Defensa laboral

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El Presidente Calderón señaló que deenero a agosto pasado se crearon en elpaís 634 mil nuevos empleos, lo que esmuestra de que la economía mexicanaestá en recuperación.

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Los famosos $ 6,000.00

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OBJETIVO GENERAL

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CONJUNTOCONJUNTOCONJUNTOCONJUNTO DEDEDEDE NORMASNORMASNORMASNORMASJURÍDICASJURÍDICASJURÍDICASJURÍDICAS DESTINADASDESTINADASDESTINADASDESTINADASAAAA REGULARREGULARREGULARREGULAR LASLASLASLASRELACIONESRELACIONESRELACIONESRELACIONES OBREROOBREROOBREROOBREROPATRONALPATRONALPATRONALPATRONAL YYYY AAAARESOLVERRESOLVERRESOLVERRESOLVER CONFLICTOSCONFLICTOSCONFLICTOSCONFLICTOSQUEQUEQUEQUE SURJANSURJANSURJANSURJAN CONCONCONCONMOTIVOMOTIVOMOTIVOMOTIVO DEDEDEDE ELLASELLASELLASELLAS....

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LALALALA RELACIONRELACIONRELACIONRELACION LABORALLABORALLABORALLABORAL ESTÁESTÁESTÁESTÁCONTEMPLADACONTEMPLADACONTEMPLADACONTEMPLADA ENENENEN ELELELEL ARTÍCULOARTÍCULOARTÍCULOARTÍCULO 123123123123 DEDEDEDELALALALA CCCC....PPPP....EEEE....UUUU....MMMM.... (CARTA(CARTA(CARTA(CARTA MAGNA)MAGNA)MAGNA)MAGNA)

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LEY FEDERAL DEL TRABAJOART. 1o.

“La presente Ley es deObservancia general entoda la república y rige lasrelaciones de trabajocomprendidas en elartículo 123, apartado “A”,de la Constitución”

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Art. 20 L.F.T. CONCEPTUALIZA A LA RELACION DE TRABAJO:

“SE ENTIENDE POR RELACIONDE TRABAJO, CUALQUIERAQUE SEA EL ACTO QUE LEDÉ ORIGEN, LA PRESTACIONDE UN TRABAJO PERSONALPERSONALPERSONALPERSONALSUBORDINADOSUBORDINADOSUBORDINADOSUBORDINADO A UNAPERSONAPERSONAPERSONAPERSONA, MEDIANTE ELPAGO DE UN SALARIO”

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� SUBORDINACION, CONCEPTO DE.SUBORDINACION, CONCEPTO DE.SUBORDINACION, CONCEPTO DE.SUBORDINACION, CONCEPTO DE.� Tipo de Documento: JURISPRUDENCIA Clave de Publicación: Tipo de Documento: JURISPRUDENCIA Clave de Publicación: Tipo de Documento: JURISPRUDENCIA Clave de Publicación: Tipo de Documento: JURISPRUDENCIA Clave de Publicación:

No AsignadaNo AsignadaNo AsignadaNo Asignada� Clave de Control Asignada por SCJN: No existenteClave de Control Asignada por SCJN: No existenteClave de Control Asignada por SCJN: No existenteClave de Control Asignada por SCJN: No existente� Sala o Tribunal emisor: 4ta. Sala Sala o Tribunal emisor: 4ta. Sala Sala o Tribunal emisor: 4ta. Sala Sala o Tribunal emisor: 4ta. Sala ---- 7ma. Época 7ma. Época 7ma. Época 7ma. Época ---- Materia: Materia: Materia: Materia:

LaboralLaboralLaboralLaboral� Fuente de Publicación : Semanario Judicial de la FederaciónFuente de Publicación : Semanario Judicial de la FederaciónFuente de Publicación : Semanario Judicial de la FederaciónFuente de Publicación : Semanario Judicial de la Federación� Volumen: 151Volumen: 151Volumen: 151Volumen: 151----156 Quinta Parte Página: 228156 Quinta Parte Página: 228156 Quinta Parte Página: 228156 Quinta Parte Página: 228

