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LEY DE REORGANIZACIÓN O CIERRE DE MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS EN CRISIS Rodrigo Albornoz Pollmann Superintendente de Quiebras Artículo undécimo ley 20.416 de 3 de febrero de 2010

Asesores económicos de insolvencia

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Ley 20.416 de 3 de febrero de 2010

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Page 1: Asesores económicos de insolvencia

LEY DE REORGANIZACIÓN O CIERRE DE MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS

EN CRISIS

Rodrigo Albornoz PollmannSuperintendente de Quiebras

Artículo undécimo ley 20.416 de 3 de febrero de 2010

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Sujetos pasivos

Personas naturales o jurídicas tributen en primera categoría.

Cuyas ventas últimos 12 meses no excedan de 25.000 UF menos impuestos.

Calificación de micro empresa -2.400 UF.

Calificación pequeña empresa 2.400 -25.000 UF.

Las que el Consejo consultivo califique como tales.

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Persona natural o sociedad de personas con objeto único.

Síndicos. Conocimientos académicos. Aprobación examen de

conocimientos. Rendir fianza de “incorporación”. Inclusión registro.

Asesor económico

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• Registro público “permanente” en dominio web.

• Registro físico “permanente” en dependencias SQ.

• Actualización permanente registro, con indicación de Nº de asesorías por asesor, exclusiones, renuncias, cobro honorarios, calidad de asesor.

Registro de asesores

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Procedimiento

Designación asesor

DEUDOR

SQ Asesor no se puede negar

salvo inhabilidad

Acreditar calidad de beneficiario ley

Acreditar estado insolvencia

EMITE CERTIFICADO “DE INSOLVENCIA”

Estudia antecedentes

ASESOR

Solicita

Validación certificado Suspende determinados juicios hasta por 90 días

EMITE INFORME: sobre antecedentes y giro empresa, causas que producen insolvencia, posibilidad de cumplir obligaciones.

Gestiones ante diversos órganos para obtener recursos o asistencia técnica.

Cita a acreedores y promueve convenios extrajudiciales

Page 6: Asesores económicos de insolvencia

Con ayuda asesor se puede arribar a convenios extrajudiciales los que deberán ser protocolizados en notarias de domicilio deudor y puede ser aplicable a acreedores que lo hayan suscrito.

Se puede proponer convenio judicial.

Se puede lograr abandono de bienes,(no cesión de bienes).

Se puede arribar a convencimiento que es necesario quiebra.

Resultados asesoría

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Convenida libremente con deudor. Caso de quiebra, no puede exceder

del 2% activo total y tiene preferencia 2.472 Nº 4 CC.

También en quiebra, si la designación la hizo SQ por medio de sorteo, deberá el fisco pagar al asesor hasta 75 UF. Síndico obligación efectuar verificación asumiendo la representación del fisco de pleno derecho, de todo lo que informará a la SQ.

Remuneración asesor

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Garantía de fiel desempeño depositada en SQ, permanente.

Garantía en relación asesorías prestadas.

Fijación de monto mínimo y máximo.

Reajuste de garantías. Publicación Diario Oficial. Responsabilidad depositario

culpa leve.

Garantía de fiel cumplimiento

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• Causales de exclusión, art.7• Procedimiento reclamo exclusión.

sumario ante Juez de Letras.• Exclusión infundada, sanciones

administrativas e indemnización de perjuicios.

• Renuncia, a 1 asesoría o al Registro, aprobación gestión asesor.

Exclusión y renuncia

Page 10: Asesores económicos de insolvencia

Por exclusión, renuncia o suspensión.

Designación nuevo Asesor dentro plazo perentorio.

Entrega de antecedentes a nuevo asesor.

Incumplimiento de plazos, cesan efectos de certificado.

No puede ser impetrado el beneficio dentro de 5 años a último certificado.

Vacancia Asesor

Page 11: Asesores económicos de insolvencia

Funciones art. 15. Responsabilidad por Registro. Fiscalización asesores, todos

los aspectos. Interpretación. Sanciones. Registro certificados de

insolvencia. Recibir denuncias.

Superintendencia