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LEGISLACIÓN LABORAL Olga Yasmin Garcia Henao Proyecto Procesos Legales

Legislacion laboral

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Legislacion laboral

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LEGISLACIÓN LABORAL

Olga Yasmin Garcia HenaoProyecto Procesos Legales

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Contrato de trabajo

• Es el acuerdo por medio del cual una persona natural llamada Trabajador, se compromete a trabajar para otra, que puede ser natural o jurídica, denominado por la ley Empleador a cambio de recibir una remuneración que recibe el nombre de salario.

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REQUISITOS

1.Que haya prestación de un servicio personal.

2. Que exista subordinación y dependencia.

3. Que se de el pago de una remuneración.

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FORMAS DE CONTARTO LABORAL

• Escrito: debe constar en un documento firmado por las partes, y contener cuando menos clausulas sobre estos puntos:

Identificación y domicilio de las partes, lugar y fecha de celebración, lugar donde se vaya a prestar el servicio, lugar en donde se haya contratado al trabajador, naturaleza del trabajo, cuantía de la remuneración, forma y periodos de pago , estimación del valor en caso de que haya suministro de habitación o alimentación como parte del salario, duración del contrato y terminación .

• Verbal: tiene lugar cuando por simple acuerdo expresado oralmente, las partes convienen en la índole del trabajo y el sitio donde en donde ha de realizarse, así como la cuantía y la forma de remuneración, los periodos que regulen su pago.

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• Los contratos verbales tienen el mismo valor que los contratos escritos.

• Los siguientes acuerdos deben pactarse siempre por escrito: El periodo de prueba. El salario integral. Los pagos que por acuerdo entre las partes no constituyen

salario, dentro de lo permitido por la ley.

• Los siguientes contratos deben celebrarse siempre por escrito:

El contrato a termino fijo, sus prorrogas y el preaviso. El que se celebre con extranjeros no residentes en el país. El enganche de trabajadores para el exterior.

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¿COMO SON LOS CONTRATOS SEGÚN LA DURACIÓN?

• El contrato de trabajo puede ser de tres clases:

A.Por el tiempo que dure la realización de la obra o labor.

B.A termino fijo

C.De duración indefinida.

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¿CUÁLES SON LAS CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO POR LA DURACIÓN DE LA OBRA

O LABOR?

• El contrato dura tanto como dure la obra o labor encomendada. Es fundamental consignar expresamente la obra o labor de que se trate. Por ejemplo:

• Si se contrata un trabajador para levantar un muro con una extensión determinada.

Esta modalidad de contrato es ampliamente utilizada en

empresas dedicadas a la construcción.

La necesidad de describir en forma detallada la obra o

labor objeto del contrato, demanda en la practica su

elaboración por escrito.

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¿CUÁLES SON LAS CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO A TÉRMINO FIJO?

• Debe celebrarse por escrito y su duración no puede ser superior a tres (3) años. Admite al menos dos modalidades:

• El contrato a termino fijo inferior a un (1) año, que no tiene término mínimo de duración; y, el contrato a termino fijo de duración entre uno(1) y tres (3) años que es renovable indefinidamente.

• Para su terminación, la ley exige el preaviso, es decir, que la parte interesada avise a la otra su determinación de no prorrogarlo, con una antelación no inferior a 30 dias (calendario) a la fecha de vencimiento del termino estipulado. Si se omite este preaviso o no se surte dentro de la oportunidad legal, el contrato se entiende renovado por un periodo igual al inicialmente pactado, de manera sucesiva.

• Los contratos a termino fijo que se celebren verbalmente, se consideran para todos los efectos, como a termino indefinido.

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¿CUÁLES SON LAS CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO POR DURACIÓN

INDEFINIDA?

• Se entiende celebrado de esta manera el contrato cuando las partes no determinan su duración. esta modalidad de contratación puede celebrarse verbalmente o por escrito.

• Como ya se dijo, los contratos verbales tienen el mismo valor que los escritos. No obstante, se recomienda, para fines probatorios, hacer constar los contratos de trabajo por escrito, aunque sea de aquellos en los no se exige dicha formalidad, ya que así se facilita demostrar las condiciones y existencia del contrato.

• Cuando el contrato es verbal, se entiende que es a termino indefinido.

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• En la actualidad existen 16 tipos de contrato, pero este es un número relativo que cambia en función de las nuevas leyes 

•  - Contrato indefinido

•  - Contrato indefinido de fijos-discontinuos

•  - Contratación de minusválidos

•  - Contrato para el fomento de la contratación indefinida

•  - Contrato para la formación

•  - Contratos en prácticas

•  - Contrato temporal para trabajadores desempleados en situación de exclusión social

•  - Contrato de obra o servicio determinado

•  - Contrato eventual por circunstancias de la producción

•  - Contrato de interinidad

•  - Contratación en sustitución por anticipación de la edad de jubilación

•  - Contrato de relevo

•  - Contrato a tiempo parcial

•  - Contratos de inserción

•  - Contrato de trabajo de grupo

•  - Contrato de trabajo a domicilio

TIPOS DE CONTRATO DE TRABAJO

http://www.ugt.es/juventud/guia/cap2_5.htm

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TIPOS DE SALARIO

• http://emplea.universia.es/informacion/dcho_laboral/tipos_salarios/

• Aquí encontraras la definición de cada tipo de salario.

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¿QUE ES LA JORNADA DE TRABAJO?

• La jornada ordinaria de trabajo es la que convengan las partes o a la falta de convenio lo máximo legal la duración de la jornada ordinaria de trabajo es de 8 horas al dia y de 48 a la semana.

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¿QUE SON LAS HORAS EXTRAS?

• Es el trabajo que se desarrolla mas allá de la jornada ordinaria o de la máxima legal, en el evento de trabajadores amparados por esta, se conoce como trabajo suplementario o de horas extras y debe remunerase en forma especial.

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• Las horas extra diurnas se remuneran con un recargo del 25% sobre el valor del trabajo ordinario.

• Las horas extra nocturnas se remuneran con un recargo del 75% sobre el valor del trabajo ordinario.

• El trabajo nocturno se remuneran con un recargo del 35% sobre el valor del trabajo ordinario.

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• El trabajo diurno esta comprendido entre las 6 de la mañana y 10 de la noche.

• El trabajo nocturno esta comprendido entre las 10 de la noche y 6 de la mañana.

• El dia cuenta desde las 12:00 de la noche hasta las 12:00 de la siguiente noche.

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JORNADA DE TRABAJO

• http://www.gerencie.com/jornada-de-trabajo.html

• Aquí encontraras la guía para la jornada de trabajo, según el código sustantivo del trabajo.

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PRESTACIONES SOCIALES

• http://www.slideshare.net/yuki1292/prestaciones-sociales

• http://consultas-laborales.com.co/index.php?option=com_content&view=article&id=284&Itemid=1

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BIBLIOGRAFÍA

• Cartilla laboral – LEGIS EDITORES S.A.

• Internet