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S U M A R I O
NORMAS LEGALESLima, martes 19 de abril de 2005 AÑO XXII - Nº 9072 Pág. 291087
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVAR
REPUBLICA DEL PERU
DIARIO OFICIAL
Director: GERARDO BARRAZA SOTO http://www.editoraperu.com.pe
"AÑO DE LA INFRAESTRUCTURA PARA LA INTEGRACIÓN"
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P C M
D.S. Nº 033-2005-PCM.- Aprueban Reglamento de la Ley delCódigo de Ética de la Función Pública 291088R.S. Nº 092-2005-PCM.- Autorizan viaje del Ministro de Agricul-tura a México y encargan su Despacho al Ministro de Educación
291090R.S. Nº 093-2005-PCM.- Designan representantes de los Gobier-nos Regionales ante el Consejo Nacional de Descentralización
291091R.S. Nº 094-2005-PCM.- Designan miembro del Consejo Directivodel CONAM en representación de la universidad peruana 291091
AGRICULTURA
D.S. Nº 019-2005-AG.- Dan por concluido encargo a la COPRIpara concesionar el "Bosque de Producción Permanente Biabo -Cordillera Azul" 291091R.S. Nº 020-2005-AG.- Amplían autorización de viaje de funciona-rios del SENASA a Tailandia y Vietnam, en comisión de servicios
291092
DEFENSA
D.S. Nº 010-2005-DE/SG.- Levantan reserva de área reservada a ladefensa nacional para desarrollar el Proyecto Bayóvar 291092RR.MM. Nºs. 297, 299 y 306-2005-DE/MGP.- Autorizan viaje deoficiales de la Marina de Guerra a EE.UU., en comisión de serviciosy misión de estudios 291093R.M. Nº 298-2005-DE/MGP.- Aceptan donación de pallets efectua-da por el proyecto HANDSCLAP a favor de la Marina de Guerra
291094R.M. Nº 308-2005-DE/MGP.- Modifican la R.M. Nº 289-2004-DE/MGP y nombran presidente del Subcomité de Administracióndel Fondo de Asistencia y Estímulo de la Marina de Guerra para elperíodo 2004-2005 291095R.M. Nº 338-2005-DE/FAP.- Autorizan viaje de personal militarFAP a EE.UU., en comisión de servicios 291095
ECONOMÍA Y FINANZAS
D.S. Nº 044-2005-EF.- Conceden garantía del Estado Peruano aCompañía Minera Miski Mayo S.A.C. concesionaria del ProyectoBayóvar 291096R.M. Nº 167-2005-EF/15.- Aprueban Índices de Distribución delFondo de Desarrollo de Camisea FOCAM correspondientes al año2005 291096R.VM. Nº 008-2005-EF/15.- Precios CIF de referencia para laaplicación del Derecho Variable Adicional o rebaja arancelaria a laimportación de maíz, azúcar, arroz y lácteos 291099
EDUCACIÓN
R.M. Nº 0244-2005-ED.- Designan Jefe de la Oficina de Infraes-tructura Educativa 291100
ENERGÍA Y MINAS
RR.SS. Nºs. 016, 017 y 018-2005-EM.- Autorizan viaje de funcio-narios de PERUPETRO S.A., Refinería de Talara y de la DirecciónGeneral de Hidrocarburos a República Popular China, en comisiónde servicios 291100
RELACIONES EXTERIORES
R.M. Nº 0318-2005-RE.- Designan delegación que participará enconferencia sobre gobernabilidad de la pesca en alta mar, a realizarseen Canadá 291101R.M. Nº 0322-2005-RE.- Autorizan viaje de funcionario diplomá-tico a Bélgica en comisión de servicios 291102R.M. Nº 0323-2005-RE.- Incorporan a funcionaria como miembrode delegación que participará en la Novena Ronda de Negociacionesdel TLC con EE.UU., a realizarse en Lima 291103
TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO
R.M. Nº 094-2005-TR.- Autorizan pago de compensación econó-mica a trabajadores incluidos en el Registro Nacional de Trabaja-dores Cesados Irregularmente 291103
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
R.S. Nº 013-2005-MTC.- Autorizan viaje del Viceministro de Trans-portes a la República Popular China 291104
VIVIENDA
Fe de Erratas Res. Nº 040-2005-VIVIENDA/SG 291104
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Res. Adm. Nº 323-2005-GG-PJ.- Aceptan donación efectuada afavor del Poder Judicial 291104
CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Res. Nº 125-2005-CSJCN/PJ.- Facultan al Jefe de la ODICMApara que en la conformación de la Comisión Distrital de Control dela Magistratura designe un Magistrado de cada uno de los MódulosBásicos de Justicia y Juzgados de Paz Letrados 291105
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BANCO CENTRAL DE RESERVA
Res. Nº 025-2005.- Autorizan viaje de funcionario a México paraparticipar en evento sobre mercados financieros 291105
CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Fe de Erratas RR. Nºs. 648, 755, 895 y 908-2005-CNM 291106
MINISTERIO PÚBLICO
Res. Nº 801-2005-MP-FN.- Aceptan renuncia de Fiscal AdjuntoProvincial Provisional de la Fiscalía Provincial de Prevención delDelito de Tumbes 291106Res. Nº 802-2005-MP-FN.- Rectifican error material incurrido en laRes. Nº 780-2005-MP-FN, que autorizó viaje de magistrado a ElSalvador 291106Res. Nº 806-2005-MP-FN.- Dan por concluido nombramiento deFiscal Adjunto Provincial Provisional de la Fiscalía ProvincialMixta de Canta 291107
S B S
Res. SBS Nº 621-2005.- Autorizan inscripción de persona naturalen el Registro del Sistema de Seguros 291107
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P C M
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DECRETO SUPREMONº 033-2005-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 27815 se aprueba el Código deÉtica de la Función Pública, cuya Segunda Disposición Com-plementaria y Final dispone que el Poder Ejecutivo, a travésde la Presidencia del Consejo de Ministros la reglamente;
Que, la aplicación y observancia de las disposicionesdel Código de Ética de la Función Pública contribuyen afortalecer la confianza en la Administración Pública y labuena imagen de aquellos que la integran;
Que, resulta de fundamental interés para el EstadoPeruano contar con el Reglamento de la Ley del Código deÉtica de la Función Pública que permita su aplicación, todavez que dicho Reglamento coadyuvará a la transparenciaen el ejercicio de la función pública así como a la mejora dela gestión y de la relación con los usuarios de los servicios;
Que, por consiguiente, resulta pertinente aprobar elReglamento de la Ley Nº 27815 – Ley del Código de Éticade la Función Pública;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso 8) delartículo 118º de la Constitución Política y la Ley Nº 27815Ley del Código de Ética de la Función Pública, modificadopor la Ley Nº 28496;
DECRETA:
Artículo 1º. – Aprobación del ReglamentoApruébese el Reglamento de la Ley Nº 27815 – Ley del
Código de Ética de la Función Pública, modificado por laLey Nº 28496 que consta de seis (6) títulos, veintitrés (23)artículos y una disposición transitoria.
Artículo 2º. – RefrendoEl presente Decreto Supremo será refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros.
Dado en la Casa de Gobierno en Lima, a los dieciochodías del mes de abril del año dos mil cinco.
ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República
CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros
REGLAMENTO DEL CÓDIGO DE ÉTICADE LA FUNCIÓN PÚBLICA
ÍNDICE
Título IDisposiciones Generales
Título IIPrincipios y deberes éticos de los empleados públicos
Título IIIProhibiciones e infracciones éticas de los empleados públicos
Título IVSanciones y procedimiento
Capítulo IDe las sanciones
Capítulo IIDel procedimiento sancionador
Título VIncentivos y estímulos
Título VIDifusión del Código de Ética y campañas educativas
Disposición transitoria.
TÍTULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Artículo 1º.- ObjetoEl presente Reglamento desarrolla las disposiciones
contenidas en la Ley Nº 27815 – Ley del Código de Éticade la Función Pública, y la Ley Nº 28496 para lograr quelos empleados públicos, conforme a la Ley, actúen conprobidad durante el desempeño de su función.
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Res. Adm. Nº 031-2005-P/TC.- Autorizan viaje de magistrado delTribunal Constitucional a Colombia para participar en el "III En-cuentro Nacional sobre la Jurisdicción Internacional" 291107
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FONAFE
Acuerdo Nº 012-2005/006-FONAFE.- Designan candidato a miem-bro del Directorio de la Empresa NAVASA 291108Acuerdo Nº 012-2005/006-FONAFE.- Designan miembros deDirectorios de diversas empresas bajo el ámbito del FONAFE
291108
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GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI
Res. Nº 0406-2005-GR.UCAYALI-P.- Aprueban Texto Único deProcedimientos Administrativos de la Sede Central del GobiernoRegional de Ucayali 291108
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MUNICIPALIDAD DE BREÑA
R.A. Nº 353-2005-DA-MDB.- Sancionan con destitución a servi-dor de la Municipalidad 291118
MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Ordenanza Nº 188.- Establecen disposiciones para la extinción dedeudas de recuperación onerosa en estado de cobranza coactiva
291118Ordenanza Nº 189.- Aprueban régimen de propaganda electoral enel distrito 291119
MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Ordenanza Nº 173-MPL.- Otorgan beneficio administrativo ytributario con ocasión del Programa de Actualización Catastral
291120
MUNICIPALIDAD DE PUENTE PIEDRA
Ordenanza Nº 059-MDPP.- Prorrogan fecha de vencimiento depago de cuotas del Impuesto Predial y Arbitrios del primer trimestredel año 2005 291121
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CHINCHA
Acuerdo Nº 03-05-MPCH.- Declaran en situación dedesabastecimiento inminente la adquisición de productos para Pro-grama Nacional Complementario de Asistencia Alimentaria yAdquisición del Estado 291122
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Artículo 2º.- Ámbito de aplicaciónEl ámbito de aplicación del presente reglamento com-
prende a los empleados públicos que desempeñen susfunciones en las Entidades de la Administración Pública alos que se refiere los artículos 1º y 4º de la Ley Nº 27815 –Ley del Código de Ética de la Función Pública.
Artículo 3º.- DefinicionesPara los efectos de la aplicación de las disposiciones
de la Ley Nº 27815 – Ley del Código de Ética de la FunciónPública y del presente reglamento, se tomarán en cuentalas siguientes definiciones:
Bienes del EstadoCualquier bien o recurso que forma parte del patrimonio
de las entidades de la Administración Pública o que seencuentra bajo su administración, destinado para el cum-plimiento de sus funciones.
Esta disposición también deberá observarse respecto de losbienes de terceros que se encuentren bajo su uso o custodia.
Ética PúblicaDesempeño de los empleados públicos basado en la
observancia de valores, principios y deberes que garanti-zan el profesionalismo y la eficacia en el ejercicio de lafunción pública.
Información PrivilegiadaInformación a la que los empleados públicos acceden
en el ejercicio de sus funciones y que por tener caráctersecreta, reservada o confidencial conforme a Ley, o care-ciendo de dicho carácter, resulte privilegiada por su conteni-do relevante, y que por tanto sea susceptible de emplearseen beneficio propio o de terceros, directa o indirectamente.
Intereses en ConflictoSituación en la que los intereses personales del empleado
público colisionan con el interés público y el ejercicio de susfunciones, entendiéndose que cualquier actuación que realizadicho empleado público debe estar dirigida a asegurar el interéspúblico y no a favorecer intereses personales o de terceros.
LeyEs la referencia a la Ley Nº 27815, Ley del Código de
Ética de la Función Pública.
Proselitismo PolíticoCualquier actividad realizada por los empleados públi-
cos, en el ejercicio de su función, o por medio de la utiliza-ción de los bienes de las entidades públicas, destinada afavorecer o perjudicar los intereses particulares de organi-zaciones políticas de cualquier índole o de sus represen-tantes, se encuentren inscritas o no.
ReincidenciaCircunstancia agravante de responsabilidad que con-
siste en haber sido sancionado antes por una infracciónanáloga a la que se le imputa al empleado público.
ReiteranciaCircunstancia agravante de responsabilidad derivada
de anteriores sanciones administrativas por infraccionesde diversa índole cometidas por el empleado público.
Ventaja indebidaCualquier liberalidad o beneficio no reconocido por la
Ley, de cualquier naturaleza, que propicien para sí o paraterceros los empleados públicos, sea directa o indirecta-mente, por el cumplimiento, incumplimiento u omisión de sufunción; así como hacer valer su influencia o apariencia deésta, prometiendo una actuación u omisión propia o ajena.
Artículo 4º.- De la interpretación y consultasLa Presidencia del Consejo de Ministros tiene la función
de aprobar las normas interpretativas y aclaratorias de la Leyrespecto a la aplicación o interpretación de los alcances de laLey y del presente Reglamento, previo informe técnico favo-rable del Consejo Superior del Empleo Público (COSEP).
Las consultas sobre interpretación y aclaración de lanorma deben ser dirigidas por la entidad pública señalan-do en forma precisa y clara el aspecto normativo sujeto ainterpretación o aclaración.
TÍTULO II
PRINCIPIOS, DEBERES Y PROHIBICIONES ÉTICASDE LOS EMPLEADOS PÚBLICOS
Artículo 5º.- De los principios, deberes y prohibicionesque rigen la conducta ética de los empleados públicos
Los principios, deberes y prohibiciones éticas establecidasen la Ley y en el presente Reglamento, son el conjunto de
preceptos que sirven para generar la confianza y credibilidadde la comunidad en la función pública y en quienes lo ejercen.
Los empleados públicos están obligados a observar losprincipios, deberes y prohibiciones que se señalan en elcapítulo II de la Ley.
TÍTULO III
INFRACCIONES ÉTICAS DE LOSEMPLEADOS PÚBLICOS
Artículo 6º.- De las infracciones éticas en el ejerci-cio de la Función Pública
Se considera infracción a la Ley y al presente Reglamen-to, la trasgresión de los principios, deberes, obligaciones yprohibiciones establecidos en los artículos 6º, 7º y 8º de laLey, generándose responsabilidad pasible de sanción con-forme lo dispone el inciso 1 del artículo 10º de la misma.
Artículo 7º.- De la calificación de las infraccionesLa calificación de la gravedad de la infracción es atribu-
ción de la Comisión de Procedimientos AdministrativosDisciplinarios de la entidad de la Administración Pública quecorresponda.
TÍTULO IVSANCIONES Y PROCEDIMIENTO
CAPÍTULO IDE LAS SANCIONES
Artículo 8º.- De la aplicación de las SancionesLas sanciones se aplicarán según las disposiciones del
presente capítulo.
Artículo 9º.- De la clasificación de las SancionesLas sanciones pueden ser:
a) Amonestaciónb) Suspensiónc) Multa de hasta 12 Unidades Impositivas Tributarias -UIT.d) Resolución contractuale) Destitución o despido.
Las sanciones antes mencionadas se aplicarán aten-diendo a la gravedad de las infracciones como sigue:
Infracciones leves: Amonestación, suspensión y/o multa.Infracciones Graves: Resolución contractual, destitu-
ción, despido y/o multa.
Artículo 10º.- De los criterios para la aplicación desanciones
La aplicación de las sanciones se realizará teniendo enconsideración los siguientes criterios:
10.1. El perjuicio ocasionado a los administrados o a laadministración pública.
10.2. Afectación a los procedimientos.10.3. Naturaleza de las funciones desempeñadas así
como el cargo y jerarquía del infractor.10.4. El beneficio obtenido por el infractor.10.5. La reincidencia o reiterancia.
Artículo 11º.- De las sanciones aplicables a los em-pleados públicos
La aplicación de las sanciones se efectuarán de acuer-do al vínculo contractual que los empleados públicos man-tengan con las entidades de la Administración Pública, deconformidad con lo siguiente:
11.1. Las sanciones aplicables a aquellas personasque mantienen vínculo laboral:
a) Amonestación.b) Suspensión temporal en el ejercicio de sus funcio-
nes, sin goce de remuneraciones, hasta por un año.c) Destitución o Despido.
11.2. Las sanciones aplicables a aquellas personasque desempeñan Función Pública y que no se encuentranen el supuesto del inciso anterior:
a) Multa.b) Resolución contractual.
Artículo 12º.- De las sanciones aplicables a perso-nas que ya no desempeñan Función Pública
Si al momento de determinarse la sanción aplicable, lapersona responsable de la comisión de la infracción ya noestuviese desempeñando Función Pública, la sanción con-sistirá en una multa.
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Artículo 13º.- Del Registro de sancionesLas sanciones impuestas serán anotadas en el Regis-
tro Nacional de Sanciones, Destitución y Despido, referidoen el artículo 13º de la Ley.
Artículo 14º.- Del plazo para el registro de SancionesLas sanciones a las que se hace mención en el artículo
precedente deberán ser comunicadas al Registro en un pla-zo no mayor de quince (15) días contados desde la fecha enque quedó firme y consentida la resolución respectiva.
CAPITULO IIDEL PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO
Artículo 15º.- De la formalidad de las denunciasLos empleados públicos deberán denunciar cualquier
infracción que se contempla en la Ley y en el presenteReglamento, ante la Comisión Permanente o Especial deProcedimientos Administrativos Disciplinarios de la Entidad.
Cualquier persona puede denunciar ante la misma Co-misión las infracciones que se comentan a la Ley y al pre-sente Reglamento.
Articulo 16º.- Del ProcedimientoEl empleado público que incurra en infracciones esta-
blecidas en la Ley y el presente Reglamento será sometidoal procedimiento administrativo disciplinario, conforme a loprevisto en el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases dela Carrera Administrativa y de Remuneraciones del SectorPúblico, su Reglamento aprobado por Decreto SupremoNº 005-90-PCM y sus modificatorias.
Artículo 17º.- Del plazo de Prescripción.El plazo de prescripción de la acción para el inicio del proce-
dimiento administrativo disciplinario es de tres (3) años contadosdesde la fecha en que la Comisión Permanente o Especial deProcesos Administrativos Disciplinarios toma conocimiento de lacomisión de la infracción, salvo que se trate de infracciones con-tinuadas, en cuyo caso el plazo de prescripción se contabilizaráa partir de la fecha en que se cometió la última infracción, sinperjuicio del proceso civil o penal a que hubiere lugar.
Artículo 18º.- De la persona que no se encuentra enejercicio de la función pública
La persona que no se encuentre en ejercicio de fun-ción pública podrá ser sometido al procedimiento adminis-trativo disciplinario indicado en el presente Reglamento.
TÍTULO VDE LOS INCENTIVOS Y ESTÍMULOS
Artículo 19º.- Órgano de la Alta Dirección para dise-ñar, establecer, aplicar y difundir incentivos y estímulos
Corresponde a la Secretaría General de cada Entidad, oquien haga de sus veces, diseñar, establecer, aplicar y di-fundir los incentivos y estímulos, así como los mecanismosde protección, a favor de los Empleados públicos que de-nuncien el incumplimiento de las disposiciones de la Ley y elpresente Reglamento.
Artículo 20º.- Del establecimiento de los estímulos eincentivos.
Los estímulos e incentivos a los que se refieren la Leyy el presente Reglamento se establecerán de acuerdo alos criterios que establezca el Titular de la Entidad de laAdministración Pública a propuesta de la Secretaría Gene-ral, o quien haga sus veces.
Artículo 21º.- De la responsabilidad y plazo para dise-ñar y establecer los mecanismos a que se refiere la Ley
Los mecanismos de protección, así como los incentivosy estímulos a los que se refiere el artículo 9º de la Ley seránestablecidos por la Secretaría General, o quien haga susveces, en un plazo de treinta (30) días contados a partir dela vigencia del presente Reglamento, bajo responsabilidad.
Los mecanismos e incentivos se aprueban por Resolu-ción Ministerial tratándose de Ministerios, Resolución Re-gional para el caso de los Gobiernos Regionales, Resolu-ción de Alcaldía para el caso de los Gobiernos Locales ypor Resolución del Titular del Pliego tratándose de las de-más entidades de la administración pública.
TÍTULO VIDIFUSIÓN DEL CÓDIGO DE ÉTICA
Y CAMPAÑAS EDUCATIVAS
Artículo 22º.- Difusión de la Ley y del ReglamentoEl órgano de alta dirección que debe cumplir con las
obligaciones contenidas en el artículo 9º de la Ley, será la
Secretaria General de la entidad o aquel que haga susveces, de conformidad con el Reglamento de Organiza-ción y Funciones respectivo.
El Secretario General o quien haga sus veces acreditaráante el titular de la entidad, el cumplimiento de su deber dedifusión de la Ley y del presente Reglamento. La omisión enla difusión antes indicada, constituye infracción sancionable.
Artículo 23º.- De las Campañas Educativas sobresanciones
La Secretaría General ejecutará campañas educativassobre las sanciones a las que se refiere el literal c) del inciso2) del artículo 9º de la Ley, en el marco de la disponibilidadpresupuestal de cada entidad de la administración pública yen el modo y forma que le permita su capacidad operativa.
