ECISION DE SOCIEDADES Y COOPERATIVAS
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- 1. ESCISIN DE SOCIEDADES
- 2. La escisin se da cuando una sociedad sin disolverse,
traslada una o varias partes de su patrimonio a una o ms sociedades
existentes o a la creacin de una o varias sociedades. En cualquiera
de las dos formas en que se d la escisin a la sociedad o sociedades
absorbentes o las que se creen como resultado de la escisin, se
denominar sociedades escindentes o beneficiarias porque aumentaran
su patrimonio o bien se formar con el patrimonio que se les
traslade, y a la sociedad que traslada su patrimonio a otras
sociedades se le da el nombre de sociedad escindida.
- 3. Caractersticas de la Escisin Caractersticas generales : Se
le puede catalogar como un negocio jurdico colectivo complejo. Es
un convenio mancomunado. Desde que se da la celebracin del mismo se
tienen previamente establecidas las medidas de compensaciones que
se constituyen entre los intervinientes. Las prestaciones que nacen
del contrato de escisin se realizan en forma nica, de una sola vez.
Es un negocio eminentemente solemne.
- 4. Caractersticas de la Escisin Caractersticas especficas a)
Existe transmisin total o parcial del patrimonio de la Sociedad
escindente en bloque a una o mas sociedades escindidas. b) Puede o
no haber extincin de la sociedad escindente. c) Se constituyen o
surgen una o ms sociedades escindidas. d) La sociedad o sociedades
escindidas entregaran su patrimonio social o acciones a los socios
o accionistas de las sociedades escindentes.
- 5. CLASIFICACIN DE LA ESCISIN
- 6. ESCISIN PROPIA Conocida con los nombres de escisin total y
divisin de sociedades. Se caracteriza, porque la sociedad
originalmente existente o matriz desaparece, hay escisin propia o
total cuando una sociedad existente desdobla o divide su patrimonio
y como consecuencia , su personalidad jurdica en dos o ms partes,
en las cuales cada una de ellas se traslada en bloque a una o ms
sociedades de nueva creacin, entendindose que la sociedad que est
aportando su patrimonio deja de existir por el hecho del
perfeccionamiento de la operacin, pasando los socios de esa
sociedad a ser socios de las nuevas sociedades constituidas.
- 7. (1) La sociedad escindida se segrega en dos o ms partes y se
disuelve. (2) El patrimonio de la Unidad 1 forma una nueva
sociedad. El patrimonio de la Unidad 2 es absorbido por otra
sociedad. (3) La nueva sociedad y la absorbente emiten
participaciones beneficiarias que son las que se entregarn a los
accionistas de la sociedad escindida.
- 8. Las caractersticas que prevalecen en esta clase de escisin
son: La extincin de la sociedad que se escinde La transmisin de la
totalidad del patrimonio a la sociedad escindida El traspaso en
bloque del patrimonio de una sociedad a la o las otras que se
conforman y que la transmisin patrimonial se opera a travs de va de
la sucesin universal. Lo verdaderamente relevante es la divisin del
patrimonio a fin de su total transmisin, que tiene por causa la
disolucin sin liquidacin. La escisin total tiene un especial
carcter extintivo, puesto que no se puede continuar una sociedad
sin patrimonio.
- 9. ESCISIN IMPROPIA Es tambin conocida con el nombre de escisin
parcial. Esta clase de escisin se caracteriza porque la sociedad
originalmente constituida continua existiendo.
- 10. (1) De la sociedad escindida se separa una parte que forma
una unidad econmica y el resto sigue funcionando bajo la forma
jurdica anterior. (2) La unidad segregada forma una sociedad o se
incorpora a otra sociedad. (3) La nueva sociedad o la absorbente
emiten participaciones beneficiarias que se entregan a los
accionistas de la sociedad escindida. (4) La sociedad escindida
sigue funcionado con las partes que no se han segregado de la
misma.
- 11. OBJETO Y FINES DE LA ESCISIN Objeto de la escisin desde el
punto de vista jurdico, es hacer valer el negocio jurdico, por
cuanto se perfecciona de acuerdo con la ley . Objeto material en la
escisin, es determinado por la masa patrimonial que se divide. Debe
ser un objeto licito permitido por la ley. En la escisin propia o
total constituye una complicada modificacin estructural que debe
ser aprobada por la asamblea o junta general segn la clase de
sociedad de que se trate. El objeto en la clase de escisin impropia
o parcial en la cual la sociedad escindida no desaparece, aqu los
cambios nicamente se dan en relacin a la estructura financiera de
la sociedad, cambian las responsabilidades de los socios
- 12. Las Principales Finalidades de la Escisin a) La
redistribucin de las actividades de una empresa o de varias, la
especializacin de las actividades. b) La descentralizacin
geogrfica. c) Reducir el pago de tributos por dos razones. d)
Soluciones a problemas internos de los socios. e) La eliminacin de
los monopolios no legales.
