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PASOS PARA CREAR UN PARQUE INDUSTRIAL PITE Ley N°30078 del 06-06-2013 Reglamento D.S. N°013-2015-PRODUCE Para ordenar el desarrollo productivo e industrial de nuestro país requiere de dos etapas infalibles: (a) Disponer de un amparo legislativo, visionario y concordante al Acuerdo Nacional donde se congregan todas las fuerzas políticas y sociales que consensan políticas de Estado como la competitividad y el desarrollo empresarial. (b) El valor, la condición de Estadista y voluntad política del gobierno de turno que al margen de la ideología partidaria que profese tenga la suficiente visión para validar, promover y programar toda iniciativa legislativa que dinamice el crecimiento empresarial en bienes y/o servicios”. Por: Romulo G. Tineira Agurto Consultor Mype http://microempresasperuanas.blogspot.com

Pasos para crear un parque industrial pite

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PASOS PARA CREAR UN PARQUE

INDUSTRIAL PITE

Ley N°30078 del 06-06-2013

Reglamento D.S. N°013-2015-PRODUCE

“Para ordenar el desarrollo productivo e industrial de nuestro paísrequiere de dos etapas infalibles: (a) Disponer de un amparo legislativo,visionario y concordante al Acuerdo Nacional donde se congregan todaslas fuerzas políticas y sociales que consensan políticas de Estado comola competitividad y el desarrollo empresarial.

(b) El valor, la condición de Estadista y voluntad política del gobierno deturno que al margen de la ideología partidaria que profese tenga lasuficiente visión para validar, promover y programar toda iniciativalegislativa que dinamice el crecimiento empresarial en bienes y/oservicios”.

Por: Romulo G. Tineira AgurtoConsultor Mype

http://microempresasperuanas.blogspot.com

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FUNCIONES DE LOS 3 NIVELES DE GOBIERNO

(Título II)

Los gobiernos Regional y local de ámbito provincial evalúan y

aprueban las propuestas de desarrollo de un PITE en

concordancia a lo dispuesto por PRODUCE como ente rector.

Los gobiernos regionales deben incorporar en sus Planes de

Desarrollo Regional Concertado las actividades industriales y

zonas donde podrán desarrollarse en coordinación con los

gobiernos locales de ámbito provincial y distrital para que la

instalación del PITE pueda ser compatible, previendo la

zonificación y el saneamiento físico legal de acuerdo al

reglamento de la Ley PITE.

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CARACTERÍSTICAS DE UN PARQUE

INDUSTRIAL TECNO-ECOLÓGICO- PITE

(Título III) Un PITE tiene un enfoque ordenado tipo clúster de naturaleza tecno-

ecológica que proviene de la aplicación, desarrollo y transferencia

de tecnología vinculada a la cadena productiva o de servicios de las

empresas que la conforman.

Debe tener un Plan de Negocio que de sostenibilidad a la

administración PITE.

Todo PITE debe tener un centro de innovación y transferencia

tecnológica o debe suscribir convenios sea nacional o internacional.

Debe tener un reglamento interno de operación y conservación del

PITE.

Todo PITE debe tener un ratio de frontera o zona de

amortiguamiento externo para mitigar los impactos ambientales, allí

no puede realizarse actividad económica alguna y menos

construirse viviendas.

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Debe tener un Plan de manejo de residuos industriales y del agua,

el uso eficiente de la energía y desarrollar una política de

responsabilidad social.

Debe utilizar sistemas de tratamientos y reciclaje para cada tipo de

contaminante típico o propio de un PITE.

Debe tener un Plan de manejo de residuos de la construcción,

según D.S. N° 003-2013-Vivienda.

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TIPOS DE PROUESTAS PARA CREAR UN PITE

PROPUESTA PÚBLICA

Deberá ser presentada por el Estado a través de un Gobierno Regional

o Local de ámbito provincial.

Será aprobado en sesión de consejo bajo ordenanza o resolución, se

debe considerar la contratación de un equipo técnico.

Aprobarán el Plan de Desarrollo Concertado(PDC) y el Plan Operativo

Institucional(POIN) y se asignará un presupuesto sea al Gobierno

Regional o Local de ámbito provincial.

