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Línea 5
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LÍNEA DE ACTUACIÓN 5 Facilitar el acceso de las empresas a la financiación
ÍNDICE DE TEMAS
1. Línea ICO‐Inversión 2. Línea ICO‐Emprendedores 3. Línea ICO‐Internacionalización 4. Línea ICO‐Liquidez 5. Línea ICO‐mejora de la competitividad de los sectores manufactureros 6. Línea ICO‐ICEX 7. Línea ICO‐Directo 8. Fondo de Economía Sostenible
a) Fondo de capital inversión b) Fondo de capital riesgo c) Programa de cofinanciación directa d) Línea de mediación especifica
INTRODUCCIÓN El acceso a la financiación es clave para el crecimiento y dinamismo empresarial. El MEH, a través de ICO, viene llevando a cabo actuaciones diversas para facilitar el acceso a la financiación de las empresas. En los últimos años, las actuaciones del Instituto han ido orientadas a moderar el impacto que la crisis financiera ha supuesto para el acceso de las empresas al crédito, así como a facilitar, desde la vertiente financiera, la mejora y sostenibilidad del modelo productivo. El Instituto de Crédito Oficial (ICO) mantiene las siguientes líneas de mediación, conocidas como Lineas‐ICO:
1. Línea ICO‐Inversión 2. Línea ICO‐Emprendedores 3. Línea ICO‐Internacionalización 4. Línea ICO‐Liquidez 5. Línea ICO‐mejora de la competitividad de los sectores manufactureros 6. Línea ICO‐ICEX 7. Línea ICO‐Directo 8. Fondo de Economía Sostenible
A continuación explicaremos de que se tratan, que tipo de ayudas tendremos, la documentación necesaria, donde y como tramitar‐las etc. 1. Línea ICO‐Inversión
1. OBJETIVO El objetivo de esta línea de mediación es de otorgar financiación a autónomos y empresas que lleven a cabo inversiones en territorio nacional. 2. ENTIDAD La entidad que gestiona las ayudas es el Ministerio de Economía y Hacienda (MEH), a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO). 3. BENEFICIARIOS Pueden solicitar estos préstamos los autónomos y entidades públicas y privadas (Empresas, Fundaciones, ONG´s, Admón. Pública, Ayuntamientos, Entidades Locales.) que realicen inversiones productivas que no puedan ser consideradas sostenibles. 4. ACTUACIÓN FINANCIACIÓN
Con la Línea ICO Inversión se puede financiar inversiones productivas en sectores y actividades que no puedan ser considerados de inversión sostenible: • Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano. • Vehículos turismos, cuyo precio no supere los 30.000 € más IVA. Los vehículos industriales
podrán financiarse en un 100%. • Adquisición de empresas • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o Impuesto General Indirecto Canario (IGIC)
Se consideran inversiones sostenibles todas aquellas inversiones que incluyan nuevos procesos de producción, productos o servicios y/o sistemas de dirección o negocio que impliquen una mejora en el uso eficiente de los recursos y/o una reducción de los impactos medioambientales. Se podrán financiar las inversiones que se hayan realizado previamente a la firma del contrato préstamo/leasing, siempre que éstas no se hayan iniciado antes del 1 de enero de 2010. Una vez firmado el contrato de préstamo/leasing el cliente dispondrá de un año para poder realizar la inversión autorizada.
En ningún caso será posible financiar a través de esta línea: • La refinanciación de deuda • Otros impuestos ligados a la inversión diferentes a los citados • Liquidez. El cliente debe poder acreditar la realización de la inversión financiada comprometiéndose a aportar facturas, cartas de pago, proyectos, escrituras o cualquier otro documento que pueda servir como comprobante de que se ha realizado la inversión.
5. CONDICIONES FINANCIERAS Las ayudas serán del tipo préstamo /leasing, hasta un máximo de 10 millones € en una o varias operaciones, con las siguientes condiciones: • Tipo de interés:
o Fijo: Según cotización quincenal publicada por ICO más hasta 1,50%. o Variable: Euribor 6 meses más diferencial, según cotización quincenal comunicada por
el ICO, más hasta 1,50%. • Amortización y carencia: 3, 5, 7, 10, 12, 15 ó 20 años, con la posibilidad de hasta 3 años de
carencia. • Comisiones: Las entidades no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de: comisión de
apertura, de estudio o de disponibilidad. • Garantías: A determinar por la entidad financiera con la que se tramite la operación.
