377
1 Ayuntamiento de Guadalajara Acta número ochenta y dos de la sesión ordinaria celebrada el día once de diciembre del dos mil diecisiete a las once horas con treinta y cinco minutos, en el Salón de Sesiones de Palacio Municipal. Preside la sesión el ingeniero Enrique Alfaro Ramírez, Presidente Municipal y la Secretaría General está a cargo del licenciado Juan Enrique Ibarra Pedroza. Se instruye al Secretario General del Ayuntamiento, pase lista de asistencia. I.- LISTA DE ASISTENCIA Y VERIFICACIÓN DEL QUÓRUM. El Señor Secretario General: Ciudadano Enrique Alfaro Ramírez, presente; ciudadano Eduardo Fabián Martínez Lomelí, presente; ciudadana Miriam Berenice Rivera Rodríguez, presente; ciudadano José Manuel Romo Parra, presente; ciudadana Anna Bárbara Casillas García, presente; ciudadano Marcelino Felipe Rosas Hernández, presente; ciudadana María Leticia Chávez Pérez, presente; ciudadano Juan Francisco Ramírez Salcido, presente; ciudadana María Eugenia Arias Bocanegra, presente; ciudadano Rosalío Arredondo Chávez, presente; ciudadana María Guadalupe Morfín Otero, presente; ciudadano Enrique Israel Medina Torres, presente; ciudadana María Teresa Corona Marseille, presente; ciudadano Bernardo Macklis Petrini, se justificó su inasistencia; ciudadana María de los Ángeles Arredondo Torres, se incorporó a la sesión; ciudadano Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, presente; ciudadana Jeanette Velázquez Sedano, presente; ciudadano Sergio Javier Otal Lobo, presente; ciudadana Ximena Ruiz Uribe, presente; ciudadano Juan Carlos Márquez Rosas, presente; ciudadana Livier del Carmen Martínez Martínez, presente. En los términos de lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

transparencia.guadalajara.gob.mx · Web view256 Ayuntamiento de Guadalajara La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento

Embed Size (px)

Citation preview

1Ayuntamiento de Guadalajara

Acta número ochenta y dos de la sesión ordinaria celebrada el día once de diciembre del dos mil diecisiete a las once horas con treinta y cinco minutos, en el Salón de Sesiones de Palacio Municipal.

Preside la sesión el ingeniero Enrique Alfaro Ramírez, Presidente Municipal y la Secretaría General está a cargo del licenciado Juan Enrique Ibarra Pedroza.

Se instruye al Secretario General del Ayuntamiento, pase lista de asistencia.

I.- LISTA DE ASISTENCIA Y VERIFICACIÓN DEL QUÓRUM.

El Señor Secretario General: Ciudadano Enrique Alfaro Ramírez, presente; ciudadano Eduardo Fabián Martínez Lomelí, presente; ciudadana Miriam Berenice Rivera Rodríguez, presente; ciudadano José Manuel Romo Parra, presente; ciudadana Anna Bárbara Casillas García, presente; ciudadano Marcelino Felipe Rosas Hernández, presente; ciudadana María Leticia Chávez Pérez, presente; ciudadano Juan Francisco Ramírez Salcido, presente; ciudadana María Eugenia Arias Bocanegra, presente; ciudadano Rosalío Arredondo Chávez, presente; ciudadana María Guadalupe Morfín Otero, presente; ciudadano Enrique Israel Medina Torres, presente; ciudadana María Teresa Corona Marseille, presente; ciudadano Bernardo Macklis Petrini, se justificó su inasistencia; ciudadana María de los Ángeles Arredondo Torres, se incorporó a la sesión; ciudadano Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, presente; ciudadana Jeanette Velázquez Sedano, presente; ciudadano Sergio Javier Otal Lobo, presente; ciudadana Ximena Ruiz Uribe, presente; ciudadano Juan Carlos Márquez Rosas, presente; ciudadana Livier del Carmen Martínez Martínez, presente.

En los términos de lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco; y 21, párrafo 2 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara, existe quórum señor Presidente al estar presentes 20 regidores con el objeto de que se declare instalada la sesión.

El Señor Presidente Municipal: Existiendo quórum, se declara abierta esta sesión ordinaria del Ayuntamiento de Guadalajara correspondiente al día once de diciembre del dos mil diecisiete y válidos los acuerdos que en ella se tomen.

Se propone para regirla el siguiente orden del día, solicitando al Secretario General proceda a darle lectura.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

2Ayuntamiento de Guadalajara

El Señor Secretario General:

ORDEN DEL DÍA

I. LISTA DE ASISTENCIA Y VERIFICACIÓN DEL QUÓRUM.

II. LECTURA, EN SU CASO DEBATE, Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DE 2017.

III.LECTURA Y TURNO DE LAS COMUNICACIONES RECIBIDAS.

IV. PRESENTACIÓN DE INICIATIVAS.

V. LECTURA, EN SU CASO DEBATE Y APROBACIÓN DE DICTÁMENES.

VI. ASUNTOS VARIOS.

El Señor Secretario General: Hago de su conocimiento que han llegado a esta Secretaría General las siguientes propuestas:

- Agendar dictamen correspondiente a la iniciativa del regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, que tiene por objeto la instalación de rampas en el puente peatonal, ubicado en la Calzada Lázaro Cárdenas en su cruce con la Calle Arroz de la Colonia la Nogalera.

- Agendar iniciativa de decreto con dispensa de ordenamiento del regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, para la suscripción de un convenio modificatorio al de colaboración, para la transferencia de recursos suscritos por el Gobierno del Estado y el Municipio de Guadalajara para la realización de las obras públicas por 198 millones de pesos.

- Agendar iniciativa de decreto con dispensa de ordenamiento, que tiene como finalidad el que se autorice la celebración de un contrato de comodato entre el Municipio de Guadalajara y la Ciudadana Rosa Elena de la Cruz García Fernández, en su carácter de albacea de la sucesión testamentaria del señor José Luis García Aguirre.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración el orden del día propuesto con las adiciones, en votación económica les consulto si lo aprueban… Aprobado.

I. Toda vez que se ha nombrado lista de asistencia y se ha verificado la existencia de quórum legal para la celebración de esta sesión ordinaria, se tiene por desahogado el primer punto del orden del día.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

3Ayuntamiento de Guadalajara

II. LECTURA, EN SU CASO DEBATE, Y APROBACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL DÍA 24 DE NOVIEMBRE DE 2017.

El Señor Presidente Municipal: II. En desahogo del segundo punto del orden del día, pongo a su consideración, señores regidores, la dispensa de la lectura del acta de la sesión ordinaria celebrada el día 24 de noviembre de 2017, toda vez que les fue remitido el texto íntegro de la misma, preguntando si alguno de ustedes desea hacer uso de la palabra. No observando quien desee hacer uso de la palabra, en votación económica les pregunto si es de aprobarse la dispensa que se propone… Aprobado.

Una vez aprobada la dispensa de referencia, les consulto, señores regidores, si aprueban el contenido del acta de la sesión ordinaria celebrada el día 24 de noviembre de 2017, preguntando si alguno de ustedes desea hacer uso de la voz. No observando quien desee hacer uso de la voz, en votación económica les pregunto si la aprueban… Aprobada.

SÍNTESIS DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL 24 DE NOVIEMBRE DE 2017.

Presidió la sesión el ingeniero Enrique Alfaro Ramírez, Presidente Municipal y la Secretaría General estuvo a cargo del licenciado Juan Enrique Ibarra Pedroza.

I. En desahogo del primer punto del orden del día, habiéndose verificado la existencia de quórum legal, el Presidente Municipal declaró abierta la sesión y válidos los acuerdos que en ella se tomaron, aprobándose con modificaciones el orden del día, con la intervención del regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes y del Presidente Municipal ingeniero Enrique Alfaro Ramírez.

II. En desahogo del segundo punto del orden del día, se aprobaron las actas de las sesiones solemnes y ordinaria celebradas los días 8 y 20 de noviembre de 2017.

III. En desahogo del tercer punto del orden del día, se les dio trámite a las siguientes comunicaciones: de los Presidentes Municipales de Ocotlán; y Acatlán de Juárez, mediante los cuales solicitan donaciones y comodato de bienes; del Director de lo Jurídico Consultivo, relativo a la concesión de un espacio público en la Plaza de la Bandera a favor del C. Salvador Alcázar Álvarez; del Director de Patrimonio, para la baja y desincorporación de diversos bienes; y mediante el cual remite escrito de los vecinos del Fraccionamiento Pinar de la Barranca, solicitando autorización para realizar el cierre de la vía pública denominada Privada Rita Gutiérrez, turnándose a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal; del Director de lo Jurídico Consultivo, expediente relativo a la revocación de un local en el Mercado Felipe Ángeles, turnándose a las Comisiones Edilicias de de Mercados y Centrales de Abasto y de Patrimonio Municipal; de los regidores Juan Carlos Márquez Rosas; y Jeanette Velázquez Sedano, solicitando la justificación de sus inasistencias, aprobándose las mismas; del Secretario General del Ayuntamiento, mediante el cual remite la documentación presentada por las personas interesadas en desempeñarse como Peritos Traductores auxiliares del Registro Civil, turnándose a la Comisión Edilicia de Justicia; del regidor Juan Carlos Márquez Rosas, mediante el cual solicita que, el turno 75/15 para aperturar la Ventanilla Única Multimodal, enviado a la comisión edilicia que preside, sea turnado a la Comisión Edilicia de Medio Ambiente, aprobándose el returno; de la Secretaria Técnica del Consejo Directivo del

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

4Ayuntamiento de Guadalajara

Consejo Social de Cooperación para el Desarrollo Urbano, mediante el cual remite los 53 proyectos de planes parciales de desarrollo urbano del Municipio de Guadalajara, a fin de solicitar se dé continuidad al proceso de actualización de los mismos, turnándose a las Comisiones Edilicias de Planeación del Desarrollo Urbano Sustentable, de Servicios Públicos Municipales y de Obras Públicas, con la intervención del Presidente Municipal ingeniero Enrique Alfaro Ramírez; del Director de Administración, fallo de la licitación pública 001 para la concesión de la terraza ubicada en el quinto nivel del Edificio “General Ramón Corona” a favor de la empresa Operadora de Restaurantes Fusión, S.A. de C.V., turnándose a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal, con la intervención del regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes; del Director de lo Jurídico Consultivo, copias del expediente relativo a la novación del comodato para el Comedor Comunitario “Rio Verde” a favor del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Guadalajara; y de la Síndico Anna Bárbara Casillas García, escrito de la empresa Eco Ahorro, S.A. de C.V., la cual solicita el arrendamiento de un predio propiedad municipal ubicado en la colonia Colón Industrial, turnándose a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal.

IV. En desahogo del cuarto punto del orden del día, se dio trámite a las siguientes iniciativas:

De la regidora Livier del Carmen Martínez Mártinez, para reformar el Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara, turnándose a las Comisiones Edilicias de Gobernación, Reglamentos y Vigilancia, y Transparencia, Rendición de Cuentas y Combate a la Corrupción.

Del regidor Juan Carlos Márquez Rosas, para reformar el Reglamento para la Prevención de la Violencia en los Espectáculos Masivos en el Municipio de Guadalajara, turnándose a las Comisiones Edilicias de Gobernación, Reglamentos y Vigilancia, y Espectáculos Públicos y de Festividades Cívicas.

De la regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, que deroga el artículo 37 del Reglamento Interno del Centro de Atención y Desarrollo Integral para Personas en Situación de Indigencia, turnándose a la Comisión Edilicia de Gobernación, Reglamentos y Vigilancia; y la relativa a la implementación de links de Alerta Amber, habiéndose turnado a las Comisiones Edilicias de Asuntos de la Niñez y Derechos Humanos e Igualdad de Género.

De las ediles Anna Bárbara Casillas García y María Eugenia Arias Bocanegra, para crear el Reglamento del Sistema Anticorrupción del Municipio de Guadalajara, turnándose a las Comisiones Edilicias de Gobernación, Reglamentos y Vigilancia, y de Transparencia, Rendición de Cuentas y Combate a la Corrupción.

Del regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, para reformar el Reglamento de Participación Ciudadana para la Gobernanza del Municipio de Guadalajara, turnándose a la Comisión Edilicia de Gobernación, Reglamentos y Vigilancia.

Del regidor Sergio Javier Otal Lobo, para la colocación de un busto del ingeniero arquitecto Raúl Gómez Tremari, turnándose a las Comisiones Edilicias de Patrimonio Municipal y de Centro, Barrios Tradicionales y Monumentos.

De la regidora Ximena Ruiz Uribe, para denominar los Cursos de Información de Guadalajara con el nombre del Profesor Ramón Mata Torres, turnándose la Comisión Edilicia de Cultura.

Del regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, para presentar ante el Congreso del Estado, iniciativa de ley que adiciona el artículo 175 bis a la Ley de Hacienda Municipal del

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

5Ayuntamiento de Guadalajara

Estado de Jalisco, turnándose a las Comisiones Edilicias de Gobernación, Reglamentos y Vigilancia y de Hacienda Pública.

De la Síndico Anna Bárbara Casillas García, para la entrega de un local bajo la figura de concesión, turnándose a la Comisión Edilicia de Mercados y Centrales de Abasto.

Del regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, iniciativas para reformar el Reglamento para el Funcionamiento de Giros Comerciales, Industriales y de Prestación de Servicios en el Municipio de Guadalajara, turnándose a las Comisiones Edilicias de Gobernación, Reglamentos y Vigilancia y de Seguridad Ciudadana y Prevención Social.

De la regidora María Leticia Chávez Pérez, para inscribir la fecha 08 de noviembre de 1539, en el Muro de Honor del Salón de Sesiones, turnándose a las Comisiones Edilicias de Centro, Barrios Tradicionales y Monumentos y de Hacienda Pública.

Y del Presidente Municipal ingeniero Enrique Alfaro Ramírez, para la creación de la Red de Bosques Urbanos de Guadalajara, turnándose a las Comisiones Edilicias de Gobernación, Reglamentos y Vigilancia y de Hacienda Pública, Medio Ambiente y Patrimonio Municipal; la que tiene por objeto la reforma de diversos reglamentos municipales, habiéndose turnado a las Comisiones Edilicias de Gobernación, Reglamentos y Vigilancia y de Hacienda Pública, Protección Civil y Bomberos, y Planeación del Desarrollo Urbano Sustentable, con la intervención de la regidora María Guadalupe Morfín Otero; y para reformar el Reglamento para la Gestión Integral del Municipio de Guadalajara, turnándose a las Comisiones Edilicias de Gobernación, Reglamentos y Vigilancia y de Planeación del Desarrollo Urbano Sustentable.

V. En desahogo del quinto punto del orden del día, se aprobaron los dictámenes que resuelven las siguientes iniciativas y asuntos: diversos para reformar el Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara; para expedir la reglamentación sobre conflictos de interés en la administración pública municipal; para reformar el reglamento sobre entrega de premios; para reformar el reglamento en materia de protección del medio ambiente; para reformar el reglamento del programa de redensificación de inmuebles; para reformar el reglamento del consejo consultivo en materia de cultura ambiental; para reformar la reglamentación relativa a la Contraloría Municipal; relativo a la enajenación de un inmueble municipal ubicado en la Colonia San José Río Verde; relativos a la enajenación de excedencias en la Calle Hacienda La Calera; en la Unidad Habitacional Vicente Guerrero; y en la Colonia Jardines de la Paz; para la instalación de sanitarios en algunos parques del municipio; para la revisión de la normatividad municipal en materia de movimientos telúricos; para reformar el reglamento en materia de atención de personas con discapacidad; para establecer un programa de capacitación de los servidores públicos, con la intervención de la regidora María Guadalupe Morfín Otero; relativos a dictámenes técnicos de depuración documental; relativos a la revocación de la concesión de 3 locales en el Mercado Alcalde; para implementar un programa de mantenimiento de los inmuebles que albergan el acervo histórico cultural de la ciudad, con la intervención de la regidora Ximena Ruiz Uribe; para la entrega del Reconocimiento al “Mérito Deportivo” Edición 2017; para elevar iniciativas de decreto al Congreso del Estado de Jalisco, para declarar Beneméritos del Estado de Jalisco a Juan Cruz Ruiz de Cabañas y Crespo; y a Ignacio Díaz Morales; para aprobar el Plan de Contingencias Atmosféricas Interno del Municipio de Guadalajara; para la suscripción de un convenio modificatorio al convenio de colaboración aprobado mediante Decreto D 26/10/16, con la intervención de los regidores María Guadalupe Morfín Otero y Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes; que aprueba la tercera modificación al Presupuesto de Egresos del Municipio de Guadalajara para el Ejercicio Fiscal del Año 2017, con la intervención de los regidores Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, Sergio Javier Otal Lobo, María de los Ángeles

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

6Ayuntamiento de Guadalajara

Arredondo Torres, la Síndico Anna Bárbara Casillas García y del Presidente Municipal ingeniero Enrique Alfaro Ramírez; para el establecimiento de la “Feria del Santuario 2017”; que tiene por objeto, sin modificar los nombres actuales de la Avenida “Fray Antonio Alcalde” en su tramo norte sur hasta su intersección con la calle Morelos y a partir de ahí “16 de Septiembre”, se asigne el nombre de “Paseo Fray Antonio Alcalde” a la obra de infraestructura civil edificada sobre ella desde la Glorieta de la Normal y hasta la calle Ferrocarril, con la intervención del Presidente Municipal ingeniero Enrique Alfaro Ramírez; para la suscripción del acuerdo de cooperación integral con la Ciudad de Madrid, España; relativo al comodato de inmuebles municipales a favor de la Secretaría de Educación Jalisco, ubicados en la Colonia Lomas del Paraíso; y en la Colonia Libertad; relativo a la novación del contrato de comodato de un predio municipal denominado Comedor Comunitario Cuauhtémoc, a favor del DIF Guadalajara; para la enajenación de un predio municipal en la Colonia Polanquito; para modificar el Decreto Municipal D 61/48/17, con la intervención de la Síndico Anna Bárbara Casillas García y del regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes; para abrogar el Decreto D 66/59/17; para la declaración de extinción por caducidad, de la concesión otorgada a la empresa denominada Pare de Occidente, S.A. de C.V., con la intervención de los regidores Juan Carlos Márquez Rosas, Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes y de la Síndico Anna Bárbara Casillas García; para autorizar la subscripción de un convenio de colaboración con el organismo público descentralizado denominado Servicios de Salud Jalisco; para reformar el artículo 30 del Reglamento de Regularización y Titulación de Predios Urbanos del Municipio de Guadalajara, Jalisco; para la prevención y atención de la ludopatía; y para reformar el Reglamento para los Espectáculos del Municipio de Guadalajara, con la intervención del regidor Juan Carlos Márquez Rosas; y se retiraron los relativos a entregar en comodato los locales comerciales ubicados en la confluencia de las avenidas de los Maestros y Fray Antonio Alcalde; y la que tiene como finalidad el que se autoricen las concesiones de los espacios públicos ubicados en el Jardín Botánico.

VI. En desahogo del sexto punto del orden del día, la regidora Ximena Ruiz Uribe se refirió al aniversario de la Colonia Chapalita; y el regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes a la Colonia Alcalde Barranquitas; Base Cinco en Boulevard Marcelino García Barragán; y al Cementerio Panteón Nuevo, con la intervención del Presidente Municipal ingeniero Enrique Alfaro Ramírez y no habiendo quien más hiciera uso de la voz se dio por concluida la sesión.

III. LECTURA Y TURNO DE LAS COMUNICACIONES RECIBIDAS.

El Señor Presidente Municipal: III. En desahogo del tercer punto del orden del día, se concede el uso de la voz al Secretario General, para que presente a su consideración las comunicaciones recibidas:

El Señor Secretario General: 1. Oficios PM-181, 184 y 185/XI/2017 que suscribe el Presidente Municipal de Etzatlán, Jalisco, mediante los cuales solicita la donación diversos vehículos propiedad municipal.

2. Oficio SG/AMG/DIR/1324/2017 que suscribe el Director del Archivo Municipal, mediante el cual remite dictamen técnico de depuración documental.

El Señor Presidente Municipal: El trámite que se propone es turnarlos a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal; preguntando si alguno de ustedes La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

7Ayuntamiento de Guadalajara

desea hacer uso de la palabra. No observando quien desee hacer uso de la palabra, en votación económica les pregunto si lo aprueban…Aprobado.

El Señor Secretario General: Se da cuenta de la incorporación de la regidora María de los Ángeles Arredondo a esta sesión.

3. Oficio JCMR/GRyV/153/2017 que suscribe el regidor Juan Carlos Márquez Rosas, Presidente de la Comisión Edilicia de Gobernación, Reglamentos y Vigilancia, mediante el cual remite el turno 226/13 relativo a la suspensión de infracciones por concepto de multa de obras públicas, por construcción de escaleras de acceso a viviendas, enviado a la comisión edilicia que preside, sea turnado a la de Hacienda Pública, por ser materia de su competencia.

El Señor Presidente Municipal: El trámite que se propone es turnarlo a la Comisión Edilicia de Hacienda Pública; preguntando si alguno de ustedes desea hacer uso de la palabra. No observando quien desee hacer uso de la palabra, en votación económica les pregunto si lo aprueban…Aprobado.

El Señor Secretario General: 4. Oficio MBRR/072/2017 que suscribe la regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, Presidenta de la Comisión Edilicia de Desarrollo Social, Humano y Participación Ciudadana, mediante el cual remite el dictamen relativo al resultado de la convocatoria dirigida a organizaciones u organismos de la sociedad civil, para que se integren al Consejo Consultivo para la Prevención y el Combate a las Adicciones en el Municipio de Guadalajara.

El Señor Presidente Municipal: El trámite que se propone es tener por notificado al Ayuntamiento y publíquese en la Gaceta Municipal de Guadalajara; preguntando si alguno de ustedes desea hacer uso de la palabra. No observando quien desee hacer uso de la palabra, en votación económica les pregunto si lo aprueban… Aprobado.

El Señor Secretario General: 5. Oficio DJM/DJCT/FA-3/358/2017 que suscribe la Síndico Municipal, mediante el cual remite el expediente relativo al recurso de revisión interpuesto por José Guadalupe Mariscal Álvarez, en contra de actos de este Ayuntamiento.

El Señor Presidente Municipal: El trámite que se propone es autorizar a la Dirección General Jurídica para que desahogue el procedimiento que en derecho corresponda y elabore el proyecto de resolución, mismo que deberá remitir para su validación a este órgano de gobierno; preguntando si alguno de ustedes desea hacer uso de la palabra. No observando quien desee hacer uso de la palabra, en votación económica les pregunto si lo aprueban… Aprobado.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

8Ayuntamiento de Guadalajara

El Señor Secretario General: 6. Oficio REG/BMP/422/2017 que suscribe el regidor Bernardo Macklis Petrini, mediante el cual solicita se justifique su inasistencia a esta sesión.El Señor Presidente Municipal: Con fundamente en el artículo 51 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, pongo a su consideración la inasistencia de referencia, preguntando si alguno de ustedes desea hacer uso de la palabra. No observando quien desee hacer uso de la palabra, en votación económica les pregunto si lo aprueban… Aprobado.

El Señor Secretario General: Señor Presidente Municipal, son todos los comunicados recibidos en la Secretaría General.

IV. PRESENTACIÓN DE INICIATIVAS.

El Señor Presidente Municipal: IV. En desahogo del cuarto punto del orden del día les consulto, señores regidores, si alguno de ustedes desea hacer uso de la palabra para la presentación de iniciativas, solicitando al Secretario General elabore el registro correspondiente. Tiene el uso de la voz, el regidor Juan Carlos Márquez.

El Regidor Juan Carlos Márquez Rosas: Con su venia Presidente. En uso de las facultades que me confieren la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como el Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara, los suscritos Regidores Juan Carlos Márquez Rosas y Juan Francisco Ramírez Salcido, sometemos a la consideración de este órgano de gobierno municipal la siguiente iniciativa de decreto con turno a comisión, que tiene por objeto otorgar en comodato dos bienes inmuebles propiedad municipal a la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco. Lo anterior de conformidad a la siguiente exposición de motivos.

Con pláaticas sostenidas con el Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, Dr. Alfonso Hernández Barrón y los suscritos Regidores Juan Carlos Márquez Rosas y Juan Francisco Ramírez Salcido, se nos solicitó la intervención para que pudiéramos a su vez solicitar a este Ayuntamiento apoyar a dicho organismo público, con algún bien inmueble propiedad municipal, para poder dar atención a la ciudadanía, ya que si bien es cierto que es un organismo estatal, también es cierto que se encuentra muy limitado en términos de los recursos a ejercer para efectos de lograr esa atención hacia la ciudadanía.

Es por ello que al revisar el Inventario del Patrimonio Municipal y de los bienes que se tienen disponibles, nos dimos cuenta en dicho informe que se

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

9Ayuntamiento de Guadalajara

encontraban a disposición, para efecto de ser utilizadas las suscritas fincas, por lo que en base a esa plática y a la necesidad ya expuesta, le solicitamos señor Presidente y compañeros regidores pudiera ser considerada la presente iniciativa.Es por ello que creemos que dicha apoyo será de utilidad para la atención de estos ciudadanos en general y por ser un bien de patrimonio municipal disponible, es por ello que buscamos le sea otorgado.

Pedimos que se envíe a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal como convocante, y a la Comisión Edilicia de Derechos Humanos e Igualdad de Género como coadyuvante. Es cuanto señor Presidente.

“CIUDADANOS REGIDORES INTEGRANTESDEL H. AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA.P R E S E N T E S.

En uso de las facultades que nos confieren los artículos 37 fracción II, 40 fracción II, 41 fracción II, 42 fracción VI y artículo 50 fracción I, y demás relativos y aplicables de la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como los artículos 74, 75, 76 fracción II, 80, 81 fracción I, y 90 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara, los suscritos Regidores Juan Carlos Márquez Rosas y Juan Francisco Ramírez Salcido, sometemos a la consideración de este órgano de gobierno municipal la siguiente iniciativa de Decreto con turno a comisión que tienen por objeto otorgar en Comodato dos bienes inmuebles propiedad Municipal, ubicados en Paseo Bohemio número 406 y Monte Alban número 2252, Colindante en el Fraccionamiento Monumental; a la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco. Lo anterior de conformidad a la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

1.- Que el Ayuntamiento de conformidad con el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 77 fracciones II, III y IV, de la Constitución Política del estado Libre y Soberano del Estado de Jalisco, artículos 37 fracción II, 41 fracción II, 42 fracción VI y artículo 50 fracción I, y demás relativos y aplicables de la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, el artículo 74 y demás aplicables del Reglamento del Ayuntamiento, ya que el Ayuntamiento puede aprobar decretos municipales y acuerdos de naturaleza administrativa, en los supuestos que contempla el presente ordenamiento.

2.- Así las cosas el artículo 74 en su último párrafo señala que el procedimiento para la aprobación de los ordenamientos municipales, decretos y acuerdos del Ayuntamiento se regula por el presente reglamento, desde la iniciativa hasta la expresión de la voluntad del Ayuntamiento y, en todo caso, debe observarse en su reforma, derogación o abrogación el mismo procedimiento que les dio origen.

3.- Que con platicas sostenidas con el Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, Dr. Alfonso Hernández Barrón y los suscritos Regidores Juan Carlos Márquez Rosas y Juan Francisco Ramírez Salcido, se solicitó a ésta autoridad se pudiera apoyar a dicho Organismo Público Descentralizado, con algún bien inmueble propiedad municipal, para poder dar atención a la Ciudadanía.

4.- Ya que si bien es cierto su presupuesto es Estatal, su competencia es Estatal y Municipal, tal como lo contempla el articulo 7 de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos, que señala lo siguiente:

“...Son atribuciones de la Comisión:

I. Investigar, estudiar, analizar y determinar la existencia de violación a los derechos humanos por actos u omisiones de los servidores públicos, autoridades estatales o municipales;

II. Admitir o desechar en su caso, las quejas que le presente cualquier persona respecto de presuntas violaciones a los derechos humanos causadas por actos u omisiones de servidores públicos, autoridades estatales o municipales, o bien iniciarlas de oficio; La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

10Ayuntamiento de Guadalajara

III a la XXIX…”.

5.- La Comisión Estatal de Derechos Humanos en Jalisco, tienen como finalidad esencial la defensa, protección, estudio y divulgación de los derechos humanos en el Estado y en el Municipio, tal y como se desprende del segundo párrafo del artículo 3ro, de la Ley de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco, que señala lo siguiente:

“...La Comisión Estatal de Derechos Humanos es un organismo público, dotado de plena autonomía, con personalidad jurídica y patrimonio propio, de carácter permanente, de participación ciudadana y de servicio gratuito.

La Comisión Estatal de Derechos Humanos tiene como finalidad esencial la defensa, protección, estudio y divulgación de los derechos humanos.

En lo sucesivo, cuando en el presente ordenamiento se mencione a la Comisión, deberá entenderse que se trata de la Comisión Estatal de Derechos Humanos.

Para el cumplimiento de sus atribuciones, ejercerá de manera libre el presupuesto que le asigne el Congreso del Estado, para lo cual se procurará que sea superior al ejercicio anterior...”.

6.- Por lo que es importante resaltar que en dichas platicas se comento que gran parte de su presupuesto, se va en el pago de arrendamientos de bienes inmuebles que se destina para el desempeño de sus actividades.

7.- Es por ello que al revisar el Inventario del Patrimonio Municipal de los bienes inmuebles, nos dimos cuenta de que algunos se encuentran aún sin otorgarle un uso especifico a los mismos y por el contrario se han encontrado actos de bandalismo y en ocasiones se apropian de éstos cuando se encuentran vacíos o sin utilizarse con algún destino especifico.

8.- Por lo tanto son facultades de este Ayuntamiento enajenar los bienes inmuebles del patrimonio municipal tal como lo señala la fracción V del artículo 7 del Reglamento del Patrimonio Municipal de Guadalajara.

Artículo 7. 1. Son facultades del Ayuntamiento:

I. a la IV…

V. Enajenar los bienes muebles e inmuebles del patrimonio municipal.

VI. a la VIII….

9.- Por lo tanto señalamos que el Reglamento del Patrimonio Municipal de Guadalajara, señala la diferencia de los bienes del dominio público y los bienes del dominio privado, señalando que los bienes del dominio privado son aquellos los cuales no se encuentran contemplados como bienes del dominio público, tal y como el Cápitulo III en los siguientes artículos:

“...Capítulo III De los bienes de propiedad municipal

De los bienes del dominio privado

Artículo 25. 1. Los bienes del dominio privado son todos aquellos que le pertenecen al municipio y que no están afectos al dominio público o han sido desincorporados de éste.

Artículo 26. 1. Son bienes del dominio privado del municipio:

I. Las tierras y aguas en toda la extensión del Municipio, susceptibles de ser enajenados y que no sean propiedad de la Federación con arreglo a la ley, ni constituyan propiedad del Estado o de los particulares.

II. Los bienes que por acuerdo del Ayuntamiento sean desincorporados del dominio público.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

11Ayuntamiento de Guadalajara

III. El patrimonio de organismos públicos descentralizados municipales que se extingan o liquiden.

IV. Los bienes muebles propiedad del Municipio que no se encuentren comprendidos en la fracción IV del artículo 18.

10.- Así también analizamos que en el capitulo IV, del Reglamento mencionado en el punto que antecede, señala quien es el encargado en el municipio de realizar el registro de los bienes propiedad municipal, mencionando lo siguientes:

Capítulo IV Del registro de bienes municipales Artículo 29. 1. El Ayuntamiento llevará un registro general de los bienes municipales, cuya

elaboración y actualización estará a cargo de la Dirección de Administración de Bienes Patrimoniales y se denominará Registro de Bienes Municipales.

11.- Así las cosas nos dimos a la tarea de realizar una investigación con el personal de la Dirección de Administración, en el área de Bienes Patrimoniales, encontrando dos cédulas de registro entre otras, las cuales podría servir para el fin que se busca en la presente iniciativa.

