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INTRODUCCIÓN A LA TRIBUTACIÓN EN EL PERÚ Principios La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad. La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc. El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva. El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima. La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente. La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT Es una institución pública descentralizada del Sector Economía y Finanzas dotada de personería de Derecho Público, patrimonio propio y autonomía económica, administrativa, funcional, técnica y financiera. La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria con las facultades y prerrogativas que le son propias en su calidad de administración tributaria y aduanera, tiene por finalidad administrar, fiscalizar y recaudar los tributos internos así como administrar y controlar el tráfico internacional de mercancías dentro del territorio aduanero recaudando los tributos aplicables, proveyendo servicios a los contribuyentes y responsables a fin de facilitar el cumplimiento voluntario de sus obligaciones tributarias.

PORQUE INVERTIR EN PERU TRIBUTACION IMPUESTOS FISCALIDAD

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INTRODUCCIÓN A LA TRIBUTACIÓN EN EL PERÚ

Principios

La Tributación en el Perú se rige por los principios de reserva de la ley, el de igualdad, respeto de los derechos fundamentales de la persona y la no confiscatoriedad.

La reserva de ley consiste en señalar, que sólo por ley se pueden crear, regular, modificar y extinguir tributos; así como designar los sujetos, el hecho imponible, la base imponible, la tasa etc.

El principio de igualdad, consiste en dar el mismo trato legal y administrativo a los contribuyentes que tienen similar capacidad contributiva.

El respeto a los derechos fundamentales, es un límite al ejercicio de la potestad tributaria para que esta sea legítima.

La no confiscatoriedad, consiste en no exceder la capacidad contributiva del contribuyente, es decir que defiende el derecho de propiedad, ya que no se puede utilizar la tributación para apropiarse indirectamente de los bienes del contribuyente.

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT

Es una institución pública descentralizada del Sector Economía y Finanzas dotada de personería de Derecho Público, patrimonio propio y autonomía económica, administrativa, funcional, técnica y financiera.

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria con las facultades y prerrogativas que le son propias en su calidad de administración tributaria y aduanera, tiene por finalidad administrar, fiscalizar y recaudar los tributos internos así como administrar y controlar el tráfico internacional de mercancías dentro del territorio aduanero recaudando los tributos aplicables, proveyendo servicios a los contribuyentes y responsables a fin de facilitar el cumplimiento voluntario de sus obligaciones tributarias.

Cuenta como órgano de control a la Oficina de Control Interno y como Órganos de Apoyo a la Secretaría General y al Instituto de Administración Tributaria y Aduanera. Además cuenta con 8 Intendencias Nacionales como órganos de soporte. La Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos cuenta con los siguientes órganos de línea:

La Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales, la Intendencia Regional Lima, 9 Intendencias Regionales, 9 oficinas zonales y 20 oficinas remotas.

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La Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas cuenta con 5 Intendencias de Aduanas en Lima como órganos de línea y 20 Intendencias como órganos desconcentrados.

La Administración y recaudación de los tributos internos y los relativos a los derechos arancelarios y otros tributos que se originan del comercio exterior y constituyen ingresos del Tesoro Público, están a cargo de la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT.

En el ámbito de los Gobiernos Locales, los tributos que de acuerdo a la ley están facultadas a crear (contribuciones, arbitrios, derechos y licencias) y los impuestos municipales establecidos en la ley de tributación municipal son recaudados, fiscalizados y administrados por las Municipalidades.

Tanto la SUNAT como las Municipalidades son entidades competentes para conocer los procedimientos administrativos relacionados con los tributos que administran o con las infracciones que los contribuyentes pudieran cometer respecto de sus obligaciones tributarias. Las Resoluciones que estas entidades expidan pueden ser impugnadas ante el Tribunal Fiscal, organismo de elevado nivel técnico con competencia nacional cuyos fallos pueden ser materia de demanda contenciosa ante el Juez Especializado y la Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo, en primer y segundo grado respectivamente.

Régimen Tributario en el Perú

En el Perú, los tributos principales recaen sobre las rentas, la producción y el consumo y la importación de bienes, y otros impuestos a la circulación del dinero y al patrimonio que se consideran ingresos del Gobierno Central, que son recaudados por la SUNAT.

Ingreso y salida de Moneda Extranjera

El ingreso al país de moneda extranjera es libre y está garantizado por el Estado. La Administración Tributaria no podrá presumir que se trata de renta de fuente peruana no declarada y con ella los contribuyentes no podrán sustentar incrementos patrimoniales no justificados.

Los inversionistas extranjeros pueden transferir libremente al exterior, sin necesidad de autorización alguna, las utilidades provenientes de su inversión, regalías y contraprestaciones por el uso y transferencia de tecnología y el capital de su inversión.

El Registro Único del Contribuyente - RUC

Toda persona natural o Jurídica, sucesión indivisa, sociedad de hecho u otro ente colectivo sea peruano o extranjero, domiciliado o no en el país, que adquiera la condición de contribuyente o responsable de los tributos que administre o recaude la SUNAT debe inscribirse en el Registro Único del Contribuyente-RUC.

La SUNAT para identificar al contribuyente o agente retenedor de impuestos, le asigna un número conformado por 11 dígitos con el cual debe cumplir todas sus obligaciones formales y sustanciales.

Las empresas de acuerdo al volumen de sus ingresos y a la forma de organización eligen uno de los regímenes tributarios que existen como opción para tributar:

Régimen Único Simplificado, para pequeños negocios con venta directa al consumidor final.

Régimen Especial del impuesto a la Renta-RER para las microempresas

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Régimen General del Impuesto a la Renta, para cualquier tipo de empresa.

No están obligados a inscribirse en el RUC entre otras:

Las personas naturales que perciban exclusivamente rentas consideradas de quinta categoría según las normas del impuesto a la renta.

Los no domiciliados cuyas rentas están sujetas a retención en la fuente. También los no domiciliados a los cuales no se les ha efectuado la retención por cuanto el pagador de la renta es una entidad no domiciliada.

Centros de Servicios al Contribuyente y otros canales de información

La Superintendencia Nacional de Administración Tributaria cuenta con Centros de Servicios al Contribuyente en todo el país, los cuales se encargan de atender asistir y orientar a los contribuyentes en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias sean estas formales o sustanciales.

En Lima, son 9 los puntos de atención los cuales están ubicados en los distritos del Cercado de Lima ( 2 ) Callao, Comas, San Isidro, San Martín de Porres, Santa Anita, Surco y Puente Piedra.

En provincias existen 19 Centros de Servicios ubicados en los departamentos de Arequipa, Cajamarca, Cusco, Chiclayo, Junín, Huánuco, Ica, Iquitos, Piura, Puno, Tacna, y Tumbes y en las ciudades de Cañete, Chimbote, Chincha, Huacho, Pucallpa, Tarapoto, y Trujillo.