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TEMA 4: EL ENTORNO DE LA EMPRESA. EL ESTADO DE
BIENESTAR Y LAS RELACIONES LABORALES
SOCIOLOGÍA DE LA EMPRESA Y LAS ORGANIZACIONES Página 1
1. EL SIGNIFICADO DE LAS SOCIEDADES DEL BIENESTAR
Concepto y características del Estado del Bienestar (EB)
El Estado de Bienestar que interviene activamente en los terrenos económico y
social para garantizar ciertos servicios mínimos a los ciudadanos.
El término se aplica a los estados que han organizado amplios sistemas de
protección social y que practican políticas de reducción de las desigualdades
económicas y sociales.
El Estado de Bienestar es un Estado que interviene parcialmente en el mercado y
corrige sus resultados.
La premisa básica del Estado de Bienestar es que el Estado es responsable del
bienestar de sus ciudadanos y que éste no puede confiarse al individuo, a la
empresa privada, ni a la comunidad local.
El Estado de Bienestar protege al ciudadano contra la pobreza por medio de
subsidios de paro, pensiones de vejez, sanidad y enseñanza gratuita o vivienda
subvencionada con medios públicos. Todos estos servicios se financian por
medio de los impuestos.
El Estado de Bienestar se consolida en las democracias occidentales después de
la 2ªGuerrea Mundial y entra en crisis a mediados de los años 70.
Campos de actuación del Estado de Bienestar
Garantizar una mínima renta económica a cada uno de los miembros de la
sociedad, con independencia del valor de su trabajo y patrimonio.
Reducir a los niveles más bajos la desigualdad social de la ciudadanía.
Proporcionar con suficientes garantías de uso y disfrute, a todos y cada uno de
los ciudadanos, unas prestaciones sociales de notable calidad.
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Intervención estatal en la economía para mantener el pleno empleo o, al menos,
garantizar un alto nivel de ocupación.
Provisión pública de una serie de servicios públicos universales (educación,
asistencia sanitaria, pensiones, ayuda familiar, vivienda, etc.). La universalidad
significa que los servicios sociales están dirigidos a todos los grupos por igual,
independientemente de su nivel de renta.
Responsabilidad estatal en el mantenimiento de un mínimo nivel de vida,
entendido como derecho social, no como caridad pública para una minoría.
1. Intervencionismo estatal
2. Política social
Para entender el Estado de Bienestar en todas sus consecuencias, y comprender el
alcance de su crisis posterior, es necesario tener en cuenta que su desarrollo fue posible
gracias a la especial situación de las sociedades occidentales a partir de los años 50 del
siglo XX, es decir, tras la 2ª Guerra Mundial.
El contexto social, político y económico en el que se implantan y desarrollan los
modernos estados sociales (Estados de Bienestar) se puede caracterizar a partir de cinco
dimensiones que lo hacen posible.
EL ESTADO DE BIENESTAR SE ARTICULA EN TORNO A DOS
CARACTERÍSTICAS
CONTEXTO DEL ESTADO DE BIENESTAR
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DIMENSIONES del contexto inicial del Estado de Bienestar:
Dimensión económico-productiva: Crecimiento capitalista, intervencionismo
estatal en la economía, industrialización centrada en la producción masiva de
mercancías (fordismo), incremento de la productividad y pleno empleo. Todo
ello permite crear la riqueza que el Estado se encargará de redistribuir mediante
la articulación conjunta de políticas fiscales, sociales y de rentas.
Dimensión socio-laboral: Sindicatos fuertes y alta concertación social,
demandas sociales asumidas por los agentes laborales y coherentes con los
derechos sociales defendidos por los Estados de Bienestar.
Dimensión política: Consolidación democrática y constitucionalización de los
derechos sociales, que otorgan una base jurídico-política a los planteamientos de
la política social.
Dimensión ideológica: Vigencia de los planteamientos socialdemócratas,
principales defensores del Estado de Bienestar, que se extienden y son asumidos
por el resto de los partidos más conservadores.
Dimensión demográfica: Crecimiento de las poblaciones occidentales y escasa
presencia de envejecimiento (amplia población activa), que permite, sostener
altas prestaciones sociales.
CARACTERÍSTICAS del contexto del Estado de Bienestar:
La visión amplia del contexto inicial del Estado de Bienestar permite entender
que la actual crisis del EB no es sólo una “crisis fiscal del Estado”, sino el
resultado de un conjunto amplio de factores que han afectado al modelo social
construido después de la Segunda Guerra Mundial.
