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Cinthia Estephania Ramírez González Juicio Ordinario Mercantil. 1. ¿Qué es el proceso Ordinario Mercantil? Serie de concatenada de actos que se utiliza para dirimir toda aquellas controversias comerciales que no tienen una tramitación especial y para las que las pates no han optado por recurrir al proceso convencional o al procedimiento arbitral, las cuales son consideradas preferentes en materia mercantil. 2. ¿Con que fases procesales se integran la vía ordinaria mercantil? En esta vía se dividen en seis etapas, las que son: Etapa expositiva Etapa de excepciones procesales Etapa probatoria Etapa de alegatoria Etapa resolutiva Etapa ejecutiva 3. ¿En que consiste la etapa expositiva de un juicio ordinario mercantil? Se integra por la demanda, el emplazamiento y el traslado de la misma, la contestación y, en su caso, la reconvención interpuesta por el demandado y su contestación. 4. ¿Y la etapa de excepciones procesales? Se conforma con los actos realizados en la via incidental para resolver este tipo de excepciones, lo cual debe acontecer una vez concluida la fase expositiva del proceso y antes de iniciar la probatoria. 5. ¿En qué consiste la etapa probatoria de este juicio? Se abre en caso de que los litigantes lo hubieren solicitado o de oficio y cuando el juez lo estima necesario. No puede exceder de 40 días, de los cuales deben destinar al ofrecimiento y los restantes para su desahogo.

Juicio ordinario mercantil

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Cinthia Estephania Ramírez González

Juicio Ordinario Mercantil.

1. ¿Qué es el proceso Ordinario Mercantil?Serie de concatenada de actos que se utiliza para dirimir toda aquellas controversias comerciales que no tienen una tramitación especial y para las que las pates no han optado por recurrir al proceso convencional o al procedimiento arbitral, las cuales son consideradas preferentes en materia mercantil.

2. ¿Con que fases procesales se integran la vía ordinaria mercantil?En esta vía se dividen en seis etapas, las que son:

Etapa expositiva Etapa de excepciones procesales Etapa probatoria Etapa de alegatoria Etapa resolutiva Etapa ejecutiva

3. ¿En que consiste la etapa expositiva de un juicio ordinario mercantil?Se integra por la demanda, el emplazamiento y el traslado de la misma, la contestación y, en su caso, la reconvención interpuesta por el demandado y su contestación.

4. ¿Y la etapa de excepciones procesales?Se conforma con los actos realizados en la via incidental para resolver este tipo de excepciones, lo cual debe acontecer una vez concluida la fase expositiva del proceso y antes de iniciar la probatoria.

5. ¿En qué consiste la etapa probatoria de este juicio?Se abre en caso de que los litigantes lo hubieren solicitado o de oficio y cuando el juez lo estima necesario. No puede exceder de 40 días, de los cuales deben destinar al ofrecimiento y los restantes para su desahogo.Esta se divide en cuatro partes.Ofrecimiento: los medios de prueba, deben ser propuestos en esta fase y deben relacionarse con cada uno de los punto controvertidos; puede proponerse cualquiera, a excepción de los prohibidos por la ley o contrarios a la moral.

Admisión: Al día siguiente de que termine el periodo de ofrecimiento de pruebas, el juez debe dictar resolución en la que, determinando las que acepte sobre cada hecho, y desechar las pruebas contrarias al derecho o a la moral.

Preparación: Una vez admitidas las pruebas, el juez debe ordenar la preparación de aquellas cuya naturaleza así lo amerita, citando a las partes, testigos, peritos, solicitando informe a las autoridades, girando exhortos, etc.

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Desahogo: Se lleva a cabo ante el juez de la causa y con la presencia del secretario de acuerdos, las `partes, los peritos, los testigos y demás personas que por disposición de la ley debe antevenir. La audiencia se celebra concurran o no las partes y estén presentes o no los testigos, peritos o abogados.

6. ¿Y la etapa de alegatos?Concluido el término probatorio se deben poner los autos a la vista de las partes para que dentro de un plazo común de tres días produzcan sus alegatos y, pasando el mismo, deberán ser citadas para oír sentencia.

7. ¿En qué consiste la etapa resolutiva?Se integra con la sentencia, que es la decisión judicial sobre los punto controvertidos, la cual debe ser clara, precisa y congruente con las pretenciones aducidas por las partes, tiene que condenar o absolver al demandado y decidir todos los puntos litigiosos. Debe dictarse sentencia dentro de un plazo de 15 dias contando a partir de la fecha de su citación.

8. ¿Y la etapa ejecutiva?Una vez dictada la sentencia, si ha sido declarada firme, si sus resolutivos imponen a la parte condenada la obligación debe de hacer, dar o abstenerse de realizar una conducta y si la parte condenada no la cumple voluntariamente, se debe iniciar esta etapa o vía de apremio, cuya finalidad es lograr su ejecución coactiva.

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Juicio Ordinario Mercantil.

Etapa expositiva

Etapa de alegatoria Etapa ejecutivaEtapa resolutiva

Etapa probatoriaEtapa de excepciones procesales

Se inicia por la demanda, el emplazamiento y el traslado de la misma, la contestación y, en su caso, la reconvención interpuesta por el demandado y su contestación.

Una vez dictada la sentencia, si ha sido declarada firme, si sus resolutivos imponen a la parte condenada la obligación debe de hacer, dar o abstenerse de realizar una conducta y si la parte condenada no la cumple voluntariamente, se debe iniciar esta etapa o vía de apremio, cuya finalidad es lograr su ejecución coactiva.

Se integra con la sentencia, que es la decisión judicial sobre los puntos controvertidos, la cual debe ser clara, precisa y congruente con las pretensiones aducidas por las partes

Se deben poner los autos a la vista de las partes para que dentro de un plazo común de tres días produzcan sus alegatos

Se inicia en caso de que los litigantes lo hubieren solicitado o de oficio y cuando el juez lo estima necesario. . No puede exceder de 40 días y se conforma:

Ofrecimiento, Admisión, Preparación, Desahogo.

Se conforma con los actos realizados en la vía incidental para resolver este tipo de excepciones, lo cual debe acontecer una vez concluida la fase expositiva del proceso y antes de iniciar la probatoria.