólares del Banco Central de la
República Argentina para el pago de la deuda
en el año 2010.
Por este motivo, Cristina Fernández resuelve
cancelar la deuda de 6.706 millones de
dólares con el Club de París, empleando
reservas internacionales del Banco Central,
además anunció que junto a tres bancos
estudiaría la posibilidad de resolver la deuda
con los acreedores que no habían ingresado
al canje de 2005.
Argentina y España firmaron un acuerdo de
reestructuración de la deuda, asociada al
préstamo que España realizó en marzo de
2001, durante la celebración de la XVI
Cumbre Iberoamericana.
A principios de enero de 2006, la Argentina
cancela su deuda con el FMI al concretar un
pago anticipado de 9.530 millones de dólares,
un pasivo contraído entre enero y septiembre
de 2001, con vencimientos programados
hasta el 2009.
Por aquel entonces, en el año 2001, el
presidente interino Adolfo Rodríguez Saá
anuncio el pago de la deuda el cese de la
deuda. Aquellos años por donde la Argentina
atravesaba una crisis tanto política, social y
financiera, que terminó con el mandato de la
presidencia de la República de Fernando de la
Rúa.
Tampoco debemos olvidar el incidente que
se produjo con los fondos buitres cuando
quisieron embargar la “Fragata Libertad” por
una acción judicial y en complicidad con la
justicia de Nueva York para cobrar los
papeles de la deuda argentina. Si bien, el
Tribunal Internacional de Derecho del Mar,
sostuvo que la Fragata era un “buque de
guerra” y con la decisión unánime del
Tribunal Internacional de declarar la
"inmunidad" de la Fragata por ser un buque
de guerra de la Armada Argentina, tras
permanecer 77 días retenida ilegalmente en
Ghana (África), fue así que el 19 de
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diciembre de 2012 la “Fragata Libertad”
regresó al puerto de Mar del Plata.
Quienes son los fondos buitres? Son
conocidas como Vulture Funds o hedge
funds en inglés, son entidades que invierten
enormes cantidades de dinero para comprar
acciones de empresas al borde de la quiebra o
bonos soberanos de países en default o cerca
de estarlo, como le sucedió a la Argentina en
2001, y así obtener ganancias extraordinarias.
8 Fondos buitre o cómo aprovechar las ventajas del caos
Las vicisitudes de un sistema financiero internacional
descontrolado
Por Magdalena Sánchez Canedo alumna de la carrera de RRII en
UAI
La decisión del gobierno argentino de revocar la representación
local del Bank of New York en vistas de lograr una ley para
modificar el lugar de pago de la deuda de bonos, aparece como uno
de los resultados provisionales de dos procesos entrelazados y
cruzados por un sinnúmero de influencias que hacen eco en la opinión pública
internacional: la deuda externa de un país en desarrollo y las posibilidades de maniobra
que puede ofrecer un sistema internacional vacío de legislación para la reestructuración de
deudas soberanas y, por tanto, predispuesto a favorecer los intereses de los más poderosos.
Los últimos dos meses pusieron a la
Argentina en boca de diversos periodistas,
teóricos e incluso del premio Nobel Joseph
Stiglitz; los diarios locales mostraron titulares
con palabras como ‘default’, ‘holdouts’ o
‘patria o buitres’, de acuerdo a las
orientaciones políticas de cada uno. Lo cierto
es que nos encontramos ante una sucesión
cronológica de hechos que, en el plano
interno, se pueden remontar al año 2001, o
incluso a 1976 (según el corte histórico que
escojamos), y que esos hechos convergen hoy
con las experiencias ya vividas por otros
países como Perú, Nicaragua, Zambia,
Grecia y España, por mencionar solo
algunos, pero abren las puertas al debate: en
las palabras que podría utilizar el mismo
Griesa, Argentina se encuentra ejerciendo el
desacato de una orden judicial. El simplismo
legalista de esta afirmación probablemente
alarme al lector a primera vista, por creer que
me refiero a una interpretación meramente
literal. Sin embargo, el ‘desacato de la
Argentina’ (evidenciado fehacientemente en
las medidas tomadas con el Banco de Nueva
York y probablemente con el Grupo Citi a
fin de continuar con el pago de la deuda
impedido por el fallo de Griesa) constituye la
alerta que ha logrado llamar la atención de la
comunidad internacional porque pone de
manifiesto la voluntad de un Estado de no
someterse al descontrol o al caos de las
finanzas internacionales. Quizás aquí se
encuentre una diferencia respecto de los
antecedentes de otros países, ya que la
Argentina efectivamente quiere cumplir con
los pagos de su deuda soberana.
El dilema reposa entonces sobre dos
vertientes: la legitimidad del fallo del juez
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Thomas Griesa y la legitimidad de la posición
argentina en su reclamo sobre el
avasallamiento de su soberanía.
Marionetas de Wall Street
Los llamados fondos buitre o en su nombre
técnico holdouts nacieron bajo la impronta
del Secretario del Tesoro de los Estados
Unidos, Nicholas Brady, en los albores de los
’90 como una respuesta impulsada desde Wall
Street para solventar la crisis de la deuda de
Latinoamérica. La originalidad de los ‘bonos
Brady’ radicó en que liberaron el sistema de
endeudamiento de los estados, el que hasta
ese momento se encontraba financiado por la
banca comercial. Los bonos adquiridos por
los bancos se canjearon por títulos bursátiles
que podían venderse libremente, fomentando
la creación de mercados de deuda soberana.
Ese fue el combustible del caos. Cualquiera
podía convertirse en tenedor de bonos
soberanos de cualquier país que emitiera
deuda y jugar dentro de los débiles marcos
legales existentes el juego de las finanzas.
Insisto en el marco normativo porque de su
interpretación surgen las posiciones.
Podríamos decir que en el sistema de deuda
anterior a Brady se podían identificar los
actores más claramente: Estados y bancos
comerciales. Por tanto, los contratos de
deuda exterior contemplaban cláusulas
ajustadas a dichos actores y a sus respectivos
roles. Con la liberación del mercado de
títulos públicos, los bonos son al portador, es
decir que el acreedor puede transferirlos a un
nuevo acreedor sin la interferencia del Estado
deudor, por lo que el escenario de actores y
por tanto la reglamentación, se vuelven más
difusos. Los fondos buitre han hecho un
buen uso de este vacío legal. Su práctica
consiste en comprar bonos de Estados en
situaciones económicas críticas (o de
empresas próximas a la quiebra) y salirse de
las negociaciones de reestructuración de
deuda, para luego reclamar el valor nominal
de los bonos y hacer diferencias exorbitantes
de dinero. Efectivamente esas fueron las
acciones tomadas por NML, principal fondo
que reclama el pago a la Argentina apelando
al tribunal de Nueva York.