12.- Realizando una inspección de campo y encontrándonos que los bienes inmuebles que se detallan en las cédulas de registro 2821 y 2823, servirían para entregar en comodato a la Comisión Estatal de Derechos Humanos, y poder ayudar a dicho órgano y más aún el poder brindar un servicio mejor a la Ciudadanía.

13.- Mostrando a continuación los datos de las Cédulas de registro antes mencionadas.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

12Ayuntamiento de Guadalajara

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

13Ayuntamiento de Guadalajara

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

14Ayuntamiento de Guadalajara

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

15Ayuntamiento de Guadalajara

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

16Ayuntamiento de Guadalajara

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

17Ayuntamiento de Guadalajara

1

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

18Ayuntamiento de Guadalajara

4.- Por lo anterior expuesto es importante que se realice el comodato de dichos bienes inmuebles, para que estos tengan un aprovechamiento y poder apoyar y coadyuvar con las tareas encomendadas de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco.

FUNDAMENTO JURIDICO DE LA INICIATIVA

Que el Ayuntamiento de conformidad con el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como el artículo 77 fracciones II, III y IV, de la Constitución Política del estado Libre y Soberano del Estado de Jalisco, artículos 37 fracción II, 41 fracción II, 42 fracción VI y artículo 50 fracción I, y demás relativos y aplicables de la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, el artículo 74 y demás aplicables del Reglamento del Ayuntamiento, ya que el Ayuntamiento puede aprobar decretos municipales y acuerdos de naturaleza administrativa, en los supuestos que contempla el presente ordenamiento.

OBJETO Y FINES DE LA INICIATIVA

Otorgar en Comodato dos bienes inmuebles propiedad Municipal, ubicados en Paseo Bohemio número 406 y Monte Alban número 2252, Colindante en el Fraccionamiento Monumental; a la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco.

ANALISIS DE LAS REPERCUCIONES DE APROBARSE LA PRESENTE INICIATIVA

La presente iniciativa, no tiene repercusiones presupuestales, ni laborales, ni jurídicas adversas, y las repercusiones sociales en caso de aprobarse el comodato serían benéficas ya que estaríamos coadyuvando con el Organismo Público Descentralizado, para que pueda cumplir con el desempeño de sus atribuciones y competencias frente a la ciudadanía.

Por lo anteriormente expuesto y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 37 fracción II, 41 fracción II, 42 fracción VI y artículo 50 fracción I, y demás relativos y aplicables de la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como los artículos los artículos 74, 75, 76 fracción II, 80, 81 fracción I, y 90 demás relativos y aplicables del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara, se proponen los siguientes puntos de:

DECRETO MUNICIPAL:

Primero. De conformidad a los artículos 36 fracción V y 87 de la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, se aprueba y se autoriza la desincorporación del dominio público y la incorporación al dominio privado y entrega en comodato de los inmuebles propiedad municipal ubicados en los siguientes domicilios.

1.- Paseo Bohemio número 406, entre Monte Alban y Belisario Dominguez, Colindante en el Fraccionamiento Monumental. Con número de Cédula de Registro 2821.

2.- Monte Alban número 2252, entre Paseo Bohemio y Tula, Colindante en el Fraccionamiento Monumental.Con número de Cédula de Registro 2823.

Los anteriores inmuebles para la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco.

Segundo. De conformidad a lo establecido en el artículo 46 fracción I, del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara, se instruye a la Dirección de lo Jurídico Consultivo de la Sindicatura Municipal, para que se formalice el contrato de comodato a que se refiere el punto primero de este Decreto.

Tercero. Se faculta al Presidente Municipal, Secretario General y Síndica de este Ayuntamiento, a suscribir la documentación inherente para el cumplimiento del presente decreto.

Cuarto. Publíquese en la Gaceta Municipal del Ayuntamiento de Guadalajara.”

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

19Ayuntamiento de Guadalajara

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración el turno propuesto por el regidor Juan Carlos Márquez, quienes estén a favor sírvanse en manifestarlo en votación económica… Aprobado. Tiene el uso de la voz, la regidora Livier Martínez.

La Regidora Livier del Carmen Martínez Martínez: Buenos días señor Presidente, Secretario General, compañeros regidores y público que nos acompañan.

En estos momentos en el uso de la voz que me es conferida, me permito presentar una iniciativa como punto de acuerdo, que tiene por objeto proponer la compra de un desfibrilador externo automático para Palacio Municipal, y por respeto a su tiempo solo expondré brevemente la iniciativa.

Esta iniciativa que hoy se presenta, tiene por objeto un acuerdo de la Ley Estatal de Salud en su artículo 78 bis, que señala la obligación de que todo edifico público o privado que genere concentraciones de al menos quinientas personas en concurrencia, se cuente con un al menos de un desfibrilador externo automático, bajo esa tesitura este Palacio Municipal como Sede del Órgano de Gobierno Municipal, concentra diariamente una gran cantidad de personas, entre ellos trabajadores, visitantes, manifestantes y particulares que solicitan algún servicio público y que pudieron solicitar asistencia médica urgente, como pudiera ser el caso de un infarto cardiaco.

De acuerdo con las estadísticas de mortalidad presentadas en el 2015 por el Instituto Nacional de Estadísticas Demográficas del INEGI, la tercera causa de muerte a nivel nacional son enfermedades relacionadas al corazón.

Por ello es que hoy se presenta esta iniciativa, proponiendo sea turnada a la Comisión Edilicia de Salud, Prevención y Combate a las Adicciones, así como a la Comisión Edilicia de Adquisiciones y Hacienda Pública, a efecto de que se someta a su consideración la iniciativa que como punto de acuerdo propone la compra de un desfibrilador externo automático para este Palacio Municipal de Guadalajara.

Así mismo, en este momento solicito a la Secretaría General lleve a cabo la transcripción textual de la iniciativa que presento el día de hoy en el acta que se levanta en esta sesión ordinaria. Es cuanto señor Presidente.

“CIUDADANOS REGIDORES INTEGRANTES DEL H. AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA PRESENTE: 

La que suscribe, Regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, haciendo uso de las facultades que me confiere el artículo 41, fracción II al igual que la fracción I del artículo 50 de la ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como los diversos 76 fracción II, 81 fracción La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

20Ayuntamiento de Guadalajara

II, 82 y demás relativos del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara, someto a la consideración de ésta Asamblea la siguiente Iniciativa con PUNTO DE ACUERDO que propone la compra de un (01) Desfibrilador Externo Automático para el edificio ubicado en Av. Miguel Hidalgo y Costilla N°400 Zona Centro, en Guadalajara, de conformidad con la siguiente 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOSI. ANTECEDENTES 

El palacio municipal, como sede del órgano de Gobierno Municipal concentra a diario una gran conglomeración de personas entre ellos trabajadores, visitantes, Manifestantes o ciudadanos que vienen a solicitar un servicio; personas las cuales cuentan con condiciones particulares de salud, la cuales pueden requerir asistencia médica urgente, como pudiera ser el caso de un infarto cardiaco.

Entre las múltiples actividades públicas que desarrolla el H. Ayuntamiento de Guadalajara, se encuentra la de garantizar la salud de las personas y otorgar servicios de salud de urgencias médicas; urgencias dentro de las cuales se encuentra el paro cardiaco.

El Paro Cardíaco Repentino es generalmente causado por una disfunción eléctrica del corazón ocasionándole un ritmo anormal llamado fibrilación ventricular. Para revertir esta condición, es necesario aplicar una descarga eléctrica al corazón para que su ritmo normal se restablezca; esta descarga se denomina desfibrilación, siendo el único tratamiento efectivo contra un Paro Cardiaco Repentino.

De acuerdo al informe de la OMS sobre la situación mundial de las enfermedades n trasmisibles en 2014 las enfermedades cardiovasculares fueron responsables de 17.5 millones de fallecimiento en todo el mundo, de estas muertes se estima que 7.5 millones se debieron a ataques cardiacos.

En México de acuerdo a las Estadísticas de mortalidad presentadas en 2015 por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), la tercera causa de muerte a nivel nacional entre hombres de 30 a 59 años de edad son enfermedades relacionadas al corazón.

La mayoría de las muertes por causa de paro cardiaco se producen en un ambiente extra-hospitalario; pero independientemente de la causa del paro cardiaco, solo con una rápida respuesta con RCP y desfibrilación precoz, puede lograrse una sobrevida aceptable.

El entrenamiento de la comunidad en RCP básica y el acceso público a un desfibrilador externo automático (DEA) permiten salvar vidas y evitar secuelas neurológicas incapacitantes, PUEDE SER LA DIFERENCIA ENTRE LA VIDA Y MUERTE.

El evento de paro cardiaco es la máxima representación de gravedad de muchas enfermedades y el pronto reconocimiento de la presencia de esta emergencia médica, debería de derivar en la instauración de procesos de atención médica o paramédica de forma inmediata, con protocolos bien establecidos dentro de un contexto extra hospitalario, con la finalidad de disminuir la alta mortalidad asociada y que genera un impacto negativo en el ámbito social, económico y demográfico.

II. IDENTIFICACIÓN DEL PROBLEMA 

Al ser este un edificio público con una amplia plantilla de personal, así como niveles altos de visita de ciudadanos dentro del mismo con la finalidad de realizar un trámite, recibir un servicio o asistir a eventos celebrados en las instalaciones se estima que a diario transitan en este edifico un amplio número de personas entre trabajadores y ciudadanos.

Sumado a lo anterior considerando que México es un país con alta prevalencia de sobrepeso y obesidad siendo estos factores de riesgo de los paros cardiacos es más que evidente que al no contar este edificio público con un Desfibrilador se estaría atentando el derecho fundamental a una atención médica adecuada y oportuna.

Por lo que al no contarse con esta herramienta básica de reanimación cardiaca para emergencias médicas de esta naturaleza es un problema que debe ser resuelto a la brevedad posible. 

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

21Ayuntamiento de Guadalajara

III. MARCO LEGAL 

El Artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece que: Toda persona tiene derecho a la protección de la salud y a un medio ambiente adecuado a su desarrollo y bienestar. Y de acuerdo a lo dispuesto por la Ley de Salud del estado de Jalisco en sus Artículos 27 y 78 Bis, considera que para hacer efectivo el cumplimiento al derecho de la protección a la salud, los siguientes servicios básicos:

“Artículo 27:I) La educación para la salud, la promoción del saneamiento básico y el mejoramiento de las condiciones sanitarias del ambiente; II) La prevención y el control de las enfermedades trasmisibles de atención prioritaria, de las no transmisibles más frecuentes y de los accidentes; III) La atención médica, que comprende actividades preventivas, curativas y de rehabilitación, incluyendo la atención de urgencias.

Artículo 78 Bis. Será considerada acción de salud pública la obligación de que en todo edificio público o privado que genere concentraciones de al menos 500 personas en concurrencia, se cuente con al menos un desfibrilador externo automático.”

IV. PROPUESTA 

Tomando en consideración que la presente iniciativa se encuentra contemplada en la Ley Estatal de Salud como una acción de salud pública así como también considerando el número de personas que a diario transitan por este edificio y previendo y pensando en la seguridad y atención inmediata de los trabajadores como de los ciudadanos en caso de una emergencia médica de esta naturaleza como lo son los Paros Cardiacos, considero que es fundamental la adquisición de este equipo médico de primera necesidad para emergencias médicas, denominado (DAE) Desfibrilador Automático Externo.

Debe tomarse en cuenta la capacitación del personal para que pueda ser utilizado de manera correcta y así estar en posibilidad de dar un mejor servicio en emergencias de esa naturaleza.

V. JUSTIFICACIÓN 

De aprobarse la propuesta: 

1. Garantizar a los servidores públicos que laboran en este edificio gubernamental así como a la ciudadanía en general que a diario visita las instalaciones, que en caso de presentarse una emergencia médica de paro cardiaco, se estará en condiciones de darles una atención pronta y oportuna.

Pues sí se cuenta con el Desfibrilador Externo Automático, se puede revertir hasta un en un 90% la muerte o el daño irreversible neurológico de una persona si la desfibrilación se realiza dentro de los primeros 5 minutos posteriores al paro cardiaco, se disminuye de esta manera la tasa de mortalidad relacionada a esta emergencia médica.

VI. MECANISMOS DE GARANTÍA 

Al no tratarse de un programa de Gobierno, sino de una acción, no requiere de mecanismos de garantía, sino únicamente la debida supervisión de la Secretaría del Ayuntamiento, para la plena y puntual ejecución de estas disposiciones. 

VII. RELEVANCIA PÚBLICA 

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

22Ayuntamiento de Guadalajara

Ha quedado establecido que una de la múltiples obligaciones del H. ayuntamiento es la de mejorar la cobertura en servicios de salud para urgencias médicas esto de acuerdo con La Ley de Salud del Estado de Jalisco, lo que acredita plenamente la relevancia pública de la propuesta. 

VIII. VIABILIDAD Y COSTO EFECTIVIDAD DE LA PROPUESTA 

Es viable la ejecución de la medida propuesta, ya que el desfibrilador externo automático se comprarían una (01) pieza, que en un costo aproximado, se consigue en un promedio de $20,000.00 Veinte Mil Pesos M.N., y en caso de presentarse una emergencia de esta naturaleza se estaría en aptitud de asegurar la supervivencia tanto del personal que labora en este edificio como las personas que a diario lo visitan, quienes pueden ser susceptibles a un evento de esta naturaleza.

IX. CONTROL DE CONVENCIONALIDAD 

El derecho a la protección de la salud se interpretará conforme a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; la Declaración Universal de los Derechos Humanos; y demás instrumentos internacionales suscritos y ratificados por el Estado Mexicano y la interpretación que de los mismos hayan realizado los órganos internacionales especializados; así como lo dispuesto por la Constitución Política del Estado de Jalisco, favoreciendo en todo tiempo los principios pro persona y de máxima publicidad. 

X. CONCLUSIÓN Por lo anteriormente expuesto y tomando en cuenta las consideraciones contenidas en la presente iniciativa, proponiendo que la presente iniciativa sea turnada a la Comisión Edilicia de Salud, Prevención y Combate a las Adicciones, someto a la consideración de ésta Asamblea la siguiente Iniciativa de:

PUNTOS DE ACUERDO

PRIMERO.- Se instruye a la Secretaria General del H. Ayuntamiento de Guadalajara, inicie el procedimiento para la adquisición de un equipo médico de primera necesidad para emergencias médicas, denominado (DAE) Desfibrilador, externo Automático.

SEGUNDO.- Se autoriza al presidente municipal a realizar las acciones necesarias para el cumplimiento de este punto de acuerdo.”

El Señor Presidente Municipal: Gracias regidora. Por tratarse de una iniciativa, la propuesta sería que solamente fuera turnada a las comisiones edilicias formalmente, y ya después sería la incorporación a la Comisión de Adquisiciones en su momento ya que fueran autorizadas por el Pleno.

Entonces la Comisión Edilicia de Salud Pública como convocante y Hacienda Pública como coadyuvante. Está a su consideración este turno, quienes estén a favor sírvanse en manifestarlo en votación económica… Aprobado.

Tiene el uso de la voz, la regidora Ximena Ruiz Uribe.

La Regidora Ximena Ruiz Uribe: Gracias, buenos días señor Presidente Municipal, Secretario General y compañeros regidores.

Me permito hacer uso de la voz para presentar a nombre de mis compañeros regidores, vocales de la Comisión Edilicia de Cultura y mío propio, una iniciativa de acuerdo con carácter de dictamen para ser turnada a la Comisión La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

23Ayuntamiento de Guadalajara

Edilicia de Cultura como convocante y a la Comisión Edilicia de Hacienda Pública como coadyuvante, con el objeto de otorgar un reconocimiento especial a la Banda de Música del Municipio de Guadalajara, por su emblemática actividad con la que se conserva y difunde nuestra historia y cultura musical.

Lo anterior, tras aproximadamente 43 años de una entrega melodiosa a nuestra ciudad, en consecuencia, hemos considerado al interior de la comisión que presido, que por su amor, imagen amigable, constancia, disciplina y entrega a su quehacer cultural, es de reconocer en el marco de un acto solemne a la banda de música que se ha consolidado como institución tapatía, generando un sentido de pertenencia y orgullo por la calidad de su trabajo interpretativo.

En el cuerpo de la iniciativa se desglosan los pormenores de ella y su finalidad única, que de mucho valor sería que se haga en el marco del 476 Aniversario de la Fundación de Guadalajara en febrero próximo, como parte de los emblemas que esta noble ciudad tiene. Es cuanto.

“HONORABLES INTEGRANTES DEL AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE GUADALAJARAPRESENTE

Las y los integrantes de la Comisión Edilicia de Cultura, con fundamento en los artículos 35, 36 fracciones I y II; 43 fracciones II y IV; 49, 95, 96, 97, 98 y demás relativos y aplicables del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara, nos permitimos someter a su consideración la Iniciativa de acuerdo con turno a comisión para ser turnada a las Comisiones Edilicias de Cultura, como convocante, y Hacienda Pública, como coadyuvante, para el otorgamiento de un Reconocimiento Especial a la Banda de Música del Municipio de Guadalajara, por su emblemática actividad, con la que se conserva y difunde nuestra historia y cultura musical, de conformidad con la siguiente

Exposición de motivos:

1.- La banda de Música del Ayuntamiento de Guadalajara ha trascendido en nuestra ciudad y a nivel nacional por su trabajo artístico – cultural por los últimos casi 40 años.2.- Los servidores públicos que integran la banda de música están dedicados únicamente a la ejecución de los instrumentos que la integran, lo que define su actividad profesional como especializada.3.- La banda de música se ha convertido en una institución musical dando vida a las partituras del acervo histórico musical, con sus propios instrumentos, por lo que es de reconocer que la inversión y mantenimiento de dichos instrumentos se realiza bajo la responsabilidad de sus propietarios.4.- En consecuencia por su amor, imagen amigable, constancia, disciplina y entrega a su quehacer cultural es de reconocer, en el marco de un acto solemne a los integrantes de la banda de música, que se ha consolidado como institución tapatía, generando un sentido de pertenencia y orgullo por la calidad de su trabajo interpretativo.

FINES PERSEGUIDOS CON LA INICIATIVA

1.- Proponer al pleno del Ayuntamiento de Guadalajara el reconocimiento especial a la banda de música del Ayuntamiento de Guadalajara. 2.- Reconocer la emblemática actividad realizada por los integrantes de la banda de música del Ayuntamiento de Guadalajara.3.- Organizar un acto solemne para entregar el reconocimiento especial a los integrantes de la banda de música del Ayuntamiento de Guadalajara.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

24Ayuntamiento de Guadalajara

4.- Entregar un estímulo económico de 66.24 Unidades de Medida y Actualización (UMA) vigentes.5.- Entregar un uniforme completo a cada uno de los integrantes de la banda de música del Ayuntamiento de Guadalajara.6.- Producir material discográfico conmemorativo, cuyo contenido sea una selección alusiva a la música de Guadalajara.7.- Resaltar el amor, dedicación, imagen amigable, constancia, disciplina y entrega a su quehacer cultural de los integrantes de la banda de música del Ayuntamiento de Guadalajara, siendo un total de 48 músicos integrantes de la banda de música.

A) MATERIA QUE SE PRETENDE REGULAR

Por la finalidad de la presente iniciativa incide en la Cultura.

B. FUNDAMENTO JURÍDICO

Son aplicables los artículos 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y el artículo 37 fracción IX de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

C. OBJETO DE LA INICIATIVA

Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales anteriormente señaladas para propiciar y reconocer a los integrantes de la banda de música del Ayuntamiento de Guadalajara por su trayectoria y entrega en el quehacer cultural para deleite y disfrute de los tapatíos y de quien les escucha.

D. ANÁLISIS DE REPERCUSIONES

a. Jurídico

No repercute en este ámbito en razón de que no se trastoca la normatividad municipal.

b. Económico y Presupuestal

Si impacta en el Presupuesto de Egresos, sin embargo no se considera una erogación infructuosa, sino el generar y propiciar el reconocimiento especial a la Banda de Música del Ayuntamiento de Guadalajara, por su aportación al quehacer cultural de la ciudad.

c. Laboral

No representa contratación adicional de la plantilla laboral del Ayuntamiento, toda vez que por las características de la iniciativa no requiere contratación de personal.

d. Social

Tiene implicaciones positivas para los ciudadanos e integrantes de la Banda de Música del Ayuntamiento de Guadalajara porque con esta iniciativa se permite la conservación y acrecentamiento de nuestra cultura, a la vez que en los integrantes de la banda de música propicia el fortalecimiento de su actividad profesional.

Por lo que en mérito de lo anteriormente expuesto, elevo para su consideración los siguientes puntos de:

ACUERDO

PRIMERO.- Se aprueba la siguiente Iniciativa de acuerdo con turno a comisión para ser turnada a las Comisiones Edilicias de Cultura, como convocante, y Hacienda Pública, como coadyuvante, para el otorgamiento de un reconocimiento especial a la Banda de Música del Municipio de Guadalajara, por su emblemática actividad, con la que se conserva y difunde nuestra historia y cultura musical.

SEGUNDO.- Se instrumenten los mecanismos administrativos, económicos y operativos para que la Dirección de Cultura del Ayuntamiento de Guadalajara, ejecute lo necesario.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

25Ayuntamiento de Guadalajara

TERCERO.- Publíquese el presente acuerdo en la Gaceta Municipal de Guadalajara

CUARTO.- El presente acuerdo deberá ejecutarse en el término de 30 días hábiles contados a partir de la aprobación del Ayuntamiento de Guadalajara, para estar en posibilidades de hacer su entrega en el marco de los festejos alusivos al 476 Aniversario de la ciudad.QUINTO.- Se faculta al Presidente Municipal y Secretario General de este Ayuntamiento a que suscriba la documentación inherente al cumplimiento del presente acuerdo.”

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración el turno propuesto, quienes estén a favor sírvanse en manifestarlo en votación económica… Aprobado.

Tiene el uso de la voz, la regidora Jeanette Velázquez.

La Regidora Jeanette Velázquez Sedano: Buenos días Presidente, compañeros regidores y público que nos acompañan.

El día de hoy me permito hacer el uso de la voz para presentar la siguiente iniciativa que pretende la compra de un camión itinerante para que incentive la política de las tres R en el Municipio de Guadalajara para la cultura del reciclaje. Pensar en el medio ambiente es pensar en el bienestar de todos los tapatíos, nuestro municipio ya no es el mismo, ha sufrido muchos cambios que han venido deteriorando nuestro medio ambiente derivado de la tala de árboles, el smog por la carga vehicular que se concentra en la Zona Metropolitana de Guadalajara y mayormente la basura que genera cada persona.

En nuestro municipio cada habitante genera un kilo de basura al día, es decir en Guadalajara de acuerdo al censo del INEGI del 2015 vivimos un millón cuatrocientos sesenta mil siento cuarenta y ocho habitantes, en este sentido, generamos mil cuatrocientas sesenta toneladas de basura al día.

En Guadalajara se han implementado programas importantes de manejo de residuos sólidos, sin embargo, uno de los desafíos más grandes es el generar la cultura y concientizar a los habitantes sobre el impacto que genera el mal manejo de los residuos sólidos en nuestro entorno.

Por ello, educar a los habitantes para reincorporar residuos valorizables a los ciclos productivos, ayuda a solucionar de fondo los problemas creados por la forma de vida moderna ya que este es un problema que tiene 40 años de retraso, es por ello que debemos emplear mecanismos que ayuden a la reducción de basura, la contaminación en nuestro municipio debe ser menester de todos involucrarnos, desde el hogar con tareas de reciclaje como el separar la basura.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

26Ayuntamiento de Guadalajara

La mayoría de los ciudadanos hemos escuchado que debemos tomar acciones para no contaminar, como cambiar aparatos eléctricos que no consuman mucha energía como focos ahorradores, usar el transporte público, compartir el carro, pero en realidad cuantos de nosotros somos factores de sustentabilidad o tenemos la cultura de las tres R que es reducir, reciclar y rehusar.

Es por ello que nace la idea de crear un camión didáctico que contribuya con la cultura del reciclaje y que visite las colonias, parques, mercados o escuelas de nuestro municipio donde podamos enseñar a las familias tapatías que el reciclar es una herramienta útil para salvaguardar nuestro medio ambiente y por qué no, hasta ayudar a la economía familiar en lo que pueden ser gastos hormigas.

La creación de este camión tiene la intención de emplear técnicas de reciclaje reducción y reutilización de la basura que se genera por ser una sociedad consumista, que es el principal factor de generación de basura en la actualidad, que se deriva en materiales como pet, cartón, plásticos y emvaces de vidrio; si bien es cierto que el reciclaje no resolvería la totalidad del problema de la contaminación, estaríamos contribuyendo con la parte que nos toca como familia para tener un hogar sustentable y de esta manera, en cascada se implementaría un beneficio para nuestro municipio en el tema de la disminución de basura.

Por eso exhorto a mis compañeros regidores y al Presidente Municipal a que sigamos ayudando al municipio, no solo como gobernantes sino por nuestro municipio que es nuestro hogar, el lugar donde nos desarrollamos, por ello, creo en la imperiosa necesidad de la compra de un camión itinerante y didáctico, que instruya a los habitantes de nuestro municipio a la cultura de las tres R esto en pro de la disminución de basura que generamos día con día los tapatíos.

Por lo anteriormente expuesto, solicito se asigne la iniciativa en mención para su respectivo estudio, análisis y dictaminación a la Comisión Edilicia de Hacienda Publica como convocante y a la Comisión de Medio Ambiente como coadyuvante.

“CIUDADANOS REGIDORESINTEGRANTES DEL AYUNTAMIENTODE GUADALAJARAPRESENTE:

La que suscribe, Regidora Jeanette Velázquez Sedano, haciendo uso de las facultades que me confiere el artículo 41, fracción II, al igual que la fracción I del artículo 50 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como el artículo 76, fracción II, 81, fracción II y 82, así como los demás relativos del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara someto a la consideración de esta Asamblea Iniciativa de Acuerdo con turno a Comisión que pretende la

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

27Ayuntamiento de Guadalajara

compra de un camión itinerante para que incentive la política de las tres R en el Municipio de Guadalajara para la cultura del Reciclaje de conformidad con la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

En Guadalajara cada ciudadano genera más de un kilo de basura al día, lo que significa que estemos por encima de la media nacional, como regidora es de mi interés presentar iniciativas en materia de sustentabilidad para generar un equilibrio con el medio ambiente de nuestra ciudad. En Guadalajara se han implementado programas importantes de manejo de residuos sólidos, sin embargo uno de los desafíos más grandes es el generar la cultura y concientizar a los ciudadanos sobre el impacto que genera el mal manejo de los residuos sólidos en nuestro entorno.

Por ello el educar a la ciudadanía para reincorporar residuos valorizables a los ciclos productivos ayuda a solucionar de fondo los problemas creados por la forma de vida moderna donde se alienta la generación de residuos consumiendo grandes cantidades de recursos naturales no renovables. El efecto de la educación en el reciclaje se traduce en árboles salvados, reducción del consumo de energía, ahorro de agua, reducción de emisión de gases de efecto invernadero y una sociedad más consciente en un ambiente sano.

Datos expuestos por los especialistas Carlos Beas Zárate, rector del CUCBA y Javier García de Alba Verduzco, coordinador de sustentabilidad del campus, subrayaron la importancia de capacitar al sector empresarial para el adecuado aprovechamiento de los residuos. “Una parte del problema es que somos más y tenemos menos cultura. Pero el otro problema es que no tenemos desarrollada tecnologías y espacios de concientización.

Derivado de párrafos anteriores nace la creación de un camión verde o camión sustentable con ello pretendemos la compra de un camión que visite las diferentes colonias de nuestra ciudad para que imparta clases de reciclado y uso de recursos renovables, esto tendría un fuerte impacto social, educativo y cultural lo que nos permitiría firmar nuestro compromiso con el medio ambiente que actualmente es un derecho fundamental la conservación y protección de nuestros recursos naturales.

De acuerdo con la ONU y el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente por sus siglas (PNUMA) Evaluar y determinar el estado del medio ambiente mundial es competencia de los gobiernos:

Determinar qué cuestiones del medio ambiente requieren una cooperación internacional. Proporcionar asistencia para formular una legislación ambiental internacional

Integrar cuestiones ambientales en las políticas y programas sociales y económicos del sistema de las Naciones Unidas.

El reciclaje tiene estos beneficios secundarios:

Disminución del volumen de residuos, y por lo tanto de la contaminación que causarían Protección de los recursos naturales, pues la materia reciclada se reutiliza. Reducción de costos asociados a la producción de nuevos bienes, ya que muchas veces el

empleo de material reciclado reporta un costo menor que el material virgen.

El implementar programas educativos de reciclaje ayudará a fortalecer la política pública de gestión integral de residuos en el municipio y nos permitirá generar hábitos y entornos más sanos para la convivencia.

De la necesidad de la misma iniciativa presentamos a continuación costos y un diseño que llevaría el camión verde o camión sustentable, estas modificaciones nacen las necesidades de manejar productos y material para reciclar y los insumos que se necesitaran.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

28Ayuntamiento de Guadalajara

Cotización de camiónPrecio 110,000.00 de camión

Transformación de camión1 Puerta de Intercambio c/chapa y llaves2 Puerta trasera p/depósitos c/chapa y llaves3 Puerta p/ingreso c/chapa y llaves4 Puerta para chofer c/ chapa y llaves5 Rack interior p/ plantas y parte trasera para depósito de reciclaje con medidas de 80 x80 x 1.206 Lámparas led a 12 volteos parte trasera7 Tanque de agua limpia con dos salidas para suministro interior8 Rotulación en vinil, instalación y diseño 9 piso de aluminio antiderrapante10 Estéreo pioner con dos bocinas redondas 6 11 Inversor de 12 volteos a 110 wattsTotal de precio de modificaciones: 20,000.00Rotulación 12, 200Total del precio más IVA 190,592.00 pesos en moneda nacional.

El gasto que se generara en la compra del camión será mínimo en comparación a lo que gasta el ayuntamiento en censos de arboles

REPERCUSIONES

La presente iniciativa no tiene repercusiones sociales en contra. Toda vez que se prestaría un servicio a los ciudadanos para salvaguardar el medio ambiente y ayudar a la economía familiar se fomentaría la cultura del reciclaje.

La presente iniciativa no tiene repercusiones laborales debido a que el camión se entregara en comodato a una asociación civil para su uso y administración, y con ello se pretende blindar para que no se use como herramienta proselitista a favor del gobierno en turno.

La presente iniciativa si tiene consecuencias económicas de ciento noventa mil pesos más IVA pero haciendo una tabla comparativa donde el municipio se gastó 80 mil pesos en un solo domicilio para ser un censo de arbolado donde el beneficio es para una sola colonia no vemos inviable la adquisición La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

29Ayuntamiento de Guadalajara

del camión ya que tendrá un beneficio en todo el municipio, es decir si este censo se realizara en tres colonias superaría el costo total del camión por ello vemos factible la compra del mismo. Que tendrá su campo de acción en todo el Municipio y el mismo después será costeable por una asociación civil.

PARTE RESOLUTIVA

Esta iniciativa de Acuerdo con turno a Comisión propone se envíe a las Comisión Edilicias de Hacienda y medio Ambiente para su estudio dictamen y aprobación.

Por lo anteriormente expuesto, tomando en consideración los argumentos previamente referidos y en uso de las atribuciones conferidas en que la fracción I del artículo 50 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, así como el artículo 76, fracción II, 81, fracción II y demás relativos del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara, someto a la consideración de esta Asamblea la siguiente iniciativa de

ACUERDO

PRIMERO.- Gírese a la Comisiones de Hacienda Pública y de Medio Ambiente , para conocer la solicitud que nos ocupa, donde le corresponde a dichas comisiones Proponer, analizar, estudiar y dictaminar las iniciativas concernientes a los bienes de dominio público y privado del municipio y temas de medio ambiente y ecología, como es el caso de la adquisición de vehículos automotores.

SEGUNDO. Se solicita se instruye al tesorero Municipal para que realicé los ajustes necesarios y ampliaciones presupuestales necesarias dentro del ejercicio fiscal 2018 para la adquisición del camión itinerante con valor de 190,592.00 pesos en moneda nacional más IVA y al que en el ámbito de sus respectivas competencia suscriba la documentación correspondiente para el cumplimiento de la presente Iniciativa.”

