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Gestión Tecnológica Empresarial
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SOCIEDADES LEY 26887
CAPITALES
PERSONAS
S. ANONIMA
S. COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD
LIMITADA
S. CIVIL
S. EN COMANDITA
S. COLECTIVA
PREDOMINA EL DINERO
APARTE DE SUS ACCIONES
APORTAN CON SU TRABAJO
ADMINISTRACION INCORPORACION O
EXCLUSION SOCIOS
DERECHO A PARTCIPAR
APORTAN ACCIONES SU TRABAJO
CONTITUCION SIMULTANEA: Aplicable a todas las sociedades excepto S.A.ACONSTITUCION POR TERCEROS: Es solo aplicable a S.A.A
S.A - S.A.C .
S.A.A
S.CIVIL
S.CIVIL DE R. L.
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TIPOS DE SOCIEDADESSOCIEDAD DE CAPITALES SOCIEDAD DE PERSONAS
Sociedad Anónima Sociedad Colectiva
Sociedad Anónima CerradaSociedad en Comandita Simple
Sociedad Anónima Abierta
Sociedad en Comandita por Acciones
Sociedad Civil OrdinariaSociedad Comercial de Responsabilidad Limitada
Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada (cuenta con elementos propios de las sociedades de capitalesy de las sociedades de personas)
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DEFINICIÓN
La sociedad anónima puede adoptar cualquier denominación, pero debe figurar necesariamente la indicación "sociedad anónima" o las siglas "S.A.".
Es una forma de organización de tipo capitalista. Todo el capital se encuentra dividido en acciones, las cuales representan la participación de cada socio en el capital de la compañía.
DENOMINACIÓN
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SOCIEDAD ANÓNIMAÓRGANOS DE LA SOCIEDAD
DENOMINACIÓN
“Sociedad Anónima” o las siglas “S.A.”
Junta General de Accionistas
Directorio
Gerente
Sub-gerente
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ASPECTOS RELEVANTES
SOCIEDAD ANONIMA
SOCIEDAD ANONIMA CERRADA
SOCIEDAD ANONIMA ABIERTA
Denominación “Sociedad anónima” o las
siglas S.A.
“Sociedad anónima
cerrada” o las siglas S.A.C
Sociedad anónima
abierta o las siglas S.A.A.
Accionistas De 2 hasta un máximo de 750
De 2 hasta un máximo tendrá
20 socios
Mínimo 2 máximo mas de
750
Capital y Responsabilida
d:
Representado por acciones;
Iimitada
Por acciones y con los aportes de los socios.
Se inscribir todas
Sus acciones en el
RPMV; limitada
Constitución: Simultánea Simultánea Sucesiva
Derecho de adquisición preferente
Opcional Obligatorio No existe
Órganos
Junta general de accionistas
Directorio gerencia
Junta general de accionistasGerencia
Junta general de accionistas Directorio
Gerencia
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CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD
A) CONSTITUCIÓN SIMULTÁNEA.-
La constitución simultánea de la sociedad anónima se realiza por los fundadores, al momento de otorgarse la escritura pública que contiene el pacto social y el estatuto, en cuyo acto suscriben íntegramente las acciones.
B) CONSTITUCIÓN POR OFERTA A TERCEROS
La sociedad puede constituirse por oferta a terceros, sobre la base del programa suscrito por los fundadores.Cuando la oferta a terceros tenga la condición legal de oferta pública, le es aplicable la legislación especial que regula la materia.
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CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD
C) FUNDADORESSon fundadores
aquellos que otorguen la escritura pública de constitución y suscriban todas las acciones. En la constitución por oferta a terceros son fundadores quienes suscriben el programa de fundación.
D) APORTES Y ADQUISICIONES
ONEROSAS
• Aporte: Sólo pueden ser objeto de aporte los
bienes o derechos susceptibles de valoración económica.
• Adquisiciones Onerosas:Las adquisiciones a título oneroso de
bienes cuyo importe exceda del diez por ciento del capital pagado, realizadas por la sociedad dentro de los primeros seis meses desde su constitución, deben ser previamente aprobadas por la junta general, con informe del directorio.
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SOCIEDAD ANÓNIMA
Sociedad mercantil en la que el capital esta dividido en acciones
Responsabilidad Limitada
Mecanismo jurídico Particular
• La junta general de accionistas,
• El directorio, y • La gerencia.
