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Presentación para el curso www.zemos98.org/feliz1984 sobre estado "alegal" de las cámaras de videovigilancia en España
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APROXIMACIÓN A LA SITUACIÓN LEGAL EN ESPAÑA SOBRE
LA INSTALACIÓN DE CÁMARAS DE VIDEOVIGILANCIA
Curso FELIZ 1984 – colectivo ZEMOS98 – Dominio Público - 2007
www.zemos98.org/feliz1984
TIPOS DE INSTALACIÓN DE CÁMARAS
1 – Edificio Nacional y/o de Seguridad Nacional.2 – Seguridad Privada3 – Cámaras de regulación del tráfico4 – Cámaras en lugares de ocio, bancos, discotecas, parking...
¿Qué ley los regula?
Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las fuerzas y cuerpos de seguridad en lugares públicos (BOE núm. 186 de 5 de agosto de 1997)
Curso FELIZ 1984 – colectivo ZEMOS98 – Dominio Público - 2007
http://www.belt.es/legislacion/vigente/sp_pcivil/spublica/videovigilancia/pdf/lo_4_97.pdf
TIPOS DE INSTALACIÓN DE CÁMARAS
1 – Edificio Nacional y/o de Seguridad Nacional.2 – Seguridad Privada3 – Cámaras de regulación del tráfico4 – Cámaras en lugares de ocio, bancos, discotecas, parking...
¿Qué ley los regula?
Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de videocámaras por las fuerzas y cuerpos de seguridad en lugares públicos (BOE núm. 186 de 5 de agosto de 1997)
Curso FELIZ 1984 – colectivo ZEMOS98 – Dominio Público - 2007
1 – Edificio Nacional y/o de Seguridad Nacional.2 – Seguridad Privada3 – Cámaras de regulación del tráfico4 – Cámaras en lugares de ocio, bancos, discotecas, parking...
TIPOS DE INSTALACIÓN DE CÁMARAS
Curso FELIZ 1984 – colectivo ZEMOS98 – Dominio Público - 2007
Artículo 4. Criterios de autorización de instalaciones fijas
Para autorizar la instalación de videocámaras se tendrán en cuenta, conforme al principio de proporcionalidad, los siguientes criterios:
// asegurar la protección de los edificios e instalaciones públicas y de sus accesos;
// salvaguardar las instalaciones útiles para la defensa nacional;
// constatar infracciones a la seguridad ciudadana, y prevenir la causación de daños a las personas y bienes.
Ley Orgánica 4/1997
Curso FELIZ 1984 – colectivo ZEMOS98 – Dominio Público - 2007
Artículo 6. Principios de utilización de las videocámaras
1. La utilización de videocámaras estará presidida por el principio deproporcionalidad: idoneidad y de intervención mínima.
2. La idoneidad determina que sólo podrá emplearse la videocámara cuandoresulte adecuado, en una situación concreta, para el mantenimiento de la
seguridad ciudadana, de conformidad con lo dispuesto en esta Ley.
3. La intervención mínima exige la ponderación, en cada caso, entre lafinalidad pretendida y la posible afectación por la utilización de la
videocámara al derecho al honor, a la propia imagen y a la intimidad de las personas.
4. La utilización de videocámaras exigirá la existencia de un razonableriesgo para la seguridad ciudadana, en el caso de las fijas, o de un peligro
concreto, en el caso de las móviles.
Ley Orgánica 4/1997
Curso FELIZ 1984 – colectivo ZEMOS98 – Dominio Público - 2007
Artículo 6. Principios de utilización de las videocámaras
5. No se podrán utilizar videocámaras para tomar imágenes ni sonidos del interior de las viviendas, ni de sus vestíbulos, salvo consentimiento del
titular o autorización judicial, ni de los lugares incluidos en el artículo 1 de esta Ley cuando se afecte de forma directa y grave a la intimidad de las personas, así como tampoco para grabar conversaciones de naturaleza
estrictamente privada.
