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SeguridadEléctrica
Servicios de Siqat Ingeniería
Resolución 92/98
Generalidades
La ex Secretaría de Industria, Comercio y Minería de la República Argentina establece en la RESOLUCIÓN 92/98 ( DE CUMPLIMIENTO OBLIGATORIO ) que todos los productos eléctricos y electrónicos que se comercializan dentro del territorio nacional posean una certificación de seguridad emitida por un organismo de certificación de productos. Los organismos de certificación que intervienen en este sistema obligatorio deben estar acreditados por el OAA y reconocidos por el Gobierno Nacional. Esta resolución establece que si los productos cumplen con las normas IRAM o IEC aplicables, los requisitos esenciales de seguridad se dan por satisfechos.
¿POR QUÉ CERTIFICAR?
Los usuarios de productos eléctricos y las terceras personas deberán estar protegidas en circunstancias de uso normal o razonablemente previsible de tales equipos contra los riesgos para la salud y las lesiones corporales que puedan ocasionar.
Resulta necesario concentrar los recursos del sistema en garantizar el mayor grado de seguridad para los productos destinados al consumidor inexperto en materia eléctrica.
Seguridad Eléctrica> Certificación de Productos
Seguridad Eléctrica> Certificación de Productos
Evaluación de producto
Según las característicasdel producto se requerirá o
no Certificación deSeguridad Eléctrica
Resoluciones y Disposiciones
Ligadas
76/2002613/200396/2003197/2004198/2004428/2007462/2009206/2000
Aplica Res. 92/98
Certificar el productoen Argentina
Importar productos certificados obteniendo
una extensión del certificado
Importar productos certificados validando
un test report
ALTERNATIVAS
Seguridad Eléctrica> Certificación de Productos
Certificación de LOTE: Si el solicitante desea importar o fabricar solo un lote de un producto puede optar por este tipo de certificación en donde solo se realizan ensayos de Seguridad Eléctrica a una cierta cantidad de muestras pertenecientes al lote en cuestión ( la cantidad de ensayos depende exclusivamente de la cantidad total de unidades del lote) El certificado emitido solo es representativo del lote inspeccionado y una vez comercializadas todas las unidades no tiene validez. Los productos portarán la marca de Secretaría de Industria, Comercio y Minería correspondiente. PRODUCTOS ESTACIONALES, (EJ. LUCES DE NAVIDAD )
Certificación por conformidad de TIPO: Cuando la fabricación o importación de productos mantiene una regularidad es conveniente certificar a través de este método. En donde se realiza la presentación de las familias de productos ante una Entidad Certificadora, la cual solicitará ensayos de Seguridad Eléctrica a realizarse en un laboratorio reconocido. Los certificados de TIPO se ven afectados por la Resolución 96/2003 la cual establece los plazos de vigilancia de mercado. Los productos portarán la marca de Secretaría de Industria, Comercio y Minería correspondiente.
Se podrá optar por:
• Certificación de LOTE LOTE • Certificación por conformidad de TIPOTIPO, • Certificación por MARCAMARCA de conformidad
Seguridad Eléctrica> Certificación de Productos
Se podrá optar por:
• Certificación de LOTE LOTE • Certificación por conformidad de TIPOTIPO, • Certificación por MARCAMARCA de conformidad
Certificación por MARCA de conformidad:
Para realizar la certificación por marca de conformidad además de realizar la presentación de familias ante una Entidad Certificadora y luego realizar un ensayo completo de los productos en un laboratorioreconocido, se debe realizar una auditoria de la fábrica correspondiente. Dicha inspección es responsabilidad de la Entidad Certificadora, en caso de que la fábrica se encuentre más de 100 Km de Capital Federal el solicitante deberá abonar los costos del viaje y estadía del inspector. La auditoria evaluará los procedimientos y métodos de fabricación, sistemas de gestión de calidad y demás aspectos que aseguren el cumplimiento de las normas internacionales de seguridad eléctrica para el producto final elaborado. La obtención de está licencia autoriza al solicitante a marcar sus productos con el sello de conformidad de la Entidad Certificadora, otorgándole al producto un valor agregado de calidad y la seguridad del cumplimiento de las normas internacionales de seguridad eléctrica de toda la línea de productos elaborada por la planta productora en cuestión. El solicitante abonará por mes o anualmente los costos por el uso del sello de la Entidad Certificadora. Los productos portarán la marca de la Secretaría de Industria, Comercio y Minería correspondiente.
Vigilancia de mercado para los certificados de TIPOTIPO Previo a los 90 días de emitido el certificado de TIPO debe realizarse una verificación de identidad en un laboratorio reconocido de un producto de cada certificado obtenido. Para cumplir con la vigilancia se debe presentar una muestra nueva con su correspondiente manual de instrucciones en castellano. A los 180 días de cumplida la etapa anterior, debe realizarse un ensayo reducido de al menos un producto por cada cinco familias certificadas de un mismo fabricante. Al momento de la vigilancia se debe presentar una muestra nueva con su correspondiente manual de instrucciones en castellano. Cada 180 días deberá repetirse la operatoria citada anteriormente (ensayo reducido de una de cada cinco familias certificadas)
Los certificados que se vencen deberán RECERTIFICARSE mediante un ENSAYO COMPLETO . SDU x 178/2000 y mercadería de stock si el vencimiento es de hasta 4 meses
Seguridad Eléctrica> Vigilancia de Mercado
Seguridad Eléctrica> Vigilancia de Mercado
Vigilancia de mercado para las licencias de MARCA A los 180 días de emitido el certificado de MARCA debe realizarse un ensayo reducido en un laboratorioreconocido de un producto de cada certificado obtenido. Al momento de la vigilancia se debe presentaruna muestra nueva con su correspondiente manual de instrucciones en castellano.
A los 365 días de cumplida la etapa anterior, debe realizarse un ensayo reducido de al menos un productopor cada cinco familias certificadas de un mismo fabricante. Al momento de la revalidación se debe presentar una muestra nueva con su correspondiente manual de instrucciones en castellano. Cada 365 días deberá repetirse la operatorio citada anteriormente (ensayo reducido de una de cada cinco familias certificadas)
Al menos una vez al año se realizará una inspección / auditoría en la planta productora que evaluará los aspectos verificados al momento de la certificación con el objeto de mantener la vigencia de la licencia. Dicha inspección es responsabilidad de la Entidad Certificadora, en caso de que la fábrica se encuentre a más de 100 Km de Capital Federal el solicitante deberá abonar los costos del viaje y estadía del inspector.