- 13. COOPERATIVAS
- 14. "La sociedad cooperativa es una forma de organizacin social
integrada por personas fsicas con base en intereses comunes y en
los principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua, con
el propsito de satisfacer necesidades individuales y colectivas, a
travs de la realizacin de actividades econmicas de produccin y
consumo de bienes y servicios.
- 15. NEUTRALIDAD POLITICA VENTA AL CONTADO
- 16. SOCIOS
- 17. Para ser socio es necesario entregar alguna aportacin ya
sea de trabajo o econmica. No tienen obligacin de entregar cuotas
de ingreso. Cada socio tiene derecho a un voto con independencia de
cuanto haya aportado a la sociedad, esto es as en virtud del
principio de igualdad de derechos y obligaciones de los socios.
Entre las obligaciones de los socios est la de asistir a las
asambleas y la de desempear cargos en la sociedad. La calidad de
socio puede perderse por muerte (salvo que los sucesores renan los
requisitos para actuar como tales), por separacin voluntaria (debe
presentar renuncia al consejo de administracin y la asamblea
general resolver dicha renuncia) y por exclusin (previo acuerdo de
la asamblea y audiencia del interesado) En estos tres casos se
tiene el derecho a recuperar las aportaciones en su totalidad, o en
forma proporcional si no se puede devolver todo, as como el
reintegro de sus cuotas de ahorro.
- 18. ARTICULO 4. PRINCIPIOS. a) Procurar el mejoramiento social
y econmico de sus miembros mediante el esfuerzo comn; b) No
perseguir fines de lucro, sino de servicio a sus asociados. c) Ser
de duracin indefinida y de capital variable, formado por
aportaciones nominativas de igual valor, trasferibles slo entre los
asociados. d) Funcionar conforme a los principios de libre adhesin,
retiro voluntario, inters limitado al capital, neutralidad poltica
y religiosa e igualdad de derechos y obligaciones de todos sus
miembros. e) Conceder a cada asociado un solo voto, cualquiera que
sea el nmero de aportaciones que posea. El ejercicio del voto podr
ser delegado, cuando as lo establezcan los Estatutos. f) Distribuir
los excedentes y las prdidas, en proporcin a la participacin de
cada asociado en las actividades de la cooperativa. g) Establecer
un fondo de reserva irrepartible entre los asociados. h) Fomentar
la educacin e integracin cooperativa y el establecimiento de
servicios sociales.
- 19. CLASIFICACIN DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS
- 20. COOPERATIVA DE CONSUMO El principal objetivo de las
Cooperativas de consumo es reunir a un grupo de consumidores unidos
por una necesidad comn, quienes se constituyen mediante este mtodo
en sus propios proveedores
- 21. MERCADESA es un consorcio cooperativo, afiliado a FEDECOAG
(Federacin de Cooperativas Agrcolas de Guatemala), que se dedica a
la comercializacin de productos de primera necesidad. Su objetivo
principal es ser un canal de comercializacin y distribucin de los
productos procesados principalmente por las Cooperativas afiliadas
a FEDECOAG, as como tambin productos de consumo masivo e insumos
agropecuarios.
- 22. Cooperativas de Produccin Se dice que existe una
cooperativa de produccin en los siguientes casos: Si los socios
trabajan directamente en la produccin de las mercaderas que luego
venden a otras cooperativas, o al pblico. Si los socios son
empresarios de otras explotaciones y llevan sus productos para ser
transformados y vendidos en comn por personal asalariado.
- 23. INAPLASA es un consorcio cooperativo formado por siete
Cooperativas Agrcolas y cinco comits de mujeres del occidente,
afiliado a FEDECOAG (Federacin de Cooperativas Agrcolas de
Guatemala), que se dedica a la industrializacin de productos
agrcolas. Estos productos son elaborados en el altiplano de nuestro
pas, donde cuidadosamente producimos y seleccionamos la materia
prima, para as poder ofrecer a nuestros clientes productos
nacionales de la mejor calidad. Su objetivo es ayudar a los
cooperativistas a darle mayor valor a su produccin,
industrializando, empacando y comercializando sus productos en
mercados internos y externos, logrando as ser agente multiplicador
de su ingreso familiar.
