Romano i leccion 10

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DERECHO

ROMANO I

EL MATRIMONIO

DEFINICIONES

MODESTINO

“Es la unión del hombre y la mujer, consorcio para toda la

vida, comunicación de los derechos divinos y humanos”

DEFINICIONES

ULPIANO

“Es la unión del hombre y la mujer que implica comunidad

absoluta de existencia”

DEFINICIONES

JUSTINIANO

“Es la unión del hombre y la mujer que comprende el

comercio indivisible de la vida”

ELEMENTOS FUNDAMENTALES

CONVIVENCIA CONTINUADA

AFFECTIOMARITALIS

ESPIRITUALMATERIAL

COHABITACIÓNTRATO Y

COMPORTA-MIENTO SOCIAL

TIPOS DE MATRIMONIOS

MATRIMONIO CUM MANU

MATRIMONIO SINE MANU

MATRIMONIO CUM MANU

La mujer entra a formar parte de la familia del marido, rompiendo el vínculo agnaticio con la familia de la que procedían.

Si el marido era pater (sui iuri) ocupaba el lugar de hija.

Si el marido se encontraba bajo la potestad paterna, ocupaba el lugar de nieta

Como consecuencia de la manus, el marido se hace propietario de los bienes de la mujer

MATRIMONIO SINE MANU

El matrimonio no modifica la condición de la mujer. Si esta es sui iuris, continua siéndolo.

Si es alieni iuris, continua sometida a la patria potestad del jefe de su familia.

En consecuencia, los patrimonios de los esposos continúan separados.

MANUS

Poder aparte del matrimonio, que implicaba la total sumisión de la mujer al pater familias

FORMAS DE AQUIRIRLA

USUSCOEMPTIO CONFARREATIO

COFARREATIO

Acto solemne en el que intervenían el Pontífice Máximo, el falmen dialis y diez testigos.

Tras ciertos actos y palabras solemnes se perfeccionaba la manus.

Solemnidad que fue decayendo con el tiempo.

COEMPTIO

Venta simbólica de la mujer utilizando las formalidades de la mancipatio.

La mujer o el padre, o quien la representaba, debía concurrir ante el libripens y cinco testigos, simulando una compra.

USUS

Consistió en adquirir la manus sobre la mujer mediante la convivencia continuada durante un año.

REQUISITOS DEL MATRIMONIO

APTITUDFÍSICA

APTITUDJURÍDICA

CONSENTI-MIENTO

Contrayentes

Padre

IMPEDIMENTOS

ABSOLUTOS RELATIVOS

1• Matrimonio anterior no

disuelto

2

• Caída en esclavitud (perdida de la iusconnubium)

3• Voto de castidad y ordenes

sacerdotales mayores

4• Castrados

1• Parentesco

2

• Viudas o Divorciadas dentro de los diez meses

3• Razones religiosas

4• Razones Sociales

5• Funciones Públicas

EFECTOS DEL MATRIMONIO

EN RELACIONA LOS CONYUGES

EN RELACIONA LOS BIENES

EN RELACIONA LOS HIJOS

ESPONSALES“Es el pacto o promesa por el cual se

concierta un matrimonio”

CARÁCTERAl principio tenía carácter obligatorio con

relación a la celebración del matrimonio.Luego eran de carácter moral, no dando

acción para obligar a la celebración del matrimonio. Sin embargo, el hecho de contraer segundos esponsales subsistiendo el primero o el de contraer matrimonio con una persona distinta, tachaba de infamia.

CAUSAS DE EXISTINCION

DEL VINCULO MATRIMONIAL

MUERTE

• Si moría la esposa el marido podía contraer nuevas nupcias inmediatamente, si ella sobrevivía debía esperar 10 meses

INCAPACI

DAD LEGAL

• Capitis diminutio máxima: esclavo. Capitis diminitio media: perdida de ciudadanía. Perdida del Ius Connubium

DIVORCIO

• Por mutuo consentimiento, unilateral, sine causa, bona gratia

REPUDIO

• Decisión unilateral del marido en los matrimonios cum manu, basado en causas graves y fundadas

OTRAS UNIONES LICITAS

Concubinato

Matrimonio Sine Connubium

Contubernio

LA DOTE

Dote o Res Uxoria

Es el conjunto de bienes que la mujer u otra persona por cuenta de ésta, entrega al marido para contribuir a solventar los gastos

de matrimonio

CONSTITUCIÓN DE LA DOTE

DICTIO DOTIS

OBLIGACIÓN DE DOTAR

TRANSFERENCIA REAL

DACTIO DOTIS

ADMINISTRACIÓN DE LA

DOTE

En los primeros tiempos la dote, sea por matrimonio cum o sine manu, se consideró propiedad del marido.

Quien había constituido la dote tenía derecho a reclamar su devolución mediante la actio ex stipulatu

Los pretores concedieron a la esposa, a fines de la Republica, la actio rei uxoriae, para la restitución de la dote al tener lugar el divorcio