Trata de Personas Eo-pnp 2015

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POLICÍA NACIONAL DEL PERÚDIRECCIÓN EJECUTIVA DE EDUCACIÓN Y

DOCTRINA 

ESCUELA DE OFICIALES PNP

5to Año – Periodo 2015 I 

MARCO JURÍDICO NACIONAL CONTRA LA TRATA DE PERSONAS1. Constitución Política del Perú2. Ley N°28950 –Contra la Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes; y su Reglamento DS N°007-2008-IN.3. Código Penal4. Nuevo Código procesal Penal5. Código del niño y del adolescente6. Ley N° 30077 –Ley contra el crimen organizado7. Acuerdo plenario N°3-2011-CI-116 (Trata y delitos conexos)8. Plan Nacional de Lucha Contra la Trata de Personas aprobado por D.S. N°004-2012-IN.

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TRATA DE PERSONAS

• “Trata de blancas” (fines del siglo XIX): mujeres europeas trasladadas con fines de explotación sexual a países de Asia y África.

• Se quería diferenciar este fenómeno del tráfico de esclavos negros.

• Conferencia de París: Convenio Internacional para la Represión de la Trata de Blancas, 1910, Sociedad de Naciones (antecedente de la ONU).

Antecedentes

• Artículo 2°.- Toda persona tiene derecho: 24. A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia: (…) b. No se permite forma alguna de restricción de la libertad personal, salvo en los casos previstos por la ley. Están prohibidas la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en cualquiera de sus formas.

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1993

• Disposición entró en vigencia con la Constitución Política de 1993 —cuando aún el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas complementario a la Convención de Palermo no existía—,

• La prohibición constitucional contra la trata de personas «en cualquiera de sus formas», hace alusión a todas las modalidades previstas actualmente en el Protocolo de Palermo contra la trata —explotación sexual, laboral, venta de niños, servidumbre, etc.—.

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1993

• Artículo 4° de la Constitución señala que «La comunidad y el Estado protegen especialmente al niño, al adolescente, a la madre y al anciano en situación de abandono».

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1993

• Esta disposición, que establece una especial protección para niños, niñas y adolescentes, se justifica en la medida en que aun cuando las personas menores de edad son titulares de derechos, no los pueden ejercitar plenamente debido a la particular situación de vulnerabilidad y dependencia en la que se encuentran. Por ende, se justifica, objetiva y razonablemente, el otorgarles un trato diferenciado en comparación a los adultos, que finalmente les permita ejercitar sus derechos fundamentales.

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CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE 1993

El Código de los Niños y Adolescentes establece en su artículo 4° el derecho a la integridad personal: El niño y el adolescente tienen derecho a que se respete su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. No podrán ser sometidos a tortura, ni a trato cruel o degradante.Se consideran formas extremas que afectan su integridad personal, el trabajo forzado y la explotación económica, así como el reclutamiento forzado, la prostitución, la trata, la venta y el tráfico de niños y adolescentes y todas las demás formas de explotación.

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CÓDIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES

• Dicha norma establece claramente que una forma extrema de vulneración del derecho a la integridad personal de los niños, niñas y adolescentes es la trata de personas. Sin embargo, al ser un texto de carácter general y abstracto que consagra los principales derechos y obligaciones de las personas menores de edad, así como determinadas instituciones jurídicas relacionadas con ellas, deja el tratamiento de un fenómeno tan complejo como la trata de personas a una norma de carácter especial como la Ley N° 28950.

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CÓDIGO DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES

• Cuatro aspectos:• a) Aspectos sustantivos:• Establece la nueva tipificación del delito de trata de personas de conformidad con

lo dispuesto en el Protocolo para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas que no se restringe a la explotación sexual sino que también abarca otras modalidades. Por ello, esta norma modifica los artículos 153° y 153-A° del Código Penal y deroga el artículo 182° del mismo cuerpo normativo.

• • Se incluye el delito de trata de personas como delito fuente del delito de lavado de activos, en el entendido de que la trata de personas es cometido en un contexto de crimen organizado, que genera ganancias ilícitas. En ese sentido, modifica el artículo 6° de la Ley N° 27765, Ley penal contra el lavado de activos.

