Clase 7

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Diplomado en Recursos Humanos

Modulo 2 – Clase 3

Docente: Lic. Ana Fringes

Administración de Remuneraciones

• Aspectos legales• Aspectos sindicales• Aspectos económicos

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Temas a tratar:• Ley de contrato de trabajo y sus modificaciones.• Convenios Colectivos de Trabajo• Escalas Salariales - Categorías laborales• Salario - Sueldo Bruto y Neto• Conceptos remunerativos y no remunerativos• Aportes y contribuciones• Tiempo y plazos de liquidación y pago• Confección de recibos de sueldo• Sueldos especiales: vacaciones, SAC, licencias.

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¿COMENZAMOS?

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Ley de contrato de Trabajo• Marco regulatorio de las relaciones de trabajo

en Argentina.• Ley 20744• Sancionada en 1974• Modificada en numerosas oportunidades:

2000, 2006, 2008, etc.

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Ley de contrato de Trabajo

FUENTES DE REGULACION

PRINCIPIOS DEL DERECHO DEL TRABAJO

MEDIOS TECNICO-JURIDICOS DELDERECHO DEL TRABAJO

El CONTRATO DE TRABAJO

TUTELA Y PAGO DE REMUNERACIONES

VACACIONES, LICENCIAS, FERIADOS

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Ley de Contrato de Trabajo• Establece los actores en el contrato de

trabajo: trabajador, empleador.• Establece los principios que rigen la actividad

laboral (irrenunciabilidad, protección, etc.)• Establece los derechos y obligaciones de las

partes.

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Convenio Colectivo de Trabajo

• Es un tipo peculiar de contrato celebrado entre un sindicato y una organización o varias representativas de los empleadores

• Se aplica a todos los trabajadores del ámbito (empresa o actividad) alcanzado.

• No pueden ser contrarios a normas imperativas establecidas por la ley.

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Convenio Colectivo de Trabajo

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Convenio Colectivo de Trabajo• Puede regular todos los aspectos de la

relación laboral (salarios, jornada, descansos, vacaciones, licencias, categorías laborales, etc)

• Puede determinar reglas para la relación entre los sindicatos y los empleadores (repr. en los lugares de trabajo, etc)

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Convenio Colectivo de Trabajo• Las condiciones del convenio suelen

considerarse como un mínimo. • El contrato individual que firme cada

trabajador puede mejorarlas (más sueldo, más descansos, etc.), pero no puede establecer condiciones más desfavorables para el trabajador.

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Convenio Colectivo de Trabajo• Comercio: 130/75• Camioneros: 40/89• Sanidad:

122 (clínicas y sanatorios)120 (droguerías)136/95 E (Bagó)108 (institutos sin internación)

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Escalas Salariales• Es la lista donde se consignan las categorías

salariales del CCT y las remuneraciones correspondientes en cada caso.

• Se actualizan periódicamente para mantener los valores actualizados

• Deben tenerse en cuenta para la liquidación mensual, y también para la incorporación del empleado.

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Escalas Salariales Convenio Comercio

Conceptos remunerativosConceptos no remunerativos

Totalbruto

Aportes

Totalneto

Básico Ant. Pres Total

Acuerdos

Pres Total2012

Maestranza y Servicios

A 4.058,8 338,2 4.397,0 608,8 50,7 659,6 5.056,6 893,7 4.162,9

B 4.074,2 339,5 4.413,7 611,1 50,9 662,1 5.075,7 897,1 4.178,6

C 4.128,0 344,0 4.472,0 619,2 51,6 670,8 5.142,8 908,9 4.233,8

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Escalas SalarialesConvenio Panaderos

Categoría2012

Enero - Junio Julio - Octubre

Medio Oficial 3.041 3.408

Ayudante 3.006 3.365

Peón 2.962 3.311

Cajero 3.041 3.408

Dependiente 2.981 3.335

Repartidor 3.041 3.408

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Categorías Laborales • Es la calificación que corresponde al

trabajador en función de las tareas que realiza.

• Están detalladas en los CCT.• Pueden variar en el transcurso de la relación

laboral, para una mejor categoría.• Se declaran en AFIP al inicio de la relación

laboral.

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Categorías Laborales

• CCT 130-75 (Comercio)“Capítulo III: Art. 5º.- Personal de Maestranza y Servicios. Se considera personal de maestranza y servicios al que realiza tareas atinentes al aseo del establecimiento, al que se desempeña en funciones de orden primario y a los que realicen tareas varias sin afectación determinada. Este personal se encuentra comprendido en las siguientes categorías;a) personal de limpieza y encerado; cuidadores de toilettes y/o vestuarios y/o guardarropas y/o mercaderías; ayudantes de reparto; etc.”

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El salario

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El Salario• Es la contraprestación que debe percibir el

trabajador como consecuencia del contrato de trabajo

• Es el sueldo!

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El Salario• Debe abonarse en efectivo.• Es obligatorio realizar el pago mediante una

cuenta bancaria abierta a nombre del trabajador.

• Puede liquidarse en forma mensual, quincenal o semanal.

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Sueldo Bruto y neto• Sueldo Bruto: es la suma del total de las

remuneraciones a abonar, incluye todos los conceptos: salario, antigüedad, título, etc)

• Sueldo Neto: es el resultado de restar al sueldo bruto los descuentos correspondientes (jubilación, obra social, etc). Es el sueldo “De bolsillo”.