El Señor Secretario General: Está a su consideración el turno propuesto, la cual nos parece atendible que sea turnada a la Comisión Edilicia de Hacienda como convocante, y a la Comisión Edilicia de Medio Ambiente como coadyuvante. Quienes estén por la afirmativa sírvanse en manifestarlo en votación económica… Aprobado.

Tiene el uso de la voz, la Síndico Bárbara Casillas.

La Síndico Municipal: Gracias, con su permiso compañeros regidores, Presidente y Secretario.

Me permito presentar la iniciativa de ordenamiento municipal con turno a comisiones, que tiene por objeto reformar el artículo 24 del Reglamento del Patrimonio Municipal de Guadalajara, para la cual solicito que se turne la presente a la Comisión Edilicia de Gobernación, Reglamentos y Vigilancia como convocante, así como a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal como coadyuvante por ser materia de su competencia, solicitando a la Secretaría General se pueda transcribir la totalidad de la presente.

“CIUDADANOS INTEGRANTESDEL AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA.P R E S E N T E S.

La que suscribe Síndico Anna Bárbara Casillas García, en mi carácter de integrante de este Ayuntamiento de Guadalajara, en ejercicio de las facultades que se me confieren los artículos 41 La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

30Ayuntamiento de Guadalajara

fracción III y 53 fracción II de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco; así como el 76 fracción III del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara, someto a la consideración de esta asamblea la siguiente Iniciativa de Ordenamiento Municipal con turno a Comisiones, que tiene como finalidad reformar el artículo 24 del Reglamento de Patrimonio Municipal de Guadalajara, de conformidad a la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

El municipio de Guadalajara a partir del inicio de esta administración ha velado por los intereses del ciudadano, estableciendo como puntos de la agenda prioritaria a realizar, los temas de la infraestructura de los bienes de uso común, su protección y mantenimiento, así como el otorgamiento de servicios públicos de calidad, los cuales constituyen factores importantes tanto en la calidad de vida de los ciudadanos como en la preservación adecuada del futuro patrimonio colectivo.

El territorio municipal presenta fuertes síntomas de abandono por una falta de mantenimiento de los bienes de uso común propiedad del municipio, esto, en razón a las estadísticas realizadas en el 2014 por Jalisco Cómo Vamos1, de la cual se desprende que el 43% de las personas entrevistadas señalaron que el estado de conservación de dichos espacios es desfavorable, lo cual imposibilita el disfrute y aprovechamiento de estas áreas, no obstante al tener conocimiento de dicha problemática el municipio implementa políticas públicas que beneficien a dichos espacios, por lo cual desincorpora del dominio público e incorpora al dominio privado algunos bienes para que los mismos puedan ser explotados hacia un beneficio social, sin embargo, de continuar con dicha estrategia se corre el riesgo de que algunos bienes públicos dejen de estar bajo la concesión del municipio, poniendo en riesgo el patrimonio de los ciudadanos y la herencia a nuestras futuras generaciones.

De lo anterior, se advierte que dichas circunstancias merman la calidad de vida de los habitantes y repercute negativamente en aspectos como la cohesión social, el sentido de pertenencia y la seguridad humana, ya que al desincorporar dichos bienes, se podría privar a los ciudadanos de su aprovechamiento, puesto que el fin que tenían anteriormente ya no sería el mismo, por lo cual se propone que como órgano garante de la colectividad, el municipio debe de cuidar los bienes de dominio público para las futuras generaciones y no poner en riesgo el patrimonio social.

Cobra relevancia señalar, que el patrimonio municipal se divide tanto en bienes del dominio público como de dominio privado, respecto al primero debe de entenderse como aquellos que por su naturaleza son del uso de todos los ciudadanos2, los destinados al servicio público o afectos a las dependencias del poder público, respecto al segundo, se entiende como aquellos bienes propiedad del Estado sujetos fundamentalmente a un régimen de derecho privado pero destinados a fines públicos pero sujetos al derecho privado para lograr sus fines3.

En este sentido, de acuerdo al artículo 4 párrafo 9 de la Constitución del Estado de Jalisco, se establece como derecho humano el goce y disfrute de los bienes y servicios que presta el Estado, igualmente en su artículo 88 fracción IV, párrafo 2, se advierte que el patrimonio municipal está integrado por bienes de dominio público y privado.

De lo anterior, se hace referencia a la legislación Estatal de Bienes Pertenecientes al Estado en Bienes de Dominio Público y Bienes de Dominio Privado, de la cual se observa en su artículo 2 inciso b) y artículos 5 y 6, lo siguiente:

(…)

Artículo 2. Se estiman bienes de dominio público:

1 Plan Municipal Desarrollo Visión 320, Municipio de Guadalajara, páginas 107-120, Fecha de consulta: 06 de diciembre de 2017, http://transparencia.guadalajara.gob.mx/GacetaTomoIIEjemplar17Secc1raAbril14-2016.pdf2 Diccionario Jurídico Mexicano, Instituto de Investigaciones Jurídicas, Editorial Porrúa, edición 11 de mayo de 1994, Ciudad de México D. F. México, página 344.3 Diccionario Jurídico Mexicano, Instituto de Investigaciones Jurídicas, Editorial Porrúa, edición 11 de mayo de 1994,Ciudad de México D. F. México, página 343.La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

31Ayuntamiento de Guadalajara

b) Los inmuebles que el Estado destine para servicio del público o los que hubiere declarado por las leyes especiales inalienables e imprescriptibles;

(…)

Artículo 5. Todos los bienes del dominio público son inalienables e imprescriptibles y no están sujetos a acción reivindicatoria o de posesión definitiva o interina. Su uso y aprovechamiento estarán sujetos a concesión del Estado. No serán susceptibles de servidumbre pasiva.

Artículo 6.- El Ejecutivo del Estado tendrá respecto de estos bienes, las siguientes facultades:

(…)b) Desincorporar del dominio público algún bien que hubiere dejado de prestar sus fines a los que primitivamente fue dedicado, y para pasarlo al dominio privado;

(…)

d) Vigilar el patrimonio del Estado, a efecto de que siempre éste destinado al fin público previsto y dictar todas las disposiciones necesarias al cumplimiento de esta Ley; y

(…)

De lo anterior, se observa en lo medular que los bienes de dominio público son aquellos muebles e inmuebles que el estado destina para una función, servicio público o goce y disfrute directo de los ciudadanos, los cuales se encuentran sujetos a la concesión del Estado, el cual tiene la facultad de desincorporarlos del dominio público siempre y cuando hubieren dejado de prestar el fin al que previamente fue designado.

Ahora bien, se desprende del artículo 17 del Reglamento de Patrimonio Municipal de Guadalajara, lo siguiente:

(…)

Artículo 17. 1. Los bienes del dominio público son todos aquellos que le pertenecen al municipio y que están destinados al uso común o a la prestación de una función o servicio público.

(…)

Asimismo, se advierte del contenido de los artículos 18 fracción I y 19 del citado ordenamiento, lo que a continuación se cita:

(…)Artículo 181. Son bienes del dominio público:

I. Los bienes de uso común:

Artículo 19. 1. Están destinados a una función o servicio público:

I. Los edificios del Ayuntamiento. II. Los inmuebles destinados al servicio de las dependencias del Ayuntamiento, así como aquellos que se destinen a oficinas públicas del mismo. III. Los predios directamente utilizados en los servicios del municipio.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

32Ayuntamiento de Guadalajara

IV. Los inmuebles que constituyan el patrimonio de los organismos. V. Los bienes muebles afectos mediante acuerdo del Ayuntamiento a actividades de interés social a cargo de asociaciones o instituciones privadas que no persigan fines de lucro. VI. Los bienes que mediante acuerdo del Ayuntamiento sean declarados afectos a un servicio público. 2.El cambio de destino de un inmueble afecto a una función o servicio público deberá

declararse en acuerdo del Ayuntamiento por mayoría calificada.

(…)

De lo artículos que anteceden, se advierte que en el municipio los bienes de dominio público son aquellos que se encuentran destinados al uso común, prestación, función o servicio público, indicando a su vez que el cambio de destino de un inmueble afecto a una función o servicio público deberá declararse en acuerdo del Ayuntamiento por mayoría calificada.

Igualmente se advierte del artículo 24 del reglamento aludido, lo siguiente:

(…)

Artículo 24. 1. Para la enajenación de los bienes del dominio público del municipio, se requiere su previa desincorporación del dominio público, aprobada por las dos terceras partes de los integrantes del Ayuntamiento.

(…)

Como se advierte del artículo que antecede, el municipio podrá enajenar los bienes del dominio público siempre y cuando los desincorpore del dominio público para incorporarse al dominio privado, lo cual limita y pone en riesgo el objetivo que tiene este órgano de gobierno, el cual consiste en velar por los intereses de los ciudadanos, puesto que dichos bienes desde el inicio han sido dedicados a funciones, servicios públicos o simplemente para el goce y disfrute directo del ciudadano, los cuales mientras continúen perpetrando su fin originario no deben ser alterados en su naturaleza, puesto que se estaría poniendo en riesgo el patrimonio de la colectividad actual y futura.

Es importante señalar, que para que el municipio consume los objetivos establecidos en su plan municipal de desarrollo, es necesario apoyarse de diversas estrategias, así como de figuras jurídicas para el mejor aprovechamiento del patrimonio municipal, por lo que respecta a los bienes de dominio público es importante otorgar al municipio la facultad de enajenar dichos bienes sin cambiarlos de naturaleza, siempre y cuando el uso , goce y disfrute sea a favor de una dependencia u organismo público descentralizado adscrito al municipio.

En virtud a lo anterior, se propone adicionar un párrafo 2 al artículo 24 del Reglamento de Patrimonio Municipal de Guadalajara, para quedar de la siguiente manera:

TEXTO ACTUAL TEXTO PROPUESTO A MODIFICAR(…)Artículo 24.1. Para la enajenación de los bienes del dominio público del municipio, se requiere su previa desincorporación del dominio público, aprobada por las dos terceras partes de los integrantes del Ayuntamiento. (…)

(…)Artículo 24.

1. Para la enajenación de los bienes del dominio público del municipio, se requiere su previa desincorporación del dominio público, aprobada por las dos terceras partes de los integrantes del Ayuntamiento.

2. Se exceptúan del párrafo anterior, aquellos bienes que estén afectos o destinados a una causa de utilidad pública, siempre y cuando se otorgue el uso y disfrute a favor

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

33Ayuntamiento de Guadalajara

de una dependencia pública u organismo público descentralizado perteneciente al municipio.

De lo antes expuesto, se advierte que la presente iniciativa cumple con los requisitos señalados en el artículo 90 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara, haciendo hincapié en que no hay repercusiones en los aspectos económico, laboral o presupuestal, ya que el propósito de la presente iniciativa es de carácter social al tener como objetivo principal la preservación y mejor aprovechamiento del patrimonio municipal para el beneficio de la colectividad.

En mérito de lo anteriormente expuesto, solicito se turne la presente iniciativa a la Comisión Edilicia de Gobernación, Reglamentos y Vigilancia como convocante, así como a la de Patrimonio Municipal como coadyuvante de conformidad con los artículos 55 fracción I, 61 fracción I, 68 y 78 fracción I del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara, para su estudio y posterior dictamen por ser materia de su competencia.

Por lo anteriormente expuesto, someto a su consideración la siguiente iniciativa de: Ordenamiento:

Primero. Se aprueba la reforma del artículo 24 del Reglamento de Patrimonio Municipal de Guadalajara, para adicionar un párrafo 2, para quedar como a continuación se indica:

(…)

Artículo 24.

1. Para la enajenación de los bienes del dominio público del municipio, se requiere su previa desincorporación del dominio público, aprobada por las dos terceras partes de los integrantes del Ayuntamiento.

2. Se exceptúan del párrafo anterior, aquellos bienes que estén afectos o destinados a una causa de utilidad pública, siempre y cuando se otorgue el uso y disfrute a favor de una dependencia pública u organismo público descentralizado perteneciente al municipio.

(…)Transitorios:

Primero. Publíquese la presente reforma en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

Segundo. La presente reforma entrará en vigor al día hábil siguiente de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

Tercero. Una vez publicada la presente disposición, remítase mediante oficio en un tanto al Congreso del Estado de conformidad con lo establecido en el artículo 42 fracción VII de la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado.”

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración el turno propuesto por la Síndico Bárbara Casillas, quienes estén a favor sírvanse en manifestarlo en votación económica… Aprobado.

Tiene el uso de la voz, el regidor Francisco Ramírez.

El Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido: Muchas gracias Presidente. La iniciativa que hoy expongo a este Órgano de Gobierno, propone modificar el decreto municipal D 66/61/17, aprobado en sesión ordinaria de Ayuntamiento de fecha 7 de julio de 2017, que autorizó continuar con el proceso de regularización del asentamiento humano denominado Manzana La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

34Ayuntamiento de Guadalajara

70, ya que una de las posesionarias de uno de los lotes que conforman dicho asentamiento humano, falleció con fecha 18 de julio de 2017, esto es, un día después de que se publicó en la Gaceta Municipal el oficio que ordena la publicación del dictamen de procedencia para la titulación.

Para su debido estudio, análisis y dictaminación; propongo que se turne a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal. Es cuanto señor Presidente.

“Regidores integrantes del Ayuntamiento de Guadalajara Presentes.

El que suscribe, Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, en mi carácter de munícipe de este Ayuntamiento, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 41 fracción II, 50 y demás relativos de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco; 74, 76 fracción II, 81, 90 y demás aplicables del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara; me permito someter a la consideración del Pleno de este Ayuntamiento, la presente iniciativa de decreto con turno a comisión, que propone modificar el decreto municipal D 66/61/17, que autorizó continuar con el proceso de regularización del asentamiento humano denominado Manzana 70, de conformidad a la siguiente:

Exposición de motivos

1. En sesión ordinaria de este Ayuntamiento, celebrada el día 7 de julio de 2017 se aprobó el decreto municipal D 66/61/17, el cual fue publicado en la Gaceta Municipal de Guadalajara el día 12 de julio del mismo año, relativo al oficio 339/2012 del entonces Secretario de Obras Públicas, mediante el cual informa que se llevó a cabo el proceso de regularización del asentamiento humano denominado Manzana 70 y que, para continuar con la titulación de cada uno de los lotes, es necesario la desincorporación del patrimonio municipal de dicha superficie.2. Es el caso que una de las posesionarias de uno de los lotes que conforman la Manzana 70 falleció con fecha 18 de julio de 2017, lo que se acredita con el acta número 972, del libro 5, de la Oficialía de Registro Civil número 12 de Guadalajara, esto es, un día después de que se publicó en la Gaceta Municipal el oficio que ordena la publicación del dictamen de procedencia para la titulación.3. Por ello, con fecha 10 de octubre de 2017 lo hijos de la de cujus, los ciudadanos Dulce Ivone Rivera Buruel, Gabriela Paz Buruel, Sandra Paz Buruel, Yolanza Velasco Buruel, Juan José Buruel Celis; todos hijos de la finada, según se acredita con las documentales que obran en expediente del turno en estudio; presentaron escrito ante el Secretario Técnico de la Comisión Municipal de Regularización, en el que comparecen a informar de la defunción en comento, y por ende, solicitan dar continuidad a la titulación que consta en el expediente COMUR-GDL-007-M2-L3-22.4. De ahí que se justifica modificar el decreto municipal de referencia, a fin de anotar el nombre de los comparecientes en el mismo, a fin de concluir el proceso de titulación a favor de los posesionarios de dicho lote.5. Las repercusiones que esta iniciativa tiene, en caso de ser aprobada, son de índole jurídica y social. Jurídico porque se da certeza jurídica tanto a este Municipio, como a los posesionarios de una fracción de inmueble de propiedad municipal, que han iniciado el proceso de regularización, y para concluir con su titulación es necesario modificar el decreto que ordena expedir dicho título, ya que la persona de referencia falleció, por lo que se hace necesario actualizar el nombre de las persona que recibirán el correspondiente título de propiedad.

Por lo anteriormente expuesto, me permito manifestar las siguientes:

Consideraciones

I. La fracción VI del artículo 27 de la Carta Magna dispone que los Estados y la Ciudad de México, lo mismo que los municipios de toda la República, tendrán plena capacidad para adquirir y poseer todos los bienes raíces necesarios para los servicios públicos.II. Que según dispone el numeral 115 fracción II de la Constitución Federal, el Municipio es libre y manejará su patrimonio conforme a la ley.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

35Ayuntamiento de Guadalajara

III. Que de acuerdo al artículo cuarto de la Ley General de Asentamientos Humanos, se establece que en términos de lo dispuesto en el artículo 27 párrafo tercero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se considera de interés público y de beneficio social la determinación de provisiones, reservas, usos y destinos de áreas y predios de los centros de población, contenida en los planes o programas de desarrollo urbano. IV. Por su parte, la fracción IV del artículo quinto de la Ley en cita, se considera de utilidad pública l a regularización de la tenencia de la tierra en los centros de población.V. El tercer párrafo del artículo 74 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara establece que:

…El procedimiento para la aprobación de los ordenamientos municipales, decretos y acuerdos del Ayuntamiento se regula por el presente reglamento, desde la iniciativa hasta la expresión de la voluntad del Ayuntamiento y, en todo caso, debe observarse en su reforma, derogación o abrogación el mismo procedimiento que les dio origen.

VI. Ya que la propuesta de modificación de referencia tuvo en su origen y posterior aprobación y promulgación, el mismo que hoy se propone, es por lo que, con fundamento en la fracción I del artículo 61 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara, se propone turnar a la Comisión Edilicia de Patrimonio Municipal la presente iniciativa, para su debido estudio, análisis y dictaminación; el siguiente punto de:

Decreto

Primero. De conformidad al párrafo tercero del numeral 74 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara, se acuerda y autoriza modificar el punto primero del decreto municipal D 66/61/17, para quedar como sigue:

Primero. Se autoriza la desincorporación del régimen del dominio público, incorporación al dominio privado, enajenación onerosa y titulación de los 34 lotes de propiedad municipal que conforman el asentamiento humano denominado la “Manzana 70” a favor de los posesionarios que se enlistan en la tabla que a continuación se inserta:

# Posesionario

Coposeedor

Calle Número exterior

Colindancia norte

Colindancia sur

Colindancia oriente

Colindancia poniente

Superficie en metros cuadrados

1 a 24…

… … … … … … … … …

25 Dulce Ivone Rivera Buruel

Gabriela Paz Buruel, Sandra Paz Burual, Yolanza Velasco Buruel, Juan José Buruel Celis

Samuel Mondragón

2920 En 13.265 m, colindando con lote 4.

En 13.226 m, colindando con lote 2

En 4.168 m, colindando con lote 2.

En 4.028 m, colindando con calle Samuel Mondragón

54.270

26 a 34…

… … … … … … … … …

Artículos Transitorios

Primero. Publíquese este decreto en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

36Ayuntamiento de Guadalajara

Segundo. Este decreto entrará en vigor a partir del día de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

Tercero. Notifíquese este decreto municipal a la Comisión Municipal de Regularización, para su conocimiento y cumplimiento, a fin de culminar el proceso de titulación e inscripción en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio del Estado de Jalisco, del lote que se describe en el punto Primero de este decreto.”

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración el turno propuesto por el regidor Francisco Ramírez, quienes estén a favor sírvanse en manifestarlo en votación económica… Aprobado.

V. LECTURA, EN SU CASO DEBATE Y APROBACIÓN DE DICTÁMENES.

El Señor Presidente Municipal: V. En desahogo del quinto punto del orden del día, pongo a su consideración, señores regidores, se omita la lectura de la totalidad de los dictámenes agendados para esta sesión, haciéndose exclusivamente una mención de ellos; así como que los agrupemos para su discusión y, en su caso aprobación, atendiendo a la forma en que deben ser votados, preguntando si alguno de ustedes desea hacer uso de la palabra. No observando quien desee hacer uso de la palabra, en votación económica les consulto si aprueban la propuesta de referencia… Aprobado.

V.1 Iniciaremos con la discusión de los dictámenes que, por el proyecto de acuerdo que contienen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 120 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara deben ser aprobados en votación económica, solicitando al Secretario General los refiera.

El Señor Secretario General: Los dictámenes que deben ser autorizados por votación económica son los enlistados en el orden del día con los números del 1 al 5 bis y son los siguientes:

1. DICTAMEN CORRESPONDIENTE A LA INICIATIVA DE ALBERTO CÁRDENAS JIMÉNEZ, A LA FECHA DE PRESENTACIÓN REGIDOR DE ESTE AYUNTAMIENTO, QUE TIENE POR OBJETO ADICIONAR LOS ARTÍCULOS 140 BIS Y 140 TER AL REGLAMENTO DEL AYUNTAMIENTO DE GUADALAJARA.

ACUERDO

ÚNICO.- Visto el contenido de los considerandos y las conclusiones emitidas en el presente dictamen, se rechaza la iniciativa de ordenamiento del entonces regidor Alberto Cárdenas Jiménez, que tiene por objeto adicionar los artículos 140 bis y 140 ter al Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara, por lo que se ordena su archivo como asunto concluido.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

37Ayuntamiento de Guadalajara

2. DICTAMEN CORRESPONDIENTE A LA INICIATIVA DE JORGE ALBERTO SALINAS OSORNIO, A LA FECHA DE PRESENTACIÓN REGIDOR DE ESTE AYUNTAMIENTO, PARA QUE SE EXPIDA EL REGLAMENTO DE CIUDADES HERMANAS Y ACUERDOS INTERINSTITUCIONALES DEL MUNICIPIO DE GUADALAJARA.

ACUERDO

ÚNICO.- Visto el contenido de los considerandos y las conclusiones en el presente dictamen, se rechaza la iniciativa de ordenamiento para que se expida el Reglamento de Ciudades Hermanas y Acuerdos Interinstitucionales del Municipio de Guadalajara, por lo que se ordena su archivo como asunto concluid.

3. DICTAMEN CORRESPONDIENTE A LA INICIATIVA DEL DOCTOR ALFONSO PETERSEN FARAH, A LA FECHA DE PRESENTACIÓN PRESIDENTE MUNICIPAL, PARA LA REGULARIZACIÓN DE PUESTOS DE PERIÓDICOS, REVISTAS Y BILLETEROS EN LA CIUDAD.

ACUERDO

ÚNICO.- Visto el contenido de los considerandos y las conclusiones en el presente dictamen se rechaza, la iniciativa que tiene por para la regularización de puestos de periódicos, revistas y billeteros en la ciudad, y se ordena su archivo como asunto concluido.

4. DICTAMEN CORRESPONDIENTE A LA INICIATIVA DEL REGIDOR MARCELINO FELIPE ROSAS HERNÁNDEZ, PARA LA CONSTRUCCIÓN DE UN ESPACIO DE RECREACIÓN Y DEPORTE EN LA COLONIA SAN ISIDRO.

ACUERDO

PRIMERO.- Se instruye a la Dirección de Obras Públicas para que se programe y ejecute la construcción de un espacio destinado a ser un punto de concurrencia y recreativo para los habitantes de la colonia San Isidro (Potrero Alto), de acuerdo con las factibilidades técnicas

de la dimensión y vocacionamiento del predio municipal ubicado en la calle Lagunitas número 736; y como consecuencia de ello, un espacio público que impacte positivamente en los

aspectos social, estético y ecológico.

5. DICTAMEN CORRESPONDIENTE AL OFICIO UP/868/2017, SUSCRITO POR EL DIRECTOR DE PATRIMONIO, PARA LA BAJA DE SEIS BIENES MUEBLES.

ACUERDO

PRIMERO.- De conformidad a la fracción VIII del numeral I del artículo 13 y 32 del Reglamento de Patrimonio Municipal de Guadalajara y 114 fracción XX del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara, se autoriza la baja del Inventario de Bienes Municipales de los bienes muebles que se describen a continuación, por motivo de robo:

Patrimonial Descripción Cuenta patrimonialLa presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

38Ayuntamiento de Guadalajara

72431 Flexómetro 576 (Dirección de Pavimentos)18588 Odómetro 576 (Dirección de Pavimentos)

188669 Odómetro 576 (Dirección de Pavimentos)188670 Odómetro 576 (Dirección de Pavimentos)193017 Grabadora 576 (Dirección de Pavimentos)218992 Cámara 576 (Dirección de Pavimentos)

SEGUNDO.- De conformidad al artículo 13 numeral 1, fracción VIII del Reglamento de Patrimonio Municipal de Guadalajara; fracción XXIII del artículo 113 y fracción XX del artículo 114 del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara, se instruye a la Dirección de Administración de la Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental, para que realice la baja de los bienes muebles a que se refiere este acuerdo municipal y a la Tesorería Municipal, para que, de conformidad al artículo 182 de la Ley de Hacienda Municipal del Estado de Jalisco realice las gestiones administrativas correspondientes.

TERCERO.- De conformidad a la fracción III del artículo 44 del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara, se instruye a la Sindicatura municipal para que verifique el cumplimiento de la ratificación de la denuncia presentada por motivo del robo de los bienes muebles descritos del punto primero de este acuerdo.

5 BIS. DICTAMEN CORRESPONDIENTE A LA INICIATIVA DEL REGIDOR JUAN FRANCISCO RAMÍREZ SALCIDO, QUE TIENE POR OBJETO LA INSTALACIÓN DE RAMPAS EN EL PUENTE PEATONAL UBICADO EN LA CALZADA LÁZARO CÁRDENAS EN SU CRUCE CON LA CALLE ARROZ DE LA COLONIA LA NOGALERA.

ACUERDO

PRIMERO.- Se instruye a la Coordinación General de Gestión Integral de la Ciudad para que a través de la Dirección de Obras Públicas, realice los estudios necesarios, así como todo lo relativo dentro del ámbito de su competencia, para programar ejecutar la instalación de rampas en el puente peatonal ubicado en la Calzada Lázaro Cárdenas en su cruce con Arroz en la colonia La Nogalera del Municipio de Guadalajara.

SEGUNDO.- Se instruye a la Coordinación de Servicios Municipales para que en conjunto con la Coordinación General de Gestión Integral de la Ciudad y la Dirección de Obras Públicas se articulen para dotar con luminarias el puente peatonal ubicado en la Calzada Lázaro Cárdenas en su cruce con la calle Arroz de la colonia Nogalera.

TERCERO.- Se instruye a la Tesorería Municipal para que realice las transferencias presupuestales, hasta por la cantidad de $1’705,312.40 (Un millón setecientos cinco mil trescientos doce pesos 40/100 M.N.), para la ejecución del punto primero del presente acuerdo, recurso proveniente del “Programa de Seguridad Vial en Zonas de Alta Siniestralidad, para el Municipio de Guadalajara, Jalisco”.

El Señor Presidente Municipal: Están a su consideración, señores regidores, los dictámenes enlistados con los números del 1 al 5, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir, así como el número de dictamen al cual se referirán.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

39Ayuntamiento de Guadalajara

Están a su consideración del 1 al 5, quienes estén a favor sírvanse en manifestarlo en votación económica, en contra, abstenciones…. Aprobadas.

Tiene el uso de la voz, el regidor Israel Medina.

El Regidor Enrique Israel Medina Torres: La modificación que se propone es en el punto tercero: “Se instruye a la Tesorería Municipal que se realice la transferencia presupuestal hasta la cantidad de dos millones ciento cuatro mil doscientos treinta y seis pesos para la ejecución del punto primero del presente acuerdo, recurso proveniente de la partida destinada de inversión municipal en obra pública, lo cual se encuentra asignado en la Dirección de Obras Públicas, en virtud de lo anterior, lo realizado del proyecto en mención sería viable para el ejercicio fiscal 2018”. Sería todo. El Señor Presidente Municipal: Con esa modificación le pregunto al Pleno si están a favor de este dictamen, sírvanse en manifestarlo en votación económica, en contra, abstenciones… Se declara aprobado el anterior dictamen.

V.2.1 Continuamos con la discusión de los dictámenes que concluyen en decretos municipales y que, según nuestra reglamentación vigente, deben ser votados en forma NOMINAL siendo suficiente la existencia de MAYORÍA SIMPLE para su aprobación, solicitando al Secretario General los enuncie.

El Señor Secretario General: Son los dictámenes del 6 al 8 que se refieren a lo siguiente:

6. DICTAMEN CORRESPONDIENTE A LOS OFICIOS DJM/DJCS/CC/1580 Y 1615/2017 DE LA DIRECCIÓN DE LO JURÍDICO CONSULTIVO, MEDIANTE LOS CUALES REMITE COPIA DE LOS EXPEDIENTES RELATIVOS A LA REVOCACIÓN DE LA CONCESIÓN DE LOCALES COMERCIALES EN MERCADOS MUNICIPALES.

ACUERDOPRIMERO.- Se autoriza a la Síndico Municipal que inicie el procedimiento de revocación de derechos de locales de mercados municipales del siguiente concesionario, solicitados por la Unidad Departamental de Mercados y Espacios Abiertos:

Expediente interno

Mercado Locatario Número de local

698/2017 Ignacio Aldama Laura Patricia Rodríguez Alatorre 65

Expediente interno

Mercado Locatario Número de local

1351/2017 Ponciano Arriaga Eliza Manzo de Bedoy 1201352/2017 Sebastián Allende Ana Rosa Hernández Guerrero 303 C1353/2017 Ponciano Arriaga Higinio Echeverría Arellano 116

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

40Ayuntamiento de Guadalajara

SEGUNDO.- Se instruye a la Síndico Municipal para que emita y suscriba la resolución que en derecho corresponda, conforme al artículo 91 del Reglamento para el Funcionamiento de Giros Comerciales, Industriales y de Prestación de Servicios en el Municipio de Guadalajara.

TECERO.- Se autoriza al Presidente Municipal, Síndico y Secretario General del Municipio de Guadalajara, Jalisco, a suscribir la documentación necesaria para llevar a cabo el procedimiento de revocación de derechos de locales de mercados municipales.

CUARTO.- Una vez concluido el procedimiento, se instruya a la Sindicatura Municipal a través de la Dirección de lo Jurídico Consultivo para que remita informe a los integrantes de las Comisiones Edilicias de Mercados y Centrales de Abasto y Patrimonio Municipal del presente Acuerdo.

7. DICTAMEN CORRESPONDIENTE AL OFICIO 1398/2017 QUE SUSCRIBE EL DIRECTOR DE JUSTICIA MUNICIPAL, MEDIANTE EL CUAL REMITE LISTADO DE BICICLETAS QUE SE ENCUENTRAN EN EL ESPACIO DENOMINADO C-95 DE LA UNIDAD DE JUZGADOS MUNICIPALES, PARA QUE SE AUTORICE LA DONACIÓN DE LAS MISMAS A FAVOR DE ALGUNA INSTITUCIÓN DE BENEFICENCIA PÚBLICA.

