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En esta guía tuve la oportunidad de aprender las diferentes técnicas comunicativas y las leyes y normas que protegen el respeto a la propiedad intelectual.
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Generalidades
Aprender propósito de la guía
Identificar la importancia de respetar los derechos de autor y la propiedad intelectual y las
implicaciones éticas de plagio académico, así como, para identificar las técnicas de
expresión oral y la producción y luego aplicarlas en un contexto.
Competencias específicas
Nuclear
Para construir un discurso en diferentes contextos socio-culturales de los seres humanos.
Transversal
Emprendedoras
Presentar y justificar una oportunidad de negocio de acuerdo a su contexto.
Comparte su conocimiento creando conciencia de grupo y pensamiento
empresarial por medio de acciones de liderazgo.
Tecnológica: manejar las tecnologías de información y las comunicaciones con base
a los requisitos contexto.
Investigativa
Recopilar y procesar información de fuentes confiables.
Proponer y argumentar de una manera crítica y reflexiva.
Socio-humanística: Actuar éticamente comprometido con los actos de manera
individual y en colectivo.
Básicas
Comunicativas
Utilizar el lenguaje como mediación en la producción de conocimiento de una manera
crítica y reflexiva.
Utilizar técnicas de expresión y producción oral y aplicarlas a su contexto.
Reconocer y emplear estrategias de lectura variadas y pertinentes con el texto y
propósito de la lectura.
Reconocer y emplear estrategias que le permitan consolidar su habilidad de escucha.
Reconocer el ensayo dentro de las principales formas textuales, identificando sus
características y su uso.
Desarrollar textos académicos utilizando la forma textual del ensayo argumentativo.
Expresar ideas en forma clara y adecuada, mediante el uso del lenguaje escrito.
Aplicar normas de presentación de trabajos escritos.
Comunicar información y conocimiento por medio del uso de tecnologías de
información y las comunicaciones.
Argumentar con juicio crítico sus opiniones utilizando herramientas tecnológicas,
interactuando con el respeto a la opinión de los demás participantes.
Resumen
Al final de la guía 3, el estudiante entienda lo que los derechos de autor y la propiedad
intelectual son y entender las implicaciones de plagio. De este modo, el alumno identificará
el estado de desarrollo de su / sus habilidades orales y llevará a cabo un plan de mejora. Por
medio del trabajo colaborativo, el estudiante presentará un ensayo argumentativo y
sostenerlo por el uso de herramientas digitales.
También en los grupos, el estudiante utilizará orales técnicas de expresión en un contexto
específico.
La revolución de la tecnología facilita el uso y la difusión de información a través de redes
de ordenadores, la información está disponible en cualquier lugar, en cualquier momento y
es esencial establecer mecanismos de control que permiten convertir la información en
conocimiento.
Técnicas de Expresión oral,
Las Técnicas de Expresión oral de sí asemejan al clima, en Cuanto una cola dependiendo
del Estado del clima de Podemos establecer Otros FACTORES.
Actividad 1.
1. Evidencias de su visita a las bases de datos de la Universidad y de la búsqueda en
Internet sobre el tema de derechos de autor y propiedad intelectual.
2. Bibliografía comentada sobre el tema de derechos de autor y propiedad intelectual y
reflexión crítica de sus hallazgos.
3. Mapa conceptual sobre derechos de autor, propiedad intelectual y plagio
académico.
Escrito con las implicaciones éticas del plagio académico.
Desarrollo Actividad 1.
Evidencias de su visita a las bases de datos de la Universidad y de la búsqueda en
Internet sobre el tema de derechos de autor y propiedad intelectual.
1.1 Evidencia mediante captura de pantalla levantamiento de información
relacionada con el tema derechos de autor bases de datos Universidad EAN e
internet y explicación de los procedimientos.
Lo primero que hay que realizar es la consulta en el ambiente de aprendizaje de la
plataforma virtual de la Universidad EAN.
Evidencia mediante captura de pantalla del ambiente de aprendizaje.
Una vez estando hay damos click en ver ambiente virtual.
Evidencia mendiante captura de pantalla.
Nos desplazamos al icono que esta con la figura de carpeta y nos va a desplegar las guías
de trabajo autónomo, es decir las tres guías.
Y escogemos la que vamos a trabajar en este caso la guía 03, mismo tiempo que nos deja
ver las actividades a desarrollar.
En este caso vamos por orden y escogemos la Actividad 1.
Todos estos procedimientos hay que realizarlos ya que nos apoya en el desarrollo de las
actividades propuestas en la guía.
Y nos orienta en como ingresar y las búsquedas en la biblioteca virtual de la Universidad
EAN.
Para hacer el recorrido por el tutorial le damos clic en siguiente.
En el siguiente paso podemos acceder a las indicaciones del Objeto 2. Buscar
información en la Web y el Objeto 4. Manejo de biblioteca y base de datos de la EAN.
De las cuales nos habla la guía
Una vez ingresemos al link, picamos en ingresar.
