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lunes, 03 de octubre de 2016 Curadora Urbana II Arq. Adriana López Moncayo Rad. No 16-4-1754 Señor(a) LOZANO LOZANO LUZ DARY GAMEZ OSCAR ALEXANDER. KR 5 L 48 L 45 S Teléfono: 3192922280 Ciudad Acta de Observaciones. Cal. III ACTA DE OBSERVACIONES Y CORRECCIONES Dando cumplimiento al art. 2.2.6.1.2.2.4 del Decreto 1077 de 2015, se elabora la presente acta , con el fin de informarle(s) sobre los documentos adicionales que debe(n) aportar, las actualizaciones, observaciones y/o correcciones que debe(n) hacer al proyecto, ubicado en la KR 5 L 48 L 45 S (ACTUAL) de la urbanización LOS CHIRCALES DEL SUR, para el cual ustedes presentaron solicitud de Licencia de Construcción: Demolición Total, Obra Nueva. Para efectos de dar respuesta a las observaciones expuestas, le comunicamos que dispone de un plazo de 30 días hábiles, ( el cual podra ser ampliado por solicitud del usuario, hasta por un término adicional de 15 días hábiles, o de lo contrario la solicitud se entenderá desistido y en consecuencia se procederá a archivar su expediente mediante acto administrativo (artículo 2.2.6.1.2.3.4 del Decreto 1077/15). IMPORTANTE En caso de aportar la documentación completa para dar cumplimiento al "Acta de Observaciones y Correcciones" ANTES del vencimiento del plazo máximo establecido en el inciso segundo del artículo 2.2.6.1.2.2.4 del Decreto Nacional 1077 de 2015 y pretenda con lo aportado la revisión definitiva del proyecto, DEBERÁ MANIFESTARLO EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO renunciando al término previsto en la norma citada, de lo contrario, este Despacho realizará una revisión previa de la documentación allegada, sin que se reactiven los términos con que cuenta la Curadora Urbana, debido a que seguirá el interesado teniendo derecho al plazo máximo que le otorga la Ley. OBSERVACIONES ARQUITECTÓNICAS 1 DOCUMENTOS: a. Debe anexar copia de la Escritura Pública que contenga los linderos del predio. b. Aportar certificación sobre el cumplimiento de las distancias mínimas de seguridad establecidas en las Normas RETIE de Codénsa, la cual debe estar suscrita por el constructor responsable. 2 NORMA URBANISTICA UPZ 54 -MARRUECOS: El predio objeto de la solicitud se encuentra localizado en la UPZ 54- MARRUECOS, Sector Normativo 4, Tratamiento de Mejoramiento Integral en la Modalidad Reestructurante. De acuerdo a lo establecido en el cuadro de usos de la citada UPZ, solo se permite el uso de vivienda Unifamiliar y Bifamiliar. Adicionalmente el Comercio Vecinal B se permite con la condición de no superar los 60 M2 de construcción. De acuerdo al planteamiento del comercio en el proyecto el cuarto de basuras y el baño para discapacitados está (incluido dentro del área de comercio. Replantear. 3 ALTURA Y CUBIERTA: Según el Artículo 19 del Decreto 080 de 2016, por estar en Tratamiento de Mejoramiento Integral Modalidad Reestructurante solo se permite un piso con placa de concreto y/o adicionalmente un segundo piso con cubierta Iliviana. Ajustar. 4 NSR-10: Según Titulo K.2 y K.3.2.2 de la NSR-10, sé debe indicar en planos arquitectónicos la clasificación de conformidad con el ¡grupo y subgrupo de ocupación determinado por la• NSR-10 para el Comercio. 5 TANQUE DE ALMACENAMIENTO DE AGUA: Se debe indicar tanto en plantas como en alzados (cortes y fachadas), la localización del tanque de almacenamiento de agua según Código de Construcción anexo al Acuerdo 20 de 1995. Puede ser aéreo y/o subterráneo. 6 DIBUJO (1): a. En la vivienda tener en cuenta que estas no deben tener dos cuartos de ropas. Ajustar. b. Ajustar cuadros de áreas y de usos de acuerdo a las observaciones formuladas. c. Ajustar cuadro de estacionamientos de acuerdo a los usos permitidos. Par el uso de Vivienda Privados 1 x 8 viv y Visitantes 1 x 18 viv. Para el Coemrcio Vecinal B No se exige. 1 Bifamiliar la exigencia es

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lunes, 03 de octubre de 2016 Curadora Urbana II Arq. Adriana López Moncayo

Rad. No 16-4-1754

Señor(a)

LOZANO LOZANO LUZ DARY GAMEZ OSCAR ALEXANDER.