6. IMPORTE DE LA LÍNEA El importe de la línea de mediación ICO‐Inversión es de 8.000M€.
7. DOCUMENTACIÓN Y TRAMITACIÓN El cliente tiene que presentar la documentación que cada entidad de crédito considere necesaria para estudiar la operación, por lo tanto podrá variar de una entidad a otra.
Para la tramitación el interesado tendrá de Dirigirse a cualquiera de las sucursales de los bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito que colaboran con el ICO en esta línea, y presentar la solicitud. Entonces las entidades de crédito son las encargadas del estudio, tramitación y aprobación o denegación de la operación, ya que en caso de impago son ellos los que asumen el riesgo de la operación. 8. MAS INFORMACIÓN Para más información se puede consultar la siguiente página web:
http://www.icodirecto.es/webcomercial/portal/destino/inversion/colaboradoras/index.html?prod=/destino/inversion/colaboradoras/producto_0003
Si necesitas ampliar estas características puedes descargarte todo su contenido en la Ficha ICO Inversión
2. Línea ICO‐Emprendedores
1. OBJETIVO El objetivo de esta línea de mediación es de conceder financiación a microempresas y autónomos. 2. ENTIDAD La entidad que gestiona las ayudas es el Ministerio de Economía y Hacienda (MEH), a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO).
3. BENEFICIARIOS Pueden solicitar estos préstamos las microempresas y autónomos profesionales. Los beneficiarios deberán haberse constituido o haberse dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas en el caso de los profesionales autónomos, a partir de 01/01/09; emplear de 1 a 9 trabajadores a 31/12/09; facturación y/o balance general a 31/12/09 no superior a 2 millones de euros 4. ACTUACIÓN FINANCIACIÓN Los requisitos de la financiación tendrán en cuenta las actuaciones objeto de la ayuda y los gastos subvencionables.
a) Actuaciones objeto de ayuda
• Ayudas para Apoyar con créditos preferentes la creación de nuevas empresas o de nuevas actividades profesionales.
b) Gastos subvencionables
• Activos fijos productivos (nuevos y de segunda mano);
• Adquisición de vehículos turismos, cuyo precio (IVA incluido) no supere los 24.000 euros;
• Gastos inherentes a la constitución de la empresa (máx. 10% del proyecto total);
• Adquisición de Empresas;
• Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.) o Impuesto General Indirecto Canario (I.G.I.C.).
NO serán subvencionables:
• Reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones,
• Cualesquiera otros impuestos vinculados a la inversión y el circulante.
5. CONDICIONES FINANCIERAS Las ayudas serán del tipo Anticipos reembolsables y préstamos, hasta un máximo de 300.000 € en una o varias operaciones, con las siguientes condiciones: • Tipo de interés:
o Fijo: Según cotización quincenal publicada por ICO más hasta 2,15%. o Variable: Euribor 6 meses más diferencial, según cotización quincenal comunicada por
el ICO, más hasta 2,15%. • Amortización y carencia: podrá ser de 3 años sin carencia; 5 años sin carencia o con un 1
año de carencia; 7 años sin carencia o con 2 años de carencia; 10 años, con 0 ó con 3 años de carencia para el pago de principal o 12 años, con 0 ó con 3 años de carencia para el pago de principal.
• Comisiones: Las entidades no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de: comisión de apertura, de estudio o de disponibilidad.
• Garantías: A determinar por la entidad financiera con la que se tramite la operación.
6. IMPORTE DE LA LÍNEA El importe de la línea de mediación ICO‐Emprendedores es de 100M€.
7. DOCUMENTACIÓN Y TRAMITACIÓN El cliente tiene que presentar la documentación que cada entidad de crédito considere necesaria para estudiar la operación, por lo tanto podrá variar de una entidad a otra.