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Es preciso no confundir entre:
Estado de Bienestar, como sistema articulado de intervención económica
y social.
Medidas puntuales de protección social que se implantan de un modo no
sistemático para proteger a determinados colectivos en situaciones
sociales específicas.
La implantación de un Estado de Bienestar requiere un conjunto de medidas
integradas que conforman un sistema de protección social, cuyo regulador
fundamental es el Estado y que conlleva la necesidad de poner en marcha otros
instrumentos:
Política fiscal activa y redistributiva (mantener empleo, ingresos…).
Bases jurídicas (constitucionalización de los derechos sociales).
Legitimación social (consenso con agentes sociales).
REQUISITOS del Estado de Bienestar:
Consolidación de los Estados Sociales y Democráticos de Derecho. En
aspectos básicos como el sufragio universal (“una persona, un voto), la
legislación laboral (derecho al trabajo, derecho al asociacionismo sindical,
cooperativismo, etc.), la asistencia sanitaria, la jubilación laboral, etc.
La consolidación de un modelo económico mixto (Estado-mercado). Se
combina la iniciativa individual con la regulación económica de las grandes
líneas a seguir por parte del Estado: modelo keynesiano de intervención
(“planificación indicativa”), políticas fiscales de redistribución de rentas,
políticas de pleno empleo, y de carácter “subsidiario” para los que carecen de
empleo; política de infraestructuras, servicios y empresas públicas, etc.
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Consenso social de las medidas a articular. Los planteamientos políticos de
referencia son las políticas socialdemócratas: políticas de pactos corporatistas
entre los tres agentes: Estado, Patronal y Sindicatos; la extensión de los sistemas
estatales de Seguridad Social y de Pensiones; la universalización de los sistemas
educativo y sanitario, etc.
2. ORIGEN Y DESARROLLO DEL ESTADO DE BIENESTAR
ETAPAS en el desarrollo de los Estados de Bienestar
ORIGEN remoto: el Estado Benefactor
o El precedente más remoto del Estado de Bienestar es la Ley de Pobres
Inglesa de Isabel I (1601).
o Es el primer decreto de contenido social. En él se acepta la
responsabilidad del Estado en la asistencia a los necesitados, a la vez que
creaba un impuesto específico para auxiliar a los pobres y definía
diferentes categorías de necesitados.
o Esta Ley abría la vía para una regulación pública de situaciones (pobreza,
abandono, vagabundeo…), que hasta entonces habían sido acometidas
por entes privados: por las parroquias y por los ciudadanos más
acomodados.
o La Ley de Pobres es un primer conato de práctica de bienestar. No en
vano, los orígenes del Estado de Bienestar se asocian al surgimiento de
las instituciones de beneficiencia o “Estado Benefactor”.
o Sin embargo, mantienen implícita la idea de la caridad, totalmente
contraria a lo que debe ser la concepción del Estado de Bienestar, como
derecho.
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ANTECEDENTES próximos:
o La legislación Fabril Inglesa de la primera mitad del siglo XIX. Estas
leyes se inician en el sector textil y más tarde en todos los sectores.
Regulan las condiciones laborales: prohíbe el trabajo de niños menores
de 9 años y limita la jornada laboral a 13 horas para los menores de 16
años (1819); más adelante (1847) se limita la duración de la jornada a 10
horas. El Estado interviene para amortiguar los efectos negativos del
capitalismo “salvaje” de la primera época industrial.
o Los Talleres Nacionales Franceses. Surgen en Francia en el siglo XIX
(1848); con ellos el gobierno francés da trabajo por un mínimo salario
garantizado a todos los desempleados que pudiese acoger. No se trata de
socorrer o paliar efectos negativos, sino de introducir mecanismos en el
mercado, por parte del Estado, para reducir el paro.
o La legislación Social del Canciller Bismarck en Alemania. Esta
normativa pretendía ser “una ley antisocialista que permitiera fomentar el
bienestar de los trabajadores”, con rasgos paternalistas y con un marcado
carácter de contención del ascenso político de los sindicatos y partidos
obreros. Varias leyes:
1883: Ley de seguro de enfermedad y maternidad
1884: Ley de accidentes laborales
1889: Ley de seguro de enfermedad, defunción y jubilación
DESARROLLO de los Estados de Bienestar:
o Contexto de crisis económica: Crack del 1929 y 2ª Guerra Mundial.
o Teoría General de J.M. Keynes (1936): El Estado debía contribuir a la
regulación de las actividades económicas, incentivando y sosteniendo la
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demanda como motor del crecimiento de la inversión, que producirá a su
vez un efecto de arrastre sobre el empleo y éste sobre la demanda
(consumo).
o Se trata de Planificación Indicativa, no intervencionismo estatal
(comunismo).
o Necesidad de controlar el carácter cíclico de las crisis capitalistas.
o La intervención del Estado será de dos formas:
Indirectamente: gestionando el déficit público, basado en una
política fiscal redistributiva, que ayudara a aquellos que habían
perdido su empleo en las épocas de recesión económica,
mediante subsidios que les permitieran mantener su capacidad de
consumo y, por tanto, la demanda agregada de esa sociedad.