DISPOSICIÓN TRANSITORIAMientras no inicie sus funciones el Consejo Superior del
Empleo Público (COSEP), las atribuciones que se le asig-nan en el artículo 4º del presente Reglamento serán asu-midas por la Secretaría de Gestión Pública de la Presiden-cia del Consejo de Ministros.
07554
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RESOLUCIÓN SUPREMANº 092-2005-PCM
Lima, 18 de abril de 2005
CONSIDERANDO:
Que, en la ciudad de México, México, el 20 de abril de2005, se llevará a cabo la 4ª Reunión de la Comisión Pana-mericana de Inocuidad de Alimentos (COPAIA 4), previa ala 14ª Reunión Interamericana a Nivel Ministerial en Saludy Agricultura (RIMSA 14), que se realizará entre los días 21y 22 de abril de 2005, ambas promovidas por la Organiza-ción Panamericana de la Salud - OPS;
Que, el RIMSA 14, que reúne a los Ministros de Saludy Agricultura del Continente Americano, es un foro de altonivel político donde se fijarán entre otros, las posiciones delos respectivos países en temas de política agropecuaria,alimenticia y de salud pública, relacionados con la coope-ración internacional que les son comunes; siendo la Orga-nización Panamericana de la Salud - OPS, la entidad quecubrirá los costos que ocasione el viaje;
Que, adicionalmente, con posterioridad al evento, sehan pactado reuniones del Sr. Ministro de Agricultura conel Ministro de Agricultura de México y empresarios agríco-las de ese país, lo que conlleva a extender la fecha deautorización del viaje hasta el 24 de abril de 2005;
Que, estando a la importancia de los eventos, se havisto por conveniente autorizar el viaje del ingeniero ManuelReynaldo Joaquín Manrique Ugarte, Ministro de Agricultura,para que participe en las reuniones antes mencionadas;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto LeyNº 25902, Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27619 y su Regla-mento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, LeyNº 28427 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el añoFiscal 2005, y el Decreto de Urgencia Nº 015-2004;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero ManuelReynaldo Joaquín Manrique Ugarte, Ministro de Agricultura,a la ciudad de México, México, del 19 al 24 de abril de2005, para los fines expuestos en la parte considerativa dela presente resolución.
Artículo 2º.- Los gastos de viáticos del 19 al 22 de abril de2005 y el costo de los pasajes aéreos que irrogue el cumpli-miento de la presente Resolución Suprema, serán asumidospor la Organización Panamericana de la Salud - OPS, y losviáticos correspondientes del 23 al 24 de abril serán concargo a los recursos presupuestales asignados al Pliego 013Ministerio de Agricultura, de acuerdo al siguiente detalle:
Ing. Manuel Reynaldo Joaquín Manrique Ugarte
Viáticos US$ 400.00Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 28.24
����� ����������������Lima, martes 19 de abril de 2005
Artículo 3º.- El cumplimiento de la presente ResoluciónSuprema no otorgará derecho a exoneración o liberacióndel pago de impuestos o derechos aduaneros de ningunaclase o denominación.
Artículo 4º.- Encargar, al Arq. Javier Sota Nadal, Minis-tro de Educación el Despacho del Ministro de Agriculturamientras dure la ausencia del titular.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será re-frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y elMinistro de Agricultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República
CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros
MANUEL MANRIQUE UGARTEMinistro de Agricultura
07556
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RESOLUCIÓN SUPREMANº 093-2005-PCM
Lima, 18 de abril de 2005
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución Suprema Nº 111-2004-PCM se designó a los señores Luis Beltrán Barra Pachecoy Wegner Omar Quesada Martínez como representantesde los Gobiernos Regionales ante el Consejo Nacional deDescentralización (CND);
Que, mediante Resolución Nº 194-2004-JNE, el JuradoNacional de Elecciones confirmó el Acuerdo Regional Nº 068-2004-CR-APURÍMAC del Consejo Regional del Gobierno Re-gional de Apurímac, que acordó declarar la vacancia del cargode Presidente de dicho Gobierno Regional, cargo que veníasiendo ejercido por el señor Luis Beltrán Barra Pacheco;
Que, por su parte, el señor Wegner Omar QuesadaMartínez, mediante Oficio Nº 095-2005-GRA/PRES, formu-ló renuncia al Consejo Directivo del Consejo Nacional deDescentralización;
Que, con fecha 7 de marzo de 2005 el Consejo Nacio-nal de Descentralización (CND) convocó a los Presidentesde los Gobiernos Regionales para elegir a los reemplazantesde los señores Barra y Quesada, resultando electos comorepresentantes de los Gobiernos Regionales ante dichoConsejo los señores Carlos Ricardo Cuaresma Sánchez yMiguel Angel Mufarech Nemy;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis-lativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 27783 -Ley de Bases de la Descentralización, la Ley Nº 27867 -Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y la ResoluciónPresidencial Nº 053-CND-P-2003; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Designar como representantes de los Go-biernos Regionales ante el Consejo Nacional de Descen-tralización (CND), a los siguientes señores:
- CARLOS RICARDO CUARESMA SÁNCHEZ, Presiden-te del Gobierno Regional de Cusco; y,
- MIGUEL ANGEL MUFARECH NEMY, Presidente delGobierno Regional de Lima.
Artículo 2º.- Dejar sin efecto el artículo 1º de la Resolu-ción Suprema Nº 111-2004-PCM.
Artículo 3º.- La presnete Resolución Suprema será re-frendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República
CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros
07557
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RESOLUCIÓN SUPREMANº 094-2005-PCM
Lima, 18 de abril de 2005
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 12º de la Ley Nº 28245 - Ley marco delsistema nacional de gestión ambiental establece que elConsejo Directivo es la máxima autoridad del Consejo Na-cional del Ambiente - CONAM y está integrado -entre otros-por un representante de la universidad peruana, el mismoque es elegido por la Asamblea Nacional de Rectores,quien de conformidad con el artículo 7º de la Ley Nº 26410Ley del Consejo Nacional del Ambiente, deberá ser desig-nado mediante Resolución Suprema;
Que, habiendo elegido la Comisión de CoordinaciónInteruniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores alrepresentante de la universidad peruana ante el ConsejoDirectivo del Consejo Nacional del Ambiente, correspondeefectuar la designación correspondiente;
De conformidad con lo establecido por el Decreto Le-gislativo Nº 560, la Ley Nº 26410 y la Ley Nº 28245;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- DesignaciónDesignar al señor JORGE LESCANO SANDOVAL como miem-
bro del Consejo Directivo del Consejo Nacional del Ambiente -CONAM en representación de la universidad peruana.
Artículo 2º.- RefrendoLa presente Resolución Suprema será refrendada por
el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República
CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros
07558
AGRICULTURA
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DECRETO SUPREMONº 019-2005-AG
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo Nº 050-2000-AG del 5 de se-tiembre de 2000, se determinó como Bosque de ProducciónPermanente Biabo - Cordillera Azul la superficie de 984,426ha., precisándose en su artículo 3º que la conducción delproceso para la entrega en concesión de dicha área está acargo de la Comisión de Promoción de la Inversión Privada(COPRI); mediante los mecanismos y procedimientos estableci-dos en el Texto Único Ordenado de las normas con rango deley aprobadas por Decreto Supremo Nº 059-96-PCM y suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 060-96-PCMy demás normas complementarias, ampliatorias y modifica-torias, en tanto no se opongan a las disposiciones contenidasen la Ley Nº 27803 - Ley Forestal y de Fauna Silvestre;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 027-2002-PCM del24 de abril de 2002, modificado por Decreto SupremoNº 095-2003-EF del 3 de julio de 2003, se dispuso la fusiónpor absorción de la Comisión de Promoción de la InversiónPrivada - COPRI en la Agencia de Promoción de la Inver-sión Privada - PROINVERSIÓN;
Que, la Agencia de Promoción de la Inversión PrivadaPROINVERSIÓN, ha solicitado se dé por concluido el en-cargo conferido por el Decreto Supremo Nº 050-2000-AG,fundamentado en la Ley Nº 27308 que otorga al InstitutoNacional de Recursos Naturales - INRENA competencia enmateria de concesiones forestales;
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De conformidad con lo dispuesto por el inciso 8 delartículo 118º de la Constitución Política del Perú, y el De-creto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo;
DECRETA:
Artículo 1º.- Dése por concluido a partir de la fecha, elencargo conferido por el artículo 3º del Decreto SupremoNº 050-2000-AG a la ex Comisión de Promoción de la InversiónPrivada - COPRI, cuyas atribuciones ejerce actualmente la Agen-cia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN.
Artículo 2º.- La Comisión de Promoción de la InversiónPrivada - PROINVERSIÓN procederá a entregar al InstitutoNacional de Recursos Naturales - INRENA, todo el acervo docu-mentario correspondiente al proceso de entrega en concesióndel "Bosque de Producción Permanente Biabo - Cordillera Azul",en un plazo que no excederá de treinta (30) días calendario.
Artículo 3º.- El presente Decreto Supremo será refren-dado por el Ministro de Agricultura y el Ministro de Econo-mía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciochodías del mes de abril del año dos mil cinco.
ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República
MANUEL MANRIQUE UGARTEMinistro de Agricultura
PEDRO PABLO KUCZYNSKIMinistro de Economía y Finanzas
07551
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RESOLUCIÓN SUPREMANº 020-2005-AG
Lima, 18 de abril de 2005
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Suprema Nº 059-2004-AG,se autorizó del 13 al 27 de noviembre de 2004, el viaje delos ingenieros Dora Pariona Javier, Especialista de Defen-sa Fitosanitaria, y Luis Gonzales Bustamante, Especialistade Vigilancia Fitosanitaria del SENASA, a Tailandia yVietnam, para efectuar la verificación en origen en dichospaíses de la condición fitosanitaria del cultivo, así como lossistemas de almacenamiento, certificación y embarquesdel arroz pilado;
Que, la Jefatura del SENASA ha solicitado se expida laresolución correspondiente que amplíe en un día la autori-zación de viaje otorgada por Resolución Suprema Nº 059-2004-AG, debido a imprevistos que sufrieron los funciona-rios, los que se detallan en el informe presentado por elSENASA al señor Ministro de Agricultura mediante OficioNº 1941-2004-AG-SENASA;
Que, asimismo solicitan que la ampliación de la fechade viaje no incluya el día adicional de viáticos, ello debidoa que parte de los viáticos asignados a los doce díasefectivos de comisión, fueron gastados en el día adicional depermanencia entre las ciudades de Bangkok y Ámsterdam,previo al destino final a Lima;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25902,Decreto Legislativo Nº 560, Ley Nº 27619 y su Reglamento,aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Ampliar con eficacia anticipada hasta el28 de noviembre de 2004, la autorización de viaje efec-tuada por Resolución Suprema Nº 059-2004-AG, a losingenieros Dora Pariona Javier, Especialista de DefensaFitosanitaria, y Luis Gonzales Bustamante, Especialistade Vigilancia Fitosanitaria del SENASA, a Tailandia yVietnam, para efectuar la verificación en origen en dichospaíses de la condición fitosanitaria del cultivo, así comolos sistemas de almacenamiento, certificación y embar-ques del arroz pilado.
Artículo 2º.- La ampliación de la fecha de viaje efectua-da por el artículo 1º de la presente Resolución no irrogarágastos adicionales al tesoro público.
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será re-
frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y elMinistro de Agricultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República
CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros
MANUEL MANRIQUE UGARTEMinistro de Agricultura
07555
DEFENSA
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DECRETO SUPREMONº 010-2005-DE/SG
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo Nº 04 del 28 de marzo de1953, modificado por Decreto Supremo Nº 01 del 7 de enero de1971 y por Decreto Supremo Nº 052-DE/MGP del 22 de juniode 1994, se declaró como área reservada para la DefensaNacional a favor de la Marina de Guerra del Perú, una determi-nada extensión de terreno ubicada en la bahía de Sechura,distrito y provincia de Sechura, departamento de Piura;
Que, mediante Decreto Ley Nº 21233 del 5 de agosto de1975, se creó la zona reservada de Bayóvar y se declaró deinterés nacional y utilidad pública su aprovechamiento integral;
Que, por Resolución Suprema Nº 406-93-PCM de fe-cha 8 de setiembre de 1993, se ratificó el acuerdo confor-me al cual se incluye en el proceso de promoción de lainversión a que se refiere el Decreto Legislativo Nº 674, ala Empresa Minera Regional Grau Bayóvar S.A.; asimismo,mediante Resolución Suprema Nº 216-95-PCM, se ratificóal acuerdo en virtud del cual se aprueba el Plan de Promo-ción de la Inversión Privada en la empresa indicada y sedefine la modalidad para llevar adelante dicho proceso;
Que, la ejecución del proceso de promoción de la inver-sión del Proyecto Bayóvar generará beneficios directos alas áreas de influencia del proyecto, contribuyendo al de-sarrollo nacional, por lo que resulta necesario adoptar lasacciones necesarias para viabilizar la conclusión satisfac-toria de este proceso; habiéndose determinado la necesi-dad de contar con un terreno para la construcción de infra-estructura portuaria e instalaciones industriales;
Que, el área necesaria para la instalación de la infraes-tructura portuaria e industrial del Proyecto Bayóvar, se en-cuentra dentro del área reservada para la Defensa Nacionalsegún los decretos supremos señalados en el primer consi-derando de la presente norma, siendo necesario que se le-vante la reserva en dicha área para su transferencia vía apor-te de capital a favor de la Empresa Minera Regional GrauBayóvar, la cual suscribirá el respectivo contrato de usufructo,servidumbre y superficie con el inversionista privado;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Leydel Poder Ejecutivo, y con la opinión favorable del Ministe-rio de Defensa;
DECRETA:
Artículo 1º.- Levantar la reserva que se estableció me-diante Decreto Supremo Nº 04 del 28 de marzo de 1953,modificado por Decreto Supremo Nº 01 del 7 de enero de1971 y por Decreto Supremo Nº 052-DE/MGP del 22 de juniode 1994, sobre el terreno superficial de 4,412,848.62 m2,ubicado en el paraje denominado Bayóvar, en el flanco NorEste de las montañas Illescas, en el distrito y provincia deSechura, departamento de Piura; cuyos límites son por elNorte y Nor Oeste con los terrenos de propiedad de PETRO-PERU S.A., Operaciones Nor Oeste, por el Oeste y Sur con elOleoducto Nor Peruano y por el Este con el Litoral, Bahía deSechura; y cuya descripción se indica en los Anexos 1 y 2.
Artículo 2º.- Disponer la transferencia del terreno su-perficial a que se refiere el Artículo 1º del presente decretosupremo, inscrito en la Ficha Nº 18051 del Registro de laPropiedad Inmueble de la Zona Registral I - Sede Piura dela Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, en
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calidad de aporte de capital a favor de la Empresa MineraRegional Grau Bayóvar, para los fines indicados en la par-te considerativa del presente decreto supremo.
Artículo 3º.- FONAFE realizará las acciones adminis-trativas, societarias y registrales correspondientes para emitiracciones a favor del Estado, representado por FONAFE ypara lograr el perfeccionamiento de lo dispuesto en el pre-sente decreto supremo.
Artículo 4º.- El Registro de la Propiedad Inmueble de laZona Registral I - Sede Piura de la Superintendencia Nacionalde los Registros Públicos, por el mérito del presente decretosupremo, procederá a efectuar la independización del terrenosuperficial a que se refiere el Artículo 1º, así como a inscribir latransferencia referida en el Artículo 2º en calidad de aporte decapital a favor de la Empresa Minera Regional Grau Bayóvar.
Artículo 5º.- El terreno superficial a que se refiere elArtículo 1º del presente decreto supremo, será incorpora-do nuevamente como área de reserva para la DefensaNacional a favor de la Marina de Guerra del Perú, una vezque concluya el plazo del contrato de usufructo, superficiey servidumbre, que se suscriba con el inversionista privadopara el desarrollo portuario, de acuerdo a lo establecido enlas Bases del Concurso Público Internacional del ProyectoBayóvar; o en su caso, si dicho contrato no es suscritodentro del plazo establecido en las referidas Bases.
Para tal efecto, FONAFE y el Registro de la PropiedadInmueble de la Zona Registral I - Sede Piura de la Superinten-dencia Nacional de los Registros Públicos, adoptarán las accio-nes administrativas, societarias y registrales correspondientes.
Artículo 6º.- El presente decreto supremo será refren-dado por el Ministro de Energía y Minas, Ministro de Eco-nomía y Finanzas, por el Ministro de Defensa, y por elMinistro de Justicia.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciochodías del mes de abril de 2005.
ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República
GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍAMinistro de Energía y Minas
PEDRO PABLO KUCZYNSKIMinistro de Economía y Finanzas
ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓNMinistro de Defensa
EDUARDO SALHUANA CAVIDESMinistro de Justicia
07552
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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 297-2005-DE/MGP
Lima, 7 de abril de 2005
Visto el Oficio P.200-0509 del Director General del Per-sonal de la Marina, de fecha 15 de marzo de 2005;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo informado en el documento delvisto, el Comando Naval Sur de los Estados Unidos deAmérica, a través del Grupo Consultivo y de Ayuda Militarde dicho país, ha cursado una invitación para que DOS (2)representantes de la Marina de Guerra del Perú, participenen la Conferencia Intermedia de Planeamiento del Ejerci-cio PANAMAX MPC, a llevarse a cabo en la ciudad deMiami, Florida - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, del 12 al15 de abril de 2005; para lo cual se ha designado al Capi-tán de Fragata Gianfranco Alberto POLAR Figari y Capitánde Corbeta CJ. Guillermo Alfredo BOURONCLE Calixto;
Que, los gastos de hospedaje, transporte y alimentaciónserán solventados por el Comando Naval Sur de los EstadosUnidos de América, no generando gastos al Tesoro Público,salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3º delDecreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23 de diciem-bre de 2004, los viajes que únicamente irroguen gasto alTesoro Público por concepto de Tarifa Única de Uso deAeropuerto podrán ser autorizados por Resolución Ministe-rial del Sector correspondiente;
De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula laautorización de viajes al exterior de servidores y funcio-narios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de De-fensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2005, Decreto de UrgenciaNº 015-2004 de fecha 23 de diciembre de 2004, DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 yDecreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 deenero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión delServicio del Capitán de Fragata Gianfranco Alberto POLARFigari, CIP. 00886609 y Capitán de Corbeta CJ. Guillermo Alfre-do BOURONCLE Calixto, CIP. 02966463, a la ciudad de Miami,Florida - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, a fin que participenen la Conferencia Intermedia de Planeamiento del EjercicioPANAMAX MPC, a partir del 11 al 15 de abril de 2005.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Gue-rra del Perú, efectuará los pagos que correspondan deacuerdo a disposiciones vigentes:
Tarifa Única de Uso de Aeropuerto:US$ 28.24 x 2
Artículo 3º.- El Comandante General de la Marina que-da facultado para variar la fecha de inicio y término de laautorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder eltotal de días aprobados.
Artículo 4º.- Los gastos de hospedaje, transporte y alimenta-ción serán solventados por el Comando Naval Sur de los Esta-dos Unidos de América, no generando gastos al Tesoro Público,salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto.
Artículo 5º.- El mencionado Personal Superior deberácumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final delDecreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 deenero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004.
Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial no daderecho a exoneración o liberación de impuestos aduane-ros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓNMinistro de Defensa
07514
RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 299-2005-DE/MGP
Lima, 7 de abril de 2005
Visto el Oficio N.100-0483 del Director General de Ins-trucción de la Marina, de fecha 7 de marzo de 2005;
CONSIDERANDO:
Que, es conveniente para los intereses institucionalesautorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capi-tán de Navío Manuel Alejandro RAMOS Raygada, a fin queparticipe en el Curso de Compañeros Contra el Terrorismo, arealizarse en la Universidad Nacional para la Defensa (NDU)en el Fuerte McNair, ciudad de Virginia - ESTADOS UNIDOSDE AMÉRICA, del 16 de abril al 16 de diciembre de 2005;por cuanto los conocimientos y experiencia a adquirirse re-dundarán en beneficio de la Seguridad Nacional, dentro delámbito de competencia de la Marina de Guerra del Perú;
Que, los costos de hospedaje, transporte y alimentaciónserán solventados por el gobierno de los Estados Unidos deAmérica, no generando gastos al Tesoro Público, salvo enlo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3º delDecreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23 de diciem-bre de 2004, los viajes que únicamente irroguen gasto alTesoro Público por concepto de Tarifa Única de Uso deAeropuerto podrán ser autorizados por Resolución Ministe-rial del Sector correspondiente;
De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula laautorización de viajes al exterior de servidores y funcio-narios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de De-fensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2005, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto SupremoNº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, De-creto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio
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de 2004 y Decreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23de diciembre de 2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión deEstudios del Capitán de Navío Manuel Alejandro RAMOSRaygada, CIP. 01725944, a fin que participe en el Cursode Compañeros Contra el Terrorismo, a llevarse a cabo enla Universidad Nacional para la Defensa (NDU) en el FuerteMcNair, ciudad de Virginia - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRI-CA, a partir del 15 de abril al 16 de diciembre de 2005.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Gue-rra del Perú, efectuará los pagos que correspondan deacuerdo a disposiciones vigentes:
Tarifa Única de Uso de Aeropuerto:US$ 28.24 x 1
Artículo 3º.- El Comandante General de la Marina que-da facultado para variar la fecha de inicio y término de laautorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder eltotal de días aprobados.
