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Standing Committee of European Central Banks Unions Banque de France – CPSBCE 68–1644 – 75049 Paris Cedex 01 tél.: +33 (0)6 15 02 31 69 – fax : +33 (0)1 42 92 39 25 [email protected] Memorandum sobre aspectos sociales Tareas dentro del Sistema Europeo de Bancos Centrales Junio de 2008

Memorandumbo.scecbu.org/fileuploads/SCECBU_Memorandum_E.pdf · Memorandum sobre aspectos sociales ... central en lo que se refiere a la difusión de información. Los principales

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Standing Committee of European Central Banks UnionsBanque de France – CPSBCE 68–1644 – 75049 Paris Cedex 01

tél.: +33 (0)6 15 02 31 69 – fax : +33 (0)1 42 92 39 [email protected]

Memorandumsobre aspectos sociales

Tareas dentro del Sistema Europeo de Bancos Centrales

Junio de 2008

Memorandum sobre aspectos sociales : Tareas dentro del Sistema Europeo de Bancos Centrales

Standing Committee of European Central Banks Unions

Oesterreichische

Nationalbank

Banque Nationale de Belgique

Bank

of

Greece

Kentrike

Trapeza

tis Kyprou

Danmarks Nationalbank

Magyar Nemzeti Bank

BDZMNB

Central Bank

and Financial Services

Authority of Ireland

Suomen

Pankki

Banque de France

Deutsche Bundesbank

Banca d’Italia Lietuvos Bankas

Banque

Centrale

du Luxembourg

Central Bank of Malta De Nederlandsche Bank

Národná Banka Slovenska

TUFIE

Banka

Slovenije

Narodowy

Bank

Polski

Banco de Portugal

Banco de España

Ceska

Narodni Banka

CBOV CNB

Memorandum sobre aspectos sociales : Tareas dentro del Sistema Europeo de Bancos Centrales

Standing Committee of European Central Banks Unions

Indice

Resumen

Carta 1 Presentación del Comité Europeo de Sindicatos de Bancos Centrales

Carta 2 Diálogo social y representantes de los trabajadores dentro del Sistema Europeo de Bancos Centrales

Carta 3 Desarrollo de tareas dentro de los Bancos Centrales Nacionales Carta 3 A Antecedentes generales Carta 3 B Billetes

Carta 4Propuestas y acciones del SCECBU frente a las futuras directrices del BCE

Memorandum sobre aspectos sociales : Tareas dentro del Sistema Europeo de Bancos Centrales

Standing Committee of European Central Banks Unions

Résumé

La creación del BCE en 1998, junto con el establecimiento del SEBC, supusieron grandes cambios para el estatuto y el funcionamiento de los bancos centrales nacionales (BCNs)

de la UE. Estas instituciones que anteriormente eran indepen-dientes y poderosas a nivel nacional se han convertido en par-ticipantes, intérpretes y ejecutoras de las decisiones adoptadas colectivamente por ellos y el BCE.

El BCE garantiza el cumplimiento de las tareas encomendadas al SEBC por el Tratado de la UE, bien mediante su propia actividad o a través de los bancos centrales nacionales, de conformidad con los Estatutos del BCE y del SEBC. Esto significa que, aunque aún son independientes, han perdido su plena autonomía.

Desde la introducción del euro en 1999, el SEBC está formado tanto por los bancos centrales nacionales de países que lo adop-taron como por los que han mantenido sus monedas nacionales. La toma de decisiones del Eurosistema es responsabilidad del Consejo de Gobierno del BCE, integrado por todos los gober-nadores de los BCNs participantes. La influencia y el poder del Eurosistema en el SEBC están en constante crecimiento. Las decisiones adoptadas durante los últimos años han alterado el centro de atención de los BCNs, conduciendo de forma progre-siva a la homogeneización de las estructuras y actividades del BCN. El BCE está /involucrado/implicado en todas las decisio-nes de especialización dentro del Eurosistema, ya sea a través de la centralización de algunas actividades o a través de su posición central en lo que se refiere a la difusión de información.