3 órganos de administración
Personalidad
Jurídica Propia
CLASES DE FUNDACIÓN
Constitución simultanea
Constitución por terceros
CAPITAL
La denominación social deberá ir siempre seguida de S.A.
• Acciones nominativas• Se integra por aportes de
accionistas quienes no responden personalmente de las deudas sociales
Artículo 54: Contenido del pacto socialArtículo 55: Contenido del estatuto
la forma más rápida de constituir
LGS, Ley N° 26887, libro ll
procedimiento complejo, lleva varias etapas
Artículo 57º: Programa de fundación.Artículo 59º: Suscripción de acciones.Artículo 62º: Asamblea de suscriptores.Artículo 66º: Otorgamiento de la escritura pública de Constitución social.
Según Elías Laroza:
SOCIOS
Su obligación se limita al pago de sus acciones
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SOCIEDAD ANÓNIMAORGANOS DE LA SOCIEDAD
DENOMINACIÓN
“Sociedad Anónima” o las siglas “S.A.”
Junta General de Accionistas
Directorio
Gerente
Sub-gerente
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ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD
• JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
Es el órgano supremo de la sociedad. Que se celebra en el lugar del domicilio social.La junta general se reúne obligatoriamente cuando menos una vez al año dentro de los tres meses siguientes a la terminación del ejercicio económico.
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ÓRGANOS DE LA SOCIEDAD
• ADMINISTRACIÓN DE LA SOCIEDAD
La administración de la sociedad está a cargo del directorio y de uno o más gerentes.
DIRECTORIO: Es el órgano colegiado elegido por la junta general.
GERENCIA: La sociedad cuenta con uno o más gerentes designados por el directorio, salvo que el estatuto reserve esa facultad a la junta general.
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Las Acciones de la Sociedad Anónima
Que al comprar acciones de una corporación usted se convierte en accionista y realmente es propietario de una parte de dicha sociedad
DEFINICIÓN
Las acciones
Inversiones de capital social de una sociedad anónima
son
significa
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ACCIONES
Partes alícuotas del capital social
Conjunto de derechos y
obligaciones
Título o documento representativo de la
posición de socio
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CLASES DE ACCIONES
DERECHOS QUE CONFIEREN A LOS
ACCIONISTAS
ACCIONES ORDINARIAS
ACCIONES PREFERENCIALES
POR SU FORMA DE TRANSMISIÓN
ACCIONES NOMINATIVAS
ACCIONES AL PORTADOR
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DERECHO DEL ACCIONISTA
ACCIONES CON DERECHO A
VOTO
DERECHO DE VOTO
DERECHO DE CONTROL DE LA
GESTIÓN
DERECHO DE INFORMACIÓN
DERECHO PREFERENTE DE
SUSCRIPCIÓN
DERECHO DE SEPARACIÓN
ACCIONES SIN DERECHO A VOTO
PARTICIPACIÓN INSIGNIFICANTE
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Junta General de Accionistas
Es el órgano supremo de la
sociedad.
Los accionistas constituidos en junta general debidamente
convocada y con el quórum
correspondiente, deciden por la
mayoría.
Todos los accionistas, incluso los disidentes y los que no hubieren
participado en la reunión, están sometidos a los
acuerdos adoptados por la junta general.
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Junta Obligatoria Anual
Junta Universal
Pronunciarse sobre la gestión social.
Elegir cuando corresponda a los miembros del directorio .
Designar o delegar en el directorio la designación de los auditores externos
Resolver sobre la aplicación de las utilidades, si las hubiere.
Resolver sobre los demás asuntos que le sean propios
se reúne obligatoriamente
cuando menos una vez al año.
Se realiza para tratar sobre cualquier asunto y tomar los acuerdos correspondientes.
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Administración de la Sociedad
• El directorio está a cargo de la administración de la sociedad
• Es un órgano colegiado elegido por la junta general. Cuando una o más clases de acciones tengan derecho a elegir un determinado número de directores, la elección de dichos directores se hará en junta especial.
Gerencia• El gerente responde ante la
sociedad, los accionistas y terceros, por los daños y perjuicios que ocasione por el incumplimiento de sus obligaciones, dolo, abuso de facultades y negligencia grave.