KR 5 L 48 L 45 S Teléfono: 3192922280

Ciudad

Acta de Observaciones. Cal. III

ACTA DE OBSERVACIONES Y CORRECCIONES

Dando cumplimiento al art. 2.2.6.1.2.2.4 del Decreto 1077 de 2015, se elabora la presente acta , con el fin de informarle(s) sobre los documentos adicionales que debe(n) aportar, las actualizaciones, observaciones y/o correcciones que debe(n) hacer al proyecto, ubicado en la KR 5 L 48 L 45 S (ACTUAL) de la urbanización LOS CHIRCALES DEL SUR, para el cual ustedes presentaron solicitud de Licencia de Construcción: Demolición Total, Obra Nueva.

Para efectos de dar respuesta a las observaciones expuestas, le comunicamos que dispone de un plazo de 30 días hábiles, ( el cual podra ser ampliado por solicitud del usuario, hasta por un término adicional de 15 días hábiles, o de lo contrario la solicitud se entenderá desistido y en consecuencia se procederá a archivar su expediente mediante acto administrativo (artículo 2.2.6.1.2.3.4 del Decreto 1077/15).

IMPORTANTE

En caso de aportar la documentación completa para dar cumplimiento al "Acta de Observaciones y Correcciones" ANTES del vencimiento del plazo máximo establecido en el inciso segundo del artículo 2.2.6.1.2.2.4 del Decreto Nacional 1077 de 2015 y pretenda con lo aportado la revisión definitiva del proyecto, DEBERÁ MANIFESTARLO EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO renunciando al término previsto en la norma citada, de lo contrario, este Despacho realizará una revisión previa de la documentación allegada, sin que se reactiven los términos con que cuenta la Curadora Urbana, debido a que seguirá el interesado teniendo derecho al plazo máximo que le otorga la Ley.

OBSERVACIONES ARQUITECTÓNICAS 1 DOCUMENTOS:

a. Debe anexar copia de la Escritura Pública que contenga los linderos del predio. b. Aportar certificación sobre el cumplimiento de las distancias mínimas de seguridad establecidas en las Normas RETIE de Codénsa, la cual debe estar suscrita por el constructor responsable.

2 NORMA URBANISTICA UPZ 54 -MARRUECOS:

El predio objeto de la solicitud se encuentra localizado en la UPZ 54- MARRUECOS, Sector Normativo 4, Tratamiento de Mejoramiento Integral en la Modalidad Reestructurante. De acuerdo a lo establecido en el cuadro de usos de la citada UPZ, solo se permite el uso de vivienda Unifamiliar y Bifamiliar. Adicionalmente el Comercio Vecinal B se permite con la condición de no superar los 60 M2 de construcción. De acuerdo al planteamiento del comercio en el proyecto el cuarto de basuras y el baño para discapacitados está • (incluido dentro del área de comercio. Replantear.

3 ALTURA Y CUBIERTA:

Según el Artículo 19 del Decreto 080 de 2016, por estar en Tratamiento de Mejoramiento Integral Modalidad Reestructurante solo se permite un piso con placa de concreto y/o adicionalmente un segundo piso con cubierta Iliviana. Ajustar.

4 NSR-10:

Según Titulo K.2 y K.3.2.2 de la NSR-10, sé debe indicar en planos arquitectónicos la clasificación de conformidad con el ¡grupo y subgrupo de ocupación determinado por la• NSR-10 para el Comercio.

5 TANQUE DE ALMACENAMIENTO DE AGUA:

Se debe indicar tanto en plantas como en alzados (cortes y fachadas), la localización del tanque de almacenamiento de agua según Código de Construcción anexo al Acuerdo 20 de 1995. Puede ser aéreo y/o subterráneo.