Los principales modelos de BCNs europeos (los negocios orien-tados a anglosajones y los servicios orientados al Continente (europa) están convergiendo hacia un nuevo modelo muy perfi-lado creado por el Consejo de Administración. Al mismo tiempo, esta marcada tendencia a centrarse en la rentabilidad ha dado lu-gar a la contratación externa de funciones y actividades tradicio-nales del Banco Central – especialmente la impresion de billetes y el tratamiento de efectivo, y también de varias funciones en sec-tores administrativos como la informática, seguridad, administra-ción de nóminas, etc. Se ha adoptado el denominado ”pooling” o ”fondo común”, que en la práctica supone la externalización de algunas funciones del banco central a otros bancos centrales nacionales dentro del Eurosistema.

La producción, distribución y tratamiento de efectivo son un ser-vicio público. Tradicionalmente, este tipo de servicios ha sido realizado por los bancos centrales que cuentan con unos trabaja-dores altamente cualificados, lo que ha garantizado una calidad duradera del dinero, además de autenticidad y disponibilidad para

el cliente – los ciudadanos europeos. El dinero se transportaba de forma segura de las casas de imprenta a las sucursales y ofici-nas mediante los vehículos de seguridad propiedad de los BCNs. La situación ha cambiado y sigue cambiando. Cada vez con más frecuencia, los BCNs compran billetes en el mercado libre. El principal objetivo no es conseguir calidad y profesionalidad en el trabajo, sino obtener un precio más bajo. El manejo de efectivo se subcontrata a centros de tratamiento particulares, con salarios bajos. Con frecuencia, se ha entregado el transporte de dinero en efectivo a compañías que no parecen ser capaces de garantizar la seguridad de los transportes.

El diálogo social activo es una parte esencial del funcionamiento de organizaciones eficientes y civilizadas en las que se respetan los derechos de los trabajadores y estos reciben un trato justo y democrático. Desgraciadamente, el BCE no ha considerado ade-cuado impulsar o incluso mantener el diálogo social dentro de cada antiguo BCN – incluido él mismo-, ni tampoco fomentar que los nuevos BCNs creen uno. A nivel del SEBC, el diálogo social entre el BCE y los representantes del personal de los BCNs ha experimentado últimamente unos ligeros avances, gracias al trabajo activo y decidido de los sindicatos del banco central.

Los bancos centrales nacionales son parte integrante del Sistema Europeo de Bancos Centrales y actuarán de acuerdo con las directrices e instrucciones del Banco Central Europeo. Los Bancos centrales nacionales pueden llevar a cabo otras funciones distintas de las especificadas en el presente Estatuto a no ser que el Consejo de Administración considere, por mayoría de dos tercios de los votos emitidos, que interfieren con los objetivos y funciones del Sistema Europeo de Bancos Centrales. Dichas funciones se ejercerán bajo la responsabilidad de cada banco central nacional y no deben considerarse como parte de las funciones del Sistema Europeo de Bancos Centrales.“ (Artículo 14 (3) y (4) de los Estatutos del SEBC y del BCE).

m La mejora del diálogo social: la pronta integración y la influencia efectiva en el proceso de toma de decisiones del Consejo de Gobierno. Aquellas de-cisiones finales del Consejo de Gobierno del BCE que tengan repercusión en el personal de los BCNs deben incluir el resultado de un proceso de consulta. El derecho a la formación, el intercambio de infor-mación y la protección social que garanticen y de-sarrollen una estructura democrática en el mercado laboral europeo y el apoyo necesario para asegurar el funcionamiento eficaz de esta estructura.

m Análisis de los efectos sobre el empleo, las condiciones de trabajo y el desarrollo del personal en BCNs antes de la toma de decisiones en el BCE.

m Poner fin a cualquier ”outsourcing” (contrata-ción externa) de funciones del Banco Central, en particular de la producción, clasificación y / o trata-miento del euro. Deshacer cualquier paso encami-nado a ceder el control de los BCNs a las empresas privadas.

Las reivindicaciones de la Comision Permanente de los sindicatos de Bancos Centrales

Memorandum sobre aspectos sociales : Tareas dentro del Sistema Europeo de Bancos Centrales

Standing Committee of European Central Banks Unions

E l Comité Permanente de los sindicatos de Bancos Centrales (SCECBU) fue fundado en 1964. Se creó por iniciativa de tres hombres

excepcionales: Andrein (Italia), Clotten (Alemania) y Gousseaus (Francia).La iniciativa pronto fue secun-dada por otros hombres y mujeres, todos sindicalistas convencidos. Esta Organización ha permitido ampliar la comunicación entre sus miembros y así colaborar en la consecución de su gran objetivo común.