Directamente: actuando sobre el empleo, dando trabajo al propio
Estado a trabajadores en paro, en la construcción de
infraestructuras públicas que, a la vez que mejoraban la red de
servicios públicos, permitían que la clase trabajadora mantuviese
su poder adquisitivo, también en épocas de recesión económica.
o El posible déficit público se vería compensado en épocas de auge
económico.
CONSOLIDACIÓN de los Estados de Bienestar:
o Logro importante para consolidación de los Estados de Bienestar:
Implantación de los sistemas de Seguridad Social (sanidad pública,
gratuita y sistema de pensiones).
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o El Informe Beveridge (Reino Unido, 1945):
Documento elaborado por un grupo de cualificados
funcionarios ingleses que trabajaban bajo la dirección de
Lord W.H. Beveridge.
Este informe era la respuesta a dar al impacto que la 2ª
Guerra Mundial en los recursos naturales y en las relaciones
sociales.
El informe recogía la tesis de cobertura “desde la cuna hasta
la tumba”, protegiendo al ciudadano contra la pobreza y el
desamparo causados por los azares de la vida moderna o
industrial.
Los contenidos del informe suponen la primera propuesta
programática del Estado de Bienestar: principio de
universalismo, definición de nivel de subsistencia, etc., sentando
las bases del moderno concepto de ciudadanía.
o Papel fundamental en la consolidación de los Estados de Bienestar en
los gobiernos socialdemócratas.
o Los Estados que se reconstruyeron a raíz de la 2ª Guerra Mundial son
ya los Estados de Bienestar en pleno sentido porque comprenden:
Una base constitucional apropiada
Un pacto político sobre el que se sustenta
Un Estado regulador e intervencionista
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CRISIS del Estado de Bienestar
o Las sucesivas crisis por las que se ven afectados los gobiernos
occidentales en los años 70, plantean que el Estado ha de ocuparse con
preferencia de controlar el déficit fiscal, la balanza de pagos y la
inflación.
o Esta crisis plantea la necesidad de llevar a cabo políticas de ajuste del
gasto público, como uno de los principales objetivos, entrando
claramente en contradicción con lo que constituye la filosofía del Estado
de Bienestar.
o Esta “política de ajuste” está basada en dos pilares:
Lucha contra la inflación a través de una política
monetarista.
Reducción del déficit del Estado a través de una política de
contención del gasto público.
o Es una crisis, por tanto, de las ideas keynesianas, implantándose en su
lugar políticas de corte neoliberal.
“Se plantea la necesidad de disminuir el papel del Estado en la
economía y conceder una mayor flexibilidad al marco económico,
sobre todo en lo que se refiere al mercado de trabajo (flexibilidad en el
empleo), así como favorecer el proceso de privatización, dando un
mayor protagonismo al mercado (al juego del propio mercado) como
asignador de los recursos, que al intervencionismo estatal” (C.
Berzosa).
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o El Neoliberalismo se llevó a cabo no sólo por las fuerzas conservadoras,
sino también por los gobiernos de izquierda.
o Los gobiernos parecen más preocupados por reestructurar el capitalismo,
flexibilizar el mercado de trabajo, incrementar los vínculos con el
mercado europeo y mundial y fomentar la participación del capital
multinacional.
o La política neoliberal genera un malestar social general, sobre todo en
España, donde no se había procedido del todo a la construcción de un
sólido Estado de Bienestar, afectando las restricciones sociales a las
clases menos favorecidas.
o La reestructuración del Estado de Bienestar provoca conflictos sociales:
Los sindicatos denuncian el esfuerzo de contención salarial de
esos años, el incremento del número de parados, la
precarización del empleo, la desigual redistribución de la
renta y el incremento de la pobreza.
o En los años 90 se comienzan a ver los resultados positivos de esta
“política de ajuste”: reducción de la inflación, recuperación de los
beneficios empresariales, saneamiento de las empresas, crecimiento de la
inversión y auge económico.
o No obstante, desde diversos sectores se critica que, una vez saneada la
economía, se haya abandonado el proyecto de construcción de los
Estados de Bienestar.
o En la actualidad crisis financiera se plantean importantes reformas:
Neokeynesianismo, si bien aún no se aprecian los resultados claramente
positivos.