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Sueldo Bruto y neto• Ejemplo:

Sueldo Bruto: $ 42000.-Descuentos: $ 7140.-

Sueldo Neto: $ 42000 - $ 7140 = $ 34860.-

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Aportes y contribuciones• Aportes: Son los descuentos que se efectúan

al trabajador. • Los conceptos son:

Jubilación 11 %Obra Social 3 %INSSJP (PAMI) 3 %Sindicatos (variable según convenio)Otros: cajas complementarias, etc

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Aportes y contribuciones

Mes normal Mes con aguinaldo

Salario bruto $ 40000 $ 60000

Retencion Jubilacion 11 % $ 4400 $ 6600

Retencion Ob.Social 3 % $ 1200 $ 1800

Retencion INSSJP 3 % $ 1200 $ 1800

Retencion Impuesto alas ganancias(Variable)

$ 0 $ 0

Neto resultante(*) $ 33200 $ 49800

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Tiempo y plazos

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Tiempo y plazos• El sueldo debe abonarse hasta el 4to día hábil

después de finalizado el período.• Por ejemplo: hasta el 6 de Agosto deberán

abonarse los sueldos de Julio.• El SAC debe abonarse el 30 de Junio y 30 de

Diciembre (puede abonarse solo un adelanto y luego completar el saldo).

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Tiempo y Plazos• Las vacaciones deben abonarse el día de

inicio. • Las licencias deben abonarse con el sueldo.

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Confección de recibos• Debe ajustarse al artículo 140 de la LCT.• Deben incluirse los datos detallados en el

artículo mencionado.• Está sujeta a control por parte del Ministerio

de Trabajo.• El no cumplimiento puede acarrear sanciones

de distinto tenor.

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Confección de recibos• Los recibos deben confeccionarse por

duplicado.• La firma en el recibo implica la conformidad

tanto con el monto como con el detalle de la liquidación.

• Deben incluirse en forma obligatoria los siguientes datos:

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Confección de recibos • Datos del empleador• Nombre completo o

razón social• Domicilio de la

empresa• Clave Única de

Identificación Tributaria (CUIT)

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Confección de recibos • Datos del trabajador• Nombre y apellido• Clasificación profesional• Código Único de

Identificación Laboral (CUIL)

• Fecha de ingreso• Tareas desarrolladas o

categoría de trabajo

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Confección de recibos • Detalle de la remuneración

• Total bruto de la remuneración básica o fija que pactó con el empleador.

• Total de remuneraciones variables producidas en el período de liquidación (comisiones, premios, etc).

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Confección de Recibos• Detalle de la remuneración

• Detalle de conceptos no remunerativos (anticipos de sueldo).

• Importe de las deducciones por aportes del empleado (jubilación, obra social, etc)

• Importe neto percibido, expresado en letras y números.

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Confección de Recibos• Otros datos obligatorios

• La fecha en que se efectuó el último depósito de aportes.

• El período que corresp. a tal depósito.• En qué banco se efectuó.

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LIQUIDACION DE HABERESMES DE:   MAYO 2.012

NOMBRE y APELLIDO        CATEGORIA   MAESTRANZA A                    

HABERES IMPORTE IMPORTE      REM. NO REM.      $ $  

Sueldo Básico   4.058,78  Antigüedad   0,00   Presentismo 338,10   Adicional   0,00   Adicional   0,00   Acuerdo 05-2012     608,82                                 Presentismo (No Remunerativo)     50,71 Acuenta de Futuros Aumentos               

SUBTOTALES 4.396,88 659,53 TOTAL BRUTO       5.056,41

DEDUCCIONES % $    Jubilación 11 483,66    Ley 19032 3 131,91    Obra Social OSECAC 3 151,69    S.E.C. 2 101,13    FAECYS 0,50 25,28    Seguro de Vida Obligatorio   0,00    Seguro de Vida   0,00    OSECAC (unica vez)   100,00    S.E.C. LOCAL   0,00    

TOTAL DEDUCIONES      993,67Salario Familiar       

detalle       detalle   0,00   detalle   0,00   

TOTAL SALARIO FAMILIAR      0,00TOTAL NETO      4.062,74

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Casos especiales• SAC (sueldo anual complementario)Concepto: la doceava parte del total de las remuneraciones percibidas por el trabajador.• Fórmula de cálculo:Mejor sueldo (semestre)Dividido en dos.

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Casos especiales• Vacaciones - Concepto: Período de descanso

anual remunerado.Fórmula:Sueldo mensual% en 25X el número de días.

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Casos especiales• Licencias por enfermedad, examen, etc.

Fórmula de cálculo: Sueldo bruto% 30 X el número de días(solo aplica para Conceptos Remunerativos)

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Ejercicios• Calculamos el sueldo neto de un trabajador

que cobra $ 16500 bruto? • Calculamos el SAC de un empleado que cobra

$ 15850.- (conv. Comercio)• Calculamos 14 días de vacaciones para un

empleado que cobra $ 14678.-• Calculamos 3 días de lic. X enfermedad para

un empleado que cobra $ 17427.-

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Páginas para consultas• http://

www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/verNorma.do?id=25552 (texto completo de la Ley de Contrato de Trabajo).

• https://convenios.trabajo.gob.ar/ConsultaWeb/Aviso.asp (Buscador de convenios colectivos de trabajo).

• http://www.trabajo.gov.ar/ (página oficial del Ministerio de Trabajo de la Nación).

Diplomado en Recursos HumanosAño: 2016

Docente: Lic. Ana FringesEmail docente: anafringes@iceweb.com.ar

www.icetuc.com.ar