Actualmente, el SCECBU está constituido por 43 miembros de Sindicatos y Asociaciones de Tra-bajadores de Bancos Centrales Nacionales. Algunos de ellos dependen de federaciones y otros son Sindi-catos autónomos (sindicatos que han surgido inter-namente dentro de un Banco Central). La principal característica del SCECBU es que sus representantes son todos delegados integrantes de las estructuras de representación de trabajadores dentro de cada banco central nacional de la UE. Poco después de la creación del SCECBU, las orga-nizaciones sindicales, especialmente dentro de los bancos centrales nacionales, comprendieron la ne-cesidad de cerrar filas. También comprendieron que el estatus social de los empleados, a la larga, sólo se podría defender de forma eficaz manteniendo y desarrollando los recursos y las funciones propios de las necesidades de los Bancos Centrales. Por todo ello, el SCECBU continúa la búsqueda de nuevas tareas y actividades.

Entre las cuestiones de mayor interés se encuentran: la situación de la red de sucursales, las consecuencias sociales de la introducción de los nuevos sistemas de pago, el impacto del desarrollo de las actividades en el ámbito de la estadística y, por último pero no menos importante, la impresión y producción de billetes.

Somos conscientes de que una organización o comité sindical europeo no es un ”departamento de investi-gación” de las tareas de un banco central. De hecho, el principal objeto consiste en el éxito de las acciones de los Sindicatos y, por tanto, el propósito de sus es-tudios y análisis se dirige hacia la consecución de un objetivo muy concreto: la defensa de los derechos y condiciones de trabajo de los trabajadores.En la década de los 80 el SCECBU centró su aten-ción en el Comité de los Gobernadores. La razón era que en aquel momento, aunque muchos gobernado-res de los bancos centrales aceptaban reunirse de forma cordial con los representantes de SCECBU, el Comité de los Gobernadores, como tal, se negaba

a cualquier reconocimiento oficial de la Comisión Permanente.

Fue en ese momento cuando el SCECBU tomó su liderazgo, para tratar de persuadir, con la ayuda de nuestros compañeros del Banco Central, a los go-bernadores de la necesidad de reconocimiento de nuestra Organización.

El Tratado de Maastricht, la creación del BCE y el SEBC y otras decisiones con repercusión en el per-sonal del Banco Central han acarreado consecuencias sociales graves para los bancos centrales nacionales. Esas consecuencias se han hecho aún más evidentes con los más de 15.000 despidos realizados en los úl-timos tres años. De hecho, la mayoría de bancos cen-trales nacionales se enfrentan a una reducción de la fuerza de trabajo de al menos el 30 %, lo que ha tenido un efecto muy negativo en todas sus actividades. Hoy en día, podemos decir que se ha producido una pérdida de más de 35.000 puestos de trabajo en los países de la UE a lo largo de la existencia del BCE y el SEBC.

Los bancos centrales nacionales que participan en el SEBC han perdido una gran parte de su plantilla du-rante los últimos 28 años. En 1979, el número total de empleados se elevó a 75000. Hoy, el personal total en los mismos 15 BCNs de la antigua SEBC es 49539 incluido el BCE. Si incluimos el personal del BCE, la pérdida neta en los 15 BCN sube a 24094, es decir, un 32 % en un período de 28 años. Durante los últi-mos cinco años (2002-2007), analizados un total de 33 BCNs europeos, la pérdida asciende a 16363 tra-bajadores, es decir el 19 %. En 2000, los BCNs de UEUnión Nacional contaban con 53275 trabajadores equivalentes de dedicación plena (EDP), de los cuales 50577 están en los 12 Bancos Centrales Nacionales del Eurosistema. En 2008, 13 Bancos Centrales Na-cionales del Eurosistema contaban con 44329 EDP – los originarios 12 compuestos por 43891 EDP Estas cifras muestran cómo se han acelerado las polí-ticas de reestructuración.