La legitimidad del fallo de Griesa se sustenta
en primer lugar en la efectiva jurisdicción de
su tribunal escogido por la República
Argentina e incluido en los contratos de
deuda, y en la legalidad de las cláusulas de
dichos contratos que dejan liberada la acción
para las negociaciones de reestructuración.
Sin embargo, esa ‘legalidad’ deviene en
‘legalismo’ cuando se pone en jaque la
supervivencia económica de un Estado y su
soberanía.
Soberanía argentina
Las medidas llevadas a cabo por el gobierno
de Cristina Kirchner pueden ser objetables
desde un aspecto formal e incluso pueden
desencadenar efectos económicos nocivos. El
juez Griesa podría ejecutar su sentencia
embargando capitales y bienes del país,
podría desalentarse la inversión extranjera y la
fuga de capitales así como también haber
consecuencias en la balanza comercial. Por
ejemplo, los créditos negociados con China
para obras públicas se encuentran frenados
hasta tanto Argentina no salga del default
técnico.
Pero, por otro lado, el pago de bonos a los
fondos buitre en los términos exigidos y la
consecuente puesta en práctica de la cláusula
RUFO dejarían al país en bancarrota. Para
clarificar las acciones de Argentina repasemos
brevemente: en 2005 y 2010 se abrió el canje
de deuda por medio del cual se negociaron
reestructuraciones de deuda con más del
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noventa por ciento de los bonistas; ante el
litigio impulsado por NML y el fallo de
Griesa la Argentina apeló a la Corte Suprema
de los Estados Unidos y ésta declaró que no
podía intervenir en la sentencia del juez
federal; se puso en práctica la revocación de
la representación del Banco de Nueva York
por medio del cual la deuda debía pagarse y
se está impulsando un proyecto de ley para
que el pago se realice en el país a través del
una sociedad del Banco Nación; se llevó a los
Estados Unidos al tribunal de La Haya
(tribunal que debe ser aceptado por este país
para que la controversia pueda dirimirse)
alegando la preservación de la soberanía
Argentina.
Con todo, lo que en realidad se pone de
manifiesto es el silencio (o el apoyo al fallo de
Griesa) de Estados Unidos cuando se
relaciona su gobierno con las donaciones de
los holdouts en cuestión, y de donde se
desdobla otra faceta de las posibilidades que
ofrece el desorden a quienes saben
aprovecharlo. Restará esperar la marcha del
proyecto impulsado por una agrupación de
bancos y de países emergentes de crear un
marco multilateral de regulación para la
reestructuración de deudas soberanas que
incipientemente apunta a la democratización
de las negociaciones al establecer que si un
mínimo determinado de acreedores se
encuentra dispuesto a negociar, el resto
(incluidos los que siempre quieren quedarse
afuera) también deberá formar parte de la
reestructuración.
9 LA DESVENTURA DE LA POLÍTICA
EXTERIOR ARGENTINA
Por Iván Juárez Schmidt alumno de la carrera de RRII en UAI
La postura de la República Argentina frente al conflicto con los
holdouts, sigue socavando la desgastada imagen que los capitales extranjeros tienen sobre
el país. Si bien la intención de la Argentina es honrar la deuda contraída a lo largo de su
historia, el tecnicismo utilizado para ordenar por vía del Banco Central la revocación de la
autorización conferida al Bank ok New York-Mellon es un paso atrás para las estrategias
comerciales y de captación de inversiones que el país pretende jerarquizar.
En esta era financiera, donde el dinamismo
comercial confluye por intermedio de
entidades que articulan los intercambios
comerciales (entre privados o entre privados
y estatales), no es una medida acertada la
revocación del permiso de un Banco
Extranjero. Las inversiones que se
encuentran en la cartera de oportunidades
financieras que el mundo provee, no ven con
optimismo las medidas unilaterales que un
Gobierno lleva adelante para cumplir sus
propósitos, sin agotar las vías de negociación
y sin intermediación del poder judicial. Si
bien son varias las Países que se hicieron
mella del conflicto y apoyaron a la República
Argentina frente al oportunismo de los
holdouts, los grandes capitales solo se guían
por el cumplimiento de los acuerdos
suscriptos con cada país y la buena voluntad
de sus representantes.
Lo mencionado anteriormente, conlleva a un
debilitamiento de la República Argentina en
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la atracción de la Inversión Extranjera
Directa (IED). Según las últimas mediciones,
tomando como periodo de análisis Agosto
2013 – Agosto 2014, la República Argentina
en términos porcentuales ha decrecido en un
25% en lo que respecta al IED (Siendo que
en Sudamérica creció un 33%) (1).
El IED no sólo contabiliza las entradas netas
de fondos, sino también la reinversión de
utilidades realizada por las empresas
transnacionales. Teniendo en cuenta este
aspecto podemos destacar que hay grandes
compañías que no han reinvertido sus
ganancias.
No solo estamos ante una crisis de aportes de
Inversiones Extranjeras, sino en una crisis de
la reinversión de las ganancias de las
empresas transnacionales. Si bien debieron
invertir debido al cepo al dólar que el
Gobierno mantiene desde el 2011, esta tasa
de reinversión ha decrecido en un 14% en el
periodo analizado ut supra.
Contexto – Una mirada a la proyección de los vecinos.
El contexto de los últimos años para
Sudamérica no tiene precedente, tanto en lo
que se refiere a los flujos de IED recibidos
como a las oportunidades de inversión en el
exterior para avanzar en la globalización de
sus empresas. Como destaca Alicia Bárcena,
secretaria ejecutiva de la CEPAL, “los países
de la región no sólo siguen siendo atractivos
para los inversionistas extranjeros, sino que
también se están atreviendo cada vez más a
conquistar otros mercados a través de las
translatinas” (2).
