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Estatuto de la ceii
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UNIVERSIDAD NACIONAL JOSÉ FAUSTINO SÁNCHEZ
CARRIÓN
FACULTAD DE INGENIERÍA
ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE INGENIERÍA
INDUSTRIAL
ESTATUTO DEL CENTRO DE ESTUDIANTES
DE LA E.A.P INGENIERÍA INDUSTRIAL (CEII)
Diciembre 2009
ESTATUTO DEL CENTRO DE ESTUDIANTES DE INGENIERÍA INDUSTRIAL FACULTAD DE INGENIERÍA – UNJFSC – HAUCHO.
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ESTATUTO DEL CENTRO DE ESTUDIANTES DE LA E.A.P
INGENIERÍA INDUSTRIAL
TÍTULO I
DENOMINACIÓN, DEFINICIÓN, DOMICILIO, PRINCIPIOS, FINES Y
OBJETIVOS
Artículo 1º.- Denominación:
El Estatuto del Centro de Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII) de la
Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional de José Faustino Sánchez
Carrión, es un órgano sin fines de lucro (entidad civil), que agrupa, representa
y organiza a los alumnos de todos los ciclos de la escuela, comprendidas en la
Universidad, así mismo colaborando en el adecuado desarrollo de la formación
académica y profesional.
Artículo 2º.- Definición:
Un Centro de Estudiantes tiene la función de organizar a los estudiantes en
torno a sus problemas académicos, económicos y reivindicativos, pero no sólo
reunirlos y escuchar sus problemas como si fuese una terapia psicológica, sino
que a través de la organización cumpliendo un rol informativo, orientarlos y
hacerles participes de la búsqueda de propuestas que sean viables para la
solución de sus problemas.
Artículo 3º.- Domicilio:
El Centro de Estudiantes de Ingeniería Industrial funcionará dentro del
establecimiento de la Facultad al cual pertenece, ubicado dentro de la ciudad
universitaria, Distrito de Huacho, Provincia de Huaura, Departamento de lima -
Perú.
Artículo 4º.- Principios:
El Centro de Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII) es una entidad civil, se
halla indisolublemente ligado a una tradición de lucha dentro del movimiento
estudiantil y propugna la unidad de todos los estudiantes. Dicha unidad debe
partir de la toma de conciencia de una situación común en la universidad
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pública: la amarga constatación de la existencia de una mediocridad y
corrupción que degeneran la autentica misión de la universidad, que es la de
crear conocimientos para la transformación socio-económica de nuestro país.
Por consiguiente el Centro de Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII) se
declara enemigo de esta realidad y de sus promotores (autoridades corruptas,
profesores mediocres, políticas de gobierno, etc.).
Así mismo propugna la más amplia solidaridad con las luchas emprendidas
contra esta problemática en el Perú. El Centro de Estudiantes de Ingeniería
Industrial (CEII) establece relaciones fraternales con todos los Centros
Estudiantiles de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión de
Huacho y del país, en coherencia con el principio de unidad. Manteniendo su
independencia de intereses externos (partidos políticos, autoridades, docentes,
etc.) que desvíen su razón de ser: la defensa de los derechos estudiantiles que
se resume en recibir una educación de calidad. El Centro de Estudiantes de
Ingeniería Industrial (CEII) asegura y defiende la libertad de pensamiento,
considerándola condición básica para el enriquecimiento de las ideas y,
consecuentemente, de la creatividad de sus acciones. El sectarismo y todas las
formas de intolerancia son contrarios a los fines del Centro de Estudiantes. El
Centro de Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII) asegura y defiende la
autonomía política, administrativa y funcional, dentro de los límites del presente
estatuto, siendo impedido de afiliarse a instituciones políticas como organismo
representativo de los alumnos de la Escuela. Se opone a toda discriminación
social, religiosa, étnica y a todas formas de intolerancia; y solo se somete a las
condiciones y reglamentaciones escritas dentro del presente estatuto.