Artículo 4º.- Los gastos de hospedaje, transporte y ali-mentación serán solventados por el gobierno de los EstadosUnidos de América, no generando gastos al Tesoro Público,salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto.
Artículo 5º.- El mencionado Oficial Superior revistaráen la Dirección General de Instrucción de la Marina, por elperíodo que dure la Misión de Estudios.
Artículo 6º.- El referido Oficial Superior deberá cumplircon lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final del DecretoSupremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004.
Artículo 7º.- La presente Resolución Ministerial no daderecho a exoneración o liberación de impuestos aduane-ros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓNMinistro de Defensa
07516
RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 306-2005-DE/MGP
Lima, 7 de abril de 2005
Visto el Oficio N.100-0585 del Director General de Ins-trucción de la Marina, de fecha 18 de marzo de 2005;
CONSIDERANDO:
Que, es conveniente para los intereses institucionalesautorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capi-tán de Corbeta Eduardo Manuel SANCHEZ Caro, a fin queparticipe en el Curso de Entrenamiento sobre Preparacióny Respuesta de Derrames de Petróleo, a realizarse en laciudad de Fort Lauderdale, Florida - ESTADOS UNIDOSDE AMÉRICA, del 11 al 15 de abril de 2005; por cuanto losconocimientos y experiencia a adquirirse redundarán enbeneficio de la Seguridad Nacional, dentro del ámbito decompetencia de la Marina de Guerra del Perú;
Que, los gastos de hospedaje, transporte y alimenta-ción serán solventados por la Secretaría General de laComisión Permanente del Pacífico Sur, en su condición deSecretaría del Plan de Acción del Pacífico Sudeste, nogenerando gastos al Tesoro Público, salvo en lo referentea la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 3º delDecreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23 de diciem-bre de 2004, los viajes que únicamente irroguen gasto alTesoro Público por concepto de Tarifa Única de Uso deAeropuerto podrán ser autorizados por Resolución Ministe-rial del Sector correspondiente;
De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula laautorización de viajes al exterior de servidores y funcio-narios públicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de De-fensa, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del SectorPúblico para el Año Fiscal 2005, Decreto de UrgenciaNº 015-2004 de fecha 23 de diciembre de 2004, DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 yDecreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 deenero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004;
SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de
Estudios del Capitán de Corbeta Eduardo Manuel SANCHEZCaro, CIP. 00954044, para que participe en el Curso deEntrenamiento sobre Preparación y Respuesta de Derra-mes de Petróleo, a llevarse a cabo en la ciudad de FortLauderdale, Florida - ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, apartir del 10 al 15 de abril de 2005.
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Gue-rra del Perú, efectuará el pago siguiente:
Tarifa Única de Uso de Aeropuerto:US$ 28.24 x 1
Artículo 3º.- El Comandante General de la Marina que-da facultado para variar la fecha de inicio y término de laautorización a que se refiere el Artículo 1º, sin exceder eltotal de días aprobados.
Artículo 4º.- Los gastos de hospedaje, transporte yalimentación serán solventados por la Secretaría Generalde la Comisión Permanente del Pacífico Sur, en su condi-ción de Secretaría del Plan de Acción del Pacífico Sudes-te, no generando gastos al Tesoro Público, salvo en loreferente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto.
Artículo 5º.- El mencionado Oficial Superior deberácumplir con lo dispuesto en la Cuarta Disposición Final delDecreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 deenero de 2004, modificado con Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004.
Artículo 6º.- La presente Resolución Ministerial no daderecho a exoneración o liberación de impuestos aduane-ros de ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓNMinistro de Defensa
07517
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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 298-2005-DE/MGP
Lima, 7 de abril de 2005
Visto el Oficio M.1000-524 del Director General del Materialde la Marina, de fecha 11 marzo 2005, mediante el cual reco-mienda aceptar la donación de 457 pallets de material otorga-do por el proyecto HANDCLASP a través del Agregado Navaly de Defensa de los Estados Unidos de América en el Perú afavor del Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú;
CONSIDERANDO:Que, mediante la Carta U-147-103 de fecha 21 octubre
2004, el Agregado Naval y de Defensa de los Estados Unidosde América en el Perú, manifestó la intención del proyectoHANDCLASP de donar 457 pallets a favor de la Marina deGuerra del Perú, de acuerdo a la relación que forma parteintegrante de la presente resolución; con la finalidad de que enforma coordinada se entregue este material a las poblacionesde las zonas más necesitadas de nuestro país; asimismo, dichadonación se encuentra valorizada aproximadamente enNOVECIENTOS UN MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATROCON 00/100 DÓLARES AMERICANOS (US$ 901, 394.00)
Que, la donación antes descrita no tiene como fin benefi-ciar directamente a la Marina de Guerra del Perú, ya que losbienes materia de la misma tendrán como destino final serentregados, en calidad también de donación, a las pobla-ciones más necesitadas de nuestro país, a través de obrassociales de acción cívica que se efectuarán conjuntamentecon la Asociación Stella Maris entidad sin fines de lucro,contribuyendo de esta manera con el desarrollo nacional;
Que, el Artículo 171º de la Constitución Política delPerú, señala que las Fuerzas Armadas y la Policía Nacio-nal participan en el desarrollo económico y social del país,y en la defensa civil de acuerdo a Ley;
Que, conforme a las coordinaciones realizadas con laEmbajada de Estados Unidos de América en el Perú, ladistribución del material donado se efectuará de maneraconjunta y en constante coordinación con los represen-tantes de la referida Embajada y la Asociación Stella Marisen representación de la Marina de Guerra del Perú;
Que, párrafo 3.1.1 de la Directiva Nº 009-2002-SBN sobre elprocedimiento para la donación de bienes muebles dados de
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baja por las entidades públicas y para la aceptación de ladonación de bienes muebles a favor del Estado, aprobada porResolución Nº 031-2002/SBN de fecha 16 agosto 2002, esta-blece que la donación de bienes muebles a favor del Estadoimporta la transferencia voluntaria de la propiedad de dichobien a título gratuito, a favor de una entidad pública, por partede una persona natural, entidad privada, gobierno extranjero,sociedad conyugal, copropietarios o la conjunción de cuales-quiera de ellas, a favor de una entidad pública;
Que, el Apéndice VII, Anexo "A" de la Directiva COM-GEMAR Nº 47-2004 de fecha 25 agosto 2004, estableceque cuando la donación sea de bienes no duraderos o deconsumo, se tramitará la aceptación de donación;
Que, el Artículo 2º del Texto Único ordenado del Im-puesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Con-sumo aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF modi-ficado en su inciso (k) por el Decreto Legislativo Nº 935 defecha 9 octubre 2003, establece que no están gravadascon el impuesto la importación o transferencia de bienesque se efectúe a título gratuito, a favor de Entidades yDependencias del Sector Público siempre que sea aproba-da por Resolución Ministerial del Sector correspondiente;
Que, el Artículo 172º del Reglamento General de Proce-dimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal,aprobado por Decreto Supremo Nº 154-2001 EF de fecha 17julio 2001, concordante con el párrafo 3.1.3 de la DirectivaNº 009-2002-SBN establece que las donaciones procedentesdel exterior, serán aceptadas mediante Resolución Ministerial delSector al que corresponda el destino de los bienes muebles,debiendo especificar la misma el valor de los bienes donados;
Estando a lo propuesto por el Director General del Mate-rial de la Marina y a lo recomendado por el ComandanteGeneral de la Marina;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar la donación de 457 pallets efec-tuada por el proyecto HANDCLASP a través del AgregadoNaval y de Defensa de los Estados Unidos de América enel Perú, a favor del Ministerio de Defensa - Marina de Gue-rra del Perú, donación que se encuentra valorizadaaproximadamente en NOVECIENTOS UN MIL TRES-CIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON 00/100 DÓLARESAMERICANOS (US$ 901,394.00) de acuerdo a la relaciónque forma parte integrante de presente resolución.
Artículo 2º.- Disponer que la citada donación, con la finali-dad de contribuir al desarrollo nacional, sea distribuida a travésde la Asociación Stella Maris en las zonas más necesitadas denuestro país; distribución que se efectuará de manera conjuntacon la Embajada de Estados Unidos de América en el Perú.
Artículo 3º.- Agradecer al proyecto HANDCLASP a travésdel Agregado Naval y de Defensa de los Estados Unidos deAmérica en el Perú por su importante contribución al EstadoPeruano, realizada a través de la presente donación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓNMinistro de Defensa
07515
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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 308-2005-DE/MGP
Lima, 7 de abril de 2005
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución Ministerial Nº 289-2004 DE/MGPde fecha 19 de febrero de 2004, modificada con Resolu-ción Ministerial Nº 1451-2004 DE/MGP de fecha 22 dediciembre de 2004, se constituyó el Subcomité de Admi-nistración del Fondo de Asistencia y Estímulo de la Sub-Unidad Ejecutora 04: Marina de Guerra del Perú, período2004 - 2005;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 557-2004 DE/MGP de fecha 13 de mayo 2004, se precisó el nombre ycategoría que corresponde al personal civil mencionadoen el Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 289-2004-DE/MGP de fecha 22 de diciembre de 2004, así como se
designó a personal de apoyo y asesoramiento al mencio-nado Subcomité de Administración;
Que, en razón que al Capitán de Navío Francisco JoséCALISTO Giampietri se le ha concedido Licencia para finesde Instrucción, mediante Resolución Directoral Nº 029-2005MGP/DP (R) de fecha 4 de febrero de 2005, con eficaciaanticipada al 1 de febrero de 2005, es necesario actualizarla conformación del mencionado Subcomité;
Que, el inciso 17.1 del Artículo 17º de la Ley Nº 27444,Ley del Procedimiento Administrativo General, establece laposibilidad que los efectos de un acto o resolución admi-nistrativa sean aplicados de modo anticipado a hechosadministrativos anteriores a su vigencia;
Estando a lo propuesto por el Comandante General dela Marina;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Modificar el Artículo 1º de la ResoluciónMinisterial Nº 289-2004 DE/MGP de fecha 19 de febrero de2004, en el sentido de nombrar al Capitán de Navío Walter JavierCASILLAS Esquivel, como presidente del Subcomité de Admi-nistración del Fondo de Asistencia y Estímulo de la Sub-UnidadEjecutora 04: Marina de Guerra del Perú, período 2004 - 2005,en reemplazo del Capitán de Navío Francisco José CALISTOGiampietri, con eficacia anticipada al 1 de febrero de 2005.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓNMinistro de Defensa
07518
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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 338-2005-DE/FAP
Lima, 12 de abril de 2005
Visto el Oficio Nº 122/MAAG/AFSEC-LOG del 16 de mar-zo del 2005 del Jefe del Grupo Consultivo y de Ayuda Militarde los Estados Unidos de América, Oficio Nº 837 DGPE/B/01del 22 de marzo de 2005 del Director General de Política yEstrategia del Ministerio de Defensa, Oficio V-50-ESPM-Nº 0256 del 28 de marzo del 2005 del Director de la EscuelaSuperior de Guerra Aérea de la FAP y Papeleta de TrámiteNº 1471 y 1497 del 23 y 28 de marzo de 2005, respectiva-mente, del Secretario General de la Fuerza Aérea del Perú;
CONSIDERANDO:
Que, es conveniente para los intereses Institucionales auto-rizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a los EstadosUnidos de América, del Personal FAP de la Planta Orgánica dela Escuela Superior de Guerra Aérea y del Personal FAP que seencuentra siguiendo el Curso de Alto Mando en la mencionadaescuela, el cual se indica en la parte resolutiva, con la finalidadde que participen en un viaje de orientación a diferentes Institu-ciones castrenses del mencionado país en las ciudades deColorado Springs y Denver, del 12 al 18 de junio de 2005;
Que, los gastos de hospedaje, transporte y alimenta-ción serán solventados por el Grupo Consultivo y de AyudaMilitar de los Estados Unidos de América mediante el Pro-grama TCA, no generando gastos al Tesoro Público, salvoen lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3º delDecreto de Urgencia Nº 015-2004 de fecha 23 de diciembredel 2004, los viajes que únicamente irroguen gasto al Teso-ro Público por concepto de Tarifa Única de Uso de Aeropuer-to podrán ser autorizadas por Resolución Ministerial del Sec-tor correspondiente;
De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula laautorización de viajes al exterior de servidores y funcionariospúblicos, Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, LeyNº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Público para elaño Fiscal 2005, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM defecha 5 de junio del 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero del 2004, Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio del 2004 y Decreto de UrgenciaNº 015-2004 del 23 de diciembre del 2004;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión deServicio a los Estados Unidos de América, del 12 al 18 dejunio de 2005, del Personal Militar FAP que se indica a conti-
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nuación, con la finalidad de que participen en un viaje deorientación a diferentes Instituciones castrenses del mencio-nado país en las ciudades de Colorado Springs y Denver:
Mayor General FAP RODRIGO GARCIA Luis JorgeMayor General FAP AVILA Y TELLO Pedro AntonioCoronel FAP CARRANZA ZEGARRA Ciro MagnoCoronel FAP TORRES VEGA Cesar MedardoCoronel FAP ASIN ARGOTE Nicanor EnriqueCoronel FAP SALHUANA ECHEGARAY Guillermo RaúlCoronel FAP FLORES MOYA Cesar AlfredoCoronel FAP GUTIERREZ GAMBETTA Miguel AngelCoronel FAP RAMIREZ GUILLEN Alberto ArturoCoronel FAP RIDOUTT AGNOLI Alexandre RobertCoronel FAP JOHNSON LALE Wilson FreddyCoronel FAP MATALLANA ROSE José LuisCoronel FAP TIPA HIDALGO Rolando
Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa-Fuerza Aérea delPerú efectuará los pagos que correspondan de acuerdo adisposiciones vigentes:
Tarifa Única de Uso de Aeropuerto:US$ 28.24 x 13 personas.
Artículo 3º.- El Comandante General de la FuerzaAérea queda facultado para variar la fecha de inicio y tér-mino de la autorización a que se refiere el artículo 1º sinexceder el total de días autorizados.
Artículo 4º.- Los gastos de hospedaje, transporte y ali-mentación serán solventados por el Grupo Consultivo y deAyuda Militar de los Estados Unidos de América mediante elPrograma TCA, no generando gastos al Tesoro Público,salvo en lo referente a la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto.
Artículo 5º.- La presente Resolución no dará derecho aexoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin-guna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROBERTO ENRIQUE CHIABRA LEÓNMinistro de Defensa
07519
ECONOMÍA Y FINANZAS
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DECRETO SUPREMONº 044-2005-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 674, Ley de Pro-moción de la Inversión Privada en las Empresas del Esta-do, se declaró de interés nacional la promoción de la inver-sión privada en el ámbito de las empresas que conformanla actividad empresarial del Estado;
Que, en virtud de la Resolución Suprema Nº 406-93-PCM de fecha 8 de setiembre de 1993, se ratificó el acuer-do conforme al cual se incluyó en el proceso de promociónde la inversión privada a que se refiere el Decreto Legisla-tivo Nº 674, a la Empresa Minera Regional Grau BayóvarS.A.; asimismo, con Resolución Suprema Nº 216-95-PCM,se ratificó el acuerdo en virtud del cual se aprobó el Plande Promoción en relación a la empresa indicada y se defi-nió la modalidad para llevar adelante dicho proceso;
Que, con acuerdo del Consejo Directivo dePROINVERSIÓN adoptado en sesión de fecha 22 demarzo de 2004, se aprobaron las Bases del ConcursoPúblico Internacional Nº PRI-82-04, para la promoción dela inversión privada en el Proyecto Bayóvar, a través de unContrato de Transferencia de las Concesiones Mineras yotros Bienes que conforman dicho proyecto;
Que, con fecha 15 de marzo de 2005, se realizó el Actode Recepción y Apertura de Propuestas y Adjudicación de laBuena Pro del Concurso Público Internacional Nº PRI-82-04para la promoción de la inversión privada en el ProyectoBayóvar, adjudicándose la buena pro a la empresaCompanhia Vale Do Rio Doce, de acuerdo a lo previsto en elNumeral 2.4.4 de las Bases del Concurso Público antes indicado;
Que, el artículo 2º del Decreto Ley Nº 25570, sustituido porel artículo 6º de la Ley Nº 26438, permite que el Estado otorgue
mediante contrato, a las personas jurídicas que realicen inver-siones bajo el marco del Decreto Legislativo Nº 674, las seguri-dades y garantías que mediante decreto supremo, en cadacaso, se consideren necesarias para proteger sus adquisicio-nes e inversiones, de acuerdo a la legislación vigente;
Que, en virtud de lo antes expresado, procede otorgar me-diante contrato, las seguridades y garantías a que se refiere elconsiderando precedente, a favor de la Compañía Minera MiskiMayo S.A.C., empresa subsidiaria de Companhia Vale Do RioDoce, la cual de acuerdo a lo establecido en el Numeral 2.3.7de las Bases del Concurso Público Internacional Nº PRI-82-04,suscribirá el Contrato de Transferencia de las Concesiones Mi-neras y otros Bienes que conforman el Proyecto Bayóvar; por loque, corresponde se le otorguen las seguridades y garantíasrespectivas, autorizándose al Viceministro de Minas del Ministeriode Energía y Minas, la suscripción del mismo;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 2º delDecreto Ley Nº 25570, sustituido por el artículo 6º de laLey Nº 26438, y el Decreto Legislativo Nº 560, Ley delPoder Ejecutivo;
DECRETA:
Artículo 1º.- Otórguese mediante contrato, a la empre-sa Compañía Minera Miski Mayo S.A.C., la garantía delEstado Peruano en respaldo de las declaraciones, seguri-dades, garantías y obligaciones a cargo de las entidadesdel Estado, contenidas en el Contrato de Transferencia delas Concesiones Mineras y otros Bienes que conforman elProyecto Bayóvar, resultante del Concurso Público Inter-nacional Nº PRI-82-04 efectuado por PROINVERSIÓN.
Artículo 2º.- La amplitud de la garantía a que se refiereel artículo precedente, será la que determine el respectivocontrato, observándose lo dispuesto por el Decreto Legis-lativo Nº 674, y por el artículo 2º del Decreto Ley Nº 25570,sustituido por el artículo 6º de la Ley Nº 26438.
Artículo 3º.- Autorícese al Viceministro de Minas delMinisterio de Energía y Minas, a suscribir en representa-ción del Estado, el contrato a que se refiere el artículo 1ºdel presente decreto supremo.
Artículo 4º.- El presente decreto supremo será refren-dado por el Ministro de Economía y Finanzas, y por elMinistro de Energía y Minas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los quincedías del mes de abril del año dos mil cinco.
ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República
PEDRO PABLO KUCZYNSKIMinistro de Economía y Finanzas
GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍAMinistro de Energía y Minas
07553
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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 167-2005-EF/15
Lima, 18 de abril de 2005
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1º de la Ley Nº 28451 crea el Fondo deDesarrollo Socioeconómico del Camisea - FOCAM como unfondo intangible destinado a contribuir al desarrollo sosteni-ble de los departamentos por donde pasan los ductos prin-cipales conteniendo los hidrocarburos de los Lotes 88 y 56;
Que, el artículo 2º de la mencionada Ley establece queconstituyen recursos del Fondo de Desarrollo Socioeconómicode Camisea - FOCAM el 25% de las regalías que corres-ponden al Gobierno Nacional provenientes de los Lotes 88y 56, luego de efectuadas las deducciones derivadas delpago del Canon gasífero al que se refiere el artículo 11º dela Ley Nº 27506, Ley de Canon;
Que, el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 042-2005-EF, Reglamento de la Ley de creación del Fondo deDesarrollo Socioeconómico de Camisea - FOCAM precisaque dicho fondo se compone del 25% de los recursos quecorresponden al Gobierno Nacional de las regalías proce-dentes de los Lotes 88 y 56, luego de efectuado el pagodel Canon Gasífero y otras deducciones correspondientesa PERUPETRO S.A., OSINERG, y el Ministerio de Energía
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y Minas de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Nº 26221 -Ley Orgánica de Hidrocarburos;
Que, el artículo 4º de la Ley Nº 28451 establece losporcentajes de distribución del Fondo de DesarrolloSocioeconómico de Camisea - FOCAM;
Que, el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 042-2005-EFregula el procedimiento de distribución de los recursos del Fon-do de Desarrollo Socioeconómico de Camisea - FOCAM, esta-bleciendo los criterios respectivos, a favor de los GobiernosRegionales, Gobiernos Locales y Universidades Públicas de losdepartamentos de Ayacucho, Huancavelica, Ica y Lima, exclu-yendo a Lima Metropolitana, beneficiarios de estos recursos;
Que, el artículo 5º del mismo Decreto Supremo señalaque los Índices de Distribución del Fondo de DesarrolloSocioeconómico de Camisea - FOCAM se determinaránanualmente para las transferencias a efectuarse en el mesde enero de cada año, mediante Resolución Ministerial delMinisterio de Economía y Finanzas;
Que, de acuerdo con lo establecido en la Única Dispo-sición Transitoria del Decreto Supremo Nº 042-2005-EF,mediante Oficio Nº 111-2005-MEM/VME, el Ministerio deEnergía y Minas remitió la información de las circunscripcionespor las que atraviesan los ductos que transportan los hidro-carburos procedentes de la explotación de los Lotes 88 y 56y la longitud de los ductos existentes en cada jurisdicción;
Que, mediante Oficio Nº 006-2005-INEI/DTDIS, el Insti-tuto Nacional de Estadística e Informática remitió la infor-mación de población y Necesidades Básicas Insatisfechas;
Que, de acuerdo al Oficio Nº 577-2005-SE-DGPU/DEEI, laAsamblea Nacional de Rectores remitió la lista oficial de univer-sidades públicas con su respectiva ubicación geográfica;
Que, es conveniente aprobar los Índices de Distribucióndel Fondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea -FOCAM correspondientes al año 2005;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla-tivo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, la Ley Nº 28451 y elDecreto Supremo Nº 042-2005-EF;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Apruébense los Índices de Distribución delFondo de Desarrollo Socioeconómico de Camisea -FOCAM correspondientes al año 2005, a ser aplicados alos Gobiernos Regionales, las Municipalidades Provincialesy Distritales y Universidades Públicas de los departamen-tos de Ayacucho, Huancavelica, Ica y Lima, exceptuandoLima Metropolitana, conforme a los Anexos que formanparte de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2º.- Los recursos recaudados a partir del 1 deenero de 2005 se transferirán en una cuota en el mes de abril.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PEDRO PABLO KUCZYNSKI G.Ministro de Economía y Finanzas
ANEXO 1
ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN DEL FONDO DE DESARROLLO DECAMISEA PARA GOBIERNOS REGIONALES Y LOCALES
AÑO 2005
GOB.LOCAL/DEPARTAMENTO/PROVINCIA/DISTRITO/ ÍNDICEGOB.REGIONAL
TOTAL 1.0000000000
GOBIERNOS LOCALES
AYACUCHO
HUAMANGA
AYACUCHO 0.0274307794ACOCRO 0.0087445063ACOS VINCHOS 0.0005888546CARMEN ALTO 0.0014771482CHIARA 0.0077698029OCROS 0.0008343611PACAYCASA 0.0005308339QUINUA 0.0008502247SAN JOSE DE TICLLAS 0.0001724915SAN JUAN BAUTISTA 0.0026083067SANTIAGO DE PISCHA 0.0001603261SOCOS 0.0040218384TAMBILLO 0.0022321348VINCHOS 0.0176726523JESUS NAZARENO 0.0013080134
CANGALLO
CANGALLO 0.0073423433CHUSCHI 0.0015239307LOS MOROCHUCOS 0.0012391063MARIA PARADO DE BELLIDO 0.0005165804PARAS 0.0074832557TOTOS 0.0007297939
GOB.LOCAL/DEPARTAMENTO/PROVINCIA/DISTRITO/ ÍNDICEGOB.REGIONAL
HUANCA SANCOS
SANCOS 0.0022240990CARAPO 0.0004640179SACSAMARCA 0.0003449436SANTIAGO DE LUCANAMARCA 0.0004838972
HUANTA
HUANTA 0.0120774539AYAHUANCO 0.0005207773HUAMANGUILLA 0.0007372315IGUAIN 0.0003344307LURICOCHA 0.0006052603SANTILLANA 0.0008630513SIVIA 0.0019445435LLOCHEGUA 0.0014771089
LA MAR
SAN MIGUEL 0.0149307726ANCO 0.0175547566AYNA 0.0012088413CHILCAS 0.0034498365CHUNGUI 0.0007826523LUIS CARRANZA 0.0019273203SANTA ROSA 0.0018530594TAMBO 0.0017770984
LUCANAS
PUQUIO 0.0117568504AUCARA 0.0004524713CABANA 0.0002478264CARMEN SALCEDO 0.0003297620CHAVIÑA 0.0004501162CHIPAO 0.0005954728HUAC-HUAS 0.0004173327LARAMATE 0.0004718053LEONCIO PRADO 0.0003381382LLAUTA 0.0002997401LUCANAS 0.0004711969OCAÑA 0.0007055717OTOCA 0.0004542955SAISA 0.0001303353SAN CRISTOBAL 0.0002400214SAN JUAN 0.0001220936SAN PEDRO 0.0006115132SAN PEDRO DE PALCO 0.0003090279SANCOS 0.0005038283SANTA ANA DE HUAYCAHUACHO 0.0001398797SANTA LUCIA 0.0002752262
PARINACOCHAS
CORACORA 0.0048163343CHUMPI 0.0005347803CORONEL CASTAÑEDA 0.0001280330PACAPAUSA 0.0000934718PULLO 0.0006029912PUYUSCA 0.0004463994SAN FRANCISCO DE RAVACAYCO 0.0001083958UPAHUACHO 0.0001686588
PAUCAR DEL SARA SARA
PAUSA 0.0021104023COLTA 0.0000691959CORCULLA 0.0001176701LAMPA 0.0003902536MARCABAMBA 0.0001215721OYOLO 0.0001877704PARARCA 0.0001235443SAN JAVIER DE ALPABAMBA 0.0000658485SAN JOSE DE USHUA 0.0000424159SARA SARA 0.0001611994
SUCRE
QUEROBAMBA 0.0028923386BELEN 0.0000727347CHALCOS 0.0001499177CHILCAYOC 0.0001444729HUACAÑA 0.0000915275MORCOLLA 0.0003221918PAICO 0.0002075235SAN PEDRO DE LARCAY 0.0001462568SAN SALVADOR DE QUIJE 0.0002774685SANTIAGO DE PAUCARAY 0.0002274514SORAS 0.0001799198
VICTOR FAJARDO
HUANCAPI 0.0056554552ALCAMENCA 0.0004259324APONGO 0.0001195772ASQUIPATA 0.0000866156CANARIA 0.0005274482CAYARA 0.0002629139COLCA 0.0002626014HUAMANQUIQUIA 0.0001990407HUANCARAYLLA 0.0007479752HUAYA 0.0004380895SARHUA 0.0004935772VILCANCHOS 0.0004884128
VILCAS HUAMAN
VILCAS HUAMAN 0.0048875148ACCOMARCA 0.0003440641CARHUANCA 0.0002088148
����� ���� ����������� Lima, martes 19 de abril de 2005
GOB.LOCAL/DEPARTAMENTO/PROVINCIA/DISTRITO/ ÍNDICEGOB.REGIONAL
CONCEPCION 0.0003570366HUAMBALPA 0.0003389628INDEPENDENCIA 0.0003899163SAURAMA 0.0002983236VISCHONGO 0.0006147271
HUANCAVELICA
HUANCAVELICA
HUANCAVELICA 0.0278348592ACOBAMBILLA 0.0006033388ACORIA 0.0042947561CONAYCA 0.0002560722CUENCA 0.0005177414HUACHOCOLPA 0.0004732405HUAYLLAHUARA 0.0002366078IZCUCHACA 0.0001874361LARIA 0.0002288980MANTA 0.0003442959MARISCAL CACERES 0.0000802510MOYA 0.0003894145NUEVO OCCORO 0.0004506998PALCA 0.0007097376PILCHACA 0.0001859627VILCA 0.0007011927YAULI 0.0046432975ASCENSION 0.0015506165HUANDO 0.0013753189
ACOBAMBA
ACOBAMBA 0.0094301904ANDABAMBA 0.0005967031ANTA 0.0010800508CAJA 0.0005186757MARCAS 0.0003391739PAUCARA 0.0017131569POMACOCHA 0.0007786386ROSARIO 0.0009628091
ANGARAES
LIRCAY 0.0091536118ANCHONGA 0.0009645692CALLANMARCA 0.0002022484CCOCHACCASA 0.0006063613CHINCHO 0.0000477572CONGALLA 0.0005981755HUANCA-HUANCA 0.0003345073HUAYLLAY GRANDE 0.0002221691JULCAMARCA 0.0001979056SAN ANTONIO DE ANTAPARCO 0.0000915865SANTO TOMAS DE PATA 0.0001255196SECCLLA 0.0003799487
CASTROVIRREYNA
CASTROVIRREYNA 0.0039327569ARMA 0.0002513104AURAHUA 0.0003294019CAPILLAS 0.0002224319CHUPAMARCA 0.0001629895COCAS 0.0001517595HUACHOS 0.0003113292HUAMATAMBO 0.0000885599MOLLEPAMPA 0.0002057955SAN JUAN 0.0001543826SANTA ANA 0.0002226120TANTARA 0.0001351375TICRAPO 0.0003301531
CHURCAMPA
CHURCAMPA 0.0096377449ANCO 0.0017522016CHINCHIHUASI 0.0006802259EL CARMEN 0.0005237583LA MERCED 0.0000630827LOCROJA 0.0008328152PAUCARBAMBA 0.0009111747SAN MIGUEL DE MAYOCC 0.0001143704SAN PEDRO DE CORIS 0.0008988148PACHAMARCA 0.0006528664
HUAYTARA
HUAYTARA 0.0050089130AYAVI 0.0024933497CORDOVA 0.0001930806HUAYACUNDO ARMA 0.0000788241LARAMARCA 0.0002412155OCOYO 0.0001749117PILPICHACA 0.0083318723QUERCO 0.0001005411QUITO-ARMA 0.0001490330SAN ANTONIO DE CUSICANCHA 0.0002765993SAN FRANCISCO DE SANGAYAICO 0.0002426279SAN ISIDRO 0.0001833314SANTIAGO DE CHOCORVOS 0.0006496308SANTIAGO DE QUIRAHUARA 0.0001287459SANTO DOMINGO DE CAPILLAS 0.0002233901TAMBO 0.0058719074
TAYACAJA
PAMPAS 0.0215702572ACOSTAMBO 0.0008773078ACRAQUIA 0.0008359329AHUAYCHA 0.0008291926
GOB.LOCAL/DEPARTAMENTO/PROVINCIA/DISTRITO/ ÍNDICEGOB.REGIONAL
COLCABAMBA 0.0035521150DANIEL HERNANDEZ 0.0015776200HUACHOCOLPA 0.0005292569HUARIBAMBA 0.0012372975ÑAHUIMPUQUIO 0.0004646315PAZOS 0.0013634277QUISHUAR 0.0001750597SALCABAMBA 0.0009362609SALCAHUASI 0.0008669636SAN MARCOS DE ROCCHAC 0.0006778626SURCUBAMBA 0.0009328390TINTAY PUNCU 0.0006432931
ICA
ICA
ICA 0.0272084012LA TINGUIÑA 0.0022334603LOS AQUIJES 0.0013792953OCUCAJE 0.0005037641PACHACUTEC 0.0005403131PARCONA 0.0040778155PUEBLO NUEVO 0.0004734495SALAS 0.0010076328SAN JOSE DE LOS MOLINOS 0.0007596481SAN JUAN BAUTISTA 0.0011335425SANTIAGO 0.0019990420SUBTANJALLA 0.0007131864TATE 0.0003372234YAUCA DEL ROSARIO 0.0002223233
CHINCHA
CHINCHA ALTA 0.0145065641ALTO LARAN 0.0023315998CHAVIN 0.0001337116CHINCHA BAJA 0.0010888192EL CARMEN 0.0042268133GROCIO PRADO 0.0043795423PUEBLO NUEVO 0.0102062183SAN JUAN DE YANAC 0.0001642953SAN PEDRO DE HUACARPANA 0.0002430201SUNAMPE 0.0011750572TAMBO DE MORA 0.0004530714
NAZCA
NASCA 0.0066251515CHANGUILLO 0.0003020828EL INGENIO 0.0005042143MARCONA 0.0007064895VISTA ALEGRE 0.0011497506
PALPA
PALPA 0.0022488913LLIPATA 0.0002020911RIO GRANDE 0.0004240967SANTA CRUZ 0.0001815299TIBILLO 0.0001516426
PISCO
PISCO 0.0136771366HUANCANO 0.0085078198HUMAY 0.0090011528INDEPENDENCIA 0.0057212882PARACAS 0.0010671415SAN ANDRES 0.0063531484SAN CLEMENTE 0.0016545371TUPAC AMARU INCA 0.0009828271
LIMA
BARRANCA
BARRANCA 0.0129325749PARAMONGA 0.0022500585PATIVILCA 0.0012062938SUPE 0.0019529797SUPE PUERTO 0.0008371922
CAJATAMBO
CAJATAMBO 0.0017812663COPA 0.0002180529GORGOR 0.0002234615HUANCAPON 0.0002141178MANAS 0.0002068954
CANTA
CANTA 0.0015721018ARAHUAY 0.0000851887HUAMANTANGA 0.0001233188HUAROS 0.0001353724LACHAQUI 0.0001108419SAN BUENAVENTURA 0.0000738387SANTA ROSA DE QUIVES 0.0004363325
CAÑETE
SAN VICENTE DE CAÑETE 0.0174720698ASIA 0.0033177929CALANGO 0.0001618720CERRO AZUL 0.0034743090CHILCA 0.0061672251COAYLLO 0.0001086534IMPERIAL 0.0021894778
����� ����������������Lima, martes 19 de abril de 2005
GOB.LOCAL/DEPARTAMENTO/PROVINCIA/DISTRITO/ ÍNDICEGOB.REGIONAL
LUNAHUANA 0.0002551358MALA 0.0065514752NUEVO IMPERIAL 0.0010543294PACARAN 0.0001632834QUILMANA 0.0006981806SAN ANTONIO 0.0017378633SAN LUIS 0.0046963794SANTA CRUZ DE FLORES 0.0013736653ZUÑIGA 0.0001732489
HUARAL
HUARAL 0.0171108353ATAVILLOS ALTO 0.0003110157ATAVILLOS BAJO 0.0002095081AUCALLAMA 0.0015748614CHANCAY 0.0029361689IHUARI 0.0006141684LAMPIAN 0.0000613102PACARAOS 0.0002066170SAN MIGUEL DE ACOS 0.0000974152SANTA CRUZ DE ANDAMARCA 0.0001297082SUMBILCA 0.0002852125VEINTISIETE DE NOVIEMBRE 0.0000739805
HUAROCHIRI
MATUCANA 0.0088033227ANTIOQUIA 0.0002010822CALLAHUANCA 0.0000727119CARAMPOMA 0.0000351883CHICLA 0.0004915977CUENCA 0.0000668812HUACHUPAMPA 0.0000726871HUANZA 0.0000865794HUAROCHIRI 0.0002241424LAHUAYTAMBO 0.0001751425LANGA 0.0001332708LARAOS 0.0000285039MARIATANA 0.0002381320RICARDO PALMA 0.0003452540SAN ANDRES DE TUPICOCHA 0.0002487442SAN ANTONIO 0.0006267870SAN BARTOLOME 0.0001153202SAN DAMIAN 0.0002011609SAN JUAN DE IRIS 0.0000397411SAN JUAN DE TANTARANCHE 0.0000619496SAN LORENZO DE QUINTI 0.0001760986SAN MATEO 0.0006235824SAN MATEO DE OTAO 0.0003332977SAN PEDRO DE CASTA 0.0001885309SAN PEDRO DE HUANCAYRE 0.0000193723SANGALLAYA 0.0001108367SANTA CRUZ DE COCACHACRA 0.0002401683SANTA EULALIA 0.0006287126SANTIAGO DE ANCHUCAYA 0.0001002183SANTIAGO DE TUNA 0.0000798112SANTO DOMINGO DE LOS OLLEROS 0.0001605817SURCO 0.0001959127
HUAURA
HUACHO 0.0196127661AMBAR 0.0004222125CALETA DE CARQUIN 0.0004640396CHECRAS 0.0001669142HUALMAY 0.0017095405HUAURA 0.0030343364LEONCIO PRADO 0.0003257606PACCHO 0.0003235360SANTA LEONOR 0.0002400814SANTA MARIA 0.0019322943SAYAN 0.0024020798VEGUETA 0.0015908688
OYON
OYON 0.0026996687ANDAJES 0.0000986931CAUJUL 0.0000946618COCHAMARCA 0.0001762869NAVAN 0.0001123206PACHANGARA 0.0003499052
YAUYOS
YAUYOS 0.0043899052ALIS 0.0001811708AYAUCA 0.0001540152AYAVIRI 0.0000678621AZANGARO 0.0001049305CACRA 0.0001559543CARANIA 0.0000546692CATAHUASI 0.0001766708CHOCOS 0.0001344742COCHAS 0.0000245077COLONIA 0.0002376633HONGOS 0.0000485684HUAMPARA 0.0000362582HUANCAYA 0.0000515526HUANGASCAR 0.0000572488HUANTAN 0.0001046583HUAÑEC 0.0000786192LARAOS 0.0001712518LINCHA 0.0000770568MADEAN 0.0001249919MIRAFLORES 0.0000461337OMAS 0.0001072648PUTINZA 0.0000526794QUINCHES 0.0001365230
GOB.LOCAL/DEPARTAMENTO/PROVINCIA/DISTRITO/ ÍNDICEGOB.REGIONAL
QUINOCAY 0.0001130387SAN JOAQUIN 0.0000076974SAN PEDRO DE PILAS 0.0000482321TANTA 0.0000456815TAURIPAMPA 0.0001248750TOMAS 0.0001197386TUPE 0.0001024813VIÑAC 0.0002438189VITIS 0.0000215867
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE AYACUCHO 0.1190193480GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA 0.0757040409GOBIERNO REGIONAL DE ICA 0.0711400228GOBIERNO REGIONAL DE LIMA 0.0674699221
ANEXO 2
ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN DEL FONDO DE DESARROLLODE CAMISEA PARA UNIVERSIDADES NACIONALES
AÑO 2005
GOB.LOCAL/DEPARTAMENTO/PROVINCIA/DISTRITO/ ÍNDICEGOB.REGIONAL
TOTAL 1.0000000000
UNIVERSIDAD NACIONAL SAN CRISTÓBAL DE HUAMANGA 0.2500000000UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA 0.2500000000UNIVERSIDAD NACIONAL SAN LUIS GONZAGA 0.2500000000UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ CARRIÓN 0.2500000000
07507
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RESOLUCIÓN VICEMINISTERIALNº 008-2005-EF/15
Lima, 18 de abril de 2005
CONSIDERANDO:
Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modifi-catorias, se estableció el Sistema de Franja de Preciospara las importaciones de los productos señalados en elAnexo I del citado Decreto Supremo;
Que, por Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se modificó elArtículo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y se dispu-so que los precios CIF de referencia fueran publicados porResolución Viceministerial del Viceministro de Economía;
Que, por Decreto Supremo Nº 075-2004-EF se dispuso quelas Tablas Aduaneras del Maíz, Arroz y Lácteos, aprobadas porel Decreto Supremo Nº 001-2002-EF y la Tabla Aduanera delAzúcar a que se refiere el Artículo 3º del Decreto SupremoNº 153-2002-EF tendrán vigencia hasta el 30 de junio de 2005;
Que, corresponde publicar los precios CIF de referenciapara el período comprendido entre el 1 y el 15 de abril de 2005;
De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 7º delDecreto Supremo Nº 115-2001-EF modificado por el Ar-tículo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Publíquese los precios CIF de referen-cia para la aplicación del Derecho Variable Adicional o re-baja arancelaria a que se refiere el Decreto SupremoNº 115-2001-EF y modificatorias:
PRECIOS CIF DE REFERENCIA(DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF)US$ por T.M.
