Derechos de autor

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DERECHO DE AUTOR

MANUAL DE DERECHO DE AUTOR / Alfredo Vega Jaramillo DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR / UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL MINISTERIO DEL INTERIOR Y DE JUSTICIA / 2010

IMPORTANCIA

•  Estímulo a los creadores •  Motivación para continuar •  Utilización de las obras

PROPIEDAD INTELECTUAL

Disciplina jurídica Protección de "Creaciones del ingenio humano"

Recae sobre: - Tangibles ( bienes muebles e inmuebles)

- Intangibles ( propiedad intelectual)

Se divide en: Propiedad Industrial y el Derecho de Autor

Propiedad Industrial - Invenciones

- Dibujos y modelos industriales - Marcas de fábrica, lemas y denominaciones comerciales - Circuitos integrados

Derecho de Autor - Creaciones literarias y artísticas

- Creaciones o manifestaciones

OBJETO

La obra, definida en el artículo 3º de la Decisión Andina 351 de 1993, Régimen Común sobre Derecho de Autor y Derechos Conexos.

“Toda creación intelectual original de naturaleza artística, científica o literaria, susceptible de ser divulgada o reproducida en cualquier forma”.

SUJETOS

- Autores y titulares - Titulares originarios

- Titular de las obras en colaboración - Titular de las obras colectivas - Titulares derivados

- Personas jurídicas - Cesionarios - Autor de obras creadas bajo relación laboral - Herederos - Obras póstumas

- Titulares por efecto de la ley - Obras anónimas, seudónimas y de autor desconocido - El autor de obra por encargo - El productor de obra audiovisual

Derecho moral Protege la personalidad del autor en relación con su obra.

Derecho de:

- Paternidad - Integridad

- Divulgación - Modificación - Retracto

CONTENIDO

Derecho patrimonial Controla los distintos actos de explotación económica de la obra

Derecho de:

- Reproducción - Comunicación pública - Transformación - Distribución - Seguimiento

CESIÓN Es una forma de transmisión del derecho patrimonial

Otros contratos para transmitir el derecho de autor

- Contrato de prestación de servicios o elaboración de obra - Contrato de Representación - Contrato de Edición - Contrato de Inclusión en Fonograma - Contrato de Licencia de Software

INFRACCIONES

Tres grupos: - Violación a los derechos morales - Defraudación a los derechos patrimoniales - Violación a los mecanismos de protección de los derechos patrimoniales de autor (Art. 270, 271 y 272, respectivamente)

Para las conductas que violan los derechos morales se establece

una sanción de 2 a 5 años de prisión y multa de 20 a 200 salarios mínimos legales mensuales vigentes.

Derechos patrimoniales, sanción de 2 a 5 años de prisión y multa de 20 a 1000 salarios mínimos

legales mensuales vigentes.

Objetivos - Dar publicidad al derecho de los titulares - Brindar a los titulares de derechos un medio de prueba - Brindar garantía de autenticidad y seguridad a los títulos de derechos

REGISTRO

En Colombia la entidad pública facultada para llevar el Registro Nacional de Derecho de Autor, es la:

Oficina de Registro de la Dirección Nacional de Derecho de Autor. Se inscriben las obras literarias, científicas y artísticas Depósito legal: Obligatorio para guardar en biblioteca Nal, Congreso, U Nal, Una memoria de la producción literaria, audiovisual y fonográfica para acrecentar el patrimonio cultural.

REGISTRO

El derecho de autor protege las ideas? El derecho de autor no protege las ideas, sino la forma como estas son expresadas

La obra de un autor que no sea famoso es protegida por el derecho de autor? Sí es protegida porque para el derecho de autor el mérito o el destino de la obra no son tenidos en cuenta para protegerla.

PREGUNTAS

Debe registrarse una obra para que la proteja el derecho de autor? No es necesario el registro de la obra como condición o requisito para ser protegida. Una obra es protegida por el solo hecho de su creación.

Un autor puede cederle la autoría a otra persona para que esta aparezca como autor.? No es posible, pues la autoría de la obra corresponde al derecho moral de paternidad y los derechos morales son inalienables.

Se puede transformar libremente una obra ya existente.? Es necesaria la autorización previa y expresa del autor o titular del derecho sobre la obra original o preexistente que se pretende transformar.

El derecho de autor protege el software.? Sí. El programa o software se asimila a una obra o creación del ámbito literario y es protegida por el derecho de autor.

Cuando un autor muere se terminan sus derechos de autor?

- Debe diferenciarse entre los derechos morales y los patrimoniales.

- Los derechos morales son perpetuos e imprescriptibles.

- En cuanto a los derechos patrimoniales, en Colombia el término de la protección es de la vida del autor y ochenta años después de su muerte.

- Por lo cual esos derechos se transmiten a sus herederos.

Se pueden vender o transferir los derechos de autor mediante un acuerdo verbal.? No es posible hacerlo, Ley exige escritura pública o documento privado reconocido ante notario. De lo contrario carecen de validez jurídica.

Es posible realizar una copia de una obra para uso personal.? Sí es posible porque la ley permite la reproducción u otra forma de utilización de una obra en un solo ejemplar para uso privado y sin ánimo de lucro.

