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TRABAJO FIN DE MÁSTER SOBRE
-LAS ELECCIONES DE DIPUTADOS A CORTES POR
EL DISTRITO DE CALATAYUD (1846 A 1865)-
Universidad de Zaragoza
Profesor Tutor: Doctor Carmelo Romero Salvador
Autor: J. Carlos Romero Rodelgo
Fecha: Octubre 2012
2
ÍNDICE
Página
INTRODUCCIÓN ....................................................................................................................................... 3
CAPÍTULO - 1 --EL DISTRITO UNINOMINAL DE CALATAYUD DESDE EL AÑO 1846 AL AÑO 1853 ........ 17
CAPÍTULO -2—EL DISTRITO UNINOMINAL DE CALATAYUD DESDE EL AÑO 1857 AL AÑO 1864 ........ 43
CAPÍTULO -3—CONCLUSIONES ............................................................................................................. 54
CAPÍTULO-4—FUENTES ......................................................................................................................... 63
APÉNDICE DOCUMENTAL ....................................................................................................................... 69
3
INTRODUCCIÓN
4
INTRODUCCIÓN
Este TRABAJO FIN DE MASTER analiza las elecciones durante un amplio
periodo del reinado de Isabel II, en concreto el que abarca de 1846 a 1865, ya que es la
etapa en que están vigentes los distritos uninominales (un diputado por distrito); es
decir el marco territorial ya no es la provincia1, como ordenaba la Ley electoral de
1837, sino una comarca2, ampliada o minorada, a veces, por los Gobiernos conforme a
sus intereses electorales.
Nuestra investigación se centrará en la provincia de Zaragoza, distrito electoral
uninominal de Calatayud; desde que la Ley electoral del 18 de marzo de 1846 entra en
vigor, hasta que se restablece el distrito plurinominal, por la Ley electoral del 18 de
julio de 1865; abarca por tanto un periodo de unos dieciocho años, al descontar el
Bienio Progresista, y un marco geográfico reducido.
Con la Ley electoral progresista de 1837, todo elector era a la vez elegible
estableciéndose siete requisitos, que se referían a un importe mínimo de contribución
directa (200 reales), una renta anual mínima igual para los propietarios y capacidades
(1500 reales), entre otros; sin embargo, con la Ley electoral moderada de 1846 se
diferencia entre elector y elegible (posible candidato a diputado), señalando para el
primero 400 reales y para las capacidades 200 reales por contribución directa y para
aspirar a diputado la renta anual se eleva a 12.000 reales o se paga por contribución
directa 1.000 reales; es decir, la renta exigible en 1.837 se multiplica por ocho y la
contribución directa del mismo año por cinco. La consecuencia lógica de lo expuesto
fue una reducción drástica en el número de electores (en Zaragoza fue de un 68,4%) y
en el número de posibles diputados3.
……………………………
1 Arturo Fernández, Leyes electorales españolas de Diputados a Cortes en el siglo XIX; Carmelo Romero y Margarita Caballero
en “Oligarquía y caciquismo durante el reinado de Isabel II (1833-1868)”, en Historia Agraria, número 38.
2 Ibidem, op. cit.
3 Ibidem, op. cit.
5
Este trabajo se enmarca dentro de la investigación que coordina y dirige el
profesor titular de la Universidad de Zaragoza el Doctor Carmelo Romero Salvador
sobre oligarquía y caciquismo electoral, en la época isabelina; que pretende demostrar
que oligarquía y caciquismo no es privativo de la Restauración borbónica (1874-1923),
sino que nace y se desarrolla con las distintas elecciones isabelinas (veintidós) y con
las seis leyes electorales diferentes: con la Ley electoral de 1834 se celebraron dos
elecciones, con la Ley electoral de 1836 se celebró una elección, aplicando la
Constitución de 1812 en 1836 se celebró una elección, con la Ley electoral de 1837 se
celebraron ocho elecciones, con la Ley electoral de 1846 se celebraron otras ocho
elecciones y con la Ley electoral de 1865 se celebraron dos elecciones.
El régimen isabelino fue oligárquico por ley, dado que todas las leyes electorales
establecieron el sufragio censitario masculino como norma principal para ser elector y
elegible; con lo que el número de electores quedaba reducido a una minoría de
propietarios; que varió durante la etapa isabelina del 0,2% al 5,0% de la población.
Este porcentaje fue uno de los hechos diferenciadores entre liberales moderados y
liberales progresistas; los primeros eran partidarios de minorar el porcentaje y los
segundos de ampliarlo.
El caciquismo fue ya característica del régimen isabelino porque la práctica
electoral fue caciquil; es decir organizada y manipulada con el fin de dar la victoria al
candidato elegido por los caciques comarcales que, generalmente, coincidía con el del
alcalde de la cabeza del distrito, con el del gobernador provincial y con el del ministro
de Gobernación del Reino.
Destacamos que al elegir el marco territorial del distrito uninominal, para su
análisis electoral, estamos contribuyendo a ampliar los conocimientos sobre unos
comportamientos poco estudiados; para el periodo isabelino.
6
Toda ley favorece y perjudica a determinados sectores de la sociedad y, por tanto,
las seis leyes electorales no son ajenas a este axioma y determinan cuántos y quiénes
votan y quiénes pueden ser elegidos diputados y también si la circunscripción es
provincial o comarcal; es decir plurinominal o uninominal, eliminando a unos
candidatos y promoviendo a otros; pues los futuros diputados a las Cortes no serán los
mismos al cambiar el marco territorial4.
La Ley electoral moderada de 1846 dividió, a efectos electorales el territorio
español en 349 distritos uninominales (un diputado por distrito se sentaría en el
Congreso) y determinó las cuatro elecciones celebradas entre 1846 y 1853 y las otras
cuatro celebradas entre 1857 y 1864. Estas ocho elecciones con sufragio censitario
muy restringido y sistema de votación directo, es el que estudiaremos para el distrito
uninominal de Calatayud, celebradas los años: 1846, 1849(2), 1850, 1851(3), 1853,
Bienio Progresista 1854-1856, 1857, 1858, 1863 y 1864, es decir un total de doce
elecciones.
El análisis de este distrito electoral durante este tiempo, nos permitirá deducir
algunas conclusiones sobre el comportamiento electoral de esta circunscripción que,
sumados a los ya efectuados y a los que se realizarán, aportarán luz sobre las
elecciones generales a diputados a Cortes durante este periodo isabelino.
Conforme con el profesor Carmelo Romero5 cuando afirma “el diputado es el
intermediario entre el gobierno y los electores del distrito y se le exige “poder, saber y
querer”. “Poder” para conseguir las promesas electorales; “saber” cómo hacerlo en la
procelosa Corte madrileña y “querer” satisfacer las peticiones de sus electores (desde
una recomendación para su hijo, a una escuela o un puente para el pueblo). Por
consiguiente, para los votantes lo importante es que el diputado consiga “cosas” y lo
accesorio que sea noble o burgués, del partido moderado o del progresista y vinculado
……………………………
4 Arturo Fernández, Leyes electorales españolas de Diputados a Cortes en el siglo XIX; Carmelo Romero y Margarita Caballero
en “Oligarquía y caciquismo durante el reinado de Isabel II (1833-1868)”, en Historia Agraria, número 38.
5 Carmelo Romero, “Estado débil, oligarquías fuertes” o “Las palabras para el Gobernador y los votos para el obispo”, en Fdez.
Prieto (coord.) Poder local, elites en cambio en Galicia no urbana (1874-1936).
7
a la comarca o extraño a ella, como los denominados “cuneros”6. El elegido no es
siempre fruto de “una imposición por parte de los de arriba… contra voluntad de los de
abajo, sino que responden también a intereses… de las clases populares”7. Por tanto el
caciquismo es el hilo conductor entre dominantes y dominados.
Esta visión ha creado escuela en la provincia de Soria, por medio de las
investigaciones de Margarita Caballero y Carmelo García, dirigidas por el profesor
Carmelo Romero; en la provincia de Huesca con las investigaciones de la profesora
también de esta Universidad Carmen Frías8 y en la provincia de Zaragoza con las tesis
doctorales de José Mª Incausa y Gregorio Briz dirigidas, también, por el profesor
Carmelo Romero9.
Insistimos en la importancia del estudio de esta etapa del periodo isabelino, entre
otras cosas porque es preludio del sistema electoral aplicado durante la larga etapa de
la Restauración.
Durante el periodo isabelino se suprime la sociedad estamental y accede al poder
la burguesía en alianza con la nobleza y comienza a andar el régimen liberal
monárquico constitucional, la administración centralista y el capitalismo se desarrolla.
Todo ello comporta y se interrelaciona con cambio en las formas (prácticas electorales)
políticas; ya se puede elegir y ser elegido para integrar un Congreso denominado, al
iniciar la andadura constitucional, en 1834, Estamento de los Procuradores del Reino;
utilizando una denominación con reminiscencias del Antiguo Régimen absolutista.
……………………………
6 Carmelo Romero en el prólogo a Margarita Caballero, El sufragio censitario...
7 Ibidem, op. cit.
8 Carmen Frías, Liberalismo y republicanismo en el Alto Aragón…
9 José Mª Incausa y Gregorio Briz, De cuneros y ermitaños.
8
Todas las leyes electorales del periodo isabelino exigen tanto para ser diputados
como senadores alto nivel de renta (sufragio censitario restringido), por lo que no se
retribuye el cargo y es una de las causas de buscar la compensación económica por
vías no legales o por lo menos no éticas (por ejemplo: valerse de la información
privilegiada que se tiene al vivir en la Corte, durante las sesiones del Congreso, para
conocer el trazado de una carretera o de un ferrocarril y adquirir a bajo precio los
terrenos lindantes que luego al construirlo se revalorizarán exponencialmente o
comprar acciones “baratas” de una determinada empresa que resultará adjudicataria
de un contrato muy importante por parte del Estado que elevarán su precio de una
forma muy notable).
Analizaremos si el comportamiento del distrito de Calatayud se rige por la
manipulación, el fraude, la presión “desde arriba” o si obedece a la “presión desde
abajo” o a intereses de la mayoría del electorado; es decir, si moderados y progresistas
ganaban las elecciones desde el Gobierno de turno o no.
La diferencia principal entre los partidos moderado y progresista en materia
electoral, independientemente de la cuantía de renta anual necesaria para ser
diputado, era la diferente concepción de la circunscripción electoral: comarcal para los
primeros y provincial para los segundos o lo que es lo mismo distrito electoral
uninominal o distrito electoral plurinominal; porque la mayoría de los caciques
comarcales simpatizaban con el partido moderado, más conservador y anclado en el
pasado que el partido progresista.
Durante el reinado isabelino se produce la formación y desarrollo de los partidos,
que en el inicio fueron una reunión de amigos en torno a un prócer; que se citaban en
la trastienda de una botica, en un café, en el local de un periódico o en casa de uno de
sus miembros (por ejemplo: el partido progresista en casa de Fermín Caballero).
Fueron los moderados los primeros en organizarse adquiriendo una sede
corporativa, estableciendo un comité directivo y comités provinciales, elaboraron
candidaturas acordadas, programas electorales y prensa propia. Andrés Borrego ideó
el primer programa redactando un Manual para los electores del partido monárquico –
constitucional (moderado) y fundó el órgano oficial del partido El Español. El partido
progresista se negó a imponer candidaturas hasta 183810.
……………………………
10 José Luis Comellas, Isabel II, pp.44-45.
9
Cuando toma el poder el partido moderado conservará su modelo electoral, la
Ley de 1846, a excepción del Bienio Progresista (1854-1856), en que las únicas
elecciones celebradas en el año 1855 se rigieron por la derogada Ley electoral de 1837;
que ampliaba el sufragio censitario hasta el tope máximo del periodo isabelino; un
5,2% de la población acudiría a votar.
Las distintas leyes electorales otorgaban al jefe político o al gobernador (cargo
creado en diciembre de 1849) la facultad de: variar los límites del distrito (ampliarlo o
reducirlo en superficie), asignar la cabeza del mismo, la división en secciones (en
nuestro distrito dos secciones una en Calatayud y otra en Villarroya de la Sierra), la
fijación de los locales para votar, etc.
El control del censo de electores era decisivo para orientar el voto; los alcaldes en
los ayuntamientos y los jueces en cada distrito acompañados por la Guardia Civil (se
funda en 1844, en sustitución de la Milicia Nacional de tendencia progresista, para
imponer y conservar el orden propugnado por el partido moderado) se convirtieron en
manipuladores del censo y de los resultados de cada votación. Los diferentes
gobiernos nombrados previamente por la reina Isabel II, nunca perdieron las
elecciones generales convocadas y la corrupción electoral se organiza de modo
sistemático bajo el Ministerio de Luis Sartorius, nombrado por la Reina conde de San
Luis. Comenzaban por cambiar a los gobernadores provinciales (las provincias las creó
Javier de Burgos en 1833) y a renglón seguido a los alcaldes de los ayuntamientos, que
se pondrán de acuerdo con el cacique comarcal sobre el candidato idóneo para el
puesto de “dócil” diputado. El partido moderado formó así una red de intereses
municipales y comarcales controlados desde el ministerio de la Gobernación de
Madrid; pero precisamente ese centralismo significó la visión localista de la política
estatal y esos caciques comarcales y locales impidieron que la legislación del Estado se
hiciera realidad, si eran contrarias a los intereses localistas. Un dato revelador fue que
no se consigue redactar un catastro fiable, durante todo el siglo XIX, con el objeto de
establecer el importe, en consonancia con la renta, de los impuestos a pagar.
Esta corrupción generalizada de la vida política tenía el vértice de la pirámide en
Isabel II que, desde 1843 que fue coronada reina con 13 años, nombraba y deponía a
su antojo gobiernos; unas veces presionada por los partidos y otras por las camarillas
(de su madre María Cristina, de su marido Francisco de Asís, de sor Patrocinio y el
arzobispo Claret, de sus amantes,…). Si se deseaba medrar había que entrar a formar
parte de la Corte palaciega donde se “cocían” los negocios promovidos por el Estado
10
(concesiones de ferrocarriles, concesiones de minas, creación de bancos,
contrataciones paras los ejércitos, subastas de obras públicas,…) unos legales y otros
ilegales (por ejemplo, el tráfico de esclavos en las colonias). Tanta corrupción, llevó
aparejada los cambios continuos de gobierno; así entre febrero de 1846 y setiembre
de 1847 hubo ocho gobiernos diferentes, algunos de un mes de duración y el gabinete
de Clonard sólo duró 27 horas.