Fecha Maíz Azúcar Arroz LecheEntera en
PolvoDel 1/4/2005 al 15/4/2005 118 286 336 2 320
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FERNANDO ZAVALA LOMBARDIViceministro de Economía
07508
����� ���� ����������� Lima, martes 19 de abril de 2005
EDUCACIÓN
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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0244-2005-ED
Lima, 18 de abril de 2005
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0639-2003-EDde fecha 26 de mayo de 2003, se designa al arquitecto JoséLuis Quiun Peña, Jefe de la Oficina de Infraestructura Educa-tiva, dependiente del Viceministerio de Gestión Institucionaldel Ministerio de Educación, cargo considerado de confianza;
Que, el mencionado funcionario ha presentado su re-nuncia al cargo referido en el considerando precedente;
Que, el Artículo 7º, Disposición Transitoria de la LeyNº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecu-tivo en el nombramiento y designación de funcionarios pú-blicos, establece que mediante Resolución Ministerial o delTitular de la Entidad que corresponda, se acepta la renun-cia o se dispone una nueva designación o nombramientode los actuales funcionarios con cargo de confianza nocontemplados en el Artículo 1º de la mencionada Ley;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594,Decreto Ley Nº 25762 modificado por la Ley Nº 26510, ylos Decretos Supremos Nºs 51-95-ED y 002-96-ED;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por el arqui-tecto José Luis Quiun Peña, al cargo de Jefe de la Oficinade Infraestructura Educativa, dependiente del Viceministeriode Gestión Institucional del Ministerio de Educación, cargoconsiderado de confianza, con efectividad al 17 de abril de2005, dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2º.- Designar al arquitecto Luis GurmendiTovar, Jefe de la Oficina de Infraestructura Educativa, de-pendiente del Viceministerio de Gestión Institucional delMinisterio de Educación, cargo considerado de confianza,con efectividad al 18 de abril de 2005.
Regístrese y comuníquese.
JAVIER SOTA NADALMinistro de Educación
07520
ENERGÍA Y MINAS
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RESOLUCIÓN SUPREMANº 016-2005-EM
Lima, 15 de abril de 2005
VISTO, la Carta Nº PRES-PRYP-038-2005, de 12 deabril del 2005, mediante la cual se solicita autorizaciónpara el viaje del Ing. Ronald Egúsquiza Simauchi, Gerentede Promoción y Planeamiento de PERUPETRO S.A., aBeijing, República Popular China, del 16 al 24 de abril del2005; y,
CONSIDERANDO:
Que, con Oficio Nº 363-2005-EM/DGH, el Ministerio deEnergía y Minas, ha solicitado la designación de un dele-gado de PERUPETRO S.A., para que participe en la"IV Reunión de la Comisión Mixta Económico ComercialPerú-China", a realizarse en Beijing, República PopularChina, del 18 al 22 de abril del 2005;
Que, atendiendo la solicitud referida en el consideran-do anterior, PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo de Di-rectorio Nº 021-2005, de fecha 12 de abril de 2005, hadesignado al Ing. Ronald Egúsquiza Simauchi, Gerente dePromoción y Planeamiento;
Que, la mencionada IV Reunión, entre funcionarios delPerú y de la República Popular China, tiene por objeto prepa-rar los acuerdos en el área de hidrocarburos que serán suscri-tos en el marco de la Visita de Estado del señor Presidentede la República de Perú a la República Popular China;
Que, los acuerdos indicados en el considerando queantecede, están referidos a la promoción de inversionesde Empresas Petroleras Chinas, forman parte del PlanOperativo 2005, están vinculados con el objeto social y elPlan Estratégico de PERUPETRO S.A.; y, resultan indis-pensables para asegurar el cumplimiento de los objetivos ymetas fijados para la Empresa;
Que, en tal sentido, es necesario autorizar excepcio-nalmente el mencionado viaje; debiendo PERUPETRO S.A.asumir, con cargo a su Presupuesto, los gastos por con-cepto de pasajes, viáticos y tarifa CORPAC;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619,Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y Decreto SupremoNº 047-2002-PCM; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del Ing.Ronald Egúsquiza Simauchi, Gerente de Promoción y Pla-neamiento de PERUPETRO S.A., a Beijing, RepúblicaPopular China, del 16 al 24 de abril del 2005, para los finesexpuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lapresente Resolución, serán cubiertos con cargo al Presupues-to de PERUPETRO S.A., de acuerdo al detalle siguiente:
US$
Pasajes 2,570.99Viáticos ($ 260 x 7 días) 1,820.00Gastos de Instalación ($ 260/día x 2 días) 520Tarifa Corpac 28.24
-------------TOTAL US$ 4,939.23
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no daráderecho a exoneración o liberación de impuestos aduane-ros de ninguna clase o denominación.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re-frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y porel Ministro de Energía y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República
CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros
GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍAMinistro de Energía y Minas
07559
RESOLUCIÓN SUPREMANº 017-2005-EM
Lima, 15 de abril de 2005
VISTO, la Carta Nº RRHH-DP-269-2005, de fecha 14de abril de 2005, mediante la cual la Gerencia General dePETROPERÚ S.A., solicita autorización de viaje del Sr.Pedro Méndez Milla, Gerente Proyecto Modernización Re-finería Talara, a la ciudad de Beijing, República PopularChina, del 16 al 24 de abril de 2005; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Directorio de PETROPERU S.A. de conformi-dad con lo establecido en el inciso r) del Artículo 48º de suEstatuto Social, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-EM, mediante Acuerdo de Directorio Nº 032-2005-PP, del 14 de abril de 2005, autorizó el viaje del señorPedro Méndez Milla, Gerente Proyecto Modernización Re-finería Talara, a la ciudad de Beijing, República PopularChina, del 16 al 24 de abril de 2005; (incluyendo días deviaje), para que participe en la "IV reunión de la ComisiónMixta Económico Comercial Perú - China"; que serán cu-biertos con cargo al presupuesto de PETROPERU S.A.;
Que, el objeto de la reunión es preparar acuerdos en elárea de hidrocarburos que serán suscritos en el marco de lavisita de Estado del señor Presidente de la República de Perúa la República Popular China. Los temas que se tratarán endichas reuniones forman parte del Plan Operativo 2005 y
����� ����������������Lima, martes 19 de abril de 2005
están vinculados con el objeto social y el Plan Estratégico dePETROPERU S.A., siendo indispensables para asegurar elcumplimiento de los objetivos y metas fijadas para la Empresa;
Que, en consecuencia, es necesario autorizar el co-rrespondiente viaje;
De conformidad con lo establecido en el numeral 1.5.5.1de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario de lasEmpresas bajo el ámbito de FONAFE, aprobada medianteAcuerdo de Directorio Nº 001-2004/001-FONAFE y modifica-da por Acuerdo de Directorio Nº 029-2004/022-FONAFE, enel Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y en la Ley Nº 27619;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del Sr.Pedro Méndez Milla, Gerente Proyecto Modernización Re-finería Talara, a la ciudad de Beijing, República PopularChina, del 16 al 24 de abril 2005 (incluyendo días de viaje),para que participe en la "IV Reunión de la Comisión MixtaEconómico Comercial Perú - China", de acuerdo a los con-siderandos expuestos en la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lapresente Resolución Suprema, ascendente a la suma de cin-co mil trescientos cuarenta y uno y 35/100 dólares americanos(US$ 5,341.35), serán cubiertos con cargo al presupuesto dePETROPERÚ S.A., de acuerdo al siguiente detalle:
US$
Pasajes 2,973.11Viáticos ($260 x 9 días) 2,340.00Tarifa Corpac 28.24
-----------TOTAL US$ 5,341.35
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no daráderecho a exoneración o liberación de impuestos aduane-ros de ninguna clase o denominación.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re-frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y porel Ministro de Energía y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República
CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros
GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍAMinistro de Energía y Minas
07560
RESOLUCIÓN SUPREMANº 018-2005-EM
Lima, 15 de abril de 2005
CONSIDERANDO:
Que, el Perú y la República Popular de China han unidoesfuerzos para brindar un nuevo y vigoroso impulso a susrelaciones bilaterales, con ocasión de la Visita Oficial delVicepresidente chino Zeng Qinghong, el 26 de enero de2005, que sirvió de marco para la suscripción de ochoimportantes acuerdos, en las áreas claves como el turismo,la agroexportación, la explotación petrolera y la coopera-ción internacional entre ambos países;
Que, mediante Oficio RE (OPE-PCO) Nº 2-13-A/24, defecha 31 de marzo de 2005, el Ministerio de RelacionesExteriores ha solicitado se designe a una delegación delMinisterio de Energía y Minas, a fin de que se conforme unaComisión Multisectorial que participe en la IV Comisión MixtaEconómico-Comercial Peruano-China, a llevarse a cabo en laRepública Popular de China, del 18 al 24 de abril de 2005;
Que, la referida reunión constituye una etapa prepa-ratoria para la visita programada del Presidente de la Re-pública y tendrá como objetivo promover propuestas decooperación y/o proyectos de inversión que beneficien aambos países, lo cual se plasmará en Convenios de Co-operación Bilateral, según la agenda de trabajo propuestacon temas de interés multisectorial;
Que, el Ing. Gustavo Adolfo Navarro Valdivia, DirectorGeneral de Hidrocarburos ha sido designado para queconforme la delegación del Sector Energía y Minas queasistirá al referido evento, lo cual constituye una importan-te ocasión para promover la inversión privada en el país,así como recoger la experiencia de otros países y fortale-cer los lazos de cooperación internacional en materia mine-
ra y energética, siendo objetivos indispensables para eldesarrollo del Sector;
Que, en tal sentido es necesario autorizar excepcional-mente el mencionado viaje debiendo el Ministerio deEnergía y Minas asumir con cargo a su presupuesto, losgastos por concepto de pasajes, viáticos y tarifa CORPAC;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619,Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto SupremoNº 047-2002-PCM; y,
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje del Ing.Gustavo Adolfo Navarro Valdivia, Director General de Hi-drocarburos, a la República Popular de China, del 16 al 24de abril de 2005, para que participe en la IV Comisión MixtaEconómico-Comercial Peruano-China, de acuerdo a losconsiderandos expuestos en la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lapresente Resolución Suprema, ascendente a la suma de Cua-tro Mil Quinientos Setenta y Seis y 93/100 dólares americanos(US$ 4,576.93), serán cubiertos con cargo al presupuesto delMinisterio de Energía y Minas, de acuerdo al siguiente detalle:
Ing. Gustavo Adolfo Navarro Valdivia
US$
Pasajes 2,728.69Viáticos ($ 260 x 7 días) 1,820.00Tarifa Corpac 28.24
-----------TOTAL US$ 4,576.93
Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no daráderecho a exoneración o liberación de impuestos aduane-ros de ninguna clase o denominación.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será re-frendada por el Presidente del Consejo de Ministros y porel Ministro de Energía y Minas.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República
CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros
GLODOMIRO SÁNCHEZ MEJÍAMinistro de Energía y Minas
07561
RELACIONES EXTERIORES
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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0318-2005-RE
Lima, 15 de abril de 2005
CONSIDERANDO:
Que la Embajada de Canadá ha invitado al Gobierno delPerú a enviar representantes a la conferencia "Gobernabili-dad de la pesca en alta mar y el Acuerdo sobre poblacionesde peces de las Naciones Unidas - De las palabras a laacción", que bajo el patrocinio de Canadá, se realizará enSt. John's, Terranova, Canadá, del 1 al 5 de mayo de 2005;
Que el interés y compromiso del Perú en asegurar eldesarrollo sostenible del espacio oceánico y sus recursostal como se expresó en el Plan de Acción de la Cumbre deJohannesburgo (2002), particularmente de aquellas po-blaciones de peces cuya conservación y ordenación se veafectado por la intensificación de la pesca en alta mar;
Que siendo de urgente necesidad coordinar y unir esfuer-zos a nivel internacional para enfrentar el desafío de la sobre-pesca mundial, cuya gravedad se acentúa, entre otros facto-res, por las incursiones no autorizadas de flotas extranjeras enlas zonas marítimas bajo jurisdicción de los estados costeros;
Que mediante Oficio Nº 959 DGPE/B/01, de 5 de abrilde 2005, del Director General de Política y Estrategia delMinisterio de Defensa, ha designado para que participe endicho evento al Capitán de Fragata SGC Angel Tello Gilardi;
����� ����� ����������� Lima, martes 19 de abril de 2005
Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite(GPX) Nº 1609, del Gabinete de Coordinación del Secre-tario de Política Exterior, de 8 de abril de 2005;
De conformidad con la Cuarta Disposición Complemen-taria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de laRepública; en concordancia con el artículo 83º del DecretoSupremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Basesde la Carrera Administrativa; los artículos 185º y 190º delReglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la Repúbli-ca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE;el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, LeyOrgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la LeyNº 27619; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regulala autorización de viajes al exterior de servidores y funciona-rios públicos; el inciso c) del artículo 7º de la Ley Nº 28427,Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal2005; y, el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Designar a la delegación peruana paraque participe en la Conferencia "Gobernabilidad de la pesca enalta mar y el Acuerdo sobre poblaciones de peces de lasNaciones Unidas - De las palabras a la acción", a realizarse enSt. John's, Terranova, Canadá, del 1 al 5 de mayo de 2005, laque estará conformada por los siguientes funcionarios:
- Embajador en el Servicio Diplomático de la República,Jorge Federico Chávez Soto, Asesor del Ministro para Asuntosdel Mar, del Ministerio de Relaciones Exteriores, en representa-ción del Ministro de Relaciones Exteriores, quien la presidirá;
- Ministra en el Servicio Diplomático de la República, MaríaElvira Velásquez Rivas Plata, Directora de Asuntos Marítimosy Antárticos del Ministerio de Relaciones Exteriores; y,
- Capitán de Fragata SGC Angel Tello Gilardi, de laDirección General de Capitanías y Guardacostas de laMarina de Guerra del Perú.
Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue la participa-ción del Embajador Jorge Federico Chávez Soto y de laMinistra María Elvira Velásquez Rivas Plata, serán cubier-tos por el pliego presupuestal del Ministerio de RelacionesExteriores, debiéndose rendir cuenta documentada en unplazo no mayor de quince (15) días al término de la referidareunión, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes Viáticos Número Total TarifaUS$ por día de días viáticos aeropuertoUS$ US$ US$
Jorge Federico Chávez Soto 1,550.92 220.00 5+1 1,320.00 28.24
María Velásquez Rivas Plata 1,550.92 220.00 5+1 1,320.00 28.24
Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue la partici-pación del Capitán de Fragata SGC Angel Tello Gilardi,serán cubiertos por su respectivo sector.
Artículo Cuarto.- Dentro de los quince (15) días calenda-rio siguientes al término de la citada comisión, los funciona-rios del Servicio Diplomático deberán presentar ante el se-ñor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de lasacciones realizadas durante el viaje autorizado.
Artículo Quinto.- La presente resolución no da dere-cho a exoneración o liberación de impuestos aduanerosde ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL RODRÍGUEZ CUADROSMinistro de Relaciones Exteriores
07500
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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0322-2005-RE
Lima, 15 de abril de 2005
CONSIDERANDO:
Que, es objetivo de la Política Exterior del Perú promo-ver los intereses del país, a nivel bilateral y multilateral, conmiras a consolidar su presencia regional e internacional yfacilitar su proceso de inserción a nivel global;
Que, uno de los objetivos que tiene el Gobierno del Perúes contribuir a profundizar las relaciones de nuestra regióncon la Unión Europea y consolidar la Asociación EstratégicaBirregional América Latina y El Caribe - Unión Europea;
Que, se ha planteado como objetivo político específicoque el Perú asuma la Presidencia Regional de AméricaLatina y el Caribe y, en consecuencia sea sede de la VCumbre ALC-UE en el año 2008;
Que, en el marco de la Reunión de Coordinación ALCque tendrá lugar en Bruselas, Reino de Bélgica, el 18 deabril de 2005, nuestra región estará en capacidad de al-canzar una posición consensuada respecto a la futura pre-sidencia regional ALC así como de la sede de la V CumbreALC-UE para el año 2008, a fin que ésta se formalice en laXVI Reunión de Altos Funcionarios ALC-UE que se cele-brará en Bruselas, Bélgica, el 19 de abril de 2005;
Que, es necesario que nuestro país formalice esta as-piración peruana ante el grupo regional de América Latinay El Caribe y ante la Unión Europea, para lo cual es impor-tante que se designe a un representante del Gobiernoperuano que viaje a Bruselas, Bélgica, a fin de presentarformalmente la disposición del Gobierno del Perú de asu-mir la Presidencia Regional de América Latina y El Caribe yser sede de la V Cumbre América Latina y El Caribe en elaño 2008;
Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámite(GPX) Nº 1729, del Gabinete de Coordinación del Secre-tario de Política Exterior, de 15 de abril de 2005;
De conformidad con la Cuarta Disposición Complemen-taria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de laRepública; en concordancia con el artículo 83º del DecretoSupremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Basesde la Carrera Administrativa; los artículos 185º y 190º delReglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la Repúbli-ca, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112,Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; laLey Nº 27619; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, queregula la autorización de viajes al exterior de servidores yfuncionarios públicos; el inciso c) del artículo 7º de la LeyNº 28427, Ley de Presupuesto del Sector Público para elaño fiscal 2005; y, el artículo 1º del Decreto de UrgenciaNº 015-2004;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Embajador enel Servicio Diplomático de la República Vicente AlejandroAzula de la Guerra, Subsecretario para Asuntos de Europaa la ciudad de Bruselas, Reino de Bélgica, del 18 al 19 deabril de 2005, a fin que participe en la Reunión de Coordi-nación Regional de América Latina y El Caribe (ALC), quese realizará el 18 de abril de 2005, y en la XVI ReuniónBirregional de Altos Funcionarios para seguimiento de laCumbre América Latina y El Caribe - Unión Europea, acelebrarse el 19 de abril de 2005, a fin de formalizar lavoluntad del Gobierno peruano de asumir la PresidenciaRegional de América Latina y el Caribe (ALC) y ser sede dela V Cumbre ALC-UE en el año 2008.
Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione la participa-ción del referido funcionario, serán cubiertos por el pliegopresupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, de-biéndose rendir cuenta documentada en un plazo no ma-yor de quince (15) días al término de la referida comisión,de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes Viáticos Número Total TarifaUS$ por día de días viáticos aeropuertoUS$ US$ US$
Vicente Alejandro Azula 1,987.20 260.00 2+2 1,040.00 28.24de la Guerra
Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) díascalendario siguientes al término de la citada comisión, losmencionados funcionarios deberán presentar ante el se-ñor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de lasacciones realizadas durante el viaje autorizado.
Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da dere-cho a exoneración ni liberación de impuestos aduanerosde ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL RODRÍGUEZ CUADROSMinistro de Relaciones Exteriores
07501
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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 0323-2005-RE
Lima, 15 de abril de 2005
CONSIDERANDO:
Que es objetivo de la Política Exterior del Perú promo-ver los intereses del país, a nivel bilateral y multilateral, conmiras a consolidar su presencia regional e internacional yfacilitar su proceso de inserción a nivel global;
Que es conveniente para el interés nacional una partici-pación activa del Ministerio de Relaciones Exteriores en lasnegociaciones orientadas a concretar un Tratado de LibreComercio (TLC) con los Estados Unidos de América;
Que el 3 de mayo de 2004, el Embajador RobertZoellick, Representante Comercial de Estados Unidos deAmérica anunció oficialmente la incorporación del Perú enel proceso de negociación para la suscripción de un Trata-do de Libre Comercio con los Estados Unidos de América,conjuntamente con Ecuador y Colombia;
Que la Primera Ronda de Negociaciones con la delega-ción de los Estados Unidos de América se llevó a cabo losdías 18 y 19 de mayo de 2004, en la ciudad de Cartagenade Indias, Colombia;
Que la Segunda Ronda de Negociaciones con la delega-ción de los Estados Unidos de América se llevó a cabo del14 al 18 de junio de 2004, en la ciudad de Atlanta,Georgia, Estados Unidos de América;
Que la Tercera Ronda de Negociaciones con la delega-ción de los Estados Unidos de América se llevó a cabo del26 al 30 de julio de 2004, en la ciudad de Lima, Perú;
Que la Cuarta Ronda de Negociaciones con la delegaciónde los Estados Unidos de América se llevó a cabo del 13 al 17de setiembre de 2004, en la ciudad de Fajardo, Puerto Rico,Estado Libre Asociado a los Estados Unidos de América;
Que la Quinta Ronda de Negociaciones con la delega-ción de los Estados Unidos de América se llevó a cabo del25 al 29 de octubre de 2004 en la ciudad de Guayaquil,República del Ecuador;
Que la Sexta Ronda de Negociaciones con la delega-ción de los Estados Unidos de América se llevó a cabo del29 de noviembre al 5 de diciembre de 2004 en la ciudad deTucson, Arizona, Estados Unidos de América;
Que la Sétima Ronda de Negociaciones con la delega-ción de los Estados Unidos de América se llevó a cabo enla ciudad de Cartagena de Indias, República de Colombia,del 7 al 11 de febrero de 2005;
Que la Octava Ronda de Negociaciones con la delega-ción de los Estados Unidos de América se llevó a cabo enla ciudad de Washington DC, Estados Unidos de América,del 14 al 18 de marzo del 2005;
Que la Novena Ronda de Negociaciones con la delega-ción de los Estados Unidos de América se llevará a caboen la ciudad de Lima, Perú, del 18 al 23 de abril del 2005,con la participación de Colombia y Ecuador, países quetambién forman parte de la mencionada negociación;
Que el Ministerio de Relaciones Exteriores, de acuerdo alesquema de trabajo propuesto por el Ministerio de ComercioExterior y Turismo para las Negociaciones de un Tratado deLibre Comercio con los Estados Unidos de América, participa enel Comité Técnico Negociador y en los distintos grupos de traba-jo encargados del TLC con los Estados Unidos de América;
Que mediante Resolución Ministerial Nº 0067/RE, del31 de enero del 2005, que designa al Grupo Negociadordel Ministerio de Relaciones Exteriores para las negocia-ciones de un Tratado de Libre Comercio con los EstadosUnidos de América;
De conformidad con la Cuarta Disposición Complementariade la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la Repúbli-ca; en concordancia con el artículo 83º del Decreto SupremoNº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la CarreraAdministrativa; el inciso m) del artículo 5º del Decreto LeyNº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores;el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autoriza-ción de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Incorporar a la Consejera LuzCaballero de Clulow, funcionaria de la Subsecretaría deAsuntos Económicos y Negociaciones Económicas Interna-
cionales del Ministerio de Relaciones Exteriores como miem-bro de la delegación peruana que participará en la NovenaRonda de Negociaciones del Tratado de Libre Comercio conlos Estados Unidos de América, que se llevará a cabo en laciudad de Lima, Perú, del 18 al 23 de abril de 2005.