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3. MODELOS DEL ESTADO DE BIENESTAR
Richard Titmuss
o Elaboró la primera clasificación de los modelos de Estado de Bienestar.
o Distingue tres modelos tipificados en función de las formas y niveles de
gasto público destinado a las políticas de bienestar social:
Modelo residual. El Estado se limita a intervenciones temporales
y esporádicas en respuesta a las necesidades de los individuos,
sólo cuando los canales de respuesta natural, mercado y familia,
entran en crisis.
Modelo remunerativo. Los programas públicos de bienestar
desempeñan un papel importante como “complementos” del
sistema económico, procurando niveles de protección que
reflejan los méritos y los rendimientos laborales. Tienen su
origen en la sociedad (mutualidades obreras, iglesia, etc.) y en la
medida en que se van generalizando, tienden a ser sumidos por el
sector público y también a relajar la relación entre lo que se paga
y lo que se recibe, aunque nunca la pierden del todo.
Modelo institucional. Los programas públicos de bienestar
constituyen una de las instituciones cardinales de la sociedad y
proveen prestaciones universales independientemente del
mercado, sobre la base del “principio de necesidad”.
Esping-Andersen
o El criterio relevante para conocer y medir los derechos sociales es el
grado en que éstos permiten a los ciudadanos que su nivel de vida sea
independiente de las fuerzas de mercado (desmercadización).
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o Distingue tres modelos, en función del nivel de desmercadización:
Estado de Bienestar Liberal (Estados Unidos, Japón, Canadá,
Australia). Predomina la ayuda a los que se comprueba que
carecen de medios de vida. Los subsidios favorecen generalmente
a la clase obrera. La prestación ha de ser lo suficientemente alta
para asegurar la subsistencia y lo bastante baja para no desanimar
la búsqueda de empleo. El Estado estimula el mercado y su
eficacia al garantizar sólo unos mínimos a los subsidiarios, a la
vez que potencia los planes privados de protección social.
Estado de Bienestar Conservador (Austria, Francia,
Alemania e Italia). Tiene un legado histórico corporativista. La
eficacia del mercado no es importante. El criterio que predomina
en su aplicación es la conservación de las diferencias de estatus:
los derechos se vinculan a la clase y al estatus social. Los
regímenes corporativistas han estado conformados por la Iglesia
y comprometidos con la conservación de la familia tradicional: la
seguridad social suele excluir a las mujeres que no trabajan, los
subsidios familiares estimulan la maternidad; el varón es el
responsable del bienestar familiar.
Estado de Bienestar Socialdemócrata (Dinamarca, Holanda,
Suecia…). En principio de universalismo y desmercadización de
los derechos sociales, se extiende a todas las clases sociales. Se
promueve una igualdad en los niveles más elevados, no una
igualdad en las necesidades mínimas. La elevada
desmercadización conlleva programas universalistas que se
adapten a expectativas diferentes y que permitan que los
trabajadores manuales disfruten de unos derechos similares a los
altos funcionarios.
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Mauricio Ferrara
o La variable determinante para clasificar los Estados de Bienestar es la
orientación que se lleve a cabo en los flujos redistributivos: como
principio de participación laboral ó, simplemente, como derecho de la
ciudadanía.
o Distingue tres grandes sistemas de Estado de Bienestar:
Sistemas ocupacionales (Francia, Bélgica, Alemania). Tienden
a privilegiar las redistribuciones horizontales intracategoriales
(por categoría de renta): jóvenes vs ancianos, ocupados vs
desocupados, sanos vs enfermos, siempre dentro de la misma
categoría laboral.
La solidaridad social se ve fragmentada según categorías
ocupacionales, originando así una multitud de grupos de riesgo
desiguales y distintos.
Conviven diferencias importantes en pensiones o sanidad entre
empleados públicos y privados, entre autónomos de la industria y
la agricultura, entre otros.
Sistemas universales. Facilitan la redistribución vertical entre
los estratos de renta de toda la población, de los que tienen más a
los que tienen menos. Los casos más puros los representan los
países nórdicos, pues los planes de protección de Finlandia,
Dinamarca, Noruega o Suecia tienen todos una dirección
universalista, cubren a toda la población residente por igual.
