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TRAMITACIÓN ADMINISTRATIVA DE INSTALACIONES DE AUTOCONSUMO
D.G. de Industria, Energía y Minas
Servicio de EnergíaSevilla, 15 de diciembre de 2016C
ON
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ÍNDICE
1. Antecedentes
2. Marco normativo actual: RD 900/2015
3. Tipos de instalación
4. Tramitación instalaciones Tipo 1
5. Tramitación instalaciones Tipo 2
6. Tramitación instalaciones aisladas
7. Esquema de tramitación y Otras consideraciones
8. Conclusiones
CO
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, EM
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1. Antecedentes.C
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- Expectativas – Paridad de red
-Dos trámites de audiencia del RD
En Andalucía:
“Autoconsumir el 5% de la energía eléctrica generada con fuentes renovables”.
CO
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1. Antecedentes.C
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IO - ¿Qué hay inscrito?
Andalucía a 14/12/2016nº instalaciones potencia (kW)
sección 1 - tipo 1 P<10 KW
16 101,9
sección 2- tipo 1 P>10 kW 27 2189
sección 2- tipo 2 40 60524,3
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2. Marco normativo actual.
Ley 24/2013, del Sector Eléctrico
El RD 1699/2011, regula la conexión a red de instalaciones
de producción de pequeña potencia
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CIO
RD 1955/2000, procedimiento de autorización de
energía eléctrica y modificación por el
RD 1074/2015
RD 900/2015, de Autoconsumo
RD 413/2014, regula la actividad de
producción de energía eléctrica a través de fuentes de energía
renovables
RD 842/2002, REBT
Orden de 5 de Marzo de 2013, por la que se regula el PUES
D 50/2008, regula procedimientos administrativos referidos a las
instalaciones de energía solar FV
RD 1110/2007, de puntos de medida
RD 1048/2013, Retribución de la actividad de distribución
RD 337/2014, RAT
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3.- Tipos de instalacionesC
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Características instalaciones Tipo 2:
1.- Suma de P instaladas de generación <= P contratada por consumidor
2.- Mismo titular para todas las instalaciones de generación
Según el RD 900/2015 las instalaciones de autoconsumo se clasifican en:
- Tipo 1: consumidor conectado a instalación de generación destinada al consumo propio. UN ÚNICO SUJETO: EL CONSUMIDOR
- Tipo 2: consumidor conectado a instalación de generación que está dada de alta en el Registro administrativo de instalaciones de producción eléctricaDOS SUJETOS: EL CONSUMIDOR Y EL PRODUCTOR
Características instalaciones Tipo 1:
1.- Restricción de potencia:P contratada <= 100kW
2.- Suma P instaladas de generación <= P contratada
3.- Mismo titular para los equipos de consumo y generación
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5. Instalaciones TIPO 1
Tramitación Instalaciones TIPO 1
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4. Tramitación Instalaciones TIPO 1C
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4. Tramitación Instalaciones TIPO 1
PROCEDIMIENTO NORMAL
1.- Promotor solicita punto acceso: Esquema unifilar, descripción de la instalación, punto propuesto conexión, etc
2.- Distribuidora notifica a promotor la propuesta de condiciones de acceso y conexión. Plazo 1 MES. Reclamaciones que resuelve la Adm. Competente
3.- Promotor comunica la aceptación de la propuesta. Plazo 3 MESES.
4.- Distribuidora remite pliego de condiciones al promotor. Plazo 15 días BT y 1 MES AT.
5.- Promotor acepta pliego de condiciones y presupuesto económico. Resolución discrepancias en su caso.
PROCEDIMIENTO ABREVIADO
1.- Promotor solicita punto de acceso y conexión: Memoria, Anexo II del RD 1699/2011,…
2.- Distribuidora confirma conexión. Plazo 10 DÍAS. En su caso, reclamaciones que resuelve la Adm. competente
POTENCIA<=10KW10Kw<POT<=100kW
1.SOLICITUD PUNTO DE ACCESO Y CONEXIÓN
(RD 1699/2011)
Promotor Distribuidora
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4. Tramitación Instalaciones TIPO 1
ALTA TENSIÓN
ALTA TENSIÓNRD 1955/2000 O EL D50/2008 EN EL CASO DE FV
2.SOLICITUD AUTORIZACIÓN
ADMINISTRATIVA
NO REQUIERE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA sólo comunicación puesta en servicio de la instalación:
TRAMITADORES ELECTRÓNICOS: PUES
Titular
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5. Instalaciones TIPO 15. Tramitación Instalaciones TIPO 14. Tramitación Instalaciones TIPO 1
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5. Instalaciones TIPO 15. Tramitación Instalaciones TIPO 14. Tramitación Instalaciones TIPO 1
http://www.cert.fnmt.es/FNMT
DNIe
Otros (listado en la página web de la Consejería)
PUES: CERTIFICADOS DIGITALES VÁLIDOS
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, EM
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4. Tramitación Instalaciones TIPO 1
Datos del titular y del establecimiento
Relación de técnicos e instaladores intervinientes
1. INICIO DE LA COMUNICACIÓN
Relación de instalaciones
DATOS A APORTAR
¿QUIÉN?