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MODIFICACIÓN DEL ESTATUTO
Con acuerdo de la JUNTA GENERAL DE ACCIONISTAS
Se logra
Lo ejecutaDIRECTORIO
GERENCIA
O
REQUISITOS
QUÓRUM DE ASISTENCIA
QUÓRUM DE CONVOCATORIA
Acuerdo adoptado por mandato legal (art 128º)
Acuerdo de prohibición temporal de transferir, gravar o afectar acciones. (art 101º)
EXCEPCIONES
INSCRIPCION EN LOS REGISTROS
PUBLICOS
La modificación debe inscribirse en el registro de personas jurídicas del lugar de domicilio.
No se rigen quienes no prestaron su expresa aprobación en la junta general de
accionistas(art 199º)
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AUMENTO DE CAPITAL
FORMAS
AUMENTO POR CAPITALIZACION DE REVALUACIONES.
CAPITALIZACION EN CREDITOS
CAPITALIZACION DE RESERVAS, UTILIDADES O PRIMAS DE CAPITAL
REORGANIZACION DE SOCIEDADES
REQUISITOS
SUSCRIPCION Y PAGO DE LAS NUEVAS ACCIONES
EL MONTO EN QUE SE AUMENTE EL CAPITAL DEBE ESTAR SUSCRITO Y PAGADO
AL MENOS EN UNA CUARTA PARTE .
EN CASOS DE CAPITALIZACION DE RESERVAS, PRIMAS Y REVALUACIONES ,NO
SE PRODUCE LA SUSCRIPCION.
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REDUCCION DEL CAPITAL.
Es la aminoración del monto en que los activos sociales forzosamente deben exceder a los pasivos de la sociedad.
La reducción de capital puede ser voluntaria o impuesta por la ley.
En la reducción voluntaria es importante el consentimiento de los acreedores.
La reducción obligatoria reviste el carácter de una regularización del capital para
adecuarlo a la disminución de capital ya producida.
FORMAS
REDUCCION POR REEMBOLSO DEL VALOR APORTADO
REDUCCION POR CONDONACION DE DIVIDENDOS, PASIVOS.
REDUCCION POR PERDIDAS.
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Formas Especial de la Sociedad Anónima
Sociedad Anónima Cerrada (S.A.C)
Cuando no más de 20 accionistas y no tiene acciones inscritas en el Registro Público del
Mercado de Valores.
Transferencia de acciones
Auditoría Externa
Derecho de Separación
Exclusión de accionistas
Sociedad Anónima Abierta (S.A.A.)
*Tiene más de setecientos cincuenta accionistas*Más del 35% de su capital pertenece a ciento setenta y cinco o más accionistas, sin considerar dentro de este número aquellos accionistas cuya tenencia accionaria individual no alcanza al 2% del capital o excede del 5% del capital.*Debe inscribir todas sus acciones en el Registro Público del Mercado de Valores.
CONASEV
Auditoría Externa Anual
Aumento de capital
Derecho de separación
La adaptación de la sociedad anónima cerrada o sociedad anónima abierta, se basa en caso que la S.A.C y la S.A.A. deje de reunir los requisitos que establece la ley para ser considerada como tal, debe adaptarse a la forma de sociedad anónima que le corresponda.
Adaptación a las formas de sociedad Anónima que regula la ley
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FORMAS ESPECIALES DE LA SOCIEDAD ANONIMA
SOCI
EDAD
AN
ÓN
IMA
CERR
ADA
Definición
Denominación
Órganos de la sociedad
Disposiciones de importancia
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FORMAS ESPECIALES DE LA SOCIEDAD ANONIMA
SOCI
EDAD
AN
ÓN
IMA
ABIE
RTA
Denominación
Inscripción y control
Las Juntas generales
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Aumento de Capital El aumento de capital determina la creación de nuevas acciones o el incremento nominal de las ya
existentes.
La capitalización de créditos contra la sociedad
Nuevos Aportes
La capitalización de utilidades, reservas, etc
Aportes no dinerariosSurge el Derecho de suscripción
Reducción de CapitalLa reducción del capital será
obligatorio cuando las pérdidas hayan disminuido el capital en más del 50% , salvo cuando se cuente con reservas legales o de libre disposición, se realicen nuevos aportes o los accionistas asuman la pérdida, la cantidad que compense el deterioro.
