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CENTRO REGIONAL DE EDUCACIÓN NORMAL CREN
“GONZALO AGUIRRE BELTRAN”
LICENCIATURA EN EDUCACIÓN PREESCOLAR
LAS TIC EN LA EDUCACIÓNUNIDAD I
COORDINADOR: TOMÁS DARÍO ÁLVAREZ MENACHO
ALUMNA: KARLA EDITH JUÁREZ BAHENA No. DE LISTA: 10 GRUPO A
ASPECTOS ÉTICOS Y LEGALES ASOCIADOS A LA INFORMACIÓN DIGITAL
La seguridad informática no implica en forma única y específica a Internet, también a todo lo que hace referencia a la preservación, respeto y buen manejo de la información. Para ello, es de vital importancia aclarar que el valor protegido, tanto tangible como intangible. Será siempre la información un conjunto de normas jurídicas y principios que regulan los derechos morales y patrimoniales que la ley concede a los autores, por el solo hecho de la creación de una obra literaria, artística, científica o didáctica, esté publicada. Está reconocido como uno de los derechos humanos fundamentales en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Una obra pasa al dominio público cuando los derechos patrimoniales han expirado. Esto sucede habitualmente trascurrido un plazo desde la muerte del autor.Principales aspectos éticos, sociales y políticos de los sistemas de información:
Derechos y obligaciones de información. Derechos de propiedad. Responsabilidad y control. Calidad del sistema. Calidad de vida.
El titular de los derechos de autor goza de:
Reproducir la obra en copias o fonogramas.•Distribuir copias o fonogramas de la obra al público vendiéndolas o haciendo otro tipo de transferencias de propiedad tales como alquilar, arrendar o prestar dichas copias. Presentar y mostrar la obra públicamente, en el caso de obras literarias, musicales, dramáticas y coreográficas, pantomimas, películas y otras producciones audiovisuales.•En el caso de grabaciones sonoras, interpretar la obra públicamente a través de la transmisión audio digital.•El derecho de autor sobre una obra creada se convierte inmediatamente en propiedad del autor que creó dicha obra. Tipos de derechos de autor
Derechos patrimoniales: Permiten de manera exclusiva la explotación de la obra hasta un plazo a partir de la muerte del autor, después pasa a dominio pública.
Derechos morales: Son ligados al autor de manera permanente
Derechos conexos: Protegen personas distintas al autor (artistas, editores, etc)
Derechos de reproducción: Fundamento legal que permiten al autor de la obra impedir a terceros efectuar copias o reproducciones
Derecho de comunicación pública: Derecho de virtud del cual el autor o titular de los derechos autoriza una representación de su obra
Derecho de traducción: Para reproducir y publicar una obra traducida se solicita un permiso del titular de la obra
REFERENCIAS http://es.slideshare.net/Maysr/las-tic-39330058
http://documents.tips/download/link/aspectos-eticos-y-legales-asociados-a-la-informacion-digital-55bd300ec9f4e
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