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8/18/2019 T.A reforma Del Aparato Judicial
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Dirección Universitaria de Educación a Distancia
Escuela Académico Profesional de
Derecho
REFORMA DEL APARATO JUDICIAL
20151ADocente: A!DRE" ACERO CARDE!A"
Nota:Ciclo: 12 Módu#$ II
Datos del alumno:
Apellidos y nombres: SALCEDO BELLOTA GABRIELA MARIA
C!di"o de matricula: #$$#%&$%##
'ded de matricula: ARE('I)A
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ITROD'CCI*
El Poder Judicial es uno de los poderes del Estado que ha sufrido mayor
cantidad de reformas debido a los graves problemas que presenta,
especialmente en temas de corrupción, letargo en los procesos judiciales, falta
de modernidad, entre otros.
Para empezar hay que indicar que el Poder Judicial es un poder de
funcionamiento permanente, cuyos órganos gozan de estabilidad, y cuyas
funciones son absolutamente indelegables, pero no puede actuar de oficio, sino
a pedido de parte, no pudiendo juzgar sobre el contenido de la ley, sino según
la ley.
esde el punto de vista institucional, el Poder Judicial cumple la función de
controlar a los restantes poderes públicos! pero tambi"n a los particulares, en
la medida en que "stos ejercen, de acuerdo a las leyes, el poder público.
Por otro lado, la justicia tutela la supremac#a de la $onstitución sobre los
derechos de las provincias. Jurisdiccionalmente, asigna normas jur#dicas para
dirimir conflictos% a tal fin realiza un acto complejo de aplicación&creación del
derecho, definido como 'el conocimiento y decisión de todas las causas que
versan sobre puntos regidos por la $onstitución, y por las leyes de la (ación'
)art#culo **+.
-i bien el Poder Judicial constituye un poder independiente de los restantes
poderes del Estado, para que se cumplan sus decisiones, el Ejecutivo debe
prestarle la fuerza pública.
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DE"ARROLLO DE LA %U&A DEL TRA'AJO ACAD(MICO
*. ealizar un an/lisis respecto de la independencia judicial0a independencia judicial es un medio y no un fin. 0a independencia
judicial no proviene solo del dise1o legal e institucional que se adopte,
sino de la conciencia del juez. Estos dos principios, fundamentales
para el funcionamiento de una justicia digna de su nombre, parecen
haberse perdido en medio de reformas y contrarreformas, disputas por
el protagonismo y pugnas de orden presupuestal.
En medio de los cambios que ha sufrido el aparato de justicia en estas
d"cadas, la independencia judicial e2hibe luces y sombras en el Perú.0as sombras son usualmente destacadas por los medios de
comunicación, cuando se conocen decisiones judiciales de esc/ndalo,
en las que resalta ya no solo la falta de independencia sino la
corrupción.Esto último nos indica que la independencia no es un mero asunto de
dise1o institucional! esto es, que no basta generar mecanismos de
nombramiento o control disciplinar originales para que los jueces sean
independientes. $iertamente, "stos ayudan% por ejemplo, si se
mantiene el control disciplinar en los tribunales superiores, se
establece un mecanismo de sujeción a ellos que lesiona la
independencia. Pero, en definitiva, los mecanismos m/s adecuados
sólo facultan a que el juez pueda ser independiente, no garantizan que
lo sea.0a garant#a proviene del propio juez. El juez est/ arropado por las
salvaguardas que el sistema le provee para que ejerza la función demanera independiente. ebe notarse que nunca el sistema puede
proteger del todo a un juez que se atreve a actuar con independencia.
En definitiva, solo de la conciencia del juez depende actuar con
verdadera independencia. Pero esa conciencia tiene que estar
presidida por una comprensión adecuada de la independencia que se
requiere de "l. 3/sicamente, se trata de que el juzgador adopte sus
decisiones con imparcialidad, según su comprensión de la ley y de loshechos sometidos a su conocimiento. 0a independencia, pues, no
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opera en beneficio del juez sino de los justiciables. En realidad, es una
garant#a para "stos y no para aqu"l. 0os mecanismos que buscan
preservar la independencia del juez, no lo hacen en su favor sino en el
de la justicia que busca, y a la que tiene derecho, el ciudadano.