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LEY N° 28950

• b) Aspectos procesales:• Se establecen beneficios por colaboración eficaz a las

personas que brinden información relacionada al delito de trata de personas, a fin de poder recabar las pruebas necesarias para sustentar la condena en contra de los autores. En tal sentido, se modifica el numeral 2 del artículo 1° de la Ley N° 27378, Ley que establece beneficios por colaboración eficaz en el ámbito de la criminalidad organizada

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LEY N° 28950

• Se modifica la figura del agente encubierto, con el fin de que pueda ser utilizado en los casos de trata de personas, en la misma lógica de garantizar la suficiencia probatoria requerida para sustentar una condena. Debido a ello, se modificaron los numerales 1, 2 y 4 del artículo 341° del Código Procesal Penal promulgado por el Decreto Legislativo Nº 957.

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LEY N° 28950

• Se establece la posibilidad de que los jueces puedan intervenir y controlar las comunicaciones de las personas procesadas por el delito de trata de personas

• Sobre el particular, si bien se produce una limitación del derecho al secreto de las comunicaciones de los imputados, ésta se funda en la necesidad de garantizar una adecuada administración de justicia, así como en el derecho a la tutela jurisdiccional efectiva de las víctimas.

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LEY N° 28950

• c) Aspectos penitenciarios: • Se señalan determinados beneficios penitenciarios

para las personas condenadas por el delito de trata de personas. Sin embargo, para los supuestos agravados —que incluyen los casos de víctimas menores de edad— se establece expresamente que no se concederá ningún tipo de beneficio penitenciario

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LEY N° 28950

• d) Aspectos referidos a la víctima• • Se señala de manera genérica la obligación del Estado, en

coordinación con otros Estados, entidades no gubernamentales y/o con la sociedad civil, de brindar a las víctimas, colaboradores, testigos, peritos y sus familiares, medidas de asistencia y protección. Sin duda, este constituye un aspecto fundamental de la norma, e inclusive, en otras experiencias la protección de la víctima de trata constituye el eje central en la lucha contra este flagelo.

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LEY N° 28950

Principios generales:• Primacía de los derechos humanos• Perspectiva de género• Interés superior del niño y adolescente

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D.S. 0007-2008-IN (REGLAMENTO LEY 28950)

• Art. 4. Grupo Multisectorial de Lucha contra la Trata de Personas (D.S. N° 002-2004-IN)

• Seguimiento de cumplimiento de disposiciones.

• Coordinación con gobiernos regionales y locales.

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D.S. 0007-2008-IN (REGLAMENTO LEY 28950)

Cuatro (04) ejes de actuación:• Eje de prevención• Eje de persecución y sanción• Eje de protección y asistencia a las víctimas• Eje de cooperación nacional e internacional

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D.S. 0007-2008-IN (REGLAMENTO LEY 28950)

• Problemas: i) falta de presupuesto para cumplir con actividades previstas en el Plan Nacional de Acción contra la Trata de Personas (2011-2016) y; ii) falta de compromiso de funcionarios involucrados en el tema.

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D.S. 0007-2008-IN (REGLAMENTO LEY 28950)

• Ley 28950 (12/01/07):• Artículo 153.- Trata de personas• El que promueve, favorece, financia o facilita la captación, transporte, traslado, acogida,

recepción o retención de otro, en el territorio de la República o para su salida o entrada del país, recurriendo a: la violencia, la amenaza u otras formas de coacción, la privación de libertad, el fraude, el engaño, el abuso del poder o de una situación de vulnerabilidad, o la concesión o recepción de pagos o beneficios, con fines de explotación, venta de niños, para que ejerza la prostitución, someterlo a esclavitud sexual u otras formas de explotación sexual, obligarlo a mendigar, a realizar trabajos o servicios forzados, a la servidumbre, la esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud u otras formas de explotación laboral, o extracción o tráfico de órganos o tejidos humanos, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de ocho ni mayor de quince años.

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CODIGO PENAL

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Ley 30251 (30/09/14) – Ley que Perfecciona la Tipificación del Delito de Trata de Personas

La captación, transporte, traslado, acogida, recepción o retención de niño, niña o adolescente con fines de explotación se considerará trata de personas incluso cuando no se recurra a ninguno de los medios señalados en el párrafo anterior.