La red caciquil se basó en el escalonamiento jerárquico implantado por los
moderados, que se iniciaba en el alcalde del ayuntamiento, designado por el jefe
político o gobernador provincial, hasta el ministro de la Gobernación, quien designaba
a los gobernadores y presidentes de las diputaciones provinciales. En la cúspide la
Reina que nombraba al Presidente del Consejo de Ministros, a los Ministros y a los
Alcaldes de las ciudades importantes. El otro soporte del caciquismo radicó en la
Diputación que representaba y controlaba a los Ayuntamientos: así colocar a los
acólitos del cacique en la Diputación se convirtió en una dependencia política segura.
Fue Rico y Amat quien definió en 1855 al cacique, en su Diccionario de los políticos, con
esta frase: “El verdadero cacique es diputado provincial perpetuo y no quiere serlo a
las Cortes, por no abandonar el convento”11.
Independiente de los liberales moderados conservadores y los liberales
progresistas, ambos con raíces que se remontan hasta el Trienio Liberal (1820-1823) y
la Constitución de 1812, se fundó el partido demócrata progresista en 1849 y la Unión
Liberal en 1858.
……………………………
11 Introducción y epílogo J. Sisinio Pérez –ed.-Isabel II.
11
Conforme a otra característica del reinado isabelino el pretorianismo, con
intentos y golpes de Estado rutinarios, los partidos estuvieron asociados a un espadón:
generales Ramón Mª Narváez (moderado), Baldomero Espartero (progresista), y
Leopoldo O’Donnell (unionista). Y dentro de cada partido existían facciones. Estaban
los doceañistas vinculados a la primera Constitución española de 1812; los
veinteañistas, un poco más a la izquierda vinculados al Trienio Liberal y los
afrancesados asociados a la Ilustración. Después de la moderada regente, madre de la
Reina Mª Cristina (1833-1840) los progresistas se fraccionaron en trinitarios
(partidarios de un Consejo de Regencia integrado por tres personas) y los unitarios
(Consejo de Regencia de una sola persona, que fue el que se impuso, personificado en
el general Espartero entre 1840 a 1843).
Los moderados se dividieron en puritanos y doctrinarios, los primeros partidarios
de un texto constitucional conciliador entre moderados y progresistas, como fue la
Constitución de 1837; encabezados por J.F. Pacheco y Nicomedes Pastor. Los
doctrinarios estaban más propensos a utilizar la ilegalidad y se dividieron en:
narvaistas (afines al general Narváez), monistas (en torno al notable hacendista Mon),
pidalistas (seguidores de Pedro Pidal) y polacos (seguidores de Sartorius, de
ascendencia polaca).
Los demócratas englobaban una serie de tendencias: el líder Nicolás Rivero era
monárquico constitucional y Emilio Castelar y Francisco Pi y Margall republicanos, el
primero centralista y el segundo federalista.
La Unión Liberal, como su nombre indica, trataba de unir a los distintos partidos y
sus facciones.
Todo el reinado isabelino, por otra parte, estuvo marcado por la pugna entre Don
Carlos (hermano de Fernando VII y tío, por tanto, de Isabel II) sus sucesores y sus
partidarios denominados carlistas y los partidarios de Mª Cristina (cristinos) y de su
hija Isabel (isabelinos luego liberales) que se reflejó en tres guerras civiles: I (1833-
1840), II (1846-1849) y III (1872-1876).
La primera, la más larga y cruenta, acaba con la victoria liberal que da el trono a
Isabel II. El lema del carlismo era “Dios, Patria y Rey”; es decir eran católicos
apostólicos romanos y clericales; partidarios de conservar el Antigüo Régimen y sus
fueros y monárquicos absolutistas. Este es un tema muy investigado por el profesor de
esta Universidad Pedro Rújula (entre sus obras destacaría las tres que se citan en la
12
Bibliografía) y también han hecho valiosas aportaciones los profesores, también de
esta Universidad, Carlos Forcadell y Roberto Ceamanos.
También fue el periodo isabelino un tiempo de revoluciones, más o menos
cruentas; unas ideológicas y otras relacionadas con el descontento popular provocado
por el incremento de la pobreza a causa del proceso desamortizador de los bienes
religiosos y de los bienes municipales (comunales y de propios). Hubo revueltas en la
década de 1830 (1833 y 1836), en la de 1840 (1840, 1841, 1842, 1843 y 1844), en la de
1850 (1854 y 1856) y por último en la de 1860 (1860,1866 y 1868), fecha esta última
del abandono del trono por la reina Isabel II y su marcha al exilio parisino, hasta 1904
año en que fallece.
Indudablemente, el comportamiento de Isabel II tuvo mucho que ver con que su
reinado fuera un tiempo inestable y convulso. Su madre Mª Cristina marcó su vida con
su educación absolutista, antiliberal y religioso fanática; que tuvo como resultado que
la Reina considerase a España como de su propiedad, no distinguiendo lo público de lo
privado y entre sus volubles deseos y el Estado y que la intriga fuera su forma de hacer
política12.
Todo lo relacionado fue el causante de los continuos cambios de Gobierno y de
que, excepto cuando es obligada por los levantamientos a entregar el poder a las
progresistas, gobernara siempre con el partido liberal moderado.
Está claro que los partidos aprovecharon la debilidad de Mª Cristina (por su
casamiento secreto con Muñoz, ya que para ser Regente debía, según la Constitución,
permanecer viuda) y luego la de Isabel II; por su ignorancia (falta de formación), por
sus problemas maritales, por su escandalosa vida amorosa (diez amantes reconocidos),
por sus negocios y por su derroche del dinero público en favor de sus favoritos y
colaboradores. Este cúmulo de errores la llevaría al exilio francés en 1868, dando inicio
así al Sexenio Revolucionario (1868-1874).
……………………………
12 Isabel Burdiel, Isabel II, p.394.
13
Es importante subrayar que uno de los aspectos más positivos de esta época fue
el inicio de una política de cohesión nacional sustanciada en tres aspectos: el servicio
militar, la escolarización y las elecciones. Es cierto que sólo se incorporaban al ejército
los que no podían pagar un sustituto o una cierta cantidad de dinero, lo que dio como
resultado que sólo se reclutaran a los pobres; que la escolarización fuera muy baja y el
porcentaje de analfabetos muy superior en mujeres que en hombres y que las
elecciones fueran privativas de los ricos propietarios, por la aplicación del sufragio
censitario restringido13.
Como consecuencia de los continuos cambios de Gobierno, el nuevo Presidente
del Consejo de Ministros convocaba elecciones, para tener mayoría en las Cortes y
poder sacar adelante sus proyectos; de ahí el número tan elevado de convocatorias
electorales pues, como se podía manipular el voto, el Gobierno de turno siempre las
ganaba, a nivel nacional; aunque las perdiera en algún distrito concreto.
……………………………
13 Epílogo J. Sisinio Pérez, Isabel II.
14
Este TRABAJO FIN DE MASTER se compone de cuatro Capítulos, una
Introducción y un Apéndice, siendo una primera aproximación a las Elecciones de
diputados a Cortes por el distrito de Calatayud de 1846 a 1865.
En el Capítulo 1 se tratarán los orígenes del distrito uninominal, como se forma el
censo electoral, quienes pueden ser votantes y quienes candidatos a diputados al
Congreso, las características de los elegidos diputados, las votaciones, sus resultados y
vicisitudes; abarcando el periodo entre los años 1846 a 1853. Los moderados redactan
la Constitución de 1845 y una nueva Ley electoral de 18 de marzo de 1846 que
analizaremos (detallando los artículos que hacen referencia a todos los extremos
expuestos anteriormente) y crean el distrito uninominal, que se aplicará para las
elecciones a celebrar en los años 1846, 1850, 1851 y 1853 a nivel nacional y que en
nuestro distrito de Calatayud, por dos fallecimientos de diputados (Ballestero y San
Martín) y una anulación de la elección de enero de 1851 ganada por el marqués de
Salamanca y su renuncia en las ganadas en mayo de 1851, se transforman en ocho
elecciones celebradas: 1846, 1849(2), 1850, 1851(3) y 1853 y siguiendo indicaciones
del Tutor, incluimos los resultados electorales de los distritos de Belchite y Zaragoza
capital y un somero estudio comparativo, entre ellos y nuestro distrito.
El denominado Bienio Progresista, años 1854 a 1856, se produce como
consecuencia de la revolución de 1854 (La Vicalvarada), toman el poder los
progresistas con el general Espartero como Presidente del Consejo de Ministros y
retornan a la Constitución de 1837 con la Ley electoral del mismo año que imponía el
distrito plurinominal provincial.
En el Capítulo 2 se estudiarán los candidatos a diputados, las votaciones, sus
resultados y vicisitudes y quien se elige como diputado. Los moderados han retomado
el poder imponiendo nuevamente la Constitución de 1845 y la Ley electoral de 1846,
con su distrito uninominal como circunscripción electoral. Las cuatro elecciones
celebradas corresponden a los años 1857, 1858, 1863 y 1864 a nivel nacional, que
coinciden con las celebradas en nuestro distrito de Calatayud. Incluimos, también, los
resultados electorales del distrito de Belchite y un estudio comparativo con nuestro
distrito.
El Capítulo 3 se dedica a las conclusiones de todo lo expuesto en los dos capítulos
precedentes remarcando lo igual y lo diferente de cada elección y que enseñanzas son
deducibles de estas doce convocatorias electorales del distrito de Calatayud que
hemos analizado; y que corresponden ocho a la primera etapa del gobierno de los
15
moderados (1846-1854) y cuatro a la segunda etapa (1857-1864) interrumpidas por el
Bienio Progresista (1854 a 1856). Y analizamos los denominados Cuadro General de
los doce Diputados elegidos y el Cuadro que incluye a los dos candidatos más votados.
El Capítulo 4 engloba las Fuentes que subdividimos en Primarias y Bibliografía,
complementándose con el Apéndice documental.
Las fuentes Primarias abarcan los archivos de la Diputación provincial de
Zaragoza, el archivo Histórico provincial de Zaragoza, el archivo municipal del
Ayuntamiento de Zaragoza, el archivo municipal del Ayuntamiento de Calatayud, el
Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza y diversos Diarios consultados en la
Hemeroteca municipal del Ayuntamiento de Zaragoza.
En la Bibliografía he incluido obras que no tratan específicamente de las
elecciones en el distrito uninominal, en el periodo isabelino; pero que me han dado
unas visión imprescindible del reinado y sus antecedentes, para poder entender el
comportamiento de la sociedad de la época, de los propietarios (únicos que pueden
votar) y de cómo y porqué eligen a sus diputados al Congreso; en función de qué y
para qué y qué les exigen y qué esperan de ellos.
Como continuación de este Trabajo proponemos, entre otras, las siguientes
líneas de investigación:
--Las elecciones celebradas en el mes de agosto de 1851.
---La biografía de los ocho Diputados del Distrito de Calatayud, elegidos entre los
años 1846 y 1865 abarcando: la posición económica de su familia, la educación
recibida, su profesión antes y después de ser elegido Diputado, ¿qué consiguió para su
Distrito durante su mandato?, ¿se incrementó o menguó su patrimonio o el de su
familia, después de ocupar su escaño en el Congreso?, ¿por qué razones fue elegido
candidato?, ¿por quién o quienes fue elegido candidato?, etc.
--¿Por qué se impuso un cunero, cómo el marqués de Salamanca, al candidato
local en las dos convocatorias a elecciones del año 1851?
--¿Qué cualidades eran comunes, independientemente de su patrimonio, a
todos los elegidos Diputados?
16
--¿Quiénes fueron los Alcaldes de las cabezas de sección del Distrito y quienes
los Presidentes de las Juntas Electorales de la cabeza del Distrito que proponían el
Diputado, entre los años citados?
--Investigar el patrimonio de los Caciques y Alcaldes del Distrito siguiendo la
evolución en los amillaramientos (suma de propiedades urbanas y rústicas y
ganadería).
--¿Qué interpretaciones nos ofrece el análisis de los censos electorales desde el
año 1846 al año 1865 en el Distrito de Calatayud; que teóricamente debían
confeccionarse cada dos años? A la vista de ellos redactar un Cuadro recogiendo la
población de cada pueblo que integra el Distrito, su número de electores y el
porcentaje de esta cifra sobre la anterior. Seguidamente, con los resultados globales
del Cuadro anterior se redactará otro conteniendo las mismas columnas.
--Pendiente, también, de investigar en los Archivos: de los descendientes de los
nueve Diputados, en el del Ayuntamiento de Calatayud y en el del Villarroya de la
Sierra, en el del Gobierno provincial de Zaragoza y en los del Congreso de los
Diputados y Senado de Madrid, entre otros.
--Etc.
17
CAPÍTULO 1-EL DISTRITO UNINOMINAL DE
CALATAYUD DESDE EL AÑO 1846 AL AÑO 1853-
18
CAPÍTULO 1 –EL DISTRITO UNINOMINAL DE CALATAYUD DESDE
EL AÑO 1846 AL AÑO 1853-
Citaré, a continuación, los artículos que me parecen más interesantes referidos a
los Diputados y facultades de las Cortes, según la Constitución de 1845:
La potestad de hacer las leyes reside en las Cortes con el Rey (art. 12), formadas
éstas por dos cuerpos colegisladores, Senado y Congreso, iguales en facultades (art.
13). El Congreso de los Diputados se compondrá de los que nombren las Juntas
electorales, uno por cada cincuenta mil almas (art. 20), se elegirán por el método
directo, podrán ser reelegidos (art 21) y para ser Diputado se requiere, entre otras
condiciones, ser español, del estado seglar, haber cumplido 25 años y disfrutar la renta
de bienes raíces o pagar por contribuciones directas la cantidad que la Ley electoral
exija (art. 22) y el Congreso decidirá sobre la legalidad de las elecciones de los
diputados (art. 28).
El Rey y cada uno de los Cuerpos Colegisladores tienen la iniciativa de las leyes
(art. 35) y para votarlas se requiere la presencia de la mitad más uno del número total
de los individuos que la componen (art. 37).
Los senadores y los diputados son inviolables por sus opiniones y votos en el
ejercicio de su encargo (art. 40) y no podrán ser procesados ni arrestados sin previa
resolución del Senado o del Congreso, sino cuando sean hallados in fraganti o cuando
no estén reunidos (art. 41).
Todo lo que el Rey mandare deberá ser firmado por el Ministro a quien
corresponda y ningún funcionario público dará cumplimiento a lo que carezca de este
requisito (art. 64); pudiendo los Ministros ser senadores o diputados y tomar parte en
las discusiones de ambos Cuerpos Colegisladores, pero solo tendrán voto en aquel al
que pertenezca.