$reer que la independencia es una prerrogativa del juez, establecida
en su beneficio, conduce a distorsiones muy graves, de las cuales el
Poder Judicial peruano ofrece ejemplos desgraciadamente frecuentes.
0a interpretación de la independencia como aislamiento, como
potestad para quedar situado por encima de todos y sin obligación de
dar cuenta de sus actos a nadie, puede agravar la ya baj#sima
consideración social de la justicia que e2iste en el pa#s.
0a propuesta de que sean los jueces quienes elijan al presidente de la
$orte -uprema, formulada en c#rculos a los que pertenecen jueces
renovadores, parte igualmente de un entendimiento equivocado acerca
de la independencia judicial. e la misma manera que los jueces no
escogen a quienes van a ser jueces &donde este mecanismo ha
operado los resultados corresponden a una endogamia malsana&, no
tiene sentido aplicar fórmulas de falsa democratización. 0ahorizontalidad que deber#a llegar a los organismos de justicia tendr#an
que sentar sus bases en la igualdad efectiva entre jueces, sin
consideración del nivel del tribunal al cual pertenecen. Pero esto
implica m/s una supresión cultural del modelo jer/rquico &similar al del
ej"rcito o la 4glesia& que ha heredado el aparato judicial, que la
introducción de la politización menuda inevitablemente derivada, en un
medio como el peruano, de la elección de un presidente de la $orte.5#rese, si no, en qu" ha derivado la elección del decano del $olegio de
6bogados de 0ima.
3ien entendida, la independencia judicial ha de enfrentar otros retos
que superan, en mucho, el asunto del dise1o de mecanismos
institucionales adecuados para proteger al juez, en lo posible, de la
perturbación de su imparcialidad en el momento de adoptar una
decisión. $omo se detectó en una investigación reciente sobre eldesempe1o profesional, un factor clave en el "2ito del abogado es
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actualmente su 'capacidad relacional'! esto es, cómo influir mediante
sus redes de vinculaciones sobre las instancias de decisión. Perfilada
como dimensión del ejercicio profesional durante el fujimorato, esta
manera de comportarse como abogado parece ser fundamental en el
Perú de hoy.
#+ In,esti"ue sobre las -unciones del Conse.o de la Ma"istratura+
/'CIOES DEL COSE0O
El $onsejo (acional de la 5agistratura o $(5 es un organismo
constitucional autónomo de la epública del Perú, que tiene sede en el
distrito de 0ima. -u función es fortalecer el sistema de administración de justicia, nombrando y ratificando a jueces y fiscales, destituyendo a
aquellos que transgredan sus responsabilidades, contribuyendo de ese
modo a mejorar la administración de justicia y la defensa de la legalidad
en el pa#s.Es independiente y se rige por su ley organica.-us miembros son elegidos de la siguiente manera% 7no elegido por la
$orte -uprema, uno elegido por la junta de 8iscales -upremos, uno por
los $olegios de 6bogados del pa#s, dos por los demas $olegios
Profesionales, uno por los rectores de las universidades nacionales y
uno por los rectores de las universidades privadas. 6dicionalmente, el
$onsejo (acional de la 5agistratura puede ampliar su número a nueve
miembros, con los dos miembros adicionales elegidos por el mismo
$onsejo. $orresponde al $onsejo (acional de la 5agistratura las
atribuciones siguientes%a (ombrar, previo concurso público de m"ritos y evaluación personal,
a los jueces y fiscales de todos los niveles.b atificar a los jueces y fiscales de todos los niveles cada 9 a1os. 0os
no ratificados no pueden reingresar al Poder Judicial ni al 5inisterio
Público. El proceso de ratificación es independiente de las medidas
disciplinarias que adopte el Poder Judicial, el 5inisterio Público o de
la sanción a que se refiere el inciso siguiente.:ambi"n ratificar/ para un nuevo per#odo cuando corresponda, al
Jefe de la ;ficina (acional de Procesos Electorales y al Jefe del
egistro (acional de 4dentificación y Estado $ivil, teniendo en
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cuenta el resultado de su gestión y la labor desarrollada por dichos
altos funcionarios, para cuyo efecto dispondr/ el cronograma
respectivo.c1 6plicar la sanción de destitución a los de la 0ey ;rg/nica del Poder
Judicial, el $onsejo Ejecutivo es el ;rgano de ?estión y irección del
Poder Judicial juntamente con la -ala Plena y el Presidente de la $orte
-uprema, contando el $onsejo Ejecutivo con una ?erencia ?eneral para
el ejercicio de las funciones que le son propias.4ntegran el $onsejo Ejecutivo del Poder Judicial% )art#culo @*> de la 0ey
=9A+B & 0ey que modifica diversos art#culos del :e2to 7nico ;rdenado
de la 0ey ;rg/nica del Poder Judicial
• El Presidente del Poder Judicial, quien lo preside y tiene voto
dirimente.