Para la tramitación el interesado tendrá de dirigirse a cualquiera de las sucursales de los bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito que colaboran con el ICO en esta línea, y presentar la solicitud. Entonces las entidades de crédito son las encargadas del estudio, tramitación y aprobación o denegación de la operación, ya que en caso de impago son ellos los que asumen el riesgo de la operación. 8. MAS INFORMACIÓN Para más información se puede consultar la siguiente página web:
http://www.ayudas.net/Linea_ICO_Emprendedores‐10861BT1ERP14O1PQ.htm
3. Línea ICO‐Internacionalización
1. OBJETIVO El objetivo de esta línea de mediación es de otorgar financiación a autónomos y empresas españolas que acometan proyectos de inversión fuera del territorio nacional. 2. ENTIDAD La entidad que gestiona las ayudas es el Ministerio de Economía y Hacienda (MEH), a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO). 3. BENEFICIARIOS Pueden solicitar esta línea de financiación, autónomos, entidades públicas y privadas (empresas, fundaciones, ONG´s, admón. Pública.) que acometan proyectos de inversión fuera del territorio nacional. En el apartado de empresas se incluye tanto las domiciliadas en España, como aquellas que, estando domiciliadas en el extranjero, cuenten con mayoría de capital español. 4. ACTUACIÓN FINANCIACIÓN Con la Línea ICO Internacionalización se puede financiar: • Activos fijos productivos nuevos o de segunda mano. • Adquisición de acciones o participaciones de empresas residentes en el extranjero • Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) o impuesto de naturaleza análoga, que se devengue
en España, a la hora de adquirir un activo, y se liquide como soportado en España en la declaración de IVA a la Hacienda española
• Creación de empresas en el extranjero. En este caso se podrán financiar los activos circulantes ligados al proyecto de inversión, que en ningún caso podrán superar el 20% del importe total del proyecto.
La inversión a financiar no podrá estar iniciada con anterioridad al 1 de enero de 2010 y deberá ejecutarse en el plazo máximo de 12 meses desde la fecha de firma de la financiación. En todo caso no es posible financiar: • Reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones y/o inversiones cuya finalidad sea la
deslocalización de la empresa española.
El cliente debe poder acreditar la realización de la inversión financiada comprometiéndose a aportar facturas, cartas de pago, proyectos, escrituras o cualquier otro documento que pueda servir como comprobante de que se ha realizado la inversión.
5. CONDICIONES FINANCIERAS Las ayudas serán del tipo préstamo /leasing, hasta un máximo de 10 millones € por cliente y año, en una o varias operaciones, con las siguientes condiciones: • Tipo de interés:
Tramo I: hasta 2 millones de €. o Fijo, según cotización quincenal comunicada por el ICO, más hasta 1,15%.
o Variable: Euribor 6 meses más diferencial, según cotización quincenal comunicada por el ICO, más hasta 1,15%.
Tramo II: a partir de 2 millones de euros y hasta un máximo de 8 millones de euros. o Fijo, según cotización quincenal comunicada por el ICO, más hasta 1,50%. o Variable: Euribor 6 meses más diferencial, según cotización quincenal comunicada por
el ICO, más hasta 1,50%. • Amortización y carencia: 3, 5, 7, 10, 12, 15 ó 20 años, con la posibilidad de hasta 3 años de
carencia. • Comisiones: Las entidades no pueden cobrar cantidad alguna en concepto de: comisión de
apertura, de estudio o de disponibilidad. • Garantías: A determinar por la entidad financiera con la que se tramite la operación.
6. IMPORTE DE LA LÍNEA El importe de la línea de mediación ICO‐Internacionalización es de 1.000M€.
7. DOCUMENTACIÓN Y TRAMITACIÓN El cliente tiene que presentar la documentación que cada entidad de crédito considere necesaria para estudiar la operación, por lo tanto podrá variar de una entidad a otra.
Para la tramitación el interesado tendrá de dirigirse a cualquiera de las sucursales de los bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito que colaboran con el ICO en esta línea, y presentar la solicitud. Entonces las entidades de crédito son las encargadas del estudio, tramitación y aprobación o denegación de la operación, ya que en caso de impago son ellos los que asumen el riesgo de la operación.
8. MAS INFORMACIÓN Para más información se puede consultar la siguiente página web:
http://www.icodirecto.es/webcomercial/portal/destino/salir/colaboradoras/index.html?prod=/destino/salir/colaboradoras/producto_0023
Si necesitas ampliar estas características puedes descargarte todo su contenido en la Ficha ICO Internacionalización .
4. Línea ICO‐Liquidez
1. OBJETIVO Está dirigida a financiar capital circulante a autónomos y empresas, solventes y viables, que se enfrenten a una situación transitoria de restricción de crédito. 2. ENTIDAD La entidad que gestiona las ayudas es el Ministerio de Economía y Hacienda (MEH), a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) y las entidades de crédito. 3. BENEFICIARIOS Pueden solicitar esta línea de financiación autónomos, Entidades Públicas y Privadas (Empresas, Fundaciones, ONGs, Admón. Pública, Ayuntamientos, Entidades Locales…), con independencia de su tamaño, que siendo solventes y viables, se enfrentan a una situación transitoria de restricción de crédito, siempre que las mismas se encuentren al corriente de pago con la Entidad Financiera concedente. 4. ACTUACIÓN FINANCIACIÓN Las actuaciones objeto de esta ayuda son los siguientes: se puede obtener liquidez para afrontar los gastos corrientes: nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, reestructuración de pasivo, etc. No se necesita justificación del destino de los fondos.