En el recuadro donde esta el indicador vamos a digitar nuestro usuario y la contraseña los
cuales fueron enviados previamente mediante correo electrónico por la Universidad EAN.
El cual normalmente es, las iniciales le nombre hasta la @ y la clave que nos enviaron.
Una vez ingresemos vamos a dar clic en el link de biblioteca.
Para ingresar a la base de datos de la Universidad EAN.
Y buscamos el link e-libro e ingresamos
Pero para poder iniciar sesión debemos loguearnos con el mismo usuario y creando una
cuenta personal ebrary.
Creación de la cuenta personal de ebrary.
Diligenciamos los datos del formulario, le damos aceptar los términos y finalmente
crear cuenta.
Luego se va mostrar un aviso de que su cuenta se ha creado.
Damos clic en continuar y se nos va a desplegar una ventana como esta donde muestra
el inicio de sesión con su nombre de usuario.
Una vez hallamos ingresado con nuestro usuario ya podemos buscar y consultar y
realizar levantamiento de información delos temas que nos interesan.
Búsqueda.
1.2 Bibliografía comentada sobre el tema de derechos de autor y propiedad intelectual
y reflexión crítica de sus hallazgos.
Derechos de autor y libertad de expresión Autor: Barrera-Agarwal, María Helena
Este libro nos muestra como desde los tiempos históricos se ha venido luchando por la
protección de los derechos de autor y como ha sido su evolución a través de los días para
beneficiar estos derechos y proteger sus obras y darles un valor económico; es por esto que
se han creado leyes y normas que se aplican de acuerdo a cada país.
Manual de derechos de autor
Autor: Taleva Salvat, Orlando
Está enfocado en la protección intelectual y en la industria direcciona su protección en
obras literarias, artísticas, científicas, descubrimientos científicos, creación de modelos
industriales y el registro de marcas.
Se basa en la defensa y el respeto por propiedad intelectual.
La protección de los derechos de autor en las instituciones públicas: el caso del tribunal supremo de elecciones. Revista Bibliotecas. Vol. 26, No. 1, 2008
Autor: Miranda González, Sonia
Este libro es más específico ya que trata el tema desde el punto de vista empleado y
empresa, el autor, en este caso el empleado quien trabaja en una empresa del estado es autor
de una obra equis en este caso la ley otorga los derechos a la empresa en la cual trabaja,
amparándose en el derecho patrimonial.
El Derecho de Autor en la Era Digital Derechos morales y patrimoniales en el derecho de autor
Autor: Ulises Hernandez Pino
Grupo de Investigación GEC Red de Investigación Educativa - ieRed
Universidad del Cauca v2. 2012-05-28
En Colombia la legislación sobre Derecho de Autor protege exclusivamente la forma o
medio en el cual las ideas del autor son descritas, explicadas o ilustradas, pero no protege
las ideas, contenidos conceptuales, ideológicos o técnicos. El Derecho de Autor comprende
los Derechos Morales y los Derechos Patrimoniales.
Los Derechos Morales en el Derecho de Autor consisten en el reconocimiento de la
paternidad del autor sobre la obra realizada y el respeto a la integridad de la misma. Este
derecho otorgan al autor facultades para:
Exigir que su nombre y el título de la obra sean mencionados cada vez que ésta se
utilice, publique o divulgue.
Oponerse a las transformaciones o adaptaciones de la misma si esto afecta su buen
nombre o reputación.
Dejar la obra inédita o publicarla en forma anónima o bajo un seudónimo.
Modificar la obra en cualquier tiempo y retirarla de la circulación, previo el pago de
las indemnizaciones a que haya lugar.
Estos derechos aparecen en el momento mismo de la creación de la obra, sin
necesidad de registro y son del autor de manera personal e irrenunciable, por lo que
no pueden enajenarse, ni embargarse, no prescriben y son de duración ilimitada.
Por su parte, los Derechos Patrimoniales en el Derecho de Autor, consisten en la facultad
de aprovecharse y de disponer económicamente de la obra por cualquier medio, por tanto se
puede renunciar a ellos o embargarse, son prescriptibles y expropiables.
Las distintas formas de utilización de una obra son independientes entre sí, tales como la:
copia, reproducción, presentación pública, traducción, adaptación, etc. Sobre estas formas
de utilización, el autor o titular de los derechos patrimoniales puede ceder (entregar los
derechos a otra persona) o autorizar su uso (dar un permiso pero sin ceder los derechos)
para cada una de ellas y considerando límites de tiempo, cobertura y retribución económica.
Para ceder los derechos se requiere la firma de un documento (público o privado) entre las
partes y del registro de la obra ante la Dirección Nacional de Derechos de Autor. Para
autorizar unos determinados usos, sólo se requiere explicitar las condiciones en una licencia
o texto con la voluntad del autor o titular de los derechos patrimoniales.
El Derecho de Autor en la Era Digital Propiedad Intelectual en la Legislación Colombiana Colombia, Congreso de la República. (2011, Junio 16). Ley 1450 de 2011: Por la cual
se expide el Plan Nacional de Desarrollo, 2010-2014. Bogotá: Diario oficial.