Artículo Segundo.- Dentro de los quince (15) días calen-dario siguientes al término de la referida reunión, la citadafuncionaria deberá presentar ante el señor Ministro deRelaciones Exteriores un informe de las acciones realiza-das en dicha reunión.
Artículo Tercero.- La presente Resolución no da dere-cho a exoneración ni liberación de impuestos aduanerosde ninguna clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MANUEL RODRÍGUEZ CUADROSMinistro de Relaciones Exteriores
07502
TRABAJO Y PROMOCIÓN
DEL EMPLEO
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RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 094-2005-TR
Lima, 15 de abril de 2005
VISTOS: El Oficio Nº 154-2005-MTPE/SG/OEI, de fecha7 de abril de 2005, de la Oficina General de Estadística eInformática; el Oficio Nº 490-2005-MTPE/4/10.1, de fecha8 de abril de 2005, de la Oficina General de Administracióndel Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y,
CONSIDERANDO:Que, mediante Ley Nº 27803 se implementa las reco-
mendaciones derivadas de las Comisiones creadas por lasLeyes Nºs. 27452 y 27586 encargadas de revisar los ce-ses colectivos efectuados en las empresas del Estado su-jetas a procesos de promoción de la inversión privada y enlas entidades del Sector Público y Gobiernos Locales;
Que, el artículo 3º de la indicada Ley, establece que losex trabajadores inscritos en el Registro Nacional de Traba-jadores Cesados Irregularmente, tendrán derecho a optaralternativa y excluyente, entre otros beneficios, por la com-pensación económica;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 071-2003-EF, se es-tablece que el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo,encargado de la implementación, conformación y ejecucióndel Programa Extraordinario de Acceso a Beneficios, efectua-rá el pago de la compensación económica a que se refiere elconsiderando anterior, conforme a las transferencias de fon-dos que efectúe el Fondo Especial de Administración del Di-nero Obtenido Ilícitamente en perjuicio del Estado - FEDADOI;
Que, la determinación del tiempo de servicios y la identifica-ción de los trabajadores que optaron por la compensación eco-nómica se encuentra a cargo del Viceministerio de Trabajo,mientras que la digitación de tal información y la elaboración delprograma para determinar el monto total de dicho beneficio,está a cargo de la Oficina de Estadística e Informática;
Que, mediante Resoluciones Ministeriales Nºs. 123 y 147-2003-TR y 177-2004-TR, se han venido efectuando los pa-gos a cuenta de los ex trabajadores comprendidos en elRegistro Nacional de Trabajadores Cesados Irregularmente,que optaron por el beneficio de la compensación económicay hayan acreditado fehacientemente su tiempo de servicios;
Que, en mérito a lo expuesto, es conveniente emitir elacto administrativo que disponga el pago de la compen-sación económica a los ex trabajadores que hayan acredi-tado su derecho, de acuerdo a la disponibilidad presu-puestaria habilitada para tal efecto;
Con la visación del Director General de la Oficina Gene-ral de Planificación y Presupuesto y del Director General dela Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27803,Ley que implementa las recomendaciones derivadas delas Comisiones creadas por las Leyes Nºs. 27452 y 27586encargadas de revisar los ceses colectivos efectuados enlas empresas del Estado sujetas a procesos de promoción
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de la inversión privada y en las entidades del Sector Públi-co y Gobiernos Locales y su Reglamento el Decreto Supre-mo Nº 014-2002-TR; la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio deTrabajo y Promoción del Empleo; el Decreto SupremoNº 071-2003-EF, que establece disposiciones reglamentariasrelativas al Pago de Compensación Económica; y el literal d)del artículo 12º del Reglamento de Organización y Funcionesdel Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobadopor la Resolución Ministerial Nº 173-2002-TR;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el pago de la Compensación Econó-mica, dispuesta por la Ley Nº 27803, a los trabajadores inclui-dos en el Registro Nacional de Trabajadores Cesados Irregular-mente que optaron por dicho beneficio y que acreditaronfehacientemente su tiempo de servicios, los mismos que seencuentran nominados en el anexo de la presente resolución.
Artículo 2º.- Disponer que el anexo de la presente Resolu-ción Ministerial se publique en la página web del Ministerio deTrabajo y Promoción del Empleo: www.mintra.gob.pe/ceses yen las diferentes Direcciones Regionales de Trabajo y Promo-ción del Empleo del territorio nacional.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN SHEPUT MOOREMinistro de Trabajo y Promoción del Empleo
07488
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
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RESOLUCIÓN SUPREMANº 013-2005-MTC
Lima, 15 de abril de 2005
CONSIDERANDO:
Que, mediante Oficio OF.RE (OPE-PCO) Nº 2-15-A/20de fecha 31 de marzo de 2005, el Secretario General delMinisterio de Relaciones Exteriores ha extendido invitaciónal Ministerio de Transportes y Comunicaciones para partici-par en la IV Reunión de la Comisión Mixta Económico -Comercial Peruano - China, que se llevará a cabo en laciudad de Pekín, República Popular China, durante losdías 18 al 20 de abril de 2005;
Que, por resultar de suma importancia para los intere-ses de nuestro país la participación del Ministerio de Trans-portes y Comunicaciones en la indicada reunión, debido aque se tratarán asuntos relacionados con el intercambiocomercial y las inversiones con los demás países de laregión, es necesario autorizar el viaje del señor NéstorPalacios Lanfranco, Viceministro de Transportes del Minis-terio de Transportes y Comunicaciones, para asistir a lareunión mencionada en el considerando anterior, en re-presentación del Estado Peruano;
Que, los gastos por concepto de pasajes, viáticos ytarifa única por uso de aeropuerto serán asumidos por elMinisterio de Transportes y Comunicaciones, con cargo asu presupuesto;
De conformidad con la Ley Nº 27619, el Decreto de Ur-gencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;
Estando a lo acordado;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Néstor PalaciosLanfranco, Viceministro de Transportes del Ministerio deTransportes y Comunicaciones, a la ciudad de Pekín,República Popular China, durante los días 16 al 22 de abrilde 2005, para los fines expuestos en la parte considerativade la presente Resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento dela presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Pre-supuestal del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos US$ 2,638.60Viáticos US$ 1,300.00Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 28.24
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendariosiguientes de efectuado el viaje, el referido funcionariodeberá presentar ante su institución un informe detalladodescribiendo las acciones realizadas, los resultados obte-nidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema no otor-gará derecho a exoneración de impuestos o de derechosaduaneros de ninguna clase o denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendadapor el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro deTransportes y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDOPresidente Constitucional de la República
CARLOS FERREROPresidente del Consejo de Ministros
JOSÉ ORTIZ RIVERAMinistro de Transportes y Comunicaciones
07562
VIVIENDA
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERALNº 040-2005-VIVIENDA/SG
Mediante Oficio Nº 227-2005-VIVIENDA-SG/T, el Minis-terio de Vivienda, Construcción y Saneamiento solicita sepublique Fe de Erratas de la Resolución de SecretaríaGeneral Nº 040-2005-VIVIENDA/SG, publicada en nues-tra edición del día 16 de abril de 2005.
En el quinto considerando:
DICE:
Que, la Oficina General de Administración, medianteInforme Nº 005-2005/VIVIENDA-OGA, solicitó la inclusióny exclusión en el Plan Anual ...;
DEBE DECIR:
Que, la Oficina General de Administración, medianteInforme Nº 005-2005/VIVIENDA-OGA, solicita la inclusiónen el Plan Anual ...;
07503
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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LAGERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL
Nº 0323-2005-GG-PJ
14 de abril de 2005
VISTO:
El Memorándum Nº 580-2005-GAF-GG/PJ que adjuntael Memorándum Nº 1569-2005-SL-GAF-GG/PJ remitido porla Sub Gerencia de Logística elevando el Informe Nº 028-2005-ASFLI CP-SL-GAF-GG-PJ presentado por el Área deSaneamiento Físico Legal y Control Patrimonial de la Sub-gerencia de Logística, recomendando la aceptación de ladonación de un (1) equipo de cómputo a favor del PoderJudicial - Corte Superior de Justicia de Junín;
CONSIDERANDO:
Que, la Empresa Periodística EPENSA S.A.C: entrega encalidad de donación un (1) Equipo de Cómputo, de acuerdoa la factura Nº 005983 de fecha 21 de febrero del 2005, elcual se encuentra valorizado en S/. 1 221.00 (MIL DOSCIEN-TOS VEINTIÚN Y 00/100 NUEVOS SOLES), que será desti-nado para el uso de la Corte Superior de Justicia de Junín;
Que, la donación cumple con los requisitos exigidos porla Directiva Nº 003-2002-GG/PJ "Regulación de Donaciones,Comodato, Adjudicaciones o Entrega de Bienes Mueblesy/o Inmuebles a favor del Poder Judicial", así como lo dis-puesto por el Artículo 25º del "Reglamento de Altas Bajas
����� ���� �����������Lima, martes 19 de abril de 2005
y Enajenaciones de Bienes Muebles del Poder JudicialNº 165-2001-P-PJ modificado por la Resolución Adminis-trativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 192-2002-P-PJ, en concordancia con lo establecido en el Artículo 172ºdel "Reglamento General de Procedimientos Administrati-vos de los Bienes de Propiedad Estatal", Decreto SupremoNº 154-2001-EF y con lo dispuesto en la Directiva Nº 009-2002/SBN "Procedimiento para la donación de bienesmuebles del Estado y para la aceptación de la donación debienes muebles a favor del Estado", aprobado por Resolu-ción Nº 031-2002/SBN, en tal sentido la aceptación de ladonación de bienes muebles debe ser aprobada medianteResolución emitida por el titular de la entidad donataria; y,
De conformidad con las facultades conferidas por el Artículo76º inciso 4) del "Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica delPoder Judicial", aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUSmodificado por la Ley Nº 27465 y estando a las facultadesdelegadas a esta Gerencia General por la Resolución Adminis-trativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 132-2002-P-PJ,en concordancia con lo establecido por la Ley Nº 27209;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la donación efectuada porla Empresa Periodística Nacional S.A.C., a favor del PoderJudicial, correspondiente a un (1) Equipo Cómputo, valori-zado en S/. 1 221.00 (MIL DOSCIENTOS VEINTIÚN Y00/100 NUEVOS SOLES), para ser asignado a la CorteSuperior de Justicia de Junín.
Artículo Segundo.- Encárguese a la Gerencia de Admi-nistración y Finanzas, que a través de la Subgerencia de Logís-tica se transcriba la presente Resolución Administrativa, a laEmpresa Periodística EPENSA S.A.C., a la Superintendenciade Bienes Nacionales, Corte Superior de Justicia de Junín,Subgerencia de Contabilidad y al Área de Saneamiento FísicoLegal y Control Patrimonial, para los fines consiguientes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
HUGO R. SUERO LUDEÑAGerente General
HOJA DE TRABAJO DE VALORIZACIÓN
BIEN CANTIDAD VALORIZACIÓN
EQUIPO DE COMPUTO- C.P.U. (1) S/. 812.53- Teclado BTC. (1) S/. 12.73- Monitor (1) S/. 371.85- Mouse (1) S/. 8.81- Parlantes (1) S/. 15.08
Total: S/. 1 221.00
07510
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
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RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIANº 125-2005-CSJCN/PJ
Independencia, siete de abril del dos mil cinco.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Que, el presidente de la Corte Superior de Justicia,como máxima autoridad administrativa del Distrito Judicial asu cargo, dirige la aplicación de la política del Poder Judi-cial, cautelando la pronta administración de justicia, el cum-plimiento de las obligaciones de los Magistrados, PersonalJurisdiccional y Administrativo y supervisa la asistencia ypuntualidad de los mismos;
Que, esta Corte Superior de Justicia, además de suSede Central, cuenta con 3 Módulos Básicos de Justicia yJuzgados de Paz Letrados en cada uno de los Distritos;
Que, dada la dimensión de las áreas tanto jurisdiccionalescomo administrativas que integran la Corte, es necesarioadoptar las medidas administrativas pertinentes con el obje-to de lograr que la ODICMA cumpla a cabalidad su delicadafunción, por lo que es menester facultar al Jefe del referidoórgano contralor, para que en la conformación de la Comi-sión Distrital de Control, designe a un Magistrado de cadaMódulo Básico y de los Juzgados de Paz Letrado;
Por lo expuesto y en uso de las facultades conferidas alsuscrito por el artículo 90 del Texto Único Ordenado de laLey Orgánica del Poder Judicial; la Presidencia;
RESUELVE:
Artículo Primero.- FACULTAR al Jefe de la Oficina Distri-tal de Control de la Magistratura, para que en la conforma-ción de la Comisión Distrital de Control de la Magistratura,designe a un Magistrado de cada uno de los Módulos Bási-cos de Justicia y de los Juzgados de Paz Letrados, paralograr mayor eficacia en el cumplimiento de sus funciones.
Artículo Segundo.- Póngase la presente resolución enconocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, CorteSuprema de Justicia, Oficina de Control de la Magistratura,Gerencia General, Oficina Distrital de Control de la Magis-tratura y de la Oficina de Administración Distrital.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JOSÉ ALBERTO INFANTES VARGASPresidenteCorte Superior de Justicia del Cono Norte de Lima
07509
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BANCO CENTRAL DE RESERVA
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RESOLUCIÓN DE DIRECTORIONº 025-2005
Lima, 14 de abril de 2005
CONSIDERANDO:
Que, se ha recibido invitación del Fondo Latinoamericanode Reservas Bank for International Settlements para queel Banco Central de Reserva del Perú participe en el "BISRegional Forum on Financial Markets", a realizarse en MéxicoD.F., México entre el 25 y 26 de abril;
Que, la citada reunión está dirigida a fortalecer el diálo-go, intercambio de información y opiniones en temas rele-vantes sobre política monetaria en América Latina, por loque el Directorio ha considerado conveniente la participa-ción de esta institución;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 yel Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, y estando a lo acor-dado en su sesión de 31 de marzo de 2005;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Luis Martínez Green,Subgerente de Créditos y Servicios de la Gerencia de Crédito yRegulación Financiera, que se realizará del 25 al 27 de abril, enla ciudad de México DF, México, a fin de atender la invitaciónindicada en la parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2º.- El gasto que irrogue dicho viaje es comosigue:
Pasajes US$ 422,26Viáticos US$ 600,00Tarifa única de uso de aeropuerto: US$ 28,24TOTAL US$ 1 050,50
Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho aexoneración o liberación del pago de derechos aduane-ros, cualquiera fuere su clase o denominación.
OSCAR DANCOURT MASÍASVicepresidenteEncargado de la Presidencia
07425
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CONSEJO NACIONAL DE
LA MAGISTRATURA
FE DE ERRATAS
RESOLUCIONESNºs. 648, 755, 895 y 908-2005-CNM
Mediante Oficio Nº 298-2005-GAF-CNM, el ConsejoNacional de la Magistratura solicita se publique Fe de Erra-tas de las Resoluciones Nºs. 648, 755, 895 y 908-2005-CNM, publicadas en Separata Especial en nuestra edicióndel día 11 de abril de 2005.
1. Resolución del Consejo Nacional de la MagistraturaNº 648-2005-CNM
DICE:
"VISTO: ... y la solicitud de la doctora FLORMILAARTEAGA RAMIREZ ...".
"SE RESUELVE: Primero.- Nombrar a la doctoraFLORMILA ARTEAGA RAMIREZ, ...".
DEBE DECIR:
"VISTO: ... y la solicitud de la doctora FLORMIRAARTEAGA RAMIREZ ...".
"SE RESUELVE: Primero.- Nombrar a la doctoraFLORMIRA ARTEAGA RAMIREZ, ...".
2. Resolución del Consejo Nacional de la MagistraturaNº 755-2005-CNM
DICE:
"VISTO: ... y la solicitud del doctor MARCO ANTONIOLUQUE CHAYÑA ...".
"SE RESUELVE: Primero.- Nombrar al doctor MARCOANTONIO LUQUE CHAYÑA ...".
DEBE DECIR:
"VISTO: ... y la solicitud del doctor MARCO ANTONIOLUQUE CHAIÑA ...".
"SE RESUELVE: Primero.- Nombrar al doctor MARCOANTONIO LUQUE CHAIÑA ...".
3. Resolución del Consejo Nacional de la MagistraturaNº 895-2005-CNM
DICE:
"VISTO: ... y la solicitud del doctor TULIO ROBERTSYSLA ALMONACID ...".
"SE RESUELVE: Primero.- Nombrar al doctor TULIOROBERTS YSLA ALMONACID, ...".
DEBE DECIR:
"VISTO: ... y la solicitud del doctor TULIO ROBERTOYSLA ALMONACID ...".
"SE RESUELVE: Primero.- Nombrar al doctor TULIOROBERTO YSLA ALMONACID, ...".
4. Resolución del Consejo Nacional de la MagistraturaNº 908-2005-CNM
DICE:
"VISTO: ... y la solicitud de la doctora MILAGROSJANET BURGOS GORDILLO ...".
"SE RESUELVE: Primero.- Nombrar a la doctoraMILAGROS JANET BURGOS GORDILLO ...".
DEBE DECIR:
"VISTO: ... y la solicitud de la doctora MILAGROSYANET BURGOS GORDILLO ...".
"SE RESUELVE: Primero.- Nombrar a la doctoraMILAGROS YANET BURGOS GORDILLO ...".
