Equipo 4 relacion juridica administrativa

Preview:

DESCRIPTION

 

Citation preview

Relación Relación

Jurídica - AdministrativaJurídica - Administrativa

I. Concepto, estructura, sujetos, objetos, contenido

II. Principios Rectores de la organización administrativa. Responsabilidad administrativa.

III. Voluntad prestacional de la administración y relación con el administrado.

IV.Responsabilidad patrimonial de la administración pública en materia de servicio público.

V. Caso practico

Se define como el vinculo que une a dos o mas individuos, respecto a determinados bienes o intereses, que enlaza elementos del ordenamiento jurídico y que produce efectos jurídicos".

Queda constituida como el vínculo intersubjetivo que se establece para la regulación del bien común, de acuerdo con las exigencias de la justicia distributiva, generando un intercambio proporcional de prestaciones recíprocas entre el sujeto deudor (Administración Pública centralizada o descentralizada) y el sujeto acreedor (el administrado)

◦ Sujetos: los individuos que se relacionan

◦ Se determinan dos posiciones:

◦ Una de poder, en la que se otorgan unos derechos al sujeto activo que le legitiman para reclamar una conducta determinada a favor del cumplimiento de sus derechos, ya sean por medio de:

◦ Derechos subjetivos: Facultades sobre la exigencia de ciertas conductas o sobre una cosa en beneficio particular.

◦ Potestades: Autoriza a una persona para que la patria potestad de los padres sobre sus hijos menores de edad actúe en interés de la parte sometida.

- Derechos potestativos: por voluntad unilateral la relación se puede ver alterada, modificada o destruida (celebrar/anular un contrato, modificar…)

- Representante: actúa por cuenta y en nombre de otras personas.

- Una posición de deber, la obligación o subordinación por el cumplimiento de los derechos del sujeto activo.

◦ Objeto: parte de la realidad social limitada por la relación, concretada en los intereses y bienes, ya especificados en una clasificación anterior.

◦ Contenido: conjunto de derechos y deberes que se reparten entre los sujetos activos y pasivos.

PRINCIPIOS RECTORES DE LA ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA

Ley Orgánica de la Administración PublicaTitulo I

Disposiciones GeneralesObjeto de la Ley

Artículo 1 LOAP: La presente Ley tiene por objeto establecer los principios y bases que rigen la organización y el funcionamiento de la Administración Pública; los principios y lineamientos de la organización y funcionamiento de la Administración Pública Nacional y de la administración descentralizada funcionalmente; así como regular los compromisos de gestión; crear mecanismos para promover la participación y el control sobre las políticas y resultados públicos; y establecer las normas básicas sobre los archivos y registros públicos.

AMBITO DE LA APLICACIÓN

Artículo 2. Las disposiciones de la presente Ley serán aplicables a la Administración Pública Nacional. Los principios y normas que se refieran en general a la Administración Pública, o expresamente a los estados, distritos metropolitanos y municipios serán de obligatoria observancia por éstos, quienes deberán desarrollarlos dentro del ámbito de sus respectivas competencias. Las disposiciones de la presente Ley podrán aplicarse supletoriamente a los demás órganos del Poder Público.

Titulo IIPrincipios y Bases del Funcionamiento y

Organización de la Administración Publica

Objetivo principal de la Administración Pública

Artículo 3. La Administración Pública tendrá como principal objetivo de su organización y funcionamiento dar eficacia a los principios, valores y normas consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y, en especial, garantizar a todas las personas, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos.

PRINCIPIOS FUNDAMENTALES

• Principio de legalidad, Artículo 4. LOAP.• Principio de la Administración Pública al servicio

de los particulares Artículo, 5. LOAP.• Principio de rendición de cuentas Artículo 11.

LOAP.• Principios que rigen la actividad de la

Administración Pública Artículo 12. LOAP.• Principio de publicidad normativa Artículo 13.

LOAP.• Principio de responsabilidad patrimonial de la

Administración Pública Artículo 14. LOAP.• Principio de responsabilidad fiscal Artículo 17.

LOAP.

• Principio de funcionamiento planificado y control de la gestión y de los resultados Artículo 18. LOAP.

• Principio de eficacia en el cumplimiento de los objetivos y meta fijados Artículo 19. LOAP.

• Principio de eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos Artículo 20. LOAP.

• Principio de suficiencia, racionalidad y adecuación de los medios a los fines institucionales Artículo 21. LOAP

• Principio de simplicidad, transparencia y cercanía organizativa a los particulares Artículo 22. LOAP.

• Principio de coordinación Artículo 23. LOAP.

• Principio de cooperación Artículo 24. LOAP.

• Principio de lealtad institucional Artículo 25. LOAP.

• Principio de la competencia Artículo 26. LOPA.

• Principio de jerarquía Artículo 28. LOAP.

• Principio de descentralización funcional Artículo29.

LOAP• Principio de desconcentración funcional y territorial

Artículo 31. LOAP.

Manejo de los servicios públicos

A través del funcionario

público

Voluntad prestacional

Con el administrado

Prestación de Servicio Público:

Interés Público o Interés Común

Prestación “Obligatoria”Individualizada y concreta

Bienes y Servicios

Satisfacer las necesidades primordiales de la

comunidadFundamento

Constitucional

Eje central de la Eje central de la Ética PúblicaÉtica Pública

EL SERVIDOR PUBLICO:

Nuevas estrategias acordes con las exigencias de la

Sociedad

Cambio de aptitud

Seguimiento mas de cerca por parte de la

ciudadanía

Crear un vinculo de confianza entre el

Estado y el ciudadano.

Garantizar las condiciones jurídicas y

Administrativas de igualdad ante la Ley

Código de Ética del funcionario Público

Gaceta Oficial 36.268 del 13-08-97

DAÑOS

Corresponde al Estado cuando la Prestación de Servicio se realiza de

forma Inadecuada

Material

Moral

INDEMNIZACION

Elementos para la Procedencia R.P.A.P.

• Particulares Bienes y Derechos

• Imputable a la Administración Funcionamiento

Hecho Punible• Relación de Causalidad ÷

Daño Producido

Prueba la Negligencia del Ente Publico

ABOGADO PENALISTA RAMON CARMONA VASQUEZ

GRUPO DE APOYO TACTICO

OPERATIVO (G.A.T.O) PTJ

ASESINADO EL 28/07/1978

DIRECTOR: MANUEL MOLINA GASPERI

T y A I

Tratados o Acuerdos

Internacionales Sobre Derechos

Humanos.

ARTICULOS 22 Y 23

Convención Americana Sobre

Derechos HumanosArticulo 8 numeral 1

y 2 literal H

CRBV 1961CRBV 1999

• CRBV DE 1961 ART 47 Y 206

• CRBV DE 1999 ART 2, 6, 141, 25, 29, 30, 140, 259, 46 NUMERAL 4, 49 NUMERAL 8

Leyes Orgánicas

• LEY ORGANICA DE LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA - ARTICULO 30

• LEY ORGANICA DE ADMINISTRACION PUBLICA

Leyes Ordinarias

Leyes EspecialesLey de Policía Articulo 13 y 15

• Código Civil

• Código Orgánico de Procedimiento Penal Art 113, 120, 122

Jurisprudencias

Recommended