Consultado en abril de 2012, de http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/
La Propiedad Intelectual es la denominación que recibe la protección legal sobre toda
creación del talento o del ingenio humano, dentro del ámbito científico, literario, artístico,
industrial o comercial.
La protección de la propiedad intelectual es de tipo jurídica, sin embargo las leyes que
existen no se realiza sobre esta denominación conceptual, sino sobre dos campos muy bien
diferenciados:
El Derecho de Autor y la Propiedad Industrial.
La protección que la ley colombiana otorga al Derecho de Autor se realiza sobre todas las
formas en que se puede expresar las ideas, no requiere ningún registro y perdura durante
toda la vida del autor, más 80 años después de su muerte, después de lo cual pasa a ser de
dominio público. El registro de la obra ante la Dirección Nacional del Derecho de Autor
sólo tiene como finalidad brindar mayor seguridad a los titulares del derecho.
En el caso del Software, la legislación colombiana lo asimila a la escritura de una obra
literaria, permitiendo que el código fuente de un programa esté cubierto por la ley de
Derechos de Autor.
La Propiedad Industrial por su parte, es la protección que se ejerce sobre las ideas que
tienen aplicación en cualquier actividad del sector productivo o de servicios. En Colombia,
para oficializar esta protección se requiere un registro formal en la Superintendencia de
Industria y Comercio y sólo es válido durante algunos años para asegurar el monopolio de
su explotación económica.
La diferencia fundamental entre los Derechos de Autor y la Propiedad Industrial, es que
mientras los primeros protegen el medio en el que va la creación y el ingenio artístico,
durante toda la vida del autor más un tiempo adicional (80 años), el segundo protege la idea
pero sólo en el caso en que tenga una aplicación industrial, y se realiza por un tiempo
limitado para asegurar su explotación económica (alrededor de 20 años). En ambos casos,
después de pasada la protección, las creaciones pasan a ser de Dominio Público, lo que
significa que cualquier persona o empresa puede utilizarlas sin permiso de nadie y sin tener
que pagar por ello, pero siempre reconociendo la autoría.
Limitaciones y Excepciones del Derecho de Autor
El Derecho de Autor no solo es un mecanismo para proteger los derechos de las personas
que hacen creaciones artísticas, también establece los deberes para que la sociedad se
beneficie de estas creaciones, estableciendo un balance entre los beneficios del individuo y
de la sociedad. Por lo tanto el Derecho de Autor tiene unas Limitaciones y Excepciones en
procura de asegurar este equilibrio. En Colombia, estas limitaciones y excepciones, son:
Es permitido citar a un autor transcribiendo los pasajes necesarios, siempre que éstos no
sean tantos y seguidos que puedan considerarse como una reproducción sustancial de la
obra.
Es permitido utilizar obras literarias o artísticas o parte de ellas, a título de ilustración en
obras destinadas a la enseñanza, o comunicar con propósitos de enseñanza la obra sin fines
de lucro, con la obligación de mencionar el nombre del autor y el título de las obras así
utilizadas.
Pueden ser reproducidos cualquier artículo, fotografía ilustración y comentario relativo a
acontecimientos de actualidad, publicados por la prensa o difundidos por la radio o la
televisión, si ello no hubiere sido expresamente prohibido.
Es lícita la reproducción, por cualquier medio, de una obra literaria o científica en un solo
ejemplar, para su uso privado y sin fines de lucro siempre y cuando se haya obtenido de
forma licita. Esto no aplica para el software.
Será permitido reproducir por medio de pinturas, dibujos, fotografías o películas
cinematográficas, las obras que estén colocadas de modo permanente en vías públicas,
calles o plazas, y distribuir y comunicar públicamente dichas reproducciones u obras. En lo
que se refiere a las obras de arquitectura esta disposición solo es aplicable a su aspecto
exterior.
Las conferencias o lecciones dictadas en establecimiento de enseñanza pueden ser anotadas
y recogidas libremente por los estudiantes a quienes está dirigido, pero es prohibida su
publicación o reproducción integral o parcial, sin la autorización escrita de quien las
pronunció.
Las causas del plagio académico entre el alumnado universitario según el profesorado J Sureda, R Comas, M Morey - Revista Iberoamericana de …, 2009 - dialnet.unirioja.es
En este artículo se describen y analizan las causas a las que el profesorado
Universitario atribuye una de las formas de deshonestidad académica más recurrente y
extendida entre el alumnado: el plagio a la hora de realizar trabajos.
EN SÍNTESIS
Plagio académico, ¿robo y fraude? Información tecnológica versión On-line ISSN 0718-0764
Inf. tecnol. v.19 n.4 La Serena 2008
http://dx.doi.org/10.4067/S0718-07642008000400001
El llamado Plagio Académico es una de las prácticas anti-éticas que realizan los
investigadores en sus publicaciones con cierta frecuencia. Muchas veces la falta es
cometida por ignorancia pero, en otras los hechos tienen claras evidencias de delitos.