Artículo 5º.- Fines:
Son Fines del Centro de Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII):
1. Consolidar la integración de todos los Estudiantes de la Carrera
Profesional de Ingeniería Industrial, impulsando la concientización sobre
los derechos del estudiante de universidad pública y la exigencia de la
educación gratuita con calidad, requisito indispensable de una verdadera
formación íntegra, analítica y científica.
2. Impulsar e inspirar la organización de los estudiantes de nuestra
escuela, canalizando las demandas de los estudiantes, generando
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propuestas para el desarrollo de nuestra institución en su aspecto
académico, analítico y de investigación.
3. Defender los derechos de los estudiantes cuando estos se ven
vulnerados, exigir el respeto de la dignidad que los estudiantes nos
merecemos, no permitiendo su mancillamiento por abusos de autoridad
y/o tratos injustos.
4. Propiciar la formación científica y tecnológica del estudiante de
Ingeniería Industrial acorde a las necesidades del país y la actualidad.
5. Rescatar y propiciar valores y paradigmas humanistas y morales,
integrando bajo esta visión a la comunidad de estudiantes Ingeniería
Industrial bajo lazos de amistad, confraternidad y apoyo mutuo, que se
reflejara en un devenir futuro en el desenvolvimiento profesional hacia
los demás.
6. Desarrollar la extensión universitaria, considerándola como uno de los
medios de realizar la función social que tiene la Universidad.
7. Representar a los estudiantes ante las autoridades de la Universidad y
cualquier entidad que tenga relación a sus fines.
8. Pronunciarse sobre problemas internos dentro de la facultad (Escuela),
así como en temas que son de su interés y competencia.
Artículo 6º.- Objetivos:
Son Objetivos del Centro de Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII):
1. Mantener relaciones con otros organismos estudiantiles organizados.
2. Promover la Proyección Social y la extensión universitaria tanto en lo
curricular como en lo extra-curricular.
3. Fomentar relaciones con los Centros de Estudiantes en instituciones con
similares fines, dentro y fuera de la universidad con el propósito de
enriquecer el desarrollo integral del alumnado proporcionándole una
visión más amplia de diversas realidades y experiencias.
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TÍTULO II
DE LOS INTEGRANTES
Artículo 7º.- Integrantes:
Son miembros todos los estudiantes de la Escuela Profesional de INGENIERÍA
INDUSTRIAL de la Universidad Nacional José Faustino Sánchez Carrión de
Huacho.
Artículo 8º.- Libro de Registro:
El Centro de Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII), llevará un libro de
registros de los estudiantes de la E.A.P Ingeniería Industrial, debiendo constar:
1. Nombres y apellidos del Estudiante.
2. Documento Nacional de Identidad (DNI).
3. Domicilio.
4. Código de matrícula.
5. Fecha de admisión a la escuela Profesional.
Artículo 9º.- Pérdida:
La calidad de Integrante se pierde:
1. Por fallecimiento.
2. Cuando es separado por las causales establecidas en el estatuto
universitario y la ley universitaria.
3. Cuando tenga la calidad de egresado.
Artículo 10º.- Derechos y Beneficios de los Estudiantes:
Son derechos de los Integrantes:
1. Expresar libremente sus ideas sin temor de ser sancionados ni
discriminados por causa de ellas, o por su actitud crítica o discrepante y
participar con voz y voto en la Asamblea General de Estudiantes de
Ingeniería Industrial.
2. Conocer la marcha administrativa y económica del Centro de
Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII), formulando sugerencias y/o
proyectos para su mejoramiento.
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3. Elegir y ser elegidos representantes para ejercer funciones de miembros
del Centro de Estudiantes, Consejeros y asambleístas.
4. Gozar de todos los beneficios que ofrece el Centro de Estudiantes de
Ingeniería Industrial (CEII), así como de los programas y/o actividades
que este realice.