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André Sapir (2005)
o Variables de clasificación: situación de mercado de trabajo
(flexible/rígido) y nivel de protección social (1-Tasa de pobreza).
o Cuatro modelos de Estado de Bienestar:
Modelo nórdico (Dinamarca, Finlandia, Suecia y Países
Bajos). Caracterizado por un alto nivel de protección social y por
un mercado laboral con una alta carga fiscal, basado en políticas
activas y alta concentración salarial. Flexiseguridad.
Modelo continental (Austria, Bélgica, Francia, Alemania y
Luxemburgo). Caracterizado por un alto nivel de protección
contributiva (pensiones y prestación de desempleo) y por un
mercado de trabajo muy rígido.
Modelo anglo-sajón (Irlanda y Reino Unido). Caracterizado
por un bajo nivel de protección social (principalmente asistencial)
y por un mercado de trabajo muy flexible, basado en sindicatos
débiles y alta dispersión salarial.
Modelo mediterráneo (Grecia, Italia, Portugal y España).
Caracterizado por un gasto social bajo, centrado en pensiones y
por un mercado laboral muy rígido.
Modelos mediterráneos de Estado de Bienestar
o Centralidad del sistema de seguridad social contributivo y de reparto,
gestionado por instituciones públicas autónomas, muy fragmentado en
las categorías de beneficiarios.
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o Asunción de modelos universales de salud y educación financiados por
la vía impositiva, con niveles de gasto por debajo de la media
comunitaria y en coexistencia con sectores privados más amplios que en
el resto de la Unión Europea.
o Mantenimiento del esquema familiarista de asistencia, con roles públicos
débiles en el campo de las políticas familiares y la exclusión social, a
pesar de la puesta en pie de nuevas redes públicas de servicios sociales y,
de forma parcial y fragmentada, de programas de rentas mínimas.
o Pervivencia de amplios mecanismos clientelares en la distribución
pública del bienestar, y de modelos de liderazgo político todavía
apegados a la concepción patrimonial del Estado.
o Existencia de una fractura territorial de bienestar norte/sur (muy clara en
Italia y en España), que ha dado lugar a tensiones políticas, tanto en el
ámbito simbólico nacionalista como en el de las políticas de distribución
interterritorial de recursos internos. Desigualdades entre ciudadanos
según Región/Municipio de residencia.
o Superposición histórica de los modelos de construcción y de
reestructuración del Estado de Bienestar: década 1975-1985: cimientos
de un modelo resumido de los modelos europeos.
4. LAS RELACIONES LABORALES EN ESPAÑA
Desde la Sociología, se definen las relaciones laborales como “el conjunto de
relaciones, personales o colectivas, que se producen entre los miembros de una
organización productiva, como resultado del intercambio de trabajo personal que ofrece
una de las partes y la correspondiente contraprestación económica que ofrece la otra”
(Lucas Marín).
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Los ACTORES de las relaciones laborales son tres:
Los trabajadores y sus organizaciones sindicales
Los empresarios y sus asociaciones
El Estado y sus órganos de administración
CARACTERÍSTICAS de las relaciones laborales (RRLL):
Las Relaciones Laborales se refieren a las posiciones, en términos de
desigualdad, de las personas en la estructura de la empresa y en la estructura de
la sociedad.
Están reguladas normativamente, ya sea en función de una base legislativa
común, el Estatuto de los Trabajadores, o a una regulación parcial, resultado de
la negociación entre las partes: el Convenio Colectivo, cuyo ámbito de
aplicación puede ser una empresa, una rama de actividad o un sector.
El sistema de relaciones laborales español tiene un carácter atípico, debido entre
otras causas a los cambios políticos vividos desde 1976, así como al
soterramiento del sindicalismo horizontal durante el franquismo. Esto hace
necesaria una reflexión histórica para comprender la situación actual.
En España, el contexto social de las relaciones laborales vendría marcado por
CUATRO ASPECTOS fundamentales:
1) Pervivencia de comportamientos heredados del pasado
Durante el franquismo las estructuras autoritarias fomentaron el
individualismo y el autoritarismo, tanto en trabajadores (apoliticismo,
falta de estrategias colectivas, etc.), como en empresarios (autoritarismo,
unilateralidad, falta de fórmulas participativas).
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Este individualismo persiste hasta nuestros días, en forma de un
apoliticismo, fruto de la desconfianza hacia el Gobierno y los sindicatos
oficiales, que mantienen las dudas ante la validez de las estrategias
colectivas y generándose importantes reticencias a la afiliación sindical.
2) Crisis económica de los años 70
La crisis económica afecta especialmente a los sectores que habían sido
la locomotora de la industrialización durante los años 60 (siderurgia,
automóvil, astilleros…). Siendo las empresas que más bien había
crecido, las que resultarán más afectadas.