Parece por lo tanto importante exponer y aclarar algunas ideas en torno a este tema, para
muchos desconocido. La Real Academia Española define plagio como "acción y efecto de
plagiar", indicando que plagiar es "copiar en lo sustancial obras ajenas, dándolas como
propias". Queda claro que el plagio es un descarado robo, independiente de las palabras que
usemos para adornar la definición. En la academia, plagio tiene el mismo significado,
aunque se puede dar una definición más exacta como la que hace Hexham de la Univ. de
Calgary en Canadá (http://c.faculty.umkc.edu/cowande/plague.htm): "Plagio es el acto de
intención deliberada de engañar a un lector a través de la apropiación y representación
como propias de las palabras y trabajos de otros". Hexham es incluso más estricto y
refuerza lo expresado más arriba, definiendo al plagiador como un ladrón de poca monta,
un ladronzuelo (a petty thief, a pilferer).
Los autores que cometen plagio rara vez copian un trabajo entero, aunque hay algunos
casos en la literatura. Había un prolífico autor que publicaba a una velocidad bastante
mayor al promedio y en los más diversos temas. Esto llamó la atención de algunos editores
que indagaron en el asunto para descubrir la trampa. El autor tomaba artículos ya ublicados
por otros investigadores en idiomas menos conocidos internacionalmente (urdú, mongol,
birmano, nepalés, tibetano, etc.), los traducía o mandaba a traducir al idioma inglés y los
enviaba para publicación a prestigiadas revistas. Se cuenta otro caso de un científico indio
que publicó un trabajo sobre bioquímica en una revista de la India. Un tiempo después
apareció un trabajo de un autor europeo sobre el mismo trabajo, pero realizado con otro
microbio; el resto era lo mismo. Sin embargo, no había ni una sola referencia al trabajo
anterior del autor de la India. El autor indio se contactó con el europeo para pedir una
explicación de lo sucedido. El plagiador envió sólo una corta nota diciendo: "disfruté
mucho leyendo su trabajo".
El auto-plagio es también un aspecto anti-ético que los autores deben cuidar de no cometer.
Aunque parezca una contradicción el auto-plagio es un robo similar al que hace una
persona que se roba así mismo para cobrar el seguro. La duplicidad de publicaciones es
claramente un auto-plagio, ya que la intención es abultar el currículo de publicaciones con
fines de promoción y mal entendido prestigio del investigador. Es lícito mostrar diversos
aspectos de una misma investigación en distintas revistas (y que usualmente van dirigidas a
distintos lectores), pero no se puede considerar lícito publicar idénticos artículos en más de
una revista. El auto-plagio no debe ser confundido con el reciclaje normal del trabajo
propio. Se espera que un investigador recién doctorado presente parte de su tesis en una o
varias publicaciones y que incluso continúe en esa línea de trabajo. Pero se espera que cada
nuevo trabajo aporte algo novedoso al conocimiento y no sea solo la repetición de pasajes
de la tesis doctoral. Se debe dejar en claro también que los trabajos impresos en Actas de
Congresos (aunque tengan el código ISBN), y otros documentos impresos o electrónicos de
eventos similares, no constituyen publicación en el contexto internacional. Por lo tanto, no
se atenta contra la ética cuando se envía para publicación trabajos que fueron presentados
en algún congreso. Lo importante de recordar es que el trabajo debe ser re-escrito para una
audiencia más amplia que la del congreso y que se deben seguir las normas, usualmente
más estrictas, de las revistas internacionales. En nuestro trabajo editorial nos hemos
enfrentado a varias situaciones de plagio que han sido descubiertas por los evaluadores o
por el comité editorial. En todos los casos hemos tomado debida cuenta de ello discutiendo
con el autor o autora el alcance del supuesto plagio, y cuando ha sido pertinente el trabajo
no ha sido publicado.
El Editor
Información Tecnológica
REFLEXIONES
En este mundo global y de la era digital, debemos ser muy cuidadosos con la información
que consultamos en internet, puesto que con esta herramienta tecnología vemos como se
vulnera el derecho de autor y propiedad intelectual.
SEMANA 1
En esta etapa de trabajo me dedique a buscar sitios confiables en internet y a visitar la base
de datos ebrary de la universidad para consultar información y leer bibliografía para el
desarrollo de la actividad 1 de la guía 3, y poder tener un concepto claro del tema derechos
de autor y propiedad intelectual.
SEMANA 2
Una vez terminado el punto1de la actividad 1 de la guía, proseguí con el desarrollo de la
bibliografía comentada que propone el punto 2, actividad que fue más sencilla, ya que
previamente había realizado la búsqueda en la base de datos de la universidad ebrary e
internet por lo que realice las lecturas y les di mi punto de vista.
SEMANA 4
El trabajo logrado en esta semana ha sido muy enriquecedor, por el simple hecho de que he
tenido la autonomía para realizar mis trabajos bajo mi propio criterio y les he podido dar un
enfoque muy personal lo cual es importante para el avance del proceso de aprendizaje.