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Estados Financieros y Aplicación de Utilidades
Finalizando el ejercicio, el directorio debe formular la memoria, los estados financieros y la propuesta de aplicación de las utilidades en caso de haberlas. En
estos documentos debe resultar con claridad y precisión la situación económica y financiera de la
sociedad, el estado de sus negocios y los resultados obtenidos en el ejercicio vencido.
La MemoriaLos Estados Financieros
1.-La indicación de las inversiones de importancia realizadas durante el ejercicio.2.-La existencia de contingencias significativas.3.-Los hechos de importancia ocurridos luego del cierre del ejercicio.4.-Cualquier otra información relevante que la junta general deba conocer.5.-Los demás informes y requisitos que señale la ley.
Los Estados Financieros se preparan y presentan de conformidad con las diapositivas legales sobre la materia y con principios de contabilidad generalmente aceptados en el país.
Auditoría
Dividendos
A. Externa
A. Especial
Solo podrán ser pagados dividendos en razón de
utilidades obtenidas o de reservas de libre disposición y
siempre que el patrimonio neto no sea inferior al capital
pagado
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La sociedad colectiva se presenta como la sociedad mercantil tradicional en la que los socios intervienen directamente en la gestión y responden personalmente y de forma ilimitada y solidaria frente a las deudas sociales.
CONCEPTO
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LOS SOCIOS
Mínimo de 2
• Ilimitada• Solidaria frente a
deudas sociales
responsabilidad
CARACTERISTICAS
tipos de socios• S. Capitalista : aporta bienes• S. Industrial : aporta industria
Máximo no establecido Denominación: Nombre de socio(s)
seguido S.C
No existe un mínimo legal para el capital social
Facilidad de prestamos para la sociedad
ÓRGANOS DE CONTROL
Junta de socios
Junta directiva
Representante legal
SOCIEDAD COLECTIVA
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Si la sociedad está conformada por los socios Juan Pérez y Jaime Solís, su denominación podría ser: FABRICA DE TEJIDOS “CALIDAD” S.C. Su razón social, FABRICA DE TEJIDOS “PEREZ Y SOLIZ” Sociedad Colectiva Una combinación de ambos: FABRICA DE TEJIDOS PEREZ Y SOLIZ “CALIDAD” S.C.
EJEMPLO
A) CARACTERISTICAS:
• Pueden existir socios industriales, que sólo aportan trabajo personal, los que se caracterizan por que no podrán participar en la gestión de la sociedad.
•El nombre de la sociedad estará constituido por los nombres de todos sus socios, o de alguno de ellos, debiendo añadirse en este último caso la expresión "y Compañía" o su abreviatura "y Cía."
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B) ESCRITURA Y ESTATUTO
En la escritura de constitución de la sociedad colectiva se deberá expresar:
• El nombre, apellidos y domicilio de los socios.
• La razón social.
• El nombre y apellidos de los socios a quienes se encomiende la gestión de la compañía y el uso de la firma social.
• El capital que cada socio aporte en dinero efectivo, créditos o efectos, con expresión del valor que se dé a éstos o de las bases sobre las que haya de hacerse su valoración.
• La duración de la sociedad.
• Las cantidades que, en su caso, se asignen a cada socio gestor para sus gastos particulares.• Los demás pactos lícitos que los socios estimen convenientes.
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C) SOCIOS Existen 2 tipos de socios
Industriales Capitalista
• Los socios industriales solo aportarán trabajo personal.• No pueden participar en la gestión de la sociedad, salvo pacto en contrario.• No participan en las pérdidas, salvo pacto expreso.
• Los socios capitalistas aportan trabajo y capital, gestionan la sociedad.• En estos casos de separación o exclusión del socio colectivo, éste continúa siendo responsable ante terceros por las obligaciones sociales contraídas hasta el día en que concluye su relación con la sociedad colectiva.
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D) VENTAJAS E INCONVENIENTES
Como ventajas se pueden señalar:
• No es necesario capital mínimo para su constitución.• Sin límite máximo de socios.• Mayor facilidad a la hora de conseguir préstamos para la sociedad, ya que éstos están, implícitamente, avalados por todos los socios colectivos.• Se puede controlar la entrada de personas ajenas a la sociedad.