5. Concurrir a las reuniones del Centro de Estudiantes de Ingeniería
Industrial (CEII), tomar parte en las deliberaciones, votaciones y formular
propuestas para la contribución de los fines señalados, estas deben ser
fundamentadas a través de documentos.
6. Asistir a las actuaciones sociales, culturales o institucionales que
organice el Centro de Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII).
Son beneficios de los Integrantes:
1. Hacer uso de los ambientes y servicios que presta la universidad.
2. Exoneración del pago de matrícula al 100% el estudiante que ocupa el
primer lugar en el ciclo lectivo.
3. Exoneración del pago de matrícula con el 50% el estudiante que ocupa
el segundo lugar en el ciclo lectivo.
TITULO III
DE LA ESTRUCTURA Y LA ORGANIZACIÓN.
Artículo 11º.- La Estructura:
La estructura del Centro de Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII), se basa
en la democracia. Después de una discusión, el voto de la mayoría decide la
línea de acción del Centro de estudiantes. Esta obligación rige respecto a toda
decisión que tomen los organismos respectivos.
El Centro de Estudiantes tiene una estructura organizativa, donde debe ser
acatadas obligatoriamente las decisiones adoptadas por los organismos
superiores, siendo de arriba a abajo, el siguiente:
a) La Asamblea General de Estudiantes de Ingeniería Industrial.
b) El Consejo Directivo o Junta de Representantes.
c) La Junta Directivo o Junta de Delegados.
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Artículo 12º.- La Asamblea General de Estudiantes:
La Asamblea General es la autoridad máxima del Centro y está constituida por
todos los estudiantes de la escuela de Ingeniería Industrial.
La convocatoria a Asamblea General corresponde a la Junta de
Representantes del Centro de Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII),
pudiendo efectuarse vía escrita, oral o por medios electrónicos. La asamblea
general extraordinaria se realizará siendo convocada por la Junta de
Representantes, o cuando lo soliciten al menos el treinta por ciento de los
estudiantes miembros, debiendo tratarse en ella los puntos de la agenda
convocatoria, la misma que tendrá una semana de anticipación.
Para una primera convocatoria para la validez de las reuniones (Quórum) de la
Asamblea General se requiere, la asistencia de más de una tercera parte de
los matriculados. Los acuerdos se adoptarán por mayoría simple. En segunda
convocatoria bastará la presencia de cualquier número de estudiantes
miembros. Los acuerdos se toman con el voto de más de la mitad de los
concurrentes.
Artículo 13º.- El Consejo Directivo o Junta de representantes:
El Consejo Directivo o la Junta de Representantes son el organismo ejecutivo
y administrativo del Centro de Estudiantes, y está formado por las secretarías.
La administración, dirección y representación legal de la Asociación
corresponde al consejo Directivo, que esta compuesto por 17 miembros, que
son elegidos de manera prevista en el presente estatuto, por un periodo de
dos años. La transferencia de cargos o secretarías, solo se realizara al nuevo
consejo directivo (Junta de Representantes), elegidos válidamente por un
proceso electoral.
Artículo 14º.- La Organización del Consejo Directivo o Junta de
representantes:
El Consejo Directivo o Junta de Representantes esta conformado por:
1. Secretaría General.
2. Sub - Secretaría General.
3. Secretaría de organización.
4. Secretaría de Economía.
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5. Secretaría de asuntos Internos.
6. Secretaría de Asuntos Académicos, Investigación y Círculos de
Estudios.
7. Secretaría de Cultura y Recreación.
8. Secretaría de Deportes.
9. Secretaría de Actas y Archivos.
10. Secretaría de Prensa y propaganda.
11. Secretaría de Defensa.
12. Secretaría de Proyección social y Bienestar Estudiantil.
13. Secretaría de Representación ante el Consejo de Facultad.
14. Secretaría de Fiscalización.
15. Secretaría de Ecología y Medio ambiente.
16. Secretaría de Relaciones Exteriores.
17. Secretaría de Biblioteca Auxiliar.
Artículo 15º.- Funciones y Atribuciones del Consejo Directivo o Junta
de Representantes:
Representar, dirigir, organizar y administrar el Centro de Estudiantes de
Ingeniería Industrial (CEII), de acuerdo con lo establecido por el
presente estatuto.