� Subordinación significa, por parte del patrón, un poder Subordinación significa, por parte del patrón, un poder Subordinación significa, por parte del patrón, un poder Subordinación significa, por parte del patrón, un poder jurídico de mando, correlativo a un deber de obediencia por jurídico de mando, correlativo a un deber de obediencia por jurídico de mando, correlativo a un deber de obediencia por jurídico de mando, correlativo a un deber de obediencia por parte de quien presta el servicio. parte de quien presta el servicio. parte de quien presta el servicio. parte de quien presta el servicio. Esto tiene su apoyo en el Esto tiene su apoyo en el Esto tiene su apoyo en el Esto tiene su apoyo en el artículo 134, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo de 1970, artículo 134, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo de 1970, artículo 134, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo de 1970, artículo 134, fracción III, de la Ley Federal del Trabajo de 1970, que obliga a desempeñar el servicio bajo la dirección del que obliga a desempeñar el servicio bajo la dirección del que obliga a desempeñar el servicio bajo la dirección del que obliga a desempeñar el servicio bajo la dirección del patrón o de su representante, a cuya autoridad estarán patrón o de su representante, a cuya autoridad estarán patrón o de su representante, a cuya autoridad estarán patrón o de su representante, a cuya autoridad estarán subordinados los trabajadores en todo lo concerniente al subordinados los trabajadores en todo lo concerniente al subordinados los trabajadores en todo lo concerniente al subordinados los trabajadores en todo lo concerniente al trabajo.trabajo.trabajo.trabajo.

� Descripción de Precedentes:Descripción de Precedentes:Descripción de Precedentes:Descripción de Precedentes:� Volúmenes 121Volúmenes 121Volúmenes 121Volúmenes 121----126, p126, p126, p126, p g. 87. Amparo directo 7061/77. Neftalí g. 87. Amparo directo 7061/77. Neftalí g. 87. Amparo directo 7061/77. Neftalí g. 87. Amparo directo 7061/77. Neftalí

de los Santos Ramírez. 2 de marzo de 1969. 5 votos. Ponente: de los Santos Ramírez. 2 de marzo de 1969. 5 votos. Ponente: de los Santos Ramírez. 2 de marzo de 1969. 5 votos. Ponente: de los Santos Ramírez. 2 de marzo de 1969. 5 votos. Ponente: María Cristina S. de Tamayo.María Cristina S. de Tamayo.María Cristina S. de Tamayo.María Cristina S. de Tamayo.

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Persona Física

relación de trabajo con

Personas morales o colectivas.

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� La personalidad, es unproducto del orden jurídico ysurge por el reconocimiento delderecho objetivo (ley).

� Nombre� Domicilio� Nacionalidad� Patrimonio� Capacidad

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DE GOCE: DE GOCE: DE GOCE: DE GOCE: Es la aptitud de ser sujeto de derechos y Es la aptitud de ser sujeto de derechos y Es la aptitud de ser sujeto de derechos y Es la aptitud de ser sujeto de derechos y obligacionesobligacionesobligacionesobligaciones....

DE DE DE DE EJERCICIO: EJERCICIO: EJERCICIO: EJERCICIO: Posibilidad de ejercer personalmente los derechos y Posibilidad de ejercer personalmente los derechos y Posibilidad de ejercer personalmente los derechos y Posibilidad de ejercer personalmente los derechos y cumplir personalmente las obligaciones.cumplir personalmente las obligaciones.cumplir personalmente las obligaciones.cumplir personalmente las obligaciones.

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DE EJERCICIO: DE EJERCICIO: DE EJERCICIO: DE EJERCICIO: Posibilidad de ejercer personalmente los derechos Posibilidad de ejercer personalmente los derechos Posibilidad de ejercer personalmente los derechos Posibilidad de ejercer personalmente los derechos y cumplir personalmente las obligaciones.y cumplir personalmente las obligaciones.y cumplir personalmente las obligaciones.y cumplir personalmente las obligaciones.