Finaliza la redacción de la Constitución con este párrafo:
“Por tanto, mandamos a todos nuestros súbditos de cualquiera clase y
condición que sean, que hayan y guarden la presente Constitución como ley
fundamental de la Monarquía, y mandamos …En Palacio a 23 de mayo de 1845-YO LA
REINA”. Es muy relevante que se utilice la palabra SÚBDITO y no el vocablo ciudadano
19
o la frase “mandamos a todos los españoles” pues a nuestro entender indica la
distancia insalvable entre la Corona y su pueblo y el convencimiento de la Reina de que
era la MADRE PROCTETORA y que, por tanto, debía impartir caridad y no justicia social;
que responde a la educación recibida en Palacio.
La Ley electoral de Diputados a Cortes de 18 de marzo de 184614, estableció
fundamentalmente que:
El cuerpo electoral -
El derecho de sufragio corresponde a “todo español que haya cumplido 25 años
de edad, y que al tiempo de hacer o rectificar dichas listas y un año antes esté pagando
400 reales de contribución directa; con la Ley electoral de 20 de julio de 1837 se exige
200 reales según su art. 7. Este pago se acreditará con el recibo o recibos del último
año (art.14). Y también, a aquellos que paguen la mitad de la anterior contribución
(200 reales) y tengan alguna de las condiciones siguientes : …doctores y licenciados,
canónigos y curas párrocos, empleados cuyo sueldo sea al menos de 8000 reales de
vellón anuales, oficiales retirados del ejército, jueces, maestros …”. Se establecía, por
tanto, un sufragio censitario masculino restringido y por capacidades con garantía
económica que hasta 1890 no se hace universal masculino y hasta 1931 no se
transforma en universal; es decir que se reconoce el voto a la mujer.
Para ser elegible (candidato a diputado) había que reunir las condiciones
exigidas en el Art.22 de la Constitución expuesto más arriba. Se exigía poseer con un
año de antelación, al día en que comiencen las elecciones, una renta de 12.000 reales
de vellón, procedente de bienes raíces o pagar anualmente y con la misma antelación
1.000 reales de vellón de contribución directa (art.4). Al igual que los electores, los
elegibles habrán de probar la capacidad económica exigida, acreditando ésta con la
presentación del correspondiente recibo extendido por Hacienda (arts. 14 y 5). Como
se puede comprobar son condiciones más restrictivas que las de los electores y que no
recoge el sufragio restringido por capacidades. En la derogada Ley de 1837, todo
elector podía ser elegible.
……………………………
14 Arturo Fernández, Leyes electorales españolas de Diputados a Cortes en el siglo XIX, pp.80 – 97.; y Carmelo Romero y
Margarita Caballero en trabajo de Historia Agraria, nº 38.
20
Se establecen las mismas incapacidades para ser elector y elegible, no pudiendo
votar: los que se hallen procesados criminalmente con auto de prisión, los que tengan
sus bienes intervenidos (art.11). No pueden ser elegibles, entre otros, los Jefes
políticos y los Intendentes de rentas (art.8), cargos a quienes sustituirá el Gobernador
de la provincia a partir de finales del año 1849, con el general Narváez como
Presidente del Consejo de Ministros.
El cargo de Diputado era gratuito y voluntario, y se podía renunciar al mismo
antes y después de haber tomado asiento en el Congreso (art.13). Al ser gratuito y por
las propias condiciones exigidas se reservaba para una determinada clase social, las
personas con rentas muy elevadas; porque durante los periodos de funcionamiento
del Congreso los Diputados tenían que residir en la capital del Reino y dejar su
hacienda al cuidado de terceros. ¿Cómo se resarcían de los gastos de los viajes de su
distrito a Madrid y de su estancia en ésta? Este es un tema para investigar, el cómo
compensaban económicamente el tiempo dedicado a su función pública y si su
patrimonio personal crecía o decrecía durante los años que dedicaba a la política; pues
también existía el altruista e idealista que era político para transformar la sociedad y
hacerla más justa y solidaria .
El censo electoral---Las listas de éste serán formadas por los Jefes políticos de las
provincias (art.20); publicadas las de cada distrito en todos los pueblos que el mismo
comprenda; y permanentes, pudiendo alterarse sólo por las rectificaciones que en
ellas se hagan cada dos años (art.19). Estos Jefes políticos tendrán facultad de recibir y
resolver acerca de todas las reclamaciones documentadas, sobre inclusión o exclusión
indebidas en las listas, o sobre algún error cometido en ellas. Sólo tendrán derecho a
votar “las personas que se hallen inscritas en las respectivas listas electorales. Ningún
elector podrá estar inscrito al mismo tiempo en las listas de más de un distrito o
sección” (art.33). Según la Ley electoral de 1837 el censo electoral será realizado por
la Diputación provincial (art. 12).
Sistema electoral –
Emisión del sufragio –--El sufragio es secreto, igual, personal y directo. Se
establece un sistema de representación electoral de carácter mayoritario (de mayoría
absoluta) (art.58).Es decir que se necesita la mitad más uno del número de votantes
del distrito para ser elegido Diputado; si no se alcanza esta cifra se celebrarán de
nuevo elecciones.
21
División territorial---El Gobierno procederá a dividir las provincias en “tantos
distritos electorales cuantos son los Diputados que corresponden a cada una, y
designará a los pueblos que han de ser cabezas de distrito” (art.36). Cuando los
electores de un distrito pasen de 600, o excediendo o no de este número no puedan
fácilmente ir a votar a la cabeza del distrito, se dividirá éste en las secciones que fuere
necesario, procurando que cada una conste de 200 electores al menos. La división de
los distritos en secciones, y la designación de los pueblos que han de ser cabezas de
sección se harán por el Jefe político, y serán rectificas y aprobadas por el Gobierno, sin
cuya autorización no podrán variarse en todo ni en parte en adelante (art.38). La Ley
electoral establece que las provincias se dividirán en distritos electorales a razón de un
Diputado y un distrito por cada 35.000 habitantes (art.2). El número de Diputados y
distritos será en cada provincia los que determina el estado adjunto a la Ley (art.39).
Partiendo del número de Diputados fijado en 349 y de los 35.000 habitantes por
distrito obtenemos 12.215.000 millones de habitantes; una cifra un poco superior a
los 12.162.872 de habitantes que consideraba la Ley electoral anterior de 1837. Según
Artola15 el cuerpo electoral no alcanzaba los 100.000 electores, que representaban un
0,8 por ciento del total de la población.
El marco territorial para la elección de diputados era la provincia, según la Ley
electoral de 1837 (art. 19); por lo que el distrito era plurinominal y no uninominal
como lo es ahora en la Ley electoral de 1846.
Garantías legales-
Procedimiento electoral---Las elecciones se celebrarán en las Juntas electorales,
cuyas mesas estarán compuestas por el presidente y cuatro secretarios escrutadores,
elegidos por votación y entre los mismos electores (art.44). La votación se realizará
por medio de papeleta, que el elector recibirá rubricada del presidente, escribiendo en
ella de forma secreta dentro del local y a la vista de la mesa el nombre del candidato a
quien da su voto, y devolviéndola doblada al presidente, quien la depositará en la urna
en presencia del elector (art.47). Terminada la votación a las cuatro de la tarde se
efectuará el escrutinio de los votos por el presidente y los secretarios escrutadores
(art.48); finalizado éste y anunciado el resultado electoral, se quemarán las papeletas a
……………………………
15 Miguel
Artola, Partidos y programas políticos 1808-1936, I, p. 49.
22
presencia de los electores (art.50). Inmediatamente después, se extenderán dos listas
comprensivas de “los nombres de los electores que hayan concurrido a la votación del
Diputado y del resumen de los votos que cada candidato haya obtenido”. Ambas listas
las autorizarán con sus firmas, certificando de su veracidad y exactitud el presidente y
los secretarios escrutadores. El presidente remitirá inmediatamente una de las listas
por expreso al jefe político que la harás insertar en el Boletín oficial.
La otra lista se fijará antes de las ocho de la mañana del día siguiente en la parte
exterior del local donde se celebren las elecciones” (art.51).Por último se extenderá y
firmará por el presidente y los secretarios escrutadores la correspondiente acta
electoral (art.52).
Transcurridos tres días, después de haberse celebrado la elección de Diputados
en todas y cada una de las secciones, se realizará el escrutinio general de votos
contenidos en las actas de las secciones, en el pueblo cabeza de cada distrito
electoral, proclamándose por el Presidente de la Junta de escrutinio general Diputado
al candidato que hubiera obtenido mayoría absoluta de votos (Arts. 57 y 58).
Faltas, delitos, sanciones electorales y penales ---Se regula a favor de los electores
el derecho de duda y reclamación ante las Juntas electorales. Se considera nulo todo
asunto examinado en estas Juntas que no tenga que ver con la elección (art.65). Todo
elector que se presente con armas, palo o bastón ante cualquier Junta, será expulsado
y privado del derecho de sufragio activo y pasivo en aquella elección (art.66). A la vista
de este artículo se deduce que era frecuente el penetrar en el local de votaciones
(generalmente el ayuntamiento de la cabeza de la sección) con algún elemento
coactivo que forzara a los componentes de la Mesa a manipular la votación a favor de
cierto candidato. En este sentido es muy ilustrativo el oficio de contestación que
remite el Comandante de línea de Calatayud (de fecha 8 de noviembre de 1849) al
Alcalde; denegando la petición por parte de aquel de protección de los locales cabezas
de sección de las próximas elecciones para Diputados a Cortes, por exceso de
misiones.
La Ley de 22 de junio de 1864 recoge todas las irregularidades que se producen
durante el periodo electoral y tiene detrás de si una experiencia de 18 años con siete
elecciones celebradas a nivel nacional, descontando el Bienio Progresista.
23
Recogemos lo que me parece de más interés de la obra de Arturo Fernández16
sobre este tema: Los Tribunales y Juzgados deberán proceder contra los presuntos
reos de delitos electorales,… acusaciones contra los Gobernadores civiles, Alcaldes y
empleados públicos que intervengan en las elecciones y contra cualquier persona. Se
fijaban un repertorio de delitos electorales, entre los que afectaban a los funcionarios
figuraban: falsedad de documento público, obligar o impedir a un elector emitir su
voto, alteración de los plazos legales para la formación y rectificación de las listas
electorales, inexactitud de esas listas, etc. Entre los que afectaban a los electores:
votar más de una vez, votar con el nombre de otro, amenazar a los electores, inclinar a
votar por alguien por medio de regalos o dinero17; era frecuente la entrega de una
cantidad en metálico, botellas de vino, puros, etc. y que el juez cuya sede estaba en la
cabeza del distrito, con una escolta de la Guardia Civil, acompañara a los Alcaldes de
los pueblos de la circunscripción electoral a visitar a los posibles electores para dirigir
su voto a favor del candidato oficial.
Según el Art.3 de la Ley electoral de 18 de marzo de 1846:“el número de
Diputados y el de distritos serán en cada provincia los que determina el estado
adjunto…”.
El número de Diputados se fija en 349 para la totalidad del país y de 9 para la
provincia de Zaragoza, a la cual se le asigna una población de 304.823 almas.
En el Boletín Oficial de la provincia de Zaragoza (BOPZ) del 6 de julio de 1846 se
reproduce un Real decreto de fecha 24 de junio donde figuran los nueve distritos en
que se divide la provincia (1- Misericordia (capital), 2-Lonja (capital), 3-Almunia, 4-
Belchite, 5-Borja, 6- Calatayud, 7-Caspe, 8-Daroca y 9-Egea de las Caballeros) y figura
el de Calatayud con 34.417 almas. A cada distrito correspondía un Diputado, por lo
que la provincia de Zaragoza contará con nueve.
En el BOPZ del 1 de diciembre de 1846 se aprueba la división en secciones de los
distritos electorales de la provincia y la designación de la cabeza de cada una,
incluyendo el 6º distrito de Calatayud dividido en dos secciones: la de Calatayud y la
de Villarroya de la Sierra y cada una con la relación de pueblos que deberán votar en
su cabeza de sección y su número de electores, 179 para la sección primera, con 108
para su cabeza y 186 para la segunda, con 38 para la suya; en total para el distrito 365
electores. La sección de Calatayud está integrada por 15 núcleos de población y la de
Villarroya de la Sierra por 21. No poseen ningún elector los núcleos de Huérmeda y
Toved, en la 1ª sección y el núcleo de Berdejo en la 2ª sección y uno sólo la Señoría de
Terrer y Sediles ambos de la 1ª sección. Se puede afirmar que está muy equilibrado el
24
número de electores entre las dos secciones; no así entre las dos cabezas de las
secciones, pues una representa el 60% del electorado y otra el 20%,
aproximadamente. El porcentaje de electores sobre el número de habitantes del
distrito es de un 1,06% (365 x100: 34417=1,06%).
Distrito Calatayud
Sección Calatayud Sección Villarroya Totales
Nombre pueblo Electores % Nombre pueblo Electores % Pueblo Electores %
Belmonte 2 0,5 Aranda 2 0,5
Calatayud 108 29,6 Aniñon 21 5,9
El Frasno y Aluenda 13 3,6 Bijuesca 6 1,6
Huérmeda ---- Berdejo ----
Inoges 6 1,6 Clares 2 0,5
Maluenda 11 3,0 Cervera de Aniñon
8 2,2
Paracuellos de Giloca 8 2,2 Calcena 8 2,2
Paracuellos de la Rivera
6 1,6 Embid de la Ribera
3 0,8
Señoría de Terrer 1 0,3 Jarque 3 0,8
Sediles 1 0,3 Malanquilla 3 0,8
Toved ---- Moros 14 3,9
Saviñán 13 3,6 Morés 6 1,6
Terrer 4 1,1 Pomer 6 1,6
Valtorres 4 1,1 Purujosa 4 1,1
Villalba 2 0,5 Sestrica 18 5,0
Torrelapaja 4 1,1
Torrijo 14 3,8
Torralba 4 1,1
Villarroya de la Sierra
38 10,4
Villalengua 19 5,3
Viver de la Sierra 3 0,8
Suma 15 179 49,0 Suma 21 186 51,0 36 365 100
…………………………… 16
Arturo Fernández, Leyes electorales españolas de Diputados a Cortes en el siglo XIX, pp. 96-97.
17 Ibidem, op. cit., pp.96-97.
25
Las Cortes fueron disueltas por Real Decreto de 31 de octubre de 1846 y
convocadas las siguientes para el 25 de diciembre. Por Real Decreto de 11 de
noviembre se convocaron elecciones de Diputados a Cortes para el 6 de diciembre,
conforme a la nueva Ley electoral que estaría vigente 18 años y aplicada en ocho
elecciones (1846, 1850, 1851,1853, 1857, 1858, 1863 y 1864). Entre las reformas
electorales propuestas y no aprobadas citaré la de Bravo Murillo de 1 de diciembre de
1852 que proponía la reducción del número de Diputados y del cuerpo electoral.
