3
Fórmulas para Liquidación de Prestaciones, Vacaciones y Horas extras Publicado: mayo 25, 2015 Última Actualización: junio 16, 2015 La tabla presentada a continuación es tomada del portal web del Ministerio del Trabajo, incluye las fórmulas que se pueden usar para llevar a cabo las liquidaciones laborales de prestaciones sociales, vacaciones y horas extras; además, se relaciona la normatividad en la que se puede certificar las condiciones para liquidar dichos conceptos. Especial: Jornada de Trabajo y Horas Extras Prestaciones Fórmula Código Laboral Herramienta Cesantías Artículo 249 Liquidador Intereses a las cesantías Artículo 249 Liquidador Prima de servicios (Por cualquier tiempo trabajado) Artículo 306 Liquidador Vacaciones* (Por cualquier tiempo trabajado) Artículo 186 Liquidador Trabajo nocturno entre las 10 p.m. y las 6 a.m. Salario Diario X 0.35 Artículo 168 Liquidador Hora Extra Diurna entre las 6 a.m. y las 10 p.m. Artículo 168 Liquidador

» Fórmulas Para Liquidación de Prestaciones, Vacaciones y Horas Extras

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Formulas para liquidar prestaciones

Citation preview

Page 1: » Fórmulas Para Liquidación de Prestaciones, Vacaciones y Horas Extras

Fórmulas para Liquidación de Prestaciones, Vacaciones yHoras extras

Publicado: mayo 25, 2015Última Actualización: junio 16, 2015

La tabla presentada a continuación es tomada del portal web delMinisterio del Trabajo, incluye las fórmulas que se pueden usar parallevar a cabo las liquidaciones laborales de prestaciones sociales,vacaciones y horas extras; además, se relaciona la normatividad enla que se puede certificar las condiciones para liquidar dichosconceptos.

Especial: Jornada de Trabajo y Horas Extras

Prestaciones Fórmula CódigoLaboral Herramienta

Cesantías Artículo 249 Liquidador

Intereses a las cesantías Artículo 249 Liquidador

Prima de servicios(Por cualquier tiempo

trabajado)

Artículo 306 Liquidador

Vacaciones* (Por cualquier tiempo

trabajado)

Artículo 186 Liquidador

Trabajo nocturno entre las10 p.m. y las 6 a.m.

Salario Diario X 0.35 Artículo 168 Liquidador

Hora Extra Diurna entre las6 a.m. y las 10 p.m.

Artículo 168 Liquidador

Page 2: » Fórmulas Para Liquidación de Prestaciones, Vacaciones y Horas Extras

Hora Extra Nocturna entrelas 10 p.m. y las 6 a.m.

Artículo 168 Liquidador

Hora ordinaria, dominicalo festivo

Artículo 179 Liquidador

Hora Extra Diurna endominical o festivo

Artículo 179 Liquidador

Hora Extra Nocturna endominical o festivo

Artículo 179 Liquidador

Indemnización(Contrato a Término Fijo)

El valor de los salarios que falten parala terminación del contrato.

Artículo 64

Indemnización **(Contrato a Término

Indefinido)

Para salarios inferiores a 10 smmlv: 30días por el primer año y 20 días porcada año siguiente o proporción.Másde 10 salarios mínimos: 20 días por elprimer año y 15 por cada uno de lossiguientes o proporción

Artículo 64 Liquidador

(*) Cuando en la fórmula aparece Salario Mensual equivale al salario con todos los factores que loconstituyen. Por ejemplo: auxilio de transporte.(**) Para el caso de los trabajadores que lleven 10 años o más a 27 de diciembre del 2002 laindemnización se liquidará con la tabla anterior.

Page 3: » Fórmulas Para Liquidación de Prestaciones, Vacaciones y Horas Extras

Fuente: Ministerio del Trabajo