Los factores que han influenciado la llegada
de IED a Sudamérica continúen siendo
relevantes en los próximos años. Si bien la
Argentina se ha beneficiado de este contexto
regional, es prioritario revertir la pérdida de
posiciones relativas con respecto a nuestros
vecinos, tanto en lo que respecta a la
recepción de flujos de inversión extranjera
como a la globalización de nuestras empresas
haciendo inversiones en otros países. De no
hacerlo, el costo de oportunidad será cada
vez más alto. Teniendo en cuenta el
problema de las restricciones a las monedas
extranjeras/importaciones y la necesidad de
inversión, es imprescindible debatir cuáles
son las políticas y condiciones más adecuadas
para recuperar una política exterior adecuada
a los tiempos que estamos recorriendo.
Notas bibliográficas 1 Los números son sustraídos de la página de la CEPAL – www.cepal.org/argentina/
2 Las empresas de países en desarrollo, denominadas "translatinas", representan un nuevo fenómeno económico en
América Latina y el Caribe al surgir como nuevas inversionistas, aseguró el miércoles un informe regional. Según la
Comisión Económica de Naciones Unidas para América Latina y el Caribe (CEPAL), debido a su expansión
internacional, las empresas "translatinas" están adquiriendo cada vez más importancia en la economía mundial. El informe
de la CEPAL sobre las Inversiones Extranjeras Directas (IED), las "translatinas" han incrementado sus procesos de
internacionalización, especialmente a partir de los años 1990. En ese proceso, dichas empresas fueron motivadas por
factores como las reformas económicas, mercados locales saturados, oportunidades en países vecinos y la necesidad de
diversificar riesgo.
La mayoría de las empresas transnacionales de la región provienen de Argentina, Brasil, Chile y México.
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10 Fin de la Segunda Guerra Mundial: Plan Marshall y la
configuración del nuevo orden internacional Por Emiliano Meza, alumno de la carrera de RRII en UAI
Los Estados Unidos impulsaron el Plan Marshall de ayuda económica a
los países europeos para mantener el orden internacional, evitar la expansión
comunista y ampliar su poder dentro del sistema internacional bipolar característico de la
Guerra Fría.
Finalizada la Segunda Guerra Mundial se
empieza a esbozar un nuevo orden
internacional, los Estados Unidos y la Unión
Soviética eran las únicas potencias militares
de primera magnitud. En este sentido, el
equilibrio de poder será totalmente distinto,
ya que estará enmarcado dentro de una
estructura bipolar, donde la lucha de poder y
la carrera armamentista entre ambas
potencias caracteriza al periodo denominado
como Guerra Fría.
Los Estados Unidos observaban muy de
cerca la grave situación europea, la crisis
económica que estaban atravesando podía
ampliar el descontento social en el continente
y verse afectados por la influencia soviética.
El desarrollo de una economía europea fuerte
se volvía una prioridad para Washington.
Esto estimuló la creación del Plan Marshall,
un proyecto para la recuperación de los
países europeos que habían sido afectados
por la guerra.
El Plan Marshall aportó una ayuda de
aproximadamente 13 mil millones de dólares
entre 1947 y 1951. El éxito del plan fue
esencial en la política de contención de los
Estados Unidos, la recuperación económica y
el asentamiento de los regímenes
democráticos en Europa Occidental.
Durante este periodo, Europa vivió el
máximo crecimiento económico de su
historia. La producción industrial se
incrementó un 35% y la agrícola sobrepasó
fuertemente los niveles de antes de la guerra.
La pobreza y el hambre de los primeros años
de posguerra desaparecieron y Europa
Occidental tuvo delante de sí dos décadas de
crecimiento sin precedentes.
Sin lugar a dudas, la intención de los Estados
Unidos no era simplemente la benévola idea
de ayudar a los Estados europeos en su
recuperación económica. Entendemos que
los actores del sistema internacional se
mueven por intereses; Estados Unidos es una
potencia que ha sabido llevar adelante una
política imperialista de expansión económica
como ningún otro Estado de la época.
El Plan Marshall tiene implícita la política de
contención de los Estados Unidos y
representa al capitalismo norteamericano que
buscaba posicionarse por sobre el
comunismo de la Unión Soviética, para evitar
su expansión por la devastada Europa pos
Segunda Guerra Mundial.
Estados Unidos ya iniciaba en ese entonces
una carrera que duraría décadas por la lucha
de poder con la URSS, por la consolidación
RECORDAMOS LA 2WW
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de sus propios ideales democráticos, por la
expansión del capitalismo y por obtener el
lugar de potencia hegemónica, hoy en día en
decadencia.
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Los Fondos Buitres Por Alejandro Olmos Gaona
Historiador y autor del libro "Deuda Odiosa. El valor de una doctrina jurídica como instrumento de
solución política", editorial Ediciones Continente
Fuente http://www.aldorso.com.ar/24-NOV-12_Olmos.htm
Con motivo del embargo y virtual secuestro de la Fragata Libertad, la Presidenta de la Nación y
gran parte de los funcionarios del gobierno, se cansaron de hablar de los fondos buitres, de sus
prácticas deleznables y de la especulación que conllevan sus acciones, que se apartan del
negocio convencional de la compra de bonos para usar diferentes modos de enriquecerse
sobre la base de las dificultades de los países que tienen un cierto riesgo soberano, o aquellos
que entraron en default. Los fondos de inversión como NML, Fintech, Fidelity y Gramercy y otros, han sido
caracterizados de buitres, debido a quese dedican a operaciones especulativas, comprando
deuda a bajo precio de países en riesgo de default, y después ejecutando la misma para lograr
el pago nominal de los bonos, con más las acreencias pactadas.