Este hecho influirá en la estrategia negociadora, haciendo que las partes
asuman una responsabilidad colectiva ante la crisis (salarios a cambio de
generación de empleo).
3) Cambio político (1975-78)
Los sindicatos no van a ser los protagonistas de este proceso, sino que
tratan de influir en él a través de las organizaciones políticas que les son
próximas o afines; la consecuencia de ello es que se consolidará un
sistema de relaciones laborales excesivamente influido por la política.
4) Crisis de los modelos clásicos de gestión empresarial
En España los años 60 fueron años de expansión industrial para muchas
empresas.
En ese contexto las reivindicaciones salariales se satisfacen con mayor
facilidad que posteriormente, en momentos de recesión económica;
aunque en ningún caso fácilmente, sobre todo teniendo en cuenta que en
la coyuntura política de los 60, cualquier conflicto sindical se politizaba
inmediatamente y era transformado en un problema de orden público.
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Con la crisis de los años 70 se cuestiona la eficiencia y competitividad
del modelo empresarial patrimonial, muy frecuente en España y basado
en estructuras autoritarias.
Por tanto, cabe hablar de un antiguo y un nuevo sistema de relaciones laborales en
España; el punto de inflexión en el paso de uno a otro es la aparición de un
régimen político democrático, o lo que es lo mismo, el fin de la dictadura
franquista.
A. Antiguo sistema de Relaciones Laborales
El modelo de relaciones laborales durante el franquismo estuvo
caracterizado por la falta de autonomía de los agentes sociales y la
intervención autoritaria del Régimen en dichas relaciones laborales.
La consecuencia es una falta de representación de estos agentes sociales
y, consecuentemente, un modelo de relaciones laborales alejado de las
necesidades de los trabajadores: el sindicalismo vertical, a través de la
Confederación Nacional de Sindicatos (CNS).
El sindicato vertical es la organización estatal en el régimen franquista
que encuadra dentro de una misma estructura, de arriba abajo, a
empresarios, técnicos y trabajadores con clara sumisión de los últimos a
los intereses de los primeros.
En España los sindicatos oficiales fueron verticales desde 1939 hasta
1976; no obstante se desarrollaron de forma clandestina CCOO y USO,
entre otros, y persistieron UGT (1886) y CNT (1910).
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B. Nuevo sistema de Relaciones Laborales (RRLL)
Se empieza a configurar con la democracia y está basado en la autonomía
de las partes:
o Afiliación patronal y sindical libres
o Capacidad para negociar y presionar en pro de sus demandas
Instrumentos de las relaciones laborales:
o La Constitución Española de 1978.
o La negociación colectiva. Pieza clave en el marco legal que
regula el mercado de trabajo.
o El Estatuto de los Trabajadores de 1980: regula la negociación y
los convenios colectivos. Define el conjunto de normas, reglas de
procedimiento y prácticas habituales que ordenan en un marco
estable e institucionalizado las relaciones de trabajo entre
asalariados y empleadores.
o Convenio Colectivo: documento en el que se recogen un amplio
abanico de aspectos relacionados con las relaciones laborales en
un marco empresarial determinado
o Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS) de 1985.
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5. LOS AGENTES SOCIALES
5.1. Las organizaciones sindicales
CONCEPTO Y CARÁCTERÍTICAS de los sindicatos:
Los sindicatos pueden ser definidos como una estructura de control
compensadora, que restringe y limita el poder empresarial.
Un sindicato es básicamente un instrumento y medio de poder colectivo para
controlar las condiciones de empleo.
Es una organización que a través de la acción y del derecho colectivo trata de
compensar la asimetría de los individuos frente al contrato de trabajo.
Además de una organización, los sindicatos han sido también históricamente un
movimiento social en defensa de los trabajadores.
El concepto de movimiento social hace referencia a los desafíos colectivos
planteados por personas que comparten objetivos comunes y lazos de
solidaridad.
Se pueden distinguir dos tipos de movimientos sindicales:
Sectoriales. La base sectorial del movimiento sindical reivindica temas
concretos: salarios, condiciones de trabajo y jornada laboral,
fundamentalmente.
Territoriales. La base territorial tiende a reivindicar temas más de tipo
social y político, vincula al movimiento sindical con una base
comunitaria que puede cuestionar o hacer entrar en crisis al poder social
local.