SEMANA 5
El tema de derecho de autor y propiedad intelectual es supremamente extenso, y del cual
existe mucha jurisprudencia que demanda de tiempo para poder adentrarse y hacer una
crítica objetiva, pero de acuerdo a las lecturas realizadas me pude dar cuenta que es un
temas que se debe abordar profundamente porque es de gran importancia en el aprendizaje
autónomo y en otros campos ya que allí se nos explica cómo debemos citar a un autor
transcribiendo los pasajes necesarios, siempre que éstos no sean tantos y seguidos que
puedan considerarse como una reproducción sustancial de la obra.
Es permitido utilizar obras literarias o artísticas o parte de ellas, a título de ilustración en
obras destinadas a la enseñanza, o comunicar con propósitos de enseñanza la obra sin fines
de lucro, con la obligación de mencionar el nombre del autor y el título de las obras así
utilizadas.
Pueden ser reproducidos cualquier artículo, fotografía ilustración y comentario relativo a
acontecimientos de actualidad, publicados por la prensa o difundidos por la radio o la
televisión, si ello no hubiere sido expresamente prohibido.
Es lícita la reproducción, por cualquier medio, de una obra literaria o científica en un solo
ejemplar, para su uso privado y sin fines de lucro siempre y cuando se haya obtenido de
forma licita. Esto no aplica para el software.
Será permitido reproducir por medio de pinturas, dibujos, fotografías o películas
cinematográficas, las obras que estén colocadas de modo permanente en vías públicas,
calles o plazas, y distribuir y comunicar públicamente dichas reproducciones u obras. En lo
que se refiere a las obras de arquitectura esta disposición solo es aplicable a su aspecto
exterior.
Las conferencias o lecciones dictadas en establecimiento de enseñanza pueden ser anotadas
y recogidas libremente por los estudiantes a quienes está dirigido, pero es prohibida su
publicación o reproducción integral o parcial, sin la autorización escrita de quien las
pronunció.
SEMANA 6
Es importante reconocer que las leyes de nuestro país en este tema se han puesto en la tarea
de crear mecanismos que protejan no solo el derecho de las personas que hace creaciones
artísticas sino que también establece los deberes para que la sociedad se beneficie de estas
creaciones, adoptando un balance entre los beneficios del individuo y de la sociedad
estableciendo limitaciones y excepciones.
1.3 Mapa conceptual sobre los derechos de autor, propiedad intelectual y plagio académico
LEY 23 DE 1982
(enero 28)
sobre derechos de autor
El Congreso de Colombia
Las sanciones penales previstas en la nueva ley han mejorado el
esquema de proteccion a los derechos de autorcomo respuesta a las frecuentes
conductas de "pirateria" e infraccion a los derechos de autor. La legislacion ha vuelto
mas practico, por otra parte, el denominado "regimen de sanciones civiles" (danos y
perjuicios mas aplicacion de una pena civil). En efecto, si alguien reproduce un disco,
una pelicula o un programa de computacion sin autorizacion de los titulares de la
propiedad intelectual, ese hecho no solo genera la obligacion de reparar el dano
causado por un uso no autorizado ni cobrado, sino tambien pagar una multa en forma
acumulativa, de hasta diez veces el valor del producto legitimo. Este regimen actua
entonces como una forma de prevencion de la infraccion.
El Convenio de Berna establece que el ejercicio de los derechos de autor no
requiere de ninguna formalidad. Determina que cuando el autor crea y exterioriza su
obra se lo protege desde "ese momento". Desde que el autorda nacimiento a la obra
tiene el derecho moral a que su nombre este identificado con la misma; de igual forma
tiene el derecho economico o de explotacion economica sobre dicha obra o creacion asi
como el de autorizar las utilizaciones que se realicen sobre la misma. El autor puede
ceder sus derechos patrimoniales sobre la obra, o sea la explotacion de la misma en
sus diversas formas. En este caso, la unica forma valida, salvo las presunciones
establecidas en la ley, para transferir sus derechos debe realizarse por escrito. Por el
contrario, tratandose de derechos morales, los cuales conllevan la inalienabilidad e
imprescriptibilidad, el autor nunca pierde su derecho depaternidad o integridad sobre
la obra.
La nueva legislacion uruguaya adopto el plazo minimo aceptado por la
Convencion de Berna porque una vez transcurrido el tiempo previsto la creacion
intelectual pasa a ser de dominio publico. Esto significa que el Estado uruguayo
comienza a percibir los derechos generados por la explotacion de las obras cuyos
autores fallecieron hace mas de cincuenta anos. El arancel que cobra el dominio
publico es igual al que cobraron los herederos delautor. Esos fondos se destinan a
diversas instituciones vinculadas con el quehacer artistico como, por ejemplo, el
Fondo Nacional de la Musica, que esta encargado de promover el desarrollo de la
creatividad en el ambito musical y la Comision del Fondo Nacional del Teatro, cuyos
cometidos son similares en el ambito teatral. Actualmente, el sector de las artes
plasticas esta procurando que los fondos que se generen por la utilizacion de obras del
dominio publico, como es el caso de un Figari, se destinen a promover y formar
nuevos artistas plasticos.