Esto ocurrió hace unos años cuando Elliot Associates
demandó al Perú por una operación de Bonos Brady,
y ese país se vio obligado a negociar, pagando el
reclamo, para evitar una situación conflictiva con los
otros tenedores de Bonos. Teniendo la misma
intención los grandes grupos financieros utilizan
mecanismos más sutiles y estrategias más
diplomáticas, pero no existen diferencias con los
buitres en cuanto a sus objetivos y las ganancias que persiguen, solo que operan más
formalmente negociando en forma directa con los gobiernos a través de acuerdos reservados,
que solo ven la luz pública cuando todo ha sido resuelto, no informándose la realidad de lo que
se ha pactado, y solo mostrando algunos aspectos de la negociación, que hagan aparecerla
como algo favorable para el país deudor. Lo ocurrido con el canje de la deuda efectuado en el año 2010, es un claro ejemplo de ello, y
muestra algunos criterios selectivos para la calificación de fondos buitres, siendo aplicable la
misma, cuando no hay un acuerdo con ellos, y exceptuándolos de tal caracterización, cuando
existen acuerdos que no trascienden y donde se negocia con especuladores que asumen otras
formas operativas, pero cuyos objetivos y réditos son sustancialmente los mismos. Después de efectuada la restructuración de la deuda externa en el año 2005, se dictó la Ley
26.017, llamada ley cerrojo, que no admitía ninguna renegociación con aquellos acreedores
que no se hubieranacogido al canje del año 2005. No obstante las intenciones de cerrar
definitivamente todo acuerdo con los Holouts, el Poder Ejecutivo, pidió al Congreso Nacional en
el año 2009 la suspensión de esa Ley, y en virtud de ello se dictó la Ley 26547, suspensiva de
la Ley cerrojo y posteriormente los Decretos 1953/09 y 563/10 que autorizaron un nuevo canje
de deuda. Esta nueva operación, ha sido materia de una denuncia en la justicia, debido al posible tráfico
de influencias y la utilización de información privilegiada por parte de bancos y particulares, que
compraron bonos a precios ínfimos (como lo que hizo NML), sabiendo que a través de
gestiones reservadas el canje se iba a abrir, y en consecuencia se podría negociar con el
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gobierno, obteniendo ingentes ganancias a través del reconocimiento que se haría del valor de
los bonos, a los que se les añadiría como premio el cupón atado al PBI, con efecto retroactivo. En ese canje el Congreso Nacional fue nuevamente marginado, ya que pese a que el art. 75 de
la Constitución establece la responsabilidad del Congreso Nacional en el arreglo de la deuda
pública, en ningún momento el Parlamento Nacional analizó, evaluó y aprobó la oferta
financiera que a través del canje el gobierno argentino les hizo a los bonistas. Según el PEN, el
Art. 51 de la ley 26546 de Presupuesto General resultaba suficiente autorización para proseguir
con la normalización de los servicios de deuda pública en default en los términos del Art. 65 de
la Ley de Administración Financiera. La ilegalidad de la operación se observa en el hecho objetivo de que el grupo financiero que
lideró el canje es al mismo tiempo representante de los bonistas y autor de la oferta financiera.
Es decir, se diluye de manera absoluta la relación Estado-deudor versus bonistas-acreedores,
ya que el grupo financiero liderado por el banco Barclays unifica ambos polos de la relación.
Demás está decir que normalmente los bancos coordinadores actúan en representación de la
República para llegar a los inversores y no al revés. Corresponde agregar también que los
bonos que se canjearon estaban sujetos a la investigación que lleva adelante el Juzgado en lo
Criminal y Correccional Federal N° 2, en las causas denominadas Olmos II y Olmos III por lo
que la operación de canje burló el accionar de la justicia y blanqueó las acreencias de los
bonistas. Como dato adicional debe observarse también que el Banco Barclays es además
socio de una de las petroleras que explora en el mar de Malvinas.
La sospecha acerca del tráfico de
influencias apareció tras haber identificado
la participación de la Arcadia Advisors en
la operación, consultora que si bien vino
preparando este canje como actor
protagónico desde el año 2008 junto a los
tres bancos intervinientes, en ningún
momento había sido mencionada por el Ministerio de Economía, en toda la información que
fuera suministrada sobre la operatoria de canje. A través de la investigación efectuada por el Diputado Claudio Lozano, se pudo conocer que
Arcadia es conducida por los doctores Emilio Ocampo y Marcelo Etchebarne y se
constata que esta consultora y el último de los nombrados participaron en los canjes de
deuda provinciales de Formosa, Mendoza, San Juan y Provincia de Buenos Aires (en
todos los casos gobernadores claramente alineados con el Gobierno Nacional).
Asimismo, se pudo confirmar que Diego Bossio (responsable del ANSES y colaborador
directo del Ministerio de Economía) fue asesor del Gobernador de Mendoza Celso Jaque
en la renegociación (canje) del Bono Aconcagua y que casualmente, su hermano (Pablo
Bossio) trabaja desde el año 2009 en el estudio jurídico del Dr. Marcelo Etchebarne. Para verificar el rol de Arcadia se formalizó el proyecto de resolución 2045-D-2010 presentado
el 12/04/2010 por varios diputados. La respuesta al mismo -y al impacto público de la denuncia
formulada- fue el "blanqueo" de esa consultora respecto a su papel en el canje en el Prospecto
del mismo -f. 660 de los anexos al Decreto 563/10. En septiembre de 2008 la Argentina recibió del Coordinador Global y Arcadia Advisors
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("Arcadia") una propuesta inicial para implementar un canje de Títulos Elegibles anteriores a
2005. La propuesta se realizó en representación y sobre la base de expresiones de interés de
varios grandes tenedores institucionales internacionales asesorados por Arcadia que
representaban un monto sustancial de Títulos Elegibles anteriores a 2005 ("Los Tenedores Iniciadores"). La estructura jurídica y financiera que sustentó la propuesta fue diseñada originalmente y
analizada por Arcadia con uno de los mayores Tenedores Iniciadores en enero de 2008.
Arcadia recibió, además, expresiones de interés de otros tenedores de Títulos Elegibles
anteriores a 2005 y, en marzo de 2008, invitó al Coordinador Global a participar en la
transacción y concertó condiciones de compensación sobre la base de una relación de
exclusividad entre Arcadia y el Coordinador Global.
Esa relación de exclusividad se aplicó a la propuesta revisada que el Coordinador Global
presentó a la Argentina en octubre de 2009 con respecto a títulos Elegibles anteriores a 2005.
Posteriormente, la Argentina invitó a Citigroup Global Markets Inc. y Deutsche Bank Securities
Inc. a desempeñarse como Colocadores Coordinadores en forma conjunta con el Coordinador
Global. Arcadia es una empresa de asesoramiento financiero que brinda asesoramiento sobre
fusiones y adquisiciones, restructuraciones de deuda y obtención de capitales, siendo
sus socios principales Emilio Ocampo y Marcelo Etchebarne, con antecedentes en banca
de inversión y derecho
societario,
respectivamente.