DECRETO

PRIMERO.- Se ordena fijar avisos durante 30 treinta días naturales, de diez en diez días, en cada uno de los estrados de la Unidad de Juzgados Municipales de Guadalajara, así como en los estrados ubicados al interior de la Presidencia Municipal, con el propósito de hacer del conocimiento de las personas que consideren gozar de algún derecho sobre alguna o algunas de las bicicletas que se encuentran almacenadas en estacionamiento oficial denominado C-95 de la Unidad de Juzgados Municipales, apercibiéndolos de que, en caso de no presentarse legítimo reclamante, se donarán, en los términos que señala el presente decreto. La descripción de dichas bicicletas es la siguiente:

Marca Tipo Número de cuadro Rodado Color1 Veloci Montaña Sin número 26 Negro2 Sin marca Montaña Sin número 26 Amarillo-naranja3 Sin marca Cross Sin número 20 Azul4 Mercurio Montaña Sin número 26 Rojo-amarillo5 Mercurio Montaña Sin número 24 Verde6 Sin marca Montaña Sin número 24 Azul7 GT Cross 1002111883 20 Cromado8 Rich Montaña N0J60811672 26 Gris-amarillo9 Roadmaster Montaña HM0400699 26 Gris-azul

10 Mercurio Montaña Sin número 26 Azul-amarillo11 Sin marca Panadera Sin número 26 Negro12 Sin marca Montaña Sin número 26 Café despintado13 Sin marca Cross Sin número 20 Anaranjado

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

41Ayuntamiento de Guadalajara

14 Sin marca Sin número 15 Rojo15 Sin marca Cross Sin número 20 Negro-plata16 Sin marca Montaña Ilegible 26 Negro17 Sin marca Montaña 809110001 26 Negro18 Mercurio Montaña SEP9908812 26 Rojo-amarillo19 Sin marca Cross X98Z680668 20 Cromado20 GT Montaña Sin número 26 Amarillo21 Windsor Urbana Ilegible 27 Azul22 Sin marca Cross B52900180 22 Rojo-negro23 GT Cross G360884 16 Rojo24 Spider Cross GH030141 16 Azul-rojo25 Unibike Cross ZJS15072502857 14 Azul rey-negro26 Specialized Montaña Sin número 24 Negro27 Benotto Turismo Sin número 28 Azul turquesa28 Benotto Montaña Sin número 20 Negro29 Sin marca Cross Sin número 20 Negro-azul30 Huffy Cross SNHTC14HD0511 28 Azul-blanco31 Sin marca Turismo Sin número 20 Negro32 Sin marca Cross Sin número 20 Azul-blanco-rojo33 Sin marca Cross Sin número 26 Negro-rojo34 Leyenda Taxij HL1203664 26 Negra-raspada35 Roadmaster Montaña SNFSD12MA6972 26 Plata-azul36 Sin marca Cross NE01203321 20 Rosa-blanco37 Sin marca Montaña Sin número 26 Naranja38 Chaos Deportiva Sin número 26 Verde39 Sin marca Triciclo Sin número 26 Amarillo40 Sin marca Triciclo Sin número 26 Amarillo41 Sin marca Triciclo Sin número 26 Amarillo42 Sin marca Triciclo Sin número 26 Negro43 Sin marca Triciclo Sin número 26 Blanco

SEGUNDO.- De comparecer el propietario, éste deberá acreditar su legítimo derecho de propiedad sobre el bien mueble correspondiente, ante el personal de la Unidad de Juzgados Municipales, dando la intervención que corresponda al Agente del Ministerio Público correspondiente. En caso de que el reclamante acredite ser el propietario, se le entregará el bien mueble previo pago que entere a la Hacienda Pública municipal de los gastos generados por su conservación y/o almacenamiento.

TERCERO.- Se acuerda y autoriza donar a la institución de beneficencia pública que determine el Director General del Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal de Guadalajara, denominado Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Guadalajara, previa entrega de aquéllas bicicletas que, en su caso, se hubieran devuelto a sus legítimos propietarios, y, se requiera al donatario para que manifiesta su conformidad acerca de la petición de donación realizada por parte de la Comisaría Ciudadana de cuatro de las 43 bicicletas que recibiría en donación.La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

42Ayuntamiento de Guadalajara

CUARTO.- Se instruye al Titular de la Controlaría Ciudadana de este Municipio para que levante el acta correspondiente de la entrega recepción de las bicicletas a que se refiere este decreto.

TRANSITORIO

ÚNICO.- Publíquese este decreto en la Gaceta Municipal.

8. DICTAMEN CORRESPONDIENTE A LA INICIATIVA DEL PRESIDENTE MUNICIPAL INGENIERO ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ, QUE CONTIENE EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DEL MUNICIPIO DE GUADALAJARA PARA EL EJERCICIO FISCAL DEL AÑO 2018.

DECRETO

PRIMERO.- Se reconoce; se aprueba y se autoriza la estimación de Ingresos para el ejercicio fiscal 2018, para el Municipio de Guadalajara, por la cantidad de $8,416,972,287.35 (Ocho mil cuatrocientos dieciséis millones novecientos setenta y dos mil doscientos ochenta y siete pesos 35/100 M.N.). especificada en su respectivo anexo.

SEGUNDO.- Con fundamento en los artículos 115 fracción IV penúltimo párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 88 y 89 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, y artículo 79 penúltimo párrafo de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco se aprueba y autoriza el Presupuesto de Egresos para el Ejercicio Fiscal 2018, por la cantidad de $8,416,972,287.35 (Ocho mil cuatrocientos dieciséis millones novecientos setenta y dos mil doscientos ochenta y siete pesos 35/100 M.N.); y sus respectivos anexos que forman parte íntegra del presente decreto para todas las disposiciones y efectos legales que haya lugar.

TERCERO.- De conformidad a lo dispuesto por el Reglamento de Presupuesto y Ejercicio del Gasto Público para el Municipio de Guadalajara, para el presupuesto del Ejercicio Fiscal del Año 2018, se autoriza que las partidas siguientes sean ejercidas de manera centralizada por las unidades responsables que a continuación se enlistan:

PARTIDA CONCEPTO UNIDAD RESPONSABLE

2960 Refacciones y Accesorios Menores de Equipo de transporte

Unidad de Servicios Generales de la Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental

3110 Servicio de Energía Eléctrica Dirección de Administración de la Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental y Dirección de Alumbrado Público

3130 Servicio de Agua Dirección de Administración de la Coordinación General de Administración e Innovación

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

43Ayuntamiento de Guadalajara

Gubernamental

3140 Servicio Telefónico Convencional Dirección de Innovación Gubernamental

3150 Servicio de Telefonía Celular Dirección de Innovación Gubernamental

3160 Servicio de Telecomunicaciones y Satélites

Dirección de Innovación Gubernamental

3170 Servicio de Internet, Enlaces y Redes

Dirección de Innovación Gubernamental

3210 Arrendamiento de Terrenos Dirección de Administración de la Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental

3220 Arrendamiento de Edificios y Locales

Dirección de Administración de la Coordinación General de Administración e Innovación GubernamentalCoordinación General de Desarrollo Económico y Combate a la Desigualdad.

3450 Seguro de Bienes Patrimoniales Dirección de Administración de la Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental

3530 Instalación, Reparación y Mantenimiento de Equipo de Cómputo y Tecnología de la Información

Dirección de Innovación Gubernamental

3550 Mantenimiento de Equipo de Transporte

Unidad de Servicios Generales de la Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental

3710 Pasajes Aéreos Presidencia

5150 Equipo de Cómputo y de Tecnología de la Información

Dirección de Innovación Gubernamental

5510 Equipo de Defensa y Seguridad Comisaría General de Seguridad Ciudadana

5910 SOFTWARE Dirección de Innovación Gubernamental

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

44Ayuntamiento de Guadalajara

5970 Licencias Informáticas e Intelectuales

Dirección de Innovación Gubernamental

Además de las anteriores, se proponen todas las partidas pertenecientes al capítulo 1000 “Servicios Personales”, facultando a la Dirección de Recursos Humanos como Unidad Administradora responsable del control de los recursos contenidos en dichas partidas en términos de lo dispuesto por el Reglamento de Presupuesto y Ejercicio del Gasto Público para el Municipio de Guadalajara.

CUARTO.- Se aprueba la Plantilla de Personal para el presupuesto del Ejercicio Fiscal 2018 para el Municipio de Guadalajara, contenida en su respectivo anexo de conformidad con el artículo 47 del Reglamento de Presupuesto y Ejercicio del Gasto Público para el Municipio de Guadalajara.

QUINTO.- Se instruye a la Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental para que a través de la Dirección de Recursos Humanos aplique un incremento salarial inicial del 7.5% para el personal operativo de la Comisaría de la Policía Preventiva Municipal, aprobándose así mismo que la homologación, como lo establece la plantilla de personal, se aplique una vez que la Tesorería Municipal confirme por escrito que ha recibido por parte del Gobierno del Estado de Jalisco los recursos a destinarse para dicho proceso; la homologación manifestada para cada puesto aplicará con base en el tabulador salarial del municipio que refleje el mayor nivel salarial entre los municipios del Área Metropolitana de Guadalajara.

SEXTO.- En acato de los laudos ordenados por la autoridad jurisdiccional laboral denominada Tribunal de Arbitraje y Escalafón del Estado de Jalisco, se aprueba y autoriza todo pago de sueldos y prestaciones realizado desde el inicio de la presente administración y hasta la aprobación del presente decreto, con motivo las altas e ingresos del personal no contemplados en plantillas de personal anteriores a la aprobación del presente, y que fueron realizadas. Así mismo, se aprueba y autoriza todo pago de sueldos y prestaciones realizados desde el inicio de la presente administración y hasta la aprobación del presente decreto, siempre y cuando constituyan un derecho adquirido para los servidores públicos, entendiendo el mismo como aquel bien económico de que es poseedor un titular de derecho y que no puede ser desconocido por el Ayuntamiento con motivo de la relación laboral existente entre ambos.

SÉPTIMO.- Con el objetivo de trabajar bajo los principios de disciplina presupuestal, austeridad, eficacia, eficiencia, transparencia, racionalidad, certeza y legalidad, y para efectos de generar ahorros, se instruye al Coordinador General de Administración e Innovación Gubernamental para que a través de la Dirección de Recursos Humanos, instrumente las medidas y acciones necesarias para implementar y administrar un Programa Emergente de Retiro Voluntario para los Servidores Públicos del Gobierno Municipal de Guadalajara. OCTAVO.- Se instruye al Coordinador General de Administración e Innovación Gubernamental para que a través de la Dirección de Recursos Humanos instrumente las medidas y acciones necesarias para implementar y administrar un Programa de Incentivo para la Pensión de los Servidores Públicos que reúnan los requisitos establecidos en el Capítulo IV de la Ley del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco para que inicien y concluyan su proceso de pensión.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

45Ayuntamiento de Guadalajara

NOVENO.- SE INSTRUYE AL COORDINADOR GENERAL DE ADMINISTRACIÓN E INNOVACIÓN Gubernamental, para que a través de la Dirección de Recursos Humanos y en coordinación con la Tesorería Municipal, instrumenten los pagos al personal que se adhiera al Programa Emergente de Retiro Voluntario y al Programa de Incentivo para la Pensión; así como para que resuelva cualquier controversia derivada de la implementación de estos programas.

Los lineamientos de operación para ambos programas serán emitidos por la Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental, en un lapso no mayor a 20 (veinte) días hábiles a partir del día siguiente de la fecha de entrada en vigor de este decreto; dichos lineamientos deberán cuidar en todo momento que en ningún caso se exceda del otorgamiento de las partes proporcionales de las prestaciones que se le adeuden al trabajador conforme lo establece la normatividad en materia laboral, y el estímulo de retiro voluntario o pensión, sin que éstos superen 4 (cuatro) meses de sueldo.

Se autoriza al Coordinador General de Administración e Innovación Gubernamental para que congele las plazas que queden desocupadas, por lo que reste del ejercicio fiscal 2018 (dos mil dieciocho), de los servidores públicos que se adhieran a cualquiera de los 2 (dos) programas, con la finalidad de cubrir el gasto realizado al otorgar el beneficio al servidor público y generar economías en el Capítulo 1000 de “Servicios Personales”.Todos los interesados, para ser sujetos al Programa de Incentivo a la Pensión (PIP), deberán presentar en la Dirección de Recursos Humanos por escrito su solicitud de adhesión al programa y entregar la documentación completa que se les requiera, a partir de los últimos 2 (dos) meses del año previo al ejercicio presupuestal y a más tardar el 31 (treinta y uno) de enero de 2018 (dos mil dieciocho). Se otorgará el beneficio que establece el PIP, a todos los servidores públicos cuyo dictamen favorable quede emitido por el Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco a más tardar el 01 (uno) de mayo de 2018 (dos mil dieciocho).

Para el caso particular del Programa Emergente de Retiro Voluntario para los Servidores Públicos del Gobierno Municipal de Guadalajara, la solicitud de los interesados y la entrega de los documentos requeridos por la Dirección de Recursos Humanos, deberá realizarse ante la misma a más tardar el 30 (treinta) de abril del año 2018 (dos mil dieciocho).

DÉCIMO.- Por concepto de ayudas sociales otorgadas a Instituciones, Organismos y Asociaciones Civiles, así como proyectos con propósitos sociales, con cargo al capítulo 4000, para el ejercicio fiscal 2018, se aprueban las erogaciones detalladas en su respectivo anexo.

Los subsidios autorizados se encuentran sujetos a la disponibilidad presupuestal que determine la Tesorería Municipal, por lo que no constituyen derecho alguno a favor de los beneficiarios.

DÉCIMO PRIMERO.- Se considerarán como ampliaciones automáticas aquellas que pueden realizarse sobre partidas específicas para ajustar su saldo. El ajuste en el saldo de las partidas de ampliación automática se realizará simultáneamente tanto en el Ingreso como en el Egreso.

Las ampliaciones automáticas podrán realizarse siempre que no se incumpla lo dispuesto en la Ley de Disciplina Financiera de las Entidades Federativas y los Municipios, la Ley General de Contabilidad Gubernamental y la Ley de Deuda Pública y Disciplina Financiera del Estado de Jalisco y sus Municipios, que la ampliación tenga una justificación y se soporte con ingresos adicionales a los aprobados, siendo las siguientes: las partidas contenidas dentro del Capítulo “6000 Inversión Pública”, “7000 Inversiones Financieras y otras Provisiones” y “9000 Deuda Pública”, las correspondientes a otros capítulos del gasto y que cuenten con soporte

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

46Ayuntamiento de Guadalajara

en el ingreso, así como las contenidas dentro del concepto de gasto “4400 Ayudas Sociales”, “3940 Sentencias y resoluciones judiciales”, “3960 Otros gastos por responsabilidades”; las correspondientes a las aportaciones federales y aquellas que contengan previsiones de recursos concurrentes del Municipio con el Estado o la Federación que requieran incrementarse como consecuencia de las aportaciones que se deriven de los convenios celebrados; Aquellas provenientes de donativos o aportaciones de terceros.

En términos de lo dispuesto en el Clasificador por objeto del Gasto emitido por el Consejo Nacional de Armonización Contable, se autoriza a la Tesorería Municipal para que de conformidad a los requerimientos que se presenten durante el ejercicio fiscal 2018, disperse en las partidas presupuestales correspondientes los recursos contenidos en la partida 1610 “Previsiones de carácter laboral, económica y de seguridad social”, la cual contiene las asignaciones destinadas a cubrir las medidas de incremento en percepciones, creación de plazas, aportaciones en términos de seguridad social u otras medidas de carácter laboral o económico de los servidores públicos que se aprueben en el Presupuesto de Egresos.

DÉCIMO SEGUNDO.- Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 30, segundo párrafo de la Ley de Austeridad y Ahorro del Estado de Jalisco, se aprueba el Tabulador de Viáticos para los servidores públicos del Ayuntamiento de Guadalajara, vigente para el presente ejercicio, para quedar como sigue:

NIVEL CONCEPTO ZONA METROPOLITA

NA DE GUADALAJARA

INTERIOR DE LA

REPÚBLICA (PESOS)

RESTO DEL MUNDO

(DÓLARES AMERICANO

S)

Presidente Municipal,

Regidores y Funcionarios

de Primer Nivel

Desayuno $250.00 $250.00 USD$ 30.00

Comida $400.00 $400.00 USD$ 60.00

Cena $300.00 $300.00 USD$ 50.00

Hospedaje $2,100.00 $2,500.00 USD$ 300.00

Total, por día $3,050.00 $3,450.00 USD$ 440.00

Directores de Área o

equivalentes

Desayuno $200.00 $200.00 USD$ 25.00

Comida $300.00 $300.00 USD$ 35.00

Cena $300.00 $300.00 USD$ 35.00

Hospedaje $1,800.00 $1,800.00 USD$ 200.00

Total, por día $2,600.00 $2,600.00 USD$ 295.00

Jefes de Departamento

y resto del personal

Desayuno $180.00 $180.00 USD$ 20.00

Comida $200.00 $200.00 USD$ 25.00

Cena $200.00 $200.00 USD$ 25.00

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

47Ayuntamiento de Guadalajara

Hospedaje $1,300.00 $1,300.00 USD$ 200.00

Total, por día $1,880.00 $1,880.00 USD$ 270.00

Se faculta al Presidente Municipal de Guadalajara, para que, en los casos debidamente justificados, autorice el ejercicio de montos mayores a los contenidos en el Tabulador de Viáticos.

DÉCIMO TERCERO.- Se aprueba y autoriza el ejercicio de los recursos del Ramo 33 para el año 2018 y los remanentes que resulten de ejercicios fiscales anteriores, cumpliendo siempre con la Reglas de operación y convenios. DÉCIMO CUARTO.- Se aprueba, autoriza y faculta al Tesorero Municipal a que realice los reintegros estatales y federales que se deriven de economías, saldos no ejercidos e intereses que les correspondan a estas entidades de los programas correspondientes al Ejercicio Fiscal del Año 2017 y/o anteriores; así como que la parte que le corresponde al municipio sea reintegrada a las arcas municipales para formar parte del ingreso propio para el año 2018.

DÉCIMO QUINTO.- El Ayuntamiento Constitucional del Municipio de Guadalajara, Jalisco, aprueba, autoriza y faculta al Tesorero Municipal para que durante el ejercicio del presupuesto y hasta el fin del ejercicio fiscal 2018, realice las transferencias entre partidas necesarias, hasta un máximo del 10% diez por ciento de las asignaciones originales de un capítulo del gasto, sin que rebase o modifique los techos presupuestales por capítulos, siempre y cuando haya disponibilidad quedando excluidas las partidas del Capítulo 1000; esto previa petición y justificación del área interesada y con la finalidad de no entorpecer el trabajo de las diversas dependencias del Ayuntamiento. DÉCIMO SEXTO.- Se autoriza al Presidente Municipal, Secretario General, Síndico Municipal, Tesorero Municipal y al Director de Obras Públicas, para que, en representación de este Ayuntamiento, suscriban los Convenios necesarios para la Coordinación de Acciones y Aportación de Recursos en Materia de Inversión; con el Gobierno del Estado de Jalisco , para que se transfiera al Gobierno Municipal de Guadalajara, los recursos financieros autorizados previamente en el Presupuesto de Egresos de la Federación 2018, además se autoriza destinar los recursos asignados y transferidos por el Gobierno del Estado de Jalisco y el Municipio de Guadalajara.

DÉCIMO SÉPTIMO.- Se autoriza al Gobierno del Estado de Jalisco, a través de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas, a efecto de que realice las retenciones de las participaciones federales o estatales para el caso de incumplimiento de los Convenios.

DÉCIMO OCTAVO.- Se autoriza a los ciudadanos Presidente Municipal, Secretario General, Síndico Municipal y Tesorero Municipal a efecto de que, en el orden de sus respectivas facultades y atribuciones, realicen los actos correspondientes y tendientes a cumplir en todos sus términos con el presente decreto y el Presupuesto de Egresos del Municipio de Guadalajara, Jalisco, correspondiente al Ejercicio Fiscal del Año 2018 dos mil diecisiete, debiendo suscribir la documentación inherente a efecto de dar el debido cumplimiento a lo dispuesto por el presente decreto.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente decreto en la Gaceta Municipal de Guadalajara, así como los anexos que forman parte integral del mismo; el presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su aprobación.La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

48Ayuntamiento de Guadalajara

SEGUNDO.- Se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal, para que, en el ejercicio de sus atribuciones, observen, ejecuten y den prioridad a los decretos o acuerdos aprobados por el Ayuntamiento en el que se les especifique la realización de determinada obra, programa o acción.

TERCERO.- Se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Municipal, para que en cumplimiento del artículo 132 del Reglamento del Presupuesto y Ejercicio de Gasto Público para el Municipio de Guadalajara, busquen en todo momento ejecutar los recursos asignados a su área con perspectiva de género fomentando la igualdad de género. Se instruye igualmente al Instituto Municipal de las Mujeres en Guadalajara para que acompañe a las dependencias en esta tarea, monitoree y evalúe su cumplimiento y además rinda un informe semestral de los resultados obtenidos a través de este ejercicio.

CUARTO.- Se instruye a la Coordinación General de Desarrollo Económico y Combate a la Desigualdad para que, en el ejercicio de sus atribuciones, designe como obligatoriedad un mínimo del 10% de todos los programas sociales municipales, a personas en situación de vulnerabilidad, con discapacidad e indígenas, para que participen y sean beneficiadas de los programas sociales municipales.

QUINTO.- Se instruye a la Dirección de Servicios Médicos Municipales, la Comisaría de la Policía Preventiva Municipal, al Instituto Municipal de las Mujeres de Guadalajara, a Justicia Municipal y al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Guadalajara y demás dependencias de gobierno municipal a las que corresponda, para que en el ejercicio de sus facultades y en el cumplimiento con el Artículo 23 fracción IV de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y del Artículo 5 del Reglamento de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia para el Municipio de Guadalajara, ejecuten las acciones necesarias para la implementación de la Alerta de Violencia contra las Mujeres o de la Alerta de Violencia de Género, según sea el caso.”

SEXTO.- Se instruye al Secretario General, en ejercicio de sus atribuciones, notifique e informe al Congreso del Estado de Jalisco, la Estimación de los Ingresos del Ejercicio Fiscal del Año 2018 para el Municipio de Guadalajara, Jalisco, por la cantidad de $8,416,972,287.55 (Ocho mil cuatrocientos dieciséis millones novecientos setenta y dos mil doscientos ochenta y siete pesos 55/100 M.N.) para lo cual se anexa copia del presente decreto, en cumplimiento a lo establecido por el Consejo Nacional de Armonización Contable, CONAC.

SEPTIMO.- Se ordena presentar e informar la Estimación de los Ingresos del Ejercicio Fiscal del Año 2018 para el Municipio de Guadalajara, Jalisco, por la cantidad de $8,416,972,287.55 (Ocho mil cuatrocientos dieciséis millones novecientos setenta y dos mil doscientos ochenta y siete pesos 55/100 M.N.), al Congreso del Estado de Jalisco, para que se apruebe el ajuste al artículo primero de la Ley de Ingresos del Municipio de Guadalajara, Jalisco, para el ejercicio fiscal 2018, remitiendo para tal efecto copia del correspondiente dictamen, así como sus anexos requeridos y demás documentación necesaria, para que sea aprobada en los términos de ley.

OCTAVO.- Remítase copias certificadas de esta resolución que autoriza el Presupuesto de Egresos del Municipio de Guadalajara, Jalisco, para el Ejercicio Fiscal del año 2018, con sus anexos, así como la parte conducente del Acta de la Sesión del Ayuntamiento correspondiente, certificada, a la Auditoría Superior del Estado de Jalisco, para su conocimiento y efectos de control y revisión de la cuenta pública.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

49Ayuntamiento de Guadalajara

NOVENO.- Notifíquese esta resolución a la Secretaría General, Dirección de Recursos Humanos, Tesorería Municipal, Dirección de Ingresos, Dirección de Egresos y Control Presupuestal, Dirección de Contabilidad y a la Contraloría Municipal, para su conocimiento, debido cumplimiento y efectos legales procedentes.

El Señor Presidente Municipal: Están a su consideración, señores regidores, los dictámenes enlistados en el orden del día con los números del 6 al 8, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir, así como el número de dictamen al cual se referirán.

Tiene el uso de la voz, la Síndico Bárbara Casillas para el dictamen marcado con el número 6.

La Síndico Municipal: Gracias, solo para proponer que se pueda modificar la redacción para una mejor comprensión para dejarlo de la siguiente manera: “Primero, se autoriza al Síndico Municipal a que inicie e instrumente el procedimiento de revocación de los derechos de concesión de los locales de mercados municipales de los siguientes concesionarios, solicitados por la Dirección de Mercados” a continuación la tabla como ya estaba.

En el punto segundo quedaría de la siguiente manera: “Se autoriza al Presidente Municipal, Síndico Municipal y Secretario General para que emitan y suscriban la resolución que en derecho corresponda, conforme al artículo 91 del Reglamento de Giros Comerciales, Industriales y de Prestación de Servicios en el Municipio de Guadalajara”, propongo también eliminar el punto tercero en virtud de que ya está en los dos puntos anteriores y el cuarto se recorrería a tercero. Es cuanto.

El Señor Presidente Municipal: Con las modificaciones propuestas por la Síndico Bárbara Casillas está a su consideración el dictamen marcado con el número 6, le pido al Secretario General proceda a hacer la votación nominal.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, a favor; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

50Ayuntamiento de Guadalajara

Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 20 votos a favor del dictamen marcado con el número 6.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen. Tiene el uso de la voz, el regidor Salvado de la Cruz Rodríguez para el dictamen marcado con el número 7.

El Regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes: Para efecto de solo mencionar. Estamos de acuerdo con la propuesta, solo que sí me gustaría por experiencia personal como ex director del DIF, el problema que hay que luego de encontrar asociaciones viables, a mí sí me gustaría incorporarle que sí en un término de dos meses no se encuentran asociaciones para que sean beneficiadas con las bicicletas, el DIF Guadalajara pueda enajenar las mismas para que formen parte de su patrimonio.

Porque luego hay muchos que ahí nos vamos quedando y no hay asociaciones viables. Es cuanto.

El Señor Presidente Municipal: El regidor Juan Francisco Ramírez estaría de acuerdo como proponente de la propuesta de adición que propone el regidor Salvador de la Cruz. El Regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes: No hay ningún problema.

El Señor Presidente Municipal: De acuerdo, con esa modificación le pido al Secretario General proceda a realizar la votación nominal del dictamen marcado con el número 7.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, a favor; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

51Ayuntamiento de Guadalajara

Se emitieron 20 votos a favor del dictamen marcado con el número 7.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen. Tiene el uso de la voz, el regidor Sergio Otal Lobo para la discusión del dictamen marcado con el número 8.

El Regidor Sergio Javier Otal Lobo: Gracias Presidente. Para manifestar por anticipado mí voto en contra con los siguientes argumentos.

La fracción del P.R.I. ha apoyado en los anteriores presupuestos de esta administración siempre buscando el beneficio de la ciudad, sobre todo de los más desprotegidos, sin embargo, en esta ocasión consideramos que el incremento que se está dando en nómina del 10% y que va en el orden de los poco más de cuatrocientos millones de pesos, nos parece que no es el esfuerzo que quisiéramos que esta administración hiciera, no tanto por los incrementos que se van a dar a Protección Civil, Bomberos, Policía, etc., sino por el esfuerzo en esa reingeniería administrativa en la que se debió de haber trabajado en los dos pasados años, para que el impacto no fuera tan sustantivo en cuanto a millones, sino que hubiera una rebaja, que pudiéramos observar que a través de esa reingeniería se pudiera replantear la responsabilidad de que al desaparecer plazas y demás, pudiera no ser un incremento de esta naturaleza.

También, la inversión en obra pública lamentablemente sufre una disminución considerable con respecto a este año que estamos terminando y seguimos en esa inercia de las transferencias, asignaciones y subsidios que si bien en este año baja un 8% con respecto al año pasado, la verdad es que en los dos años anteriores sufrió un incremento desproporcionado.

Es por lo anteriormente expuesto que no podemos acompañar el voto en positivo de este dictamen y estos son los argumentos planteados. Es cuanto.

El Señor Presidente Municipal: Tiene el uso de la voz, la regidora Ángeles Arredondo.

La Regidora María de los Ángeles Arredondo Torres: Efectivamente como lo plantea el coordinador de la bancada, existen múltiples argumentos para votar en contra el tema del presupuesto, yo mencionaré algunos de los puntos que para mí son relevantes.

En el programa 4 Apoyos a la Educación, resulta ridículo que en este programa se esté destinando en el Proyecto 1: Servicios Educativos Municipales un monto de setecientos setenta y nueve mil seiscientos pesos,

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

52Ayuntamiento de Guadalajara

así como en el Proyecto 3: Academias Municipales tan solo un monto de un millón y medio de pesos, lo que sumado nos da un monto de dos millones doscientos setenta y nueve mil dos pesos para las academias municipales.

Creo que un tema tan prioritario como es el fomento a la educación y obviamente el apoyo a las academias municipales, que muchas de ellas requieren de una inversión mayor para poder dar un mejor servicio en las diferentes colonias de Guadalajara, la cantidad mencionada me parece sumamente limitada tomando en cuenta que están otorgándole un monto prácticamente similar al tema de ornato navideño, para esta administración el ornato navideño vale lo mismo que la educación y la promoción educativa, un monto aproximado de dos millones de pesos.

Otra de las incongruencias en el tema del presupuesto, es el tema del Programa 11: Bienestar Animal, porque uno de los argumentos para imponer el proyecto de las calandrias eléctricas si es que se le pueden llamar calandrias a estos vehículos eléctricos ha sido el tema de la protección animal, sin embargo, podemos ver que el Presidente en este rubro solamente contempla un millón doscientos setenta y cinco mil pesos divididos en diferentes programas, de los cuales mencionare algunos de ellos.

Por ejemplo, Ciudad Amiga de los Animales, Parques Caninos, tiene un súper presupuesto de veinte mil pesos, y el tema del proyecto Campañas Pro Mascota cincuenta y tres mil pesos, un presupuesto sumamente pobre y limitado para un tema de apoyo al bienestar animal que tanto anuncian en esta administración, me parece que el recurso que están destinando a este rubro es sumamente pobre.

También y hay que decirlo con toda claridad, el tema de la participación ciudadana que es algo que le molesta muchísimo al Presidente, recibe igual que el año pasado la cantidad de solo doscientos mil pesos para la promoción para la participación ciudadana, cabe mencionar que a este Ayuntamiento solamente pueden entrar los seleccionados del Presidente y uno que otro que a la mejor tenga la suerte de pasar desapercibido, ya que todos lo demás ciudadanos que de manera pacífica y ordenada se manifiestan están allá afuera con los policías, entonces aquí solo pueden pasar quienes son previamente seleccionados y autorizados por el Presidente.

También habría que decir, que en el tema de agenda de gobierno para eso si hay una buena cantidad de recursos, estaríamos hablando de más de veinticinco millones de pesos para la comunicación institucional, comunicación y análisis estratégico, que si comparamos con lo que se está destinando al tema de publicidad, que dice el Presidente no es un despilfarro de recursos, si lo comparamos contra lo que se le está destinando a

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

53Ayuntamiento de Guadalajara

educación que son dos millones, o lo que se le está destinando a participación ciudadana que son doscientos mil pesos, o lo que se le está destinando a bienestar animal que es un millón doscientos mil pesos y así podría continuar.

Obviamente con esto vemos que su prioridad no es la educación ni la protección animal ni la participación ciudadana, pero sí el tema de la publicidad en los medios de comunicación.

Ahora vamos a platicar de la salud, solamente en la salud le dan un recurso sumamente limitado de doce millones de pesos para los Servicios Médicos Municipales, cuando hay otros rubros donde se le inyecta el recurso económico. ¡Caray! si a la publicidad se le dan veinticinco millones de pesos obviamente para la salud ya no hay dinero y solamente se le está destinando doce millones. Esto es nada más como para hacer un comparativo de las prioridades del Presidente Municipal.

También hay que decirlo, que en lo que viene siendo el objeto del gasto se registran muchos gastos etiquetados como “Otros”, esos “Otros” equivalen a quinientos treinta y seis millones, otros gastitos pues, quinientos treinta y seis millones que uno entiende que de repente debe de haber un recurso adicional para imprevistos, pero no es lo mismo que haya cierto recurso a que le estés destinando quinientos treinta y seis millones a un tema que obviamente se puede prestar a la total discrecionalidad y que es una incapacidad del gobierno para hacer una adecuada planeación, programación y presupuestación.

No queremos ser mal pensados que esto tenga en un año electoral otro posible uso, pero lo cierto es que hay una total incongruencia en esta propuesta de presupuesto y en coordinación y sintonía con mi fracción anticipo mi voto en contra. El Señor Presidente Municipal: Como siempre gracias regidora. Tiene el uso de la voz, el regidor Juan Carlos Márquez.

El Regidor Juan Carlos Márquez Rosas: Muchas gracias señor Presidente, compañeros regidores. Quiero anticipar mi voto a favor del presupuesto bajo ciertos términos.

