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boletín semanal Secretaría General de Calidad, Innovación y Salud Pública
El boletín Andalucía es Salud está bajo una licencia Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada 4.0 Internacional License.
CELEBRADAS LAS JORNADAS SOBRE CELEBRADAS LAS JORNADAS SOBRE ETIQUETADO DE PRODUCTOS ALIMENTARIOS ETIQUETADO DE PRODUCTOS ALIMENTARIOS
20152015
número 279 – 21 de abril 2015 / ISSN: 1998-7418
El 20 de abril se celebraron en Sevilla
las Jornadas "Etiquetado de
Productos Alimentarios", organizadas
por la Asociación de Consultores y
Formadores en Seguridad Alimentaria
con la colaboración de la
Confederación de Empresarios de
Andalucía y la Consejería de
Igualdad, Salud y Políticas Sociales.
La legislación comunitaria, que entró en vigor en diciembre de 2014 y el decreto recientemente publicado en marzo de este año, conforman el marco que determina cómo ha de ser la información que se facilite a los consumidores, considerando a éstos como el último eslabón en la gestión del riesgo.
En este sentido, el subdirector de Protección de Salud de la Consejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales, Jose Antonio Conejo, resaltó que el reto de esa nueva normativa es dar la máxima información al consumidor sobre el producto que consume de forma que posibilite su propia elección, como forma de garantizar los mayores niveles de protección de la salud, que no es otro el objetivo de las citadas normas.
Ver Galería de fotos de las Jornadas en Flickr
En este encuentro se analizó el marco normativo europeo y nacional referente a la información alimentaria facilitada al consumidor (Reglamento (UE) nº 1169/2011 y Real Decreto 126/2015).
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CELEBRADAS LAS JORNADAS SOBRE ETIQUETADO DE CELEBRADAS LAS JORNADAS SOBRE ETIQUETADO DE PRODUCTOS ALIMENTARIOS 2015PRODUCTOS ALIMENTARIOS 2015
número 279 – 21 de abril 2015 / ISSN: 1998-7418
Según la normativa europea, la responsabilidad de la información
alimentaria es de los operadores en cuyo nombre o razón social se
comercializan los alimentos, y son quienes deben garantizar la presencia y
exactitud de dicha información así como su conformidad a la legislación.
Los controles sobre la información alimentaria facilitada al consumidor final
se ciñen a su contenido, presentación, disponibilidad y colocación. Así, el
contenido debe velar porque haya un etiquetado claro, comprensible y
legible; que no sea una información que induzca a engaño; que incluya
todos los datos obligatorios por ley; cuáles han de ser las prácticas de
congelación y descongelación y la información nutricional (grasas
saturadas, azúcares, socio, declaraciones nutricionales y alegaciones
saludables voluntarias)
Desde el punto de vista sanitario, el jefe del Servicio de Seguridad
Alimentaria, Jesús Peinado, indicó que los controles deben realizarse como
una actividad más en el marco de una Inspección basada en el Riesgo, y
dirigirse tanto a verificar la certeza de lo que se declara en el etiquetado,
carta, registro o carteles donde aparezca la información alimentaria como a
asociar el contenido, los ingredientes y la cantidad con la trazabilidad.
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Por su parte, el presidente de la Asociación de Consultores y Formadores
en Seguridad Alimentaria (ACOFESAL España), Luis Gallego, explicó que
el etiquetado es una forma de transferir la información que la cadena
alimentaria tiene que poner a disposición del consumidor. Y en esta
información, manifestó, deben incluirse los alérgenos.
A este respecto, Gallego afirmó que los seis requisitos clave para una
buena gestión de alérgenos en el sector alimentario son: el control de los
ingredientes; la formulación de los productos; el etiquetado de los
alimentos; el control del proceso y diseño de las instalaciones; el programa
de limpieza y la formación y capacitación del personal.
número 279 – 21 de abril 2015 / ISSN: 1998-7418
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ENLACES DE INTERÉS
• Reglamento (UE) nº 1169/2011 del Parlamento Europeo y del Consejo
de 25 de octubre de 2011 sobre la información alimentaria facilitada al
consumidor
• Real Decreto 126/2015, de 27 de febrero, por el que se aprueba la norma
general relativa a la información alimentaria de los alimentos que se
presenten sin envasar para la venta al consumidor final y a las
colectividades, de los envasados en los lugares de venta a petición del
comprador, y de los envasados por los titulares del comercio al por menor.
• Para mayor información sobre la información alimentaria en alimentos no
envasados así como para consultar la “Guía de la aplicación de las
exigencias de información alimentaria de los alimentos que se presenten
sin envasar para la venta al consumidor final y a las colectividades, de los
envasados en los lugares de venta a petición del comprador, y de los
envasados por los titulares del comercio al por menor”, elaborada por la
AECOSAN pinchar en el siguiente enlace.
número 279 – 21 de abril 2015 / ISSN: 1998-7418
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