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El Sr. Ocampo tiene 20 años de experiencia en finanzas internacionales y durante varios años
fue director gerente de Salomón Smith Barney y de Morgan Stanley en sus oficinas de
Nueva York y Londres, respectivamente. Se graduó como Licenciado en Economía en la
Universidad de Buenos Aires y realizó un MBA en la Universidad de Chicago. Fue además
Vicepresidente del Chase Manhattan Bank de Nueva York, siendo su suegro, Mr. Robert
Douglass Brooke, consejero de Nelson Rockefeller y presidente de Cedel (Centro Internacional
de Intercambio de valores y liquidación de Luxemburgo) y también integrante del estudio
Milbank, Tweed, Hadley y McCloy, la oficina de abogados más importantes de los Estados
Unidos, quien instrumentara todos los contratos del Plan Brady en 1992. Por su parte Marcelo Etchebarne es persona con amplia experiencia en los mercados de
capitales locales e internacionales y en la restructuración de deuda soberana. Ha obtenido
títulos de derecho en la Universidad Católica Argentina y Harvard Law School, es miembro de
la Asociación de Abogados del Estado de Nueva York y fue asociado internacional de Simpson
Thacher & Bartlett en Nueva York. El Sr. Etchebarne también es socio del estudio jurídico
Cabanellas, Etchebarne Nelly & Dell´Oro Maini, que se desempeña como asesor jurídico local
del Coordinador Global en lo referente a la Invitación." En el prospecto de ofrecimiento" se dijo que “Además, la Argentina y los Coordinadores
Colocadores reconocen que conforme a un convenio de asignación de honorarios entre
Arcadia Advisors S.A. (Arcadia) y el Coordinador Global, el Coordinador Global asignará a
Arcadia de los honorarios que el Coordinador Global recibe del Agente de Canje (Como se
define más adelante), neto de cualquier honorario totalizador de enlace para instrucciones
(aggregator fee) y honorario minorista, el monto de remuneración de Arcadia, que será de un
máximo de US$ 5 millones." Esto sinceró el proceso: Arcadia "juntó" varios bancos de inversión y fondos que adquirieron a
precios viles los bonos en default - y por fuera de los mercados secundarios, lo que hace más
difícil determinar esos precios- y con esa masa crítica convocó a Barclays Capital Inc. (que ya
había participado en el canje del 2005) para elevar una propuesta de reapertura del canje. En
un principio se ideó un canje colectivo (Préstamos Garantizados, Bonos con CER y Holdouts)
quedando los últimos para una etapa ulterior. En octubre de 2009 se firmó la carta de intención
con los bancos organizadores y en un trámite express, el 18 de noviembre diputados y
senadores ya habían aprobado la suspensión de la ley "cerrojo". Una de las más graves contradicciones de esta secuencia estriba en que, mientras que la Carta
Convenio firmada con los bancos y ratificada por resolución 267/09 del 10/12/2009 dice que: ..."
Argentina, por la presente, contrata al Coordinador Global y a los Bancos Colocadores para
trabajar en el análisis financiero, en el diseño y estructuración y, dentro del contexto de la
legislación vigente oportunamente en Argentina y sujeto a las autorizaciones legales que
correspondan, para implementar un canje de hasta el monto total pendiente de pago de los
títulos de deuda emitidos por Argentina, elegibles para la oferta de canje realizada por
Argentina en el año 2005 (la "Oferta de 2005") pero no presentados para el canje (la "Deuda No Canjeada") en condiciones más atractivas para Argentina que aquellas
ofrecidas en la Oferta de 2005..." la ley 26547 de reapertura del canje se puso del lado de los
acreedores. Esta contradicción entre lo comprometido por los bancos y confusa redacción de la ley supuso
una estructura de "suma cero" entre los intereses del país y de los tenedores de deuda. Pero
esto no es así ya que Diputado Nacional Claudio Lozano demostró que: "pese a lo expuesto
por el Ministro de Economía, e incluso pese a que la oferta que originalmente se iba a formular
fue modificada bajo la posibilidad de ser tildada como escandalosa, aun así lo que fue
anunciado y pretende instrumentarse en los próximos días es, ciertamente, una oferta más
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generosa que la que se hiciera en el 2005. Para ser precisos lo que estamos sosteniendo
quiere decir que la oferta del Poder Ejecutivo no solo no fue aprobada por el Parlamento sino
que incluso desvirtúa el sentido de lo que el Parlamento aprobara en ocasión de suspender los
efectos de la Ley Cerrojo." Agregaba Lozano que "...El canje de deuda reabierto en el marco de la suspensión de la "Ley
Cerrojo" que se efectuó, sin que hasta la fecha se haya dado una explicación detallada del
mismo, constituye el broche de oro del marcado vuelco a la ortodoxia del gobierno nacional
iniciado hace más de dos años. Los esfuerzos del Ministro Boudou al intentar demostrar que el
canje beneficiaba a la Argentina ya que de esta manera se vuelve a los mercados voluntarios
de deuda y a la vuelta de un flujo inversor son vanos al quedar en evidencia la falsedad de
esas premisas y de los ejes sobre los que descansa esta operación. Así, la restructuración de unos U$S 9.500 millones en default implicó una ganancia
extraordinaria para los bancos y particulares participantes, demanda para los pagos futuros un
fuerte esfuerzo fiscal y externo y entra en colisión con los mismos preceptos que Economía
venía sosteniendo respecto a su política de administración de pasivos. Así puede verse como ese canje tuvo efectos no neutros entre el país y los acreedores, ya que
no parece razonable por antieconómico que alguien que ya ingresó al canje en el 2005 haga
uso de la nueva opción, pero aquellos que no lo hicieron pudieran retrotraer su decisión al
2005, con la ventaja de recibir un cupón PBI con probabilidad de cobro mucho mayor que en el
2005. O sea que Argentina tiene una probabilidad de pagar mucho mayor que lo comprometido
en el 2005. Mario Cafiero, recogió algunos antecedentes y puntualizó que"...Aunque se intente buscar
reparo legal a estas negociaciones con la posterior sanción de la ley de suspensión de la ley
cerrojo (26.547) existe un período previo en donde determinados fondos especuladores usando
"información privilegiada del Estado" adquirieron -de forma previa e inmediata y/o durante el
momento de la negociación- bonos argentinos en default. Bonos que como se dijo, su
cotización era insignificante dada la vigencia del art. 4 de ley cerrojo, que dispuso que esos
bonos se debían "retirar de cotización en todas las bolsas y mercados de valores, nacionales o
extranjeros". En estas circunstancias esos fondos, a la par que iban adquiriendo sigilosamente todos los
bonos que pudieron comprar, impulsaban al gobierno nacional a levantar la ley cerrojo. Incluso,
el mismo gobierno con ambiguas declaraciones públicas, a través de sus más altos
funcionarios, se encargaron de deprimir aun más la cotización de los bonos, como las
efectuadas en septiembre del 2008 a la par que los bancos presentaban su propuesta de canje. En esa oportunidad el Jefe de Gabinete Massa, y el ministro del Interior Randazzo hablaban de
una quita superior al 75 %. Y la presidenta Fernández de Kirchner afirmó en Nueva York ante el
Council of Foreing Relations, que los bancos habían hecho "una más que inteligente
propuesta en condiciones para la República Argentina, mucho más favorables que las
condiciones del canje del 2005". Por otra parte, esa masa crítica de bonos que se comprometieron a aportar al canje los bancos
organizadores tenían dueños conocidos: "...Según un comunicado de prensa emitido por el
Ministerio de Economía, los mismos Fondos Fintech, Fidelity y Gramercy, con que se
negociara en el canje de 2005, y con los que se mantuvieron reuniones a partir de
noviembre de 2003, serían los que ahora diseñaron la salida de Argentina del default.