Primero, agradecer la sensibilidad que tuvimos de parte de la Presidente de la Comisión de Hacienda, creo que hay que aplaudir el tema de poder ser sensibles ante las necesidades de los servidores públicos que salvaguardan la seguridad, me parece que hay que resaltar el aumento al salario del personal de Bomberos, de Seguridad Pública, de Servicios Médicos y también agradecer porque había una deuda que teníamos muy rezagada, no llamarla

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

54Ayuntamiento de Guadalajara

histórica pero sí teníamos una deuda con algunos funcionarios que se encargan en áreas de seguridad, de poder proteger la seguridad de los ciudadanos; de sancionar a aquellos ciudadanos infractores al reglamento.

Había un desfase entre los secretarios de juzgados municipales de Guadalajara con los de Zapopan, es un desfase de más de seis mil pesos y me parece que en estos momentos estamos recortándolo ya, agradecer la disposición para aumentarles y sobre todo tratando de igualar a funciones iguales salarios iguales entre los diversos municipios.

Por otro lado una opinión particular, me parece que habrá muchas críticas respecto al arte urbano, pero yo en lo particular soy de los que creo que era importante que en Guadalajara se exaltara ese rubro, creo que era un rubro históricamente rezagado, me parece que la inversión que se ha hecho en los programas como SUCEDE, en el arte urbano me parece que hay que resaltarlo y aplaudirlo. Por todos estos motivos es que mi voto será a favor del presupuesto. Es cuanto.

El Señor Presidente Municipal: Gracias regidor. Tiene el uso de la voz, el regidor Salvador de la Cruz.

El Regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes: Presidente. Voy a ser muy breve, algo habíamos comentado hace unos momentos y escuchando a mis compañeros Sergio Otal, Ángeles Arredondo y Juan Carlos Márquez, es nada más para dejar de manifiesto el razonamiento de mi voto para efecto de decirle.

Yo tenía alrededor de unas ocho dudas para comentar con Bárbara, pero la verdad no creo que sea suficiente para debatirlas, ya vendrá el tema de la armonización y en su momento veremos qué podemos hacer.

No quería dejar pasar dos puntos e incluso dejar uno que a lo mejor puede ser materia de que lo analice en cierto momento, porque a lo mejor puede haber algún tipo de responsabilidad.

Derivado del análisis que hicimos y que aprobamos hace algunos días el cierre de la modificación al presupuesto, estamos viendo que este presupuesto en lo que respecta al capítulo 1000, o estamos cerrando en cuatro mil doscientos ochenta y cuatro millones de pesos, que comparado con el presupuesto en general que es de ocho mil cuatrocientos dieciséis millones de pesos, nos da alrededor del 50.8% del presupuesto que se iría a nómina.

Por otro lado, en lo que respecta al capítulo 6000 de inversión pública, este año estamos cerrando con mil novecientos setenta y seis millones de pesos, y

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

55Ayuntamiento de Guadalajara

para el 2018 lo estamos cerrando en trescientos cuarenta y tres millones; ahí sí va a estar difícil para efecto de que yo lo pueda votar a favor con esos números; por otro lado, señalar para efecto de que se verifique, el artículo 42, fracción I de la Ley Federal de Presupuesto de Responsabilidad Hacendaria ya que estando de acuerdo con todo lo que dijo el regidor Juan Carlos Márquez de la necesidad que tienen muchas áreas de sus incrementos, pero si mal no recuerdo hay un tope para efecto del incremento y andamos sobre el 9% cuando debería de haber sido otro, solo para efecto de tener cuidado en ese detalle.

Por estos argumentos y sin meterme a las preguntas que como ya lo referí van a ser tema la armonización del propio presupuesto posteriormente, manifiesto desde este momento en los mismos términos que el coordinador de la fracción mi voto en contra. El Señor Presidente Municipal: Gracias regidor. Tiene el uso de la voz, la regidor Ángeles Arredondo.

La Regidora María de los Ángeles Arredondo Torres: Existe un tema que me quedó pendiente de comentar y que los padres de los niños del TELETÓN me pidieron que lo planteara aquí, también otro de los motivos por los cuales voto en contra el tema del presupuesto es porque una de las peleas que el año pasado dimos, era apelar al tema de la racionalidad de la aplicación de los recursos y que me parecía incongruente que en algunas partidas, como comunicación y otras hubieran gastos excesivos y que sin embargo, en el tema de los niños que reciben servicios en el TELETÓN hubo una reducción en el presupuesto.

Este año otra vez son diez millones de pesos lo que viene etiquetado para el TELETÓN y quiero comentarlo con esta claridad, conforme a lo que su servidora platicó con los padres de familia de los niños del TELETÓN y los directivos del mismo, ellos manifestaban que debido al recorte presupuestal que recibieron desde el año pasado, muchos niños dejaron de ingresar en el turno vespertino, se recortaron muchos de los ingresos en el turno vespertino y si bien es cierto que no todo es responsabilidad del Ayuntamiento de Guadalajara, creo que hay que tener algunos criterios importantes en temas sociales que repercuten en favor de la niñez.

Este caso es uno de los puntos que quiero observar, ya que yo considero que en este rubro debió de haber habido un apoyo mayor. Es cuanto.

El Señor Presidente Municipal: En muchas ocasiones he reconocido en este micrófono el trabajo del Grupo Edilicio del P.R.I., con quien hemos podido construir muchos acuerdos para sacar adelante a la ciudad, eso no va

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

56Ayuntamiento de Guadalajara

a cambiar en mi perspectiva de lo que han sido estos dos años tres meses de trabajo, pero quiero aclarar algunas cosas muy concretas en las que me parecería una omisión lamentable de mi parte no dar respuesta a lo que aquí se está planteando.

Primero, los ajustes en el capítulo 1000, en lo que tiene que ver con la nómina del municipio, lo digo con toda claridad y se los digo para que lo entendamos, lo que está creciendo en este capítulo es por el aumento en el sueldo de los policías que acordamos con el Gobernador del Estado y todos los presidentes municipales, en el aumento que acordamos para los elementos de protección civil y bomberos que se juegan su vida todos los días por cuidar a la ciudad, en el aumento de los sueldos de los secretarios de los Juzgados Municipales que estaban totalmente desfasados de lo que hay en el Área Metropolitana de Guadalajara, en generar las bases para las personas que han trabajado en Servicios Médicos Municipales durante años sin seguridad jurídica, en aumentarles en acuerdo con el sindicato a quien agradezco aquí su presencia, en aumentarles a las personas que ganan menos de quince mil pesos, ochocientos cincuenta pesos el año próximo. No estamos aumentando la nómina para contrata cuates como ustedes sí saben hacerlo. Segundo, señora regidora, dice que le estamos invirtiendo dos millones de pesos a educación, déjeme darle el dato porque le hace falta revisar el presupuesto, estamos metiendo cuatrocientos veinte millones de pesos en una función que debería de estar cumpliendo su gobernador, no nosotros; cuatrocientos veinte millones de pesos para darles uniformes, útiles, mochilas, calzado, para becar a los estudiantes de prepa, para poder hacer los domos y los baños que debería de hacer el Gobernador del Estado.

Dice que no invertimos en salud, que es un presupuesto muy pequeño, nada más le aclaro, porque a eso no se dedica usted, usted tiene otras actividades, el año pasado arreglamos todas las Cruz Verdes Municipales que ustedes tenían destrozadas; llevamos el 80% de las Unidades Pro Hospitalarias arregladas; hemos logrado poder estabilizar el tema de las plazas como ya lo expliqué, pendientes de otorgarles a los trabajadores de los Servicios Médicos Municipales; pudimos gestionar los recursos en México, aunque los hayamos entregado con el señor Gobernador a pesar del ex Secretario de Salud que desfalcó al Seguro Popular y que es una de las explicaciones del porque está el sistema de salud como está, hizo todo lo posible para impedirlo, logramos traer veinte ambulancias nuevas a la ciudad y le puedo seguir cuanto quiera, al final de cuentas esos temas que están como resultados de gobierno pesan más que todas las mentiras, las difamaciones y los ataques que usted se ha dedicado a hacer durante estos dos años tres meses.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

57Ayuntamiento de Guadalajara

Quisiera finalmente dejar en claro, el presupuesto que estamos planteando para el próximo año, busca consolidar la transformación de fondo que estamos impulsando en Guadalajara, están garantizados en este presupuesto los programas y proyectos estratégicos para poder dar cumplimiento, entre otras cosas, a la beca universal para estudiantes de preparatoria que este año llegamos a 24 mil jóvenes becados; está garantizado el funcionamiento de nuestros servicios públicos, con los nuevos retos que tenemos que darle mantenimiento a los espacios públicos que hemos desarrollado y dejado totalmente renovados; están considerados todos y cada uno de los planteamientos que nos comprometimos a defender como parte del proyecto de gobierno.

Proyecto de gobierno, que en muchos sentidos ustedes como fracción han tenido la visión, el compromiso con la ciudad y sobre todo, el compromiso de apoyar una agenda que hemos ido construyendo juntos. Me parece que es muy delicado y me parece que no corresponde con el trabajo que ustedes han hecho en general como fracción que saben que se los respeto a lo largo de este tiempo, el venir a decir que se vote en contra del presupuesto porque el capítulo 1000 creció, entonces explíquenle al sindicato que están en contra de aumentar el sueldo a los trabajadores, de aumentar el sueldo a los trabajadores que ganan menos, le explican a los policías que están en contra de aumentarles el sueldo, le explican a los bomberos y protección civil que no están de acuerdo en aumentarles el sueldo y den la cara en lugar de decir mentiras.

Yo creo que es lo que hay que hacer, entonces, en virtud de eso me parece que lo que hoy vamos aprobar es un presupuesto que nos va a permitir lo que nosotros quedamos con Guadalajara. Tiene el uso de la voz, la Síndico Bárbara Casillas.

La Síndico Municipal: Gracias Presidente. Nada más para reforzar y que también se puedan llevar los datos generales. En 2015 tuvimos un presupuesto de cinco mil novecientos cuatro millones, para el 2018 esperamos un presupuesto de ocho mil cuatrocientos dieciséis millones que se irá aumentando conforme se vayan bajando recursos federales y estatales para obra pública.

También aclarar que este año estamos cerrando en el capítulo 6000 de inversión pública con más de dos mil trescientos millones de pesos, una inversión histórica y que sí, para el 2018 existe una disminución puesto que solamente estamos contemplando los recursos municipales en este primer presupuesto y conforme se vayan autorizando los convenios federales y estatales se irán aumentando.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

58Ayuntamiento de Guadalajara

En cuanto al tema de la nómina, comentar que a pesar de que estamos aumentando de manera importante la nómina en los rubros que ha mencionado el Presidente y que me parecen primordiales de atender, aun así el porcentaje de la nómina respecto al total del presupuesto es menos del porcentaje que teníamos en el 2015, en ese año la nómina representaba el 52% y para el 2018 es de 50%.

También, por mencionar algunos de los grandes rubros, en el capítulo 2000 derivado de los programas de austeridad, en el capítulo 3000 y 4000, estamos disminuyendo el presupuesto para poderlo destinar a obra pública.

En cuanto a los aumentos del capítulo 1000, me voy a permitir recordar que es lo que estamos agregando, se están homologando los sueldos de 141 médicos especialistas y 107 médicos generales, se están creando 120 plazas dentro de los Servicios Médicos Municipales de esos médicos que no tenían ninguna certeza laboral; se está homologando para las áreas de Protección Civil y Bomberos el sueldo conforme a la iniciativa que aprobamos en sesiones anteriores, para que sean los bomberos mejor pagados de la Zona Metropolitana de Guadalajara; se está proponiendo el 7.5% de aumento para la Comisaría de la Policía Preventiva, esta homologación viene de los acuerdos de la Junta de Coordinación Metropolitana, con el Gobierno del Estado de Jalisco y con los gobiernos municipales.

Se están incrementando las plazas de los secretarios de los Juzgados Municipales, se le está dando continuidad también para las dudas que había respecto de que no se está haciendo nada para tener austeridad y ahorros en este capítulo; al Programa de Retiro Voluntario, para que todos aquellos servidores públicos que decidan renunciar a su plaza se les pueda entregar un apoyo de cuatro meses de sueldo y se proceda a congelar la plaza respectiva; se le da continuidad al Programa de Incentivo a la Jubilación para aquellos servidores públicos que están en la etapa de jubilarse y puedan decidir hacerlo teniendo el apoyo también de los cuatro meses de sueldo y de igual manera se procede a congelar la plaza.

Esta administración pública ha estado trabajando en la disminución de la brecha salarial al interior de las dependencias desde el año 2016, cuando se les aumentó el sueldo a los que menos ganaban. Por lo cual es que este presupuesto de nómina tiene una gran responsabilidad con los que menos tienen, mucha más por el que se ha mostrado por el aumento del salario mínimo por parte del Gobierno Federal.

Aclarar también en el tema de educación, el Programa de Guadalajara se Alista que es de útiles y uniformes, tiene 170 millones de pesos asignados y Becas Prepárate 260 millones; el programa Hecho por Mujeres con 90

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

59Ayuntamiento de Guadalajara

millones, y resaltar también algo muy importante de este presupuesto, lo cual también es una innovación en esta ciudad es la Red de Bosques Urbanos a la cual se le está asignando 120 millones de pesos y con la cual, la calidad de las áreas verdes que tiene el municipio mejorará al nivel que se encuentra Colomos actualmente. Es cuanto.

El Señor Secretario General: Gracias Síndico. Tiene el uso de la voz, la regidora Ángeles Arredondo.

La Regidora María de los Ángeles Arredondo Torres: Bueno, para empezar que lástima que se nos fue el Presidente Municipal porque le da miedo, le da miedo escuchar sus verdades, ni modo así es, le gusta salir corriendo, pero no va a impedir que le dé la contestación que él se merece.

Para empezar, que no quiera confundir a la opinión pública ni a los empleados del Ayuntamiento, eso no va a suceder, ya nadie le cree por un simple y sencilla razón, claro que todos estamos a favor de que mejoren las condiciones laborales de la gente, pero una cosa es cierta, no podemos votar una parte del presupuesto y la otra no, obviamente se vota en bloque.

Aunque existe esta parte aparentemente bondadosa hacia los empleados, también se le olvida mencionar al Presidente Municipal, es que si alguien ha defendido a los trabajadores del Ayuntamiento ha sido la Fracción del P.R.I. y su servidora, ya se le olvidó como han coaccionado a los trabajadores de alumbrado público, que después de engañarlos y forzarlos a que estén firmando sus cambios a otras áreas, de haber concesionado este servicio para hacer negocio, pues obviamente a los que maltrató fue efectivamente a los que hoy dice defender, a los empleados del Ayuntamiento, se le olvida los despidos injustificados que han hecho en esta administración, se le olvida como ha maltratado a los policías, como muchos policías tuvieron que promover amparos en contra del nuevo reglamento que ellos promovieron, como incluso ha habido casos de suicidios con los policías, como ha habido una guerra y ataque laboral.

Todo esto ha sido una política que afecta a los trabajadores y que ahora como viene un año electoral, el trata de justificar todo este maltrato diciéndoles “no se preocupen, ya les voy a incrementar el salario”, la verdad es que ya ni con eso la gente le va a dar las gracias porque saben cómo trata y como maltrata a los empleados del Ayuntamiento.

Eso no es todo Presidente, aquí solamente hay una persona que no da la cara y es usted, usted da pavor, miedo y no tolera que los ciudadanos se le acerquen, cualquier persona que se acerque en un evento público, y que no coincida con usted, aunque haya votado por usted lo tacha de priista; la

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

60Ayuntamiento de Guadalajara

verdad que lastima que no reconozca ni a la gente que le apoyo y luego les hecha la policía, se los llevan detenidos o que les miente la madre como lo hizo Emilio, así también tienen el mismo estilo.

Pero no solamente esto, hay una persona que no da la cara y es Enrique Alfaro, porque la sesiones del Ayuntamiento son públicas, salvo aquellas que por causa justificada y previo acuerdo del Ayuntamiento se celebren sin permitir el acceso al público ni a los servidores públicos municipales, a excepción del Secretario General de Ayuntamiento y personal administrativo que este mismo autorice; esto viene en el artículo 29 de las sesiones del Ayuntamiento pero aquí hay muchos ciudadanos que en muchas sesiones no han podido ingresar a este palacio porque el Presidente no da la cara.

Hay que seguir porque hay que decir que no solamente el incremento es para los trabajadores de base, también ahí entran otros 100 millones para los eventuales y claro que hubo una gran contratación de personas en estos dos años obviamente por el tema electoral, incluso muchos de ellos sin dar el perfil adecuado para las áreas.

Que decir también del tema de la difamación y los ataques porque siempre el Presidente dice que soy yo, que somos nosotros los que inventamos cuando hemos hecho muchísimas ruedas de prensa con pruebas y argumentos, yo diría que en vez de que se moleste, se enoje y tenga ese mal carácter, que tomara de manera positiva los aportes que hacemos, y que si los hubiera tomado en cuenta fuera menos soberbio pues esta administración obviamente hubiera tenido mejores resultados, pero bueno, su carácter no lo ayuda y creo que al final es su peor enemigo, en fin.

El tema de las ambulancias, el tema de los servicios médicos, yo lo reafirmo, creo que efectivamente gracias al Gobernador del Estado y a la Presidencia de la República, ha habido muchos apoyos que han llegado a la ciudad y que hay que decirlo, aunque él diga que le pusieron trabas, eso son inventos, al final el recurso llegó y gracias a eso hubo ambulancias en Guadalajara, a esta gestión y obviamente al apoyo que también da el Gobernador, no solamente en este tema sino en muchos de obra pública, donde hay que decirlo, es el presidensolo, porque el presidensolo va e inaugura todas la obras solo, no nos invita nunca aunque nosotros le ayudemos a gestionar recursos, aunque el Gobernador también le mande recursos, para él son solo sus amigos de Movimiento Ciudadano los que van a hacerle segunda a inaugurar obras, ya que todo lo bueno lo quiere obviamente acaparar solo él.

También hay que decir, que si alguien sabe de contratar amigos es usted, si alguien sabe darle a ganar negocios millonarios a los amigos es usted, si alguien le ha dado privilegios a sus amigos es usted, porque aquí nadie es

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

61Ayuntamiento de Guadalajara

culpable, cuando Hugo Luna dijo aquí y habló, extorsionó, pidió, perdón aunque haya video y pruebas aquí nada es sancionado, aquí todo mundo es inocente.

Que decir de la sobrina del Comandante Bosco que en un año se incrementó el salario 70%, pero no es la única, también el de alumbrado se duplicó el salario aun y cuando ya se había concesionado el servicio a una empresa, entonces cuál es la función ahora el de alumbrado porque ya ni trabajo tiene, pero ahí está ganando el doble y así yo le podría refrescar la memoria para el que se le olvide que tiene amigos; los de la covacha a esos ya ni los menciono porque obviamente toda la gente está en la campaña y les fue muy bien, muchos van a salir ricos de esta administración.

Y usted dice que nosotros, que nuestra administración y que los desfalcos, ahí están los recursos jurídicos, impulse los que usted considere, al final ya hemos visto como muchos de los ataques que hizo hacia el partido han sido sin fundamento, eso no me preocupa.

Lo único que le quiero decir, es que a nosotros no nos da miedo alzar la voz, claro que le puedo contestar en todos los temas que usted menciona y que no quiera engañar a la gente, esto se ve reflejado en los números.

La verdad es que falta mucho en Guadalajara, faltan muchos servicios, pero bueno yo espero que haga las cosas de la manera correcta, lástima de la ratificación por cierto, porque obviamente de nada sirve una ratificación manipulada que le costó a Guadalajara mucho dinero, cuando realmente su intención no es terminar y cumplir lo que les prometió a los tapatíos porque ya le urge irse, ya por ahí se le cuecen las habas por irse del Ayuntamiento y dejar todos estos pendientes, la papa caliente.

Creo que no me merece más comentarios por el momento, es todo y creo que el P.R.I. seguirá haciendo una labor responsable y trabajando por los intereses de los ciudadanos. El Señor Presidente Municipal: A mí tampoco me merece más comentarios. Tiene el uso de la voz, el regidor Romo Parra.

El Regidor José Manuel Romo Parra: Gracias señor Presidente, con su permiso. Me parece que la regidora se está confundiendo y se hace cada vez más bolas con sus propios argumentos, tratando de reciclar tema tras tema que ya se ha discutido no solamente de manera pública o en esta sesión, al parecer cada que tiene la oportunidad de agarrar un micrófono repite y repite tres o cuatro temas, pero para repetirlos durante veintisiete meses que lleva esta administración me parece que hace falta un poco más de creatividad.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

62Ayuntamiento de Guadalajara

Resulta muy evidente que usted habla y juega para su cada vez más reducido grupo de seguidores.

Gobernar una ciudad, no se trata solamente de revisar una página o una hoja como lo que estamos en este momento viendo en el tema del presupuesto, no podemos agarrarnos solamente de un renglón o una página para tratar con argumentos reciclados durante tanto tiempo un tema tan importante como es la ciudad, como es dotar a la ciudad de recursos que alcancen para atender las necesidades básicas de una ciudad, que como lo hemos repetido ha estado en el abandono durante mucho tiempo.

Me gustaría, no solamente reafirmar y reforzar las áreas donde se ha invertido el recurso de manera sustancial, como ya se comentó, son los cuatrocientos veinte millones que se están aplicando y que se están pretendiendo aplicar para la educación.

En el tema de igualdad de género, que usted es una de las más impulsoras y lo digo reconociéndole esa labor, tiene un incremento esa partida, del presupuesto que se va a aprobar son 104 millones de pesos, en apoyo a los jóvenes 300 millones, en el tema de asistencia social son 376 millones de pesos, fomento deportivo que es una de las partes que también crece son 187 millones de pesos y en el asunto de participación ciudadana que usted se circunscribió solamente a un renglón en específico, son más de 36 millones de pesos, lo que tiene que ver con el mantenimiento de nuestra ciudad para que tengamos una ciudad cada día más vivible son 908 millones de pesos y en medio ambiente son 155 millones.

Uno de los argumentos que comentó también mi compañero Salvador respecto al tema de la infraestructura, arrancamos este rubro con 343 millones de pesos contra los 2,384 millones de pesos, cabe resaltar que ese incremento en este ejercicio que todavía estamos viviendo de los más de dos mil millones de pesos, una inversión sin precedente en obra pública, se debe a la capacidad de gestión y a la aprobación que ustedes mismos han estado haciendo a lo largo de las modificaciones presupuestales, arrancamos con presupuesto propio, con 343 millones de pesos, una cifra similar con la que arrancamos el presupuesto en el 2017, con esa capacidad y el impulso que se le dio llegamos a esa cifra de los 2,384 millones de pesos.

Entonces, con esta argumentación y con esta presentación del presupuesto de egresos que tenemos, que está fundamentado en los principios de racionalidad, austeridad, disciplina presupuestal, motivación y certeza, me parece que es importante que impulsemos y apoyemos el presupuesto que hoy estamos presentando.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

63Ayuntamiento de Guadalajara

El Señor Presidente Municipal: Le pregunto al Pleno si está suficientemente discutido el tema, sírvanse en manifestarlo en votación económica… Aprobado. Le pido al Secretario General proceda a realizar la votación nominal.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, en contra; regidora Ximena Ruiz Uribe, en contra; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, en contra; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, por los razonamientos vertidos, en contra; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 5 votos en contra y 15 votos a favor del dictamen marcado con el número 8.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen. V.2.2 Continuamos con la discusión de los dictámenes que concluyen en decretos municipales y que, según nuestra reglamentación vigente, deben ser votados en forma nominal de uno por uno, siendo suficiente la existencia de mayoría simple para su aprobación, solicitando al Secretario General los enuncie. Para antes el regidor Javier Otal.

El Regidor Sergio Javier Otal Lobo: Gracias Presidente. Quisiera hacer una solicitud de modificación, que tiene que ver con los 53 planes, solicitar el que se considere el crear un sexto transitorio que dice a la letra: “Para los lotes que se encuentren dentro del cono de protección visual del Hospicio Cabañas, indicado en el mapa 6.3.6.2.3 del libro 1, los propietarios podrán solicitar que las nuevas edificaciones tengan una mayor altura que la indicada en el anexo D, de la estrategia 3, inciso E3B, presentándose ante la Dirección de Ordenamiento del Territorio, un estudio de alturas con base en la normatividad establecida para el Hospicio Cabañas que demuestre que la altura de las edificaciones y estructuras no rebasen el cono de protección visual”:

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

64Ayuntamiento de Guadalajara

El Señor Presidente Municipal: De acuerdo con la propuesta el presidente de la comisión, pongo a consideración del Pleno en votación económica esta modificación para que quede incluido en el cuerpo de los dictámenes que serán votados de uno por uno. Quienes estén a favor sírvanse en manifestarlo en votación económica… Aprobado.

Le pido al Secretario General enuncie el dictamen marcado con el número 9.

El Señor Secretario General: 9. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 1 CENTRO METROPOLITANO SUBDISTRITO URBANO 1 CHAPULTEPEC NORTE.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 1 Chapultepec Norte, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano, Subdistrito Urbano 1 Chapultepec Norte, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como los diversos publicados con fecha 20 de abril del 2014, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 1 Chapultepec Norte, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 1 Chapultepec Norte, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 1 Chapultepec Norte deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

65Ayuntamiento de Guadalajara

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 18 a favor del dictamen marcado con el número 9.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el dictamen marcado con el número 9.

El Señor Secretario General: 10. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 1 CENTRO METROPOLITANO SUBDISTRITO URBANO 2 COLINAS DE LA NORMAL.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 2 Colinas de la Normal, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano, Subdistrito Urbano 2 Colinas de la Normal, y las La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

66Ayuntamiento de Guadalajara

Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como los diversos publicados con fecha 20 de abril del 2004, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 2 Colinas de la Normal, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 2 Colinas de la Normal, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 2 Colinas de la Normal deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

SÉXTO.- Tratándose de las solicitudes para la constitución de un polígono de desarrollo controlado en el territorio de aplicación del presente Plan Parcial, se instruye a la Coordinación General de Gestión Integral de la Ciudad, para que en conjunto con la Sindicatura del Ayuntamiento, elabore la propuesta del convenio correspondiente, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 48 y 121, fracciones I y V, así como en el penúltimo párrafo del Código Urbano para el Estado de Jalisco. La Asociación de Vecinos legalmente constituida, que haya solicitado la declaratoria correspondiente, contará con un plazo de 60 días hábiles contados a partir de la publicación en la Gaceta Municipal para la firma del mismo, sin que se omita precisar que el polígono de desarrollo controlado correspondiente, surtirá efectos legales hasta en tanto se firme el citado convenio.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

67Ayuntamiento de Guadalajara

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 19 a favor del dictamen marcado con el número 10.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen

El Señor Secretario General: 11. EL SEÑOR SECRETARIO GENERAL: DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 1 CENTRO METROPOLITANO SUBDISTRITO URBANO 3 CENTRO MÉDICO.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 3 Centro Medico, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano, Subdistrito Urbano 3 Centro Medico, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como los diversos publicados con fecha 26 de diciembre del 2008, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 3 Centro Medico, en la Gaceta Municipal.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

68Ayuntamiento de Guadalajara

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 3 Centro Medico, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 3 Centro Medico deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 19 a favor del dictamen marcado con el número 11.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

69Ayuntamiento de Guadalajara

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamenEl Señor Secretario General: 12. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 1 CENTRO METROPOLITANO SUBDISTRITO URBANO 4 SANTA TERESITA.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 4 Santa Teresita, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano, Subdistrito Urbano 4 Santa Teresita, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como los diversos publicados con fecha 20 de abril del 2004, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 4 Santa Teresita, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 4 Santa Teresita, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 4 Santa Teresita deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

70Ayuntamiento de Guadalajara

consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, por las razones vertidas en la propia comisión, en abstención; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra, 1 abstención y 18 a favor del dictamen marcado con el número 12.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 13. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 1 CENTRO METROPOLITANO SUBDISTRITO URBANO 5 CENTRO HISTÓRICO.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 5 Centro Histórico, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano, Subdistrito Urbano 5 Centro Histórico, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como los diversos publicados con fechas 20 de abril del 2004 y 26 de diciembre de 2008, respectivamente, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

71Ayuntamiento de Guadalajara

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 5 Centro Histórico, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 5 Centro Histórico, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 5 Centro Histórico deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes,a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

72Ayuntamiento de Guadalajara

Se emitieron 1 voto en contra y 19 a favor del dictamen marcado con el número 13.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 14. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 1 CENTRO METROPOLITANO SUBDISTRITO URBANO 6 ANALCO.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 6 Analco, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano, Subdistrito Urbano 6 Analco, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como los diversos publicados con fecha 20 de abril del 2004, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 6 Analco, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 6 Analco, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 6 Analco deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

73Ayuntamiento de Guadalajara

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes,a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 19 a favor del dictamen marcado con el número 14.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 15. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 1 CENTRO METROPOLITANO SUBDISTRITO URBANO 7 LA MODERNA.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 7 La Moderna, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano, Subdistrito Urbano 7 La Moderna, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como los diversos publicados con fecha 20 de abril del 2004, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

74Ayuntamiento de Guadalajara

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 7 La Moderna, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 7 La Moderna, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 7 La Moderna deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, abstención; regidora Ximena Ruiz Uribe, abstención; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, por las razones vertidas en la comisión, en abstención; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

75Ayuntamiento de Guadalajara

Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra, 3 abstenciones y 16 a favor del dictamen marcado con el número 15.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.El Señor Secretario General: 16. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 1 CENTRO METROPOLITANO SUBDISTRITO URBANO 8 AGUA AZUL.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 8 Agua Azul, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano, Subdistrito Urbano 8 Agua Azul, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como los diversos publicados con fecha 20 de abril del 2004, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 8 Agua Azul, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 8 Agua Azul, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 1 Centro Metropolitano Subdistrito Urbano 8 Agua Azul deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

76Ayuntamiento de Guadalajara

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 19 a favor del dictamen marcado con el número 16.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 17. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 2 MINERVA SUBDISTRITO URBANO 1 COLOMOS.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 1 Colomos, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva, Subdistrito Urbano 1 Colomos, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 02 “Minerva” Subdistrito Urbano 1 “Colomos”, publicado el 20 de abril del 2004, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

77Ayuntamiento de Guadalajara

excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 1 Colomos, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 1 Colomos, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 1 Colomos deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

SÉXTO.- Tratándose de las solicitudes para la constitución de un polígono de desarrollo controlado en el territorio de aplicación del presente Plan Parcial, se instruye a la Coordinación General de Gestión Integral de la Ciudad, para que en conjunto con la Sindicatura del Ayuntamiento, elabore la propuesta del convenio correspondiente, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 48 y 121, fracciones I y V, así como en el penúltimo párrafo del Código Urbano para el Estado de Jalisco. La Asociación de Vecinos legalmente constituida, que haya solicitado la declaratoria correspondiente, contará con un plazo de 60 días hábiles contados a partir de la publicación en la Gaceta Municipal para la firma del mismo, sin que se omita precisar que el polígono de desarrollo controlado correspondiente, surtirá efectos legales hasta en tanto se firme el citado convenio.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

78Ayuntamiento de Guadalajara

Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 19 a favor del dictamen marcado con el número 17.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 18. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 2 MINERVA SUBDISTRITO URBANO 2 COLOMOS PROVIDENCIA.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 2 Colomos Providencia, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva, Subdistrito Urbano 2 Colomos Providencia, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como los Planes Parciales de Desarrollo Urbano del Distrito 2 “Minerva” Subdistrito 03 “Colomos Providencia” y Subdistrito 06 “Providencia Norte” publicados con fecha del 20 de abril del 2004, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 2 Colomos Providencia, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 2 Colomos Providencia, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 2 Colomos Providencia deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

79Ayuntamiento de Guadalajara

del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

SÉXTO.- Tratándose de las solicitudes para la constitución de un polígono de desarrollo controlado en el territorio de aplicación del presente Plan Parcial, se instruye a la Coordinación General de Gestión Integral de la Ciudad, para que en conjunto con la Sindicatura del Ayuntamiento, elabore la propuesta del convenio correspondiente, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 48 y 121, fracciones I y V, así como en el penúltimo párrafo del Código Urbano para el Estado de Jalisco. La Asociación de Vecinos legalmente constituida, que haya solicitado la declaratoria correspondiente, contará con un plazo de 60 días hábiles contados a partir de la publicación en la Gaceta Municipal para la firma del mismo, sin que se omita precisar que el polígono de desarrollo controlado correspondiente, surtirá efectos legales hasta en tanto se firme el citado convenio.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, abstención; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, por los razonamientos vertidos en la comisión, en abstención; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

80Ayuntamiento de Guadalajara

Se emitieron 1 voto en contra, 2 abstenciones y 17 a favor del dictamen marcado con el número 118.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 19. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 2 MINERVA SUBDISTRITO URBANO 3 COUNTRY.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 3 Country, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva, Subdistrito Urbano 3 Country, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 “Minerva” subdistrito 04 “Country Club” publicado el 20 de abril del 2004, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 3 Country, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 3 Country, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 3 Country deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

SÉXTO.- Tratándose de las solicitudes para la constitución de un polígono de desarrollo controlado en el territorio de aplicación del presente Plan Parcial, se instruye a la Coordinación General de Gestión Integral de la Ciudad, para que en conjunto con la Sindicatura del Ayuntamiento, elabore la propuesta del convenio correspondiente, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 48 y 121, fracciones I y V, así como en el La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

81Ayuntamiento de Guadalajara

penúltimo párrafo del Código Urbano para el Estado de Jalisco. La Asociación de Vecinos legalmente constituida, que haya solicitado la declaratoria correspondiente, contará con un plazo de 60 días hábiles contados a partir de la publicación en la Gaceta Municipal para la firma del mismo, sin que se omita precisar que el polígono de desarrollo controlado correspondiente, surtirá efectos legales hasta en tanto se firme el citado convenio.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 19 a favor del dictamen marcado con el número 19.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 20. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 2 MINERVA SUBDISTRITO URBANO 4 JARDINES DEL COUNTRY-ATEMAJAC.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 4 Jardines del Country-Atemajac, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

82Ayuntamiento de Guadalajara

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva, Subdistrito Urbano 4 Jardines del Country-Atemajac, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 “Minerva” subdistrito 5 “Vallarta Country” publicado el 20 de abril del 2004, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 4 Jardines del Country-Atemajac, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 4 Jardines del Country-Atemajac, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 4 Jardines del Country-Atemajac deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

83Ayuntamiento de Guadalajara

favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 19 a favor del dictamen marcado con el número 20.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 21. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 2 MINERVA SUBDISTRITO URBANO 5 COLINAS DE SAN JAVIER.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 5 Colinas de San Javier, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva, Subdistrito Urbano 5 Colinas de San Javier, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 “Minerva” subdistrito 02 “Colinas de San Javier” publicado el 20 de abril del 2004, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 5 Colinas de San Javier, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 5 Colinas de San Javier, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 5 Colinas de San Javier deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

84Ayuntamiento de Guadalajara

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

SÉXTO.- Tratándose de las solicitudes para la constitución de un polígono de desarrollo controlado en el territorio de aplicación del presente Plan Parcial, se instruye a la Coordinación General de Gestión Integral de la Ciudad, para que en conjunto con la Sindicatura del Ayuntamiento, elabore la propuesta del convenio correspondiente, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 48 y 121, fracciones I y V, así como en el penúltimo párrafo del Código Urbano para el Estado de Jalisco. La Asociación de Vecinos legalmente constituida, que haya solicitado la declaratoria correspondiente, contará con un plazo de 60 días hábiles contados a partir de la publicación en la Gaceta Municipal para la firma del mismo, sin que se omita precisar que el polígono de desarrollo controlado correspondiente, surtirá efectos legales hasta en tanto se firme el citado convenio.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir. Tiene el uso de la voz, la Síndico Bárbara Casillas.