DO
CU
ME
NTA
CIÓ
N
A A
DJU
NTA
R
LA PERSONA QUE VA A FIRMAR LA COMUNICACIÓN (FASE 3)
•Acreditación de la representación legal, en su caso.•Autorización Ambiental Integrada o Unificada, en su caso.•Certificado Energético de Proyecto, en su caso.
Instalación 1
Datos técnicos de la inst.
2. FIRMA DE LAS FICHAS DE INSTALACIONES
QUIEN PROCEDA (1)
(Ver tabla)
En cada ficha, documentación acreditativa del cumplimiento reglamentario. Por ejemplo:
•Proyecto de la instalación.•Certificado final de obra.•Certificado del instalador.
Los que no se hayan aportado en la Fase 1.
3. FIRMA DE LA COMUNICACIÓN
La que no se haya aportado en la Fase 1.
(1) Puede ser la misma persona para todas las instalaciones o distintas personas, en función de los riterios establecidos en la tabla.
FASE
Instalación n
Datos técnicos de la inst.
•••
PUES: ESQUEMA GENERAL DEL PROCESO DE PRESENTACIÓN DE COMUNICACIONES
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4. Tramitación Instalaciones TIPO 1
1. INICIO DE LA COMUNICACIÓN
¿QUIÉN?
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ES
F
IRM
AN
TE
S
LA PERSONA QUE VA A FIRMAR LA COMUNICACIÓN (FASE 3)
Instalación 1
2. FIRMA DE LAS FICHAS DE INSTALACIONES
QUIEN PROCEDA (1)
3. FIRMA DE LA COMUNICACIÓN
TITULAR DEL ESTABLECIMIENTOO SU REPRESENTANTE LEGAL
PUES: POSIBLES FIRMANTES EN LUGAR DEL TITULAR O SU REPRESENTANTE LEGAL
FASE
El TÉCNICO que realizó la DIRECCIÓN TÉCNICA de TODAS LAS INSTALACIONES presentadas, AUTORIZADO POR EL TITULAR (1)
El INSTALADOR O RESPONSABLE TÉCNICO de la empresa instaladora que ejecutó TODAS LAS INSTALACIONES presentadas, AUTORIZADO POR EL TITULAR (1) (2)
No existe posibilidadde otros firmantes
(1) Se deberá adjuntar a la comunicación la autorización firmada por el titular o su representante legal.(2) No será necesaria la autorización cuando se comunique una sola instalación cuyo Reglamento específico prevea la presentación por parte de la empresa instaladora (Casos del REBT y del RITE).
ESTA POSIBILIDAD PERMITIRÁ EN MUCHOS CASOS QUE EL TÉCNICO O EMPRESA INSTALADORA CONTRATADOS POR EL TITULAR DEL ESTABLECIMIENTO PUEDAN REALIZAR COMPLETAMENTE EL PROCESO, CON LAS VENTAJAS QUE ELLO CONLLEVA PARA AMBAS PARTES.Hay que tener en cuenta además que las distintas instalaciones de un mismo establecimiento se pueden presentar en diversas comunicaciones, lo cual aumenta la posibilidad de uso de esta vía.
Instalación n
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4. Tramitación Instalaciones TIPO 1
PROCEDIMIENTO NORMAL
1.- Promotor solicita suscripción del contrato a la Distribuidora. Para ello se habrá aceptado las condiciones técnicas y económicas de la instalación y presentará certificado de superación de pruebas de instalación.
2.- Suscripción del contrato. Plazo 1 MES según modelo Anexo III RD 1699/2011. En su caso, reclamaciones que resuelve la Adm. Competente.
3.- Promotor solicita la conexión, se puede hacer a la vez que suscripción del contrato técnico. Plazo 1 MES.
4.- Distribuidora realiza la primera verificación. No es necesaria, si existe certificado de empresa instaladora del cumplimiento de la reglamentación.
PROCEDIMIENTO ABREVIADO
1.- Promotor solicita a la distribuidora la conexión,acompañada del contrato técnico de acceso firmado y el certificado de instalación.