Siguiendo la estructura del SEBC, el SCECBU firmó en 1999 junto con el BCE y dos organizaciones sindi-cales internacionales un acuerdo para la creación de un Diálogo Social del SEBC en Frankfurt. Esto supuso finalmente el reconocimiento oficial de SCECBU ante las direcciones de los bancos centrales nacionales y del BCE como órganismo a nivel europeo y del SEBC. Ahora, en el año 2008 el SCECBU es más dinámico que nunca, haciendo más creíbles a los sindicatos a través de iniciativas reales sin obviar la situación real y con el coraje de enfrentarse a ello.

Presentación del Comité Permanente de los Sindicatos de Bancos Centrales Carta 1

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Diálogo social y representación de los trabajadores en los Bancos Centrales del Sistema EuropeoCarta 2

D esde la creación del Banco Central Europeo, el Sistema Europeo de Bancos Centrales y la introducción del Euro, varios países se han

unido a la Unión Económica y Monetaria (EMU) y otros esperan entrar en ella. En este contexto, la organización ha logrado crear un cierto nivel de valores y pautas de actuación comunes, y trata de ponerlos en práctica en todo el sistema. La parte so-cial, por su lado, necesita encontrar urgentemente un modo de equilibrar el proceso y participar en la toma de decisiones que pueden afectar al futuro de los empleados.

Como ocurre en el resto del mercado de trabajo eu-ropeo, los sistemas de diálogo social en los Bancos Centrales Nacionales están sometidos a presión; muchos Bancos Centrales, además de tener proble-mas a nivel nacional, tienen que asumir las deman-das debidas a los cambios del entorno económico en Europa. Todo ello conduce a que el diálogo social a menudo quede relegado como el último punto en la agenda de los directores de los Bancos Centrales. La única solución para los Sindicatos/Representan-tes de los trabajadores es luchar contra esta actitud, llevando a cabo diferentes acciones según la cultura local y, si es necesario, con una estricta colabora-ción a nivel europeo

Con el fi n de afrontar el gran impacto en las funcio-nes, posición y actividades de los Bancos Centra-les que supuso la creación de Unión Económica y Monetaria, las tres Federaciones de la Unión Eu-ropea (SCECBU, UNI, EPSU) y el BCE fi rmaron un protocolo de acuerdo de diálogo social a nivel del ESCB el 3 de diciembre de 1999. Su objetivo es facilitar el intercambio de información y discu-sión en las posibles resoluciones de los órganos de decisión del BCE y el cumplimiento de las tareas del ESCB que puedan tener un gran impacto en la situación cuantitativa y cualitativa de empleo en los Bancos Centrales. Los representantes de los traba-jadores son conscientes de los avances dentro del sistema, y de la trascendencia que pueden tener al-gunas de las decisiones adoptadas por el Consejo de Gobierno sin contar con un diálogo previo o nego-ciación a nivel nacional o europeo, en ámbitos como

la supervisión bancaria, la producción de billetes, las normas de calidad para el tratamiento de efectivo y otros medios de pago en general. Además, para la puesta en práctica de estas resoluciones, el BCE ha decidido crear varios grupos de trabajo para avanzar en la ”sistemática asignación de tareas” y “especia-lización” entre los Bancos Centrales. Se ha hecho patente a lo largo de los últimos años que algunos Bancos Centrales no hacen nada para promover una verdadera estructura social. Muchos países no están presentes en el diálogo social del ESCB simplemen-te porque sus Bancos Centrales no tienen ninguna forma de representación de la plantilla; otros no es-tán representados por motivos fi nancieros o políti-cos; algunos participantes han sufrido despidos por tener una gran actividad sindical. La combinación de estos ingredientes puede tener efectos peligrosos sobre el empleo en todos los BCNs.El SCECBU aprobó sus Directrices durante su úl-timo congreso en 2005 para propiciar el Diálogo Social y evitar que la información llegue a los re-presentantes de los trabajadores después de que las decisiones ya han sido tomadas. El objetivo de la directriz “Una nueva forma de negociación a nivel europeo” es mejorar y fortalecer el Diálogo Social en el ESCB. El SCECBU cree que al aplicar estas directrices es necesario ir más allá en el proceso, impulsando las actividades que apoyan la creación de representantes de los trabajadores y mejoran el Diálogo Social a nivel nacional y europeo. Comen-zando sobre una base de valores comunes, es fun-damental aumentar la transparencia, fomentar las mejoras, lograr fortaleza y efetividad, con el fi n de desarrollar una cultura europea de satisfactión mu-tua en las relaciones sociales.