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SOCIOLOGÍA DE LA EMPRESA Y LAS ORGANIZACIONES Página 21
ORIGEN de los sindicatos en España:
En la mayoría de los países occidentales, los movimientos sindicales se
desarrollan con la Revolución Industrial, entre los siglos XVIII y XIX.
No hay un modelo único, la industrialización da lugar a diferentes modelos,
según las circunstancias y características productivas, políticas y sociales de
cada país.
En España, el auge de la industrialización durante la década de los años 60 del
siglo XX, conocida como desarrollismo, trajo consigo un desplazamiento del
sector agrario hacia los sectores industriales y de servicios, el crecimiento de las
ciudades y, con ello, la aparición de un nuevo movimiento obrero.
Con la industrialización se extenderán nuevos valores y nuevos modos de
consumo. La modificación de la estructura de clases y el desarrollo de nuevos
poderes económicos facilitaron los profundos cambios culturales y sociales.
En este contexto económico y cultural se va gestando un nuevo movimiento
sindical, en el que se tiene sus raíces el sindicalismo español y que dará lugar a
una diversidad sindical.
TIPOS de sindicatos en España:
Históricos. Aquellos sindicatos que tienen una continuidad histórica anterior al
franquismo, como UGT (1886) con afinidad política al PSOE y CNT
(Confederación Nacional del Trabajo) (1910) de afinidad anarquista. Todos ellos
son sindicatos tradicionales de clase.
Los organizados durante el franquismo. CCOO y USO (Unión Sindical
Obrera) surgen clandestinamente en los años 60. Son también sindicatos
tradicionales de clase.
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Sindicatos nacionalistas. De ámbito territorial, como ELA-STV (Solidaridad de
Trabajadores Vascos) (1911), o la CIG (Confederación Intersindical Galega)
(1991).
Sindicatos corporativistas. Implantados en determinados sectores de actividad
profesional, como el CSIF en la Administración Pública, o sindicatos de
profesiones, como el SEPLA (Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas).
Sindicatos de empresa. No siempre creados por la dirección de la empresa,
pero cuyo ámbito es la propia empresa, como es el caso de Cajamurcia.
La REPRESENTACIÓN SINDICAL de la empresa
Delegados de personal y comité de empresa
o En España el órgano de representación dominante en las empresas, de
más de 50 trabajadores, es el Comité de Empresa, que representa a todos
los trabajadores, es obligatorio y está legalmente respaldado por el
Estatuto de los Trabajadores (1980).
o En las empresas de menor tamaño la representación la ostentan los
Delegados de Personal.
o La mayoría de la representación en los comités la detentan CCOO y
UGT, aunque también figuran en los mismos delegados de otros
sindicatos como USO, CIG, ELA-STV y otros grupos que compiten por
la representación.
o Los comités de empresa tienen funciones de negociación colectiva en
aquellas empresas con convenio colectivo propio.
o Requisitos para votar o ser delegado de personal: se mayor de 18 años y
trabajar 6 meses en la empresa.
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BIENESTAR Y LAS RELACIONES LABORALES
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La sección sindical y los delegados sindicales
o La Sección Sindical de Empresa es el órgano de representación de cada
sindicato en la empresa, si bien, sólo suelen existir en las grandes
empresas.
o En la pequeña empresa, menos de 50 trabajadores, la figura de
representación es el Delegado Sindical.
Actualmente uno de los mayores debates en las relaciones laborales se centra en el papel
a desempeñar por los comités de empresa y los sindicatos a través de las secciones
sindicales, ya que en muchos casos defienden intereses opuestos:
Las secciones sindicales defienden los intereses de los trabajadores más
precarios (periferia), generalmente con contratos temporales, poco tiempo en la
empresa, menores de 18 años,…
Los comités de empresa defienden los intereses de los trabajadores del centro
(estables, cualificados), que presentan mayores niveles de afiliación.
5.2. Las organizaciones empresariales
ORIGEN de las organizaciones empresariales:
En contraste con los sindicatos, históricamente, los empresarios no han estado
muy interesados en constituir organizaciones más allá de la propia empresa; en
todo caso, asociaciones que les permitan mantener la autonomía y ejercer el
poder en su propia empresa.
Sin embargo, en algunos sectores industriales se unieron antes que los
sindicatos, tanto en organizaciones informales como en asociaciones sectoriales
con el fin de proteger sus intereses comerciales u obtener ventajas aduaneras.
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El origen de muchas asociaciones empresariales está vinculado
fundamentalmente a la protección del comercio exterior y a su función como
productores “emprendedores”, pero también como una respuesta de la clase
empresarial a la creciente influencia social de los sindicatos.
