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Salud
De
rech
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Derecho
po
der Poder
José María Sánchez Bursón
INDICE:
1. Marco teórico del enfoque de los derecho humanos en salud.
2.- Nuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento.
La salud en el nuevo contexto socialLa salud en el nuevo contexto político.La salud ante un nuevo contexto regulatorio
3.- Bases de la Ley de Salud Pública de Andalucía
SALUD/DERECHO/PODERMarco teórico del enfoque de los derecho humanos en salud.
SALUD/DERECHO/PODERMarco teórico del enfoque de los derecho humanos en salud.
«Derecho a la salud no significa derecho a gozar de buena salud, ni tampoco que los gobiernos de países pobres tengan que establecer servicios de salud costosos para quienes no disponen de recursos. Significa que los gobiernos y las autoridades públicas han de establecer políticas y planes de acción destinados a que todas las personas tengan acceso a la atención de salud en el plazo más breve posible. Lograr que eso ocurra es el reto al que tienen que hacer frente tanto la comunidad encargada de proteger los derechos humanos como los profesionales de la salud pública.»
Mary Robinson, Alta Comisionada de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos
SALUD/DERECHO/PODERMarco teórico del enfoque de los derecho humanos en salud.
¿ Derecho a la salud ?
SALUD/DERECHO/PODERMarco teórico del enfoque de los derecho humanos en salud.
Derecho a la salud
Derecho humano
Derecho a la salud
Derecho a la vida
Derecho a la saludDerecho a la protección de la salud
Derecho a la tutela de
la salud
SALUD/DERECHO/PODERMarco teórico del enfoque de los derecho humanos en salud.
SALUD/DERECHO/PODERMarco teórico del enfoque de los derecho humanos en salud.
SALUD/DERECHO/PODERMarco teórico del enfoque de los derecho humanos en salud.
¿Qué se entiende por enfoque de la salud basado en los derechos humanos?
Utilizar los derechos humanos como marco para el desarrollo sanitario.
Evaluar las consecuencias que tiene cualquier política, programa o legislación sanitaria para los derechos humanos y adoptar medidas al respecto.
Tener en cuenta los derechos humanos en la concepción, la aplicación, la supervisión y la evaluación de todos los tipos de políticas y programas (políticos, económicos y sociales, entre otros) que guarden relación con la salud.
SALUD/DERECHO/PODERMarco teórico del enfoque de los derecho humanos en salud.
Cuatro criterios con respecto a los cuales se puede evaluar el respeto del derecho a la
salud:
Disponibilidad. Deberá haber un número suficiente de establecimientos, bienes y servicios públicos de salud y centros de atención de la salud, así como de programas.
Accesibilidad. Los establecimientos, bienes y servicios de salud deben ser accesibles a todos, sin discriminación alguna, dentro de la jurisdicción del Estado Parte. La accesibilidad presenta cuatro dimensiones superpuestas:
No discriminaciónAccesibilidad física ;Accesibilidad económica (asequibilidad);Acceso a la información.
Aceptabilidad. Todos los establecimientos, bienes y servicios de salud deberán ser respetuosos de la ética médica, culturalmente apropiados y sensibles a los requisitos de las minorías, el género y el ciclo de vida, y deberán estar concebidos para respetar la confidencialidad y mejorar el estado de salud de las personas de que se trate.
Calidad. Los establecimientos, bienes y servicios de salud deberán ser apropiados desde el punto de vista científico y médico y ser de buena calidad.
SALUD/DERECHO/PODERMarco teórico del enfoque de los derecho humanos en salud.
Los principios fundamentales que habría que aplicar en estos procesos podrían ser los siguientes:
✓Respetar la dignidad humana.
✓Conceder atención a los grupos de la sociedad considerados más vulnerables.
✓Garantizar que los sistemas sanitarios se hagan accesibles a todos, especialmente a los sectores más vulnerables o marginados de la población, de hecho y de derecho, sin discriminación por ninguno de los motivos prohibidos.
✓Adoptar una perspectiva de género e infancia y reconocer que los factores biológicos y socioculturales influyen considerablemente en la salud de hombres y mujeres y niños que en las políticas y los programas es necesario tener presentes esas diferencias.