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RELACION LABORALRELACION LABORALRELACION LABORALRELACION LABORAL

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CARTA MAGNA ART. 123CARTA MAGNA ART. 123CARTA MAGNA ART. 123CARTA MAGNA ART. 123

LEY FEDERAL DE TRABAJOLEY FEDERAL DE TRABAJOLEY FEDERAL DE TRABAJOLEY FEDERAL DE TRABAJO

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Art. 17 de La Ley Federal de Trabajo

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Art. 33 Art. 33 Art. 33 Art. 33 Ley federal de trabajoLey federal de trabajoLey federal de trabajoLey federal de trabajo

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� RENUNCIA ANTICIPADA ????

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LAS RELACIONES DE TRABAJO LAS RELACIONES DE TRABAJO LAS RELACIONES DE TRABAJO LAS RELACIONES DE TRABAJO PUEDEN SER PARA OBRA O PUEDEN SER PARA OBRA O PUEDEN SER PARA OBRA O PUEDEN SER PARA OBRA O TIEMPO DETERMINADO O POR TIEMPO DETERMINADO O POR TIEMPO DETERMINADO O POR TIEMPO DETERMINADO O POR TIEMPO INDETERMINADO. TIEMPO INDETERMINADO. TIEMPO INDETERMINADO. TIEMPO INDETERMINADO.

A A A A FALTA DE ESTIPULACIONES FALTA DE ESTIPULACIONES FALTA DE ESTIPULACIONES FALTA DE ESTIPULACIONES EXPRESAS, LA RELACION SERÁ EXPRESAS, LA RELACION SERÁ EXPRESAS, LA RELACION SERÁ EXPRESAS, LA RELACION SERÁ POR TIEMPO INDETERMINADO.POR TIEMPO INDETERMINADO.POR TIEMPO INDETERMINADO.POR TIEMPO INDETERMINADO.

Fundamento legal: Art. 35 L.F.T.Fundamento legal: Art. 35 L.F.T.Fundamento legal: Art. 35 L.F.T.Fundamento legal: Art. 35 L.F.T.

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RELACIONES POR TIEMPO DETERMINADORELACIONES POR TIEMPO DETERMINADORELACIONES POR TIEMPO DETERMINADORELACIONES POR TIEMPO DETERMINADO

El Señalamiento de un tiempo El Señalamiento de un tiempo El Señalamiento de un tiempo El Señalamiento de un tiempo determinado puede determinado puede determinado puede determinado puede únicamenteúnicamenteúnicamenteúnicamenteestipularse en los casos siguientes:estipularse en los casos siguientes:estipularse en los casos siguientes:estipularse en los casos siguientes:

I.I.I.I.---- Cuando lo exija la naturaleza del Cuando lo exija la naturaleza del Cuando lo exija la naturaleza del Cuando lo exija la naturaleza del trabajo que se va a prestar;trabajo que se va a prestar;trabajo que se va a prestar;trabajo que se va a prestar;

II.II.II.II.---- Cuando tenga por objeto substituir Cuando tenga por objeto substituir Cuando tenga por objeto substituir Cuando tenga por objeto substituir temporalmente a otro trabajador; ytemporalmente a otro trabajador; ytemporalmente a otro trabajador; ytemporalmente a otro trabajador; y

III.III.III.III.----En los demás casos previstos por En los demás casos previstos por En los demás casos previstos por En los demás casos previstos por esta ley.esta ley.esta ley.esta ley.

Fundamento: Art. 37 L.F.TFundamento: Art. 37 L.F.TFundamento: Art. 37 L.F.TFundamento: Art. 37 L.F.T.