Los Bancos Centrales, y especialmente el BCE, tie-nen un papel clave como protectores de los valores democráticos de la Europa ampliada. Es necesario un nivel alto de protección social para los emplea-dos que son activos dentro del sistema de Diálogo Social. Es necesaria la formación en el Diálogo Social en todos los Bancos Centrales tanto para los empleados como para los directivos. Respetar el principio de subsidiariedad supone también estable-cer unos principios comunes a nivel europeo y

Diálogo social signifi ca información, consulta y negociación.” (Comisión Europea)

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Standing Committee of European Central Banks Unions

Carta 2

m Todos los Bancos Centrales de Europa permitirán, protegerán y proporcionarán los medios necesarios para que los trabajadores cuenten con representantes y participen en el Diálogo Social del ESCB.

m El Banco Central Europeo introducirá y mantendrá el más alto nivel en las relaciones sociales entre empleados y directivos. El BCE, los BCNs y el Consejo de Gobierno reconocerán, aceptarán y respetarán sus responsabilidades sociales en relación con su plantilla y con la sociedad. La responsabilidad social debe prevalecer sobre cualquier decisión orientada a la obtención de benefi cios.

m Se creará un conjunto de reglas y valores a nivel europeo para la mejora del Diálogo Social, que incluirá: intervención desde el inicio en los procesos de toma de decisiones del BCE; infl uencia efectiva en las decisiones fi nales del BCE; proceso de consulta antes de la adopción de decisiones que tengan impacto sobre la plantilla; derecho a la formación, al intercambio de información y a la protección social para asegurar y desarrollar la estructura democrática del mercado de trabajo europeo y el apoyo necesario para asegurar el efectivo funcionamiento de esta estructura.

m El acuerdo de Diálogo Social de diciembre de 1999 se mejorará incluyendo nuevos valores que hagan que el diálogo social sea más efectivo y productivo para los empleados. Estos valores se basan en una serie de propuestas que contienen los “principios para las relaciones sociales dentro del ESCB”, dirigidas a mantener el Diálogo Social a nivel europeo y para el desarrollo de las negociaciones a nivel nacional.

Las reivindicaciones del CPSBCE

negociar las implicaciones sociales de las deci-siones del BCE a nivel nacional.

El problema fundamental es que el BCE utiliza el “concepto de diálogo social” como un sustituto para evitar reconocer completamente los derechos funda-mentales como se establece en la Carta/Fuero Social Europeo. Esta carta/fuero garantiza, entre otras mu-chas cosas, el derecho de los trabajadores a sindi-carse y el derecho a la información y consulta y al pacto colectivo dentro del compromiso.

Teniendo esto en mente no deberíamos considerar ni siquiera un Diálogo Social activo como un sus-tituto válido de los derechos fundamentales de los sindicatos.

El diálogo social sólo puede ser de utilidad si condu-ce a un reconocimiento completo de los sindicatos o a un acuerdo práctico para la puesta en marcha de parte de los derechos de los sindicatos (consulta e información).

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Carta 3 A

Evolucion de las tareas dentro de los Bancos Centrales Nacionales

E n enero de 2005 el Consejo de gobierno introdujo la Estrategia y los Principios Organizativos del Eurosistema (denominado “Mission Statement”).

Esta declaración, por encima de todo, ha tenido un gran impacto sobre los Bancos Centrales del Eurosistema, so-bre sus trabajadores y también en el SEBC en su conjun-to. La política se dirige a homogeneizar la estructura y la actividad de los Bancos Centrales Nacionales del área del Euro y hacer que actúen como un solo organismo de grandes dimensiones basado en el principio de división internacional del trabajo para la promoción de un marco común europeo. El resto de Bancos Centrales del SEBC, miembros potenciales del Eurosistema, caminan en esta misma dirección.