La aplicación de la Ley electoral de 1846 se vio interrumpida por el Bienio
Progresista (18 de julio de 1854 a 14 de julio de 1856), con el general Baldomero
Espartero, duque de la Victoria, como Presidente del Consejo de ministros; que
aplicaría la Ley electoral de 1837 y redactaría una nueva Constitución en 1856; no
promulgada, al ser sustituido por el general canario de la Unión Liberal Leopoldo
O’Donnell, duque de Tetuán, compañero del anterior en la sublevación progresista de
1854 (la Vicalvarada, nombre derivado de la localidad madrileña de Vicálvaro, origen
de la sublevación). Es de destacar que el Manifiesto de la sublevación (“Manifiesto de
Manzanares”) fue redactado por el entonces joven político malagueño Antonio
Cánovas del Castillo, asesor intelectual del general O’Donnell y futuro artífice del
turno de partidos (conservador y liberal) en el período de la Restauración con su
Constitución de 1876.
En el BOPZ de fecha 5 de mayo de 1851, en la Circular núm. 134, se escribe
“ELECCIONES DE DIPUTADOS A CORTE S–A fin de que en las elecciones de Diputados a
Cortes que deben tener lugar los días 10 y 11 del corriente, se observe la mayor
uniformidad, tanto en las capitales de distrito como en las Secciones, se insertan a
continuación los modelos de las notas de votación y resumen de esta…”. Se adjuntan
los Modelos de “Actas de votación” y de “Actas de resumen general de votos”. En
nuestro distrito existían dos Secciones, Calatayud y Villarroya de la Sierra, y la cabeza
de distrito era nuestra “Bilbilis”; que tenía la obligación de redactar el Acta Resumen y
archivar en su Casa Consistorial el Acta original firmada por los componentes de la
Mesa definitiva: el Presidente y los cuatro Secretarios Escrutadores
A continuación, siguiendo indicaciones del Tutor, incluimos los resultados electorales
siguientes:
26
RESULTADO DE LAS ELECCIONES DEL DISTRITO UNINOMINAL DE CALATAYUD
CELEBRADAS EN DICIEMBRE DE 1846
Elaboración propia.
Secciones Electores Votantes
% part.
Ballestero Fernández de
Castro Perdidos
Total 1.
er
día 2.
º
día Votos % Votos % Votos %
Calatayud 179 91 78 13 91 68,4
33 19 14 33 24,8
9 3 6 9 6,8
Suma 179 133 100 33 74 %
Villarroya de la Sierra
186 57 47 10 57 44,9
69 56 13 69 54,3
1 1 1 0,8
Suma 186 127 104 23 68%
Total 365 260 204 56 71% 148 56,9 102 39,2 10 3,9
Nota: los porcentajes se obtienen sobre el número total de votantes, en cada sección y en el distrito.
Fuente: BOPZ de 17 de diciembre de 1846.
RESULTADOS DE LAS ELECCIONES DEL DISTRITO DE BELCHITE EN 1846
Electores Votantes % participación
Total 343 239 69,6
Fuente: José Mª Incausa y Gregorio Briz, De cuneros y ermitaños, que utilizaremos para todos
los cuadros de este distrito.
RESULTADOS DE LAS ELECCIONES EN ZARAGOZA CAPITAL EN 1846
Elección de diputados 1846, La Misericordia Elección de diputados 1846, Casa Lonja
Total Votantes 273 509
Total Electores 470 902
Participación 58,1% 56,4%
Fuente: Francisco Coma, Trabajo Fin de Máster, que utilizaremos para todos los cuadros de estos
dos distritos.
El Presidente del Consejo de Ministros era Francisco Javier Istúriz, entre el 5 de
abril de 1846 al 28 de enero de 1847.
27
Se disuelven las Cortes, elegidas por la Ley electoral de 1837, el 31 de octubre;
fijándose la reunión de las nuevas Cortes para el 25 de diciembre del año 1846 con
aplicación de la Ley electoral del 18 de marzo de 1846 que crea el distrito uninominal
como circunscripción electoral.
Comentarios al Cuadro del distrito de Calatayud:
Se convocan las elecciones para los días 6 y 7 de diciembre, por Real decreto del
11 de noviembre publicado en La Gaceta de Madrid del 13 de este mes.
Candidatos a Diputados sólo dos: Domingo Miguel Ballestero y Felipe Fernández
de Castro.
Participación alta. El primer día de votación vota la mayoría (78%). El número
de votantes de cada sección es similar.
El candidato Ballestero gana en la sección de Calatayud y pierde en la de
Villarroya; pero fallece el 24 de octubre de 1849, por lo que se procede a una nueva
elección los días 9 y 10 de noviembre de ese año.
Estas elecciones de 1846 consiguieron el Congreso más longevo (casi cuatro
años), después del nacido de las elecciones de 1858 (con casi cinco años) que convocó
la Unión Liberal del general O’Donnell.
Incluimos al final de este Capítulo 1 dos cuadros relativos al número de electores
y número de votantes en los distritos de la ciudad de Zaragoza, Calatayud y Belchite.
28
RESULTADO DE LAS ELECCIONES DEL DISTRITO UNINOMINAL DE CALATAYUD
CELEBRADAS EN NOVIEMBRE DE 1849
Elaboración propia.
Secciones Electores Votantes
% part.
Ortega Garcés Nogués Perdidos
Total 1.
er
día 2.
º
día Votos % Votos % Votos % Votos %
Calatayud 98 70 28 98 93,3
1 1 1 1,0
6 6 6 5,7
Suma 105 70 35
Villarroya de la Sierra
127 120 7 127 100,0
Suma 127 120 7
Total 377 232 190 42 62% 225 97,0 1 0,4 6 2,6
Fuente: BOEPZ de 3 de noviembre de 1849.
Según el BO Extraordinario de la Provincia de Zaragoza (BOEPZ) de fecha 3 de
noviembre de 1849, en una Circular de la Dirección de Gobierno se comunica que:
“S.M. la Reina se ha dignado expedir el Real decreto siguiente: Habiendo quedado
vacante el distrito de Calatayud… por el fallecimiento de D. Miguel Ballestero, que
como Diputado a Cortes lo representaba, vengo en mandar con arreglo a la Ley de diez
y ocho de marzo de mil ochocientos cuarenta y seis y su adicional de diez y seis de
febrero del corriente año, se proceda a nueva elección en dicho Distrito. Dado en
Palacio a veinte y ocho de octubre de mil ochocientos cuarenta y nueve. El Ministro de
la Gobernación del Reino, El Conde de San Luis. De Real orden lo comunico a V. S. para
su inteligencia y cumplimiento”.
“Y para que tenga efecto lo prevenido en la anterior Soberana resolución he
dispuesto lo siguiente: Quedan señalados los días 9 y 10 del presente mes para la
elección de un Diputado a Cortes en el Distrito de Calatayud. Esta se verificará por los
electores comprendidos en las listas que se rectificaron en el año pasado 1848… los
electores concurrirán a emitir sus sufragios a las casas consistoriales de las capital de la
Sección donde pertenece el pueblo de su vecindad y que se inserta a continuación. A
los tres días de verificada la elección en las Secciones se celebrará el escrutinio general
de votos en la cabeza del Distrito y se proclamará Diputado.
29
Encargo a los Presidentes de las mesas… concediendo a los electores la
protección necesaria y no permitiendo se les coarte… la libertad al emitir el voto”.
Dirección de Gobierno –José R. Guerra. Esta será una advertencia que se repetirá con
cada convocatoria electoral; lo que demuestra que era normal que eso sucediera y
que el Gobierno de turno, hipócritamente, lo recordaba para envolverse en la bandera
de la legalidad y la justicia, después de haber influido con todos los medios a su
alcance a favor del candidato oficial.
El Presidente del Consejo de Ministro era el general Ramón María Narváez,
duque de Valencia, entre el 4 de octubre de 1847 y el 10 de enero de 1851 con la
interrupción de un día, del 19 al 20 de octubre de 1849, que ejerció el cargo Serafín
María de Sotto, conde Clonard, lo que se denominó “Ministerio relámpago”. En el año
1848 se produjo la revolución europea, que en España la cortó de raíz Narváez, porque
los líderes del partido progresista (Olózaga, Cortina y Madoz), al final, no la
secundaron; a partir de este momento el ala radical del progresismo fundaría el
partido demócrata. Narváez provocó la admiración de muchos gobiernos europeos,
que vieron en su actuación un ejemplo a seguir y el general ejerció como Dictador
desde abril de 1848 hasta enero de 1849 clausurando las Cortes .Durante su mandato
se inauguró (octubre de 1850) el actual edificio del Congreso de los Diputados,
apareció el sello de correos y comenzaron a circular los primeros ferrocarriles. Una de
las muchas veleidades de la Reina, actuando como una niña caprichosa, fue el
nombramiento del conde Clonard como Presidente; como eximente se puede alegar
que sólo contaba 19 años.
Otra vez una guerra carlista se inicia por Cataluña en el año 1848, con sus
secuelas de inestabilidad y de sufrimiento para las zonas que la padecen durante ese
año y el siguiente. En nuestro distrito de Calatayud las partidas carlistas surgen y se
aletargan y uno de sus animadores será el militar taustano Jaime Ortega reconvertido
al carlismo oficialmente después de 1857.
Comentarios al Cuadro:
Ha “barrido” el candidato taustano, general Jaime Ortega y Olleta.
Jaime Ortega y Olleta nace en Tauste en 1816 de una familia aristocrática
aragonesa, escogiendo por vocación el mundo de las armas; pero pronto alternaría su
carrera militar con la política; llegando a ser diputado por los distritos de Calatayud,
Egea y Alcañiz y alcanzando la capitanía general de Baleares en 1859. Ortega es sobre
30
todo recordado por su intentona fallida de pronunciamiento carlista (la “ortegada”)
siendo Capitán General de las Islas Baleares, con el desembarco al frente de sus tropas
en San Carlos de la Rápita y su fusilamiento posterior en Tortosa por dicho suceso en el
año 1860; tuvo más suerte el conde de Montemolín, el pretendiente carlista, que logró
salvar su vida. Ortega inició su andadura política en el partido progresista pasando al
partido moderado en 1843 y acabando en el partido carlista a partir de 185718; por
tanto en 1849 se presentaba por el partido moderado en nuestro distrito uninominal
de Calatayud. Ortega “barrió” en las elecciones de noviembre de 1849 con un 97,0%
de los votos emitidos y consiguió un 73,4% de los votos emitidos en la diciembre de
1849. Y si nos referimos al número de electores consiguió un 59,7% y un
54,1%.respectivamente. Ortega como diputado tuvo una larga vida parlamentaria (16
años), concurriendo a once elecciones, todas en tierras aragonesas y por su
permanente reelección en el distrito de Egea, podría considerarse como un “ermitaño”
de dicho distrito.
Mariano Nogués era un político de la zona de Borja y se presentó a Diputado, en
el distrito de La Almunia, en 1851.
……………………………
18 Sobre el apoyo del distrito de Calatayud al carlismo Pedro Rújula, Contrarrevolución, pp.396 a 401.
31
Las elecciones celebradas en noviembre de 1849 fueron anuladas por el
Congreso por coacciones en su desarrollo, por cuyo motivo se celebraron las de
diciembre de 1849.
Continúa siendo Presidente del Consejo de Ministros el general Narváez.
En el anuario del año 1849 del ADPZ, en una carpeta del distrito de Calatayud se
insertan los resultados de las elecciones celebradas los días 9 y 10 de noviembre de
1849 que dan como vencedor a un Jaime Ortega de sólo 33 años .
En el BOEPZ, en una Circular de la Dirección del Gobierno de fecha 24 de
noviembre de 1849, se inserta un Real decreto comunicando que habiendo sido
anulada por el Congreso la elección para un Diputado a Cortes por el distrito de
Calatayud, que tuvo lugar en los días 9 y 10 del mes actual, se proceda a nueva
elección y se ha señalado los días 16 y 17 de diciembre próximo para la nueva
votación. En el Acta que remite el Presidente de la Mesa de la cabeza del distrito de
fecha veinte de diciembre de 1849 se reflejan los resultados de las votaciones y el
candidato ganador.
Para mi modesta opinión fue un personaje muy peculiar Ortega, estudiado en
profundidad por el profesor Ceamanos, que me lleva a preguntar: ¿por qué varió de
distrito?, ¿seguía instrucciones oficiales o le gustaba cambiar de paisaje y paisanaje?
…Un poco aventurero y cambiante si parece por su evolución política: pues comienza
siendo progresista , pasa por el partido moderado y acaba en el absolutista carlista,
encabezando la famosa “Ortegada” en 1860, que le costará la vida el 18 de abril de ese
año con tan sólo 44 años .
Comentarios al Cuadro:
La participación ha sido alta.
Si estas elecciones las comparamos con las celebradas los días 9 y 10 de
noviembre, el número de votantes se ha incrementado en 45 electores, Jaime Ortega
ha perdido 21 electores y Ramón Garcés ha ganado 72.
32
RESULTADO DE LAS ELECCIONES DEL DISTRRITO UNINOMINAL DE CALATAYUD
CELEBRADAS EN SETIEMBRE DE 1850
Elaboración propia.
Secciones Electores Votantes % part.
Candidato único
Juan de San Martín Perdidos
Total 1.er
día 2.º día Votos % Votos %
Calatayud 121 73 48 121 99,2
1 1 1 0,8
Suma 122 74 48
Villarroya de la Sierra
144 113 31 144 100,0
Suma 144 113 31
Total 479 266 187 79 55% 265 99,6 1 0,4
Fuente: BOPZ del 2 y 4 de septiembre de 1850.
RESULTADOS DE LAS ELECCIONES DEL DISTRITO DE BELCHITE EN SEPTIEMBRE DE
1850.
Electores Votantes % participación
Total 477 339 71
RESULTADOS DE LAS ELECCIONES DE ZARAGOZA CAPITAL EN 1850.
Elección de diputados 1850, La Misericordia Elección de diputados 1850, Casa Lonja
Total Votantes 346 562
Total Electores 460 c. 900
Participación 75,4% c. 62%
Continúa siendo Presidente del Consejo de Ministros el general Narváez.
En el BOPZ de 2 de enero de 1850 se inserta lo siguiente: Por Real Decreto de 28
de diciembre de 1849 y siendo Presidente del Consejo de Ministros el Duque de
Valencia se crea una sola Autoridad civil superior, en sustitución de los Jefes políticos
e Intendentes, con la denominación de Gobernador de provincia que serán
nombrados y separados en virtud de Reales decretos acordados en Consejo de
Ministros y refrendados por su Presidente. En el BOPZ de 14 de enero de 1850 se
nombra Gobernador a José María Gispert, senador del Reino.
