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EL SOFTWARE COMO
DERECHO DE
PROPIEDAD
INTELECTUALALUMNA: KARLA COHAILA FLORES
El documento tratado según lo expedido del 25 de julio
de 2013 con el título “Políticas sobre propiedad
intelectual, creatividad e innovación en la economía
digital”, en el que mayormente se reconoce el impacto
que el internet ha tomado en torno a la propiedad
intelectual, se señalan tres principios: En principio se
habla sobre el flujo de la información y la libre expresión
como antítesis. De igual manera trata sobre la ley y el
cumplimiento de la normatividad. Asimismo, nos brinda
una visión de calificar como actos infractores, medidas
de concientización y medidas preventivas en general con
respecto a la piratería.
Es en base a estos tres principios que de igual manera se proponen tres
recomendaciones por parte del Departamento de Comercio estadounidense: La
primera respecto a las copias privadas, la segunda sobre el mejoramiento de
los mecanismos contra las copias y la tercera desarrollar un mercado con
protección de la propiedad intelectual en el internet. también es preciso
mencionar un caso que se dio en EEUU donde una empresa ReDigi con
respecto a la venta de música o mp3 a terceros en la calidad de segunda
mano, el detalle es el punto de que la copia primera que se realizaba para la
venta era calificada como ilegal y consecuentemente la segunda luego de
producida la venta también calificaba como ilegal, dejando claro la diferencia de
un mercado virtual a uno físicamente real o perceptible por los sentidos. En
este caso gano la empresa que demando, reclamando los derechos de autor de
los archivos de audio, la empresa Capitol Records.
Con referencia al software en la
Argentina se puede decir que; como
actividad en expansión tanto en lo
económico e intelectual para el mercado
interno como la exportación era
necesario dar un tipo de protección a la
creación de dichos software por lo
menos por un tiempo de exclusividad
razonable antes de que pase a ser de
uso público, se dieron leyes como la ley
25922 sobre la promoción de la
Industria del Software cuyo finalidad es
evitar la obtención ilegal que generaría
pérdidas económicas.
EN EL PERÚ LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE: ¿ES EN
BASE A LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE AUTOR
(D. LEG. 822) O EL DERECHO DE PATENTES
(D. LEG. 823)?
S
e enmarcan en la protección de “invención” y “obra protegible”,
se ha planteado la necesidad de establecer una protección
específica, sui generis, pero en todo caso los principios generales
del derecho civil y del derecho penal serán siempre aplicables.
E
ntonces el software es protegido por el derecho de patentes ya
que es un avance tecnológico para la eficacia y desarrollo de
muchos proyectos, pues es un apoyo de superación para la
sociedad, es de mucha gran utilidad.
GRACIAS!!!!!!!
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