2.- Distribuidora formaliza el contrato, verifica la instalación (si procede) y realiza la conexión. Plazo 10 DÍAS.
P <=10KW10kW< P <=100kW
3.FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
TÉCNICO DE ACCESO, CONEXIÓN
Y PRIMERA VERIFICACIÓN
Promotor Distribuidora
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4. Tramitación Instalaciones TIPO 1
PROCEDIMIENTO
El consumidor podrá adquirir la energía :
• Como consumidor directo
• A través de empresa comercializadora:
– Mercado libre
– PVPC
4.FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO DE
SUMINISTRO
ConsumidorComercializadora
LOS CONTRATOS CON COMERCIALIZADORA
REFLEJARÁN LA MODALIDAD DE
AUTOCONSUMO (AÚN CUANDO NO SE VIERTA A
LA RED)
LOS CONTRATOS CON COMERCIALIZADORA
REFLEJARÁN LA MODALIDAD DE
AUTOCONSUMO (AÚN CUANDO NO SE VIERTA A
LA RED)
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4. Tramitación Instalaciones TIPO 1
5. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE AUTOCONSUMO
Consumidor / instaladora
Procedimiento:
El Consumidor o empresa instaladora en su nombre solicita la inscripción en el Registro de Autoconsumo
Adjuntando formulario cumplimentado del Anexo II RD 900/2015 y declaración responsable.
http://www.minetur.gob.es/energia/electricidad/RegimenOrdinario/Paginas/RegInstalaciones.aspx
Las inscripciones se realizarán en el registro de Autoconsumo:- Sección Primera: si se trata de instalaciones tipo 1 de P <=10kW
- Sección segunda: Instalaciones tipo 1 de P >10kW
PLAZO: 1 MES DESDE LA FORMALIZACIÓN O MODIFICACIÓN DEL
CONTRATO DE ACCESO
PLAZO: 1 MES DESDE LA FORMALIZACIÓN O MODIFICACIÓN DEL
CONTRATO DE ACCESO
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, EM
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5. Instalaciones TIPO 1
Tramitación Instalaciones TIPO 2
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5.-Tramitación Instalaciones TIPO 2C
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Solicitud de punto de acceso y conexión con la distribuidora
Solicitud de autorización de explotación
Formalización del Contrato técnico de acceso
Depósito de garantías RD 1074/2015
INSTALACIONES DE TIPO 2
Conexión a Red y primera verificación art. 8.1 RD 1699/2011 se puede hacer a la vez que la formalización del contrato técnico de
acceso
Trámites e Inscripción en el Registro de productores de Régimen Especial (RIPRE). Arts. 39 y 40 RD 413/2014
Trámites e Inscripción en el Registro de autoconsumo de energía eléctrica. Arts. 19, 20, 21 y 22 del RD 900/2015
Potencia Importe garantía
Potencia <=10kW Exento
Potencia>10kW 10€/kW
Potencia Trámite
Potencia <=10kW Art.9 RD 1699/2011 (Proc. abreviado)
Potencia>10kW (*) Art. 4 RD 1699/2011
Potencia Trámite
Potencia <=10kW Art.9 RD 1699/2011 (Proc. abreviado)
Potencia>10kW (*) Art. 7 RD 1699/2011
Potencia Trámite
Potencia <=10kW Art.9 RD 1699/2011 (Proc. abreviado)
Potencia>10kW (*) Art. 8 RD 1699/2011
Formalización del (los) Contrato(s) de suministro Art. 10 RD900/2015
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5. Tramitación Instalaciones TIPO 2
PROCEDIMIENTO NORMAL
1.- Promotor solicita punto acceso: Esquema unifilar, descripción de la instalación, punto propuesto conexión, etc
2.- Distribuidora notifica a promotor la propuesta de condiciones de acceso y conexión. Plazo 1 MES. Reclamaciones que resuelve la Adm. Competente
3.- Promotor comunica la aceptación de la propuesta. Plazo 3 MESES.
4.- Distribuidora remite pliego de condiciones al promotor. Plazo 15 días BT y 1 MES AT.
5.- Promotor acepta pliego de condiciones y presupuesto económico. Resolución discrepancias en su caso.
PROCEDIMIENTO ABREVIADO
1.- Promotor solicita punto de acceso y conexión: Memoria, Anexo II del RD 1699/2011,…
2.- Distribuidora confirma conexión. Plazo 10 DÍAS. En su caso, reclamaciones que resuelve la Adm. competente
P<=10KW Y CONEXIÓN EN BT
1.SOLICITUD PUNTO DE ACCESO Y CONEXIÓN
(RD 1699/2011)
Promotor Distribuidora
10Kw<P<=100kW Y CONEXIÓN EN BT Ó P<=1000kW,<=36 kV y categoría a) y cogener. RD661/2007
Resto Instalaciones P> 100 kW ÓP>1000kW ...