✓Garantizar la igualdad y la no discriminación, ya sea voluntaria o involuntaria, en la formulación y puesta en práctica de los programas de salud.
SALUD/DERECHO/PODERMarco teórico del enfoque de los derecho humanos en salud.
Los principios fundamentales que habría que aplicar en estos procesos podrían ser los siguientes:
✓Desglosar los datos relativos a la salud para determinar si hay discriminación subyacente.
✓Garantizar la participación libre, fructífera y efectiva de los beneficiarios de las políticas o programas de desarrollo sanitario.
✓Promover y proteger el derecho a la educación y el derecho a buscar, recibir y difundir informaciones e ideas relativas a las cuestiones de salud.
✓Enunciar las obligaciones concretas de los gobiernos de respetar, proteger y cumplir los derechos humanos.
✓Introducir salvaguardias para proteger de las principales amenazas a las minorías, los inmigrantes y otros grupos «impopulares» en los países, a fin de contrarrestar los desequilibrios de poder.
SALUD/DERECHO/PODERMarco teórico del enfoque de los derecho humanos en salud.
Ingredientes de un enfoque de la salud basado en los derechos humanos:
Derecho a la saludInformaciónCuestiones de géneroDignidad humanaTransparenciaPrincipios de SiracusaPuntos de referencia e indicadoresGestión responsableSalvaguardiasIgualdad y no discriminaciónDesglose de los datos sobre la saludAtención a los grupos vulnerablesParticipaciónIntimidadDerecho a la educaciónEquilibrio óptimo entre los objetivos de salud pública y la protección de los derechos humanosAccesibilidadObligaciones concretas de los gobiernosVinculación expresa con los derechos humanos
SALUD/DERECHO/PODERMarco teórico del enfoque de los derecho humanos en salud.
LOS PRINCIPIOS DE SIRACUSA
Sólo como último recurso se podrá interferir en los derechos humanos para alcanzar un objetivo sanitario.
Esa interferencia se justificará exclusivamente si se dan todas las circunstancias definidas con precisión en el derecho relativo a los derechos humanos, en particular en los Principios de Siracusa:
La restricción se establece y se aplica de conformidad con la ley.La restricción se establece en pro de un objetivo legítimo de interés general.La restricción es estrictamente necesaria en una sociedad democrática para
alcanzar un objetivo concreto.No se dispone de medios menos intrusivos ni restrictivos para alcanzar el mismo
objetivo.La restricción no se ha determinado ni impuesto arbitrariamente, es decir, de
manera no razonable o discriminatoria de alguna otra forma.
SALUD/DERECHO/PODERMarco teórico del enfoque de los derecho humanos en salud.
Elementos del enfoque en derecho:
Vinculación con los derechos. Los Derechos Humanos son elfundamento, el instrumento y el objetivo.
Rendición de cuentas. Supone la posibilidad de exigir al Estado el accesoa la información y transparencia, y da a las poblaciones capacidad deacción para que los que tienen el poder rindan cuentas.
Empoderamiento. De los titulares de derecho para ejercer y reclamaresos derechos.
Participación. De los titulares de derechos a ser responsables y partícipesde su propio desarrollo.
No discriminación. Ante la universalidad e igualdad promulgadas por losDDHH.
Atención a los grupos más vulnerables. Puesto que empoderan ypermiten su participación.
SALUD/DERECHO/PODERMarco teórico del enfoque de los derecho humanos en salud.
• Enfoque de necesidades:
Soluciona problemas específicos
Persona como sujeto pasivo
• Enfoque de Derechos:
La persona es sujeto de derechos.
Persona con opinión que participa y aporta al cambio
Persona como un miembro de la sociedad.
El Estado cumple su compromiso.
La sociedad vigila al Estado y contribuye con él.