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SUSPENSION DE LOS SUSPENSION DE LOS SUSPENSION DE LOS SUSPENSION DE LOS EFECTOS DE LAS EFECTOS DE LAS EFECTOS DE LAS EFECTOS DE LAS RELACIONES DE TRABAJO RELACIONES DE TRABAJO RELACIONES DE TRABAJO RELACIONES DE TRABAJO SIN RESPONSABILIDAD SIN RESPONSABILIDAD SIN RESPONSABILIDAD SIN RESPONSABILIDAD PARA EL TRABAJADOR Y PARA EL TRABAJADOR Y PARA EL TRABAJADOR Y PARA EL TRABAJADOR Y PARA EL PATRONPARA EL PATRONPARA EL PATRONPARA EL PATRON

ART. 42 LEY FEDERAL DE ART. 42 LEY FEDERAL DE ART. 42 LEY FEDERAL DE ART. 42 LEY FEDERAL DE TRABAJOTRABAJOTRABAJOTRABAJO

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ART. 42

Son causas de suspensión suspensión suspensión suspensión temporaltemporaltemporaltemporal de las obligaciones de prestar el servicio y pagar el salario, sin responsabilidad para ambos:

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Artículo 43.- La suspensión surtirá efectos: I. En los casos de las fracciones I y II del artículo anterior, desde la fecha en que el patrón tenga

conocimiento de la enfermedad contagiosa o de la en que se produzca la incapacidad para el trabajo, hasta que termine el período fijado por el Instituto Mexicano del Seguro Social o antes si desaparece la incapacidad para el trabajo, sin que la suspensión pueda exceder del término fijado en la Ley del Seguro Social para el tratamiento de las enfermedades que no sean consecuencia de un riesgo de trabajo;

Fundamento: Art. Fundamento: Art. Fundamento: Art. Fundamento: Art. 47 L.F.T.47 L.F.T.47 L.F.T.47 L.F.T.XV Fracciones.XV Fracciones.XV Fracciones.XV Fracciones.

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� Son causas de rescisión de la relación de trabajo, sin responsabilidad para el patrón:

� I. Engañarlo el trabajador o en su caso, el sindicato que lo hubiese propuesto o recomendado con certificados falsos o referencias en los que se atribuyan al trabajador capacidad, aptitudes o facultades de que carezca. Esta causa de rescisión dejará de tener efecto después de treinta días de prestar sus servicios el trabajador

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DESPIDO INJUSTIFICADO DESPIDO INJUSTIFICADO DESPIDO INJUSTIFICADO DESPIDO INJUSTIFICADO

PAGO PAGO PAGO PAGO DE INDEMNIZACIONES DE INDEMNIZACIONES DE INDEMNIZACIONES DE INDEMNIZACIONES ESTABLECIDAS EN ART 50 LFTESTABLECIDAS EN ART 50 LFTESTABLECIDAS EN ART 50 LFTESTABLECIDAS EN ART 50 LFT

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� ArtículoArtículoArtículoArtículo 50505050....---- Las indemnizaciones a que serefiere el artículo anterior consistirán:

� I. Si la relación de trabajo fuere por tiempodeterminado menor de un año, en unacantidad igual al importe de los salarios de lamitad del tiempo de servicios prestados; siexcediera de un año, en una cantidad igual alimporte de los salarios de seis meses por elprimer año y de veinte días por cada uno delos años siguientes en que hubiese prestadosus servicios;

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� II. Si la relación de trabajo fuere por tiempo indeterminado, la indemnización consistirá en veinte días de salario por cada uno de los años de servicios prestados; y

� III. Además de las indemnizaciones a que serefieren las fracciones anteriores, en elimporte de tres meses de salario y en el delos salarios vencidos desde la fecha deldespido hasta que se paguen lasindemnizaciones.

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ART. 51 L.F.TART. 51 L.F.TART. 51 L.F.TART. 51 L.F.T....