Se pueden citar en la realización de una obra partes o fragmentos de otra obra.? Sí es posible hacerlo, pues la ley garantiza como limitación al derecho de autor, el llamado derecho de cita.

Si tengo un programa o software con licencia puedo sacar todas las copias que quiera.? Solamente se puede sacar una copia de seguridad, aún la copia para uso personal requiere autorización del titular de los derechos. La licencia de software expresa para cuantos puntos o equipos se concede

El derecho de autor es un impuesto? No es un impuesto, sino un derecho privado reconocido en la ley.

Como Internet no tiene dueño sino que es de uso público, las obras que allí se encuentran son de libre utilización.?

NO, se requiere la aprobación previa de los titulares de derechos, para utilizarlos.

LICENCIAS

Licenciamientos abiertos, gestión de derecho de autor para Internet con las licencias Creative Commons / Por Carolina Botero / Bogotá, febrero de 2012

¿Qué son las licencias CC?

- Herramientas legales gratuitas

- Determinan la forma en la que las obras podrán ser utilizadas por otros

- Promueven el acceso al conocimiento y la cultura

¿Qué utilidad tienen las licencias CC?

-  Para autores que están de acuerdo con que sus obras sean usadas libremente por otras personas

- Aprovechar las ventajas de la comunicación vía Internet para la difusión de sus obras.

¿Qué clase de obras pueden ser licenciadas con CC?

- Todas las obras que son producto de la creatividad humana

- Obras en formato analógico

- Obras en formato digital

¿Las licencias CC sirven solamente en Internet?

NO. Aplican para cualquier tipo de obras y cualquiera

sea su modo de distribución.

http://creativecommons.org/licenses/by/2.5/co/

¿Cuál es el costo por usar estas licencias?

Las licencias Creative Commons son gratuitas.

¿Cómo se licencia una obra con CC? - http://creativecommons.org)

Adjuntar los términos originales de la licencia a cada nueva copia.

¿Cómo escoger una licencia CC?

- Prediseñadas - Según necesidad del autor

Atribución o Reconocimiento Debe mencionarse al autor de la obra originaria.

Sigla BY.

No Comercial Se reserva la eventual explotación económica de la obra.

Sigla NC.

Compartir Igual o Licenciar Igual Prohíbe la realización de obras derivadas de la obra original.

Sigla ND.

Sin Derivar o No Derivar Está permitido a los usuarios crear obras derivadasTraducir, modificar o

adaptar la obra y distribuir esas nuevas obras Distribuidas bajo las mismas condiciones Sigla SA.

¿Se pueden usar todos los elementos en una licencia?

Existen seis diferentes licencias CC que pueden ser utilizadas en Colombia.

¿Qué ventaja tiene una licencia CC? - Posibilidades de difusión de las obras

- Difusión de las ideas y del arte - Control de los derechos de autor para el titular - Gratuitas - Fáciles de entender al autor y al usuario - Experimentar con nuevas formas de promoción - Explotar nuevos modelos de negocio

¿Se pueden explotar comercialmente las obras licenciadas con CC?

SI , si es “uso no comercial”, sólo el autor o podrá explotar comercialmente la obra.

¿Pueden revocarse las licencias CC?

SI. Surte efectos para lo sucesivo, pero no respecto de obras adquiridas, mientras ésta estuvo vigente.

¿Qué obras están licenciadas con CC? - No existe un índice central de obras licenciadas

- Es posible acceder a través de funciones avanzadas de buscadores

¿Las obras que usan licencias CC pasan a ser parte del dominio público?

- NO ponen las obras dentro del dominio público - NO significan la renuncia a los derechos

que se tienen sobre la obra - Entregan autorización para ciertos usos

- Estimulan la reutilización

¿Cómo se usan las obras licenciadas con Creative Commons?

-  Se debe atender a las condiciones de la licencia otorgada - Hacer siempre mención al autor de la obra - NO puede utilizarse con fines comerciales

si la licencia no lo autoriza - NO pueden hacerse transformaciones de

la obra si no se autoriza - Si la licencia lo exige debe otorgarse una

licencia igual para las obras

Usos distintos se aplican las reglas comunes de derecho de autor, es decir, el uso debe ser expresamente autorizado por el titular de derechos o por la ley, a través, por ejemplo, de las excepciones y limitaciones al derecho de autor.

¿Cómo se usan las obras licenciadas con CC en un sitio web o un blog?

- Poniendo el contenido mismo en la página y mencionando el nombre del autor de la obra usada.

- Debe hacerse mención al menos breve de la licencia utilizada.

- NO es suficiente expresar simplemente “CC” - Incluir como mínimo una fórmula con las siglas abreviadas

(como “cc:by-sa”)

- Incluir alguno de los iconos provistos por el sistema, más un enlace hacia la licencia respectiva.

¿Qué ocurre si se infringen los términos de una licencia CC?

- Recurrir a la justicia ordinaria - Compensación económica al autor

por los perjuicios causados - Sigue las reglas de la infracción a

un contrato como cualquier otro

@Suannylab

Ilustración Carlos Doncel.