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
Nuevo modelo de @gobierno en salud
Nuevo contexto
regulatorio
Nuevo contexto político
Nuevo contexto
social
Nuevo contexto
social
Una nueva
salud
Sociedad en red
Emergencia Sociedad del Conocimiento
Una nueva salud pública global en la emergencia de la Sociedad del Conocimiento
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
Nuevo contexto político
Gobernanza
Estado Nación – Estado Servicio
Nuevas democracias deliberativas
Una nueva ética del futuro basada en la sostenibilidad y el desarrollo humano
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
Nuevo contexto
regulatorio
Empode-
ramiento
Una regulación de producción colectiva
Encuentro del Derecho y la ética
Nuevas personas empoderadas que desarrollan el pleno ejercicio de sus capacidades.
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
La salud en el nuevo contexto social
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
NUEVA VISIÓN DE LA NOCIÓN DE SALUD
Las nuevas tendencias anuncian un nuevo
posicionamiento proactivo de anticipación y mejora del
funcionamiento fisiológico de las personas
PIRÁMIDE DE MASLOW
Ser
Status
Amor
Seguridad
Necesidades biológicas
"Se concibe el bienestar como la búsquedadel equilibrio interior, la armonía del cuerpoy el espíritu, la expansión y profundizaciónde la conciencia".
La felicidad paradójica . Gilles Lipovetsky
SALUD
Modelos teóricos/salud en la practica.
ENFERMEDAD (1900) Infecciones, problemas de
infraestructura
BIENESTAR (1948) Sistemas Sanitarios y prevención
ARMONÍA (1980) Salud fuera del sistema de salud. Promoción de
la salud
PLENITUD SUBJETIVA (2020). Gestión de la salud publica,
globalidad de los problemas y respuesta humana a los retos del
ambiente psicobiosocial.
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
NUEVA VISION HOLÍSTICA DE LA SALUD
Sistema
Económico y
social
Sistema
Científico y
Tecnológico
Sistema
Institucional
sanitario
Sistema
ambiental
Salud
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
Innovación
Investigación en salud
Aprendizaje de la salud
Triángulo del conocimiento en salud
La construcción de una nueva salud pública que aprovecha las innovacionestecnológicas y el conocimiento para promover el desarrollo en salud pública ypropicia la cooperación social entre las personas y las instituciones en aras a ladefensa de la salud y la calidad de vida de la población. Las ideas delibertad, integración, solidaridad y participación se conjugan con excelencia y paridaden la nueva salud pública.
AN
Conocimiento = Información puesta en valor
SALUD = Bienestar y plenitud personal
SOCIEDAD
POSTINDUSTRIAL
Acceso a los servicios prestados por otros
SOCIEDAD
INFORMACIÓN
Acceso a la información
SOCIEDAD
CONOCIMIENTO
Acceso al conocimiento
SOCIEDAD
INDUSTRIAL
Acceso a los bienes producidos por otros
SOCIEDAD
POSTINDUSTRIAL
Bienestar
SOCIEDAD
INFORMACIÓN
Armonía
SOCIEDAD
CONOCIMIENTO
Plenitud personal
SOCIEDAD
INDUSTRIAL
Salud y enfermedades
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
LOS ELEMENTOS RELEVANTES DE LA NUEVA SALUD
1.- Las personas, la ciudadanía, representan el centro del sistema de salud
2.- Un nuevo modelo de aprendizaje: aprender a mantener el bienestar personal a lo largo de la vida
3.- La sociedad en red: dar valor a las redes sociales de salud
4.- La gobernanza: la aplicación de la gobernanza en salud
5.- Estado-Servicio orientado a la obtención de resultados y rendición de cuentas a la ciudadanía
6.- La ética del futuro: la sostenibilidad de la salud y la preservación delestado de bienestar
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
La salud en el nuevo contexto político
Siglo XXI:
Valor del empoderamiento
Siglo XX:
Valor social
Siglo XIX:
Valor democrático
Siglo XVIII: Valor liberal
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
La salud en el siglo XXI es:
un derecho humanoun componente esencial del bienestarun bien público a nivel globalun elemento de justicia social y equidad
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
Se concibe la gobernanza de la salud como "las tentativas de
los gobiernos u otros actores para dirigir comunidades, países o gruposde países en la búsqueda de la salud como parte integral del bienestarmediante la adopción de un enfoque conjunto del gobierno y lasociedad".
Los conceptos de la acción intersectorial, las políticas de salud pública yla salud en todas las políticas se integran en estos dos enfoques de lasalud y el bienestar.