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Como inconvenientes se pueden señalar:
• La responsabilidad de los socios es ilimitada.• Es una forma jurídica poco utilizada.• Necesita unos trámites formales de constitución.• La condición de socio no es transmisible libremente.• No cabe la unipersonalidad
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Concepto:
• La Sociedad Civil es un contrato privado de colaboración entre dos o más personas que desean realizar conjuntamente una actividad con ánimo de lucro.
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se constituye para un fin común de carácter económico que se realiza mediante el ejercicio personal de
una profesión
oficio
pericia
práctica
otro tipo de actividades personales
por alguno
En la sociedad civil existe una mayor contribución de servicios que de aportes, pues el propósito es admitir mayores compromisos de hacer por parte de los socios y realización de una actividad profesional colectiva
SOCIEDAD CIVIL
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Tipos:
Ord
inar
ia
-Se caracteriza por limitar la responsabilidad de los socios
Resp
onsa
bilid
ad
Lim
itada
-Se deberán tener en cuenta que su número de socios no puede exceder el número de treinta
-En cuanto a su razón social ésta puede ser integrada por el nombre de alguno o todos los socios
-Se debe indicar además “Sociedad Civil de Responsabilidad Limitada”, o también “S. Civil de R. L.
-Los socios tienes responsabilidad ilimitada
-No hay número máximo de socios que puedan conformar la Sociedad Civil Ordinaria.
-Su expresión abreviada es “S Civil”
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VENTAJAS Y DESVENTAJAS DE LA SOCIEDAD CIVIL
VENTAJAS
No es necesario capital mínimo para su constitución
Constitución formal más sencilla y barata que una sociedad mercantil, no siendo necesaria Escritura Pública ante notario ni inscribirlas en el Registro Mercantil
Mayor facilidad a la hora de conseguir préstamos, ya que éstos están, implícitamente, avalados por todos los socios.
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DESVENTAJAS
La sociedad civil responderá frente a terceros con todos sus bienes y si éstos no fueran suficientes responderán los socios con su patrimonio personal.
El beneficio se reparte según la cuota pactada por los socios, sin que el socio pueda percibir una retribución por el trabajo
Se paga más impuestos que con una sociedad mercantil en el caso de ganar bastante dinero, ya que se tributa por el IRPF en lugar de por el impuesto de sociedades.
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Constitución de una Sociedad Civil
• Alta en Hacienda: obtención del CIF(Código de Identificación Fiscal) y alta en IAE(Impuesto de Actividades Económicas), modelo 036.
• Impuesto de Transmisiones y Actos Jurídicos Documentados: 1% del valor de los bienes aportados en caso de que estos existan.
• Alta en La Seguridad Social: alta en el régimen especial de trabajadores autónomos y solicitud del número de patronal en caso de ir a contratar trabajadores.
• Alta en el Ayuntamiento: obtención de la licencia de apertura si procede.
• Solicitud del libro de visitas.
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Sociedad comercial de responsabilidad limitada es la unión de uno o más Personas Naturales o Jurídicas, en que el capital está dividido en participaciones iguales, acumulables e indivisibles, que no pueden ser incorporadas en títulos valores, ni denominarse acciones.Constituida por un grupo de 2 personas naturales y/o jurídicas, en número máximo de 20.
A) CONCEPTO
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DEFINICION
CARACTERISTICAS
ORGANOS INTERNOS
DISOLUCION, LIQUIDACION Y EXTINCION
S.R.L.
SOCIEDAD RESPONSABILIDAD LIMITADA
50
LA S.R.L. ES UNA PERSONA JURIDICA CONFORMADA POR UN CONJUNTO DE SOCIOS QUE DESARROLLAN UNA
ACTIVIDAD COMERCIAL .
SU CAPITAL ESSTA DIVIDIDO EN PARTICIPACIONES,ACUMULABLES, IGUALES O
INDIVISIBLES
ESTA REGULADA POR LAS DISPOSICIONES CONTENIDAS EN LOS ARTICULOS 283º AL 294 DE LA LEY GENERAL
DE SOCIEDADES.
ASIMISMO, LES SON APLICABLES ALGUNAS DISPOSICIONES DE LAS SOCIEDADES ANONIMAS.