FUNCIONES de las organizaciones empresariales:
Representan los intereses de las empresas en un amplio espectro de cuestiones,
como son la negociación colectiva, la resolución de conflictos, asesoramiento,
de representación y de grupo de prisión.
Se pueden distinguir dos funciones que les son inherentes: la función de
empleadores y la función de emprendedores.
o Como empleadores, la acción de las organizaciones empresariales se
articula a partir de los intereses de clase para mantener una posición
dominante. De hecho, el origen histórico como asociaciones reactivas es
una respuesta al conflicto de clases y el creciente poder de las
organizaciones sindicales.
o Como emprendedores, los intereses empresariales se articulan en
función del mercado de productos y los intereses sectoriales y
comerciales. El principal interlocutor es el Estado, que decide sobre la
política económica del sector. El principal foco de conflicto se da entre
los propios empresarios de un mismo sector o entre diferentes sectores.
Como grupo de presión las asociaciones empresariales se acercan a las
autoridades públicas y a los gobiernos en busca de apoyo a sus intereses o al
desarrollo de un determinado programa económico.
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Organización empresarial singular: las Cámaras de Comercio:
o Tienen un estatus peculiar en España, son corporaciones públicas y al
mismo tiempo agencias de consulta en todo lo que se refiere a los
intereses empresariales (promoción del comercio exterior, legislación
fiscal, reforma de derechos de aduana, etc.).
o Como grupo de presión actúan sobre la Administración y tienen
conexiones sobre las élites y líderes políticos.
o Son grupos autónomos transferidos a las Comunidades Autónomas.
o Sin embargo, no intervienen directamente en las negociaciones
laborales, sino las asociaciones empresariales, como la CEOE
(Confederación Española de Organizaciones Empresariales).
Las Organizaciones Empresariales en ESPAÑA:
En España, las asociaciones empresariales actuales aparecen en la transición
política (años 70) y reflejan el tardío desarrollo del capitalismo español y el
consiguiente retraso en su consolidación como organizaciones, además de una
débil articulación de intereses entre los distintos tipos de empresas y sectores.
En los primeros años de la transición se establece una fuerte competición entre
las asociaciones empresariales emergentes, por lo que el principal objetivo
consiste en la unificación.
En 1977 se fusionan cuatro grandes asociaciones y crean la CEOE, que más
adelante absorberá también a las asociaciones de pequeñas empresas (CEPYME
y COPYME).
La constitución de la Patronal o CEOE apunta a un proceso de reacción frente a
la emergencia de las organizaciones sindicales, unido a una creciente
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conflictividad laboral desde mediados de los años 70 y el desmoronamiento de
la estructura autoritaria de las relaciones laborales procedentes del franquismo.
El principal papel de la CEOE durante la transición española estuvo marcado por
la ausencia de una fuerza política afín, capaz de obtener un triunfo electoral.
La intervención de las organizaciones empresariales en los sistemas de
relaciones laborales se ha caracterizado por un objetivo básico: el control de los
criterios que regulan la producción y la utilización y remuneración de la mano
de obra.
En cuanto a la política general, la principal propuesta de la patronal es la
flexibilidad laboral, entendiéndose que ésta debe ser tanto interna como externa:
o Flexibilidad interna: supone cambios en la organización laboral, en las
funciones, en la jornada y en el sistema salarial.
o Flexibilidad externa: nuevas formas de contratación (eventual,
temporal, tiempo parcial) y movilidad geográfica de los trabajadores.
El PAPEL del Estado en las Relaciones Laborales (RRLL)
Habitualmente al Estado (además de empleador público) se le asignan tres funciones:
agente de la legitimación en el ámbito laboral; como instancia de integración en el orden
social y como coordinador de la negociación laboral.
1) Agente de la legitimación:
El Estado interviene en las relaciones laborales mediante la legislación y
la institucionalización de procedimientos de mediación y arbitraje.
Históricamente el primer papel asignado al Estado es como árbitro
mediador y también como “muro de contención” del conflicto laboral y
social.
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En numerosos países, entre ellos España, el Estado se ve como el
asegurador del marco legal que prevé las formas del conflicto y la
negociación.
2) Agente de integración social:
El Estado tiene también la función más amplia como institución de
integración social, lo que se plasma en el Estado de Bienestar (EB).
En el Estado de Bienestar se manifiesta la interdependencia entre
economía, relaciones laborales e instituciones de cohesión social.
3) Función coordinadora:
El Estado tiene una función coordinadora de la negociación laboral, a
través de la concertación y los pactos sociales, como procedimiento de
gobernabilidad y reintercambio político.
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