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
La Gobernanza y su contexto:
Los desafíos de la gobernanza afrontados por la salud no son exclusivos delsector.
Los cambios operan a través de la interdependencia, complejidad,coproducción y la transición europea de Sociedades Industriales a las delConocimiento.
La resolución de los grandes problemas requiere la participación de ampliossectores de la sociedad y la gobernanza a varios niveles, con granprotagonismo de los actores locales y regionales
Este nuevo contexto nos lleva a dinámicas de difusión, democratización yvalores compartido.
La salud es un factor macroeconómico y parte de modelos y estrategias denegocio, que se deben orientar a los valores compartidos, haciendo posible lacompetitividad con el perfil social.
El papel del gobierno en la gobernanza sigue siendo básico e inclusoexpansivo en determinadas áreas.
Salud y Bienestar
Determinantes Sociales de la Salud
Siglo XXI Determinantes de la Salud Transnacional
La Sociedad en su conjunto
Gobernanza inteligente
Gobierno en su conjunto
Salud en todas las políticas
Valores compartidosResponsabilidad Social Corporativa
Comunidad y consumidores
comprometidos
Gobernanza para la salud en el Siglo XXI
Acción gubernamental
Acción empresarial Acción ciudadana
La salud es creada en el contexto de cada día – donde la ciudadanía vive, siente, trabaja, juega, compra, conecta, viaja ...
Fuente: Kickbusch
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
Co-producciónde la Salud
Revolución del conocimiento
Información Tecnología
Gobernanza para la salud
Gobernanza compartida para la
salud
Gobernanza de la salud
Salud y asistencia compartida
La gobernanza para la salud es compartido entre
diferentes sectores y niveles de gobierno, y
con otros agentes y ciudadanos
La asistencia se comparte entre pacientes y
profesionales
Fuente: autores
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
Roles de las Políticas Públicas
Regulador
Proveedor de bienes y
servicios públicos
Administrador de recursos e
inversiones públicas
Socio en colaboraciones multisectoriales
Facilitador de la innovación
social y empresarial
Facilitador de la
acción de la sociedad
Fuente: Dubé, Thomassin & Beauvais (2009); MWP (2001)
Impulsores contextuales Interdependencia Complejidad Co-producción
Nueva gobernanza dinámica
Gobernanza inteligente para la salud y el bienestar
El conjunto de la sociedad y todo el Gobierno se enfocan sobre la salud y el bienestar
Buena gobernanza para la salud y el bienestar
Salud es un
Derechos Humanos
Integración de la salud
en todas las políticas del
Gobierno
Mejorar la coordinación e
integración y capacidades centradas en
compartir objetivos
Poder y responsabilidad para la salud y
el bienestar difundido a través del
Gobierno y la sociedad
Salud es un
componente esencial
del bienestar
Salud es bien público
global
Salud como justicia
social
Difusión
Democratización
Valores comparti
-dos
Gobernandoa través
colaboración
Gobernandoa través
del compromiso ciudadano
Gobernandocombinando regulación y persuasión
Gobernandoa través agencias
intermedias
Gobernando con políticas adaptativas, estructuras elásticas y
prospectivas
Fuente: autores
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
Nuevas formas de gobernar la salud
Gobernando a través de la colaboración: a través de la comunicación, confianza, compromisoy comprensión, así como la elección de herramientas y mecanismos y la transparencia yrendición de cuentas.
Gobernando mediante el compromiso ciudadano: requiere tanto de la coproducción como dela cooperación de receptores. Las decisiones políticas ya no pueden ser impuestas comomandatos inexorables. Se trata de concretizar el cada vez más amplio radio de acción de lasanidad. Para que los valores sean compartidos, es fundamental hacer equipo y reforzar a laciudadanía en su poder.
Gobernando combinando regulación y persuasión: la autorregulación, las alianzas o redescomo contrapunto al modelo jerárquico.
Gobernando a través de agencias independientes: estas agencias, comisiones o auditoresexternos y expertos son clave en lo que respecta a responsabilidad, ética profesional,controles de calidad o evaluación de riesgos.
