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REPUBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
indica en la parte dispositiva de la presente, en el área mencionada.
ATENTO: a lo dispuesto por la Ley Nº 17.950 del 8 de enero de 2006 y aldecreto reglamentario Nº 171/007 de 21 de mayo de 2007; resoluciónDGSG Nº 57/010 de 21 de abril de 2010 y resolución DGSG/RG Nº 135/011de 5 de setiembre de 2011;
LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS GANADEROSRESUELVE
Acredítase al Dr. ESTAVILLO LEMA, HUGO EDGARDO, C.I. Nº13852185habilitado en Sanidad Animal con el Nº: 1206 para cumplir actividades
La presente acreditación tendrá una duración de hasta cinco años apartir de la fecha y estará sujeta a las eventuales actualizaciones adeterminar por la Autoridad Competente.
Notifíquese al interesado a través de la dirección de correo electrónicoconstituida ante esta Dirección General por el profesional gestionante.
Dese cuenta al Comité de Acreditación y a las Divisiones de SanidadAnimal, Industria Animal, DILAVE y DICOSE.
Publíquese en la página web del Sistema Nacional de Acreditación deVeterinarios de Libre Ejercicio e inclúyase en el Registro de VeterinariosAcreditados por la Dirección General de Servicios Ganaderos.
Cumplido, archívese.
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Dr. Francisco MuzioDirector General
Montevideo, 26 de enero de 2015.
VISTO: estos antecedentes elevados por el Comité de Acreditación creado porel decreto Nº 171/007 de 21 de mayo de 2007;
RESULTANDO: que el profesional veterinario gestionante cumplió con latotalidad de los requisitos exigidos para el Área de Certificación de animalescon destino a la producción de carne de calidad superior, para la exportación;
CONSIDERANDO: conveniente actuar de acuerdo con lo aconsejado por elComité de Acreditación en relación a la acreditación del profesional que se
de certificación en el Área de Certificación de animales con destino a laproducción de carne de calidad superior, para la exportación.
DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS GANADEROS
DGSG/RG/SINAVELE Nº99/015