Acoger y canalizar, a través de las secretarías correspondientes, las
iniciativas o inquietudes de los estudiantes.
Realizar las convocatorias a asamblea general de Estudiantes de la
forma establecida para cada caso en el presente estatuto.
Velar por la observancia del presente estatuto y sus reglamentos.
Presentar al inicio de su gestión su plan anual de trabajo al Concejo de
facultad (Dirección de la E.A.P y Decano de la F.I).
Conservar y administrar el patrimonio del Centro El Centro de
Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII).
Adquirir bienes, aceptar donaciones y administrarlos bajo rigurosa
supervisión de miembros de la Comisión de Control.
Elaborar un informe oficial periódico para los miembros, difundiéndose
acerca de la gestión y el desempeño de las actividades en curso.
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En caso de vacancia de alguno de sus miembros, nombrar al sustituto
para su ratificación por la Junta de Representantes.
Proponer la modificación del estatuto
Cambiar o destituir a alguno de los miembros del Centro de Estudiantes
de Ingeniería Industrial (CEII), en caso de faltas o incumplimientos de
funciones en los casos que la Mesa Directiva lo crea conveniente, previa
aprobación por mayoría.
Artículo 16º.- Atribuciones y obligaciones de la Secretaría General:
Ejercer la representación legal de los estudiantes de la E.A.P de
Ingeniería Industrial.
Dirigir y coordinar las tareas de la Junta Directiva (Junta de
Representantes) del gremio.
Presidir las sesiones del Consejo Directivo (Junta de Representantes) y
demás asambleas.
Suscribir los acuerdos y comunicados emitidos por el Consejo Directivo
(Junta de Representantes).
Encomendar tareas a las secretarías e instarlas a su cumplimiento.
Emitir el voto dirimente en caso de empate en la votación de la Junta
Directiva (Junta de Representantes).
Autorizar los egresos de la Junta Directiva (Junta de Representantes)
bajo la supervisión de la secretaría de economía.
Convocar a sesiones, tanto ordinarias como extraordinarias de la Junta
Directiva (Junta de Representantes).
Cumplir con los demás que le confiere el presente Estatuto y sus
Reglamentos.
Artículo 17º.- Atribuciones y Obligaciones de la Sub - Secretaría
General.
Desempeñar automáticamente las funciones de la Secretaría General en
los casos de ausencia, falta, impedimento o a solicitud de este.
Elaboración de reglamentos, las cuales serán aprobados por el consejo
directivo (junta de representantes).
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Elaborar, exponer y supervisar el plan de trabajo del consejo directivo
(Junta de representantes), para cada semestre académico.
Colaborar con el Secretario General en el cumplimiento de sus
funciones.
Supervisar y coordinar las labores de las diversas secretarías y de las
comisiones de trabajo que se nombre.
Cumplir con los demás que le confiere el presente estatuto y sus
reglamentos.
Artículo 18º.- Atribuciones y Obligaciones de la Secretaría de
organización.
Realizar, en coordinación con el Secretario General, las convocatorias
para sesión de Asamblea General de Estudiantes y la Junta Directiva
(Junta de representantes), en la forma indicado para cada caso por el
presente estatuto y sus reglamentos.
Velar por el funcionamiento, mantenimiento y adquisición de cualquier
patrimonio que ingrese a la escuela o parte del Centro de Estudiantes.
La vigilancia del uso adecuado de los materiales el Centro de
Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII).
Planificar, tutelar y abastecer de los materiales y personal, en las
diversas actividades académicas, cívicas, deportivas y culturales que
organice el Centro de Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII).
Cumplir con los demás que le confiere el presente estatuto y sus
reglamentos.