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Fintech se presentó como "Amicus curiae" de Argentina ante el Juzgado
Federal de New York del juez Griesa, cuando tenía una posición de 700 millones de dólares, que ingresó al canje de 2005 (Amicus Brief por FinTech Advisory Inc. a favor de Argentina en relación con el litigio Ltd. EM.). Sin embargo parecería que Fintech olvidó ingresar algunos bonos al canje, o bien habría comprando nuevas posiciones en base a información privilegiada...” "...El grupo Gramercy Advisors, está integrado por sociedades constituidas en paraísos fiscales, bajo las leyes de las Islas Gran Cayman, con sede principal de negocios en el mismo lugar. Según publica en su página web, se trata de un fondo especulativo con cobertura en mercados emergentes. La expedita ganancia que obtendrá de Argentina en esta operación, le dará un importante antecedente de prestigio en los mercados del mundo. Jorge Cerritelli, su director y Jefe de Estrategia Global, no es un inversor desprevenido a quien sorprendió el default de 2001. Cuenta con más de 20 años de experiencia en mercados de valores de deuda emergente, y tiene como antecedente estrechas vinculaciones laborales con el Grupo Fintech. PARTNERS. Es una sociedad constituida bajo las leyes del paraíso fiscal de Guernesey, con su oficina principal de negocios en la misma isla..." "...El volumen de bonos aportados por Gramercy, cuya intervención habría sido fundamental en la negociación, asistiendo permanentemente a funcionarios públicos que manejaron la negociación, comenzó con un costo de compra de 29 millones de dólares al comienzo de 2008. Se elevó a 150 millones hasta el día de anuncio del canje. Y el diario Ámbito Financiero (21/04/10) informó que: "El fondo Gramercy confirmó que entra con u$s 3.000 millones" y "es el primero que acepta formalmente la oferta por default" El accionar de estos fondos especulativos habría estado conectado con estudios de abogados, como el de Hughes Hubbard & Reed y Liendo &; Castiñeyras, donde participa como socio el ex funcionario y estrecho amigo de Domingo Cavallo, Horacio Liendo, los cuales al convocar a los tenedores de bonos, habrían obrado como señuelo para que los fondos especulativos pudieran identificar a los tenedores de los bonos en default, y negociar su compra..." Debido a que todas las formas operativas de este canje, mostraban una clara connivencia de funcionarios con fondos especulativos a quien el gobierno no calificó como buitres, se planteó un pedido de investigación sobre todas las modalidades que rodearon la operación de canje en el año 2010, identificando a los tenedores de bonos que se vieron beneficiados con la propuesta y pidiendo al Agente de Canje y Agente Fiduciario (el Bank of New York Mellon) y al Agente de Información (Georgeson S.R.L.) el listado de tenedores de títulos de deuda presentados al canje, en virtud de las Cartas Convenio incluidas como anexos de la Resolución 230/2010 del 29/04/10 del Ministerio de Economía y de las declaraciones, garantías y compromisos asumidos por los Tenedores de Títulos de acuerdo al Prospecto de Emisión. La causa que iniciara el diputado Fernando Solanas quedó radicada en el Juzgado en lo Criminal y Correccional Federal a cargo del Dr. Ariel Lijo. De acuerdo a los registros del BONY Mellon (Fiduciario), sólo llegaríamos a nivel de los Sistemas Compensadores Principales (Caja de Valores, Clearstream Banking AG, Clearstream Luxembourg, Euroclear, Iberclear, Monte Titoli Spa, OEKB, SIS) ya que la casi totalidad de los Títulos son Títulos Globales, definidos como tales en el acápite c) (3) de la Sección 2.5 del Contrato de Fideicomiso incluido en el anexo al decreto 563/10 en folio 1322. O sea que casi todos los Títulos tienen la forma de escritural y son "partes" de un Global cuyo Titular es el Depositario (el Sistema Compensador). Para poder avanzar en la búsqueda de los beneficiarios
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reales, se debe ir más allá. La Argentina realizó acuerdos especiales con los sistemas compensadores principales con la finalidad de que esos sistemas pudieran presentar directamente al agente de canje notificaciones de aceptación electrónicas en representación de los tenedores oferentes. Estos sistemas compensadores principales podían cumplir esa función incluso con respecto a los Títulos Elegibles que no estén registrados a su nombre (o a nombre de su representante depositario). La Argentina designó a cada uno de estos sistemas compensadores como sistemas compensadores principales a los efectos de la Invitación, ya sea porque los Títulos Elegibles están registrados a nombre de dicho sistema compensador (o un representante de su depositario) o la Argentina esperaba que un número importante de ofrecimientos fueran presentados a través de dicho sistema compensador. De acuerdo con algunas de las modalidades de la operación la República Argentina tiene a su disposición la información necesaria como para determinar, a nivel de Beneficiario y a nivel de Participante Directo -en los términos en que los define el Prospecto de Emisión- quiénes fueron los Bancos, Fondos de Inversión o particulares que se adhirieron al canje de deuda formalizado por el Decreto 563/2010 y cuya fase mayorista venció el 12 de mayo de 2010 y la minorista vencía -y se prorrogó dos semanas- el 7 de junio de 2010. Aunque estos datos permitirían corroborar el tráfico de influencias y el manejo de información privilegiada de parte de los distintos actores, además de permitir inferir cuando y a qué precios fueron adquiridos los bonos ahora canjeados así como el beneficio resultante, el secreto sobre la operación no permite conocer nada más que los decretos y las resoluciones oficiales sin saber hasta el día de hoy todas las alternativas de esta operación lesiva para los intereses de la Nación. En este caso los buitres dejaron de serlo por haber acordado con el gobierno nacional, aunque las compras de bonos, las realizaron de la misma manera de los que hoy ejecutan a la Argentina, teniendo sus mismos objetivos en cuanto a maximizar sus ganancias especulativas, sin importarles en modo alguno los perjuicios ocasionados al país, porque esa es la lógica del capitalismo, y así operan sistemáticamente los operadores financieros.