La Síndico Municipal: Gracias Presidente y compañeros regidores. En diálogo constante, como ha sido todo el proceso de planes parciales con las asociaciones vecinales, con el fin de proteger las condiciones establecidas conjuntamente con la Asociación Vecinal Lomas del Valle A.C., resulta necesario modificar la altura máxima de la edificación que actualmente se encuentra señalada como resultante para toparla a 21 niveles máximo; esto en el predio ubicado en la Avenida Paseo del Prado 3497, del Plan Parcial Distrito 2, Subdistrito 5, Colinas de San Javier, esto es sin modificar ningún coeficiente, simplemente es para que topemos la altura.

Entonces en el plan parcial dice: “la altura del predio ubicado en Avenida Paseo del Prado 3497 del área urbana 022/RM/CS2 se encuentra como resultante y debe quedar la altura del predio ubicado en Avenida Paseo del Prado 3497, del área urbana 022/RM/CS2 debe toparse a 21 niveles”. Es cuanto.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración la propuesta de modificación de la Síndico Municipal, quienes estén a favor sírvanse en manifestarlo en votación económica, en contra, abstenciones… Aprobada la modificación.

No habiendo quien más solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en VOTACIÓN NOMINAL La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

85Ayuntamiento de Guadalajara

les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 19 a favor del dictamen marcado con el número 21.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 22. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 2 MINERVA SUBDISTRITO URBANO 6 CIRCUNVALACIÓN-VALLARTA.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 6 Circunvalación-Vallarta, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva, Subdistrito Urbano 6 Circunvalación-Vallarta, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, Distrito Urbano 2 “Minerva”, Subdistrito Urbano 07 “Monraz”, Subdistrito 8 “Providencia” y subdistrito 10 “Vallarta San Jorge” publicados el 20 de abril del 2004, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

86Ayuntamiento de Guadalajara

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 6 Circunvalación-Vallarta, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 6 Circunvalación-Vallarta, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 6 Circunvalación-Vallarta deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

SÉXTO.- Tratándose de las solicitudes para la constitución de un polígono de desarrollo controlado en el territorio de aplicación del presente Plan Parcial, se instruye a la Coordinación General de Gestión Integral de la Ciudad, para que en conjunto con la Sindicatura del Ayuntamiento, elabore la propuesta del convenio correspondiente, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 48 y 121, fracciones I y V, así como en el penúltimo párrafo del Código Urbano para el Estado de Jalisco. La Asociación de Vecinos legalmente constituida, que haya solicitado la declaratoria correspondiente, contará con un plazo de 60 días hábiles contados a partir de la publicación en la Gaceta Municipal para la firma del mismo, sin que se omita precisar que el polígono de desarrollo controlado correspondiente, surtirá efectos legales hasta en tanto se firme el citado convenio.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en VOTACIÓN NOMINAL les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, abstención; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, por los razonamientos expresados en la comisión, en abstención; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

87Ayuntamiento de Guadalajara

favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra, 2 abstenciones y 17 a favor del dictamen marcado con el número 22.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 23. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 2 MINERVA SUBDISTRITO URBANO 7 ARCOS-LADRÓN DE GUEVARA.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 7 Arcos-Ladrón de Guevara, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva, Subdistrito Urbano 7 Arcos-Ladrón de Guevara, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 “Minerva”, Subdistrito Urbano 09 “Ladrón de Guevara” y subdistrito Urbano “Arcos Vallarta” publicados el 20 de abril del 2004, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 7 Arcos-Ladrón de Guevara, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 7 Arcos-Ladrón de Guevara, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 7 Arcos-Ladrón de Guevara deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

88Ayuntamiento de Guadalajara

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en VOTACIÓN NOMINAL les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, por los razonamientos expresados en la comisión, en abstención; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra, 1 abstención y 18 a favor del dictamen marcado con el número 23.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 24. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 2 MINERVA SUBDISTRITO URBANO 8 CHAPALITA.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 8 Chapalita, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

89Ayuntamiento de Guadalajara

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva, Subdistrito Urbano 8 Chapalita, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, Distrito Urbano 2 Minerva, Subdistrito Urbano 12 “Chapalita Campo de Polo”, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 8 Chapalita, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 8 Chapalita, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 8 Chapalita deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

SÉXTO.- Tratándose de las solicitudes para la constitución de un polígono de desarrollo controlado en el territorio de aplicación del presente Plan Parcial, se instruye a la Coordinación General de Gestión Integral de la Ciudad, para que en conjunto con la Sindicatura del Ayuntamiento, elabore la propuesta del convenio correspondiente, de conformidad a lo dispuesto en los artículos 48 y 121, fracciones I y V, así como en el penúltimo párrafo del Código Urbano para el Estado de Jalisco. La Asociación de Vecinos legalmente constituida, que haya solicitado la declaratoria correspondiente, contará con un plazo de 60 días hábiles contados a partir de la publicación en la Gaceta Municipal para la firma del mismo, sin que se omita precisar que el polígono de desarrollo controlado correspondiente, surtirá efectos legales hasta en tanto se firme el citado convenio.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

90Ayuntamiento de Guadalajara

Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en VOTACIÓN NOMINAL les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 19 a favor del dictamen marcado con el número 24.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 25. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 2 MINERVA SUBDISTRITO URBANO 9 JARDINES DEL BOSQUE.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 9 Jardines del Bosque, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva, Subdistrito Urbano 9 Jardines del Bosque, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva, Subdistrito Urbano 13 “Jardines del Bosque”, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 9 Jardines del Bosque, en la Gaceta Municipal.La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

91Ayuntamiento de Guadalajara

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 9 Jardines del Bosque, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 9 Jardines del Bosque deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en VOTACIÓN NOMINAL les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, abstención; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, por lo ya manifestado, en abstención; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra, 2 abstenciones y 17 a favor del dictamen marcado con el número 25.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

92Ayuntamiento de Guadalajara

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 26. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 2 MINERVA SUBDISTRITO URBANO 10 BOSQUES DE LA VICTORIA.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 10 Bosques de la Victoria, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva, Subdistrito Urbano 10 Bosques de la Victoria, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva, Subdistrito Urbano 14 “Bosques de la Victoria y Subdistrito Urbano 15 “Santa Eduwiges”, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 10 Bosques de la Victoria, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 10 Bosques de la Victoria, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 2 Minerva Subdistrito Urbano 10 Bosques de la Victoria deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

93Ayuntamiento de Guadalajara

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en VOTACIÓN NOMINAL les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 19 a favor del dictamen marcado con el número 26.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 27. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 3 HUENTITÁN SUBDISTRITO URBANO 1 HUENTITÁN EL BAJO.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán Subdistrito Urbano 1 Huentitán El Bajo, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 1 Huentitán El Bajo y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, Distrito Urbano 03 “Huentítan”, Subdistrito 01 “Huentitán El Bajo” publicado con fecha 20 de diciembre del 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

94Ayuntamiento de Guadalajara

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 1 Huentitán El Bajo, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán Subdistrito Urbano 1 Huentitán El Bajo, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 1 Huentitán El Bajo, deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en VOTACIÓN NOMINAL les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

95Ayuntamiento de Guadalajara

Se emitieron 1 voto en contra y 19 a favor del dictamen marcado con el número 27.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 28. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 3 HUENTITÁN, SUBDISTRITO URBANO 2 ZOOLÓGICO.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 2 Zoológico, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 2 Zoológico y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 03 “Huentitán”, Subdistrito 02 “Zoológico” publicado con fecha 20 de diciembre del 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 2 Zoológico, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 2 Zoológico, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 2 Zoológico deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

96Ayuntamiento de Guadalajara

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en VOTACIÓN NOMINAL les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, abstención; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, en abstención por lo ya manifestado; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra, 2 abstenciones y 17 a favor del dictamen marcado con el número 28

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 29. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 3 HUENTITÁN, SUBDISTRITO URBANO 3 LOMAS DEL PARAÍSO.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 3 Lomas del Paraíso, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 3 Lomas del Paraíso y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de desarrollo Urbano Distrito Urbano 03 “Huentitán” subdistrito 03 “Lomas del Paraíso” publicado con fecha 20 de diciembre del 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

97Ayuntamiento de Guadalajara

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 3 Lomas del Paraíso, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3, Huentitán Subdistrito Urbano 3 Lomas del Paraíso, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3, Huentitán Subdistrito Urbano 3 Lomas del Paraíso deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

98Ayuntamiento de Guadalajara

Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 19 a favor del dictamen marcado con el número 29.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 30. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 3 HUENTITÁN, SUBDISTRITO URBANO 4 RANCHO NUEVO.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 4 Rancho Nuevo, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán Subdistrito Urbano 4 Rancho Nuevo y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano del Distrito Urbano 03 “Huentitán” Subdistrito 04 “Rancho Nuevo” publicado con fecha 20 de diciembre del 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 4 Rancho Nuevo, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 4 Rancho Nuevo, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 4 Rancho Nuevo deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

99Ayuntamiento de Guadalajara

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir. Tiene el uso de la voz, el regidor Manuel Romo.

El Regidor José Manuel Romo Parra: Gracias Presidente. Quiero referirme al predio que está ubicado en el Parque Chopin y se refiere a una permuta que tiene que ver con este plan parcial en específico, es lo relativo en el plan D3S04 de Rancho Nuevo, que dice: “el predio está clasificado como 105/RU/CS3” y debe decir “reclasificarlo como espacio abierto EA”.

El predio conocido como Parque Chopin en Avenida Alcalde y localizado en el proyecto de plan parcial que acabamos de votar en el distrito 1, Centro Metropolitano, subdistrito 2, Colinas de la Normal, se le otorgó un uso de suelo 026/RN/CS4/PD/GTD renovación urbana, comercios y servicios de alta densidad, debido a que este formará parte del Centro de Transferencia Multimodal CETRAM de la Línea Tres del Tren Ligero, lo cual implica una reconfiguración de la zona.

Se trata este predio específicamente del Parque Chopin de 7203 metros cuadrados, que formara parte del área de influencia de una de las áreas más complejas de la Línea Tres del Tren Ligero en lo que refiere a la conectividad, por lo tanto, en aras de prevenir, los cambios futuros en que se solicita sustituir un predio municipal de reserva urbana de 12264 metros cuadrados, en permuta y reclasificarlo como espacio abierto, es decir, para uso exclusivo de parque público y equipamiento indispensable.

En razón de lo anterior y debido a que se suspende en el artículo 75, fracción 12 de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del predio en mención, se sustituirá por otro de características similares pero de mayores dimensiones, siendo el predio el que está ubicado en Avenida Normalistas y Calle Lisboa del Fraccionamiento San Elías del Municipio de Guadalajara, por lo cual le informo lo siguiente.

El predio sustituto ser localiza a una distancia de 2450 metros cuadrados del sustituido, dentro de los polígonos de aplicación del Plan Parcial de Desarrollo Urbano, Subdistrito 4, Rancho Nuevo vigente y que se encuentra clasificado como RUCE03H4B, es decir, una reserva urbana de control especial de habitación plurifamiliar vertical y de densidad alta, con una superficie de 12264 metros cuadrados, por lo que las características de este predio cumplen con lo establecido con la ley federal antes citada.

Lo anterior concilia los requerimientos a nivel metropolitano, pues el CETRAM permitirá contar con los medios para realizar cambios de modalidad de

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

100Ayuntamiento de Guadalajara

transporte, permitiendo una cercanía hacia los benefactores que existen en la ciudad, pero sin tener perdida de áreas verdes.

Expuesto lo anterior, es que solicito se instruya a la Dirección de Ordenamiento del Territorio, para realizar los cambios necesarios, analizando a detalle los espacios que deban reservarse para equipamiento o si existe alguna restricción por infraestructura.

Todos ustedes debieron de haber recibido hace unos momentos el plano que señala de manera específica el predio que se pretende sustituir por el sustituido, en la parte de arriba de sus planos regidores tienen el predio alterno que es de 12264 metros cuadrados destinado para área verde por uno de 7203 metros cuadrados. Es cuanto señor Presidente.

El Señor Presidente Municipal: Le pregunto al Presidente de la comisión si está de acuerdo en la propuesta de modificación, regidor Sergio Otal.

Entonces le pregunto al Pleno si es de aprobarse la adición que propone el regidor Manuel Romo, quienes estén a favor sírvanse en manifestarlo en votación económica… Aprobado.No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado. El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 19 a favor del dictamen marcado con el número 30.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

101Ayuntamiento de Guadalajara

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 31. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 3 HUENTITÁN, SUBDISTRITO URBANO 5 LA FEDERACHA.

DECRETO

PRIMERO. Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 5 La Federacha, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO. Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán Subdistrito Urbano 5 La Federacha y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 03 “Huentitán”, Subdistrito 05 “La Federacha” publicado con fecha del 20 de diciembre del 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 5 La Federacha, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 5 La Federacha, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 5 La Federacha deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO. Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

102Ayuntamiento de Guadalajara

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 19 a favor del dictamen marcado con el número 31.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen. El Señor Secretario General: 32. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 3 HUENTITÁN, SUBDISTRITO URBANO 6 TRÁNSITO.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 6 Tránsito, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 6 Tránsito y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 03 “Huentitán” Subdistrito 06 “Tránsito” publicado con fecha del 20 de diciembre del 2011 y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

103Ayuntamiento de Guadalajara

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 6 Tránsito, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 6 Tránsito, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 6 Tránsito deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

104Ayuntamiento de Guadalajara

Se emitieron 1 voto en contra y 19 a favor del dictamen marcado con el número 32.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 33. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 3 HUENTITÁN, SUBDISTRITO URBANO 7 INDEPENDENCIA.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 7 Independencia, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 7 Independencia y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 03 “Huentitán”, subdistrito urbano 07 “Independencia” publicado con fecha del 20 de diciembre del 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 7 Independencia, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 7 Independencia, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 3 Huentitán, Subdistrito Urbano 7 Independencia deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

105Ayuntamiento de Guadalajara

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 19 a favor del dictamen marcado con el número 33.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 34. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 4 OBLATOS, SUBDISTRITO URBANO 1 LA BARRANCA.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 1 La Barranca, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 1 La Barranca, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano “Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 1 La Barranca” publicado con fecha 20 de diciembre de 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

106Ayuntamiento de Guadalajara

excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 1 La Barranca, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 1 La Barranca, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 1 La Barranca deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

107Ayuntamiento de Guadalajara

regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 19 a favor del dictamen marcado con el número 34.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 35. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 4 OBLATOS, SUBDISTRITO URBANO 2 PANTEÓN NUEVO.

DECRETO

PRIMERO-. Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 2 Panteón Nuevo, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 2 Panteón Nuevo y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano “Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 2 Panteón Nuevo”, publicado con fecha 20 de diciembre de 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 2 Panteón Nuevo, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 2 Panteón Nuevo, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 2 Panteón Nuevo deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

108Ayuntamiento de Guadalajara

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 19 a favor del dictamen marcado con el número 35.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 36. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 4 OBLATOS, SUBDISTRITO URBANO 3 ARTESANOS.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 3 Artesanos, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 3 Artesanos, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

109Ayuntamiento de Guadalajara

de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 3 Artesanos” publicado con fecha 20 de diciembre de 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 3 Artesanos, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 3 Artesanos, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 3 Artesanos deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en VOTACIÓN NOMINAL les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

110Ayuntamiento de Guadalajara

Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 19 a favor del dictamen marcado con el número 36.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 37. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 4 OBLATOS, SUBDISTRITO URBANO 4 BALCONES.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 4 Balcones, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 4 Balcones, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano “Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 4 Balcones”, publicado con fecha 20 de diciembre de 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 4 Balcones, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 4 Balcones, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 4 Balcones deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

111Ayuntamiento de Guadalajara

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 19 a favor del dictamen marcado con el número 37.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen. El Señor Secretario General: 38. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 4 OBLATOS, SUBDISTRITO URBANO 5 ORIENTE.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 5 Oriente, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

112Ayuntamiento de Guadalajara

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 5 Oriente, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de “Desarrollo Urbano Distrito 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 5 Oriente” publicado con fecha 20 de diciembre de 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 5 Oriente, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 5 Oriente, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 4 Oblatos, Subdistrito Urbano 5 Oriente deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano, a favor; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

113Ayuntamiento de Guadalajara

Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 19 a favor del dictamen marcado con el número 38.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 39. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 5 OLÍMPICA SUBDISTRITO URBANO 1 SANTA MARÍA.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 1 Santa María, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito 5 Olímpica Subdistrito Urbano 1 Santa María y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano “Distrito 5 Olímpica Subdistrito Urbano 1 Santa María” publicado con fecha 20 de diciembre de 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 1 Santa María, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 1 Santa María, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 1 Santa María deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco. La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

114Ayuntamiento de Guadalajara

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 18 a favor del dictamen marcado con el número 39.El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 40. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 5 OLÍMPICA SUBDISTRITO URBANO 2 SAN MARTÍN.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 2 San Martín, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

115Ayuntamiento de Guadalajara

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito 5 Olímpica Subdistrito Urbano 2 San Martín y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el “Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito 5 Olímpica Subdistrito Urbano 2 San Martín” publicado con fecha 20 de diciembre de 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 2 San Martín, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 2 San Martín, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 2 San Martín deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en VOTACIÓN NOMINAL les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

116Ayuntamiento de Guadalajara

Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 18 a favor del dictamen marcado con el número 40.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 41. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 5 OLÍMPICA SUBDISTRITO URBANO 3 SAN JUAN BOSCO.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 3 San Juan Bosco, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito 5 Olímpica Subdistrito Urbano 3 San Juan Bosco y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el “Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito 5 Olímpica Subdistrito Urbano 3 San Juan Bosco” publicado con fecha 20 de diciembre de 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 3 San Juan Bosco, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 3 San Juan Bosco, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 3 San Juan Bosco deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

117Ayuntamiento de Guadalajara

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 18 a favor del dictamen marcado con el número 41.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 42. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 5 OLÍMPICA SUBDISTRITO URBANO 4 SAN ANDRÉS.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 4 San Andrés, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

118Ayuntamiento de Guadalajara

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito 5 Olímpica Subdistrito Urbano 4 San Andrés y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el “Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito 5 Olímpica Subdistrito Urbano 4 San Andrés” publicado con fecha 20 de diciembre de 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 4 San Andrés, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 4 San Andrés, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 4 San Andrés deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

119Ayuntamiento de Guadalajara

Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 18 a favor del dictamen marcado con el número 42.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 43. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 5 OLÍMPICA SUBDISTRITO URBANO 5 TECNOLÓGICO.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 5 Tecnológico, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito 5 Olímpica Subdistrito Urbano 5 Tecnológico y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el “Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito 5 Olímpica Subdistrito Urbano 5 Tecnológico” con fecha 20 de diciembre de 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 5 Tecnológico, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 5 Tecnológico, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 5 Tecnológico deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

120Ayuntamiento de Guadalajara

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en VOTACIÓN NOMINAL les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 18 a favor del dictamen marcado con el número 43.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 44. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 5 OLÍMPICA SUBDISTRITO URBANO 6 MEDRANO.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 6 Medrano, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

121Ayuntamiento de Guadalajara

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito 5 Olímpica Subdistrito Urbano 6 Medrano y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el “Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito 5 Olímpica Subdistrito Urbano 6 Medrano” publicado con fecha 20 de diciembre de 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 6 Medrano, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 6 Medrano, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 6 Medrano deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

122Ayuntamiento de Guadalajara

Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 18 a favor del dictamen marcado con el número 44.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 45. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 5 OLÍMPICA SUBDISTRITO URBANO 7 GONZÁLEZ GALLO.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 7 González Gallo, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito 5 Olímpica Subdistrito Urbano 7 González Gallo y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el “Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito 5 Olímpica Subdistrito Urbano 7 González Gallo” publicado con fecha 20 de diciembre de 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 7 González Gallo, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 7 González Gallo, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 7 González Gallo deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

123Ayuntamiento de Guadalajara

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 18 a favor del dictamen marcado con el número 45.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 46. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 5 OLÍMPICA SUBDISTRITO URBANO 8 LOMAS DEL PARADERO.

DECRETO

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

124Ayuntamiento de Guadalajara

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 8 Lomas del Paradero cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO. Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito 5 Olímpica Subdistrito Urbano 8 Lomas del Paradero y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el “Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito 5 Olímpica Subdistrito Urbano 8 Lomas del Paradero” publicado con fecha 20 de diciembre de 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 8 Lomas del Paradero, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 8 Lomas del Paradero, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 8 Lomas del Paradero deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en VOTACIÓN NOMINAL les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

125Ayuntamiento de Guadalajara

María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 18 a favor del dictamen marcado con el número 46.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 47. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 5 OLÍMPICA SUBDISTRITO URBANO 9 ATLAS.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 9 Atlas, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito 5 Olímpica Subdistrito Urbano 9 Atlas y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el “Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito 5 Olímpica Subdistrito Urbano 9 Atlas” publicado con fecha 20 de diciembre de 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 9 Atlas, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 9 Atlas, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 5 Olímpica Subdistrito Urbano 9 Atlas deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

126Ayuntamiento de Guadalajara

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 18 a favor del dictamen marcado con el número 47.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 48. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 6 TETLÁN, SUBDISTRITO URBANO 1 HERMOSA PROVINCIA.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 1 Hermosa Provincia, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

127Ayuntamiento de Guadalajara

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 1 Hermosa Provincia, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 01 “Hermosa Provincia” publicado el 20 de diciembre del 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 1 Hermosa Provincia, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 1 Hermosa Provincia, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 1 Hermosa Provincia deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

128Ayuntamiento de Guadalajara

Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 18 a favor del dictamen marcado con el número 48.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 49. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 6 TETLÁN, SUBDISTRITO URBANO 2 PRESA DE OSORIO.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 2 Presa de Osorio, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 2 Presa de Osorio, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 02 “Presa de Osorio” publicado el 20 de diciembre del 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 2 Presa de Osorio, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 2 Presa de Osorio, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 2 Presa de Osorio deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

129Ayuntamiento de Guadalajara

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 18 a favor del dictamen marcado con el número 49.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 50. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 6 TETLÁN, SUBDISTRITO URBANO 3 SAN RAFAEL.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 3 San Rafael, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

130Ayuntamiento de Guadalajara

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 3 San Rafael, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 03 “San Rafael” publicado el 20 de diciembre del 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 3 San Rafael, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 3 San Rafael, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 3 San Rafael deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

131Ayuntamiento de Guadalajara

Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 18 a favor del dictamen marcado con el número 50.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 51. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 6 TETLÁN, SUBDISTRITO URBANO 4 POBLADO DE TETLÁN.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 4 Poblado de Tetlán, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 4 Poblado de Tetlán, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 04 “Poblado de Tetlán” publicado el 20 de diciembre del 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 4 Poblado de Tetlán, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 4 Poblado de Tetlán, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 6 Tetlán, Subdistrito Urbano 4 Poblado de Tetlán deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

132Ayuntamiento de Guadalajara

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 18 a favor del dictamen marcado con el número 51.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 52. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 7 CRUZ DEL SUR, SUBDISTRITO URBANO 1 FRESNO.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 1 Fresno, cuyo contenido integral obra adjunto el presente.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

133Ayuntamiento de Guadalajara

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 1 Fresno, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como los diversos publicados con fecha 20 de diciembre del 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 1 Fresno, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 1 Fresno, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 1 Fresno, deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

134Ayuntamiento de Guadalajara

Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 18 a favor del dictamen marcado con el número 52.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 53. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 7 CRUZ DEL SUR, SUBDISTRITO URBANO 2 FERROCARRIL.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 2 Ferrocarril, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 2 Ferrocarril, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como los diversos publicados con fecha 20 de diciembre del 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 2 Ferrocarril, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 2 Ferrocarril, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 2 Ferrocarril, deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

135Ayuntamiento de Guadalajara

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 18 a favor del dictamen marcado con el número 53.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 54. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 7 CRUZ DEL SUR, SUBDISTRITO URBANO 3 ABASTOS.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 3 Abastos, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 3 Abastos, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

136Ayuntamiento de Guadalajara

febrero de 2015, así como los diversos publicados con fecha 20 de diciembre del 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario, publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 3 Abastos, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 3 Abastos, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 3 Abastos, deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

137Ayuntamiento de Guadalajara

Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 18 a favor del dictamen marcado con el número 54.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 55. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 7 CRUZ DEL SUR, SUBDISTRITO URBANO 4 ZONA INDUSTRIAL-EL DEAN.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 4 Zona Industrial-El Dean, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 4 Zona Industrial-El Dean y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial del Distrito 7 “Cruz del Sur” subdistrito 04 “Zona Industrial” publicado con fecha 20 de diciembre del 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 4 Zona Industrial-El Dean en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 4 Zona Industrial-El Dean, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 4 Zona Industrial-El Dean, deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

138Ayuntamiento de Guadalajara

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, en contra; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 2 votos en contra y 17 a favor del dictamen marcado con el número 55.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 56. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 7 CRUZ DEL SUR, SUBDISTRITO URBANO 5 ALAMO-LA NOGALERA.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 5 Alamo-La Nogalera, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

139Ayuntamiento de Guadalajara

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 5 Alamo-La Nogalera y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como el Plan Parcial del Distrito 07 “Cruz del Sur” subdistrito “Alamo-La Nogalera” publicado con fecha 20 de diciembre del 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 5 Alamo-La Nogalera, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 5 Alamo-La Nogalera, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 5 Alamo-La Nogalera deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco. CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

140Ayuntamiento de Guadalajara

María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 18 a favor del dictamen marcado con el número 56.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 57. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 7 CRUZ DEL SUR, SUBDISTRITO URBANO 6 SAUZ-CRUZ DEL SUR.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 6 Sauz-Cruz del Sur, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 6 Sauz-Cruz del Sur, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como los diversos publicados con fecha 20 de diciembre del 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 6 Sauz-Cruz del Sur, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 6 Sauz-Cruz del Sur, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 6 Sauz-Cruz del Sur deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

141Ayuntamiento de Guadalajara

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 18 a favor del dictamen marcado con el número 57.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 58. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 7 CRUZ DEL SUR, SUBDISTRITO URBANO 7 LOMAS DE POLANCO.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 7 Lomas de Polanco, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

142Ayuntamiento de Guadalajara

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 7 Lomas de Polanco, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como los diversos publicados con fecha 20 de diciembre del 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 7 Lomas de Polanco, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 7 Lomas de Polanco, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 7 Lomas de Polanco deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

143Ayuntamiento de Guadalajara

María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 18 a favor del dictamen marcado con el número 58.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 59. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 7 CRUZ DEL SUR, SUBDISTRITO URBANO 8 ECHEVERRIA-5 DE MAYO.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 8 Echeverria-5 de Mayo, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 8 Echeverria-5 de Mayo, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como los diversos publicados con fecha 20 de diciembre del 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 8 Echeverria-5 de Mayo, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 8 Echeverria-5 de Mayo, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 8 Echeverria-5 de Mayo deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

144Ayuntamiento de Guadalajara

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 18 a favor del dictamen marcado con el número 59.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 60. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 7 CRUZ DEL SUR, SUBDISTRITO URBANO 9 NUEVA ESPAÑA-EMILIANO ZAPATA.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 9 Nueva España-Emiliano Zapata, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

145Ayuntamiento de Guadalajara

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 9 Nueva España-Emiliano Zapata, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como los diversos publicados con fecha 20 de diciembre del 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 9 Nueva España-Emiliano Zapata, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 9 Nueva España-Emiliano Zapata, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 9 Nueva España-Emiliano Zapata deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra y, toda vez que se trata de un decreto municipal, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara en votación nominal les consulto si lo aprueban, solicitando al Secretario General realice el recuento de la votación manifestando en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

146Ayuntamiento de Guadalajara

María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, en contra; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 2 votos en contra y 17 a favor del dictamen marcado con el número 60.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

El Señor Secretario General: 61. DICTAMEN QUE CONTIENE EL PLAN PARCIAL DE DESARROLLO URBANO DISTRITO URBANO 7 CRUZ DEL SUR, SUBDISTRITO URBANO 10 MIRAVALLE.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 10 Miravalle, cuyo contenido integral obra adjunto al presente.