33
Según el BOPZ de fecha 7 de agosto de 1850 el Gobierno provincial en la
Circular núm. 281 escribe: S. M. la Reina de conformidad con lo que me ha propuesto
mi Consejo de Ministros vengo en decretar lo siguiente. “Artículo primero. Se disuelve
el Congreso de los Diputados –Artículo segundo. Se procederá a elecciones generales
el día treinta y uno del mes actual y siguientes.-Artículo tercero. Las Cortes se reunirán
en la Capital de la Monarquía el día treinta y uno de Octubre del corriente año. Dado
en Palacio a cuatro de agosto de 1850.Está rubricado de la Real mano. El Presidente
del Consejo de Ministros, El Duque de Valencia” (general Narváez).
En el BOPZ del 19 de agosto de 1850 aparece una variación de secciones en dos
distritos de la provincia y agregaciones en otros dos y se transcribe que: “A los tres
días de haberse hecho la elección en las secciones se celebrará el escrutinio general de
votos en la capital del Distrito (en nuestro caso Calatayud) y se proclamará el
Diputado. Si en el primer escrutinio general no resultase ningún candidato con
mayoría absoluta se anunciarán por el Presidente los nombres de los dos que hubiesen
obtenido mayor número de votos y a los tres días se procederá entre ellos a 2ª
elección y será proclamado Diputado el que obtenga mayor número de votos”.
Las elecciones de acuerdo con lo ordenado se celebraron los días 31 de agosto y
1 de setiembre.
Resultados de las votaciones publicadas en los BOPZ de los días 2 y 4 de
setiembre de 1850, correspondiendo a los días primero y segundo de votación .
Comentarios al Cuadro del distrito de Calatayud:
Candidato único Juan de San Martín. Se incrementó el número de electores de
una forma notable, en 102 personas que equivale a un 27%. Participación baja.
En enero del año 1851 se tendrá que convocar una nueva cita electoral por
fallecimiento del Diputado, recién elegido, San Martín.
A juicio de Cánovas Sánchez19 lo que pretendía el Presidente del Consejo de
Ministros, general Narváez, era conseguir una mayoría muy amplia en el Congreso para
neutralizar a la oposición.
…………………………… 19
Francisco Cánovas, El partido moderado, p. 132.
34
El 10 de enero de 1851 cae el Gobierno de Narváez y la Reina encarga la
formación de uno nuevo a Juan Bravo Murillo constituyéndose el 14 de enero y el 6 de
abril del mismo año Bravo consigue que Isabel II decretara la disolución del Congreso;
en el que se encontraba en minoría y que se convocaran nuevas elecciones en mayo de
ese año.
Respecto a las elecciones de 1850 y 1851 escribirá Pastor20: “En las de 1850 el
Ministro preparó por medio de sus agentes los distritos haciendo buscar en cada
localidad personas acaudaladas e influyentes… En las siguientes… se ha impuesto… en
los distritos personas desconocidas en ellos… que se habían distinguido por su
adhesión al Ministro”.
Y Cánovas Sánchez20 afirmará que son en las elecciones de 1851 cuando se
impusieron los “cuneros”, personas sin vinculación alguna con el distrito; ni por
nacimiento, ni por residencia, ni por posesión de propiedades rústicas o urbanas. En
nuestro distrito de Calatayud se impondrá un “cunero” muy ilustre, Don José de
Salamanca.
RESULTADO DE LAS ELECCIONES DEL DISTRITO UNINOMINAL DE CALATAYUD
CELEBRADAS EN ENERO DE 1851.
Elaboración propia.
Secciones Electores Votantes % part.
Salamanca Dumon Perdidos
Total 1.er
día 2.º día Votos % Votos % Votos %
Calatayud 98 68 30 98 52,7
82 53 29 82 44,1
6 3 3 6 3,2
Suma 186 124 62
Villarroya de la Sierra
125 99 26 125 76,2
38 28 10 38 23,2
1 1 1 0,6
Suma 164 128 36
Total 479 350 252 98 73% 223 63,7 120 34,3 7 2,0
Fuente: BOPZ de 27 de enero de 1851.
…………………………… 20
Luis Mª Pastor, Las elecciones…, pp.30-31.
35
El Presidente del Consejo de Ministros era Juan Bravo Murillo entre el 14 de
enero de 1851 y el 14 de diciembre de 1852, que fue un político diferente (honrado,
trabajador, buen administrador) y que acusó, siendo ministro de Hacienda con
Narváez, a sus compañeros de Ministerio de corruptos y era enemigo de que los
militares intervinieran en política, lo que acabaría costándole el cargo; cuando intentó
aprobar una nueva Constitución en 1852 recogiendo sus ideas. Durante su mandato,
en 1851, se firmó el Concordato con la Santa Sede que marcaría, entre otras
cuestiones, la enseñanza en nuestro país; pues la dejaría en manos de la Iglesia
Católica Romana, con el freno que supuso para las nuevas ideas de progreso y de
laicización de la sociedad de la época. Según Comellas se puede hablar del primer
tecnócrata y resalta su eficacia y logros, redactó: un plan de ferrocarriles, otro de
carreteras, otro de puertos y se construyeron: escuelas, hospitales, canales, barcos de
vapor, etc21.
Según el BOPZ de 1 de enero de 1851, el Gobierno provincial en la Circular núm.
1, escribe: “S. M. la Reina (q. D. g.) se ha dignado espedir el Real decreto siguiente –
Habiendo fallecido D. Juan de Sanmartín, Diputado a Cortes por el distrito de
Calatayud… vengo en mandar que con arreglo a la ley de 18 de Marzo de 1846 y su
adicional de 16 de Febrero de 1849 se proceda a nueva elección en dicho distrito-
Dado en Palacio a 25 de Diciembre de 1850-Está rubricado de la Real mano-El Ministro
de la Gobernación del Reino, el Conde de San Luis (Luis José Sartorius). Se convocan
nuevas elecciones para el 22 y 23 de enero del mismo año, por fallecimiento del
Diputado Juan de San Martín y en el BOPZ del 27 de enero, Circular núm. 30, el
Gobierno de la Provincia de Zaragoza incluye los resultados de la convocatoria
electoral.
Amplia mayoría para José de Salamanca, por tanto no hubo “lucha” política. La
sección de Calatayud superó a la de Villarroya en número de votantes.
José de Salamanca y Mayol nació en Málaga en 1811, cursó estudios de Filosofía y
Derecho en Granada terminándolos en 1828; en el año 1836 con sólo 26 años es
elegido diputado por la circunscripción de Almería y por esta causa se traslada a
Madrid, introduciéndose ya en el mundo de los negocios y obteniendo en 1839 el
monopolio de la sal.
……………………………
21 José Luis Comellas, Historia de España contemporánea, p.191.
36
Salamanca fue ministro de Hacienda en 1847, siendo Presidente del Consejo de
Ministros Joaquín Pacheco, y Presidente del Consejo de Ministros en la primera
quincena del mes de septiembre del mismo año, entre los Presidentes moderados
Pacheco y García Goyena, y formó tándem con este último durante su corto mandato;
además del más notable financiero y hombre de negocios durante el reinado de la
reina Isabel II e impulsor de la construcción y explotación de los ferrocarriles españoles
entre los cuales destaca el de Madrid a Aranjuez, inaugurado en 1851 (año en que fue
elegido diputado por nuestro distrito) por la Reina, y el de Madrid a Zaragoza,
inaugurado en 1863, y amplió la capital de España con la construcción del todavía
denominado hoy barrio de Salamanca; tuvo como socios de sus múltiples negocios: a
la Reina Madre , María Cristina, a su marido Fernando Muñoz, marqués de Riansares,
y al general Narváez, gozando por tanto de una información privilegiada. Salamanca
consiguió aproximadamente un 64% de los votos emitidos en enero de 1851 y un 59%
en mayo de 1851 y si estos porcentajes los referimos al número de electores
descienden a un 47% y un 44% respectivamente. Al producirse la revolución de 1854
que da paso al Bienio Progresista, Salamanca se exilia y regresa al finalizar este
periodo, siendo nombrado senador vitalicio en 1856. En agradecimiento a sus
servicios le concede la reina Isabel II los siguientes títulos: marqués de Salamanca
(1863) y conde de los Llanos (1864) con grandeza de España. Fue diputado también
con el Sexenio y en las primeras Cortes de la Restauración y posteriormente senador;
por lo que su carrera parlamentaria abarca casi medio siglo, concurriendo a diecinueve
elecciones de las que diez se celebraron entre 1846 y 1865, presentándose doce veces
por circunscripciones diferentes andaluzas, por lo que es el representante tipo de
“cunero”. Salamanca murió en Madrid en 1883. Algunos medios periodísticos de la
época, no adictos a su persona, lo calificaban como un celestino de la reina Isabel II.
El Congreso de los Diputados se disuelve el 6 de abril, según el BOPZ del 11 de
1851, siendo Presidente del Consejo de Ministros Juan Bravo Murillo (nombrado el 14
de enero de 1851 y cesado el 14 de diciembre de 1852) y Gobernador interino
provincial El Conde de la Rosa.
37
RESULTADOS DE LAS ELECCIONES DEL DISTRITO UNINOMINAL DE CALATAYUD
CELEBRADAS EN MAYO DE 1851.
Elaboración propia.
Secciones Electores Votantes % part.
Salamanca Bordiú Perdidos
Total 1.er
día 2.º día Votos % Votos % Votos %
Calatayud 110 77 33 110 61,8
68 50 18 68 38,2
Suma 178 127 51
Villarroya de la Sierra
99 95 4 99 55,6
73 68 5 73 41,0
6 6 6 3,4
Suma 178 169 9
Total 479 356 296 60 74% 209 58,7 141 39,6 6 1,7
RESULTADOS DE LAS ELECCIONES DEL DISTRITO DE BELCHITE EN 1851
Electores Votantes % participación
Total 467 351 75,1
RESULTADOS DE LAS ELECCIONES DE ZARAGOZA CAPITAL EN 1851
Elección de diputados 1851, La Misericordia Elección de diputados 1851, Casa Lonja
Total Votantes 271 505
Total Electores c. 460 c. 900
Participación c. 59% c. 56%
Continúa siendo Presidente del Consejo de Ministros Bravo .Su relevo se
produce al formar moderados y progresistas una coalición, cuando con la
convocatoria electoral publicada en “La Gaceta de Madrid” para el 3 de diciembre de
1852 incluye el texto de la nueva Constitución y las leyes aplicables para su
cumplimiento. Dimitió de su cargo de Presidente el 14 de diciembre de 1852.
Según el BOPZ de fecha 14 de abril de 1851, en la Circular Núm.115 del Gobierno
de la Provincia se escribe: “Usando de la prerrogativa que me compete por el artículo
26 de la Constitución, y de conformidad con lo que me ha propuesto mi Consejo de
Ministros ,Vengo en decretar lo siguiente –Art.1º Se procederá a elecciones generales
de Diputados a Cortes el día diez de Mayo próximo e inmediatos-Art.2º Las Cortes se
reunirán en la Capital de la Monarquía el día primero de Junio del corriente año-Dado
38
en Palacio a nueve de Abril de mil ochocientos cincuenta y uno-Está rubricado de la
Real mano –El Presidente del Consejo de Ministros –Juan Bravo Murillo”.
En el BEPZ de fecha 30 de abril de 1851 por el Gobierno provincial, en su
Circular núm. 131, se escribe que “de conformidad con el art.40 de la ley de 18 de
Marzo de 1846 y habiendo sido aprobada por Reales órdenes de 27 y 28 del corriente
la nueva división de Secciones en los Distritos de la Casa de Misericordia, Borja y Ejea;
la traslación a Pedrola de la 2ª Sección del de La Almunia y agregación del pueblo de
Escatrón a la de Caspe…”. Esta es una muestra de cómo se conformaban los Distritos a
los intereses electorales del Gobierno de turno y cómo hasta se cambiaban los pueblos
de Distrito, por esas mismas razones con el objetivo de ganar las elecciones. Si en un
distrito los votantes de un determinado pueblo podían decidir la votación, en contra
del candidato oficial, se les cambiaba a otro donde sus votos ya no fueran decisivos. Si
los votantes de un determinado núcleo poblacional eran opuestos el candidato
gubernamental se cambiaba la cabeza de su sección; trasladándola a un pueblo más
alejado, como medida disuasoria, para que no fueran a votar, debido a su lejanía y
pésimas comunicaciones entre ambos.
El marqués de Salamanca renuncia a su cargo de diputado por el distrito de
Calatayud aceptándolo por Málaga, por donde también se había presentado, y por
esta razón se celebran nuevas elecciones los días 9 y 10 de agosto de 1851,
proclamándose como nuevo diputado a Bordiú.
39
RESULTADOS DE LAS ELECCIONES DEL DISTRITO UNINOMINAL DE CALATAYUD
CELEBRADAS EN AGOSTO DE 1851.
Elaboración propia. Pendiente de investigar.
Secciones Electores Votantes
% part.
Vasco Bordiú Corral Perdidos
Total 1
er
día 2º día
Votos % Votos % Votos % Votos %
Calatayud
Suma
Villarroya de la Sierra
Suma
Total 479 296 62% 91 30,7 193 65,2 7 2,4 5 1,7
Fuente: Ceamanos Del liberalismo al carlismo…, página 112.
Cristóbal Bordiú y Góngora nació en Zaragoza en 1798, de una familia francesa,,
refugiada en Aragón en el siglo XVI y en la cual con el tiempo, por compra, concurrirán
tres casas tituladas de Aragón: Argillo, Villaverde y Morata. Bordiú ocupó varias
direcciones generales, entre ellas las de Obras Públicas, tomando parte en la redacción
de la Ley de Minas de 1849., según la enciclopedia Espasa. El nuevo diputado,
Cristóbal Bordiú, será ministro de la Gobernación con Bravo como Presidente del
Consejo de Ministros, desde el 15 de noviembre de 1851 al 14 de diciembre de 1852 y
ya había sido elegido diputado por Almería, en la elección de septiembre de 1844.
Bordiú murió en Madrid en el año 1872.
Estas elecciones serán denunciadas por “arbitrariedades”, por el diputado
general Ortega que impugnó el dictamen de la Comisión del Congreso que aprobó el
acta, sin resultado positivo; Vasco era un brigadier conocido del general.
40
RESULTADOS DE LAS ELECCIONES DEL DISTRITO UNINOMINAL DE CALATAYUD
CELEBRADAS EN FEBRERO DE 1853.
Elaboración propia.
Secciones Electores Votantes % part.
De la Torre Del Bosque Perdidos
Total 1.er
día 2.º día Votos % Votos % Votos %
Calatayud 138 112 26 138 61,3
86 67 19 86 38,2
1 1 1 0,4
Suma 225 180 45
Villarroya de la Sierra
95 80 15 95 44,2
120 93 27 120 55,8
Suma 215 173 42
Total 558 440 353 87 79% 233 53,0 206 46,8 1 0,2
Fuente: BOPZ de 14 de febrero de 1853.