PROCEDIMIENTO
Según el RD 1955/2000 ó el
D 50/2008 para instalaciones FV
Resto Instalaciones P> 100 kW ÓP>1000kW ...
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, EM
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, EM
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5. Tramitación Instalaciones TIPO 2
RESTO DE INSTALACIONES
RESTO DE INSTALACIONES
RD 1955/2000 O EL D50/2008 EN EL CASO DE FV
2.SOLICITUD AUTORIZACIÓN
ADMINISTRATIVA
NO REQUIERE AUTORIZACIÓN ADMINISTRATIVA sólo comunicación puesta en servicio de la instalación:
TRAMITADORES ELECTRÓNICOS (PUES)
Titular
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, EM
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5. Tramitación Instalaciones TIPO 2
PROCEDIMIENTO NORMAL
1.- Promotor solicita suscripción del contrato a la Distribuidora. Para ello se habrá aceptado las condiciones técnicas y económicas de la instalación y presentará certificado de superación de pruebas de instalación.
2.- Suscripción del contrato. Plazo 1 MES según modelo Anexo III RD 1699/2011. En su caso, reclamaciones que resuelve la Adm. Competente.
3.- Promotor solicita la conexión, se puede hacer a la vez que suscripción del contrato técnico. Plazo 1 MES.
4.- Distribuidora realiza la primera verificación. No es necesaria, si existe certificado de empresa instaladora del cumplimiento de la reglamentación.
PROCEDIMIENTO ABREVIADO
1.- Promotor solicita a la distribuidora la conexión,acompañada del contrato técnico de acceso firmado y el certificado de instalación.
2.- Distribuidora formaliza el contrato, verifica la instalación (si procede) y realiza la conexión. Plazo 10 DÍAS.
3.FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
TÉCNICO DE ACCESO, CONEXIÓN
Y PRIMERA VERIFICACIÓN
Promotor Distribuidora
10Kw<P<=100kW Y CONEXIÓN EN BT Ó P<=1000kW,<=36 kV y categoría a) y cogener. RD661/2007
Resto Instalaciones: P> 100 kW ÓP>1000kW ...
P<=10KW Y CONEXIÓN EN BT
PROCEDIMIENTO
Según el RD 1955/2000 ó el
D 50/2008 para instalaciones FV
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5. Tramitación Instalaciones TIPO 2
PROCEDIMIENTO
El consumidor podrá adquirir la energía :
• Como consumidor directo
• A través de empresa comercializadora:
– Mercado libre
– PVPC
4.FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO DE
SUMINISTRO
Consumidor/productor Comercializadora
LOS CONTRATOS CON COMERCIALIZADORA
REFLEJARÁN LA MODALIDAD DE AUTOCONSUMO (AÚN
CUANDO NO SE VIERTA A LA RED)
LOS CONTRATOS CON COMERCIALIZADORA
REFLEJARÁN LA MODALIDAD DE AUTOCONSUMO (AÚN
CUANDO NO SE VIERTA A LA RED)
EL PRODUCTOR DEBERÁ ADQUIRIR ENERGÍA PARA LOS SERVICIOS AUXILIARES SIGUIENDO EL MISMO
PROCEDIMIENTO QUE EL CONSUMIDOR
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5. Tramitación Instalaciones TIPO 2
5. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE
INSTALACIONES DE PRODUCCIÓN DE
ENERGÍA ELÉCTRICA
Titular
PROCEDIMIENTO
1º) INSCRIPCIÓN PREVIA:
• Se solicita en las DDTT
(Acompañada de documentación)
• Permite el funcionamiento en pruebas.
PROCEDIMIENTO
2º) INSCRIPCIÓN DEFINITIVA:
• Se solicita en las DDTT
• Código REGRE/PRETOR
• Ministerio: INSCRIPCIÓN
POSIBILIDAD DE
INSCRIPCIÓN CONJUNTA
POSIBILIDAD DE
INSCRIPCIÓN CONJUNTA
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5. Tramitación Instalaciones TIPO 2
6. INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO DE AUTOCONSUMO
Consumidor
Procedimiento:
El Consumidor solicita la inscripción en el Registro de Autoconsumo
• Adjuntando formulario cumplimentado del Anexo II RD 900/2015 y declaración responsable.
http://www.minetur.gob.es/energia/electricidad/RegimenOrdinario/Paginas/RegInstalaciones.aspx
Todas las instalaciones del tipo 2 se registrarán en la Sección Segunda del Registro de Autoconsumo
PLAZO: 1 MES DESDE LA FORMALIZACIÓN O MODIFICACIÓN DEL
CONTRATO DE ACCESO
PLAZO: 1 MES DESDE LA FORMALIZACIÓN O MODIFICACIÓN DEL
CONTRATO DE ACCESO
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, EM
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, EM
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5. Instalaciones TIPO 1
Tramitación Instalaciones AISLADAS
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, EM
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6. Tramitación Instalaciones AISLADASC
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¡¡¡ NO LES APLICA EL RD 900/2015!!!