SEGUNDO.- Al publicarse y entrar en vigor el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 10 Miravalle, y las Determinaciones de usos, destinos y reservas que se aprueban para integrar su zonificación, quedan abrogados los instrumentos de planeación de desarrollo urbano publicados en la Gaceta Municipal el 16 de febrero de 2015, así como los diversos publicados con fecha 20 de diciembre del 2011, y cualquier otro que pudiera encontrarse vigente en la misma área de aplicación del presente plan parcial. Quedan excluidos de lo anterior, el Programa Municipal de Desarrollo Urbano Visión Quinto Centenario y el Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población Visión Quinto Centenario publicados en la Gaceta Municipal el 18 de abril de 2017.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 10 Miravalle, en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Las disposiciones del Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 10 Miravalle, entrarán en vigor a partir de su publicación en la gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- El Plan Parcial de Desarrollo Urbano Distrito Urbano 7 Cruz del Sur, Subdistrito Urbano 10 Miravalle deberá ser inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara, de conformidad a lo establecido en el artículo 84 del Código Urbano para el Estado de Jalisco.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

147Ayuntamiento de Guadalajara

CUARTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Procuraduría de Desarrollo Urbano del Estado de Jalisco y al Congreso del Estado de Jalisco de conformidad al Código Urbano para el Estado de Jalisco.

QUINTO.- Remítase el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, aprobado en el presente Decreto a la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial del Gobierno del Estado de Jalisco en términos de la normatividad aplicable.

El Señor Presidente Municipal: Está a su consideración, señores regidores, el dictamen de referencia, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir. Tiene el uso de la voz, la regidor Ángeles Arredondo.

La Regidor María de los Ángeles Arredondo Torres: Como ustedes se habrán dado cuenta, mi voto fue en contra en los diferentes puntos que se sometieron a votación, y quisiera hacer un posicionamiento de forma general del por qué mi voto en contra.

Dentro de la revisión que se realizó a los planes parciales, se observa que de manera general se está autorizando una redensificación generalizada, es decir, analizando los planos, tablas y cuadros, se están autorizando densidades de vivienda y población mucho más altas de las actuales en todo el municipio, lo cual me parece totalmente irracional, debido a que no se ha mejorado previo a estos planes parciales la infraestructura y mucho menos el equipamiento urbano, lo que generará un decremento en la calidad de vida de los tapatíos por la saturación de los servicios públicos, escases de servicios de salud, áreas verdes y esto obviamente puede colapsar la infraestructura.

Aunado a esto, se está autorizando la construcción de edificios verticales de forma general, así como también se están autorizando más niveles a las edificaciones verticales ya existentes, esto va a generar afectaciones directas a los vecinos, no solamente estamos hablando de un tema por ejemplo de asolamiento a las propiedades laterales o de falta de ventilación, sino las consecuencias que esto implica. Además, los problemas que le pueden traer a los cimientos y las pérdidas que le traería esto a su patrimonio.

En este contexto, es irracional el cómo se autorizaron los cambio y mezclas de uso de suelo, aumentando los usos de suelo a mayor impacto; se puede observar que se están autorizando el destino de los predios públicos con el uso de suelo de comercio y servicio, lo cual se interpreta a que se puede seguir vendiendo el patrimonio municipal o concesionarlo, lo cual contraviene la Ley General de Asentamientos Urbanos.

En el artículo quinto de la norma número 8 de los planes parciales, que propone en el H5, que es una densidad máxima plurifamiliar horizontal o vertical, este podría aplicarse en avenidas donde actualmente está el H4 que La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

148Ayuntamiento de Guadalajara

cuenta con transporte máximo; esto quiere decir que los H4 se podrán convertir en H5 que es máxima densidad poblacional.

El Señor Presidente Municipal: Un segundo, una moción por favor. No hay ningún problema, pueden quedarse, no tienen por qué salir, pueden tomar asiento mientras se respete el orden de la sesión no hay ningún problema.

La Regidor María de los Ángeles Arredondo Torres: Eso hubiéramos esperado que le permitieran a todos los ciudadanos el acceso y no solamente a los que lograron ingresar, la verdad es que todos venían en plan pacífico y tranquilo Presidente, yo le invitaría que en las próximas ocasiones no controle el ingreso con tantos policías, y la gente que dijo que venía tranquila la deje ingresar; creo que inclusive a la otra persona le quitaron ahorita el cartelón que traía para que se lo puedan regresas sus asistentes, que por cierto les advirtieron que estaban vigilados, en fin continuemos.

De igual forma, se están permitiendo que todas las áreas de servicio tengan una mayor mezcla de giros, lo cual va a generar una baja calidad de vida provocando el desarraigo de los habitantes originales. Cabe mencionar que muchos predios de propiedad pública que se encuentran aún que están clasificados como áreas verdes, ya no aparecen graficados ni consignados como área verde o espacio verde.

En la nueva propuesta de los planes parciales se propone cambiarlos a la clasificación de comercios y servicios, como en el caso de Huentitán en el Parque San Rafael y la Unidad Deportiva Revolución que están clasificados como espacio verde, ahora están en esta nueva propuesta como equipamiento para cultura y recreación o equipamiento deportivo, lo que les hace susceptibles de urbanización para todo tipo de instalaciones.

En suma señor Presidente, la propuesta que hoy nos presenta de planes parciales, representa la mercantilización de la ciudad, el negocio inmobiliario que usted viene impulsando desde Tlajomulco, la puesta en venta del patrimonio municipal y por cierto, incluso en algunas ocasiones fue por debajo del valor catastral, que fue una denuncia que su servidora hizo en tiempo y forma.

Es un ataque directo a la calidad de vida de todos los tapatíos y representa el impulso al interés monetario, es poner los negocios por encima del bienestar ciudadano y no pensar en las consecuencia negativas futuras que tendrá para la ciudad, obviamente significa ignorar a los ciudadanos.

Es por demás hacer un llamado a la reflexión, me parece que la decisión como ustedes vieron es abrumadora, lo que no han tomado en cuenta

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

149Ayuntamiento de Guadalajara

Presidente, es que los negocios de hoy van a ser los problemas de mañana para la Ciudad de Guadalajara, la ciudad no soporta ya decisiones basadas en la ganancia y el interés privado, es imperativo escuchar y corregir, pero obviamente esto es una decisión ya tomada.

Así que simplemente quiero reiterar que mi postura de los votos que hice en contra, es porque si bien entiendo y comprendo que Guadalajara necesita repoblarse no es esta la manera en la que debe de llevarse a cabo esta política pública, no sin un previo trabajo real con la ciudadanía, porque al final de todas las observaciones que se plantearon, apenas el 50% fue tomado en cuenta, el resto fue desechado, repito, no solamente es lo que tomaron en cuenta, es también todo lo que dejaron de contemplar, la afectación que esto va a traer para la ciudad.Obviamente, lo que nos preocupa es que en Guadalajara se vuelva hacer un gran negocio inmobiliario como en Tlajomulco, porque al final el Presidente ya se va, él ya se va, ya le urge irse pero deja los problemas en Guadalajara y al final deja una ciudad donde quedan muchas cosas pendientes, donde hay inundaciones, conflictos, donde lo que prometió no se cumplió, donde la ciudad no está preparada para una densidad poblacional de esta naturaleza y donde nos sorprende que en El Deán o en el Parque San Rafael, previo a la aprobación de estos planes ya estaban muy adelantados los trabajos de las constructoras, que casualidad verdad.

Es cuanto, porque aquí las palabras se las lleva el viento y sé que obviamente no serán tomadas en cuenta por el Presidente Municipal.

El Señor Presidente Municipal: Sin duda con mucho interés de escuchar, porque pidió el uso de la voz el Coordinador de los regidores del P.R.I. que seguramente tendrá algo que decir respecto a lo comentado por su regidora que nos acusa de hacer negocios por haber aprobado los planes parciales, porque aquí los votaron el P.R.I., el P.A.N. el Partido Verde participó en el proceso etc., no voy a contestar los argumentos ya que no hay argumentos, simplemente tiene el uso de la voz, el regidor Sergio Javier Otal.

El Regidor Sergio Javier Otal Lobo: Gracias Presidente. Comentar con mis compañeros regidores y las personas que nos acompañan, la Fracción del P.R.I. es respetuosa, en mi caso como coordinador soy respetuoso de la opinión de mis compañeros, la libertad del sentido de su voto nunca ha sido limitada, nunca ha sido coartada, hemos tratado como fracción de entablar un diálogo y tener un convencimiento de sumarnos a lo que consideramos es benéfico para la ciudad, en este caso en particular hay serias diferencias entre lo que opina mi compañera Ángeles, sin embargo yo respeto su opinión como regidora y como abogada.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

150Ayuntamiento de Guadalajara

Sin embargo, en este caso en particular como Presidente de la Comisión de Planeación para el Desarrollo Urbano Sustentable, me siento satisfecho y contento con el trabajo que se vino haciendo tanto en mi comisión como en el trabajo técnico encabezado por la coordinadora Paty Martínez a quien felicito y a todo el equipo que trabajó, también felicito a mis compañeros regidores de la Comisión de Planeación para el Desarrollo Urbano Sustentable que votaron en comisión y a los que hemos votado aquí en favor de estos planes.

Estoy seguro que estos nuevos planes son para generar oportunidades de vivienda social y hacer de Guadalajara una ciudad más compacta, equitativa, cercana, permitiendo con esto una mejor calidad de vida, evitando pérdidas de tiempo en los traslados, se incluyeron administrativamente más corredores comerciales que permitirán que se puedan emprender giros de impacto bajo y mínimo, beneficiando a aquellos pequeños emprendedores que con ello beneficiaran a la economía local y generarán empleo.

El crecimiento fue analizado para que el incremento del coeficiente de construcción fuera enfocado a los corredores de transporte público masivo, se agregaron desdoblamientos vecinales para que se pudiese construir arriba de las casas o subdividir y no alejar a las familias, principalmente se cuidó que se respeten las áreas verdes como el Bosque los Colomos y demás parques públicos, en algunos que estén señalados de carácter privado se les agregaron candados para que sean naturales no urbanizables, se cuidó minuciosamente la zona de patrimonio histórico en sus dos cuadrantes para preservar la esencia de nuestra Guadalajara.

Es por ello que celebro y como coordinador de esta fracción estoy satisfecho con el trabajo realizado, como Presidente de la Comisión de Planeación para el Desarrollo Urbano Sustentable de lo que aprobamos el día de hoy y felicito a este Ayuntamiento por esta aprobación. Es cuanto.

El Señor Presidente Municipal: Gracias coordinador y aprovecho para hacer un reconocimiento al trabajo que ha hecho al frente de la comisión y ese reconocimiento es extensivo para el anterior coordinador del Grupo Edilicia del P.R.I. el licenciado Ricardo Villanueva quien inició este proceso, y me parece que en la conducción tanto en la parte que le tocó a él como la que hizo usted, ha sido un trabajo que Guadalajara habrá de reconocer. Tiene el uso de la voz, la Síndico Bárbara Casillas.

La Síndico Municipal: Gracias. No voy a contestar cada una de las mentiras que ha dicho aquí la regidora, ya que se contestaran por escrito a quienes la remitieron y quienes han tenido secuestrada esta ciudad desde hace muchos años, pero sí voy a mencionar algunas.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

151Ayuntamiento de Guadalajara

Cuando dice que existe una redensificación oculta, hay que decir que esto es totalmente falso, ya que en la redensificación se autorizan diversos instrumentos jurídicos en los planes parciales y estos contienen tanto el plano de la zonificación secundaria, así como el anexo D de la estrategia, normas de control de la urbanización y la edificación, en donde se contiene el potencial edificable para cada área urbana dividido por el COS, ICOS, CUS e ICUS.

En cuanto a la infraestructura de la ciudad, la legislación aplicable vigente en la materia, plantea una actualización y mejora progresiva de la infraestructura básica de las áreas urbanas del territorio municipal, pues las acciones urbanísticas que se proyectan ejecutar en el territorio municipal deben de proveer la infraestructura necesaria para su funcionamiento, ya que previo a la autorización de cualquier acción urbanística, es necesaria la presentación de factibilidades de los servicios de la infraestructuras básica correspondiente, algunas de estas por ejemplo las otorga el SIAPA.

En caso de infraestructura existente resulten ineficientes, se tendrá que realizar las obras necesarias para garantizar la suficiencia del servicio; en cuanto a que hay una extralimitada autorización de construcción, es importante que todos aquí sepan que solamente se está aumentando el 3.2% respecto de los planes parciales vigentes que son de 2003, 2008 y 2011, predominantemente en las áreas cercanas a la línea de transporte público masivo, con base en el Modelo de Desarrollo Orientado al Transporte DOT.

Respecto del uso habitacional H5, es improcedente lo que menciona toda vez que el hecho de que el uso de suelo habitacional H5 sea compatible en ciertas áreas de la ciudad, en nada incide con la densidad de las áreas urbanas, puesto que la clasificación del uso de suelo habitacional H1, H2, H3, H4 y H5 se fijó con base en la tipología predominante de los predios de la zona, y la finalidad de dicha clasificación es definir la compatibilidad con usos, sin embargo el potencial edificable está determinado en el COS, ICOS, CUS e ICUS.

Respecto de que no se manifiestan restricciones laterales y posteriores a las edificaciones, tampoco resulta verdad pues en los planes parciales contienen las normas básicas para la urbanización y la edificación relativas a las restricciones frontales, laterales y posteriores, las cuales se encuentran reflejadas en la norma urbanística 7 sobre las condiciones de las restricciones a las edificaciones.

Respecto a lo que manifiesta del destino de los predios públicos, por error de la exportación, en la primera consulta salieron clasificados algunos predio propiedad pública como uso comercio y servicios, sin embargo se analizó

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

152Ayuntamiento de Guadalajara

acuciosamente cada plano de zonificación para corregir los errores que quedaron solventados, aquí aprovecho para decir que se recibieron más de trece mil observaciones de las cuales casi el 75% resultaron procedentes, porque este trabajo no se puede hacer sin la participación activa de los ciudadanos que también señalaron este tipo de cosas y que se tomaron en cuenta.

Respecto al incremente en el Coeficiente de Utilización de Suelo ICUS, permite generar suficiencia económica que permitirá el desarrollo de grandes proyectos de infraestructura y mejoramiento del entorno urbano descrito su funcionamiento en la norma urbanística 4, con la cual se busca aminorar los impactos negativos que las edificaciones puedan ocasionar sobre los predios vecinos y las zonas aledañas a la construcción.

Por último, manifestar que en el caso de San Rafael, el predio que es privado se encontraba ya con un uso de suelo en los planes vigentes y que en este plan parcial, justamente lo que se está haciendo es bajar el impacto que se está generando en la zona, en virtud de las manifestaciones que hicieron los vecinos.

Podría continuar pero como digo, todas estas manifestaciones que ha hecho la regidora, que me doy cuenta que no puede ella generar argumentos por si misma puesto que estos son los escritos que se presentaron en cada una de las oficinas de los regidores, pues se les contestará por escrito a quienes las presentaron. Es cuanto.

El Señor Presidente Municipal: Tiene el uso de la voz, la regidora Guadalupe Morfín.

La Regidora María Guadalupe Morfín Otero: Querer a una ciudad es también servir a la verdad, heredamos una ciudad que requería esfuerzos mayúsculos para remontar negligencias municipales y complicidades administrativas de parte del TAE, para diseñar mecanismos de revertir el daño que estas actuaciones habían causado a muchos vecinos.

Querer a una ciudad es un trabajo colaborativo, yo reconozco el trabajo del área de construcción y gestión integral de la ciudad, dirigido por una mujer dirigido por una mujer honesta y por un equipo dispuesto a escuchar, a trabajar incansablemente, a desvelarse, a atender críticas, a rectificar cuando encontraron errores y a mantener su disposición al diálogo y la serenidad ante acusaciones sin sustento.

Construir una ciudad es un trabajo colaborativo humilde, en aras del interés común, es un esfuerzo profesional y colectivo, valoro muchísimo como vocal

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

153Ayuntamiento de Guadalajara

de la Comisión de Planeación del Desarrollo Urbano, el liderazgo abierto de parte de Sergio Javier Otal Lobo y de todas las fracciones ahí representadas, que estuvimos incansablemente también en todos los talleres a los que fuimos convocados en todas las secciones de revisión, fuimos latosos hasta el cansancio, hasta caer gordos, por lo menos yo en lo personal, y valoro por eso mucho más que encontré siempre diálogo dispuesto a acoger mis palabras.

Los planes que hemos aprobado hoy, nos deben de hacer sentir muy orgullosos, hay un gran trabajo de parte de la Sindicatura en colaboración con Gestión Integral de la Ciudad, después de muchos años que no tuvimos estos planes, me tocó por cierto trabajar en la vieja SAOP, en aquella etapa que hace treinta años hizo los últimos planes territoriales que teníamos de planeación sobre la ciudad.

No son planes perfectos, son planes hechos con un gran compromiso profesional, son perfectibles y estoy segura de que van a mantener su disposición al diálogo en los niveles de aterrizaje, que sigan cada vez más precisos porque se de lo que es capaz este equipo para reconocer la verdad en quienes los critican.

Cuidar una ciudad, es ver por sus áreas más olvidadas, voltear a las áreas verdes, hacerlos con un soporte técnico y por todo esto, a mí me da mucho gusto ser parte de este gran esfuerzo y ser vocal de esta Comisión de Planeación de Desarrollo Urbano. Muchas gracias.

El Señor Presidente Municipal: Antes de hacer uso de la voz, quiero pedirles que en virtud de que considero que están ya fijadas las posturas de todos, falta votar el dictamen marcado con el número 61, le pido al Secretario General proceda a realizar la votación nominal.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, como lo dije, en contra y manifestaré en mí rueda de prensa los argumentos a detalle porque aquí es perder el tiempo; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor ; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

154Ayuntamiento de Guadalajara

Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en contra y 18 a favor del dictamen marcado con el número 61.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

Aprovechar esta oportunidad una vez que han sido votados y aprobados los planes parciales de esta ciudad, para hacer un par de reflexiones que me parecen importantes.

La primera es que hace dos años cuando llegamos al gobierno, la ciudad enfrentaba un vacío legal dramático, tener los planes parciales que se habían analizado en el año 2015 impugnados y suspendidos generó un desafío, no solamente legal sino político, administrativo y social que tuvimos que enfrentar con altura de miras.

El proceso para llegar hasta aquí ha sido muy largo y complejo, esta es una ciudad con una gran dinámica, una ciudad que tiene sin duda en el sector inmobiliario uno de sus pilares fundamentales en términos económicos, una ciudad que sigue creciendo, una ciudad que tiene no solamente una dinámica demográfica intensa sino también una creciente demanda de vivienda para gente que tiene menos ingresos.

El modelo de gobierno que se desarrolló en este país durante por lo menos las dos últimas décadas, condenó a millones de mexicanos a vivir perdiendo lo más valioso que podemos tener, que es la calidad de vida; este modelo de vivienda que hizo que la gente dejara de vivir en el municipio central, que se fuera de la ciudad para vivir en otros municipios alejados de su fuente de trabajo, alejados de los lugares donde vivian sus familiares es un modelo que lastimó profundamente a Guadalajara, es un modelo que generó hacinamiento, que generó marginación, que generó que esta ciudad se volviera distante, dispersa, desconectada y durante tres décadas vivimos un proceso de crecimiento sin rumbo y sin orden.

Hace dos años empezamos el trabajo para cambiar esta realidad, lo hicimos con un gran acuerdo con los municipios metropolitanos, algunos del P.R.I., otros de Movimiento Ciudadano; logramos entre todos los municipios y el Gobernador del Estado, construir un acuerdo para poder tener el primer Programa de Ordenamiento del Territorio a escala de ciudad, treinta y cinco años tuvieron que pasar para que Guadalajara volviera a tener un programa de esta magnitud.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

155Ayuntamiento de Guadalajara

En este Plan de Ordenamiento del Territorio, se pudieron plasmar con toda claridad los principios y las bases a partir de la cuales Guadalajara debería de crecer en el horizonte de mediano y largo plazo, ahí se definió un modelo que salió por consenso, para quienes no lo entienden todavía o ni siquiera lo conocen, un modelo que se construyó a partir de una lógica en la cual lo que se buscaba era consolidar la idea de que esta ciudad se redensificar, de que la gente regresara a vivir en Guadalajara, que pudiéramos aprovechar la infraestructura que teníamos en el municipio central del área metropolitana y que particularmente pudiéramos consolidar los corredores de transporte público masivo, como lo ejes a partir de los cuales se podía seguir creciendo y se podía generar la oferta de vivienda que los ciudadanos demandaban.

Esta gran apuesta que logró aprobarse hace algunos meses, implicaba el reto de que los municipios pudieran cumplir con su obligación de desarrollar el siguiente nivel en la escala de planeación que eran los planes parciales, en general lo importante es entender que cambiamos el modelo de planeación de una forma radical, ahora no se planea de manera fragmentada, hoy la planeación en Guadalajara tiene que ver con un modelo de ciudad que fue aprobado de manera unánime por todos los municipio metropolitanos y a partir de ese gran modelo estamos haciendo estos planes parciales.

El que no entiende eso, no entiende nada, porque a partir de esa lógica es como hemos podido construir la ruta de trabajo que en Guadalajara trazamos; ese vacío jurídico que nos enfrentamos cuando llegamos al gobierno, era generado porque no es un asunto fortuito, por dos factores centrales, y lo voy a decir con todas sus letras; por la ambición desmedida de algunos funcionarios y de algunos autodenominados representantes de los ciudadanos.

Este modelo y este vacío jurídico es el que nos ha llevado a presentar un gran número de denuncias penales contra funcionarios que estuvieron involucrados en este modelo de corrupción que tanto lastimó a Guadalajara, funcionarios del Ayuntamiento de las anteriores administraciones y magistrados del Tribunal Administrativo, que son igual de corruptos que los funcionarios que con sus acciones o sus omisiones, porque en muchos casos era eso, omisiones, no firmar un documento, dejar que pasaran los plazos legales y darle al tribunal argumentos para seguir emitiendo resoluciones que favorecían solamente a los intereses voraces que secuestraron el futuro de Guadalajara.

Detrás de esa red de corrupción estaban esos que estaban con pancartas aquí, dos extorsionadores arriba y un grupo de extorsionadores afuera con una vocera oficial por supuesto, pero que lo que queremos dejar en claro y

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

156Ayuntamiento de Guadalajara

quiero mandar el mensaje, es que las extorsiones y los chantajes de ese grupo de vividores que se autodenomina “Parlamento de Colonias”, sin tener ninguna representación, no tienen cabida en Guadalajara.

Es muy curioso como algunos medios, los de siempre, los que tanto coraje le tienen a la idea de que a Guadalajara le vaya bien, le dan voz a esos extorsionadores como si fueran representantes de los vecinos, los representantes de los vecinos de esas colonias lastimadas por el modelo de planeación fracasado que había en Guadalajara, hablaron y se expresaron hace unos días, firmaron un desplegado los presidentes de colonos de esas colonias afectadas, como el Country, Providencia, Monraz, San Javier, todas las colonias que fueron afectadas por estas acciones y ¿Cuántos medios le dieron relevancia?, es más importante para algunos el poder seguir auspiciando a esta red de extorsionadores profesionales.

Para nosotros y lo dijo Guadalupe Morfín con mucha claridad, lo más importante es dejar de manifiesto que es lo que queremos para la ciudad en la que vivimos, en la que yo nací como muchos de los aquí presentes y en la que queremos que nuestros hijos crezcan y se desarrollen.

Nosotros somos de Guadalajara, somos parte de la ciudad y no vamos a permitir que por la ignorancia de algunos cuantos, por la ambición de otros también pierda todo Guadalajara, atreverse a señalar después de todo el trabajo que se ha hecho de los planes parciales, después de que hace dos días en la mejor universidad del mundo fuimos reconocidos por el trabajo que se ha hecho en materia de planeación y del proyecto específicamente de la densificación de los corredores orientados al transporte, en el MIT, me parece que es una muestra de que cuando hay ese nivel de ignorancia no hay argumentos que valgan.

Al final habrá a quien la historia juzgue por estos actos y que Guadalajara reconozca el trabajo y la determinación que las mujeres y los hombres que hoy están representados en este Ayuntamiento hicieron para poder construir esta propuesta de futuro.

Hoy Guadalajara, le duela a quien le duela, tiene una nueva visión y nuevo rumbo, tiene una ruta trazada y por supuesto, habrá otro lugar en el basurero de la historia reservado para quienes lo único que saben hacer es atacar, denostar, ofender y criticar sin argumentos, cada quien que vaya al lugar que le corresponde en el juicio de la historia.

Nosotros hoy hemos dado un paso decisivo y por eso, a todo el equipo que ha hecho posible este ejercicio, particularmente al ejercicio técnico encabezado por Paty, Erick, Ricardo Agraz, Valeria, Juan Luis Sube, por todo el equipo, a

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

157Ayuntamiento de Guadalajara

todos mis más sinceras felicitaciones, porque se hizo un trabajo ejemplar y podremos decirle en el futuro a nuestros hijos, que la nueva ciudad que está ya en proceso de construcción, porque algunos ni cuenta se han dado que esto ya está pasando, esta ciudad está en proceso de construcción, está ciudad está construyendo su futuro, es la Guadalajara que le vamos a dejar con mucho orgullo a nuestros hijos y nietos, felicidades a todos, felicidades a Guadalajara.

V.3 Continuamos con la discusión de los dictámenes que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara deben ser aprobados en votación nominal, debiendo existir mayoría absoluta de votos para su aprobación, instruyendo al Secretario General los enuncie.

El Señor Secretario General: Son los decretos marcados con los números 62 y 63, que se refieren a lo siguiente:

62. INICIATIVA DE DECRETO CON DISPENSA DE ORDENAMIENTO DE LA SÍNDICO ANNA BÁRBARA CASILLAS GARCÍA, QUE TIENE COMO FINALIDAD SE AUTORICE CELEBRAR UN CONTRATO DE DONACIÓN QUE REALIZA LA EMPRESA ACCIONA S.A., A FAVOR DE ESTE MUNICIPIO, DE UNA ESCULTURA CONOCIDA COMO “EL OSO Y EL MADROÑO” SÍMBOLO DE LA CIUDAD DE MADRID, A FIN DE INCORPORARLA AL PATRIMONIO MUNICIPAL.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba la dispensa de ordenamiento por causa justificada con fundamento en lo dispuesto por el artículo 75 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara.

SEGUNDO.- Se autoriza celebrar un contrato de donación con la empresa ACCIONA S.A., a favor del Municipio de Guadalajara, respecto de una réplica de la escultura conocida como “El Oso y el Madroño” símbolo de la ciudad de Madrid.

TERCERO.- Se instruye a la Sindicatura para que por conducto de la Dirección de lo Jurídico Consultivo, elabore el contrato de donación respectivo con la empresa ACCIONA S.A.

CUARTO.- Una vez firmado el convenio establecido en el punto tercero, se autoriza la declaratoria de incorporación al dominio público de la réplica de la escultura denominada “El Oso y el Madroño”, instruyéndose para tal efecto a la Secretaria General y a la Dirección de Administración, dependiente de la Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental, a que realicen los trámites correspondientes de conformidad con lo establecido en los artículos 30, 38 y 39 del Reglamento de Patrimonio Municipal de Guadalajara.

QUINTO.- Se faculta al Presidente Municipal, Secretario General y Síndico Municipal de este Ayuntamiento, a suscribir la documentación inherente para el cumplimiento del presente decreto.

TRANSITORIOSLa presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

158Ayuntamiento de Guadalajara

PRIMERO.- Publíquese el presente decreto en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

SEGUNDO.- El presente decreto entrará en vigor al momento de su publicación.

63. INICIATIVA DE DECRETO CON DISPENSA DE ORDENAMIENTO DE LA SÍNDICO ANNA BÁRBARA CASILLAS GARCÍA, QUE TIENE COMO FINALIDAD SE AUTORICE LA CELEBRACIÓN DE UN CONVENIO CON LA EMPRESA RENAULT MÉXICO, S.A. DE C.V., PARA EL INICIO DEL PROYECTO PILOTO PARA LA GESTIÓN DE POLÍTICA PÚBLICA DE SEGURIDAD EN ESPACIOS PÚBLICOS Y PEATONALES, EN COMPROMISO CON LA AGENDA DE SUSTENTABILIDAD ENERGÉTICA.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba la dispensa de ordenamiento por causa justificada con fundamento en lo dispuesto por el artículo 75 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara.

SEGUNDO.- Se autoriza la adquisición de 18 vehículos eléctricos de la marca Renault, modelo TWIZY Tecno 2018, 100% eléctrico, 100% innovador, a la empresa Renault México, S.A. de C.V.

TERCERO.- Se aprueba y se autoriza al Tesorero Municipal para que realice los ajustes y ampliaciones presupuestales necesarias dentro del Presupuesto Autorizado de Egresos del Municipio de Guadalajara del ejercicio fiscal 2018, para el pago de la contraprestación por la adquisición de los vehículos eléctricos a favor de la empresa Renault México, S.A. de C.V., hasta por la cantidad de $5´263,200.00 (Cinco Millones Doscientos Sesenta y Tres Mil Doscientos Pesos 00/100 Moneda Nacional).

CUARTO.- Se instruye a la Sindicatura para que por conducto de la Dirección de lo Jurídico Consultivo, elabore el Convenio con la empresa Renault México, S.A. de C.V., para el inicio del proyecto piloto para la gestión de política pública de seguridad en espacios públicos y peatonales, en compromiso con la agenda de sustentabilidad energética.

QUINTO.- Se faculta al Presidente Municipal, Secretario General, Síndico Municipal y Tesorero Municipal de este Ayuntamiento, a suscribir la documentación inherente para el cumplimiento del presente decreto.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente decreto en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

SEGUNDO.- El presente decreto entrará en vigor al momento de su publicación.

El Señor Presidente Municipal: Están a su consideración, señores regidores, los decretos enlistados en el orden del día con los números 62 y 63, instruyendo al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir, así como el número de decreto al cual se referirán.

Está a su consideración el dictamen marcado con el número 62, le pido al Secretario General proceda a realizar la votación nominal. La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

159Ayuntamiento de Guadalajara

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, a favor; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor ; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 19 votos a favor del dictamen marcado con el número 62.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen. Está a discusión el dictamen marcado con el número 63, tiene el uso de la voz, el regidor Salvador de la Cruz.

El Regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes: Con el permiso de mis compañeros. Solo para efecto de solicitar como se advierte de la misma propuesta del dictamen una adjudicación directa de los diez vehículos, a mí sí me gustaría que se licitara al respecto en virtud de que hay otros vehículos con las mismas características de otras marcas y no sabemos si la Renault sea la única en el mercado.

Entiendo el programa, entiendo el proyecto y se las bondades del mismo, pero sí creo que lo oportuno, por la cuantía y máxime que en el mercado sí hay otros vehículos con las mismas características para efecto de que se licite.

Ratifico, son diez vehículos más o menos contemplados de dos cientos noventa y dos mil pesos cada uno, esa es la propuesta para efecto de lo conducente, tengo entendido que también la Chevrolet tiene uno de esas características y no sé si también la Toyota y la Honda. Es cuanto Presidente. El Señor Presidente Municipal: Gracias regidor. Tiene el uso de la voz, la Síndico Bárbara Casillas.

La Síndico Municipal: Bueno, para proponer una modificación que va un poco en el sentido de lo que comenta el regidor, pero sí quiero aclarar antes algunos aspectos.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

160Ayuntamiento de Guadalajara

Lo que estaríamos aprobando es el programa piloto y el convenio de colaboración porque no implica netamente la compra como menciona el regidor, sino implica un proyecto de acompañamiento, de colaboración e incuso un tema de patrocinio para GDLUZ en la cual la empresa aparecerá a cambio de entregar de 1 a 2 millones, eso todavía se está analizando en qué medida es lo que puede aparecer.

En cuanto a las ofertas que se tienen en el mercado, les están repartiendo una hoja que contiene los vehículos que podrían competir con este tipo y sin duda, el precio que tenemos con Renault es el más competitivo, sin embargo coincido con el regidor de que hay una parte del proceso que sí debe de autorizar la Dirección de Adquisiciones, por lo cual propongo que se modifique el punto segundo para quedar como sigue:

“Se autoriza el proyecto piloto para la gestión de la política pública de seguridad en espacio públicos y peatonales, en compromiso con la agenda de sustentabilidad estratégica, a través de la adquisición de dieciocho vehículos eléctricos de la marca Renault, Modelo Twizy Techno 2018, 100% eléctricos y 100% innovadores a la empresa RENAULT S.A de C.V.