- 24. Los ms grandes obstculos que se les presentan a las
cooperativas de produccin para su normal operacin, son los
siguientes: La falta de preparacin tcnica y administrativa del
personal. La necesidad de contar con suficiente capital de trabajo
y de inversin, que le permita competir con xito frente a la
industria particular. La dificultad de encontrar clientela segura
para los productos elaborados y los problemas para medir las
demandas del mercado
- 25. Cooperativas de Ahorro y Crdito Estas son sociedades de
auxilio mutuo, cuyo objetivo es promover el ahorro y dar prstamos a
los asociados, con el fin primordial de combatir la usura de los
intermediarios del crdito
- 26. Las principales funciones de la federacin para con sus
cooperativas afiliadas son las siguientes: representacin y defensa
del sector, prestacin de servicios financieros a travs de la caja
central, asistencia tcnica y capacitacin y por ltimo apoyo en
tecnologa informtica (ABC de Educacin Finaciera, s.f.). -
- 27. Cooperativas de Mercadeo Estas son de especial importancia
entre los agricultores, ya que tienen por objeto vender en el
mercado los productos obtenidos por los asociados y evitar as caer
en manos de los intermediarios, quienes generalmente son los que
obtienen los mayores beneficios, aprovechndose de la desunin y de
la competencia que se hace entre los mismos agricultores.
- 28. Cooperativas de Habitacin Cooperativas Escolares
Cooperativas de Energa Elctrica Cooperativas de Seguros y
Sanitarias
- 29. FEDERACIONES Las federaciones son cooperativas de segundo
grado, formadas por dos o ms cooperativas de primer grado que se
dediquen a actividades semejantes. Artculo modificado por Decreto
Nmero 47-2001 del Congreso de la Repblica de Guatemala.
- 30. INTEGRACION DE SU CAPITAL RESPONSABILIDAD LIMITADA Toda
cooperativa es de responsabilidad limitada, de consiguiente por las
obligaciones que contraiga responde nicamente al patrimonio de la
cooperativa. El capital social de una cooperativa es variable e
ilimitado. Su formacin obedece a la necesidad de asumir un
elemental principio de defensa econmico. Fundamentalmente est
integrado por las aportaciones de los cooperativistas. Aumenta con
la admisin de nuevos asociados y con las suscripciones adicionales
y disminuye con la renuncia o exclusin de los socios.
- 31. RGANOS Son tres los rganos que integran una Sociedad
Cooperativa, estos son la Asamblea General, el Consejo de
Administracin y el Consejo de Vigilancia. La Asamblea General es el
mximo rgano de toda sociedad. Todos los acuerdos tomados por esta
obligan a todos los socios. Hay tres tipos de asamblea: las
Asambleas Ordinarias, las Extraordinarias y las Seccionales. Los
acuerdos tomados en las asambleas debern ser aprobados por una
mayora simple de los socios salvo casos excepcionales en los que se
requerir el consenso de las dos terceras parte de los socios. En
caso de que algn socio no pueda acudir a una asamblea podr ser
representado pero solo por otro socio.
- 32. MIEMBROS DE LAS COOPERATIVAS a) Tener capacidad legal,
salvo los casos de cooperativas con asociados menores de edad y las
formadas por stos, en las cuales los menores se considerarn capaces
para ejecutar los actos internos de la cooperativa. En sus
relaciones con terceros, las ltimas debern estar representadas por
personas civilmente capaces; y b) Reunir los requisitos exigidos en
los estatutos y cumplir con stos, con la ley y sus reglamentos.
PERDIDA DE LA CALIDAD DE ASOCIADO La calidad de asociado a una
cooperativa se pierde por renuncia o expulsin por alguna de las
causales que expresamente establezcan los Estatutos. El retiro no
extingue las obligaciones que el asociado haya contrado para con la
cooperativa y le da derecho al reembolso de sus aportaciones,
depsitos, intereses y excedentes an no pagados que le
correspondieren, deducindole el valor de las obligaciones
pendientes a la fecha de retiro.
- 33. DISOLUCIN a) Por la disminucin del nmero de asociados a
menos de veinte; b) Por hacerse imposible el cumplimiento de los
fines para los cuales se constituyeron; c) Por voluntad de los dos
tercios de los asociados reunidos en Asamblea General convocada
especialmente para el efecto, d) Por la prdida de ms del sesenta
por ciento (60%) del capital social, siempre que esta situacin sea
irreparable; y e) Por fusin o incorporacin a otra cooperativa
LIQUIDACIN Al darse una de las causales de disolucin, la
cooperativa entrar en liquidacin, para lo cual se integrar una
comisin liquidadora. El orden de pagos ser el siguiente: a)
Acreeduras de terceros; b) Gastos de liquidacin c) Reintegro a los
asociados del valor de sus aportaciones o de la parte proporcional
que en caso de insuficiencia les correspondiere; y d) El saldo
final, si lo hubiere, se entregar a la federacin o en su defecto a
la confederacin.
- 34. Operaciones Contables Especficas Preparacin del balance de
comprobacin Ajustes por depreciacin, cuentas incobrables, gastos
incurridos, obligaciones, etc. Cierre de cuentas nominales y
determinacin de resultados Cierre de cuentas de activos, pasivo y
aportaciones Elaboracin de los estados financieros.