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FORMA JURÍDICA ACTIVIDAD Nº 25 CASTFEEL

Forma jurídica

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FORMA JURÍDICAACTIVIDAD Nº 25

CASTFEEL

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TABLA SÍNTESIS DE FORMA JURÍDICAS

Gracias a la pagina mencionada mas abajo, hemos estudiado las distintas formas jurídicas y hemos llegado a la concusión y elección de una Sociedad Limitada. Por lo tanto nuestra empresa será una Sociedad Limitada, S.L.

http://www.creacionempresas.com/la-eleccion-de-la-forma-juridica/cuadro-comparativo

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FORMA JURÍDICA Elegimos la Sociedad Limitada porque la responsabilidad está

limita al capital aportado, el mínimo son 3000€ y no hay capital máximo, es decir que no nos exigen una cantidad máxima de capital.

Tenemos libertad de la denominación social de nuestra empresa.

Podemos elegir la forma de aportar nuestro capital, ya sea por bienes o por dinero.

No existe un mínimo ni máximo de socios.

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Comparativa IRPF VS IS. Conclusiones

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CONSTITUCIÓN

Trámites que hemos llevado a cabo para la Constitución de nuestra empresa:

Certificación negativa del nombre Registro Mercantil El plazo de la reserva de la denominación se mantiene durante un periodo de seis meses.

Certificado de la entidad financiera Banco

Escritura de Constitución Notario

Número de identificación fiscal, CIF AEAT

Modelo 600 (operaciones societarias) Inscripción en el Registro Mercantil.

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TRÁMITES ANTE AUTORIDAD LABORAL Y LA SEGURIDAD SOCIAL

La Tesorería General de la Seguridad Social asignara un numero al empresario que será considerado importante para el Código de cuenta de cotización.

El tramite se llevara a cabo ante la Administración de la Tesorería General de la Seguridad Social, mediante el Modelo TA.6. Plazo del tramite antes del inicio de la contratación de trabajadores.

Todo empresario que contrate a trabajadores deberá comunicar el alta en el Régimen de la Seguridad Social que corresponda.

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AUTÓNOMO Alta en Hacienda:

1. El primer trámite que debes realizar es darte de alta en Hacienda antes de iniciar tu actividad. Para ello debe presentar la declaración censal (modelos 036 y 037), en la que notificarás tus datos personales, la actividad a la que te vas a dedicar, la ubicación de tu negocio y los impuestos que tendrás que pagar.

Alta en la Seguridad Social:1. En un plazo de 30 días desde que te des de alta en Hacienda deberás

darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) de la Seguridad Social. Para ello tendrás que presentar el modelo TA0521 en alguna de las administraciones de la Seguridad Social junto con fotocopia del DNI o equivalente y fotocopia del alta en Hacienda.

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TRÁMITES ANTE OTRAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Licencia de Actividades e instalaciones y obras: Para el inicio de actividad en un determinado local será necesaria la obtención de la correspondiente licencia urbanística municipal, aprobada por el Ayuntamiento donde se ubique el establecimiento.

Licencia de Funcionamiento: La licencia de funcionamiento tiene por objeto autorizar la puesta en uso del local o instalaciones, previa constatación de que han sido efectuados de conformidad a las condiciones de la licencia de actividades e instalaciones.

Las empresas deben exponer en cada centro de trabajo el calendario laboral. Dicho calendario contendrá el horario de trabajo de la empresa y la distribución anual de los días de trabajo…

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Licencia de apertura de un local: es obligatoria para que en un local, nave u oficina se pueda ejercer una actividad comercial. 4 pasos para realizar el procedimiento

1. Elaboración del informe o proyecto técnico de licencia de apertura y/o adecuación de local, generalmente por técnico competente acreditado (ingeniero técnico industrial, arquitecto técnico …).

2. Visado del proyecto por el correspondiente Colegio Oficial. Conlleva el pago de unas tasas.

3. Pago de las tasas municipales correspondientes, en banco o en el propio Ayuntamiento, según proceda.

4. Presentación de la solicitud de licencia de apertura, junto con el proyecto técnico y el resguardo del abono de las tasas municipales, en el registro del área competente del Ayuntamiento, generalmente urbanismo o medioambiente.

El plazo de resolución o respuesta del Ayuntamiento suele demorarse varios meses, muy a menudo incluso casi un año.

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PLAZOS www.Circe. Es: Solicitud de la denominación social: 6 meses

Agencia Tributaria: Antes de realizar cualquier entrega o servicios, se realiza la solicitud del Número de Identificación fiscal provisional.

Notaria: Escritura de constitución seis meses desde la obtención de la denominación social.

Consejerías de Hacienda de las CC.AA: ITPYAJD un mes desde el otorgamiento de la escritura publica.

Registro mercantil: Inscripción de la empresa dentro del mes siguiente al otorgamiento de la escritura publica.

Agencia Tributaria: Solicitud del Numero de Identificación Fiscal definitivo dentro del mes siguiente a la fecha de constitución de la sociedad.