Los diferentes modelos de los Bancos Centrales Euro-peos convergen hacia el propuesto por el Consejo de Go-bierno en su “Mission Statement”, que propugna que las funciones de los BCNs deben de ser rentables y centrarse únicamente en el núcleo de los negocios del Banco Cen-tral. Siguiendo esta línea, los BCNs, en lugar de consi-derar a los trabajadores como un recurso, representan un coste más para ellos. Cada vez se prestan menos servi-cios públicos, puesto que esta no es una labor clasificada como propia del SEBC. Poco a poco disminuye el respeto por los valores y las tradiciones de los países de origen. Cada vez más BCs están actuando sin tener en cuenta a los Sindicatos y Representantes de los Trabajadores. La consecuencia de todo esto es que los BCNs están per-diendo autoridad ante la opinión pública que considera que son simples marionetas manejadas por el BCE. Para el público se ha producido una gran transformación de los Bancos Centrales que han pasado de ser una autori-dad económica y servicio público a convertirse en una entidad que sólo habla por boca del BCE.

En el entorno actual hay elementos perturbadores que son consecuencia obvia de la política derivada del “Mis-sion Statement”. Tanto el principio de explotación de si-nergias como el de no duplicar el trabajo han conducido cada vez más a menudo a la externalización de tareas de los Bancos Centrales, no sólo hacia el sector privado (como sucedió para varias funciones y sectores IT) sino también hacia otros BCNs (por ejemplo, para la implan-tación del TARGET2 en el área de los sistemas de pago, externalizado a la Banca d’Italia, Banco de Francia y Bundesbank). Los Bancos Centrales Nacionales buscan el modo de compartir servicios con los otros BCNs, u ofrecer en solitario esos servicios a otros Bancos Cen-trales, como ocurre en el proyecto para crear una Oficina Central de Adquisiciones (¿?) con el objeto de centrali-zar las relaciones con el mercado.

Esta tendencia a la especialización ha originado desi-

gualdades en las competencias de los BCNs: los que poseen más recursos frente a los que carecen de ellos. Lo que podría ser una ventaja para los trabajadores de los grandes BCNs representa un alto riesgo de pérdida de puestos de trabajo para aquellos que han asumido tareas comunes. El “outsourcing” (privatización de servicios) en general ha traído muchas sorpresas a algunos NCBs: se han incrementado considerablemente los costes y la calidad del servicio se ha visto empobrecida. Muchos empleados han perdido sus puestos de trabajo.

El reciente fenómeno de intentar incrementar la aparente efectividad en la toma de decisiones significa en la prácti-ca que esas decisiones se adoptan de forma acelerada sin realizar un análisis de las consecuencias para las condi-ciones de trabajo, las plantillas o los empleos. También supone tomar decisiones sin consultar a los Sindicatos Representativos de la Plantilla. Además, la adopción de decisiones precipitadas implica a menudo aceptar ries-gos que, cuando se hacen efectivos, representan un coste tanto para el Banco Central como para los trabajadores; sin mencionar a la sociedad y a la credibilidad del sis-tema. Sin embargo, las consecuencias más graves para todo el sistema de Bancos Centrales podrían surgir de la combinación de la toma de resoluciones precipitadas y la reducción al mínimo de sus funciones como pro-veedores de servicios: en el peor de los casos, fracasaría una función esencial, originando un enorme coste y un gran perjuicio para el sistema financiero europeo, para la credibilidad del SEBC, el Eurosistema, los Bancos cen-trales Europeos y sus trabajadores.

Antecedentes generales

m Antes de adoptar decisiones se deben analizar los efectos que estas tendrán sobre el trabajo, las condiciones laborales y la plantilla de los BCNs.

m Cooperación en lugar de especialización de los BCNs para un Sistema Europeo de Bancos Centrales seguro y un empleo seguro.

m Detener la externalización de servicios e incrementar la internalización en aras de alcanzar una eficiente reducción de riesgos.

m Respetar los principios de subsidiariedad al organizar las funciones, tareas y actividades entre los Bancos Centrales dentro del SEBC.

m Necesidad de más transparencia y mejor comunicación en lo que se refiere a las decisiones del Consejo de Gobierno en cuanto a la especialización de los BCNs.

Las reivindicaciones del CPSBCE

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Carta 3 B

Billetes

L a producción, distribución y tratamiento del euro como medio de pago gratuito son servi-cios públicos y deben ser ofrecidos y desarrol-

lados por medios públicos. Esta es la única vía para garantizar una calidad duradera y una disponibilidad segura del efectivo para los ciudadanos europeos. El público tiene derecho a exigir calidad y fiabilidad en lo que se refiere a la tarea de producción y trata-miento de efectivo. Proporcionar un medio de pago fiable para el público es la labor diaria de todos los Bancos Centrales Europeos que deben contar con los instrumentos necesarios – tanto medios persona-les como otros recursos – para ofrecer este servicio a los ciudadanos.