5. CONDICIONES FINANCIERAS Las ayudas serán del tipo préstamo /leasing, hasta un máximo de 10 millones €, en una o varias operaciones, con las siguientes condiciones: • Tipo de interés:
o Modalidad A: Se calcula como la media de los tipos de interés de los fondos aportados por el ICO y los aportados por la entidad. El tipo de interés establecido por la entidad no podrá ser superior en 1,50% al tipo de los fondos ICO. El tipo de interés que se aplica en estas operaciones puede ser fijo o varible (Euribor 6 meses) más diferencial mas hasta el margen que se establezca (2,5 ó 3).
o Modalidad B: Tipo fijo o varible (euribor 6 meses), más diferencial, más hasta un margen del 2%
• Amortización y carencia: 1, 3, 5 ó 7, con la posibilidad de hasta 2 años de carencia. • Comisiones: la entidad aplicará hasta 0,50% en el momento de formalización. • Garantías: A determinar por la entidad financiera con la que se tramite la operación.
6. IMPORTE DE LA LÍNEA El importe de la línea de mediación ICO‐Liquidez es de 12.000M€, cofinanciada al 50% entre el ICO y las entidades de crédito.
7. DOCUMENTACIÓN Y TRAMITACIÓN El cliente tiene que presentar la documentación que cada entidad de crédito considere necesaria para estudiar la operación, por lo tanto podrá variar de una entidad a otra.
Para la tramitación el interesado tendrá de dirigirse a cualquiera de las sucursales de los bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito que colaboran con el ICO en esta línea, y presentar la solicitud. Entonces las entidades de crédito son las encargadas del estudio, tramitación y aprobación o denegación de la operación, ya que en caso de impago son ellos los que asumen el riesgo de la operación.
8. MAS INFORMACIÓN Para más información se puede consultar la siguiente página web:
http://www.icodirecto.es/webcomercial/portal/destino/salir/colaboradoras/index.html?prod=/destino/salir/colaboradoras/producto_0022
Si necesitas ampliar estas características puedes descargarte todo su contenido en la Ficha ICO Liquidez .
5. Línea ICO‐mejora de la competitividad de los sectores manufactureros
1. OBJETIVO Ofrecer financiación a empresas industriales de los sectores textil, confección, calzado, muebles, juguetes, curtidos, marroquinería y madera. 2. ENTIDAD La entidad que gestiona las ayudas es el Ministerio de Economía y Hacienda (MEH), a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO). 3. BENEFICIARIOS Pueden ser clientes de esta línea autónomos y empresas industriales de los sectores textil, confección, calzado, muebles, juguetes, curtidos, marroquinería y madera con los códigos de Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE) siguientes: • 02.2 Explotación de la madera • 13.1 Preparación e hilado de fi bras textiles
• 13.2 Fabricación de tejidos textiles • 13.3 Acabado de textiles • 13.9 Fabricación de otros productos textiles • 14.1 Confección de prendas de vestir, excepto de peletería • 14.2 Fabricación de artículos de peletería • 14.3 Confección de prendas de vestir de punto • 15.1 Preparación, curtido y acabado del cuero; fabricación de artículos de marroquinería,
viaje y de guarnicionería y talabartería; preparación y teñido de pieles • 15.2 Fabricación de calzado • 16.1 Aserrado y cepillado de la madera • 16.2 Fabricación de productos de madera, corcho, cestería y espartería • 31.0 Fabricación de muebles • 32.4 Fabricación de juegos y juguetes
Quedarán excluidas: • Las empresas o grupos de empresas cuya actividad principal sea de distribución de
productos al por mayor o al detalle, a través de tiendas propias o de establecimientos ajenos.
• Aquellas empresas que estén participadas en más de un 25% de su capital social por empresas cuya actividad principal sea la descrita anteriormente.