Artículo 19º.- Atribuciones y Obligaciones de la Secretaría de
Economía.
Recaudar y percibir los ingresos de los Estudiantes.
Presentar el balance y estado de ingresos y egresos en la Asamblea
Ordinaria. Así como elaborar el presupuesto del Centro de Estudiantes
de Ingeniería Industrial (CEII), la cuenta anual y los informes que se crea
necesario y los que les soliciten los órganos autorizados para ello y por
el presente estatuto.
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Elaborar reportes y diagnósticos sobre la administración económica de
la escuela, facultad y de la universidad en general, proponiendo medidas
ante posibles problemas que afecten el bienestar estudiantil dentro y
fuera de la facultad.
Hacer pagos con la autorización del presidente.
Llevar el inventario de los bienes de los estudiantes, así como la
contabilidad respectiva.
Cumplir con los demás que le confiere el presente estatuto y sus
reglamentos.
Artículo 20º.- Secretaría de asuntos Internos.
Presidir y decidir en las elecciones de los Delegados.
Recopilar la información y necesidades de cada curso.
Fiscalizar las elecciones de Delegados en los distintos cursos.
Redactar las actas correspondientes a las reuniones de la Junta de
delegados.
Entregar las fichas de asistencia a los delegados de los diferentes ciclos,
para cada curso correspondiente.
Cumplir con los demás que le confiere el presente estatuto y sus
reglamentos.
Artículo 21º.- Atribuciones y Obligaciones de la Secretaría de
asuntos Académicos, Investigación y Círculos de
Estudios.
Encargarse de mantener actualizado el registro de Círculos o
Agrupaciones Académicas, Investigación, culturales y otras de la
Escuela profesional de Ingeniería industrial.
Organizar eventos académicos.
Fomentar y fortalecer las agrupaciones o círculos académicos.
Realizar cursos de actualización: videos conferencias, ponencias y otros
tanto para alumnos como para docentes.
Velar por el respeto de los intereses académicos de los estudiantes.
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Organizar el reforzamiento de los diferentes cursos, con participación de
los mismos estudiantes de Ingeniería Industrial previa coordinación con
la Secretaria de Asuntos Internos.
Colaborar con los ingresantes.
Cumplir con los demás que le confiere el presente estatuto y sus
reglamentos.
Artículo 22º.- Atribuciones y Obligaciones de la Secretaría de Cultura
y Recreación.
Promover en los estudiantes el desarrollo artístico y cultural.
Organizar y coordinar actividades culturales que formen en el estudiante
una conciencia política y crítica frente a la realidad, coordinando con el
consejo directivo.
Divulgar en la universidad expresiones culturales de la sociedad
peruana.
Promover la realización de seminarios, conferencias, exposiciones,
debates, cine, recitales, teatro, etc.
Promover las relaciones con otras escuelas a través de eventos
culturales.
Cumplir con los demás que le confiere el presente estatuto y sus
reglamentos.
Artículo 23º.- Atribuciones y Obligaciones de la Secretaría de
Deportes.
Promover en los estudiantes el desarrollo de las disciplinas deportivas.
Representar a cada una de las disciplinas deportivas competitivas dentro
de la universidad, esta podrá ser delegada.
Gestionar la adquisición de materiales e indumentarias, para
implementar las diversas disciplinas. Dichos bienes ingresan al
patrimonio del Centro de estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII).
Organizar torneos inter - escuelas y/o internos en distintas disciplinas.
Cumplir con los demás que le confiere el presente estatuto y sus
reglamentos.
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Artículo 24º.- Atribuciones y Obligaciones de la Secretaría de Actas y
Archivos.
Llevar al día el libro de actas de Plenaria Estudiantil y de sesiones del
Consejo Directivo (Junta de Representantes), así como las Asistencias a
las Plenarias y el registro de nuevos estudiantes (ingresantes a la
carrera profesional de Ingeniería Industrial).