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Original Title: A poco de promulgarse la Ley de Derechos de Autor ya hay denuncias
por pirateria
Luego de transcurrido mas de un ano de la promulgacion de la Ley de Derechos de
Autor, ECONOMIA & MERCADO dialogo con el Dr. Eduardo de Freitas, un
experto en la materia que es subdirector general de Agadu, e integrante de Software
Legal, con el fin de conocer los efectos que la nueva normativa ha tenido en el
ambito dela proteccion de los derechos de los creadores. A continuacion se publica un
resumen de la entrevista.
Como se ha reflejado la nueva Ley de Derechos de Autor en la proteccion de la
propiedad intelectual?
Nuestro pais, luego de haber aprobado la Convencion de Berna
(Acta de Paris de 1971) que constituye la norma fundamental en materia de derechos
de autor a traves de la Ley N 14.910 en 1979 y de haber suscrito el Acuerdo sobre
Aspectos de los Derechos de la Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio
(Trips) en el marco de la OMC, tenia que adecuar la legislacion nacional a las normas
contenidas en dichos textos internacionales. A pesarde que las obligaciones asumidas
debian cumplirse antes del ano 2000, su instrumentacion recien tuvo lugar el
10de enero de 2003 cuando fue promulgada la Ley N 17.616, que modifica la Ley de
Derechos de Autor de 1937.
Cuales son las innovaciones mas relevantes?
Hay varios aspectos de la nueva normativa que merecen destacarse pues actualizan la
legislacion uruguaya con relacion a las tecnologias de la informacion asi como la
adecuan a la normativa internacional. La nueva ley contempla el tratamiento y la
regulacion de la agenda digital e Internet al estilo de los Tratados de la Ompi
(Organizacion Mundial de la Propiedad Intelectual) de 1996, pese a que ellos no
cuentan con aprobacion legislativa hasta la fecha.
Por otra parte, si bien la proteccion juridica de los programas de computacion ya se
habia consagrado a traves dela doctrina, jurisprudencia y actos administrativos en
nuestro pais, la nueva normativa preve en forma expresa dicha categoria de obras,
incluyendo a las bases de datos. Estas dos obras ya habian sido recogidas en la Ley N
16.671 de 1994 que aprobo el Acuerdo Trips resultante de la Ronda Uruguay del Gatt.
Otro aspecto relevante ha sido el establecimiento a texto expreso de los
plazos de proteccion de los derechos de autor y los derechos conexos (derechos de los
artistas, productores de fonogramas y organismos deradiodifusion). El plazo de los
autores ha sido elevado a cincuenta anos post mortem, adecuandolo al
Convenio deBerna, y el de los derechos conexos ha sido fijado tambien en cincuenta
anos en base a las consideraciones que fija la ley.
Se ha regulado, ademas, el funcionamiento de las entidades de gestion colectiva, como
Agadu, y consagrado un regimen interesante de sanciones civiles y penales, tendientes
a prevenir las infracciones que usualmente afectan a los autores y demas
titulares de bienes intelectuales.
En resumen, el sector de produccion de bienes intelectuales ha podido comprobar por
si mismo que la nueva legislacion, cuya aprobacion conto con el voto de todos los
sectores politicos, se adecua a los patrones vigentes en los paises mas avanzados.
Se esta aplicando esta normativa en su totalidad?
La ley se viene aplicando a todo nivel. No obstante, tambien resulta necesario que se
apruebe el decreto reglamentario de la misma. Hace mas de un ano que se esta a la
espera de que el Poder Ejecutivo reglamente algunos de sus articulos que facilitan la
proteccion de los derechos de los creadores. Por ejemplo, si hoy se quiere oficializar
una nueva entidad de gestion colectiva, como la que se ha formado para defender
los derechosreprograficos de los autores de libros y editores, se requiere una
autorizacion expresa para su funcionamiento, el cumplimiento de ciertos actos
formales y el otorgamiento de ciertas facultades para la defensa de los autores que
deberan especificarse en el decreto reglamentario. Tambien es necesario aclarar el
alcance de la terminologia empleada en el texto de la ley para facilitar su aplicacion
dado el caracter tecnico de la misma.
PiraterIa
Se aplica el regimen de sanciones previsto en la nueva legislacion aunque no se haya
aprobado el decreto reglamentario?
Si. Existen varios procesos judiciales en camino donde se recogen las normas que
surgen del Convenio de Berna yde la nueva ley, tanto se hable de responsabilidad civil
como penal. A modo de ejemplo, poco despues desancionada la ley, existieron varios
procesamientos por "pirateria" de obras intelectuales.
Considera que las nuevas disposiciones legales permiten combatir la "pirateria" con
mayor eficacia?