4. ACTUACIÓN FINANCIACIÓN El préstamo puede destinarse a financiar los proyectos destinados a la mejora de la competitividad de la empresa y la introducción de la innovación en los procesos, destinados a la diversificación o especialización de la empresa hacia segmentos de mercado menos afectados por la competencia mundial. Asimismo podrán financiarse los procesos de concentración empresarial que conlleven nuevas inversiones que se materialicen en la adquisición de Activos Nuevos Productivos, dentro de los límites y las condiciones marcadas en esta línea. Se consideran Activos Productivos aquellos bienes que, directa o indirectamente, permiten realizar la actividad principal de la empresa descrita en el objeto social de la misma. Se consideran Activos Nuevos aquellos bienes que se adquieran a un tercero y que supongan una primera transmisión del mismo, lo que será justificado con la documentación y facturas correspondientes. La inversión financiada con este préstamo deberá realizarse en un plazo máximo de 24 meses a contar desde la fecha de firma del contrato entre el cliente y la entidad de crédito. Por otro lado, señalar que no pueden financiarse las inversiones anteriores al 1 de enero de 2011, las inversiones en establecimientos comerciales para la distribución al por mayor o al detalle así como el impuesto sobre el valor añadido (IVA). Finalizada la inversión prevista se deberá comunicar al MITYC, a través de las Entidades de Crédito mediante el documento siguiente: Anexo C ‐ Certificado Finalización Proyecto 5. CONDICIONES FINANCIERAS Las ayudas serán del tipo préstamo /leasing, hasta un máximo de 2,5 millones €, en una o varias operaciones dentro del Programa 2009‐2011, con las siguientes condiciones: • Tipo de interés: En función de si las operaciones cuentan o no con aval de Sociedad
Garantía Reciproca: o Sin el aval de una SGR: Tipo variable: Euribor 6 meses más diferencial ó tipo fijo: según
cotización quincenal comunicada por el ICO, más hasta 1,60%. o Con el aval de una SGR: Tipo variable: Euribor 6 meses más diferencial ó tipo fijo:
según cotización quincenal comunicada por el ICO, más hasta 1,35% • Amortización y carencia: 5, 7 o 10 años, con la posibilidad de hasta 3 años de carencia.
• Comisiones: Las entidades de Crédito no pueden cobrar comisiones en concepto de comisión de apertura, de estudio o de disponibilidad en esta línea, exceptuando en algún caso de cancelación voluntaria.
• Garantías: A determinar por la entidad financiera con la que se tramite la operación.
6. IMPORTE DE LA LÍNEA El importe de la línea de mediación ICO‐mejora de la competitividad de los sectores manufactureros es de 50M€.
7. DOCUMENTACIÓN Y TRAMITACIÓN El cliente tiene que presentar la documentación que cada entidad de crédito considere necesaria para estudiar la operación, por lo tanto podrá variar de una entidad a otra. Como parte de la documentación a presentar en la entidad deberá incluir el siguiente impreso:
Anexo B ‐ Declaratico de actividad/SGR
Para la tramitación el interesado tendrá de dIrigirse a cualquiera de las sucursales de los bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito que colaboran con el ICO en esta línea, y presentar la solicitud. Entonces las entidades de crédito son las encargadas del estudio, tramitación y aprobación o denegación de la operación, ya que en caso de impago son ellos los que asumen el riesgo de la operación.
8. MAS INFORMACIÓN Para más información se puede consultar la siguiente página web:
http://www.icodirecto.es/webcomercial/portal/empresas/financiacion/colaboradoras/index.html?prod=/empresas/financiacion/colaboradoras/producto_0029
Si necesitas ampliar estas características puedes descargarte todo su contenido en la Ficha ICO
Manufacturero .
6. Línea ICO‐ICEX El ICEX ha suscrito un acuerdo de colaboración con el ICO, mediante el cual se ha creado un segmento de Apoyo Financiero al Sector Exportador a través de la línea “ICO‐LIQUIDEZ 2011”.
1. OBJETIVO Apoyo financiero para la iniciación de la exportación de empresas españolas y su salida al exterior. 2. ENTIDAD La entidad que gestiona las ayudas es el Ministerio de Economía y Hacienda (MEH), a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO) y en colaboración con el ICEX. 3. BENEFICIARIOS Podrán beneficiarse de la ayuda del ICEX todas aquellas empresas: • Que pertenezcan al Club PIPE • Participen en el programa Aprendiendo a Exportar • Tengan aprobado cualquier otro proyecto de internacionalización del Instituto, tales como
programas de empresa, proyectos de implantación productiva en el exterior etc.….
