Mis cuentas rif 2014 colima

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Material teórico - práctico mis cuentas en el RIF 2014. Si les gusta, den like para seguir subiendo más información.

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Mis cuentas Régimen de incorporación fiscal

Colegio de contadores públicos de Colima, 14 de julio 2014

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Material elaborado por CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

CV del expositor

• CPC y MI Juan Gabriel Muñoz López

• Socio Director GM Consultoría Tributaria

• CPC por el IMCP en julio 2005, Máster en impuestos por la U de G en 2002, ex presidente comisión de cursos CCPG en 2011, Miembro de la Comisión de apoyo al ejercicio independiente desde 2007, Catedrático de la materia de impuestos en Licenciatura en la U de O y a nivel posgrado en la UNIVA, Socio de Anafinet, AC, expositor de temas fiscales a nivel nacional, software administrativo contable de Contpaq I, Excel para contadores, escritor de artículos fiscales en www.elconta.com, podcaster y video conferencista.

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Créditos adicionales

• Agradezco al CP y MI Octavio Ávila Chaurand vicepresidente nacional de ANAFINET, AC, su valiosa aportación al tema.

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Antecedentes

Propuesta de Reforma Fiscal 2014

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A quienes va dirigido

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• Dirigido a Régimen de Pequeños Contribuyentes (REPECOS) y;

• Régimen Intermedio de las Actividades Empresariales

• Ambos hasta 2013

REPECOS

• Pago de cuota fija bimestral que incluía Impuesto Sobre la Renta (ISR), Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el desaparecido ¿? Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU).

• Nota: El IETU se abrogó en 2014.

• Pago en Secretaría de Finanzas del Estado de Jalisco (SEFINJAL).

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REPECOS

• Expedición de notas de ventas, NO comprobantes fiscales con todos los requisitos previstos en Código Fiscal de la Federación (CFF).

• NO transferencias (recibidas y efectuadas).

• NO ingresos mayores a $2’000,000 (+ IVA)

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Régimen intermedio de las PF AE

• Expedición de notas de ventas y comprobantes fiscales (operaciones normales y con el público en general).

• Límite de ingresos para tributar como tal: $4’000,000

• Pagos provisionales (a cuenta de anual) mensuales a SEFINJAL y Federación.

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Régimen intermedio de las PF AE

• Beneficios en simplificación tributaria (no presentación o cumplimiento de algunas obligaciones fiscales).

• Beneficios en deducción de inversiones (equipos de cómputo, mobiliario, maquinaria).

• El beneficio no aplica para autos, construcciones, aviones o embarcaciones.

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¿Qué pasa con las entidades federativas?

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Conservan sus facultades respecto a

las obligaciones fiscales de los

contribuyentes correspondientes al

ejercicio fiscal 2013 y anteriores vía

los convenios celebrados.

Cambios a partir de 2014

“y lo que falta de la novela”…

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REPECOS, pase automático al RIF

• No necesidad de presentar avisos al RFC (pase automático).

• Realicen actividades empresariales o presten servicios relacionadas con éstas.

• Mismo límite de ingresos como base que en el anterior tratamiento fiscal ($2’000,000)

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Definición de actividades empresariales (AE)

• Artículos 3 y 75 Código de Comercio, artículo 16 CFF

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❏ Comerciales

❏ Industriales

❏ Agrícolas

❏ Ganaderas

❏ Pesca

❏ Silvícolas

Lo que un día fue no será…

• Convivencia de régimen de salarios, asimilados a salarios e intereses con el RIF (previamente existía limitante).

• Se elimina la limitante en cuanto a ser socio de PM para no ser RIF (sólo aplica en el caso de socios de AC del título III de la LISR).

• Facilidad de hacerlo después de analizar la problemática real de la economía mexicana, mediante Regla Miscelánea I.2.5.21

• Es opcional la aplicación de la regla en comento siempre y cuando previamente no hayan presentado declaración de pago provisional en el Régimen general de las AE (Artículo décimo primero transitorio 1ª modificación RMF2014).

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Copropiedad en el RIF 2014

• Siempre que en conjunto o en lo individual no rebasen de $2’000,000 en el ejercicio.

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¿Quiénes no pueden ser RIF?

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❏ Socios, accionistas o integrantes de personas morales (Título II LISR), partes relacionadas y personas vinculadas*

❏ Actividades relacionadas con bienes raices

❏ Comisión, mediación, agencia o representación

❏ Espectáculos públicos y franquiciatarios

❏ Actividades a través de fideicomisos y asociaciones en participación

Vinculación para ISR… ¿con qué se come?

• Artículo 68 fracción VIII Ley Aduanera:

Para efectos de la fracción VIII del artículo 68 de la Ley, se considera que existe vinculación entre personas de la misma familia, si existe parentesco civil; por consanguinidad legítima o natural sin limitación de grado en línea recta, en la colateral o transversal dentro del cuarto grado; por afinidad en línea recta o transversal hasta el segundo grado; así como entre cónyuges.

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En términos simples…

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Efectos negativos en el RIF 2014

• Para los ex Régimen intermedio de las AE (LISR 2013 abrogada)

• Antes $4’000,000 de ingresos, ahora sólo $2’000,000 como límite de ingresos para tributar.