07550
MINISTERIO PÚBLICO
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RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LANACIÓN Nº 801-2005-MP-FN
Lima, 15 de abril de 2005
VISTO Y CONSIDERANDO:
El Oficio Nº 416-2005-MP-DJT-FSD-Tumbes, de fecha 15de abril del 2005, cursado por la Fiscal Superior Decana delDistrito Judicial de Tumbes, elevando la renuncia presentadapor el doctor Percy Anibal Araujo Gómez, al cargo de FiscalAdjunto Provincial Provisional de la Fiscalía Provincial de Pre-vención del Delito de Tumbes, por razones personales;
Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por el artículo64º, del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Mi-nisterio Público;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia presentada porel doctor Percy Anibal Araujo Gómez, al cargo de FiscalAdjunto Provincial Provisional de la Fiscalía Provincial dePrevención del Delito de Tumbes, Distrito Judicial deTumbes, materia de la Resolución Nº 1683-2004-MP-FN,de fecha 3 de diciembre del 2004.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presenteResolución a la Fiscal Superior Decana del Distrito Judicialde Tumbes, Gerencia Central de Personal, Gerencia deRegistro de Fiscales y al Fiscal mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NELLY CALDERÓN NAVARROFiscal de la Nación
07513
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RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LANACIÓN Nº 802-2005-MP-FN
Lima, 15 de abril de 2005
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de la Fiscalía de la NaciónNº 780-2005-MP-FN, de fecha 11 de abril de 2005, me-diante el cual se autoriza el viaje, asignación de pasajesaéreos y viáticos a favor del doctor Marco Antonio ValdezHirene, Fiscal Provincial Titular de la Fiscalía ProvincialEspecializada en Tráfico Ilícito de Drogas - Sede Trujillo, aefecto que se constituya a El Salvador, con la finalidad departicipar en el segundo "Curso de Entrenamiento en Des-mantelamiento de Laboratorios Ilícitos de Drogas Sintéti-cas", a desarrollarse a partir del 18 al 27 de abril de 2005,en las instalaciones de la Academia Nacional de la Seguri-dad Pública de El Salvador;
Que, conforme se aprecia del OF. RE (DCD) Nº 4-3/30,de fecha 17 de marzo de 2005, de la Dirección de Controlde Drogas del Ministerio de Relaciones Exteriores, constituyeobligación del comisionado efectuar el pago del alojamien-to en hotel, monto que no fue considerado en el ArtículoSegundo de la citada Resolución, por cuanto se consigna-ron dos (02) días de viáticos y no doce (12) como corres-ponde, lo cual evidentemente constituye un error materialinvoluntario y por tanto, susceptible de rectificación;
Que, en tal sentido, resulta necesario rectificar de oficioel error material citado, el mismo que no altera lo sustancialdel contenido, ni el sentido de la decisión adoptada me-diante la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 780-2005-MP-FN, de conformidad con lo señalado por el artícu-lo 201º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Admi-nistrativo General;
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Contando con los vistos de la Gerencia General, Geren-cia Central de Recursos Económicos, Gerencia Central deLogística, Oficina de Asesoría Jurídica y con las atribucio-nes conferidas por el Artículo 64º del Decreto LegislativoNº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; y,
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- RECTIFICAR, por error material, laResolución de la Fiscalía de la Nación Nº 780-2005-MP-FN,de fecha 11 de abril de 2005, estableciéndose que el Ar-tículo Segundo se debe redactar en los siguientes términos:
"Los gastos en cuanto a pasajes, tarifa única y viáticos,que ocasione la asistencia del Fiscal Provincial Titular, porlos días no cubiertos por los organizadores del evento,serán de cargo del pliego presupuestal del Ministerio Públi-co, de acuerdo al siguiente detalle:
PASAJES ida y vuelta US$ 711.15TARIFA AEROPUERTO-TUUA US$ 28.24SalidaViáticos US$ 2,400.00
------------------TOTAL US$ 3,139.39"
Artículo Segundo.- Remitir copia de la presente Reso-lución a la Gerencia General, Gerencia Central de Recur-sos Económicos, Gerencia Central de Logística, Oficina deAsesoría Jurídica, Gerencia de Tesorería, Oficina de Re-gistro de Fiscales y al interesado para su conocimiento yfines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NELLY CALDERÓN NAVARROFiscal de la Nación
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RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LANACIÓN Nº 806-2005-MP-FN
Lima, 15 de abril de 2005
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, por necesidad de servicio y estando a lo dispues-to por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, LeyOrgánica del Ministerio Público;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramientodel doctor Fernando Ernesto Guevara Palomino, como Fis-cal Adjunto Provincial Provisional de la Fiscalía ProvincialMixta de Canta, Distrito Judicial del Cono Norte, materia dela Resolución Nº 560-2005-MP-FN, de fecha 14 de marzodel 2005.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presenteResolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicialdel Cono Norte, Gerencia Central de Personal, Gerenciade Registro de Fiscales y al Fiscal mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
NELLY CALDERÓN NAVARROFiscal de la Nación
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RESOLUCIÓN SBS Nº 621-2005
Lima, 12 de abril de 2005
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por el señor José Antonio AltaRíos para que se le autorice la inscripción en el Registrodel Sistema de Seguros: Sección II De los Corredores deSeguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores deSeguros Generales y de Vida; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27 demayo del 2004, se estableció los requisitos formales parala inscripción de los Corredores de Seguros;
Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos forma-les exigidos por la citada norma administrativa;
Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros median-te Convocatoria Nº 02-2005-RIAS, en concordancia con lodispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Registrodel Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscrip-ción respectiva en el indicado Registro; y,
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Gene-ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros yOrgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facul-tad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 deenero de 1998;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar la inscripción de el señor JoséAntonio Alta Ríos con matrícula Nº N-3733 en el Registrodel Sistema de Seguros, Sección II De los Corredores deSeguros: A. Personas Naturales punto 3.- Corredores deSeguros Generales y de Vida, que lleva esta Superinten-dencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO CÁCERES VALDERRAMASuperintendente Adjunto de Seguros
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TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
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RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVANº 031-2005-P/TC
Lima, 18 de abril de 2005
VISTA la comunicación de 9 de diciembre de 2004,cursada por el Presidente de la Corte Constitucional deColombia; y,
CONSIDERANDO:
Que el Presidente de la Corte Constitucional de Colom-bia, mediante el documento de vista, cursó a la Presidenciadel Tribunal Constitucional del Perú una invitación para parti-cipar en el "III Encuentro Nacional sobre la Jurisdicción Inter-nacional", en el que intervendrán Magistrados de las distintasCortes y Tribunales Constitucionales Europeos y Latinoame-ricanos, evento que se llevará a cabo entre los días 20 y 22de abril de 2005, en la ciudad de Bogotá, Colombia;
Que, ante la imposibilidad de que el Presidente delTribunal Constitucional peruano pueda asistir al Encuentroantes referido y la importancia de que este Colegiado estédebidamente representado en tan importante evento, enel que se tratarán temas relevantes y trascendentes quepueden contribuir a un intercambio de conocimientos yexperiencias en beneficio de este órgano constitucional, elPleno ha considerado conveniente autorizar al MagistradoVíctor García Toma para que asista, en representación delTribunal Constitucional del Perú, a tan importante evento;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 yen el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje del doctor Víctor GarcíaToma, Magistrado del Tribunal Constitucional del Perú, a la
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ciudad de Bogotá, Colombia, del 19 al 22 de abril del añoen curso, para los fines expuestos en la parte considerativade la presente resolución.
Artículo 2º.- El cumplimiento de lo dispuesto en lapresente resolución no irrogará egreso alguno al presu-puesto del Pliego del Tribunal Constitucional. Los gastosde viáticos serán financiados por el Programa de las Nacio-nes Unidas para el Desarrollo - PNUD y los pasajes aéreospor la entidad organizadora del evento.
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendariosiguientes de efectuado el referido viaje, el Magistradoinformará sobre las acciones realizadas y los resultadosobtenidos, con motivo de su participación en el citado eventointernacional.
Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derechoa exoneración de impuestos de ninguna clase o denomi-nación en favor del Magistrado cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAVIER ALVA ORLANDINIPresidente
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FONAFE
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ACUERDO DE DIRECTORIONº 012-2005/006-FONAFE
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24º delReglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamientode la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, aprobadopor Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas modificato-rias, la designación de los Directores de las empresas delEstado comprendidas bajo el ámbito del FONAFE es potes-tad del Directorio de dicha Empresa, asimismo, la designa-ción deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano einstrumentada en Junta General de Accionistas.
Se comunica que, por Acuerdo de Directorio Nº 012-2005/006-FONAFE, de fecha 14 de abril de 2005, se de-signó al señor Rainer Summers Hoyle como candidato amiembro del Directorio de la Empresa Negociación AgrícolaVista Alegre S.A. - NAVASA.
HILDA SANDOVAL CORNEJODirectora Ejecutiva
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ACUERDO DE DIRECTORIONº 012-2005/006-FONAFE
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24º delReglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamientode la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, aprobadopor Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas modificato-rias, la designación de los Directores de las empresas delEstado comprendidas bajo el ámbito del FONAFE es potes-tad del Directorio de dicha Empresa, asimismo, la designa-ción deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano einstrumentada en Junta General de Accionistas.
Se comunica que, por Acuerdo de Directorio Nº 012-2005/006-FONAFE, de fecha 14 de abril de 2005, se de-signó como miembros de los directorios de las empresasbajo el ámbito de FONAFE, a las personas que se señalana continuación:
NOMBRE EMPRESA CARGO
PERCY MANUEL CORPAC S.A. DIRECTORVELARDE ZAPATER ELECTRONOROESTE S.A.
ELECTROCENTRO S.A.
NOMBRE EMPRESA CARGO
CARLOS REMBERTO ELECTRONORTE S.A. DIRECTORATARAMA CORDOVA HIDRANDINA S.A.
GONZALO FRANCISCO ALBERTO COFIDE DIRECTORTAMAYO FLORES
HILDA SANDOVAL CORNEJODirectora Ejecutiva
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GOBIERNO REGIONAL
DE UCAYALI
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RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONALNº 0406-2005-GR.UCAYALI-P
Pucallpa, 1 de abril de 2005
Visto, los Oficios Nº 290-2005-GRU-P-GGR-GRDE, Nº 257-2005-GR Ucayali-GGR-GRRNyGMA, Nº 453-2005-GRUcayali-P-GGR-GRDSyCTI., Nº 245-2005-GR-Ucayali-P-GG-GRI, Nº 083-2005-GR Ucayali-P-GGR-GAJ, Nº 104-2005-GRUcayali-P-GGR-GA, Nº 175/2005-GRUcayali-P-OPPR.,Nº 0193-2005-GRUcayali-P-GGR-SG y Nº 028-2005-GRUCAYALI-P-GGR-GRPPAT-SGAT solicitando modificacionesy/o inclusión de Procedimientos Administrativos al TUPA 2004.;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica deGobiernos Regionales, establece y norma la estructura,organización, competencias y funciones de los GobiernosRegionales;
Que, el artículo 37º de la Ley Nº 27444 ley del procedi-miento Administrativo General, especifica que todas lasentidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación,según el caso, el Texto Único de Procedimientos Adminis-trativos Institucional;
Que, el numeral 38.2 del artículo 38º de la ley indicadaen el considerando precedente, establece la obligatorie-dad de las entidades, cada dos años de publicar el íntegrodel TUPA, bajo responsabilidad de su titular, sin embargo,podrán hacerlo antes, cuando consideren que las modifi-caciones producidas en el mismo lo ameriten;
Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 0424-2004 GR. UCAYALI-P, se aprueba el TUPA 2004 de la sedecentral del Gobierno Regional de Ucayali, modificada conResolución Ejecutiva Regional Nº 1327-2004 GR. UCAYALI-P, y en atención a los documentos del visto, se formula elnuevo TUPA;
Que, con la visación de la Gerencia Regional de Planea-miento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Ge-rencia de Asesoría Jurídica, Gerencia de Administración, yGerencia General Regional; y,
En uso de las facultades conferidas mediante LeyNº 27867 Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y suModificatoria;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aprobar el Texto Único de Procedi-mientos Administrativos -TUPA de la Sede Central del Go-bierno Regional de Ucayali, que consta de 74 procedi-mientos administrativos y que en anexo forma parte inte-grante de la presente resolución.
Artículo Segundo.- Encargar a las diferentes unidadesorgánicas del Gobierno Regional, el cumplimiento de lasdisposiciones aprobadas en la presente resolución.
Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presen-te resolución en cumplimiento de la normatividad vigente.
Regístrese, comuníquese y archívese.
EDWIN VÁSQUEZ LÓPEZPresidente Regional
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MUNICIPALIDAD DE BREÑA
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RESOLUCIÓN DE ALCALDÍANº 353-2005-DA/MDB
Breña, 11 de abril del 2005
VISTO: El Informe Nº 003-2005-CPPAD, de fecha 8 deabril del 2005 de la Comisión Permanente de ProcesosAdministrativos Disciplinarios;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 53-2005-DA/MDB, de fecha 3 de febrero del 2005, se apertura ProcesoAdministrativo Disciplinario al servidor FELIX RICKYCANCHARI FLORES, por la comisión de presunta falta dis-ciplinaria;
Que, la Comisión Permanente de Procesos Administra-tivos Disciplinarios con fecha jueves 10 de febrero del 2005,mediante la publicación de una NOTIFICACIÓN en elBoletín Oficial del Diario Oficial El Peruano, hace de cono-cimiento al servidor FELIX RICKY CANCHARI FLORES,que mediante Resolución de Alcaldía Nº 53-2005-DA/MDB,de fecha 3 de febrero del 2005, notificada el 7 de febreroen su domicilio señalado en el legajo personal, se le haaperturado PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO,otorgándosele el plazo de 5 días hábiles para realizar susdescargos correspondientes;
Que, a mérito del Informe Nº 095-2005-U.P.-SGA-GAR/MDB, de la Unidad de Personal, la Comisión Permanen-te de Procesos Administrativos Disciplinarios, notifica víaCarta Notarial de fecha 28 de febrero del 2005 al Sr.Félix Ricky Canchari Flores; así como a través de laNOTIFICACIÓN publicada en el Diario Oficial El Perua-no, en la Sección de Boletín Oficial pág. 4, de fecha 26de febrero del 2005 indicando que teniendo en conside-ración que al procesado se le ha extendido por el Hospi-tal Edgardo Rebagliati Martins un Certificado de Incapa-cidad Temporal para el Trabajo-ESSALUD que vence el26 de febrero del 2005, lo cual genera una interrupcióndel plazo para procesarlo, la Comisión Permanente haestablecido como fecha de inicio del proceso el día 28de febrero del 2005 y su término 12 de abril del 2005,otorgándosele a partir del 28 de febrero del 2005, 5 díashábiles para su descargo;
Que, el procesado FELIX RICKY CANCHARIFLORES, no ha desvirtuado los cargos imputados por elOrgano de Control Interno, el mismo que determina indi-cios razonables de comisión de delito y responsabilidadcivil, lo cual fue materia del Informe Especial y asimismo,por incurrir en prácticas administrativas que determina-ron su recategorización sin el sustento legal, beneficián-dose económicamente en desmedro del erario munici-pal, conforme se desprende de las pág. 102 y 103 delInforme Nº 006-2003-02-2151 de fecha 6 de febrero del2004 "Informe Largo de Auditoría a los Estados Finan-cieros del año 2002", el mismo que constituye pruebapreconstituída conforme al Reglamento de la Ley deBases de la Carrera Administrativa aprobado por Decre-to Supremo Nº 005-90-PCM;
Que, en consecuencia atendiendo a las recomendacio-nes expuestas por la Comisión Permanente de ProcesosAdministrativos Disciplinarios de la Municipalidad de Breña,y de conformidad con el Artículo 159º del Decreto SupremoNº 005-90-PCM, los hechos expuestos constituyen faltagrave disciplinaria sancionable con destitución del servidory de acuerdo al Art. 170º de la norma acotada en el queestablece que es prerrogativa del Titular de la entidad de-terminar el tipo de sanción a aplicarse;
Estando a lo expuesto y en aplicación de los incisos a),d) y f) del Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276 "Leyde Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneracionesdel Sector Público y su Reglamento aprobado por DecretoSupremo Nº 005-90-PCM y en uso de las atribuciones con-feridas por el Artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipa-lidades Ley Nº 27972;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Imponer SANCIÓN DISCIPLINARIADE DESTITUCIÓN Sr. FELIX RICKY CANCHARI FLORES,servidor contratado permanente de la Municipalidad deBreña por la comisión de falta grave disciplinaria conformea los incisos a), d) y f) del Artículo 28º del Decreto Legisla-tivo Nº 276-Ley de Bases de la Carrera Administrativa,quedando inhabilitado de reingresar a la AdministraciónPública por espacio de cinco años consecutivos a partir deldía siguiente de su notificación formal, en observancia dela Ley Nº 26488.
Artículo Segundo.- DISPONER que la ProcuraduríaPública Municipal, inicie las acciones legales derivadas delpresente proceso.
Artículo Tercero.- DISPONER que el Sr. FELIX RICKYCANCHARI FLORES, cumpla con efectuar la devoluciónde las remuneraciones percibidas indebidamente confor-me a la Liquidación que efectúe la Unidad de Tesoreríadesde la fecha de la "recategorización".
Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Admi-nistración de Recursos, Unidad de Personal y Unidad deTesorería el cumplimiento de la presente Resolución.
Artículo Quinto.- ENCARGAR a Secretaría General dela Municipalidad de Breña, la notificación de la presenteResolución, conforme a Ley.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JOSE VILCA MELENDEZTeniente AlcaldeEncargado del Despacho de Alcaldía
07492
MUNICIPALIDAD DE
MIRAFLORES
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ORDENANZA Nº 188
Miraflores, 12 de abril de 2005
EL ALCALDE DE MIRAFLORES
POR CUANTO:
El Concejo de Miraflores en Sesión Ordinaria de la fe-cha; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo194º de la Constitución Política del Perú, las municipali-dades son órganos de gobierno local; con autonomía po-lítica, económica y administrativa en los asuntos de sucompetencia;
Que, asimismo, el artículo 74º del mismo cuerpo legal,otorga potestad a los gobiernos locales, potestad que esreconocida en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Muni-cipalidades, Ley Nº 27972, para crear, modificar, suprimir oexonerar arbitrios, tasas, licencias y derechos, dentro delos límites establecidos por Ley;
Que, el artículo 40º de la mencionada Ley Orgánica deMunicipalidades, señala que las ordenanzas son normasde carácter general, por medio de las cuales se regula lasmaterias en las que la municipalidad tiene competencianormativa;
Que, el numeral 5) del artículo 27º del Texto ÚnicoOrdenado del Código Tributario, señala que las deudas decobranza onerosa, se extinguen por Resolución de la Ad-ministración Tributaria, señalándose que las deudas derecuperación onerosa, son aquellas que constan en lasrespectivas Resoluciones u Órdenes de Pago y cuyos montosno justifican su cobranza;
Que, la Gerencia de Ejecutoría Coactiva tramita procedi-mientos de ejecución coactiva sobre montos menores o
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iguales a 100.00 Nuevos Soles (Cien Nuevos Soles), sobrelos cuales los costos del procedimiento coactivo resultanonerosos y las acciones de cobranza respecto de ellas,son infructuosas;
Que, contando con la opinión favorable de la Gerenciade Ejecutoría Coactiva y la Gerencia de Asesoría Jurídicay en uso de las facultades establecidas en la Ley Orgánicade Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo porUNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación delActa, aprobó la siguiente:
ORDENANZA
EXTINCIÓN DE DEUDAS DE RECUPERACIÓNONEROSA EN ESTADO DE
COBRANZA COACTIVA
Artículo 1º.- Objeto: Extinguir las deudas tributarias y/o multas administrativas generadas hasta el 31 de diciem-bre de 2003 en estado de cobranza coactiva y cuyo montoinsoluto, por todo concepto, sea igual o inferior a 100.00Nuevos Soles (CIEN NUEVOS SOLES), por ser conside-radas por la entidad, de recuperación onerosa.
Para aplicar la extinción, se considera como monto dela deuda lo siguiente:
- Deuda tributaria: La suma total de los tributos queadeude cada contribuyente.
- Deudas por multas administrativas: El monto acumula-do de las multas de cada deudor.
Artículo 2º.- Procedimiento: Se dejará sin efecto lacobranza coactiva de la deuda, así como las costas ygastos procesales, siempre que la totalidad de los valo-res contenidos en el expediente coactivo sean extin-guidos.
Artículo 3º.- De los Pagos efectuados: Los pagosefectuados con anterioridad a la presente Ordenanza, sonválidos y no se encuentran sujetos a compensación y/odevolución.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- Encargatura: Encárguese a la Gerencia deEjecutoría Coactiva el cumplimiento de lo dispuesto en lapresente Ordenanza.
Segunda.- Facultades delegadas: Deléguese al señorAlcalde, la facultad para que mediante Decreto de Alcaldíadicte las medidas necesarias para la adecuada aplicaciónde la presente Ordenanza.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
FERNANDO ANDRADE CARMONAAlcalde
07489
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ORDENANZA Nº 189
Miraflores, 12 de abril de 2005
EL ALCALDE DE MIRAFLORES
POR CUANTO:
El Concejo de Miraflores, en Sesión de la fecha;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el Artículo 194º de la Cons-titución Política y con el Artículo II del Título Preliminar de laLey Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Muni-cipalidades tienen autonomía política, económica y admi-nistrativa en los asuntos de su competencia;
Que, de conformidad con el numeral 3.6.3 del inciso3 del Artículo 79º de la Ley Orgánica de Municipalida-des, una de las funciones específicas exclusivas de lasmunicipalidades distritales es la de normar, regular y otor-gar autorizaciones, derechos y licencias y realizar la fis-
calización de la ubicación de avisos publicitarios y pro-paganda política;
Que, mediante Ordenanza Nº 166, publicada en elDiario Oficial El Peruano con fecha 16 de setiembre de2004, se precisó que la Municipalidad de Miraflores se rigepor lo dispuesto en la norma a que se refiere el artículoprecedente;
Que, de acuerdo con lo establecido en el Título VIIde la Ley Nº 26859, Ley Orgánica de Elecciones, corres-ponde a las municipalidades facilitar la disposición depaneles de propaganda electoral, regular la máxima in-tensidad de los altoparlantes colocados en las casaspolíticas y vehículos especiales, determinar los sitios endonde podrá colocarse carteles y sancionar con multa alos partidos políticos, listas independientes y alianzasque en el lapso de sesenta (60) días posteriores a loscomicios electorales no retiren o borren su propagandaelectoral;
Que, es necesario que durante los procesos electora-les se den los lineamientos de orden para la ubicación dela propaganda política, a fin que ésta se realice dentro delos alcances de la ley, el ornato, la seguridad y la tranquili-dad de los vecinos;
Que, en adición a lo antes señalado, es política dela Municipalidad de Miraflores, normar y trabajar los as-pectos necesarios relacionados con los lineamientosde prevención, fiscalización y control de ruidos, tal comose ha dado en la Ordenanza Nº 168 de esta Municipa-lidad;
Estando a lo expuesto, en uso de las facultades confe-ridas por la Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejocon dispensa del trámite de aprobación del Acta, aprobó losiguiente:
ORDENANZA
REGIMEN DE PROPAGANDA ELECTORALEN EL DISTRITO DE MIRAFLORES
Artículo 1º.- La presente Ordenanza regula el ornato yla conservación del patrimonio monumental, el respeto delos entornos saludables y el resguardo de la tranquilidadde los vecinos del distrito en relación con cualquier tipo deproceso electoral, en lo referido a la propaganda electoralexpresada en letreros, carteles, paneles, pancartas, ban-deras, banderolas, elementos colgantes y anuncios lumi-nosos o no, así como la emisión de ruidos o sonidos, den-tro de las jurisdicción del distrito.