6 DIBUJO (1):

a. En la vivienda tener en cuenta que estas no deben tener dos cuartos de ropas. Ajustar. b. Ajustar cuadros de áreas y de usos de acuerdo a las observaciones formuladas. c. Ajustar cuadro de estacionamientos de acuerdo a los usos permitidos. Par el uso de Vivienda Privados 1 x 8 viv y Visitantes 1 x 18 viv. Para el Coemrcio Vecinal B No se exige.

1 Bifamiliar la exigencia es

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lunes. 03 de octubre de 2016 Curadora Urbana

Arq. Adriana López ~cayo wig Rad. No 16-4-1754

7 DIBUJO (2):

d. El cuarto de basuras debe contar, con ventilación. e. En cortes y fachadas acotar altura total de la edificación hasta la parte mas alta de cumbrera. f. Corregir en la localización el ancho de la vía y la Manzana de acuerdo a la información del plano urbanístico. Esta es 14.00 Mts y A, respectivamente.

Arq. Responsable del estudio: Lina Maria Rodas Cardona

OBSERVACIONES JURÍDICAS 1 VALLA

Si bien se aportó la fotografía de la valla informativa a terceros, la misma debe sercorregida en cuanto al titular de la solicitud, la dirección del predio, el uso y la altura de conformidad con el artículo 2.2.6.1.2.2.1 del Decreto 1077 de 2015:

2 LOCALIZACIÓN '

Aportar los títulos de propiedad en los cuales se pueda verificar el área y linderos del predio. En caso que existan diferencias entre los mismos y la cartografía, se deberán realizar los ajustes pertinentes al proyecto y documentos aportados.

3 FORMULARIO

Aclarar quiénes son los profesionales del proyecto,verificar y corregir la información de los mismos contenida en el formulario. 1

4 TITULARIDAD

Se advierte que el poder o autorización otogada por el titular de la solicitud debe tener la debida nota de presentación 1 personal de conformidad con el artículo 2,2,6,1,2,1,7 del Decreto 1077 de 2015.

5 CERTIFICACIONES

Aportar certificaciones de experiencia de los profesionales que suscriben el formulario, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en la ley 400 de 1997 en concordancia con el artículo 2.2.6.1.2.2.3 del Decreto 1077 de 2015.

6 GENERAL ' 7- 7

iEn caso de existir cambios en el proyecto o en el trámite, los documentos aportados deberán ser corregidos en correspondencia con los mismos.

Abo. Responsable del estudio: Maria del Pilar Olaya --_.

OBSERVACIONES ESTRUCTURALES 1 GENERAL:

- Anexar certificación suscrita por el constructor responsable sobre el cumplimiento de la NSR-10 Titulo J, K.

2 PLANOS ARQUITECTÓNICOS:

Verificar la concordancia en bordes de placa, vacíos, alturas, aislamientos, niveles, columnas, muros, ejes, cotas,-etc., entre planos estructurales y arquitectónicos y en caso de presentarse modificaciones en alguno de ellos ajustar el proyecto correspondiente. Los proyectos arquitectónico y estructural de la edificación debe cumplir la reglamentación urbana vigente, los requisitos especificados en el Título J y en el Título K de NSR-10: En el plano arquitectónico de 1 piso, para la zoa de comercio se debe colocar la Nota: "La puerta cortina debe permanecer abierta durante funcionamiento del establecimiento" según los requisitos del K.3.8.2.4 de NSR-10.

3 ELEMENTOS NO ESTRUCTURALES:

-

En el cálculo y en el plano de elementos no estructurales se debe indicar el grado de desempeño según A.9 de NSR-10. 1 Cumplir con el Reglamento Colombiano de Construcción Sismo Resistente NSR-10 Capitulo A.1.3.6.5, en lo referente a firma de planos arquitectónicos por parte del diseñador de elementos no estructurales o si es el arquitecto el diseñador, 1 este debe firmar los planos y memorias de elementos no estructurales. . Cuando el diseño de los elementos no estructurales sea realizado por un profesional diferente del arquitecto, este deberá firmar los planos arquitectónicos generales además de los planos que contienen los diseños de los elementos no estructurales de acuerdo con A.1.5.2.2 de NSR-10 y Decreto 92 del 17 enero del 2011. Los diferentes diseños y planos de los elementos no estructurales deben ser firmados por el constructor que suscribe lá licencia, indicando así que se hace responsable que los elementos no estructurales'se construyan de acuerdo con lo diseñado (A.1.3.6.5 NSR-10). .