Controlar la asistencia de los miembros a las sesiones.
Cumplir con los demás que le confiere el presente estatuto y sus
reglamentos.
Artículo 25º.- Atribuciones y Obligaciones de la Secretaría de Prensa
y propaganda.
Publicar e informar en los diferentes medios de comunicación: TV, radio,
periódico, periódico mural, pizarras, pizarrines de aula y otros; las
convocatorias a plenaria estudiantil, eventos académicos e información
relevante para los estudiantes.
Ser el nexo entre el Centro de Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII)
y los alumnos, encargándose de publicar, informar y difundir las
actividades que se realicen, tanto por iniciativa de la universidad o de los
alumnos.
Mantener actualizada el periódico mural de la E.A.P Ingeniería Industrial.
Buscar auspicio para cada actividad del Centro de Estudiantes de
Ingeniería Industrial (CEII) que así lo requiera.
Planificar y distribuir todo documento, dentro o fuera de la Universidad,
bajo responsabilidad.
La elaboración del boletín informativo.
Cumplir con los demás que le confiere el presente estatuto y sus
reglamentos.
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Artículo 26º.- Atribuciones y Obligaciones de la Secretaría de
Defensa.
Fiscalizar el adecuado funcionamiento de los servicios que la Escuela y
Facultad presta a los estudiantes, así como promover otros que sean
necesarios.
Transmitir los problemas individuales o colectivos de los miembros de la
E.A.P Ingeniería Industrial a las autoridades para su inmediata solución.
Organizar y presidir los comités de lucha y de Defensa que sean
necesarios cuando las circunstancias los requieran.
Coordinar con los diferentes órganos gremiales estudiantiles ante
órganos de gobierno universitario para el óptimo cumplimiento de sus
funciones.
Cumplir con los demás que le confiere el presente estatuto y sus
reglamentos.
Artículo 27º.- Atribuciones y Obligaciones de la Secretaría de
Proyección social y Bienestar Estudiantil.
Desarrollar los planes y actividades de proyección social del Centro de
Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII).
Informar a los estudiantes de los diversos problemas sociales de nuestra
sociedad.
Organizar actividades y eventos destinados a lograr el desarrollo de la
conciencia del estudiantado frente a la realidad nacional.
Fiscalizar el comedor universitario previa autorización del Jefe de
Bienestar para informar en que condiciones se brinda este servicio para
su posterior mejora.
Cumplir con los demás que le confiere el presente estatuto y sus
reglamentos.
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Artículo 28º.- Atribuciones y Obligaciones de la Secretaría de
representación ante el Consejo de Facultad.
Tomar parte de las sesiones de Consejo de Facultad en representación
del Centro de Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII) llevando las
inquietudes y proyectos que estos puedan tener.
Tener voz en las sesiones de consejo de Facultad para poder opinar
sobre temas a desarrollarse en dichas sesiones y poder darlas a
conocer a todo el estudiantado.
Cumplir con los demás que le confiere el presente estatuto y sus
reglamentos.
Artículo 29º.- Atribuciones y Obligaciones de la Secretaría de
Fiscalización.
Hacer cumplir estrictamente el presente estatuto y las demás normas
que rigen al gremio.
Formular denuncias ante la Asamblea General sobre cualquier acuerdo,
acto, cumplimiento o alteración que viole el presente estatuto y sus
reglamentos.
Dar trámite a las denuncias que le haga llegar cualquier miembro del
gremio y realizar las investigaciones necesarias, con un plazo no mayor
de 15 días calendario, bajo su responsabilidad, siendo mayor este si es
que la junta lo considerase necesario y el caso lo ameritara.
Fiscalizar a la Junta Directiva (Junta de Representantes), los órganos y
representantes del gremio, solicitando a éstos los informes que
considere necesarios. Los órganos y los representantes están obligados
a responder en el plazo de 1 semana, bajo responsabilidad.
Cumplir con los demás que le confiere el presente estatuto y sus
reglamentos.