Gobernando con políticas adaptativas, estructuras elásticas y prospectivas: la complejidadde los modernos problemas exige flexibilidad, autoorganización y descentralización a la horade afrontar sus soluciones.. La prospectiva juega un papel clave ante retos sanitarios a largoplazo.
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
La salud en un nuevo contexto regulatorio
Las TIC aseguran la transparencia de las acciones gubernamentales.
Se simplifican las regulaciones y procedimientos públicos
Ideas fuerzas:
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
Los procedimiento de elaboración delas normas se somete a procesosparticipativos electrónicos.
Se define un nuevo Derecho líquido o dúctil
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
Nuevos estatutos y códigos se desarrollará y distribuirán
electrónicamente por un sector público transparente
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
Alto nivel de participación ciudadana directa en la producción
normativa a través del e-voting.
La ciudadanía sanciona las normas.
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
Predomina la función consensual y negociadora
frente a la normativa.
Aparición de las democracias deliberativas y asociativas.
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
Nacimiento de las normas de consenso global y creación de un
nuevo contexto regulatorio universal.
Principio de norma mínima.
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
Predomina la función consensual y negociadora
frente a la normativa.
La negociación y los pactos se convierten en el sistema
preferencial
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
Los conflictos se resuelven vía la negociación, mediación y
arbitraje.
Se evitan los procesos judiciales
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
Fuerte interdependencia de las normativas territoriales y
sectoriales.
Normas panorámicas.
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
Se producen normas programáticas con bajo perfil
regulatorio
Equilibrio de juego de las mayorías y minorías.
SALUD/DERECHO/PODERNuevas formas de @gobierno en salud en la Sociedad del Conocimiento
Se aproximan las regulaciones normativas a los códigos éticos.
Las nociones de Derecho y ética se estrechan.
SALUD/DERECHO/PODERBases de la Ley de Salud Pública de Andalucía
Una nueva salud pública global en la emergencia de la Sociedad del Conocimiento
SALUD/DERECHO/PODERBases de la Ley de Salud Pública de Andalucía
Los elementos relevantes de la Nueva Salud Pública :
1.- Las personas, la ciudadanía, representan el centro del sistema de salud.
2.- Un nuevo modelo de aprendizaje: aprender a mantener el bienestar personal a lo largo de la vida.
3.- La sociedad en red: dar valor a las redes sociales de salud.
4.- La gobernanza: la aplicación de la gobernanza en salud.
5.- Estado-Servicio orientado a la obtención de resultados y rendición de cuentas a la ciudadanía.
6.- La ética del futuro: la sostenibilidad de la salud y la preservación delestado de bienestar.
SALUD/DERECHO/PODERBases de la Ley de Salud Pública de Andalucía
Tres líneas maestras de la Ley:
La Salud al servicio de la Ciudadanía, situando a la ciudadanía en el eje central de lasactuaciones de salud pública, dirigidas a promover la salud y el bienestar personal de laciudadanía para contribuir al ejercicio pleno de sus capacidades.
La Salud para toda la Sociedad, reconociendo a la salud pública como un “bien público” yaplicando la gobernanza colectiva que nos sitúe en el contexto de una salud públicaglobalizada y compartida por toda la humanidad.
Un nuevo sistema de salud pública proactivo e innovador, que ordena la actividadpública conforme a los nuevos postulados de la reforma de salud pública y a los nuevosprincipios del modelo basado en la integridad e intersectorialidad de las actuaciones desalud pública.
SALUD/DERECHO/PODERBases de la Ley de Salud Pública de Andalucía
Y un eje transversal:
La generación de un Entorno Favorable a las actividades de salud pública a través de la regulación de cuatro elementos esenciales:
a) Los profesionales.
b) La gestión innovadora.
c) Los recursos.
d) El enfoque sistémico basado en la calidad, excelencia y la obtención de resultados
Ideas Fuerza y elementos fundamentales de la ley
- La salud pública al servicio de la Ciudadanía:
- La salud ciudadanía eje central de las políticas de salud pública. La salud pública,como bien público, está al servicio de la ciudadanía y la sociedad, y persigue lasalvaguarda y preservación del valor salud de las personas.