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CODIGO PENAL

• Sujeto activo: cualquier persona• Sujeto pasivo: cualquier persona• Algunas agravantes exigen una calidad especial en el sujeto activo (delito

especial impropio): Funcionario público. Promotor, integrante o representante de una organización social, tutelar o

empresarial. Cónyuge, conviviente, adoptante, tutor, curador, pariente hasta el cuarto

grado de consanguinidad o segundo de afinidad. Miembro de una organización criminal.

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CODIGO PENAL

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CODIGO PENAL

• La conducta típica del delito de trata tiene 3 componentes:

1) Conductas2) Mecanismos3) Finalidades

Código Penal

1) Conductas: son los actos realizados por el sujeto activo que califican como delito de acuerdo a la ley.

• El que promueve, favorece, financia o facilita la captación, transporte, traslado, acogida, recepción o retención de otro

• Recoge todas las formas de participación posibles en el delito de trata (se criminaliza a título de autoría cualquier grado de participación, primario o secundario).

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CODIGO PENAL

Código Penal

Mecanismos: son los artificios o técnicas de las que se vale el sujeto activo para doblegar la voluntad de la víctima.

• La violencia, la amenaza u otras formas de coacción, la privación de libertad, el fraude, el engaño, el abuso del poder o de una situación de vulnerabilidad, o la concesión o recepción de pagos o beneficios

• En caso de menores de edad no se exigen mecanismos para configurar el delito de trata

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CODIGO PENAL

Código Penal

• 3) Fines de explotación: venta de niños, para que ejerza la prostitución, someterlo a esclavitud sexual u otras formas de explotación sexual, obligarlo a mendigar, a realizar trabajos o servicios forzados, a la servidumbre, la esclavitud o prácticas análogas a la esclavitud u otras formas de explotación laboral, o extracción o tráfico de órganos o tejidos humanos.

• Si no se presentan estos fines, el hecho no configura trata (elemento subjetivo del tipo).

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CODIGO PENAL

Código Penal

• Hecho eminentemente doloso.• El hecho delictivo se consuma realizando cualquiera de las

conductas típicas previstas en el artículo 153, sin necesidad que se llegue a configurar el fin de explotación.

• Si bien es un delito proceso (integrado por una cadena de conductas dirigidas a una finalidad), no es necesaria la presencia de una banda organizada.

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CODIGO PENAL

Código Penal

• Artículo 153-A.- Agravantes:No menor de 12 ni mayor a 20 años

1. Agente abusa de la función pública para cometer el hecho.2. Agente es promotor, integrante o representante de una organización social, tutelar o

empresarial, que aprovecha de esta condición y actividades para perpetrar este delito.3. Pluralidad de víctimas.4. La víctima tiene entre catorce y menos de dieciocho años de edad o es incapaz.5. Agente es cónyuge, conviviente, adoptante, tutor, curador, pariente hasta el cuarto grado

de consanguinidad o segundo de afinidad, o tiene a la víctima a su cuidado por cualquier motivo o habitan en el mismo hogar.

6. El hecho es cometido por dos o más personas.

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CODIGO PENAL

Código Penal

• Artículo 153-A.- Agravantes: No menor de 25 años de pena (hasta 35)1. Se produzca la muerte, lesión grave o se ponga en inminente

peligro la vida y la seguridad de la víctima.2. La víctima es menor de catorce años de edad o padece,

temporal o permanentemente, de alguna discapacidad física o mental.

3. El agente es parte de una organización criminal.

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CODIGO PENAL

Código Penal

a) Desarraigo: situación de vulnerabilidad de la víctima (elemento esencial que lo distingue de otros delitos).

b) Bien jurídico protegido: dignidad y libertad .c) Fines de la trata: explotación del ser humano.

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CODIGO PENAL

TRATA DE PERSONAS EXPLOTACION

Captar transporte traslado acogida retención Aprovechamientode víctimas

CODIGO PENAL

Código Penal

• Trata de personas:a) Decreto Legislativo 124 (proceso sumario)b) Nuevo Código Procesal Penal.c) Técnicas de Investigación Especializadas Criminalidad

Organizada (agente encubierto, interceptación de las comunicaciones, etc).

d) Técnicas de preservación de la prueba idóneas: prueba anticipada.

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ASPECTOS PROCESALES

Código Penal

• Fundamento:Complejidad del fenómeno.