Definir los parámetros que determinan la resistencia al fuego para los elementos no estructurales según J.3.4 y J.3.5 de NSR-10.

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4 MEMORIAS DE CÁLCULO Y PLANOS ESTRUCTURALES:

Una vez cumplidas las observaciones arquitectónicas (en particular respecto a la altura permitida y tipo de cubierta), deberá realizar todos los ajustes necesarios en la estructura, reflejados en planos, memoria de cálculo y estudio de suelos si así lo requiere, garantizando la concordancia del proyecto arquitectónico con estructural. Se revisarán nuevamente. La firma del Ingeniero de suelos en los planos de ciomentación debe aportarse en original según A.1.5 de NSR-10.

5 ESTUDIO DE SUELOS:

¡Debido a las observaciones arquitectónicas respecto a la altura permitida (2 pisos con cubierta liviana) se debe ajustar ila descripción del proyecto y cargas previstas. Corregir la dirección del predio en la página 3. Anexar la manifestación de cumplimiento y responsabilidad según los requisitos establecidos en el H.1.1.2.2 de NSR-10, en especial en cuanto a la estabilidad de edificaciones vecinas, vías aledañas y posibles redes de servicios públicos. Anexar los cálculos de capacidad portante de suelo y de los asentamientos según H.2.2.2.1 (h) de NSR-10. Revisar los límites tolerables para asentamientos totales y diferenciales, y giros acorde a lo estipulado en el literal H.4.8 de las NSR-10. En el cálculo de asentamientos del suelo sustentar la profundidad de la capa compresible. Anexar planos de localización regional y local del proyecto según H.2.2.2.1 (h). Según resolución 110 de diciembre 2014 por la cual se modifica parcialmente y adiciona la resolución 227 de 2006 artículo octavo "Para el trámite de licencias de construcción en las modalidades de obra nueva o ampliación que contemple la intervención con excavación a cielo abierto, ubicadas en remoción en masa Media o Alta, el responsable, promotor o gestor de proyecto deberá realizar el estudio geotécnico con los requisitos establecidos en el titulo H NSR-10, y desarrollar de manera explícita el estudio de estabilidad de laderas y taludes, requeridos en el numeral H.2.2.4, elaborado de conformidad con el título H.5 Excavaciones y estabilidad de taludes". Se recomienda tener en cuenta el artículo octavo de la resolución 110 de diciembre de 2014 en el aparte donde especifica: "IDIGER podrá emitir una certificación de consulta a solicitud del interesado, en la cual se informen los condicionamientos y/o restricciones por riesgos establecidos en los conceptos técnicos emitidos por el IDIGER, para la legalización de los desarrollos a partir de 1997, y en los conceptos y diagnósticos técnicos emitidos por el mismo, que se relacionen en la certificación de la consulta"

Ing. Responsable del estudio: Tatiana Reviakina

lunes, 03 de octubre de 2016 Curadora Urbana.

Arq. Adriana López Moncayo

Rad. No 16-4-1754

Cordialmente,

esn Curares Urt/e 010 avo

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ADRIANA LÓPEZ MON"CAYO CURADORA URBANA 4

NOTA 1

Para el cumplimiento de la presente Acta, ES REQUISITO INDISPENSABLE anexar oficio remisorio suscrito por el propietario y/o profesional responsable (apoderado o autorizado), dando respuesta detallada a cada uno de los ítems indicados. En caso que el interesado considere que la observación no amerita atenderse, deberá dar soporte a tal determinación.

NOTA 2

De acuerdo con la Resolución 838 de Oct/2008 emitida por la Secretaría Distrital de Planeación (Art. 3 - Guía A - IN - 004) los anexos del proyecto, memorias de cálculo y estudios de suelos DEBEN ser entregados con foliación independiente, de manera consecutiva de 1 a n, siendo n el último folio. NOTA 3

Se anexa formato Certificación RETIE el 'cual debe ser diligenciado y presentado a este despacho suscrito por el constructor responsable junto con la respuesta al Acta de Observaciones y Correcciones.

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I NI INII E E II NUE 11111111 11111 INN 11111 Servicios Postales de Colombia SAS http://www.postacacom.co/ Nit. 611047028 Resolution MInTIC No. RPOSTAL00013

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