Las condiciones de los puestos de trabajo de los editores y cajeros de los BCN han sufrido cambios drásticos en el pasado. No obstante, se han cumplido los objetivos exigidos por el BCE y los BCNs. Ac-tualmente, dentro del SEBC existe una amplia expe-riencia en la emisión y tratamiento de efectivo. Este tesoro oculto de conocimientos y profesionalidad debe de ser reconocido por el BCE y los BCNs. De lo contrario, el BCE y los citados BCNs perderán el control sobre estas aptitudes.

Con vistas a la propuesta europea de emisión de 2012, los trabajos de edición (impresión) deberían tener una fuerte presencia como servicio público. La creación de un proyecto público común de edición asegurará la cobertura de las necesidades de los ciu-dadanos europeos en términos de servicios de dinero público. La cooperación entre la producción pública e interna dentro de los BCNs atenuaría la amenaza del establecimiento de un monopolio por parte del sector privado.

El dinero no es una mercancía”.Además, la provisión de una moneda impecable no es el campo de juego para el neo-liberalismo. Des-de el punto de vista del interés público, la calidad siempre debe estar por delante de los beneficios. La práctica común de “contratar y despedir” dentro de las empresas privadas no está dirigida a mantener el nivel mínimo de servicio y calidad que el público tiene derecho a exigir.

Teniendo en cuenta la celeridad en la evolución de las técnicas modernas de falsificación, ya debería ha-ber comenzado la labor de creación de dispositivos de seguridad eficaces para la próxima serie de bille-tes de euros (3ª emisión). Además, un procedimiento tan específico como es la impresión de una divisa tan extendida como es el euro, requiere de la máxima atención. En este caso concreto es inaceptable que el BCE solo confíe en compañías privadas para crear un distintivo de seguridad para los billetes.

El Banco Central, como pilar de su responsabilidad, debe ejercer un fuerte control sobre la producción, clasificación y provisión de dinero al público.

Los Bancos Centrales deben ser compañeros fiables para fortalecer y asegurar una moneda solvente.

m Poner freno a cualquier intento de externalizar actividades como la producción, clasificación y/o tratamiento de billetes.

m Deshacer cualquier paso que se haya dado encaminado a ceder el control de los BCNs a compañías privadas.

m Promover la creación de un equipo de impresión mediante la cooperación entre las diferentes empresas públicas de impresión.

m Comenzar de forma inmediata la preparación para la emisión de la 3ª serie de billetes de euro.

m Construir un centro técnico perteneciente al BCE para crear dispositivos de seguridad y procedimientos para mejorar el nivel de seguridad de los billetes.

m Suspender cualquier actividad en un sistema de licitación para los billetes de euro.

Las reivindicaciones del CPSBCE

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Carta 4

Propuestas y acciones del SCECBU frente a las futuras directrices del SEBC

E l Eurosistema ha evolucionado mucho desde su creación en 1998. Esta evolución ha segui-do una tendencia creciente hacia la especiali-

zación en determinadas áreas específicas de activi-dad en los bancos centrales nacionales. Cada Banco Central está siguiendo una estrategia a corto plazo para el fortalecimiento de su propia posición dentro del Sistema Europeo de Bancos Centrales. A través de este esquema tratan de ofrecer sus servicios es-pecíficos a los demás.

El SCECBU está completamente centrado en impe-dir esta competencia entre los bancos centrales, que se basa principalmente en la comparación entre los costes de personal.

Teniendo en cuenta la reducción de las funcio-nes del BCN por un lado, y el actual fortaleci-miento del control por parte del BCE por el otro, el SCECBU continuará realizando un segui-miento de esta tendencia a la especialización, y a extender la mano de obra allí donde es más ba-rata como ocurre en las empresas multinacionales. El SCECBU actuará para evitar cualquier efecto ne-gativo sobre el empleo que pueda derivarse de las futuras decisiones del BCE. Teniendo en cuenta que tanto la estabilidad finan-ciera como la investigación y la supervisión ban-caria son consideradas como las actividades ”más nobles”, podría deducirse que son las que mejor po-drían adaptarse a un contexto cambiante. Por ello, los miembros del SCECBU están preocupados por la pérdida de funciones y el volumen de trabajo en lo que se refiere a otro tipo de actividades. Algunos bancos centrales se enfrentan ya a los efectos nega-tivos de estos acontecimientos.