EL CONFLICTO ENTRE BUITRES En estos momentos, habiéndose negociado el 93% de la deuda, por intermedio de un conjunto de bancos, algunos de ellos históricos acreedores de la Argentina como el Citibank, quedó fuera de los canjes del 2005 y 2010, apenas un 9%, de esa deuda, que entre capital e intereses suman alrededor de 11.000 millones de dólares, adquiridos por capitales especulativos marginales a los grandes sectores financieros. Es por eso que el Banco de la Reserva Federal, ha solicitado, que no se ponga en peligro el cobro de los que negociaron con el gobierno, porque ello pondría en peligro todo el esquema financiero acordado con los bancos transnacionales. Para Citigroup Global Markets Inc. y Deutsche Bank Securities Inc. y Barclays Capital Inc., UBS Limited y Merrill Lynch, Pierce, Fenner & Smith Incorporated, quienes participaron en los dos canjes de deuda, resulta inadmisible que sus ganancias, se vean comprometidas por la acción de NML y Aurelius que pidieran al Juez Griesa, que aplique la clausula pari passu inserta en los bonos ejecutados, y de esa manera pretender cobrar en un pie de igualdad con aquellos que si aceptaron negociar con el gobierno. Los “grandes” especuladores, no toleran que los buitres más chicos puedan entorpecer el gran negocio de los bonos, que desde hace más de treinta años significa una formidable transferencia de recursos del país hacia los grandes centros del poder real. Aunque el Banco de la Reserva Federal, controlado por los grandes buitres, exigiera una
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solución al problema, que evitara un perjuicio para los bonistas negociadores, el Juez Thomas Griesa decidió, ayer que la Argentina cumpla estrictamente con lo que pactó en todos los bonos emitidos durante la década de 90, ya que en ningún caso, podría realizar negociaciones o arribar a acuerdos que privilegiaran a unos acreedores sobre otros, debido a que la cláusula pari passu inserta en un contrato financiero determina que los créditos deberán de guardar las mismas igualdades de derechos y obligaciones en relación con otras deudas similares de un mismo emisor. Por cierto que, ante el reciente fallo de Griesa las descalificaciones han llovido, aunque a nadie se le ocurrió ir al origen del problema, a los pactos que celebró la Argentina durante el menemismo, a los que se obligó y renunció, y debido a eso, son las consecuencias que se deben afrontar. La intención demostrar estos acuerdos; con Telefónica en un caso, y con los prestamistas en otro, cuya relevancia económica resulta indiscutible, tiene el propósito de que se pueda reflexionar sobre estas conductas gubernamentales que no son propias de lo que es un ESTADO y son la evidencia de una forma de detentar el poder, que solo privilegia los intereses del grupo que lo ejerce, de espaldas al interés nacional.
ANEXO: Fallo de Griesa
TRIBUNAL DE DISTRITO DE LOS ESTADOS UNIDOS / DISTRITO SUR DE NUEVA YORK NML CAPITAL, LTD., Demandante, Contra REPÚBLICA ARGENTINA, Demandado OPINION 08 Civ. 6978 (TPG) 09 Civ. 1707 (TPG) 09 civ. 1708 (TPG) El 5 de marzo de 2012, este tribunal firmó una orden aplazando la vigencia de la Orden del 23 de febrero
de 2012 hasta la apelación de Argentina. Específicamente, el aplazamiento debía permanecer en vigor
hasta que el Tribunal de Apelaciones emitiera su mandato decidiendo sobre la apelación de Argentina.
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Sin embargo, la Orden del 5 de marzo de 2012 contenía la siguiente cláusula en el párrafo 2:
2. Con el fin de garantizar los derechos de los Demandantes mientras esté pendiente la apelación de la
República de las Órdenes del 23 de febrero de 2012 ante el Segundo Circuito, se ordena que, la
República no realice ninguna acción para evadir las directivas de las Órdenes del 23 de febrero de 2012
en el caso de que fueran confirmadas, para dejarlas sin efecto en el caso de que fueran confirmadas o
para limitar la capacidad del Tribunal para supervisar el cumplimiento de las Órdenes del 23 de febrero de
2012 en el caso de que fueran confirmadas, incluyendo sin limitación, la modificación o enmienda de los
procesos o mecanismos específicos de transferencia por medio de los cuales realiza pagos sobre los
Bonos del Canje, sin la autorización previa del Tribunal.
Finalmente, el párrafo 4 y último de la Orden del 5 de marzo de 2012 disponía:
4. Este tribunal conservará su jurisdicción para supervisar y hacer cumplir esta ORDEN y, notificando a
las partes, modificarla, enmendarla o ampliarla como lo exija la justicia para cumplir con sus propósitos de
imparcialidad y tomar en cuenta los cambios materiales de las circunstancias, incluido cualquier
incumplimiento por parte de la República del Párrafo (2) de la presente.