• os
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• 7n Juez :itular Especializado o 5i2to.
• 7n representante elegido por la Junta de ecanos de los $olegios de
6bogados del Perú.Para la designación del del presente
art#culo, los jueces especializados o mi2tos titulares elegir/n a un
representante por cada distrito judicial, los que se reunir/n para elegir
entre ellos al Juez que integrar/ el $onsejo Ejecutivo del Poder Judicial.El mandato de los integrantes de $onsejo Ejecutivo del Poder Judicial
dura dos a1os.En tanto que se encuentren en el ejercicio de sus cargos, los miembros
del $onsejo Ejecutivo a que se refieren los incisos C>, A>, y B> de este
art#culo tienen las mismas prerrogativas, categor#as y consideraciones
que los
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6+ Elabore un cuadro sobre el tema presupuestal en el )oder
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EL )RES')'ESTO E EL )ODER 0'DICIAL
El Presupuesto del -ector Público es un instrumento de gestión del Estado que presenta los
ingresos que financian los gastos cuantificados de las diversas entidades públicas, con la
finalidad de alcanzar sus objetivos y metas incluidas en su respectivo Plan ;perativo
4nstitucional en el plazo de un a1o.-e orienta principalmente, a atender las necesidades de recursos de los diferentes sectores,
en el marco de la pol#tica económica y social del gobierno. Para su formulación el Poder
Ejecutivo formula las respectivas previsiones de ingresos y gastos en los tres niveles de
?obierno (acional, egional y 0ocal! para ello, el 5inisterio de Econom#a y 8inanzas a
trav"s de su órgano competente de la irección (acional de Presupuesto Público, ente
rector del -istema (acional de Presupuesto, efectúa diversas coordinaciones con las
diferentes dependencias e instituciones del sector público, teniendo como marco de
referencia el respeto de los principios de responsabilidad fiscal y preservando el equilibrio
financiero.
COSTIT'CIO %7&78 Art9culo #2;0a $orte -uprema formula el proyecto de
presupuesto de Poder Judicial. 0o remite al
Poder Ejecutivo para su inclusión en el
proyecto de Presupuesto ?eneral del -ector
Publico.Puede sustentarlo en todas sus etapas.El Presupuesto del Poder Judicial no es
menor del dos por ciento del presupuesto de
gastos corrientes para el ?obierno $entral
COSTIT'CIO %772
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BIBLIOGRA/?A:
5onroy ?/lvez, Juan, "De la administración de justicia al Poder
Judicial" en Cuadernos de política judicial Nº 1, P7$P, 0ima =KKC.
6rce 5eza, 8ernando 6. 'El presupuesto gubernamental en el
Perú: istoria ! perspectias', Ed. -an 5arcos, 0ima, *GGK.
0ey (H =G=@G, 0ey de Presupuesto del -ector Público para el 61o
8iscal =KKG.
$ardoso, 8ernando Lenrique )*G9=. Estado y -ociedad en
6m"rica 0atina. 3uenos 6ires% (ueva
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