Artículo 30º.- Atribuciones y Obligaciones de la Secretaría de
Ecología y Medio ambiente.
Fomentar entre los estudiantes una conciencia a favor del medio
ambiente.
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Implementar en la universidad medidas que vayan a favor del medio
ambiente.
Coordinar actividades relacionadas con el aspecto ambiental y
ecológico.
Cumplir con los demás que le confiere el presente estatuto y sus
reglamentos.
Artículo 31º.- Atribuciones y Obligaciones de la Secretaría de
Relaciones Exteriores.
Dirigir las relaciones exteriores del CEII en coordinación con el
Secretario General y secretario de organización.
Buscar auspicio para cada actividad del CEII que así lo requiera.
Cumplir con los demás que le confiere el presente estatuto y sus
reglamentos.
Artículo 32º.- Atribuciones y Obligaciones de la Secretaría de
Biblioteca Auxiliar.
Se encargará de la organización, renovación y mantenimiento de los
activos, y el desarrollo de la biblioteca especializada. Para tal fin cuenta
con plena autonomía.
Cumplir con los demás que le confiere el presente estatuto y sus
reglamentos.
Artículo 33º.- El Consejo Directivo o Junta de Delegados.
La Junta de Delegados está formado por dos delegados de cada Ciclo (Aula),
un titular y un suplente, que serán elegidos por elección nominal (aula).
Todo delegado de curso, dentro de la Escuela Profesional de Ingeniería
Industrial, conforma la Junta de Delegados, ellos podrán proponer proyectos,
problemas y sugerencias o recomendaciones a la Junta de representantes. Los
Delegados de Aula son la organización básica del Centro de estudiantes.
a) Su mandato durará hasta que el Ciclo lo determine.
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b) Su renovación puede ser solicitada por cualquier compañero del ciclo o
por una de las autoridades miembros del Centro. En tal caso solo el
curso resolverá la revocación o no.
c) El Delegado deberá hacer constar en un acta la elección, que deberá
entregar al Consejo Directivo, para que esta a través de la Secretaría
General le entregue la credencial de Delegado.
d) El Consejo de Delegados será presidido por el Secretario de Asuntos
Internos o en su defecto por su Subsecretario.
Artículo 34º.- Funciones del delegado de aula
Realizar una labor de orientación y organización, difundiendo los
principios y cumpliendo los acuerdos del Centro de estudiantes tomados
por la Junta de Representantes.
Organizar a sus compañeros ante el atropello de sus derechos, así
como a informar regularmente de la situación del Aula que tiene a cargo
a la Junta de Representantes del Centro de estudiantes.
Participar activamente en la Asamblea de Delegados de Aula.
Artículo 35º.- Elección del delegado de aula
Para ser elegido Delegado de aula debe estar matriculado en el ciclo
académico. Siendo necesario haber contado con la mayor cantidad de votos en
elección interna dentro del aula, y con la participación de la mayor parte de
compañeros estudiantes. Los Delegados nombrados por docentes no son
reconocidos como tales.
Artículo 36º.- Vacancia de delegado
Los compañeros estudiantes que perciban un inadecuado desempeño de algún
Delegado de Aula, están facultados a removerlo del cargo informando de dicha
situación a la Junta Directiva (Junta de representantes).
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TITULO IV
FALTAS Y SANCIONES
Artículo 37º.- Faltas:
Constituyen faltas a los hechos cometidos por los miembros del Centro de
Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII) en contra de lo establecido en el
presente estatuto, sus reglamentos y decisiones adoptadas por el Centro de
Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII):
Malversar, defraudar y/o apropiarse ilícitamente de los bienes y/o fondos
del Centro de Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII).
El uso inadecuado de la representación del Centro de Estudiantes de
Ingeniería Industrial (CEII).
Poner en peligro la imagen institucional del Centro de Estudiantes de
Ingeniería Industrial (CEII) y la integridad moral de sus integrantes.