RESULTADOS DE LAS ELECCIONES DEL DISTRITO DE BELCHITE EN 1853
Electores Votantes % participación
Total 528 278 52,6
RESULTADOS DE LAS ELECCIONES DE ZARAGOZA CAPITAL EN 1853
Elección de diputados 1853, La Misericordia Elección de diputados 1853, Casa Lonja
Total Votantes 490 756
Total Electores 590 1.064
Participación 83,1% 71,1%
Presidente del Consejo de Ministros el general Federico Roncali, conde de Alcoy,
entre el 14 de diciembre de 1852 y el 14 de abril de 1853.
Los resultados electorales figuran en el BOPZ del 14 de febrero de 1853 para las
elecciones celebradas los días 4 y 5 de febrero próximo pasado.
41
Comentarios al Cuadro del distrito de Calatayud:
La participación fue muy alta y la elección muy reñida, pues la diferencia de
votantes entre un candidato y otro fue sólo de 27 votos. También el número de
votantes que concurrieron a las urnas fue muy igualado entre las dos cabezas de
sección; pues la diferencia fue de 10 votantes.
Para la elección de Diputado, por el Distrito del candidato Luis María de la Torre
y de la Hoz, fue decisiva la votación en la cabeza del mismo, Calatayud; aunque no se
aprobó su nombramiento porque en el acta figuraba una protesta por coacción
atribuida a las autoridades.
De la Torre nace en 1827, en Anaz (Santander), se doctora en Jurisprudencia en
Madrid en 1845, es nombrado Conde de Torreanaz en 1875 y ministro de Gracia y
Justicia en 1899. Fue diputado entre 1853 y 1876, reelegido por seis veces, por el
distrito de Santa María de Nieva de Segovia; por lo que es un prototipo de diputado
“cunero”.
Incluimos a continuación los dos cuadros citados anteriormente referentes al
número de electores y número de votantes en los distritos de Zaragoza capital,
Calatayud y Belchite.
NÚMERO DE ELECTORES EN LOS CUATRO DISTRITOS ESTUDIADOS ENTRE 1846
Y 1853 Y PORCENTAJES DE ELECTORES SOBRE EL TOTAL PROVINCIAL
DISTRITO 12-1846 9-1850 5-1851 2-1853
Electores % Electores % Electores % Electores %
Casa Lonja 902 24,8 866 21,0 868 21,0 1.061 19,9
Misericordia 470 12,9 460 11,1 460 11,1 590 11,0
Calatayud 365 10,0 479 11,6 479 11,6 549 (558) 10,3
Belchite 343 9,4 479 (477) 11,6 467 11,3 527 (528) 9,9
Provincia 3.644 4.124 4.131 5.341
Fuente: Francisco Coma, Trabajo Fin de Máster.
Nota: entre paréntesis el número de electores según Carlos Romero, José Mª Incausa y Gregorio Briz.
El distrito Casa Lonja, de la ciudad de Zaragoza, es siempre el de mayor
porcentaje y el distrito de Belchite el de menor. El porcentaje del distrito de Casa
Lonja duplica al del distrito de Calatayud. La horquilla de porcentaje del distrito de
42
Calatayud varía entre 10,0 % y 11,6 %. El porcentaje del distrito de Calatayud supera al
de Misericordia, de la ciudad de Zaragoza, en los años 1850 y 1851.
NÚMERO DE VOTANTES EN LOS CUATRO DISTRITOS ESTUDIADOS ENTRE 1846
Y 1853
DISTRITO 12-1846 9-1850 5-1851 2-1853
Electores Electores Electores Electores
Casa Lonja 509 562 505 756
Misericordia 273 346 271 490
Calatayud 260 266 356 440
Belchite 239 339 351 278
Fuente: Francisco Coma, Carlos Romero, José Mª Incausa y Gregorio Briz.
El distrito de Calatayud ocupa en las elecciones del año 1846 el tercer lugar en
número de votantes; en las de 1850 el último puesto; en las de 1851 la segunda
posición y en las de 1853 el tercer lugar.
43
CAPÍTULO 2-EL DISTRITO UNINOMINAL DE
CALATAYUD DESDE EL AÑO 1857 AL AÑO 1864-
44
CAPÍTULO 2 –EL DISTRITO UNINOMINAL DE CALATAYUD DESDE EL
AÑO 1857 AL AÑO 1864-
Finalizado el Bienio Progresista, que aplica la Ley electoral de 1837, entra en
vigor de nuevo la Ley electoral de 1846.
RESULTADOS DE LAS ELECCIONES DEL DISTRITO UNINOMINAL DE CALATAYUD
CELEBRADAS EN MARZO DE 1857
Elaboración propia.
Secciones Electores Votantes % part.
Candidato único:
Pedro Rafael del Bosque Perdidos
Total 1.er
día 2.º día Votos % Votos %
Calatayud 122 88 34 122 100,0
Villarroya de la Sierra
142 128 14 142 100,0
Total 624 264 216 48 42% 264 100,0
Fuente: ADPZ, caja 3.654.
RESULTADOS DE LAS ELECCIONES DEL DISTRITO DE BELCHITE EN 1857
Electores Votantes % participación
Total 609 347 57
Nota: José Mª Incausa y Gregorio Briz en De cuneros y ermitaños no tienen elaborado este cuadro.
El número de electores del distrito de Calatayud supera por sólo 15
electores al de Belchite; sin embargo, el número de votantes del distrito citado en
primer lugar es muy superior al citado en segundo lugar; la participación fue baja en
los dos distritos, quizás por presentarse un candidato único en Calatayud y “el
ermitaño” Ribo en Belchite, sin un oponente serio.
El Presidente del Consejo de Ministros era el general Narváez entre el 12 de
octubre de 1856 y el 15 de octubre de 1857.
45
El primer censo oficial data de este año de 1857.
Los resultados de las elecciones celebradas los días 25 y 26 de marzo de 1857
figuran en el “Acta de resumen general de votos” de fecha 29 de marzo22.y las nuevas
Cortes salidas de estos comicios se reunirán en la capital de la Monarquía el día uno de
mayo próximo.
Comentarios al Cuadro del distrito de Calatayud:
Es la cifra más alta de electores desde que entró en vigor la nueva Ley electoral
de 18 de marzo de 1846.
La participación fue muy baja y todos los votantes votaron al candidato único,
quizás fue ese el motivo de una abstención tan elevada. El número de votantes en las
dos secciones sólo se diferenció en 20 votos; es decir las urnas tuvieron una
concurrencia similar en ambas cabezas de sección.
Del Bosque fue elegido además diputado por el distrito de Daroca, en las
elecciones de diciembre de 1846, en las de agosto de 1850 y por el distrito de La
Almunia en las de diciembre de 1865.
El primer día votaron en ambas secciones del Distrito la mayoría de los
concurrentes a las urnas.
Según Miguel Artola, los progresistas optaron por el retraimiento (abstenerse
de votar) a nivel nacional23 y según Pastor el Ministerio de Narváez obtuvo una gran
mayoría24.
…………………………… 22
Contenida en la caja número 3654 del ADPZ.
23 Miguel Artola, La burguesía revolucionaria (1808-1874), p.233.
24 Luis Mª Pastor, op.cit. p. 28.
46
RESULTADOS DE LAS ELECCIONES DEL DISTRITO UNINOMINAL DE CALATAYUD
CELEBRADAS EN NOVIEMBRE DE 1858
Elaboración propia.
Secciones Electores Votantes % part.
Navarro Ballesteros Perdidos
Total 1.er
día 2.º día Votos % Votos % Votos %
Calatayud 85 58 27 85 35,6
154 139 15 154 64,4
Suma 239 197 42
Villarroya de la Sierra
118 93 25 118 60
79 67 12 79 40,1
Suma 197 160 37
Total 540 436 357 79 81% 203 46,6 233 53,4
Fuente: BOPZ de 6 noviembre de 1858.
RESULTADOS DE LAS ELECCIONES DEL DISTRITO DE BELCHITE EN 1858
Electores Votantes % participación
Total 613 531 87
El número de electores del distrito de Belchite supera ampliamente al de
Calatayud, la participación fue altísima en ambos distritos, presentándose dos
candidatos por cada uno, siendo más reñida la elección en nuestro distrito de
Calatayud que en el de Belchite.
El Presidente del Consejo de Ministros era el general Leopoldo O’Donnell entre
el 30 de junio de 1858 y el 2 de marzo de 1863, líder de la Unión Liberal, partido
formado por los moderados más progresistas y los progresistas más moderados,
podían definirse como un partido “centrista”, pragmático, sin una ideología prefijada,
razón por la cual su vida será corta. Los hechos que marcarán esta etapa denominada
Gobierno Largo del reinado isabelino (casi cinco años) fueron: la Guerra de África
(1859-1860); el alzamiento carlista de San Carlos de la Rápita de 1 de abril de 1860,
que le costará la vida a nuestro Diputado por el distrito de Calatayud Jaime Ortega; la
sublevación campesina de la localidad granadina de Loja, cacicato del general Narváez
apodado por esa razón “El espadón de Loja”, dirigida por el veterinario Del Álamo en
junio de 1861 y la expedición a Méjico mandada por el reusense general Juan Prim y
47
Prats, marqués de los Castillejos, uno de los firmantes del Pacto de Ostende por el
partido progresista y que encabezará con el brigadier Topete y el General Serrano
(antiguo amante de la Reina y apodado “El general bonito”), entre otros, “La Gloriosa”,
revolución que derrocará en setiembre (por eso también se llamará “La Septembrina”)
de 1868 a Isabel II y dará paso al periodo conocida como “El Sexenio Revolucionario”
(1868 a 1874) que a su vez dará paso a la Restauración Borbónica con el
nombramiento de Alfonso, hijo de Isabel II, como rey de España como Alfonso XII.
Son las únicas elecciones celebradas con la Unión Liberal en el poder; que
publicó un decreto el 6 de julio de 1858 de rectificación de listas electorales, aplaudida
por los progresistas y criticada por los moderados, que aparece publicado el 6 de
agosto del mismo año, con la relación de personas incluidas y excluidas para el distrito
electoral de Calatayud firmado por el gobernador.
La Constitución de 1.845, en su artículo 24, señala la renovación del Congreso
cada 5 años; es decir que el cargo de Diputado abarcaba un quinquenio y no un trienio
como la Constitución de 1.837 y como se refleja en el “Cuadro con los Diputados a
Cortes elegidos por el distrito de Calatayud” sólo se cumplió entre las elecciones
celebradas entre noviembre de 1858 y noviembre de 1864.
Durante esta legislatura se produce el Alzamiento carlista de San Carlos de la
Rápita (Tarragona) del 1 de abril de 1860; lugar donde desembarcan las tropas
procedentes de las islas Baleares bajo el mando del ex diputado por nuestro distrito
durante los años 1849 y 1850 Jaime Ortega; quien posiblemente aprovechó la
presencia del general O’Donnell en la denominada Guerra de África y su ausencia por
tanto de la Península desde el 7 de noviembre de 1859 al 30 de abril de 1860 para
sublevarse; en esta sublevación también estaba involucrado el marqués de Salamanca,
diputado por nuestro distrito en los años 1851 y 1852.
El ministro clave del Gobierno del general O’Donnell fue el jurista asturiano
Posada Herrera, ministro de Gobernación en 1858; quien destacó por su habilidad para
ganar las elecciones, recurriendo a toda clase de corrupciones electorales y por eso fue
denominado por el progresista Olózaga El Gran Elector. Como no podía ser de otra
forma, el Gobierno obtuvo una victoria rotunda a nivel nacional, reforzada por el
estrenado servicio nacional de Telégrafos que mantenía en comunicación permanente
al Ministro con los Distritos y los Gobernadores civiles, cuya función primordial era
ganar las elecciones para el Gobierno Central.
48
Los resultados de las elecciones celebradas los días 31 de octubre y 1 de
noviembre de 1858 figuran recogidos en el BOPZ del 6 de noviembre del mismo año.
Comentarios al Cuadro del distrito de Calatayud:
Votó una amplia mayoría de electores y lo hizo el primer día .Hubo “pelea” política,
pues la diferencia de votos entre los dos candidatos fue sólo de 20 votos .El número de
votantes de la sección de Calatayud superó ampliamente a la de Villarroya, pero el
candidato Ballestero sólo superó a su contrincante en 30 votos.
De la “Crónica Bilbilitana del siglo XIX”25, extraemos la siguiente información:
Mariano Ballestero elegido diputado en las elecciones celebradas en noviembre
de 1858, ya tres años antes “da cuenta de sus gestiones en Madrid para conseguir la
carretera a Soria y que pase por Calatayud el ferrocarril de Madrid a Zaragoza”. La
compañía ferroviaria Madrid-Zaragoza-Alicante (M.Z.A.) fue fundada, en diciembre de
1856, por el exdiputado del distrito Salamanca y otros financieros. En el año 1861,
pide Ballestero la recuperación de la provincia de Calatayud, basándose en que tiene
más población que Huesca y que Teruel y que ya había sido capital de provincia desde
enero de 1822 a octubre de 1823, durante el Trienio Liberal. En el año 1863, le piden a
Ballestero que “interese la pronta apertura del tráfico ferroviario del tramo Alhama-
Calatayud” y en el mes de mayo, de ese año, llega el tren a Zaragoza capital.
Mariano Ballestero nació en Calatayud en 1819 y fue nuevamente elegido
diputado de este distrito en 1869 y por el distrito de La Almunia en 1872; ambos
durante el Sexenio Democrático.
En el año 1863 se reciben tres cajones conteniendo las pesas y medidas del sistema
métrico decimal, que se implantará desde el 1 de julio de 1871.Una ley
importantísima para el desarrollo del comercio y la industria; pues hasta entonces cada
región y aún cada pueblo tenía sus propias y específica medidas, con el consiguiente
galímatias para las transacciones comerciales.
En este mismo año, S. M. el Rey consorte (Francisco de Asís) toma las aguas
termales en el balneario de Alhama de Aragón.
…………………………… 25
José Galindo, Crónica Bilbilitana del siglo XIX, pp.333-341.
49
RESULTADOS DE LAS ELECCIONES DEL DISTRITO UNINOMINAL DE CALATAYUD
CELEBRADAS EN OCTUBRE DE 1863
Elaboración propia.
Secciones Electores Votantes %
part
Melendo De Moraza Rodríguez Sancho Perdidos
Total 1.
er
día 2.