NO HAY PUNTO DE ACCESO Y CONEXIÓN
NO HAY PUNTO DE ACCESO Y CONEXIÓN
NO HAY QUE REGISTRARLAS EN REGISTRO
AUTOCONSUMO
NO HAY QUE REGISTRARLAS EN REGISTRO
AUTOCONSUMO
SE TRAMITAN A TRAVÉS DE
TECI O PUES
SE TRAMITAN A TRAVÉS DE
TECI O PUES
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7. Esquema de tramitación y otras consideracionesC
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POTENCIA GARANTÍA PUNTO CONEXIÓN PUESTA EN SERVICIO CONTRATO ACCESO RIPRE
AISLADA Cualquiera NO NO NO NO NO NO (*)
TIPO 1 NO NO10<P<=100kW
TIPO 2
P<=10kW
NO
10<P<=100kW Sí
P>100 Kw Sí
INSTALACIÓNTIPO
REGISTRO INTEGRADO INDUSTRIAL
REGISTRO AUTOCONSUMO
Para BT: PUES +D50/2008 (FV)
P<=10kW y Conexión BT NO
Según RD 1074/2015 modifica RD 1955/2000
artículo 66bis
Procedimiento simplificado RD 1699/2011 Para BT:PUES
Para AT: RD 1955/2000+ D50/2008 (FV)
Procedimiento simplificado RD 1699/2011
RD 900/2015Sección 1ª
Procedimiento normal RD 1699/2011
Procedimiento normal RD 1699/2011
RD 900/2015Sección 2ª
NO Según RD 1074/2015
modifica RD 1955/2000 artículo 66bis
Procedimiento simplificado RD 1699/2011 Para BT:PUES
Para AT: RD 1955/2000+ D50/2008 (FV)
Procedimiento simplificado RD 1699/2011
Sí, conforme al RD 413/2014
RD 900/2015Sección 2ª
Procedimiento normal RD 1699/2011 (**)
Procedimiento normal RD 1699/2011(**)RD 1955/2000 (SÍ AAP)
+ D 50/2008 (FV)
(*) A las instalaciones aisladas no les es de aplicación el RD 900/2015, ni la ley 24/2013, de sector eléctrico ni su normativa de desarrollo, ya que no se encuentran conectadas a la red y por tanto no se consideran consumidores (aclaración realizada por el propio MINETUR).
(**) Siempre y cuando se encuentren dentro del ámbito de aplicación del RD 1699/2011, es decir se trate de instalaciones cuya potencia no sea superior a 1000kW de las tecnologías contempladas en las categorías a, b.6, b.7 y b.8 del artículo 2 del RD 413/2014 que se conecten a las líneas de tensión no superior a 36 kV de la empresa distribuidora
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Real Decreto con 25 artículos 10 disposiciones adicionales
10 disposiciones transitorias1 disposición derogatoria
7 disposiciones finales
MUCHAS IMPLICACIONES
Ej Cogeneración preexistente- adaptación a la D. adicional primera:
Podrán optar por:a) Vender toda su energía neta generada: en este caso, el titular de la
generación de energía eléctrica y el consumidor deberán disponer de dos contratos de acceso independientes, uno para los
consumos de servicios auxiliares otro para el consumidor asociado.
b) Acogerse a las modalidades de autoconsumo tipo 2.
La permanencia en una modalidad de venta será, al menos, de un año.
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D. Transitoria Tercera
PLAZOS para instalaciones EXISTENTES
➢ 6 meses: para adaptarse al presente real decreto y comunicar su inscripción en el registro administrativo de autoconsumo de energía eléctrica. (plazo superado)
➢ 6 meses: Los tipo 2 adaptación (plazo superado)
➢ Consideración para las configuraciones singulares de medida en cogeneraciones
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8. CONCLUSIONES
Complicado
• Mucha normativa
Probablemente cambie todo, Directiva Europea
• Tecnología
• Facilitaciones. GUIA TRAMITACIÓN
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Gracias por su atención
El mejor MWh es el que no se consume.
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