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El sistema nacional de áreas protegidas tiene actualmente las siguientes categorías:
Área Protegida Nacional: esta categoría es muy amplia y abarca toda zona en la cual se
protege, en diversos grados, la naturaleza y la cultura del país.
Parque Nacional: Los Parques Nacionales son áreas a conservar en su estado natural, se
caracterizan por ser representativas de una región fitozoogeográfica y tener interés
científico. Suelen ser, como su denominación sugiere, un área natural de especial belleza
paisajística, o, en su defecto, un área de alto valor ecológico. En un parque nacional, la
actividad antrópica se reduce al máximo.
Reserva Nacional: Las Reservas Nacionales son áreas que interesan para la conservación de
sistemas ecológicos, el mantenimiento de zonas protectoras del Parque Nacional contiguo, o
la creación de zonas de conservación independientes, cuando la situación existente no
requiera o admita el régimen de un Parque Nacional. En ciertos casos son áreas aisladas en
las cuales se preserva o un paisaje, o un ecosistema o una especie. En una R.N. se permiten
actividades económicas humanas limitadas, que no afecten negativamente al patrimonio
natural.
Reserva Natural Estricta: Una Reserva Natural Estricta es un área significativa por la
excepcionalidad de sus ecosistemas, de sus comunidades naturales o de sus especies de flora
y fauna, cuya protección resulta necesaria para fines científicos de interés nacional. Esta
categoría significa a zonas que son refugio de especies autóctonas o ecosistemas bajo grave
riesgo. La interferencia humana se reduce a un mínimo. Se aplica a áreas protegidas
nacionales, parte de las mismas o áreas creadas para tal fin.
Reserva Natural Educativa: Una Reserva Natural Educativa es un área que por sus
particularidades o por su ubicación contigua o cercana a las reservas naturales estrictas
brinda oportunidades especiales de educación ambiental o de interpretación del patrimonio
natural y cultural.
Reserva Silvestre y Educativa: En esta categoría se incluyen, tal cual la denominación lo
indica, zonas que pueden ser útiles para la didáctica en la preservación de la ecología y la
vida silvestre.
Monumento Natural: esta categoría incluye a las zonas en las cuales lo interesante es
principalmente inherente al reino mineral, por ejemplo geoformas —formaciones geológicas
curiosas o atractivas—. Se consideran asimismo Monumentos Naturales a especies vivientes
tales como el huemul, la ballena franca austral o el yaguareté.
En diversos regímenes (áreas naturales de jurisdicción nacional, de jurisdicción provincial,
municipal, o administradas por universidades nacionales o por ONG) a finales de 2005 se la red
estaba constituida por 250 áreas naturales protegidas. Del total, sólo el 22% de la superficie
correspondía a la categoría de áreas protegidas estrictas, esto es: aquellas en las cuales la única
actividad humana permitida es la visita o un turismo agreste y de aventura, el 78% de la superficie
de las áreas naturales permite actividades humanas consideradas compatibles con el resguardo
ambiental: de este modo en muchas de estas áreas "no excluyentes" se permite la residencia de
pobladores y la práctica de actividades rurales que incluyen la ganadería y la explotación forestal.
El sistema de áreas naturales protegidas en Argentina está coordinado por la Red Nacional de
Cooperación Técnica en Áreas Protegidas, y se mantiene cierto contralor desde la Secretaría de
Recursos Naturales Renovables, que creo a tal fin el Sistema Federal de Áreas Protegidas (SIFAP
http://www2.medioambiente.gov.ar/sifap/default.asp )
El sistema provincial de áreas protegidas tiene actualmente las siguientes categorías de áreas,
agrupadas según modalidades de su utilización e intervención del Estado:
1. Areas destinadas a uso no extractivo y rigurosa intervención del Estado:
1.1 Ambientes de conservación paisajística y natural:
Parques Naturales Provinciales: áreas que deben tener una determinada representatividad
biográfica y significación ecológica. Que constituyan unidades ecológicas suficientemente
extensas; Que posean elementos de especial importancia de la flora y fauna autóctonas; Que
encierren una singular y notable belleza paisajística; Con ambientes naturales poco alterados
o no transformados por la acción humana; y Que sean declaradas por la autoridad pública,
básicamente intangibles de estricta protección y rigurosa preservación de la naturaleza con
uso restringido de sus ambientes silvestres, y que se incorporan al dominio público
provincial. Los Parques Naturales Provinciales tendrán como objetivesta categoría es muy
amplia y abarca toda zona en la cual se protege, en diversos grados, la naturaleza y la cultura
del país.
1.2 Ambientes de conservación biótica:
Refugios de Vida Silvestre: áreas poseedoras de ambientes prístinos o poco alterados y una
destacada riqueza biótica representativa de un reservorio genético de interés público; Cuyas
comunidades o especies animales y vegetales, por razones científicas o de exclusividad,
hacen necesaria su perpetuación a través de regímenes de protección y/o preservación; y
Donde la autoridad pública establece un riguroso control técnico y científico, que asegure un
adecuado resguardo conservacionista y uso restringido de sus ambientes. Los Refugios de
Vida Silvestre tendrán como objetivo conservar el estado más prístino de su flora y fauna
autóctona y su potencial biótico.