Las sanciones penales previstas en la nueva ley han mejorado el
esquema de proteccion a los derechos de autorcomo respuesta a las frecuentes
conductas de "pirateria" e infraccion a los derechos de autor. La legislacion ha vuelto
mas practico, por otra parte, el denominado "regimen de sanciones civiles" (danos y
perjuicios mas aplicacion de una pena civil). En efecto, si alguien reproduce un disco,
una pelicula o un programa de computacion sin autorizacion de los titulares de la
propiedad intelectual, ese hecho no solo genera la obligacion de reparar el dano
causado por un uso no autorizado ni cobrado, sino tambien pagar una multa en forma
acumulativa, de hasta diez veces el valor del producto legitimo. Este regimen actua
entonces como una forma de prevencion de la infraccion.
La vieja Ley de Derechos de Autor de 1937, modificada por la Ley del Libro de 1987,
habia impuesto una sancionde tres meses de prision a tres anos de penitenciaria a los
infractores; pero la normativa actual ha ampliado las figuras delictivas teniendo en
cuenta las nuevas formas de acceso a las obras. De este modo se contemplan
irregularidades que antes no alcanzaba el texto legal.
Registro
Resulta beneficiosa la norma que transformo en un acto facultativo la
inscripcion de una obra original en el Registro de Derechos de Autor?
El Convenio de Berna establece que el ejercicio de los derechos de autor no
requiere de ninguna formalidad. Determina que cuando el autor crea y exterioriza su
obra se lo protege desde "ese momento". Desde que el autorda nacimiento a la obra
tiene el derecho moral a que su nombre este identificado con la misma; de igual forma
tiene el derecho economico o de explotacion economica sobre dicha obra o creacion asi
como el de autorizar las utilizaciones que se realicen sobre la misma. El autor puede
ceder sus derechos patrimoniales sobre la obra, o sea la explotacion de la misma en
sus diversas formas. En este caso, la unica forma valida, salvo las presunciones
establecidas en la ley, para transferir sus derechos debe realizarse por escrito. Por el
contrario, tratandose de derechos morales, los cuales conllevan la inalienabilidad e
imprescriptibilidad, el autor nunca pierde su derecho depaternidad o integridad sobre
la obra.
Aunque el registro de una creacion intelectual ya no es obligatorio porque basta con
ser el autor para estar protegido por la ley, en la practica muchos autores suelen
inscribir las obras en el Registro de la Propiedad Intelectual a efectos de tener una
prueba mayor de su titularidad.
Plazo de cincuenta anos post mortem
A que obedece la extension del plazo de proteccion de la propiedad
intelectual de cuarenta a cincuenta anos despues de la muerte del autor cuando ese
periodo es mas prolongado en otros paises?
Desde el momento en que Uruguay aprobo el Convenio de Berna, quedo consagrada
la proteccion de los derechos de autor de los extranjeros por un plazo de cincuenta
anos post mortem. No era justo entonces que las obras delos autores nacionales
tuviesen diez anos menos de proteccion en su propio pais. El plazo de proteccion es
aun mayor en los paises desarrollados porque los editores y productores
tratan de asegurar que la inversion que hacen en una obra sea redituable; de alli la
postura de extender los plazos.
La nueva legislacion uruguaya adopto el plazo minimo aceptado por la
Convencion de Berna porque una vez transcurrido el tiempo previsto la creacion
intelectual pasa a ser de dominio publico. Esto significa que el Estado uruguayo
comienza a percibir los derechos generados por la explotacion de las obras cuyos
autores fallecieron hace mas de cincuenta anos. El arancel que cobra el dominio
publico es igual al que cobraron los herederos delautor. Esos fondos se destinan a
diversas instituciones vinculadas con el quehacer artistico como, por ejemplo, el
Fondo Nacional de la Musica, que esta encargado de promover el desarrollo de la
creatividad en el ambito musical y la Comision del Fondo Nacional del Teatro, cuyos
cometidos son similares en el ambito teatral. Actualmente, el sector de las artes
plasticas esta procurando que los fondos que se generen por la utilizacion de obras del
dominio publico, como es el caso de un Figari, se destinen a promover y formar
nuevos artistas plasticos.
Actividad 2.
Encuesta de diagnóstico del estado de desarrollo de las habilidades orales y el plan
de mejora (individual).
Esquema de representación con el procedimiento a seguir de las diferentes técnicas
de expresión oral (en grupo).
Evidencia del envío del mensaje con el grupo y tema a presentar en el encuentro
final (en grupo).
Documento con el modo de trabajo colaborativo del grupo (en grupo).
Reflexión y autorregulación semanal. Link de enlace al e-portafolio en el
documento de entrega.
Actividad 3.
Versión final del ensayo (grupo).
Video con la sustentación del trabajo colaborativo publicado en el e-portafolio
(individual).
Actividad de aprendizaje 1. Las implicaciones éticas del plagio académico.