• Imperioso haber presentado avisos al RFC para optar por este nuevo régimen fiscal.

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Efectos negativos en el RIF 2014

• Pérdida de la deducción de inversiones con base a flujo de efectivo, con la salvedad de construcción, vehículos, aeronaves y embarcaciones.

• Pérdida del beneficio de simplificación de obligaciones fiscales, principalmente en cuanto a declaraciones se refería.

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Tratamiento en ISR

Reducción de ISR

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¿Culturizando al contribuyente?

• 10 años para acomodarse al nuevo régimen fiscal.

• Reducción progresiva del ISR en función a tabla siguiente:

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Ejemplo cálculo de ISR RIF en 2014

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• Cálculo para el primer ejercicio de incorporación

Ingresos $150

(-) deducciones $ 50

(=) Base gravada $100

Tabla art 111 (Nueva LISR) 30%

(=) ISR a cargo $ 30

(-) reducción conforme tabla $ 30

(=) ISR a pagar $ 0

Ejemplo cálculo de ISR RIF en 2014

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• Cálculo para el tercer ejercicio de incorporación

Ingresos $150

(-) deducciones $ 50

(=) Base gravada $100

Tabla art 111 (Nueva LISR) 30%

(=) ISR a cargo $ 30

(-) reducción conforme tabla $ 24

(=) ISR reducido a pagar $ 6

Claroscuros de la mecánica

• La reducción del ISR no es exención, son conceptos distintos.

• Condicionada la reducción a la presentación de informativas de clientes y proveedores.

• No existe el formato electrónico para tal efecto….

• ¿Aplica escrito libre?

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Exceso de deducciones en determinación de la base

• El exceso de deduciones fiscales en un periodo no son “pérdidas” sino, deducibles al siguiente periodo…

• Luego entonces… ¿los pagos de cada periodo son definitivos o provisionales?...

• ¿Qué pasa al final del ejercicio?

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IVA en el RIF 2014

Ser o no ser, he ahí el dilema…

… cuando son operaciones público en general y normales

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Normas aplicables en materia de IVA

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• Adecuación de la fecha de pago a bimestral (art. 5-E LIVA) al igual que para ISR.

• No pago de IVA (operaciones exclusivamente con el público en general) durante 2014 (nada más). Artículo séptimo transitorio.

DECRETO que compila diversos beneficios fiscales y establece medidas de

simplificación administrativa, DOF 26-12-2013

Ejemplo operaciones con público en general

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• Operaciones exclusivamente con el público en general:

IVA causado $10,000

• (-) aplicación de estímulo $10,000

• (=) IVA por pagar (en 2014*) $ 0.-

*Rezando para que el decreto de estímulo perdure en el tiempo*…

Doña Chonita la de las papas con chile

¿Y el IEPS apá?

• Mismo tratamiento que el anterior de IVA…

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IEPS de comida chatarra vta público en gral

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• Operaciones exclusivamente con el público en general:

IEPS causado $10,000

• (-) aplicación de estímulo $10,000

• (=) IEPS por pagar (en 2014*) $ 0.-

*Rezando para que el decreto de estímulo perdure en el tiempo*…

Titular de BANXICO

Problemática de operaciones mixtas…

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• Regla I.10.4.7 RM 2014

• Monto de ventas con público en general $ 750,000 (a)

• Monto de operaciones con clientes $ 150,000 (b)

• Suma de ambas ventas $ 900,000 ©

• Determinación de la proporción para el IVA acreditable

• (b) / © $150,000 ( / ) $900,000 ( = ) 0.1666 (x) 100 (=) 16.66%

Acreditamiento de IVA en gastos y compras

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comparativo

normal Regla I.10.4.7

Monto de gastos que generan IVA: $50,000 $50,000

(x) Tasa IVA 16% 16%

(=) IVA acreditable $ 8,000 $ 8,000

(x) % acreditable (R. I.10.4.7) NA 16.66%

(=) IVA acreditable * $ 8,000 $ 1,332 *

* Efecto en acreditamiento para quienes tienen operaciones con público en general y clientes normales

¿Cómo afecta realmente esto?

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Monto de operaciones con clientes normales $150,000

(X) Tasa de IVA 16%

(=) IVA causado por clientes normales $ 24,000

(-) IVA acreditable regla I.10.4.7 $ 1,332

(=) IVA por pagar $ 22,668

Esto mientras el decreto del 26-12-2013 tenga vigencia y Reglas misceláneas no cambien

Otras consideraciones

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Máxima del derecho

• El desconocimiento de las leyes no eximen al gobernado de la aplicación de las mismas y pueden derivar en infracciones y sanciones o en el peor de los casos en delitos fiscales.

Mitos y realidades… según el SAT

• http://www2.sat.gob.mx/crezcamosJuntos/dctos/10verdades_rif.pdf

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Mis cuentas

Llenado de datos en el portal del SAT

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PS… “NO ERA PENAL”

Datos de contacto

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• Correo electrónico: gabriel_fiscal@hotmail.com

• Skype: gabriel_fiscal69

• Twitter: @gabriel_fiscal

• Blog: http://contaofiscal.blogspot.mx

• Faceboook: Tao, tributo y Gabo