En resumen, ahora es evidente que esta tendencia afectará a todas las actividades y a todas las par-tes implicadas en la misión principal del SEBC. El principio de “descentralización operativa”, que es la forma correcta de organización dentro del Sistema Europeo de Bancos Centrales, está muy presente. Las actividades de cada Banco Central difieren de un país a otro. Pero por encima de todo debe res-

petarse el principio de subsidiariedad. No acepta-mos la degradación de ningún Banco Central, pa-sando de ser un proveedor de servicios públicos a un mero ejecutor de la política monetaria. Es tarea de un Banco Central preservar su papel económico y social. Si queremos construir un modelo social europeo es evidente que un modelo centralizado dirigido por un Banco Central Europeo aislado y teniendo en consideración su interminable diálogo con los mer-cados sería desastroso para el futuro de los Bancos Centrales Nacionales. El SCECBU seguirá defendiendo un modelo des-centralizado con el fin de permitir a los Bancos Cen-trales Europeos mantener un estrecho diálogo con los ciudadanos.

En el sistema, el SCECBU sostenía que los bancos centrales nacionales mantendrían sus diferentes es-tructuras de acuerdo con sus respectivas tradiciones nacionales. Un Banco Central tendría entonces un papel muy importante en dos ámbitos:

m la implementación de las tareas relacionadas con la producción y circulación de billetes, seguridad en los sistemas de pago, el desarrollo y la creación de la política monetaria, así como el control de la estabilidad del sistema financiero y los mercados de capitales. Varios años de experiencia han de-mostrado que estas tareas se pueden realizar efica-zmente de forma descentralizada.

m los bancos centrales deben tomar medidas con el fin de establecer la responsabilidad social real en la defensa de sus principales misiones. Sobre todo respetando la voluntad de los empleados y los derechos de los sindicatos.

SCECBU seguirá apoyando firmemente a los sindi-catos y al personal de los BCNs en su lucha por los derechos sociales. Además el SCECBU hará uso de su influencia en todo el ámbito europeo para evitar estas tendencias negativas y para salvaguardar el futuro de la plan-tilla del BCN.

Memorandum sobre aspectos sociales : Tareas dentro del Sistema Europeo de Bancos Centrales

Standing Committee of European Central Banks Unions

“Elaborated by the Executive Bureau and approved by the Executive Commission in Malta, June 2008 m Thierry Desanois, president m Kirsti Tanila, vice-president m Massimiliano Bolis, vice-president,

m Denis Montagné, elected secretary m Prodromos Charalambous, elected member m Alfred Cipera, elected member m Fernando Garces, elected member m Hans Hoek, elected member m Rolf Michelsen, elected member m Ewa Waszkiewicz, elected member

Austria Oesterreichische Nationalbank GPA

Belgium Banque Nationale de Belgique BBTK/SETCa CGSLB/ACVLBCNELBC

Cyprus Kentrike Trapeza tis Kyprou ETYK

Czech Republic Ceska Narodni Banka CBOV CNB

Denmark Danmarks Nationalbank NP

Finland Suomen Pankki SPHY

France Banque de France CGTCFDTCFE/CGCCFTCFOSICSNA BF SOLIDAIRES

Germany Deutsche Bundesbank VdB

Greece Bank of Greece BGEU

Hungary Magyar Nemzeti Bank BDZMNB

Ireland Central Bank and Financial Services Authority of Ireland

UNITE

Italy Banca d´Italia CIDAFALBI-CONFSAL-EuropaSIBC

Lithuania Lietuvos Bankas SBBL

Luxemboourg Banque Centrale du Luxembourg A-BCL

Malta Central Bank of Malta HUBCGWU

Nederland De Nederlandsche Bank FNVVvW

Poland Narodowy Bank Polski AZZ-NBPKZZ-NBPNSZZ-NBP SOLIDARNOSC

Portugal Banco de Portugal SBNSBSI

Slovakia Národná Banka Slovenska TUFIE

Slovenia Banka Slovenije ZSSS

Spain Banco de España SAT-BEUGT