- El principio de salud pública solidaria: los poderes públicos asumen laresponsabilidad de reducir las desigualdades en salud de la ciudadanía,removiendo los obstáculos educativos, culturales, geográficos y económicos quepuedan impedir la libre promoción de la salud y el bienestar personal de laciudadanía y el ejercicio pleno de sus capacidades.
SALUD/DERECHO/PODERBases de la Ley de Salud Pública de Andalucía
-Se fortalece el derecho a conocer sobre la salud pública, y se configura el derecho a latutela en salud pública. Se reconoce el derecho de la ciudadanía a disfrutar de unadecuado nivel de salud pública de forma inclusiva, que abarca la atención de lasenfermedades epidémicas y la atención de los principales factores determinantes de lasalud.
Igualmente se reconocen una serie de derechos a saber sobre el estado epidemiológico,sobre la calidad de la salud ambiental, sobre la calidad alimentaria, las accionespreventivas de salud públicas, y el derecho de las personas a ser promocionadas ensalud.
- Los derechos se protegen con garantías jurídicas efectivas. Así de este modo, se fija lagarantía de la centralidad de la ciudadanía, sobre el acceso a la información, detransparencia, de la buena administración en salud pública, de universalidad eintegralidad, de análisis de riesgo, de precaución interventora, y de proporcionalidad y deminimización de las intervenciones.
SALUD/DERECHO/PODERBases de la Ley de Salud Pública de Andalucía
- Un nuevo modelo de aprendizaje: aprender a mantener el bienestar personal a lo largode la vidaSe incrementa la responsabilidad de las personas en la gestión de su saludpersonal, centrada en las predicciones y prevenciones a lo largo de la vida. Se reconoce elderecho y la responsabilidad de la ciudadanía de dotarse de habilidades y competenciaspara preservar, mejorar y restaurar la salud individual y colectiva.
-La ciudadanía queda empoderada en salud pública: generando un proceso de mejoracontinua mediante el cual las personas disfruten de la libertad de elección y adquieren unmayor control sobre las decisiones y acciones que afectan a su salud. El empoderamientose lleva a cabo a través del aprendizaje y la capacitación en salud y el desarrollo deprocesos de participación de la ciudadanía en las decisiones de salud pública
- Se fortalece la participación directa y el fomento de la confianza de la ciudadanía en lasalud pública: se impulsa la participación directa de la ciudadanía en los procesos dedecisión y gestión de las competencias en materia de salud pública, y se acogeninstrumentos innovadores de participación.
SALUD/DERECHO/PODERBases de la Ley de Salud Pública de Andalucía
-Se establece un sistema cooperativo entre la ciudadanía y las AdministracionesPúblicas para desarrollar la salud colectiva.
Se establece un sistema de cooperación entre la sociedad civil y las autoridadespúblicas a través de los nuevos mecanismos de colaboración y cooperación quebrindan las nuevas tecnologías en el contexto de la Sociedad del Conocimiento. Seotorga valor público a las redes ciudadanas, a las alianzas sociales, al voluntarismo y laayuda mutua, se reconoce el ejercicio de la acción popular en salud y se fomenta lapráctica de la responsabilidad social por la salud.
SALUD/DERECHO/PODERBases de la Ley de Salud Pública de Andalucía
La salud pública al servicio de la Sociedad
- Un Pacto Andaluz por la salud pública para promover el bienestar personal y construir laSociedad del Conocimiento y el Bienestar en Andalucía: el compromiso de todos losandaluces y los poderes públicos con la salud pública y el establecimiento de un modelo deintervención basado en la gobernanza en el contexto de salud pública global y solidaria.
- La salud pública bajo una perspectiva de equidad para mejorar el bienestar social ypromover el progreso social de los pueblos: la construcción de la salud pública a través deun acceso igualitario, equitativo y solidario, así como su disfrute compartido, como lapiedra angular de la auténtica salud pública global y solidaria, fuente del desarrollopersonal, de progreso y bienestar social.
SALUD/DERECHO/PODERBases de la Ley de Salud Pública de Andalucía
-La salud pública de todos con la gobernanza aplicada: todos decidimos la salud públicade todos (Principio de responsabilidad colectiva de los actores: decisores políticos,empresas y proveedores del sistema, profesionales y la ciudadanía activa).