º
día Votos % Votos % Votos % Votos % Votos %
Calatayud 136 103 33 136 57,9
97 52 45 97 41,3
1 1 1 0,4
1 1 1 0,4
Suma 235 156 79
Villarroya de la Sierra
92 71 21 92 54,1
170 138 32 170 63,9
4 4 4 1,5
Suma 266 209 57
Total 723 501 365 136 69% 228 45,5 267 53,3 1 0,2 1 0,2 4 0,8
Fuente: BOPZ 17 de octubre de 1863.
RESULTADOS DE LAS ELECCIONES DEL DISTRITO DE BELCHITE EN 1863
Electores Votantes % participación
Total 726 632 87
El número de votantes es similar en ambos distritos, la participación fue altísima
en el distrito de Belchite y normal en el distrito de Calatayud, en el de Belchite se
presentaron dos candidatos y cuatro en el de Calatayud y la elección fue muy reñida en
Belchite y no tanto en Calatayud.
El Presidente del Consejo de Ministros era Manuel Pando Fernández de Pinedo,
marqués de Miraflores, entre el 2 de marzo de 1863 al 17 de enero de 1864; este
Presidente fue un incondicional de la Reina.
El periodo transcurrido entre las elecciones de 1858 y las de 1863 fue el más
largo del reinado isabelino sin convocatorias a las urnas; pero la caída del Gobierno de
O’Donnell en marzo de 1863 y la llegada de Pando a la Presidencia del Consejo de
Ministros conllevó una nueva elección en el mes de octubre próximo; pues el partido
50
unionista cedía el poder al partido moderado y este deseaba un Congreso con mayoría
de Diputados afines a su ideología.
En el mes de agosto, un Real Decreto disolvió las Cortes unionistas y convocó
elecciones generales para los días 11 y 12 del mes de octubre de 1863.
A nivel nacional se puede señalar el retraimiento del partido progresista, como
en las elecciones de 1857, provocado por una Circular del ministro de la Gobernación;
en la que se disponía que en las reuniones de la campaña electoral sólo podían
participar los electores de cada distrito, presididos por la autoridad gubernativa con
poder para suspender la reunión.
Los resultados de estas elecciones celebradas los días 11 y 12 de octubre de
1863 figuran incluidos en el BOPZ del 17 de octubre de 1863.
El número de electores para el bienio 1862 -1863 está consultado en el Archivo
del Ayuntamiento de Calatayud26
Comentarios al Cuadro del distrito de Calatayud:
En esta convocatoria electoral se alcanzó el número máximo de electores en
nuestro Distrito, la participación fue alta.
Fue decisivo el voto de los electores de Villarroya de la Sierra, para el triunfo de
Moraza.
Se presentaron como candidatos: Andrés Blas y Melendo, Daniel de Moraza,
Manuel Rodríguez y Francisco Sancho; pero la “batalla” política fue entre Melendo y
De Moraza.
…………………………… 26
Signatura 0000296-0006, legajo titulado “Lista nominal de 2ª rectificación de los electores que tienen voto para Diputados a
Cortes en el bienio de 1862 -1863”; de fecha 26 de marzo de 1862 .El Gobernador -Pedro de Navascués
51
RESULTADOS DE LAS ELECCIONES DEL DISTRITO UNINOMINAL DE CALATAYUD
CELEBRADAS EN NOVIEMBRE DE 1864
Elaboración propia.
Secciones Electores Votantes % part.
De Moraza Melendo Perdidos
Total 1.er
día 2.º día Votos % Votos % Votos %
Calatayud 104 75 29 104 48,8
108 69 39 108 50,7
1 1 1 0,5
Suma 213 145 68
Villarroya de la Sierra
148 120 28 148 53,2
130 108 22 130 46,8
Suma 278 228 50
Total 669 491 373 118 73% 252 51,3 238 48,5 1 0,2
Fuente: BOPZ del 26 de noviembre de 1864.
RESULTADOS DE LAS ELECCIONES DEL DISTRITO DE BELCHITE EN 1864
Electores Votantes % participación
Total 586 372 63,4
El número de electores es muy superior en el distrito de Calatayud, en este la
participación fue alta y normal en el distrito de Belchite, en Belchite se presentan sólo
un candidato y dos en Calatayud, siendo aquí la elección muy reñida.
El Presidente del Consejo de Ministros era de nuevo el todopoderoso general
Narváez, desde el 16 de setiembre de 1864 al 21 de junio de 1865. El hecho más
notable de este periodo fue la matanza de la “Noche de San Daniel”, durante una
manifestación estudiantil reprimida por la Guardia Civil y el Ejército.
Estas fueron las últimas elecciones celebradas con la aplicación de la Ley electoral
de 1846; ya que se aprobó el 18 de julio de 1865 una nueva Ley electoral que deroga el
distrito uninominal como circunscripción e implanta el plurinominal siendo Presidente
del Consejo de Ministros el unionista O’Donnell y cuyo objetivo era ampliar el número
de electores.
Estas elecciones de 1864 fueron convocadas por el Presidente, el general Narváez
que fue el 4º Presidente de este año; sucesor de Pando, Arrazola y Mon; todos
52
pertenecientes al partido moderado y que logró de Isabel II la disolución de las Cortes,
en el mes de setiembre y la convocatoria de nuevas elecciones para el mes de
noviembre próximo.
En estas elecciones continuó el retraimiento progresista, practicado en las
elecciones de 1863; a pesar de que el Presidente del Consejo de Ministros derogó la
Circular del ministro de la Gobernación del mes de agosto de 1863, para animar a los
votantes progresistas a acudir a las urnas.
Según el BOPZ del 6 de noviembre de 1864 empezarán las elecciones generales
de Diputados a Cortes el 22 de noviembre de ese año y en el BOPZ del 26 de
noviembre se publican los resultados electorales del distrito de Calatayud, que son los
que reproducimos más arriba.
Comentarios al Cuadro del distrito de Calatayud:
La participación fue alta y la “lucha” reñida entre los dos candidatos: Daniel de
Moraza y Andrés Blas y Melendo, el primero era director de un periódico.
Como en las elecciones del año anterior, la sección segunda del distrito
(Villarroya de la Sierra) dio el cargo de Diputado al aspirante De Moraza.
Opiniones acerca de las elecciones celebradas desde 1846 a 1864, durante la
vigencia de la Ley electoral de 1846, en los distritos uninominales.
Pastor opina27 que desde la Ley electoral de 1846, el Gobierno podía ejercer
sobre los distritos uninominales un poder absoluto y responsabiliza al sistema electoral
del fraude y el cunerismo .Con respecto a las elecciones de 1850 y 1851, que los
moderados buscaron personas influyentes para candidatos28. Y así sucede en nuestro
…………………………… 27
Luis Mª Pastor. –Las elecciones .Sus vicios .La influencia moral del Gobierno…
28 Luis Mª Pastor-op.cit., pp.30-31.
53
distrito en 1851 con la presentación de D. José de Salamanca y D. Cristóbal Bordiú.
Cánovas Sánchez29 señala que fue en las elecciones de ese año cuando se imponen los
“cuneros”, a nivel nacional. Los “cuneros”, según Pastor, son consecuencia de la
influencia del Gobierno en las elecciones, que tenía la facultad de “conceder sueldos,
empleos,… contra la influencia de un gobierno no existe influencia posible… no hay
elección hay nombramiento”30. Generalmente los cuneros no mostraron interés en
satisfacer las peticiones de los distritos por los que se presentaban.
Según Margarita Caballero31 el sistema de elección por distrito uninominal
determinó que la opinión del electorado podía manipularse; pero también que el
candidato fuera a su vez manipulado por los electores; es decir, que Madrid podía
imponer su candidato oficial pero que el electorado apoyaba a quien mejor defendía
sus intereses.
El número de Diputados se mantendrá en 349 desde 1846 a 1865, que fue el
periodo de vigencia de la Ley electoral de marzo de 1846; excepto en el Bienio
Progresista (1854-1856).
El Gabinete de Bravo Murillo publicó el 1de diciembre de 1852 un proyecto de
texto constitucional, reduciendo el número de Diputados a 171 (menos de la mitad) y
el de Diputados por la provincia de Zaragoza a 4, en lugar de9 y elevando su edad a un
mínimo de treinta años e incrementando la contribución directa a 3.000 reales. La
publicación de su proyecto fue la causa de su sustitución el 14 de diciembre de 1852
por el general Federico Roncali, conde de Alcoy y también de Cristóbal Bordiú su
ministro de Gobernación; candidato por nuestro distrito en las elecciones de mayo de
1851 ganadas por José de Salamanca y ganador en las elecciones celebradas en agosto
del mismo año.
…………………………… 29
Francisco Cánovas –El partido moderado p.21.
30 Luis Mª Pastor op. cit., pp.14-15.
31 Margarita Caballero El sufragio censitario
54
CAPÍTULO 3-CONCLUSIONES-
55
CAPÍTULO 3-CONCLUSIONES-
Exponemos seguidamente el compendio y balance del periodo tratado, entre
1846 y 1864 de la práctica electoral en el distrito uninominal de Calatayud; mientras
permaneció vigente la Constitución moderada de 1845 y la Ley electoral de 1846, que
fue aprobada el 18 de marzo y derogada el 31 de julio de 1865 y estuvo vigente
dieciocho años. Para conseguirlo se han analizado las doce elecciones celebradas
durante dos periodos separados por el Bienio progresista (1854 -1856); el 1º abarca las
ocho elecciones de los años 1846,1849 (noviembre), 1849 (diciembre), 1850, 1851
(enero), 1851 (mayo), 1851 (agosto), 1853 y el 2º comprende las cuatro elecciones
convocadas en los años 1857, 1858, 1863 y 1864. El primer periodo transcurre de
1846 a 1854; es decir tiene una duración aproximada de siete años y el 2º periodo
comprende desde 1857 a 1864 con una de también siete años; por lo tanto el plazo
total de vigencia del distrito uninominal fue aproximadamente de catorce años: Los
intervalos entre elección y elección abarcan una horquilla de tres años, un mes, ocho
meses, tres meses, cuatro meses, tres meses y veinte meses para la primera etapa y de
veinte meses, cinco años y un año para la segunda etapa. De estos datos deducimos
que la inestabilidad política es la norma en la España isabelina, a pesar de abarcar el
tiempo más estable, el quinquenio presidido por el general O’Donnell desde 1858 a
1863.
En nuestro distrito, donde se conocían entre sí todos los votantes y los
candidatos a diputados influyéndose recíprocamente es necesario, en el futuro,
estudiar los censos electorales y su población.
La característica primordial de estas elecciones era la baja participación, el escaso
número de votantes que decidía el futuro del país, debido al sufragio masculino
restringido. De entrada ya quedaban eliminadas las mujeres que representan
aproximadamente el 50% de la población, también los menores de 25 años y todos
aquellos que no alcanzaban la renta anual de 12.000 reales de vellón de bienes raíces o
los 400 reales de contribución territorial; lo que se tradujo en que sólo votaron entre
un 0,8% a un 1,1% de la población española; es decir una horquilla de participación
reducida y para ser elegido diputado la renta anual exigida era la misma pero la
contribución se elevaba a 1,000 reales de vellón.
56
Otro rasgo distintivo fue el caciquismo, tolerado por las oligarquías locales y la
mayoría del electorado, que determinaba todo el proceso electoral; desde la admisión
de los votantes hasta el nombre del diputado a elegir.
Al crear el distrito uninominal, la Ley electoral de 18 de marzo de 1846 devolvía
el poder a la oligarquía nacional y local y a sus procedimientos caciquiles: control de
los gobernadores, de los jueces del distrito, de los alcaldes de la cabecera del distrito
y de los pueblos comprendidos en el distrito (para su control el gobernador podía
ampliar o reducir los límites geográficos con el fin de incluir sólo a los alcaldes afines);
manipular la formación de las listas electorales y de las mesas (”ganar” la mesa, era un
objetivo primordial), coacción a los votantes, “comprar” al votante con regalos o
dinero, votar en nombre de otro, votar una misma persona varias veces, falsear los
resultados de las votaciones, omitir las quejas por irregularidades, etc.
Podemos citar tres casos concretos de coacciones reconocidas oficialmente en las
elecciones celebradas en nuestro distrito, en noviembre de 1849, agosto de 1851 y
febrero de 1853. En el primer caso, la elección que designaba al general Ortega como
diputado fue anulada y repetida en el mes de diciembre del mismo año; en el segundo
caso, en la que fue designado como diputado Bordiú, el diputado Ortega denunció en
el Congreso esta designación por supuestas “arbitrariedades” en detrimento del
candidato perdedor el brigadier Vasco y en el tercer caso fue anulada el acta de
nombramiento De la Torre, por coacciones por parte de las autoridades.
La aplicación de la nueva Ley electoral de 1846, con la creación de la nueva
circunscripción electoral, el distrito uninominal y la derogación de la circunscripción
provincial supuso una sustitución de los antiguos diputados del Congreso por otros
cuyo objetivo era conseguir beneficios para su pequeña jurisdicción, por lo que la
Cámara fue el reflejo de los intereses de 349 comarcas y no de los intereses generales
de España. Cada diputado quería conseguir para su distrito: su carretera, sus escuelas,
sus caminos, su puente, su canal, su exención tributaria, el aplazamiento de la
contribución por causa de una mala cosecha o el empleo para el recomendado de un
elector. En obtener estos miniobjetivos es donde el diputado se “jugaba” la reelección
por sus votantes y donde aplicaba las dotes exigibles por sus electores del “poder,
saber y querer”.
La ampliación del plazo del mandato de un diputado de tres, según la
Constitución de 1837, a cinco años, según la Constitución de 1845, tampoco sirvió para
dar estabilidad al Congreso; pues de las doce elecciones celebradas en nuestro distrito
57
sólo en una, la del Gobierno Largo del general unionista O’Donnell se cumplió el plazo;
entre las dos convocatorias consecutivas.
Incluimos en este Capítulo el Cuadro General con los doce Diputados elegidos
por el Distrito uninominal de Calatayud, durante la vigencia de la Ley electoral de 1846
y el Cuadro con los dos candidatos más votados en las doce elecciones.
Cuadro con los diputados a Cortes elegidos por el distrito de Calatayud (Zaragoza)
durante la vigencia del distrito uninominal: desde la Ley Electoral del 18 de marzo de
1846 a la Ley Electoral del 18 de julio de 1865.
Elaboración propia.