Artículo 2º.- Se entiende por propaganda electoral atoda aquella actividad lícita desarrollada durante los pro-cesos electorales, encaminada a persuadir a los ciuda-danos para obtener resultados electorales a través de lacaptación de sus votos y con ello aspirar a cargos políti-cos por elección popular; la propaganda electoral esorganizada por las agrupaciones políticas y sus candi-datos participantes del proceso electoral, sean partidospolíticos, agrupaciones independientes o alianzas na-cionales, regionales o locales, inscritas o en proceso deinscripción, sin perjuicio de la desarrollada por los pro-pios ciudadanos agrupados o no, a través de la promo-ción de candidatos, difusión y explicación de las pro-puestas o programas de gobierno, promoción de colo-res, símbolos, números y siglas que identifiquen a lasorganizaciones políticas participantes del proceso, entreotras actividades conexas.
También se incluyen los procesos de consulta porreferéndum y otros procesos electorales previstos por laLey.
Artículo 3º.- Los letreros, carteles, paneles, pancartasu otro tipo de anuncio que contenga propaganda electoralpodrá ser ubicado en áreas de dominio público previa soli-citud, aprobada por la Municipalidad de Miraflores, conexcepción de:
- Parque Reducto Nº 2 (incluido el perímetro).- Parque 7 de Junio y Parque Kennedy.- Malecones: de La Marina, Cisneros, de La Reserva y
Armendáriz (en ambas márgenes).- Costa Verde (jurisdicción de Miraflores).- Ovalo de la Pileta de Miraflores.- Av. Larco.- Av. Oscar R. Benavides (antes Diagonal).- Av. José Pardo.- Huaca Pucllana (Calles: Gral Borgoño, Independen-
cia, García Calderón y Elías Aguirre).
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- Ovalo Gutiérrez.- Alameda Cristina Gálvez.- Av. Paseo de la República (jurisdicción de Miraflores).- Av. Ricardo Palma ( entre el Ovalo de la Pileta de
Miraflores y la Vía Expresa).- Parque Tradiciones.
Artículo 4º.- La máxima intensidad de sonido que po-drá ser empleada en los altoparlantes instalados en lascasas políticas o en los vehículos especiales, será de:
a) 60 decibeles en zonas residenciales de 08.01 a 22:00horas
b) 70 decibeles en zonas comerciales de 08.01 a 22:00horas
Artículo 5º.- Queda terminantemente prohibido colgar,apoyar o sostener de alguna manera letreros, carteles,banderas, banderolas o cualquier otro tipo de elementoque anuncie propaganda política en plantas, árboles uotros elementos vivos dentro del distrito.
Artículo 6º.- Queda prohibida la propaganda electoralen los siguientes casos:
a) Propaganda sonora, en áreas comprendidas a unadistancia de 100 metros de centros hospitalarios u hospi-cios.
b) Propaganda sonora comprendida entre las 22.00 ylas 08.00 horas.
c) Pegado de afiches en los muros, calzadas, pistas,sardineles, señales de tránsito, árboles, monumentos ysobre publicidad autorizada con fines comerciales.
d) Pintado o pegado de afiches en los postes de ener-gía eléctrica, postes de telefonía, postes de televisión porcable, así como toda otra estructura de soporte de servi-cios públicos en general.
e) En áreas cercanas, a menos de 20 metros lineales, acentros escolares, entidades asistenciales, educativas deotra índole, turísticas, históricas o arqueológicas.
f) Pintado en muros de terrenos sin construir o en pro-piedades privadas. Tampoco es permitido el pegado deafiches en muros.
g) Cualquier modalidad de propaganda que obstaculi-ce señales de tránsito u otros elementos.
h) Cuando contravenga el orden público y las buenascostumbres o dañe de alguna forma el mobiliario urbanode la ciudad u otros bienes de entidades públicas o priva-das.
Artículo 7º.- Las multas por el incumplimiento de lapresente Ordenanza, son las siguientes:
Código INFRACCIÓN MULTA ENPROPORCIÓN
A LA UITVIGENTE
Por colocación de propaganda política en 1.00los lugares de excepción consignados enel Artículo 3 de la presente Ordenanza.
Por colocación de propaganda política en 1.00los lugares mencionados en el Artículo 6de esta Ordenanza.
Por cada panel y/o afiche de propaganda 0.50política pegado o pintado en calzadas,pistas, sardineles, señales de tránsito,árboles u otros elementos vivos, monu-mentos y sobre publicidad autorizadacon fines comerciales; así como en postesde energía eléctrica, telefonía, televisiónpor cable y toda otra estructura de soportede servicios públicos en general.
Por cada elemento de propaganda política 0.10no borrado o retirado voluntariamente,transcurridos sesenta (60) días posterioresa los comicios electorales.
Por efectuar pintas, destruir o deteriorar 0.10la propaganda electoral colocada por otrocandidato, organización, agrupación política,lista independiente o alianza.
Por excederse de la máxima intensidad de 1.00sonido para propaganda electoral.
No será aplicable la multa si en el término de veinticua-tro (24) horas de notificado el infractor de alguna de lasdisposiciones de esta Ordenanza, procede a recomponerla infracción en la que pudiese haber incurrido.
Artículo 8º.- Se considera infractor:
a) En el caso de procesos electorales nacionales, re-gionales y/o municipales, al Personero Legal del partidopolítico, agrupación independiente o alianza electoral quecorrespondiere, solidariamente con quien fue detectadocometiendo la infracción.
b) En el caso de propaganda electoral colocada o dibu-jada en paredes de predios privados, la responsabilidaddel Personero Legal además es solidaria con el propietariodel mismo, a menos que se hubiere comunicado a la Muni-cipalidad el permiso concedido y que hubiere sido conve-nientemente registrado.
c) El propio candidato solidariamente con los antes men-cionados.
Artículo 9º.- Al día siguiente de terminada la vota-ción, la Municipalidad de Miraflores podrá retirar la pro-paganda electoral que hubiese en las calles, debiendoconservarla sólo por sesenta (60) días desde que hubie-se culminado dicha votación; vencido dicho plazo, lapropaganda podrá ser declarada en abandono median-te Resolución emitida por la Gerencia Municipal, pudien-do disponerse de ésta como mejor lo considere la Muni-cipalidad, a excepción de la propaganda electoral co-rrespondiente a candidatos en segunda vuelta electo-ral, la misma que culminada la votación, seguirá el pro-cedimiento establecido.
Artículo 10º.- La propaganda electoral en el distritosólo podrá colocarse una vez que el Jurado Nacional deElecciones o el Jurado Electoral Especial efectúe la ins-cripción definitiva de la fórmula o lista de candidatos ydisponga su publicación y/o ésta haya quedado apta, se-gún corresponda.
Artículo 11º.- Encargar a la Gerencia de Fiscalización yControl y a la Gerencia de Trámites y Autorizaciones elcumplimiento de las disposiciones de la presente norma.
Artículo 12º.- Deróguese el Decreto de Alcaldía Nº 13del 10 de setiembre de 2002.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
FERNANDO ANDRADE CARMONAAlcalde
07490
MUNICIPALIDAD DE
PUEBLO LIBRE
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ORDENANZA Nº 173-MPL
Pueblo Libre, 15 de abril del 2005
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DE PUEBLO LIBRE
POR CUANTO:
EL CONCEJO DISTRITAL DE PUEBLO LIBRE
Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, elDictamen Nº 005-2005-MPL/CPL-CPDU de la ComisiónPermanente de Desarrollo Urbano; y,
CONSIDERANDO:
Que, los artículos 194º, 195º inciso 8) y 197º de laConstitución Política del Perú, modificada por la Ley deReforma Constitucional Nº 27680, establece que las muni-
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cipalidades provinciales y distritales, son órganos de go-bierno local y tienen autonomía política, económica y admi-nistrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 92º de la Ley Nº 27972, establece quetoda obra de construcción, reconstrucción, conservación,refacción o modificación de inmueble, sea pública o priva-da, requiere de licencia del gobierno local, dentro de cuyajurisdicción se halla el inmueble;
Que, con fecha 28 de febrero de 2004, se publicó en elDiario Oficial El Peruano, la Ordenanza Nº 136-MPL, lacual entre otros aspectos, aprueba y declara de interésprioritario, la actualización catastral en el distrito de PuebloLibre y concede beneficios administrativos y tributarios alos contribuyentes que brinden las facilidades para la fisca-lización de sus predios y culminen con su firma, el procesode actualización catastral;
Que, debido al interés existente entre los vecinos,respecto al beneficio administrativo y a la existencia depropietarios que expresan su voluntad de regularizar susituación legal ante nuestra institución edil, urge la ne-cesidad de seguir otorgando este beneficio que permitallegar a un mayor número de vecinos y al mismo tiempo,que permita actualizar la información de nuestros regis-tros;
Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 41º delTexto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado porDecreto Supremo Nº 135-99-EF, excepcionalmente, losGobiernos Locales podrán condonar, con carácter gene-ral, el interés moratorio y las sanciones, respecto de lostributos que administren;
En uso de las facultades conferidas por los artículos 9ºnumeral 8) y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades,Ley Nº 27972, el pleno del Concejo por UNANIMIDAD ycon dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta,aprobó la siguiente:
ORDENANZA
CAPÍTULO IOBJETO
Artículo Primero.- La presente ordenanza tiene porobjeto otorgar beneficios administrativos y tributarios, atodas las personas que habiendo realizado ampliaciones,modificaciones, remodelaciones y/o demoliciones en inmue-bles, sin contar con autorización municipal, deseen regula-rizar su situación ante la Municipalidad.
Los beneficios comprenden las infracciones correspon-dientes a los años 2000, 2001, 2002, 2003 y 2004.
CAPÍTULO IINATURALEZA DE LOS BENEFICIOS
Artículo Segundo.- El beneficio administrativo consisteen la exoneración de las multas administrativas impuestaspor cualquiera de las circunstancias descritas en el artículoprimero.
La regularización se llevará a cabo, conforme al proce-dimiento establecido en el artículo quinto de la presenteordenanza, debiendo la Municipalidad, disponer la entre-ga gratuita del formulario único oficial.
Artículo Tercero.- El beneficio tributario consiste en lacondonación de las multas tributarias, factor de ajuste ofactor de actualización e intereses moratorios que se gene-ren por concepto de impuesto predial y arbitrios municipa-les.
Los beneficios tributarios están dirigidos a:
1.Las ampliaciones y modificaciones de las áreas cons-truidas y que no hayan sido actualizadas en su declaraciónjurada del impuesto predial.
2.Las nuevas edificaciones construidas por las que nohan presentado su declaración jurada del impuesto pre-dial, incluidas las que se encuentren en proceso de ejecu-ción y que no han declarado el aumento de valor, por elavance de la construcción.
Este beneficio comprende las infracciones tributariascometidas hasta el año 2004.
CAPÍTULO IIIREQUISITOS DEL BENEFICIO
Artículo Cuarto.- Los interesados en acogerse al pre-sente beneficio administrativo, para la regularización de
Licencia de Obra, (Regularización de modificaciones, am-pliaciones, construcciones nuevas y demoliciones), podránpresentar declaración jurada de cumplir con adecuarse alprocedimiento establecido en la presente Ordenanza, ad-juntando en un plazo máximo de treinta (30) días, los si-guientes requisitos:
1. Hoja de Trámite y Formulario Único Oficial, adjun-tando anexo "D", suscrito por el propietario y el profesionalcorrespondiente.
2. Copia de la Ficha Registral de Propiedad actualiza-da.
3. Recibo de pago por los derechos de Revisión deProyecto (0.5% del valor de la obra, mínimo 2.5% del UIT).
4. Plano de localización y ubicación, planos de Arqui-tectura (incluyendo planta, cortes y elevaciones) a escalaconveniente.
5. Carta de responsabilidad, suscrita por arquitecto oingeniero.
6. Autorización de la Junta de Propietarios o de loscopropietarios, en caso de ser necesario.
7. Declaración de fábrica cuando se trate de amplia-ciones, remodelaciones y/o reparaciones.
8. Pago del derecho de Licencia (2.5% del valor de laobra, mínimo 2.5% del UIT).
CAPÍTULO IVPROCEDIMIENTOS
Artículo Quinto.- Para los casos descritos en lapresente Ordenanza, el procedimiento será totalmentesimplificado, debiendo la Municipalidad revisar, dictaminary liquidar los expedientes técnicos que serán revisados yevaluados en un plazo no mayor de veinte (20) díascalendario.
Las observaciones a los expedientes técnicos desapro-bados u observados, deberán realizarse necesariamentemediante una esquela.
CAPÍTULO VDISPOSICIONES FINALES
Primera.- El plazo para acogerse al beneficio será deseis (6) meses, a partir de la publicación de la presenteOrdenanza.
Segunda.- Para los efectos de la presente ordenanza,será de aplicación el Decreto de Alcaldía Nº 004-2004-MPL, que aprobó el Reglamento de la OrdenanzaNº 140-MPL.
Tercera.- Están comprendidos dentro de los alcancesde la presente norma, los expedientes técnicos de regula-rización de licencia de obra, que cuenten con los requisitosexigidos y que hayan sido presentados a partir del 1 deabril de 2005.
Cuarta.- Encargar a la Gerencia de Desarrollo Urbano,el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza.
POR TANTO:
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
ÁNGEL M. TACCHINO D.Alcalde
07499
MUNICIPALIDAD DE
PUENTE PIEDRA
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ORDENANZA Nº 059-MDPP
Puente Piedra, 14 de abril de 2005
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDADDISTRITAL DE PUENTE PIEDRA
����� ������ ����������� Lima, martes 19 de abril de 2005
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Puente Piedra en Sesión Ordi-naria de la fecha ha dado la Ordenanza siguiente:
PRORROGAN EL PLAZO DE VENCIMIENTODEL PAGO DEL PRIMER TRIMESTRE DELIMPUESTO PREDIAL Y LOS ARBITRIOS
MUNICIPALES DEL AÑO 2005
Primero.- PRORRÓGUESE hasta el 30 de abril del 2005,la fecha de vencimiento del pago al contado y/o de laprimera cuota del Impuesto Predial del año 2005 y de losArbitrios Municipales de los meses de enero, febrero, mar-zo y abril correspondientes al presente año.
Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administra-ción Tributaria, Gerencia de Informática el cabal cumpli-miento de la presente Ordenanza.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
RENNAN S. ESPINOZA ROSALESAlcalde
07523
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CHINCHA
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ACUERDO DE CONCEJONº 03-05-MPCH
Chincha Alta, 18 de abril de 2005
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDADPROVINCIAL DE CHINCHA
POR CUANTO:
Visto en Sesión Extraordinaria del Concejo Provincialde Chincha del día 15 de abril del 2005, el Informe Nº 02-2005-O/PCA-MPCHC, de fecha 7 de abril de 2005 e Infor-me Nº 004-2005-O/PCA-MPCH, de fecha 14 de abril de2004, presentado por doña María Manrique Flores, encar-gada de la Oficina del Programa de Complementación Ali-mentaria - PCA; informe legal de fecha 14 de abril de 2005,presentado por la Srta. Eneida Gisela Bernaola, AsesoraLegal de la MPCH;
CONSIDERANDO:
Que, con fecha 4 de enero del 2005, se suscribe elconvenio de Gestión entre el Ministerio de la Mujer y Desa-rrollo Social y la Municipalidad Provincial de Chincha, parala ejecución del programa en el año 2005, es decir, deenero a diciembre de 2005;
Que, con fecha 1 de febrero se dictó el D.S. Nº 002-2005-MIMDES, publicado en el Diario Oficial El Peruano,donde se consideró que la atención del Programa de Com-plementación Alimentaria, se continuará atendiendo porparte del PRONAA, en los meses de enero, febrero y mar-zo de 2005;
Que, con Oficio Nº 045-2005-MIMDES-DGP, de fecha31 de marzo de 2005, del Director General de Plantea-miento (e) MIMDES, nos comunica que en cumplimiento ala Directiva Nº 005-2005-EF/76.01 nos remite el programade distribución mensual de transferencia de enero a di-ciembre de 2005;
Que, con Informe Nº 050-2005-OT/MPCH, de fecha 8de abril de 2005, la Tesorera Municipal, hace llegar a la
Oficina del PRONAA de la Municipalidad Provincial deChincha, el informe sobre la transferencia efectuada el día14 de marzo de 2005, de comedores, alimentos por traba-jo, hogares y albergues, por la suma de S/. 52,966.00nuevos soles mensuales;
Que, el Decreto Supremo Nº 032-2005-EF dentro desus artículos se ha considerado el 10% del monto total dela transferencia mensual, para gastos administrativos; que-dando un monto referencial de S/. 47,669.40 nuevos so-les;
Que, con Oficio Nº 238-2005-GORE-DRA-I/AACH, defecha 28 de marzo de 2005, remitido por la Dirección de laAgencia Agraria Chincha nos adjunta un cuadro con larelación de productos de los cuales ninguno correspondea la canasta alimentaria;
Que, dada la situación y para que la atención de laentrega de alimentos de los beneficiarios no pueda sersuspendida, que pudiera causar perjuicio a la pobla-ción beneficiaria de la provincia de Chincha, esta situa-ción se encuentra establecida en el artículo 19º, incisoc), que señala que ... "Están exonerados de los proce-sos de selección las adquisiciones y contrataciones quese realicen: c) En situación de emergencia o dedesabastecimiento inminente declaradas de conformi-dad con la presente ley"; estableciéndose la formalidaden el artículo 20º;
Que, de acuerdo al D.S. Nº 084-2004-PCM, Ley delReglamento de Contrataciones y Adquisiciones del Es-tado, señala que cuando el desabastecimiento fueraproducido por una negligencia de la entidad, es decirsea imputable a la inacción o demora en el accionar deun servidor público que omitió adoptar las acciones perti-nentes con el fin de asegurar la provisión de un bien ola continuidad de un servicio esencial ..., deberá iniciar-se las medidas conducentes a las responsabilidadesadministrativas, civiles y/o penales de los funcionariospúblicos involucrados a la Contraloría General de laRepública...;
Estando a lo expuesto, de conformidad con el D.S.Nº 083-PCM Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia conel artículo 141º del D.S. Nº 084-2004-PCM Reglamentode la Ley de Contrataciones del Estado, a las facultadesconferidas por la Ley Orgánica de MunicipalidadesNº 27972 y al acuerdo mayoritario de los miembros asisten-tes a la sesión extraordinaria celebrada el día 15 de abrildel año en curso;
SE ACUERDA:
Artículo Primero.- Declarar en situación de desabas-tecimiento inminente la adquisición de los productos parael Programa Nacional Complementario de Asistencia Ali-mentaria y Adquisición del Estado, por el término de dosmeses, para la adquisición de 11,862 kg. de arroz, 1,607kg. de Pallar, 805 kg. de conserva de pescado (grated),800.5 kg. de aceite vegetal y 17.5 kg. de azúcar rubia, porel monto referencia de S/. 47,669.40 nuevos soles (cua-renta y siete mil seiscientos sesenta y nueve y 40/100nuevos soles), mensuales.
Artículo Segundo.- Encargar a la Oficina de Abaste-cimiento, hacer la adquisición correspondiente al amparodel presente acuerdo.
Artículo Tercero.- La Comisión Especial Permanentede Adquisiciones y Contrataciones de bienes y serviciosdeberá en el término indicado en el primer artículo de lapresente, proceder hacer las nuevas compras, de confor-midad con lo establecido en los DD.SS. Nºs. 083-200-PCMy 084-2004-PCM.
Artículo Cuarto.- La Gerente General se encargará dehacer las investigaciones correspondientes para el cumpli-miento de lo señalado en el artículo 141º del D.S. Nº 084-2004-PCM.
Artículo Quinto.- Hacer de conocimiento la presen-te a las Oficinas correspondientes para los fines perti-nentes.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
FÉLIX AMORETTI MENDOZAAlcalde
07521
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