La Orden del 23 de febrero de 2012 fue confirmada por el Tribunal de Apelaciones el 26 de octubre de
2012, sujeta a devolución al Tribunal de Distrito para aclaración de dos preguntas específicas. El Tribunal
de Distrito en el día de la fecha presentará una opinión en respuesta a las preguntas planteadas por el
Tribunal de Apelaciones. El asunto ahora volverá al Tribunal de Apelaciones para tratar las respuestas del
Tribunal de Distrito a las preguntas formuladas. Luego de ello, el Tribunal de Apelaciones dictará un fallo
definitivo. Sin embargo, debe aclararse que las preguntas planteadas al Tribunal de Distrito no afectaron
el fallo básico del Tribunal de Apelaciones de que no puede haber pagos de Argentina a los bonistas del
canje sin un pago adecuado a los demandantes.
En estas circunstancias, el Tribunal de Distrito comúnmente dejaría en vigencia el Aplazamiento del 5 de
marzo de 2012 hasta que el Tribunal de Apelaciones hubiese terminado su labor. Sin embargo, se ha
presentado una circunstancia fuera de lo común que claramente exige una medida judicial, y esa medida
ahora sólo puede ser tomada por el Tribunal de Distrito, donde al presente se halla la causa.
Desde el momento del fallo del Tribunal de Apelaciones del 26 de octubre de 2012, los más altos
funcionarios de Argentina declararon que Argentina pagaría a los bonistas del canje pero no
pagaría un solo dólar a los tenedores de los bonos FAA originales. La presidente Cristina Kirchner
efectuó esa declaración. El ministro de Economía Lorenzino declaró que, pese a cualquier fallo de
cualquier jurisdicción, Argentina no pagaría a los bonistas FAA.
El 9 de noviembre de 2012, el tribunal se reunió con los abogados y preguntó al letrado de Argentina si
los informes de prensa con las declaraciones anteriores eran correctos. Como respuesta, el abogado pasó
a otros temas, dando a entender que los informes no eran desmentidos. En la reunión del 9 de noviembre
de 2012, el tribunal recordó a todas las partes interesadas que Argentina está sometida a la jurisdicción
de los tribunales federales de Nueva York, a lo que Argentina dio su consentimiento. En los últimos diez
años, Argentina repetidas veces sometió los asuntos al Tribunal de Distrito y el Tribunal de Apelaciones y
recibió un tratamiento indudablemente imparcial, dado que Argentina se impuso en la mayoría de las
cuestiones. El tribunal luego exhortó a que el gobierno argentino abandonara esas amenazas poco
atinadas de desobedecer los actuales fallos judiciales y declaró que cualquier incumplimiento de los fallos
de los tribunales no sólo sería ilegal sino que constituiría el peor tipo de irresponsabilidad en el trato con el
poder judicial.
Esto no detuvo a los más altos funcionarios argentinos, quienes hasta el presente continúan con sus
incendiarias declaraciones de que los fallos del tribunal no serán obedecidos.
Esas declaraciones son una violación del párrafo 2 de la Orden de Aplazamiento del 5 de marzo de 2012.
En ese párrafo, se prohíbe que Argentina, durante la apelación, tome medida alguna que eluda la Orden
del 23 de febrero de 2012 en el caso de que fuera confirmada, y además se le prohíbe tomar cualquier
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medida que limite la capacidad del tribunal para supervisar el cumplimiento de la Orden del 23 de febrero
de 2012 en el caso de que fuera confirmada. Conforme al párrafo 4 de la Orden de Aplazamiento, el
Tribunal mantiene la jurisdicción para ocuparse del cambio material de las circunstancias, incluido
cualquier incumplimiento del párrafo 2 por parte de Argentina.
Podría argumentarse que las declaraciones de los altos funcionarios argentinos no constituyen
literalmente el tipo de “acción” a que hace referencia el párrafo 2. Pero la cuestión esencial va más allá de
esto.
Sin duda, se presenta una circunstancia fuera de lo común del carácter más grave con las continuas
declaraciones de la presidente de Argentina y los miembros de gabinete de que Argentina no respetará ni
cumplirá los fallos actuales del Tribunal de Distrito y el Tribunal de Apelaciones en el litigio del que
Argentina es parte.
Es la opinión del Tribunal de Distrito que esas amenazas de incumplimiento no pueden desoírse y que es
necesario tomar medidas.
Después de la debida reflexión, el tribunal ha resuelto que deben tomarse las siguientes medidas. El
tribunal considera que la Orden respecto de los Pagos Tasables debe entrar en vigencia lo antes
posible. Cuanto menos tiempo se dé a Argentina para idear medios de evasión, más seguridad hay de
que no se realizará tal evasión. Por lo tanto, la cláusula de la Orden del 5 de marzo de 2012 que aplaza
el cumplimiento de la Orden del 23 de febrero de 2012 es anulada y se dispone que la Orden del 23
de febrero de 2012, ahora algo modificada, se cumpla sin dilación. Esto significa que la Orden del 23
de febrero de 2012 será aplicable a los pagos de intereses efectuados a los bonistas en diciembre de
2012. Para evitar confusiones y dar un tiempo razonable para arreglar la mecánica, el tribunal especifica
que el pago de intereses en cuestión será el del 15 de diciembre de 2012. Al abogado de Argentina
se le ordena consultar con el abogado de los demandantes para determinar la suma exacta que se
pagará a los demandantes y otras mecánicas.
Dado que el Tribunal de Apelaciones no ha dado la palabra final sobre el tema del cálculo de los pagos
a los demandantes, tal pago se efectuará en una cuenta custodia, para que pueda realizarse
cualquier ajuste que exija el fallo definitivo del Tribunal de Apelaciones. El Tribunal consultará con
los abogados cuál será la institución o parte que tendrá la cuenta custodia.
Copias de esta opinión, junto con copias de la Orden Enmendada del 23 de febrero de 2012, que llevará
la fecha de hoy, se entregarán prontamente a las partes involucradas en los pagos a los bonistas del
canje, quienes serán notificados de que los pagos de intereses del 15 de diciembre de 2012 debidos a los
bonistas del canje no pueden efectuarse a menos que Argentina certifique que realizará el pago debido a
favor de los demandantes en la cuenta custodia, ya sea por anticipado o coincidiendo con cualquier pago
a los bonistas del canje.
La Orden Enmendada del 23 de febrero de 2012 se emitirá hoy. Se denominará “Orden Enmendada del
23 de febrero de 2012” y llevará la fecha de hoy, 21 de noviembre de 2012.
Fechado: Nueva York, Nueva York
21 de noviembre de 2012
Thomas P. Griesa
Juez de Distrito de los EE.UU.
TRADUCCIÓN: Elisa Carnelli
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