DEFINICIÓN
1
2
3
4
51
CARACTERÍSTICAS
PUEDE ESTAR CONFORMADA POR
UN MINIMO DE DOS Y UN MAXIMO DE VEINTE SOCIOS.
CAPITAL SOCIAL ES EL CONJUNTO DE
APORTES QUE EFECTUAN LOS
PARTICIPACIONISTAS A FAVOR DE LA
SOCIEDAD.
NO RESPONDEN CON SU PATRIMONIO
PERSONAL,SALVO SI SE INCURRE A CAUSALES DE
IRREGULARIDAD(ART 423º DE LEY GENERAL
DE SOCIEDADES.
NUMERO DE
SOCIOSBENEFICIOS
CAPITAL SOCIAL Y
PARTICIPACIONES
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LA JUNTA GENERAL DE SOCIOS ES EL ORGANO MAXIMO DE DECISION DE LA SOCIEDAD.ES OBLIGATORIO EFECTUAR UNA JUNTA CUANDO LO SOLICITEN LOS SOCIOS QUE REPRESENTEN AL MENOS LA QUINTA PARTE DEL CAPITAL SOCIAL.
LA GERENCIA ES EL ORGANO DE REPRESENTACION LEGAL Y DE EJECUCION DE LA SOCIEDAD.
LA JUNTA DE SOCIOS PUEDE DESIGNAR A UNO O MAS GERENTES.
ÓRGANOS INTERNOS
JUNTA DE SOCIOS GERENCIA
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DISOLUCIÓN, L IQUIDACIÓN Y EXTINCIÓN
DISOLUCIÓNSe acuerda por acuerdo de la junta general de socios.Convocada por el gerente cuando exista alguna de las causales de disolución establecidas en el art. 407º de la LGS.
LIQUIDACIÓN
EXTINCIÓN
Se procede al cobro de todos los créditos de la sociedad y al pago de todos los pasivos. Se inicia una vez tomada el acuerdo de la Disolucion
Una vez efectuada la liquidación se debe solicitar la inscripción de extinción en los registros públicos.
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Disposiciones generales
Las sociedades comanditarias
simples
Las sociedades comanditarias por acciones
SOCIEDAD ENCOMANDITA
55
SOCIEDAD ENCOMENDITALa sociedad en comandita, es aquella forma societaria que en cuanto al
elemento personal combina las dos clases tradicionales de sociedades de personas y sociedades capitales. Por ese motivo comprende tanto al socio colectivo como el socio comanditario Y en cuanto al elemento de su responsabilidad, la sociedad colectiva tiene carácter mixto, pues también combina los socios de responsabilidad limitada.
Características principales :a) La coexistencia de dos clases de socios los colectivos y los comanditarios.
b)Distinta responsabilidad de los socios, los socios colectivos tienen los derechos de conducir y administrar la sociedad. Por su parte, los socios comanditarios tienen restricciones en cuanto a su participación en la gestión social, limitándose su intervención a los casos previstos expresamente en el estatuto, en la medida en que los mismos no signifiquen administración de la sociedad.
c)Los socios comanditarios tienen prohibido ser administradoresEn la sociedad en comandita simple o por acciones, los socios comanditarios tienen prohibido ser administradores (aunque se permiten excepciones estatutarias)
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SOCIEDADES ENCOMANDITA SIMPLE
ENCOMANDITA POR
ACCIONES
OBLIGACIONES. SOCIALES
Están garantizadaspor la responsabilidad ilimitada
de uno o más socios (solidarios o comanditantes)
Están garantizadas Responsabilidad limitada a una
suma determinada de uno o más socios (comanditarios)
ADMINISTRACION
La administran los socios responsables ilimitada y
solidariamente (comanditantes) estar dividido en acciones
Están excluidos de la administración interna o externa de la sociedad
RAZON SOCIAL
Se forma con el nombre de uno de los socios comanditados o con los apellidos de dos o mas de ellos si fueren varios y con
el agregado: y Compañía, Sociedad en Comandita o abreviarse: y Cía. S. en C.
Se forma con el nombre de uno de los socios comanditados o con los apellidos de dos o
mas de ellos, si fueren varios y con el agregado: y
Compañía Sociedad en Comandita por Acciones o abreviarse: y Cía. , S.C.A.
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