De manera individual realice los siguientes pasos que le permitirán comprender la
importancia del respeto a los derechos de autor:
1.1 Realice un levantamiento de información relacionada con el tema derechos de
autor y propiedad intelectual, hágalo visitando las bases de datos de la Universidad
y haciendo búsqueda en Internet. Deje evidencia de su visita a la biblioteca y de la
búsqueda en Internet mediante captura de pantalla y explicación de procedimientos.
Tenga en cuenta las indicaciones del Objeto 2. Buscar información en la Web y el
Objeto 4. Manejo de biblioteca y base de datos de la EAN.
1.2 Con la información obtenida en el punto anterior, presente una bibliografía
comentada, identificando los datos del libro, ensayo, artículo o informe, usando
normas APA, luego, realice una reflexión crítica en donde narre de forma muy
breve los aspectos de la obra, su calidad científica y aporte a su interés profesional.
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Guía 3. Las competencias comunicativas y el respeto a la propiedad intelectual
1.3 A partir de la bibliografía comentada identificada en el punto anterior, realice un
mapa conceptual utilizando la herramienta cmap tools que represente los conceptos
de derechos de autor, propiedad intelectual y plagio académico.
1.4 Teniendo en cuenta lo leído, realice un escrito de mínimo dos y máximo cinco
párrafos de extensión, donde explique las implicaciones éticas que tiene el cometer
plagio académico. Para el acto de escribir, tenga en cuenta la lectura del capítulo IV
del libro: Sierra, G., y Vanegas, N. (2005). Construcción del discurso, hacia la
formación de un profesional competente en el uso del lenguaje (3a edición).
Bogotá, Colombia: Universidad EAN.
Actividad 2. Los procesos de expresión y producción oral frente a un
profesional competente.
2.1 De manera individual, realice la encuesta diagnostica para identificar el estado
de desarrollo de las habilidades orales que encontrará en la página 151 del libro:
Sierra, G., y Vanegas, N. (2005). Construcción del discurso, hacia la formación de
un profesional competente en el uso del lenguaje (3a edición). Bogotá, Colombia:
Universidad EAN, teniendo en cuenta sus respuestas, elabore un plan a partir de
estrategias que le permita mejorar sus habilidades orales. Para el desarrollo del plan,
revise el capítulo III del mismo libro. Adicione sus respuestas al eportafolio y al
documento de entrega.
En equipo, utilizando la estrategia de trabajo colaborativo realice el siguiente
procedimiento que debe presentar en su e-portafolio y también en el
documento de entrega.
2.2 Teniendo en cuenta la lectura realizada en el punto anterior y haciendo además
un levantamiento de información en Internet, describan y presenten el
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Guía 3. Las competencias comunicativas y el respeto a la propiedad intelectual
procedimiento a seguir mediante un esquema de representación de las siguientes
técnicas de expresión oral: conferencia, panel, mesa redonda, foro y simposio.
2.3 Seleccionen uno de los siguientes temas vinculados a una de las técnicas de
expresión oral, preparen una exposición utilizando herramientas de presentación en
la Web, para presentarla en la fecha del encuentro final. Si el estudiante no puede
asistir porque vive fuera del país o de la ciudad, deberá hacer la grabación de su
presentación mediante video que sus compañeros presentarán.
Para la exposición, tenga en cuenta los Objetos transversales- La expresión oral
http://univirtual.ean.edu.co/publico/Objetos_aprendizaje/Plantilla/)
2.4 El coordinador del grupo enviará por mensajería interna a su tutor la
información de los integrantes y el tema elegido, se dará prioridad al tema de
acuerdo al orden de llegada de los mensajes con los grupos conformados. Deben
dejar evidencia del envío del mensaje.
Técnicas de expresión oral
Grupo
Técnica de expresión oral a
utilizar
Tema para la presentación
1 Conferencia Las competencias
comunicativas en el mundo
empresarial
2 Debate Dirigido El tratamiento de aspectos
como el medio ambiente,
la ética y la
responsabilidad social en
los profesionales de hoy.
3 Foro La importancia de las
competencias
comunicativas en la aldea
global
4 Mesa Redonda Las competencias
transversales en la
formación
largo del trabajo en el bloque de estudio y su proceso de autorregulación, autoevaluación y
reflexión del aprendizaje por medio del desarrollo de un video que publicará en su e-
portafolio.
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Guía 3. Las competencias comunicativas y el respeto a la propiedad intelectual
El video tendrá una duración de máximo cinco minutos y será presentado en el encuentro
final presencial, si el estudiante no puede asistir porque vive fuera del país o de la ciudad,
sus compañeros lo presentarán al resto del grupo.
3.3 Recuerde adicionar el enlace a su e-portafolio con los productos de esta actividad al
documento de entrega final.
Modo de envió de la actividad
El desarrollo de las tres actividades de la guía 3 se envía por el botón de actividades del
aula virtual en un único documento preferiblemente en formato Word, tenga en cuenta los
criterios de calidad presentes en esta guía. No se revisarán trabajos enviados por otros
medios.
Rúbrica de la guía Al finalizar las actividades, ubíquela y diligénciela en el ambiente
virtual de aprendizaje.
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