• Implica: Colaboración interinstitucional Consensos Definir: a) objetivos comunes, b) prioridades de acción, c) tareas

que hay que realizar, d) recursos necesarios; y, e) responsabilidades institucionales

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PLAN NACIONAL DE ACCION CONTRA LA TRATA DE PERSONAS 2011-2016.

Código Penal

• Importancia: a) Establece los objetivos a cumplir por parte de las

instituciones estatales y privadas.

b) Señala las actividades correspondientes a cada eje de actuación (prevención, sanción y

persecución, protección y asistencia a la víctima).

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PLAN NACIONAL DE ACCION CONTRA LA TRATA DE PERSONAS 2011-2016.

Código Penal

• Importancia: a) Establece los objetivos a cumplir por parte de las

instituciones estatales y privadas.

b) Señala las actividades correspondientes a cada eje de actuación (prevención, sanción y

persecución, protección y asistencia a la víctima).

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PLAN NACIONAL DE ACCION CONTRA LA TRATA DE PERSONAS 2011-2016.

Código Penal

• Importancia: a) Establece los objetivos a cumplir por parte de las

instituciones estatales y privadas.

b) Señala las actividades correspondientes a cada eje de actuación (prevención, sanción y

persecución, protección y asistencia a la víctima).

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PLAN NACIONAL DE ACCION CONTRA LA TRATA DE PERSONAS 2011-2016.

Código Penal

• Importancia: a) Establece los objetivos a cumplir por parte de las

instituciones estatales y privadas.

b) Señala las actividades correspondientes a cada eje de actuación (prevención, sanción y

persecución, protección y asistencia a la víctima).

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PLAN NACIONAL DE ACCION CONTRA LA TRATA DE PERSONAS 2011-2016.

Código Penal

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• Objetivo GeneralCoordinar y concertar acciones en la lucha contra la trata de personas en el

Perú para alcanzar un país organizado y preparado en su abordaje integral. Un Estado con acciones visualizadas e implementadas a la prevención, la persecución de los tratantes así como la protección y asistencia a las víctimas de trata de personas al 2016.

PLAN NACIONAL DE ACCION CONTRA LA TRATA DE PERSONAS 2011-2016.

Código Penal

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• Eje Estratégico I (Prevención)

a. Generar conocimiento sobre la trata de personas en el Perú.

b. Informar y educar en torno al problema de la trata de personas en el Perú.

c. Vigilar de manera preventiva la existencia y surgimiento de focos de trata de personas.

PLAN NACIONAL DE ACCION CONTRA LA TRATA DE PERSONAS 2011-2016.

Código Penal

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• Eje Estratégico II (Persecución)

a. Vigilar el cumplimiento de la Ley contra la Trata de Personas y su Reglamento Decreto Supremo Nº 007-2008- IN

b. Registrar y sistematizar adecuadamente las denuncias y procesos judiciales de los casos de trata de personas.

c. Preservar la salvaguarda y derechos de los testigos en los procesos de trata de personas.

PLAN NACIONAL DE ACCION CONTRA LA TRATA DE PERSONAS 2011-2016.

Código Penal

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Eje Estratégico III (Protección de la víctima)a. Atender a las víctimas y facilitar su recuperación y reinserción.b. Asistir a nacionales peruanos/as víctimas de trata de personas en el

extranjero, defender sus derechos en el país de destino o tránsito y facilitar su retorno voluntario-repatriación.

c. Asistir a personas extranjeras que hayan sido víctimas de trata de personas en el Perú o que se encuentren en tránsito.

PLAN NACIONAL DE ACCION CONTRA LA TRATA DE PERSONAS 2011-2016.

Código Penal

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Eje Estratégico IV (Implementación, seguimiento y monitoreo).

Asegurar la efectiva implementación, coordinación y monitoreo del PNAT

PLAN NACIONAL DE ACCION CONTRA LA TRATA DE PERSONAS 2011-2016.

Código Penal

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PLAN NACIONAL DE ACCION CONTRA LA TRATA DE PERSONAS 2011-2016.

• Principios Rectores

a) Enfoque descentralizado

b) Participación de la Sociedadc) Participación de la cooperación internacionald) Involucramiento de la empresa privadae) Coordinación con otros planes nacionalesf) Perspectiva de Génerog) Interés Superior del Niño y Adolescenteh) Principio de Igualdad