Así mismo, podrán beneficiarse las empresas que participen en programas análogos a los anteriormente citados que hayan sido aprobados por las Comunidades Autónomas y que cuenten con el correspondiente certificado expedido por éstas. 4. CONDICIONES FINANCIERAS Las ayudas podrán ser de:
• Hasta 125.000 euros de principal de financiación para empresas del programa PIPE o Aprendiendo a Exportar.
• Hasta 400.000 euros de principal de financiación para el resto de las empresas. Las entidades financieras podrán conceder dos modalidades de préstamo:
o Modalidad A: tanto la financiación como el riesgo es compartido al 50% entre ICO‐Entidad Financiera con un CAP por parte del ICO del 5%. A su vez el riesgo asumido por la Entidad Financiera, se reparte al 50% con la SGR. Cersa, afianzará a la SGR en la forma que tengan convenida.
o Modalidad B: toda la financiación la aporta el ICO y el riesgo es asumido en su totalidad por la Entidad Financiera. En esta modalidad, el riesgo de la Entidad es compartido al 50% con la SGR y está a su vez lo reafianza con CERSA AL 50%.
• Tipo de interés: Como parte de la Línea ICO‐LIQUIDEZ 2011, el tipo de interés dependerá de la modalidad de préstamo que la entidad de crédito conceda.
• Amortización y carencia: La amortización de estos préstamos será de 1, 3, 5 ó 7 años con la posibilidad de hasta dos años de carencia.
• Comisiones: No se han especificado si hay o no hay comisiones, ni de cuanto serian. • Garantías: Con el objetivo de facilitar el acceso a los avales emitidos por las SGR a las
empresas que apuesten por potenciar su presencia en el exterior, ICEX ha suscrito un acuerdo de colaboración con CESGAR (Confederación Española de Sociedades de Garantía Recíproca) y con CERSA (Compañía Española de Reafianzamiento S.A.), en virtud del cual en este ejercicio el Instituto financiará parte del riesgo.
5. IMPORTE DE LA LÍNEA El importe total de las operaciones, acogidas a la Línea “ICO‐LIQUIDEZ 2011”, que podrán ser objeto de ayuda complementaria por parte del ICEX será de CIEN MILLONES DE EUROS (100.000.000€).
6. DOCUMENTACIÓN Y TRAMITACIÓN El cliente tiene que presentar la documentación que cada entidad de crédito considere necesaria para estudiar la operación, por lo tanto podrá variar de una entidad a otra.
La tramitación se hará en 3 pasos:
a) Obtener un certificado del proyecto empresarial Toda aquella empresa que tenga aprobado por el ICEX o por algún Organismo de Promoción Autonómico un proyecto empresarial de internacionalización y que quiera acceder a esta línea, deberá en primer lugar solicitar al ICEX u Organismo Autonómico correspondiente un certificado del mismo* * Para las empresas el certificado será expedido por la Secretaría General y deberán solicitarlo a daf.financiero@icex.es , y en el caso de ser empresa PIPE o Aprendiendo a Exportar este será solicitado a pipe@icex.es
b) Solicitar Aval Solicitar el aval a la Sociedad Garantía de su comunidad y posteriormente a la entidad financiera. En el caso de las empresas PIPE o Aprendiendo a Exportar para solicitar el aval bastará con un certificado de pertenencia al programa que se emitirá una vez que la empresa lo solicite al Instituto. Se incluye directorio de las empresas de garantía recíproca, así como el de las entidades financieras que están acogidas a la línea
c) Solicitud de la ayuda Se solicitará en las oficinas de las principales entidades financieras que están acogidas a la línea ICO Liquidez 2011. Las solicitudes son estudiadas, aprobadas y formalizadas por las entidades en las condiciones indicadas.
7. MAS INFORMACIÓN Para más información se puede consultar las siguientes páginas web:
http://www.icodirecto.es/webcomercial/portal/menu_comun/bonificaciones/otros/icoicex/?perfil=destino&acuerdo=/menu_comun/bonificaciones/otros/icoicex/acuerdo_0000
http://www.icex.es/icex/cda/controller/pageICEX/0,6558,5518394_6791303_5589197_0_0_‐1,00.html
O consultar esta ficha informativa en formato pdf:
http://www.icex.es/Documentos/FinanciacionICO/Financiacion_ICO.pdf
7. Línea ICO‐Directo
1. OBJETIVO Tiene como objetivo financiar necesidades de inversión o de liquidez dirigido a autónomos y PYMEs.
2. ENTIDAD La entidad que gestiona las ayudas es el Ministerio de Economía y Hacienda (MEH), a través del Instituto de Crédito Oficial (ICO). 3. BENEFICIARIOS Pueden solicitar financiación a través de este producto Autónomos, Pymes y las entidades sin ánimo de lucro (siempre tengan personalidad jurídica y capacidad de obrar) residentes en España y que lleven a cabo inversiones o tengan necesidades de circulante. La antigüedad mínima del autónomo, entidad sin ánimo de lucro o Pyme para poder solicitarlo debe ser de un año, a partir de la fecha de constitución, en el caso de una empresa y de la entidad sin ánimo de lucro o desde la fecha de alta en el Régimen General de Autónomos, en el caso de autónomos. 4. ACTUACIÓN FINANCIACIÓN Las actuaciones objeto de esta ayuda van en función de la modalidad que se necesite financiar: 1.‐ Inversión: • Activos fijos productivos: nuevos y de segunda mano. • Adquisición de vehículos turismos, cuyo precio (no incluido I.V.A o Impuesto General
Indirecto Canario (I.G.I.C.) no supere los 30.000 euros. • Adquisición de Empresas. • Leasing (incluido el impuesto de matriculación de vehículos). La inversión a financiar no podrá tener una antigüedad superior a un año y deberá ejecutarse en el plazo máximo de 1 mes a contar desde la fecha de firma de la financiación. En todo caso, no se financian bajo esta modalidad de inversión: • Reestructuraciones de pasivo o refinanciaciones, cualesquiera otros impuestos vinculados a
la inversión, ni el circulante. 2.‐ Liquidez: • Necesidades puntuales de tesorería o liquidez.
5. CONDICIONES FINANCIERAS Las ayudas serán del tipo préstamo /leasing, hasta el 100% de la inversión hasta un máximo de 200.000 €, con las siguientes condiciones: • Tipo de interés: Tipo de interés variable Euribor 6 meses más 4 %. • Amortización y carencia: Para inversión 7 años con dos de carencia y para liquidez 3 años
con uno de carencia. • Comisiones: Se cobrará una comisión de apertura del 0,5% sobre el importe solicitado, con
un mínimo de 60 Euros. • Garantías: El ICO realizará un análisis de cada solicitud y en función de la solvencia del
solicitante y de la viabilidad, determinará las garantías que considere. Consulta la Red de Agentes Colaboradores ICO que te ayudará a tramitar tu préstamo sin coste alguno.
6. IMPORTE DE LA LÍNEA El importe de la línea no ha sido facilitado.
7. DOCUMENTACIÓN Y TRAMITACIÓN Durante el análisis de la operación por parte del ICO los analistas podrán solicitar a través de un correo electrónico la documentación que consideren necesaria para realizar dicho análisis. Esta
documentación será presentada por el cliente a través del canal Facilitador Financiero a través de la página www.facilitadorfinanciero.es.
Una vez que la operación haya sido aprobada por ICO, durante la formalización en la entidad elegida por el cliente, bien Santander o BBVA, deberá aportar la documentación necesaria para verificar la titularidad de la operación.
En el caso en que el cliente haya optado por la modalidad de Inversión deberá acreditar en la entidad financiera la justificación de la inversión financiada, comprometiéndose a aportar facturas, cartas de pago, proyectos, escrituras o cualquier otro documento que pueda servir como comprobante de que se ha realizado esa inversión.
La solicitud se realizará informáticamente a través del canal del Facilitador Financiero www.facilitadorfinanciero.es.
En el Teléfono de Atención al Cliente 900 567 777 se podrá resolver cualquier duda y se recibirá asesoramiento sobre el proceso de cumplimentación de la solicitud.
Las operaciones que resulten aprobadas se formalizarán a través de las entidades: BBVA y Banco Santander, que se pondrán en contacto con los clientes para iniciar el proceso de formalización de la operación.
Podrá consultar el estado de la solicitud a través del canal del Facilitador Financiero. En él podrá visualizar todas las operaciones dadas de alta con su número de identificación (CIF/NIF/NIE) y su clave de usuario.
Otra vía para conocer el estado de la solicitud es a través del Centro de Atención Telefónica (900 567777).
8. MAS INFORMACIÓN Para más información se puede consultar las siguientes páginas web:
http://www.icodirecto.es/webcomercial/portal/destino/inversion/directa/index.html?prod=/destino/inversion/directa/producto_0004
Si necesitas ampliar estas características puedes descargarte todo su contenido en la Ficha ICOdirecto .