2. Areas de aptitud productiva controladas técnicamente por el Estado:
2.2 Ambientes de conservación y producción:
Reservas Provinciales de Uso Múltiple: Con ciertos grados de transformación en su
condición natural; Que mantienen un sistema ecológico en dinámico equilibrio; Que
amalgaman la presencia y actividad productiva del hombre con la supervivencia de
ambientes naturales y sus recursos silvestres; Que necesitan un régimen regulador que
garantice el armónico desarrollo y conservación de su potencialidad productiva, vida
silvestre y paisaje; y Que por su importancia o interés científico, agrario, económico y/o
cultural, se declaren bajo el control y fiscalización técnica del Estado Provincial. Las
Reservas Provinciales de Uso Múltiple tendrán como objetivo conservar el equilibrio de sus
ambientes, mediante el uso regulado de sus recursos naturales respetuoso de sus
características, estado ecológico, particularidades de la vida silvestre y potencialidad de sus
fuentes productivas.
Reservas Hídricas Naturales: Que posean cuencas de captación o reservorios hídricos,
insertos en ambientes silvestres, que califiquen su especial significación ecológica o
turística; Que sean declaradas como tales. Las Reservas Hídricas Naturales tendrán como
objetivo conservar las mejores condiciones de sus características naturales más importantes.
Reservas Forestales Naturales: Considéranse Reservas Forestales Naturales las áreas
boscosas que por su importancia ecológica forestal se colocan bajo el control y jurisdicción
técnica del Estado Provincial, para instrumentar un régimen de uso que asegure la mejor
regulación conservacionista de sus recursos forestales y características naturales asociadas.
Las Reservas Forestales Naturales tendrán como objetivo conservar bosques autóctonos en
las mejores condiciones silvestres, compatibilizando necesidades de amparar y resguardar
territorios, ambientes y especies vegetales con posibilidades de utilización extractiva de sus
recursos naturales.
Reservas Naturales de Fauna: Considéranse Reservas Naturales de Fauna, aquellas áreas
que mantienen una elevada capacidad para la concentración y desarrollo de animales
silvestres con diferentes grados de significación e importancia. y se colocan bajo el control y
jurisdicción técnica del Estado Provincial con el propósito de conservar el recurso faunístico
y características naturales asociadas. Las Reservas Naturales de Fauna tendrán como
objetivo conservar animales autóctonos en las mejores condiciones silvestres,
compatibilizando necesidades de perpetuación de las especies faunistícas con posibilidades
de utilización extractiva de sus recursos naturales.
Reservas Recreativas Naturales: Considéranse Reservas Recreativas Naturales. las áreas
con cierto grado de transformación en sus condiciones naturales, que por sus particulares
bellezas escénicas, tranquilidad. amplitud y/o valores naturales se colocan bajo el control y
jurisdicción técnica del Estado Provincial con propósitos recreativos, turísticos y/o
educativos. Las Reservas Recreativas Naturales tendrán como objetivo conservar
determinados rasgos escénicos naturales y/o artificiales asociados, asegurando y
compatibilizando la perpetuación de sus características más sobresalientes con el
aprovechamiento integral de sus posibilidades de uso.
2.3 Ambientes de conservación cultural y natural:
Reservas Culturales Naturales: Considéranse Reservas Culturales Naturales las áreas que
por sus valores antropológicos e históricos asociados a rasgos naturales de importancia, se
colocan bajo la jurisdicción técnica del Estado Provincial, reservándose con propósitos
culturales, científicos, educativos y turísticos. Las Reservas Culturales Naturales tendrán
como objetivo conservar los testimonios y características antropológicas y naturales,
perpetuando las condiciones que los identifican y valorizan como tales.
Links relacionados:
http://www2.medioambiente.gov.ar/sifap/default.asp
http://www.sib.gov.ar/
http://portal.unesco.org/science/es/ev.php-
URL_ID=4793&URL_DO=DO_TOPIC&URL_SECTION=201.html
http://www.vidasilvestre.org.ar/programaDescripcion.php?idSeccion=94#
http://www.areasprotegidas.org.ar/noticias/novedades.php?IdNews=21
http://www.elap.uci.ac.cr/pages/comunicacion-relap.asp
http://unesco.org.uy/mab/doctrab25/gestion.html
Consideraciones:
Teniendo en cuenta las características de la reserva de Vaquerías (dominio de la tierra, extensión,
historia de uso, etc.), esta podría quedar encuadrada en dos tipos de categorías para el sistema
nacional de áreas protegidas: Reserva Natural Educativa o Reserva Silvestre y Educativa.
Por su parte, para el sistema provincial de áreas protegidas, si se desea cambiar su actual categoría
de manejo (Reserva de Usos Múltiples), podría encuadrarse en las siguientes categorías: Reserva
Natural de Fauna o Reserva Recreativa Natural.
En base a los criterios utilizados en reservas con características similareas a las de Vaquerías se
podrín proponer para la misma los siguientes obejtivos
Objetivo general
Preservación de una zona silvestre de la ecorregión las sierras de Córdoba, sus especies, diversidad
genética, y características naturales específicas.
Objetivo específico
Proteger un área representativa del bosque serrano chaqueño, con una importante diversidad
de especies vegetales y animales características de la región.
Asegurar el mantenimieto de sus funciones ecosistémicas.
Conservar su patrimonio histórico cultural.
Promover la concientización sobre los beneficios de las Areas Naturales protegidas.
Fomentar el uso de la reserva como zona apta para investigación, estudios de manejo
sostenido a perpetuidad, capacitación, educación e interpretación ambiental, turismo y
recreación.
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