Nombre de los Diputados electos
Fecha de elección
Presidente del Consejo de Ministros
Nº de electores
Nº de votantes
Votos del Diputado
Porcentajes
(1) (2) (3) (2:1) (3:1)
1-Domingo Ballestero y Dolz 12/1846 De Istúriz (mº.pº.) 365 260 148 71% 41%
2-Jaime Ortega y Olleta 11/1849 Narváez (mº.dº.) 377 232 225 62% 60%
3-Jaime Ortega y Olleta 12/1849 Narváez (mº.dº.) 377 278 204 74% 54%
4-Juan de San Martín 9/1850 Narváez (mº.dº.) 479 266 265 56% 55%
5-José de Salamanca y Mayol 1/1851 Bravo (mº.a.) 479 350 223 73% 46%
6-José de Salamanca y Mayol 5/1851 Bravo (mº.a.) 479 356 209 74% 44%
7-Cristóbal Bordiú y Góngora 8/1851 Bravo (mº.a.) ----- 296 193 ---- 65%
8-Luis María de la Torre 2/1853 Roncali (mº.cor
) 558 440 233 79% 42%
9-Pedro Rafael del Bosque 3/1857 Narváez (mº.dº.) 624 264 264 42% 42%
10-Mariano Ballesteros 11/1858 O´Donnell (u.) 540 436 233 81% 43%
11-Daniel de Moraza 10/1863 Pando (mº.dª.) 723 501 267 69% 37%
12-Daniel de Moraza 11/1864 Narváez (mº.dº.) 669 491 252 73% 37%
Claves: moderado puritano (mº.pº.), moderado doctrinario (mº.dº.), moderado autoritario (mº.a.),
moderado derechista (mº.dª.), moderado muy conservador (mº.cor.), y unionista (u.)., según mi
criterio.Pendiente de investigar la tendencia política de cada Diputado del distrito .
A la vista del Cuadro General se pueden extraer las siguientes conclusiones:
En los 18 años transcurridos entre 1847 y 1865 se eligen doce diputados, lo que
da una media de tiempo en el cargo de aproximadamente de 1,5 años; el plazo menor
corresponde al comprendido entre noviembre del año 1849 y diciembre del año 1849
por anulación de las elecciones de noviembre de 1849 aunque vuelve a ser elegido
58
diputado el militar taustano Jaime Ortega y Olleta y el diputado con más tiempo en el
Congreso de Madrid fue Mariano Ballesteros con casi cinco años y que corresponde a
la etapa del denominado Gobierno Largo de la Unión Liberal del general canario
Leopoldo O’Donnell, si deducimos este periodo restan 14 años para repartir entre 11
diputados obteniendo una media de 1,3 años por diputado; es decir que ningún
diputado alcanzó los cinco años en el cargo como fija la Constitución de 23 de mayo de
1845 en el Art. 24 .”Los diputados serán elegidos por cinco años”.
Es evidente la inestabilidad política del reinado de Isabel II (1833-1868), que se
agudiza a partir de su mayoría de edad (1843-1868) y que se refleja en que hubo 33
Presidentes del Consejo de Ministros en estos 25 años y para nuestro periodo de 19
años hubo 9 Presidentes, dando la mayor media de todo su agitado reinado 2,1años.
Resultaron reelegidos diputados: Jaime Ortega y Olleta, José de Salamanca y
Mayol, marqués de Salamanca, y Daniel de Moraza; por lo que fueron ocho los
diputados que desempeñaron su función en la Cámara Baja.
Fueron candidatos únicos Juan de San Martín en setiembre de 1850 y Pedro
Rafael del Bosque en marzo de 1857, coincidiendo con el general Narváez como
Presidente del Consejo de Ministros.
Fallecen en su cargo como diputados Domingo Ballestero y Dolz en octubre de
1849 y Juan de San Martín en diciembre de 1850; teniendo que celebrarse elecciones
en el distrito uninominal de Calatayud para cubrir las vacantes en el primer caso en
noviembre de 1849 con el triunfo de Jaime Ortega y Olleta y en el segundo caso en
enero de 1851 con la victoria de José de Salamanca y Mayol.
Excepto en el quinquenio de 1858 a 1863 con el general O’Donnell como
Presidente del Consejo de Ministros y su partido Unión Liberal en el poder, el partido
moderado es el que ocupa la Presidencia desde 1846 a 1864 repitiendo como
Presidente el general Ramón María Narváez, duque de Valencia, en tres ocasiones:
1847-1851, 1856-1857 y 1864- 1865.
Jaime Ortega, José de Salamanca y Cristóbal Bordiú fueron tres personajes
destacados a nivel nacional e incluso el segundo a nivel internacional; el primero y el
tercero nacidos en Aragón , por tanto diputados de la tierra y el segundo un diputado
“cunero”, pues era un malagueño afincado en la capital del Reino.
Ninguno de los diputados electos consiguió perpetuarse en el cargo; es decir,
convertirse en “ermitaño” del distrito; este es un tema pendiente de estudiar. La
59
pregunta sería: ¿Por qué razones en el distrito de Calatayud se cambia continuamente
de candidato a diputado?, ¿no es apetecible el cargo? La mayoría de los diputados,
están afincados en la zona por lo que, sería lógico que repitieran.
Analizando la columna de electores se aprecia un ascenso continuado de 1846 a
1864, excepto el año 1858 que desciende. La horquilla del número de electores abarca
de 365 en 1846, con la cifra mínima, a 723 en el año 1863 con la cifra máxima, doble
de la anterior y si suponemos una población media de 35.000 personas para el distrito
de Calatayud, durante el periodo, el porcentaje fluctuaría de un 1,o4% a un 2,00%. Es
decir que de cada 100 personas sólo votaban una o dos; indudablemente la Ley
Electoral de 1846 era totalmente injusta por restrictiva y oligárquica.
Si observamos la columna de votantes vemos que en las cuatro elecciones
celebradas entre 1846 y 1850 el número oscila entre 232 y 278; en las dos celebradas
en 1851 se alcanzan los 350 y los 356; y las cinco restantes oscila de 436 a 501 con la
excepción de 1857 que cae a 264.; por tanto la horquilla abarca de un mínimo de 232
en 1849 a un máximo de 501 en 1863.
El diputado Pedro Rafael del Bosque electo en 1857, ya había sido diputado por
el distrito de Daroca de 1848 a 1851, por lo que ya tenía experiencia en el cargo.
Al hilo de la inestabilidad política, suponemos que los votantes estarían
“cansados” de tanto acudir a las urnas y que lo harían más por obligación con su jefe
de filas que por deseo personal; teniendo además en cuenta que el partido en el
Gobierno era el mismo (partido moderado) excepto en el periodo del general
O’Donnell (partido de la Unión Liberal 1858-1863).
Respecto al absentismo electoral, se debe tener en cuenta que en aquellos años
las comunicaciones eran muy malas y los caminos serían intransitables en las épocas
de lluvia o nieve y el medio de transporte era un caballo o un carro de caballos, que se
traducía en un viaje largo en el tiempo e incómodo; además según se refleja en el
Cuadro solo se celebraron tres elecciones de un total de doce, en los meses (en
teoría) de buenas condiciones climáticas en setiembre de 1850, mayo de 1851 y agosto
de 1851.
También sucedía que cuando el candidato a diputado era único, sino se estaba
obligado con él, la abstención se incrementaba al estar decidido el resultado de
antemano y no ser ese candidato el ideal para una parte del electorado por falta de
sintonía con él o con el partido que representaba. Está claro que la abstención se
puede considerar como una forma de protesta contra el sistema electoral implantado
60
por el partido moderado con la Constitución de 1845 y la Ley Electoral de 18 de marzo
de 1846 con un voto censitario restringido a los grandes propietarios y de hecho la
abstención la pide el partido progresista repetidamente como forma de protesta a este
sistema electoral.
Cuando, además del candidato oficial respaldado por Madrid y el cacique de la
zona, se presenta a la elección otro candidato que obtiene un alto porcentaje de
votos, podemos deducir que una parte de los electores no está conforme con el
candidato elegido por el partido gobernante.
Pastor, barcelonés, diputado del partido moderado y ministro de Hacienda en
1853 opina: que desde la Ley electoral de 1846, el Gobierno podía ejercer sobre los
distritos uninominales un poder absoluto y responsabiliza al sistema electoral del
fraude y el cunerismo y con respecto a las elecciones de 1850 y 1851, que los
moderados buscaron personas influyentes para candidatos32 y así sucede en nuestro
distrito con la presentación en 1851 de José de Salamanca y Cristóbal Bordiú.
Cánovas Sánchez señala: que fue en las elecciones de ese año cuando se imponen
los cuneros a nivel nacional33.
Los “cuneros”, según Pastor, son consecuencia de la influencia del Gobierno en
las elecciones; que tenía la facultad de “conceder sueldos, empleos,… contra la
influencia de un gobierno no existe influencia posible…no hay elección hay
nombramiento”34 y generalmente no mostraron interés en satisfacer las peticiones de
los distritos por los que se presentaban.
Según Margarita Caballero, el sistema de elección por distrito uninominal
determinó que la opinión del electorado podía manipularse, pero también que el
candidato fuera a su vez manipulado por los electores; es decir que, Madrid podía
imponer su candidatura oficial pero que el electorado apoyaba a quien mejor defendía
sus intereses35.
…………………………… 32
Luis Mª Pastor, Las elecciones…, pp.30-31.
33 Francisco Cánovas, El partido moderado, p.21.
34 Luis Mª Pastor, op. cit. pp.14-15.
35 Margarita Caballero, El sufragio censitario…
61
El número de Diputados se mantendrá en 349 desde 1846 a 1865, que fue el
periodo de vigencia de la Ley electoral de 1846; excepto durante el Bienio Progresista
de 1854 a 1856.
El gabinete de Bravo Murillo publicó el 1 de diciembre de 1852 un proyecto de
texto de Constitución reduciendo el número de Diputados a 171 (menos de la mitad) y
el de Diputados por la provincia de Zaragoza a 4, en lugar de los 9, y elevando la edad a
un mínimo de 30 años e incrementando la contribución directa a 3.000 reales. La
publicación de su proyecto fue la causa de su sustitución el 14 de diciembre de 1852
por el general moderado Federico Roncali, conde de Alcoy, y también la de Cristóbal
Bordiú, su ministro de Gobernación; candidato por nuestro distrito en las elecciones
de mayo de 1851, ganadas por José de Salamanca y ganador en las elecciones de
agosto de 1851 motivadas por la renuncia del marqués al cargo.
Se puede afirmar que los “partidos” (reunión de “notables” y periodistas) eran
tan débiles que necesitaban un militar acreditado para su subsistencia y permanencia
en el tiempo y estos a su vez pedían se les asegurase el futuro en el exilio, en caso de
que fueran deportados como sucedía frecuentemente (los países preferidos para ello
eran Inglaterra, para los progresistas y Francia para los moderados). Así los
progresistas contaron con el respaldo cronológicamente de los generales Baldomero
Espartero, duque de la Victoria (título concedido por su triunfo sobre las fuerzas
carlistas durante la I Guerra carlista de 1833 a 1840) y Juan Prim, conde de Reus su
ciudad natal y marqués de los Castillejos por su victoria en la guerra en Marruecos que
dirigirá el conocido como Pronunciamiento de Sargentos en San Gil en 1866. Los
moderados tuvieron al todopoderoso general Ramón María Narváez, duque de
Valencia, como su valedor durante todo el reinado de Isabel II; pues falleció en el año
1868, fecha de la revolución Septembrina o la Gloriosa que mandó al exilio a la Reina
y dio paso al periodo denominado Sexenio democrático (1868 a 1874).
Y los unionistas tuvieron el respaldo del general Leopoldo O’Donnell, duque de
Tetuán, por su victoria en la llamada Guerra de África, en 1860, y después de su
defunción en noviembre de 1867 le sucederá el general Francisco Serrano, duque de
la Torre, ex amante oficial de la Reina, que participará en su derrocamiento en 1868
que será el Regente y Prim, el Presidente del Consejo de Ministros, hasta el
nombramiento de Amadeo como rey de España en 1870. En este año será también
asesinado el valedor de Amadeo I, el general reusense Prim.
62
Cuadro recogiendo los sufragios obtenidos por los dos candidatos con mayor número
de votos en las doce elecciones celebradas:
Elaboración propia.
Fecha de las elecciones celebradas Nº de votos del primero Nº de votos del segundo Diferencia
1-Días 6 y 7 -12/1846 148 102 46
2-Días 9 y 10-11/1849 225 6 199
3-Días 16 y 17-12/1849 204 73 131
4-Días 31/8 y 1/9 de 1850 266 Candidato único
5- Días 22 y 23-1/1851 223 120 103
6-Días 10 y 11-5/1851 209 141 68
7-Días 9 y 10-8/1851 193 91 102
8-Días 4 y 5-2/1853 233 206 27
9-Días 25 y 26-3/1857 264 Candidato único
10-Días 31/10 y 1/11 de 1858 233 203 30
11-Días 11 y 12-10/1863 267 228 39
12-Días 22 y 23-11/1864 252 238 14
A la vista de este Cuadro se pueden extraer las siguientes conclusiones:
Las convocatorias electorales menos disputadas fueron las de los años 1850 y
1857, pues sólo se presentó un candidato a diputado, y la del mes de noviembre del
año 1849; en las tres el Presidente del Consejo de Ministros es el general Ramón
María Narváez perteneciente al partido moderado y el número de votos conseguidos
por los aspirantes únicos es prácticamente igual (266 y 264) de donde puede inferirse
que el número de votantes fieles al general y su partido se mantiene constante.
Las elecciones más reñidas fueron las celebradas en los años 1864, 1853, 1858 y
1863 con diferencias que fluctúan entre 14 y 39 votos.
63
CAPÍTULO 4-FUENTES-
64
CAPÍTULO 4-FUENTES-
PRIMARIAS
ADPZ Archivo de la Diputación Provincial de Zaragoza
AAZ Archivo del Ayuntamiento de Zaragoza
HAZ Hemeroteca del Ayuntamiento de Zaragoza
AHPZ Archivo Histórico Provincial de Zaragoza
AAC Archivo Ayuntamiento de Calatayud
BOPZ Boletín Oficial de la Provincia de Zaragoza
Prensa en HAZ-
-Diario de Zaragoza - 3ª época de 1846 a 1850
-El Zaragozano de 1850 a 1854
-La Libertad de 1854 a 1856
-Diario de Zaragoza -4ª época de 1857 a 1907
NOTA—Como se puede observar los periódicos de la época no tienen
continuidad en el tiempo.
Consultados los periódicos publicados entre los años 1846 a 1865, no he
encontrado información sobre las elecciones celebradas entre esos años, en el Distrito
de Calatayud.
65
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69
APÉNDICE DOCUMENTAL
M. Artola,
M. Artola, Partidos y programas políticos, I, p.50
70
Incausa y Briz,
Incausa y Briz, De cuneros y ermitaños
71
MAPA DE LOS DISTRITOS DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA EN 1846
Incausa y Briz,
MAPA Nº 11
MAPA DE LOS DISTRITOS DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA EN 1846
Incausa y Briz, De cuneros y ermitaños.
72
MAPA DE LOS DISTRITOS DE LA PROVINCIA DE ZARAGOZA EN 1846
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