8. Fondo de Economía Sostenible
1. OBJETIVO Está diseñado para garantizar la cofinanciación (pública y privada) de las actuaciones, centrando el esfuerzo en operaciones de importante volumen, como son las operaciones directas. Se abre una puerta para la financiación de los proyectos más rentables, incluso en un contexto de restricción presupuestaria.
2. ENTIDAD La entidad que controla y gestiona las ayudas es el Instituto de Crédito Oficial (ICO).
3. ACTUACIÓN FINANCIACIÓN
Se han establecido como sectores objetivo para la financiación de proyectos los relacionados con el medio ambiente y con el conocimiento y la innovación, además de proyectos en el ámbito social.
Así, con cargo a este fondo podrán financiarse activos fijos que tengan como objetivos, entre otros:
• La mejora de la eficiencia energética • La gestión del agua • La eco‐innovación • El tratamiento y gestión de residuos • La movilidad sostenible • Las energías renovables • La rehabilitación de viviendas y barrios y áreas rurales • La salud y biotecnología • La energía y el cambio climático • Las tecnologías de la información y la comunicación • La aeronáutica y el sector aeroespacial • La atención a los mayores • Dependientes y colectivos vulnerables 4. IMPORTE DE LA LÍNEA
La línea estará dotada con 20.000M€, y estos estarán divididos en: • 10.000 millones por parte del ICO • 10.000 millones por parte de las entidades financieras privadas
5. MAS INFORMACIÓN Para más información se puede consultar el siguiente pdf:
http://www.ico.es/web/descargas/paginas/3269221_NP%2029%20DIC%2009%20FONDO%20ECONOMIA%20SOSTENIBLE.pdf
El Fondo de Economía Sostenible se concreta en cuatro productos, que podrán financiar hasta el 100% de los proyectos de inversión, incluido el IVA:
a) Fondo de capital inversión b) Fondo de capital riesgo c) Programa de cofinanciación directa d) Línea de mediación especifica
A continuación explicaremos por encima en qué consisten estos instrumentos de financiación
a) Fondo de capital inversión
1. OBJETIVO Está diseñado para la financiación de infraestructuras y energía
2. CONDICIONES DE LA FINANCIACIÓN Con una cuantía máxima de hasta 100 millones de euros por cliente y un plazo de amortización máximo de 30 años.
3. IMPORTE DE LA LÍNEA La línea estará dotada con 1.000 millones de euros.
b) Fondo De capital riesgo 1. OBJETIVO
Destinado a mejorar la base de capital de las empresas innovadoras y su capacidad de acceso al crédito para el desarrollo de sus políticas de crecimiento y expansión. En concreto, se trata de un fondo de capital semilla destinado a aportar financiación a empresas
tecnológicas y de innovación en una fase muy inicial de su actividad, con el fin de contribuir a su lanzamiento.
2. CONDICIONES DE LA FINANCIACIÓN Con una cuantía máxima de hasta 15 millones de euros y una amortización de hasta 12 años.
3. IMPORTE DE LA LÍNEA La línea estará dotada con 300 millones de euros.
c) Programa de cofinanciación directa
1. OBJETIVO Destinado a la cofinanciación de manera directa de proyectos entre el ICO y las entidades financieras
2. CONDICIONES DE LA FINANCIACIÓN Con una financiación de hasta 100 millones de euros y un plazo de hasta 30 años.
3. IMPORTE DE LA LÍNEA Esta línea y la posterior (Línea de mediación especifica) estarán dotadas conjuntamente con 8.700M€.
d) Línea de mediación especifica 1. OBJETIVO
Destinado a financiar inversiones a plazos mayores a los previstos en la línea de inversión nacional.
2. CONDICIONES FINANCIERAS La cuantía variara según las condiciones:
• Hasta 2 millones de euros para autónomos, microempresas y pequeñas empresas • Hasta 50 millones para las medianas y grandes empresas.
• Amortización: Los plazos podrán ser de hasta 20 años
En los casos en que las solicitudes provengan de autónomos y empresas de hasta 50 empleados, el tipo de interés contará con una bonificación de 0,35% (aplicable al tramo de fondos ICO). Los particulares también podrán acceder a financiación de este fondo si se utiliza para la rehabilitación de viviendas.
3. IMPORTE DE LA LÍNEA
Esta línea y la anterior (Programa de cofinanciación directa) estarán dotadas conjuntamente con 8.700M€.
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