-Andalucía integrada en los contextos de gobernanza global, internacional y nacional:se reconoce en Andalucía el principio de cooperación para la salud global, y se garantizala incorporación de Andalucía en el contexto de la gobernanza en salud pública a nivelinternacional, y en los entornos de la Unión Europea y el estado español, así como lasrelaciones de colaboración y cooperación con el resto de Comunidades Autónomas.
- Un pacto por la gobernanza local para promover a salud pública y el bienestar de laciudadanía: en el entorno local, el ejercicio de la gobernanza se entiende como eldesarrollo de políticas capaces de reforzar la interacción entre los organismos regionalesy locales y la sociedad civil, y el desarrollo de mecanismos de colaboración innovadoresentre todos los actores sociales.
SALUD/DERECHO/PODERBases de la Ley de Salud Pública de Andalucía
- La salud pública se abordan en todas las políticas públicas: para asegurar la eficacia de la transversalidad se establece el sistema de evaluación del impacto en salud, que valora los efectos potenciales en la salud de las políticas, programas y proyectos.
- La ética del futuro: la sostenibilidad de la salud y la preservación delestado de bienestar: asegurar la sostenibilidad del sistema de salud públicay el bienestar de la ciudadanía en las generaciones presentes y futuras bajoun paradigma de ética de futuro que compromete las generaciones de hoycon las de mañana.
SALUD/DERECHO/PODERBases de la Ley de Salud Pública de Andalucía
Un sistema de salud público proactivo e innovador
- Se diseña un sistema de salud pública basado en la investigación e innovación: se valora la investigación científica en materia de salud pública como instrumento de mejora y protección de la salud de la población, y se opta por un sistema de fomento de la innovación que explote las nuevas ideas que funcionan, apreciando las actitudes y conductas innovadoras, la incorporación d e las nuevas tecnologías y el valor de la adecuada gestión del conocimiento.
- Una administración de salud pública en red y transversal: se promueve unasalud pública gestionada a través procesos basados en la administracióndesplegada en red y el trabajo cooperativo entre los distintos órganos yunidades que se relacionan fomentando la densidad de las interacciones ylas sinergias ente los mismos .
SALUD/DERECHO/PODERBases de la Ley de Salud Pública de Andalucía
- El predominio de las alianzas y partenariados en la gestión de la salud pública: se incentivará la configuración de redes y alianzas sociales entre la ciudadanía, agentes, las empresas y las administraciones públicas (en sus distintos niveles), en fomento del desarrollo de la salud y el bienestar de Andalucía.
- Un sistema que da respuestas a las nuevas necesidades de salud pública. Se abordan las nuevas funciones que incorporan las novedades conceptuales sobre la salud y el bienestar de las personas.
SALUD/DERECHO/PODERBases de la Ley de Salud Pública de Andalucía
Un Entorno favorable a las actividades de salud pública
- Profesionalización de la salud pública: promovemos la modernización yprofesionalización de la salud pública y el desarrollo de nuevas competenciasprofesionales que den respuesta actualizada a los nuevos retos de la saludpública global.
- Una gestión proactiva: se promociona una gestión proactiva e innovadora dedesarrollo de la salud pública y define un marco de gestión inteligente basadoen la integridad e intersectorialidad que incorpora las nuevas técnicas deinnovación que permiten obtener eficiencia y rentabilidad social en un entornode proximidad a las necesidades de la ciudadanía.
- Una salud pública de calidad y excelencia: incorporamos los principios decalidad y excelencia en las actividades de salud pública, optimizando ladisponibilidad de los recursos en una buena administración de los bienes desalud pública, y asegurando la pertinencia de las actividades, la evaluacióncontinua de las mismas y la asunción de responsabilidad ante la ciudadanía.
SALUD/DERECHO/PODERBases de la Ley de Salud Pública de Andalucía
SALUD/DERECHO/PODER
salu
dSalud
Der
ech
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Derecho
po
der Poder
Muchas gracias
José María Sánchez BursónJosem.sanchez.burson@juntadeandalucia.es
http://about.me/jmburson
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