Deben elaborar el perfil del Proyecto de acuerdo al SNIP y Ley PITE.

Realizaran los convenios definitivos y queda sujeto a su construcción

y/o a la reversión sino cumpliesen con lo asignado.

Al empezar su operatividad deben aprobar su reglamento interno y la

administración correspondiente.

En la propuesta pública se conformara un Directorio que será

presidido por un representante del Consorcio PITE y un representante

Gobierno Regional o Local de ámbito provincial.

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PROPUESTA PRIVADA

Un Consorcio elabora y presenta el perfil de proyecto PITE al

Gobierno Regional o Local de ámbito provincial.

Tiene carácter de peticiones de gracia, en concordancia con el art.

112 dela Ley del Procedimiento Administrativo General.

Se debe hacer una memoria descriptiva de la propuesta de desarrollo

del PITE, cuyo contenido mínimo se detalla en el Anexo II del

reglamento de la Ley en mención.

Se debe hacer un reglamento interno de operación y conservación

del PITE detallado en el Anexo III del reglamento de la Ley.

Deben conformar un comité de evaluación para estudiar el

expediente que será presidido por el Gerente de Desarrollo

Económico del Gobierno Regional o Local de ámbito provincial.

El informe final técnico y legal de ser viable se aprobará o no en

sesión de consejo de manera oficial, dicho trámite no puede exceder

de 90 días calendarios.

El comité de evaluación y los funcionarios públicos aludidos deben

mantener el carácter de confidencialidad y reservado de las

propuestas que se presenten bajo responsabilidad hasta su

aprobación.

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Los consorcios que integren el proyecto PITE deberán contar con

un 30% de empresas que tengan no menos de 5 años de haber sido

constituidas.

Deben considerar los deberes y derechos de las empresas

consorciadas.

Al ejecutar el proyecto se hace la inversión respectiva y se organiza

la gestión.

Nota aparte cabe mencionar que las Asociaciones Mype por ser

organizaciones no lucrativas de acuerdo a Ley no pueden presentar

un proyecto PITE, salvo que sus asociados se consorcien privada y

específicamente para este fin.

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PASOS PARA EJECUTAR EL PROYECTO PITE

Se considera un plazo de 2 años para que inicie sus operaciones

productivas y se considera una prorroga de 12 meses por única vez,

de lo contrario será una causal de resolución del contrato y se podrá

seleccionar a otro consorcio.

La administración PITE en el caso de una propuesta privada se realiza

a través de un contrato de fideicomiso suscrito por el Consorcio con

una empresa Fiduciaria la que será supervisada por la

Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de

Fondos de Pensiones.

Los lineamientos del Contrato de Fideicomiso se encuentra en el

Anexo V del reglamento de la Ley PITE.

La administración debe establecer metas e indicadores de gestión

donde se indicará el nivel de ocupación del PITE, la productividad

alcanzada, las tecnologías utilizadas, incluye la capacitación del

personal.

El directorio puede tener un Consejo Consultivo Especializado no

vinculante para absolver determinados temas.

La ejecución de los acuerdos del Directorio estará a cargo de un

Gerente de acuerdo al reglamento de la Ley PITE.

En la post inversión deben tener un Plan de Operación y

Mantenimiento de estándares de competitividad, etc.

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OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS PITE

Mantener la actividad productiva suscrita.

Realizar el pago de todos los servicios y obligaciones económicas

contraídas.

Cumplir con las obligaciones tributarias.

No pueden usar parcial o totalmente el lote para fines de casa

habitación, para subarrendar u otro fin distinto al arrendado.

Debe promover el fortalecimiento de capacidades, la innovación y

transferencia tecnológica.

Cumplir con todas las disposiciones contenidas en la Ley y su

reglamento.

DERECHOS DE LAS EMPRESAS PITE

Acceso a los servicios y áreas comunes del PITE.

Participar de los beneficios que generen los convenios técnicos,

científicos, económicos y productivos que concerte la administración.

Participar en los eventos de capacitación y otros programas de apoyo.

Los que indique su reglamento interno.