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ZURRIOLA, S.L. – Nº Registro D.G.S. J-1478 Concertados Seguros de R.C. Profesional y Caución según Ley 26/2006

ZURRIOLA NUEVAS TECNOLOGIAS

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ZURRIOLA, S.L. – Nº Registro D.G.S. J-1478 Concertados Seguros de R.C. Profesional y Caución según Ley 26/2006

OFRECE UNA RESPUESTA INTEGRAL A LAS NECESIDADES ASEGURADORAS DE LAS EMPRESAS DE

CONSULTORIA INFORMATICA

• RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL

• PRODUCTOS TECNOLOGICOS

• PROPIEDAD INTELECTUAL

• INTROMISION o DAÑOS A LA REPUTACION

• INFIDELIDAD DE EMPLEADOS

• DEFENSA

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RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL

Cubre todo perjuicio que el asegurado esté legalmente obligado a pagar como consecuencia de una reclamación presentada en su contra por un acto u omisión incorrecta de su actividad.

Se entenderá por acto u omisión incorrecto cualquier incumplimiento involuntario, real o presunto, de obligaciones o deberes o toda negligencia, error u omisión, declaración inexacta o incierta, o quebrantamiento de la confidencialidad que tengan lugar exclusivamente en el ejercicio de los servicios profesionales de consultoría informática.

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PRODUCTOS TECNOLOGICOS

Cubre todo perjuicio que el asegurado esté legalmente obligado a pagar como consecuencia de una reclamación presentada en su contra por un error en productos tecnológicos del asegurado.

Se entenderá por error en producto tecnológico cualquier incumplimiento, real o presunto, de obligaciones o deberes o toda negligencia, error u omisión, declaración inexacta o incierta, en relación con un producto tecnológico.

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PROPIEDAD INTELECTUAL

Cubre todo perjuicio que el asegurado esté legalmente obligado a pagar como consecuencia de una reclamación presentada en su contra por una infracción de propiedad intelectual del asegurado.

Se entenderá por infracción de la propiedad intelectual cualquier incumplimiento o infracción involuntarios de un derecho de propiedad intelectual de terceros, excluyéndose patentes y secretos comerciales.

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INTROMISION O DAÑOS A LA REPUTACION

Cubre todo perjuicio que el asegurado esté legalmente obligado a pagar como consecuencia de una reclamación presentada en su contra por una intromisión en la intimidad o un daño a la reputación de las personas, físicas o jurídicas, siempre que tal intromisión o daño sean no intencionados.

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INFIDELIDAD DE EMPLEADOS

Cubre todo perjuicio que el asegurado esté legalmente obligado a pagar como consecuencia de una reclamación presentada en su contra por una infidelidad o acto deshonesto de cualquier empleado, siempre y cuando el asegurado no haya sido autor del mismo.

Se entenderá por infidelidad o acto deshonesto cualquier conducta fraudulenta o deshonesta de un empleado:

- No aprobada o consentida, expresa o implícitamente; y

- Que genere una responsabilidad, del tomador de la póliza

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DEFENSA

Cubre los gastos de defensa incurrido en caso de reclamación.

Se entenderán por gastos de defensa los honorarios, costes y gastos razonables en los que el asegurado hubiese incurrido, con el previo consentimiento por escrito del asegurador, para la investigación, defensa, recurso y/o transacción de una reclamación presentada contra el asegurado.

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