Actuar y tomar decisiones individualmente sin la discusión y la
aprobación de las mismas en el pleno.
Artículo 38º.- Sanciones:
Las sanciones son determinadas por los miembros del Centro de Estudiantes
de Ingeniería Industrial (CEII), y se establecen de acuerdo a la gravedad de la
falta:
Amonestación: Expresada verbalmente a causa de un acto que atenta
levemente contra el Centro de Estudiantes de Ingeniería Industrial
(CEII).
Suspensión: Producto de reiteradas amonestaciones o de una falta
grave. Consiste en separa por el lapso máximo de un mes a un alumno
de su condición de miembros del Centro de Estudiantes de Ingeniería
Industrial (CEII).
Expulsión: Sanción máxima derivada de una falta extremadamente
grave. Consiste en separar en forma definitiva del Centro de Estudiantes
de Ingeniería Industrial (CEII).
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Artículo 39º.- Procedimientos:
Para expulsar a cualquier miembro de la Junta de Representantes se requiere
una sesión de ésta, completa, requiriéndose de una aprobación mayor del 50%
de la junta de Representantes.
La expulsión se aplicará a los traidores, es decir, individuos que realizan trabajo
fraccional dentro del Centro de Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII), en
general, individuos que con su actividad perjudican el prestigio y la actividad del
Centro de Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII); y cuya falta sea
comprobada o sea explicita. La denuncia de las faltas arriba mencionadas
puede ser hecha por cualquier persona, sea miembro del entro de Estudiantes
de Ingeniería Industrial (CEII) o no. La denuncia debe ser presentada por
escrito o directamente a la Comisión de Control. Además la expulsión de
cualquier miembro de la Junta de Representantes será siempre pública. Se
puede considerar una falta a la junta de Represnetantes, las faltas reiteradas a
las reuniones establecidas por esta que no tengan una debida justificación
verbal y escrita.
Artículo 40º.- Descargos:
Todo miembro tiene derecho a defenderse, exigiendo que se le escuche, y
alegando en su favor cualquier clase de pruebas (testigos, documentos, etc.) El
miembro sobre el que haya recaído una medida disciplinaria podrá apelar de
ella a cualquier organismo superior, inclusive a la Asamblea General de
Estudiantes.
TITULO V
PATRIMONIO Y RECURSOS PROPIOS
Artículo 41º.- Artículo 33.- Base Económica:
La economía del Centro de Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII) se funda:
a) En los servicios que preste;
b) Los ingresos extraordinarios (fiestas, rifas, etc.); eventos académicos; y
c) Donaciones en bienes o dinero que realicen los miembros y/o terceros.
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Artículo 42º.- Administración
La Junta de Representantes es quien administra los recursos; la Secretaria de
Economía se encarga de supervisarlos; y los miembros, en general, tienen la
tarea de fomentar y hacer un uso adecuado de los servicios que el Centro de
Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII) preste.
Artículo 43º.- Bienes y patrimonio
Se define como patrimonio del Centro de Estudiantes de Ingeniería Industrial
(CEII) a todo bien tangible e intangible, adquirido, comprado, producido por los
miembros de la Junta Directiva (Junta de Representantes) o recibido en
donación.
Artículo 44º.- Destino de los Ingresos:
El destino de los ingresos, parcial o totalmente, recabados por la asociación
sólo se destinará al cumplimiento de sus objetivos y fines. El o los infractores
del presente artículo quedan solidariamente obligados a indemnizar con
intereses a la institución, sin perjuicio de la responsabilidad administrativa, civil
o penal a que hubiera lugar.
Artículo 45º.- Aprobación del Presente Estatuto:
En representación del Centro de Estudiantes de Ingeniería Industrial (CEII) la
junta de Representantes aprueba el presente estatuto, en la ciudad de Huacho.
Elaborado por la Junta de Representantes de Ingeniería Industrial.
Facultad de Ingeniería – UNJFSC – HUACHO.
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