View
48
Download
1
Category
Preview:
Citation preview
Seguridad e higiene laboral
en la ConstrucciónMarco legal
Decreto 911 (Reglamento para
Construcción 08/96)
Es la aplicación de la Ley 19.587,
pero a las industrias de la
construcción y surge del acuerdo
entre U.O.C.R.A. (lado sindical) y
U.A.C. y C.A.C. (lado empresarial).
Resolución 231 (Industria
Construcción-11/96)Artículo 1: Condiciones que deben cumplir en una
Obra.
Artículo 2: Según riesgos/cantidad hs de trabajadores en Obra, establece horas de asignación profesional semanales.
Artículo 3: El Legajo Técnico de Obra deberá constar principalmente de:
Memoria Descriptiva de la Obra.
Programa Prevención Accidentes y Capacitación.
Registro evaluaciones efectuadas por el Servicio de Higiene y Seguridad (propia o de la ART).
Organigrama del Servicio de Higiene y Seguridad.
Plano o esquema del obrador y servicios auxiliares.
Resolución 51 (Programa de
Seguridad-07/97)Establece que los empleadores de la construcción
deberán comunicar a su ART, con 5 días hábiles
de anticipación, la fecha de inicio de las obras que
emprendan.
Deberán confeccionar el Programa de Seguridad que
integra el Legajo Técnico cuando la obra tenga:
Excavaciones / Demoliciones / Altura mas de 4
mts. (otras 2 mts)
Construcciones superiores a 1.000 m2 cubiertos.
Tareas sobre o próximas a líneas de Media y Alta
Tensión.
Cualquier tarea que la ART del empleador /
Comitente lo crea conveniente.
Resolución 35 (Programa Único de
Seguridad-04/98)
Establece un mecanismo para lacoordinación de los Programas deSeguridad, su verificación yrecomendación de medidas correctivasen las obras de construcción, cuando unContratista Principal manejasubcontratistas.
El Contratista Principal realiza unPrograma Único de Seguridad (Res. 35)y los Subcontratistas realizan unPrograma de Seguridad (Res. 51),trazable con la del principal. Estosplanes deben estar aprobados por laART.
Resolución 319 (Continuación
Construcción-09/99) Responsable coordinación de
actividades en Hig. y Seg. laboral.
Programa de Seguridad, actividades diversas y no repetitivas, aprobado por la ART y su cumplimiento.
Programa de Seguridad obras repetitivas y de corta duración (menos de 1 semana), aprobado por la ART y su cumplimiento.
(Validez 6 meses con opción a otros 6, previa autorización de la ART).
Resolución 15 (Registro de
Siniestros 02/98)Se realizan los registros basados en la
Resolución 15 / 98, ocurrido el accidente,
se debe denunciar con informe a la ART ó
lo realiza la misma ART.
Todos los accidentes (ACTP, ASTP, In
Itinere), se denuncian a través de este
formulario.
ACTP: Accidente con Tiempo Perdido.
ASTP: Accidente sin Tiempo Perdido.
In Itinere: yendo o regresando del trabajo
Recommended