Las imágenes y sonidos obtenidos accidentalmente en estos casos deberán ser destruidas inmediatamente, por quien tenga la
responsabilidad de su custodia.
Ley Orgánica 4/1997
Curso FELIZ 1984 – colectivo ZEMOS98 – Dominio Público - 2007
DISPOSICIÓN ADICIONAL NOVENA.
El Gobierno elaborará, en el plazo de un año, la normativa correspondiente para adaptar los principios inspiradores de la presente Ley al
ámbito de la seguridad privada.
Ley Orgánica 4/1997
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1 – Edificio Nacional y/o de Seguridad Nacional.2 – Seguridad Privada3 – Cámaras de regulación del tráfico4 – Cámaras en lugares de ocio, bancos, discotecas, parking...
TIPOS DE CÁMARA
Curso FELIZ 1984 – colectivo ZEMOS98 – Dominio Público - 2007
DISPOSICIÓN ADICIONAL OCTAVA.
La instalación y uso de videocámaras y de cualquier otro medio de captación y reproducción de imágenes para el control,
regulación, vigilancia y disciplina del tráfico se efectuará por la autoridad encargada de la regulación del tráfico a los fines
previstos en el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por
Real Decreto legislativo 339/1990, de 2 de marzo, y demás normativa específica en la materia, y con sujeción a lo dispuesto en las Leyes Orgánicas
5/1992, de 29 de octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos de Carácter Personal, y 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del derecho al Honor, a la Intimidad
Personal y Familiar y a la Propia Imagen, en el marco de los principios de
utilización de las mismas previstos en esta Ley.
Ley Orgánica 4/1997
Curso FELIZ 1984 – colectivo ZEMOS98 – Dominio Público - 2007
1 – Edificio Nacional y/o de Seguridad Nacional.2 – Seguridad Privada3 – Cámaras de regulación del tráfico4 – Cámaras en lugares de ocio, bancos, discotecas, parking...
TIPOS DE INSTALACIÓN DE CÁMARAS
Curso FELIZ 1984 – colectivo ZEMOS98 – Dominio Público - 2007
Informe relativo a la legalidad de instalación de videocámaras, en la entrada de un local de actividades recreativas, cuyo campo de visión alcanza vía pública, y que son utilizadas para la apertura del local únicamente a las personas que el propietario desee. 24 de febrero de 1998
Curso FELIZ 1984 – colectivo ZEMOS98 – Dominio Público - 2007
http://www.belt.es/legislacion/vigente/sp_pcivil/spublica/videovigilancia/pdf/informe_legalidad.pdf
NO ES SEGURIDAD PÚBLICA
NO ES SEGURIDAD PRIVADA
Curso FELIZ 1984 – colectivo ZEMOS98 – Dominio Público - 2007
SOMOS CONSUMIDORES
por tanto las
COMPETENCIAS DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
Curso FELIZ 1984 – colectivo ZEMOS98 – Dominio Público - 2007
INTROMISIÓN AL DERECHO A LA IMAGENPERSONAL, EL HONOR...
PROTECCIÓN FRENTE AL TRATAMIENTO AUTOMATIZADO DE DATOS
- Siempre que sea patente el campo de visión en la vía pública
- Que supone momentos de la vida privada
- Si disponen de algún dispositivo de grabación
AFECTA:
Curso FELIZ 1984 – colectivo ZEMOS98 – Dominio Público - 2007
Las cámaras son lesivas porque invaden el derecho a la propia imagen y si son grabadas
no garantizan los derechos frente a la protección de datos de carácter personal.
CONCLUSIÓN
Curso FELIZ 1984 – colectivo ZEMOS98 – Dominio Público - 2007
Aunque se desarrollase una Ley sobre cámarasde vigilancia en el ámbito privado, seguiríamos
estando en contra de ellas.
Hay que desarrollar un pacto / contratosocial contra los dispositivos de control,
vigilancia y miedo basados en la paranoia
CONCLUSIÓN
Curso FELIZ 1984 – colectivo ZEMOS98 – Dominio Público - 2007