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INDEMNIZAR AL TRABAJADORINDEMNIZAR AL TRABAJADORINDEMNIZAR AL TRABAJADORINDEMNIZAR AL TRABAJADORFundamento: Art. 52 LFTFundamento: Art. 52 LFTFundamento: Art. 52 LFTFundamento: Art. 52 LFT

40

� ArtículoArtículoArtículoArtículo 52525252....---- El trabajadorpodrá separarse de sutrabajo dentro de los treintadías siguientes a la fecha enque se dé cualquiera de lascausas mencionadas en elartículo anterior y tendráderecho a que el patrón loindemnice en los términosdel artículo 50.

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ART. ART. ART. ART. 53 53 53 53 L.F.TL.F.TL.F.TL.F.T....

42

� Artículo 53.Artículo 53.Artículo 53.Artículo 53.---- Son causas de terminación de las relaciones de trabajo:

� I. El mutuo consentimiento de las partes;

� II. La muerte del trabajador;

� III. La terminación de la obra o vencimiento del término o inversión del capital, de conformidad con los artículos 36, 37 y 38;

� IV. La incapacidad física o mental o inhabilidad manifiesta del trabajador, que haga imposible la prestación del trabajo; y

� V. Los casos a que se refiere el artículo 434.

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Son aquellos que regulan dentro de la Ley Son aquellos que regulan dentro de la Ley Son aquellos que regulan dentro de la Ley Son aquellos que regulan dentro de la Ley Federal de Trabajo y se realizan entre Federal de Trabajo y se realizan entre Federal de Trabajo y se realizan entre Federal de Trabajo y se realizan entre

patrón, trabajadores y/o sindicatos.patrón, trabajadores y/o sindicatos.patrón, trabajadores y/o sindicatos.patrón, trabajadores y/o sindicatos.

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Las condiciones de trabajo entre Las condiciones de trabajo entre Las condiciones de trabajo entre Las condiciones de trabajo entre el patrón y trabajador deben el patrón y trabajador deben el patrón y trabajador deben el patrón y trabajador deben

constar por escrito.constar por escrito.constar por escrito.constar por escrito.

FundamentoFundamentoFundamentoFundamento:::: ArtArtArtArt.... 24242424 LFTLFTLFTLFT

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Art. 25 LEY FEDERAL DE TRABAJOArt. 25 LEY FEDERAL DE TRABAJOArt. 25 LEY FEDERAL DE TRABAJOArt. 25 LEY FEDERAL DE TRABAJO

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La falta del escrito aque se refieren losartículos 24 y 25 de laLFT no priva altrabajador de losderechos que derivende las normas detrabajo, pues seimputará al patrón lafalta de esaformalidad.FundamentoFundamentoFundamentoFundamento::::ArtArtArtArt.... 26262626 LFTLFTLFTLFT

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AAAA faltafaltafaltafalta dededede algúnalgúnalgúnalgún requisito,requisito,requisito,requisito, elelelel contratocontratocontratocontrato seráseráseráseráinexistenteinexistenteinexistenteinexistente completamentecompletamentecompletamentecompletamente yyyy nononono surtiríasurtiríasurtiríasurtiría efectoefectoefectoefectojurídicojurídicojurídicojurídico....

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El implementar medidas preventivas en la El implementar medidas preventivas en la El implementar medidas preventivas en la El implementar medidas preventivas en la relación laboral, nos permite tener relación laboral, nos permite tener relación laboral, nos permite tener relación laboral, nos permite tener elementos de defensa ante la presencia de elementos de defensa ante la presencia de elementos de defensa ante la presencia de elementos de defensa ante la presencia de DEMANDAS LABORALESDEMANDAS LABORALESDEMANDAS LABORALESDEMANDAS LABORALES

Que hacer si te Que hacer si te Que hacer si te Que hacer si te demandandemandandemandandemandan….?….?….?….?

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OBJETIVO GENERAL

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� Comentarios por demanda de Horas extras que solo podrían trabajarlas:

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C.P.C. Alfonso Neftalí Reyes Pérezalfonso@reyesdelia.com

@cpc_reyes

www.reyesdelia.com

GRACIAS Y BENDICIONES.-

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