En el mérito de lo anterior, se instruye a la Dirección de Adquisiciones con la finalidad de que lleve a cabo la adquisición del servicio, de conformidad al Reglamento de Adquisiciones para el Municipio de Guadalajara”.

Sería la propuesta para que también la pueda revisar adquisiciones, sin embargo que aquí aprobemos el proyecto piloto y el convenio de colaboración. Es cuanto. El Señor Presidente Municipal: Tiene el uso de la voz, el regidor Salvador de la Cruz.

El Regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes: Estamos de acuerdo con el proyecto piloto y en el convenio, solo que sí nos gustaría porque ahí no queda muy claro si le estamos mandando la directriz para que adquisiciones lleve esta etiqueta o que ello en plenitud, de acuerdo a sus reglas que a mí sí lo que me gustaría quedara en la posibilidad de visitarlos y si al final Renault es el que sale ganador no tendríamos ningún inconveniente, pero sí para efecto de que se haga lo conducente en la propia área respectiva y no mandemos nosotros la línea de seguir, de que llegara algún sesgo de beneficiar a alguno de las posibles empresas que puedan ser beneficiadas con la adquisición de los vehículos.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

161Ayuntamiento de Guadalajara

La Síndico Municipal: Bueno, como les estoy pasando, también es de considerarse que los vehículos que se ofertan en el mercado no cuentan con las mismas características, puesto que necesitamos que estos vehículos puedan acceder a zonas peatonales, por ello es importante que manifestemos el interés de que ese es el vehículo ideal para la función que se está buscando, por ello yo mantendría la propuesta de los otros puntos del decreto como están y el punto segundo haciendo el ajuste que mencione.

El Regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes: Yo la verdad lo veo muy delicado que nosotros mandemos características, yo creo que por separado podríamos mandar las especificaciones del requerimiento y que ya sea la comisión la que dictamine lo conducente y lo dejamos a la comisión que ella sea la que dictamine.

El Señor Presidente Municipal: En virtud de que se sostiene la propuesta, le pido al Secretario General proceda a hacer la votación nominal.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, en contra; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, en contra; regidor Sergio Javier Otal Lobo, en contra; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, en contra; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, en contra; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 5 votos en contra y 14 a favor del dictamen marcado con el número 63.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

V.4 Continuamos con la discusión de los dictámenes que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 121 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara deben ser aprobados en votación nominal, debiendo existir mayoría calificada de votos para su aprobación, solicitando al Secretario General los enuncie.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

162Ayuntamiento de Guadalajara

El Señor Secretario General: Son los dictámenes marcados con los números del 64 al 72 ter, que se refieren a lo siguiente:

64. DICTAMEN CORRESPONDIENTE AL OFICIO DGJM/DJCS/RAA/441/2017 QUE SUSCRIBE EL DIRECTOR DE LO JURÍDICO CONSULTIVO, MEDIANTE EL CUAL REMITE COPIA DEL EXPEDIENTE RELATIVO AL COMODATO DE UN BIEN INMUEBLE PROPIEDAD MUNICIPAL, UBICADO EN LA COLONIA POSTES CUATES, A FAVOR DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN JALISCO.

DECRETO

PRIMERO.- De conformidad a los artículos 36 fracción V y 87 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, se aprueba y autoriza la desincorporación del dominio público, incorporación al dominio privado y entrega en comodato, el inmueble de propiedad municipal ubicado en la Monte Blanco número 1383, en la colonia Postes Cuates de esta municipalidad, cuya titularidad se acredita con la escritura pública número 399, de fecha 18 de mayo de 1959, pasada ante la fe del Notario Público número 32 de esta municipalidad, licenciado José Andrade González, donde funciona la escuela primaria Justo Sierra, con clave 14DPR0315Z en el turno matutino y 14DPR0136Y en el turno vespertino; a favor del Gobierno del Estado de Jalisco, con destino a la Secretaría de Educación, con una superficie aproximada de 828.38 metros cuadrados, de acuerdo con el oficio con el número de folio 003501, C.C. 3805/2017, D.P.G. 316/2017, E.T.E. 206/2017, de fecha 30 de mayo de 2017, suscrito por el ingeniero Jorge Gastón González Alcérreca, Director de Obras Públicas, mismo inmueble que cuenta con las siguientes medidas y linderos:

Al Noreste: en 45.26 metros, lindando con Propiedad Particular. Al Suroeste: en 47.26 metros, lindando con Propiedad Particular. Al Noroeste: en 17.92 metros, lindando con Propiedad Particular. Al Sureste: en 18.05 metros, lindando con la calle Monte Blanco.

SEGUNDO.- De conformidad al artículo 46 fracción I del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara, se instruye a la Dirección de lo Jurídico Consultivo de la Sindicatura Municipal, para que formalice el contrato de comodato a que se refiere el punto primero de este decreto, y además realice todos los actos, que son de su competencia, y que son necesarios para el cumplimento íntegro de éste. Dicho contrato, además de la normatividad vigente y aplicable, deberá contener al menos, las siguientes condiciones:

a) Se concede por un plazo de 20 veinte años, contados a partir de su suscripción.b) El comodatario debe efectuar los acondicionamientos necesarios para la mejor operatividad de dicho inmueble, sin costo para el Municipio y vigilar en todo momento el cumplimiento de las normas que le sean aplicables; así como proporcionar el mantenimiento que sea necesario para su funcionamiento y evitar su deterioro.c) El bien inmueble debe ser destinado en su integridad a fines educativos, cuyo funcionamiento se encuentra a cargo del Gobierno del Estado de Jalisco, a través de la Secretaría de Educación.d) En caso de que el comodatario destine dicho inmueble para fines distintos a los señalados en el presente decreto, el mismo debe de regresar al resguardo de la autoridad municipal, sin necesidad de que medie declaración jurisdiccional alguna.e) Los gastos, impuestos y derechos que fueran procedentes por motivo del uso del inmueble y las obligaciones laborales, civiles y, en su caso, penales, corren por cuenta del comodatario, La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

163Ayuntamiento de Guadalajara

quedando exento el Municipio de cualquier obligación por estos conceptos, incluyendo los que genere el suministro a las instalaciones educativas de servicios tales como el de energía eléctrica, agua, servicio telefónico; así como aquellos que requiera contratar el Gobierno del Estado de Jalisco por conducto de la Secretaría de Educación Jalisco.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese este decreto en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

SEGUNDO.- El presente decreto entrará en vigor a partir del siguiente día de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- De conformidad a lo dispuesto por el artículo 91 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, remítase al Congreso del Estado de Jalisco, copia certificada del presente decreto, así como del acta de sesión ordinaria de Ayuntamiento en la que se apruebe, para los efectos de la revisión y fiscalización de la cuenta pública respectiva.

CUARTO.- Notifíquese este decreto a las Direcciones municipales de Administración, Obras Públicas, Catastro y de lo Jurídico Consultivo; para los efectos legales y administrativos a que haya lugar.

QUINTO.- Notifíquese este decreto al Secretario de Educación Pública del Estado de Jalisco, por conducto del titular de la Dirección de Bienes Inmuebles a su cargo y entréguesele cinco tantos del contrato que se suscriba por motivo del cumplimiento de este decreto, copia certificada del acta de sesión de Ayuntamiento en el que éste se apruebe, así como copia del testimonio notarial con el que se acredita la propiedad municipal del inmueble a que se refiere este decreto.

65. DICTAMEN CORRESPONDIENTE AL OFICIO DJM/DJCS/RAA/318/2017 QUE SUSCRIBE EL DIRECTOR DE LO JURÍDICO CONSULTIVO, MEDIANTE EL CUAL REMITE COPIA DEL EXPEDIENTE PARA LA REGULARIZACIÓN JURÍDICA DE LA POSESIÓN QUE DETENTA LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN JALISCO, RESPECTO DE UN PREDIO UBICADO EN LA COLONIA PRADOS DEL NILO.

DECRETO

PRIMERO.- Se deja sin efectos el acuerdo municipal que autorizó la donación del inmueble de propiedad municipal en el que funcionan las escuelas primarias 232 y 478 Salvador Mora Morán, con claves 14EPR1109W en el turno matutino y 14EPR0957R en el turno vespertino, ubicado en la calle Río Isis número 2240, en la colonia Prados del Nilo de esta municipalidad, la cual fue autorizada mediante los Decretos número 8,767 y 9,263 del Congreso del Estado de Jalisco, con fechas 18 de diciembre de 1971 y 22 de noviembre de 1975.

SEGUNDO.- De conformidad a los artículos 36 fracción V y 87 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, se aprueba y autoriza la desincorporación del dominio público, incorporación al dominio privado y entrega en comodato, el inmueble de propiedad municipal ubicado en la Río Isis número 2240, en la colonia Prados del Nilo de esta municipalidad, cuya titularidad se acredita con la escritura pública número 9,606 de fecha 29 de diciembre de 1967, pasada ante la fe del Notario Público número 10 de Guadalajara, licenciado Pedro González Durán Jr., donde funcionan las

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

164Ayuntamiento de Guadalajara

escuelas primarias 232 y 478 Salvador Mora Morán, con clave 14EPR1109W en el turno matutino y 14EPR0957R en el turno vespertino; a favor del Gobierno del Estado de Jalisco, con destino a la Secretaría de Educación, con una superficie aproximada de 4,835.30 metros cuadrados, de acuerdo con el oficio con el número de folio 0998, C.C. 5547/2005, C.C. 5545/2005, D.D.U. 1835/05 E.T.E. 348/05, suscrito por el ingeniero Ricardo Robles Varela, entonces Director General de Obras Públicas, en conjunto con el ingeniero Eric Gerardo Mieer Saad, entonces Director de Desarrollo Urbano, mismo inmueble que cuenta con las siguientes medidas y linderos:

Al norte: 116.30 metros con calle Isis,Al sur: de oriente a poniente en dirección suroeste 43.88 metros, para terminar el noroeste en 74.98 metros, con panteón municipal de Tlaquepaque,Al oriente: 34.64 metros, con propiedad particular,Al poniente: 34.98 metros con calle José María Castellanos.

TERCERO.- De conformidad al artículo 46 fracción I del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara, se instruye a la Dirección de lo Jurídico Consultivo de la Sindicatura Municipal, para que formalice el contrato de comodato a que se refiere el punto segundo de este decreto, y además realice todos los actos, que son de su competencia, y que son necesarios para el cumplimento íntegro de éste. Dicho contrato, además de la normatividad vigente y aplicable, deberá contener al menos, las siguientes condiciones:

a) Se concede por un plazo de 20 veinte años, contados a partir de su suscripción.b) El comodatario debe efectuar los acondicionamientos necesarios para la mejor operatividad de dicho inmueble, sin costo para el Municipio y vigilar en todo momento el cumplimiento de las normas que le sean aplicables; así como proporcionar el mantenimiento que sea necesario para su funcionamiento y evitar su deterioro.c) El bien inmueble debe ser destinado en su integridad a fines educativos, cuyo funcionamiento se encuentra a cargo del Gobierno del Estado de Jalisco, a través de la Secretaría de Educación.d) En caso de que el comodatario destine dicho inmueble para fines distintos a los señalados en el presente decreto, el mismo debe de regresar al resguardo de la autoridad municipal, sin necesidad de que medie declaración jurisdiccional alguna.e) Los gastos, impuestos y derechos que fueran procedentes por motivo del uso del inmueble y las obligaciones laborales, civiles y, en su caso, penales, corren por cuenta del comodatario, quedando exento el Municipio de cualquier obligación por estos conceptos, incluyendo los que genere el suministro a las instalaciones educativas de servicios tales como el de energía eléctrica, agua, servicio telefónico; así como aquellos que requiera contratar el Gobierno del Estado de Jalisco por conducto de la Secretaría de Educación Jalisco.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese este decreto en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

SEGUNDO.- El presente decreto entrará en vigor a partir del siguiente día de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- De conformidad a lo dispuesto por el artículo 91 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, remítase al Congreso del Estado de Jalisco, copia certificada del presente decreto, así como del acta de sesión ordinaria de Ayuntamiento en la que se apruebe, para los efectos de la revisión y fiscalización de la cuenta pública respectiva.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

165Ayuntamiento de Guadalajara

CUARTO.- Notifíquese este decreto a las Direcciones municipales de Administración, Obras Públicas, Catastro y de lo Jurídico Consultivo; para los efectos legales y administrativos a que haya lugar.

QUINTO.- Notifíquese este decreto al Secretario de Educación Pública del Estado de Jalisco, por conducto del titular de la Dirección de Bienes Inmuebles a su cargo y entréguesele cinco tantos del contrato que se suscriba por motivo del cumplimiento de este decreto, copia certificada del acta de sesión de Ayuntamiento en el que éste se apruebe, así como copia del testimonio notarial con el que se acredita la propiedad municipal del inmueble a que se refiere este decreto.

66. DICTAMEN CORRESPONDIENTE AL OFICIO DJM/DJCS/RAA/319/2017 QUE SUSCRIBE EL DIRECTOR DE LO JURÍDICO CONSULTIVO, MEDIANTE EL CUAL REMITE COPIAS DEL EXPEDIENTE PARA LA REGULARIZACIÓN JURÍDICA DE LA POSESIÓN QUE DETENTA LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN JALISCO, RESPECTO DE UN PREDIO UBICADO EN LA COLONIA JARDINES DE LA PAZ.

DECRETO

PRIMERO.- Se deja sin efectos el acuerdo municipal que autorizó la donación del inmueble de propiedad municipal en el que funcionan las escuelas primarias 225 y 226 Porfirio Cortés, con clave 14EPR1107Y en el turno matutino y 14EPR1108X, ubicado en la calle Jesús Galindo Villa número 2942, en la colonia Jardines de la Paz de esta municipalidad, el cual fue autorizado mediante el Decreto número 8,865 del Congreso del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco con fecha 24 de agosto de 1972.

SEGUNDO.- De conformidad a los artículos 36 fracción V y 87 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, se aprueba y autoriza la desincorporación del dominio público, incorporación al dominio privado y entrega en comodato, el inmueble de propiedad municipal ubicado en la calle Jesús Galindo Villa número 2942, en la colonia Jardines de la Paz de esta municipalidad, cuya titularidad se acredita con la escritura pública número 541 de fecha 21 de diciembre de 1970, pasada ente la fe del Notario Público número 5 de Tlaquepaque, Jalisco, licenciado José Montes de Oca, donde funcionan las escuelas primarias 225 y 226 Porfirio Cortés, con clave 14EPR1107Y en el turno matutino y 14EPR1108X en el turno vespertino; a favor del Gobierno del Estado de Jalisco, con destino a la Secretaría de Educación, con una superficie aproximada de 4,169.97 metros cuadrados, de acuerdo con el oficio con el número de folio 1829, C.C. 5550/2005, E.T.E. 351/05, suscrito por el ingeniero Ricardo Robles Varela, entonces Director General de Obras Públicas, en conjunto con el ingeniero Eric Gerardo Mieer Saad, entonces Director de Desarrollo Urbano, mismo inmueble que cuenta con las siguientes medidas y linderos:

Al norte: 50.15 metros con calle Jesús Galinco,Al sur: 50.15 metros con calle Enrique Olavarriery Ferrary,Al oriente: 83.15 metros con resto del predio del cual se segrega, Al poniente: 83.15 metros con calle Antonio Solís.

TERCERO.- De conformidad al artículo 46 fracción I del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara, se instruye a la Dirección de lo Jurídico Consultivo de la Sindicatura Municipal, para que formalice el contrato de comodato a que se refiere el punto segundo de este decreto, y además realice todos los actos, que son de su competencia, y

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

166Ayuntamiento de Guadalajara

que son necesarios para el cumplimento íntegro de éste. Dicho contrato, además de la normatividad vigente y aplicable, deberá contener al menos, las siguientes condiciones:

a) Se concede por un plazo de 20 veinte años, contados a partir de su suscripción.b) El comodatario debe efectuar los acondicionamientos necesarios para la mejor operatividad de dicho inmueble, sin costo para el Municipio y vigilar en todo momento el cumplimiento de las normas que le sean aplicables; así como proporcionar el mantenimiento que sea necesario para su funcionamiento y evitar su deterioro.c) El bien inmueble debe ser destinado en su integridad a fines educativos, cuyo funcionamiento se encuentra a cargo del Gobierno del Estado de Jalisco, a través de la Secretaría de Educación.d) En caso de que el comodatario destine dicho inmueble para fines distintos a los señalados en el presente decreto, el mismo debe de regresar al resguardo de la autoridad municipal, sin necesidad de que medie declaración jurisdiccional alguna.e) Los gastos, impuestos y derechos que fueran procedentes por motivo del uso del inmueble y las obligaciones laborales, civiles y, en su caso, penales, corren por cuenta del comodatario, quedando exento el Municipio de cualquier obligación por estos conceptos, incluyendo los que genere el suministro a las instalaciones educativas de servicios tales como el de energía eléctrica, agua, servicio telefónico; así como aquellos que requiera contratar el Gobierno del Estado de Jalisco por conducto de la Secretaría de Educación Jalisco.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese este decreto en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

SEGUNDO.- El presente decreto entrará en vigor a partir del siguiente día de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- De conformidad a lo dispuesto por el artículo 91 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, remítase al Congreso del Estado de Jalisco, copia certificada del presente decreto, así como del acta de sesión ordinaria de Ayuntamiento en la que se apruebe, para los efectos de la revisión y fiscalización de la cuenta pública respectiva.CUARTO.- Notifíquese este decreto a las Direcciones municipales de Administración, Obras Públicas, Catastro y de lo Jurídico Consultivo; para los efectos legales y administrativos a que haya lugar.

QUINTO.- Notifíquese este decreto al Secretario de Educación Pública del Estado de Jalisco, por conducto del titular de la Dirección de Bienes Inmuebles a su cargo y entréguesele cinco tantos del contrato que se suscriba por motivo del cumplimiento de este decreto, copia certificada del acta de sesión de Ayuntamiento en el que éste se apruebe, así como copia del testimonio notarial con el que se acredita la propiedad municipal del inmueble a que se refiere este decreto.

67. DICTAMEN CORRESPONDIENTE AL OFICIO DGJM/DJCS/RAA/818/2017 QUE SUSCRIBE EL DIRECTOR DE LO JURÍDICO CONSULTIVO, MEDIANTE EL CUAL REMITE COPIA DEL EXPEDIENTE RELATIVO AL COMODATO DE UN PREDIO PROPIEDAD MUNICIPAL A FAVOR DEL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL MUNICIPIO DE GUADALAJARA, PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL NÚMERO 10. La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

167Ayuntamiento de Guadalajara

DECRETO

PRIMERO.- De conformidad a los artículos 36 fracción I y 87 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, se aprueba y autoriza la entrega en comodato a favor del organismo público descentralizado de la administración pública municipal denominado Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Guadalajara, el inmueble de propiedad municipal ubicado en la cabecera de la manzana conformada por las calles Bellota, Coyul y avenida del Mercado (Nance) en el fraccionamiento Jardines de la Cruz de esta municipalidad, para el funcionamiento y operación del Centro de Desarrollo Infantil número 10, mismo inmueble que cuenta con una superficie aproximada de 3,014.10 metros cuadrados, con las siguientes medidas y linderos:

o Al norte: 57.00 metros con área verde de propiedad municipal,o Al sur: 57.10 metros con calle Coyul,o Al oriente: 52.70 metros con calle Bellota, yo Al poniente: 52.97 metros con calle del Mercado.

SEGUNDO.- De conformidad al artículo 46 fracción I del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara, se instruye a la Dirección de lo Jurídico Consultivo de la Sindicatura Municipal, para que formalice el contrato de comodato a que se refiere el punto primero de este decreto, y además realice todos los actos necesarios para el cumplimento íntegro de este decreto. Dicho contrato, además de la normatividad vigente y aplicable, deberá contener al menos, las siguientes condiciones:

a) La vigencia del contrato es de diez años, contados partir de su suscripción.b) El comodatario debe efectuar los acondicionamientos necesarios para la mejor operatividad de dicho inmueble, incluidos los de mantenimiento y pago de servicios, esto sin costo alguno para el Municipio y además deberá acatar en todo momento el cumplimiento de las normas que le sean aplicables. c) El bien inmueble debe ser utilizado únicamente como Centro de Desarrollo Infantil.d) En caso de que el comodatario destine dicho inmueble para fines distintos a los señalados en el presente decreto, el mismo debe de regresar al resguardo de la autoridad municipal, sin necesidad de que medie declaración jurisdiccional alguna.e) Los gastos, impuestos y derechos que fueran procedentes por motivo del uso del inmueble y las obligaciones laborales, civiles y, en su caso, penales, corren por cuenta del comodatario, quedando exento el Municipio de cualquier obligación por estos conceptos, incluyendo los que genere el suministro a las instalaciones de servicios tales como el de energía eléctrica, agua, servicio telefónico; así como aquellos que requiera contratar el comodatario.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese este decreto en la Gaceta municipal de Guadalajara.

SEGUNDO.- Este decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- Notifíquese este decreto a las Direcciones municipales de Administración, Ordenamiento Territorial y Obras Públicas.

CUARTO.- Notifíquese personalmente este decreto al organismo público descentralizado de la administración pública municipal denominado Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Guadalajara, por conducto de su Director General.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

168Ayuntamiento de Guadalajara

68. DICTAMEN CORRESPONDIENTE A LA INICIATIVA DE LA SÍNDICO ANNA BÁRBARA CASILLAS GARCÍA, PARA LA ENTREGA EN COMODATO DE LOCALES COMERCIALES UBICADOS EN AVENIDA DE LOS MAESTROS Y AVENIDA FRAY ANTONIO ALCALDE.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba otorgar bajo la figura jurídica de comodato, los locales propiedad municipal ubicados frente al Centro Universitario de Ciencias Sociales y Humanidades de la Universidad de Guadalajara, ubicados en la confluencia de las avenidas de los Maestros y fray Antonio Alcalde, por un término de 5 años contados a partir de la suscripción del contrato respectivo, a favor de las personas y en la ubicación relacionada con la nomenclatura que se menciona a continuación:

NOMBRE LOCAL

Claudia Aracely Lujano Flores 1035

Juan José Alvarado Mendoza 1039

Silvia Haro Bugarín 1049

Concepción Romero Camarena 1047

Eduardo Chávez Chávez 1051

Flora Ciriaco Lucio 1055

Juan Ignacio González Orozco 1083

Elva Lujano Flores 1059

Ana Rosa Monteón Castillo 1063

Jaime Vera Gorozave 1087

Norma Livier Vázquez Briones 1067

Benita López Marchant 1071

Virginia Ortega Cisneros 1079

Silvia Beatriz González Ledezma 1075

Ana Verónica Salcedo Juárez 1091

Juan Antonio Arellano Magaña 1095

El término de 5 cinco años será aplicable en tanto los titulares de los contratos de Comodato cumplan con sus obligaciones contractuales y con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

169Ayuntamiento de Guadalajara

SEGUNDO.- Se instruye a la Sindicatura Municipal, para que por conducto de su Dirección de lo Jurídico Consultivo, elabore los contratos de comodato autorizados en el punto primero del presente Decreto, en un periodo que no exceda de 30 días hábiles, a partir de su publicación, los cuales deberán formularse bajo los siguientes términos, que se consideran enunciativos más no limitativos:

-El comodato surtirá efectos a partir de la firma del contrato respectivo y se encontrará vigente hasta por un término de cinco años.

-El comodatario deberá usar el local de propiedad municipal sólo para el destino que se le otorga de comercio de alimentos. En caso de que el comodatario destine dicho inmueble para fines distintos a los señalados en el presente decreto, el mismo debe de regresar al resguardo de la autoridad municipal, sin necesidad de que medie declaración jurisdiccional alguna

-El comodatario deberá dar el mantenimiento correspondiente al local de propiedad municipal, para evitar el deterioro de éste, a excepción del provocado por el uso normal del mismo.

-El comodatario no podrá modificar de forma alguna el local de propiedad municipal, sin autorización expresa del Ayuntamiento.

-El comodatario no podrá ceder ni transmitir los derechos u obligaciones que se deriven del contrato, sin autorización expresa del Ayuntamiento.

-Los gastos, impuestos y derechos que fueran procedentes por motivo del uso del inmueble y las obligaciones laborales, civiles y, en su caso, penales, corren por cuenta del comodatario, quedando exento el Municipio de cualquier obligación por estos conceptos, incluyendo los que genere el suministro a los locales de servicios tales como el de energía eléctrica, agua, servicio telefónico; así como aquellos que requiera contratar para el funcionamiento de los mismos.

-La devolución del local de propiedad municipal, deberá realizarla el comodatario al término de la vigencia del contrato, sin previa solicitud del comodante, ni declaración judicial. La entrega deberá constar en acta de entrega recepción, en donde se detalle las condiciones en las que se entrega el local por parte del comodatario al Municipio.

TERCERO.- Se faculta al Presidente Municipal, Secretario General y Síndico Municipal de este Ayuntamiento, a suscribir la documentación inherente para el cumplimiento del presente Decreto.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente decreto en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

SEGUNDO.- El presente decreto entrará en vigor al momento de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- Los locatarios que se enlistan en el punto primero del presente decreto, notificados con la publicación en la Gaceta Municipal, deberán comparecer dentro de los 30 días hábiles siguientes a partir de su publicación, a las oficinas que comprenden la Dirección de lo Jurídico Consultivo de la Sindicatura Municipal, para la suscripción del contrato de comodato correspondiente, en un horario que comprenderá de las 9:00 a las 15:00 horas de lunes a viernes.

69. DICTAMEN CORRESPONDIENTE A LA INICIATIVA DE LA SÍNDICO ANNA BÁRBARA CASILLAS GARCÍA, PARA LA ENTREGA EN CONCESIÓN DE ESPACIOS PROPIEDAD MUNICIPAL UBICADOS EN LAS INMEDIACIONES DEL JARDÍN BOTÁNICO.

DECRETO La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

170Ayuntamiento de Guadalajara

PRIMERO.- De conformidad al artículo 38 del Reglamento de Patrimonio Municipal de Guadalajara, se emite y autoriza la declaratoria de incorporación al régimen de dominio público de los 16 dieciséis espacios construidos en las inmediaciones del Jardín Botánico, ubicados en la calle Humboldt a su cruce con la calle Hospital y la calle Juan Álvarez, de esta ciudad.

Publíquese por parte de la Secretaría General del Ayuntamiento por una sola ocasión en la Gaceta Municipal este decreto.

Se instruye a la Dirección de Administración, dependiente de la Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental, para que realice los trámites correspondientes ante el Registro Público de la Propiedad y el Comercio en el Estado de Jalisco y ante la Dirección de Catastro Municipal de este Municipio, en acatamiento de lo dispuesto en los numerales 30, 38 y 39 del Reglamento de Patrimonio Municipal de Guadalajara.

SEGUNDO.- De conformidad con el articulo 103 en relación al segundo párrafo del artículo 104 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, se aprueba y autoriza la entrega en concesión mediante adjudicación directa, a título oneroso, por un plazo de 5 cinco años, de los 16 dieciséis espacios propiedad municipal ubicados en las inmediaciones del Jardín Botánico, calle Humboldt a su cruce con la calle Hospital y la calle Juan Álvarez, de esta ciudad, frente al Hospital Civil, a las siguientes personas y en la ubicación relacionada con la nomenclatura que se menciona a continuación:

NOMBRE LOCAL

JOSE ANTONIO SANCHEZ GOMEZ 1

ROSA MARIA SUAREZ ARRIAGA 2

PABLO LOPEZ AREVALO 3

JOSE ANTONIO SANCHEZ GOMEZ 4

SALVADOR GUTIERREZ BECERRA 5

JOSE ANDRES TORRES CASTILLO 6

MA. JESUS ROSALES CARRILLO 7

MA. JESUS ROSALES CARRILLO 8

ARTURO OROZCO VILLA 9

ARTURO OROZCO VILLA 10

ELIAS DE LA TORRE CAMACHO 11

TERESA VELASCO OCHOA 12

JESSICA DEL CARMEN GARCIA MACIAS 13

OCTAVIO RUIZ LOYO 14

JESSICA DEL CARMEN GARCIA MACIAS 15

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

171Ayuntamiento de Guadalajara

JOSE DE JESUS DELGADO FRANCO 16

El término de 5 cinco años empezará a correr a partir de la firma del contrato de concesión respectivo y tendrá validez en tanto los titulares de las mismas se mantengan al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales y las demás previstas en la normatividad aplicable.

TERCERO.- Se instruye a la Sindicatura Municipal, para que a través de la Dirección de lo Jurídico Consultivo, elabore los contratos de concesión autorizados en el punto Segundo del presente decreto, en un periodo que no exceda de 30 treinta días hábiles, los cuales deberán formularse en los siguientes términos, los cuales son de manera enunciativa mas no limitativa los siguientes:

a) El plazo de la vigencia de la concesión; b) “EL CONCESIONARIO” tendrá la obligación de pagar de manera mensual, la cantidad de $ 877.80 (Ochocientos setenta y siete pesos, con ochenta centavos, moneda nacional), de conformidad con el artículo 39 fracción IV de la Ley de Ingresos del Municipio de Guadalajara del ejercicio fiscal 2017, actualizable conforme al incremento del ejercicio fiscal vigente, por concepto de contraprestación, ante la Tesorería Municipal, la cual deberá pagarse a favor de “EL MUNICIPIO”. Dicho pago deberá realizarlo dentro de los primeros 10 diez días hábiles del mes de que se trate, ante la Tesorería Municipal o cualquiera de sus oficinas recaudadoras; c) “EL CONCESIONARIO”, se obliga a realizar los trámites administrativos que se le indiquen y requieran las Dependencias Municipales competentes; d) “EL CONCESIONARIO” se obliga durante todo el tiempo que dure vigente el contrato, a respetar el espacio otorgado para la prestación del servicio público concesionado, absteniéndose en todo momento a delimitar o modificar de cualquier forma la superficie otorgada.

CUARTO.- Se faculta al Presidente Municipal, Secretario General y Síndico Municipal de este Ayuntamiento, a suscribir la documentación inherente para el cumplimiento del presente decreto.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente decreto en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

SEGUNDO.- El presente decreto entrará en vigor al momento de su publicación.

TERCERO.- Notifíquese a los comerciantes que se enlistan en el punto segundo del presente decreto, que cuentan con 30 días hábiles a partir de la publicación, para presentarse debidamente acreditados a la Dirección de lo Jurídico Consultivo, de la Sindicatura Municipal, para suscribir su correspondiente contrato de concesión, en un horario que comprenderá de las 9:00 a las 15:00 horas, de lunes a viernes.

70. DICTAMEN CORRESPONDIENTE AL OFICIO DA/0482/2017 QUE SUSCRIBE EL DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN, MEDIANTE EL CUAL REMITE EL FALLO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA 001 PARA LA CONCESIÓN DE LA TERRAZA UBICADA EN EL QUINTO NIVEL DEL EDIFICIO “GENERAL RAMÓN CORONA” A FAVOR DE LA EMPRESA OPERADORA DE RESTAURANTES FUSIÓN, S.A. DE C.V.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

172Ayuntamiento de Guadalajara

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba la modificación del decreto D31/16/16, en sus puntos Primero y el inciso a) Sexto, Obligaciones del Concesionario, pasando el término de duración de la concesión de 5 a 10 años, para quedar como sigue:

El Ingeniero Enrique Alfaro Ramírez, Presidente Municipal y el licenciado Juan Enrique Ibarra Pedroza, Secretario General del Ayuntamiento, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 93 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara, 51 y 61 del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara, y 6 y 9 del Reglamento de la Gaceta Municipal de Guadalajara, hacemos constar que en la sesión ordinaria del Ayuntamiento celebrada el 30 de junio de 2016, se aprobó el Decreto Municipal número D 31/16/16, relativo a la iniciativa del regidor Marco Valerio Pérez Gollaz, para que se autorice la concesión de la terraza ubicada en el Mercado “General Ramón Corona”, que concluyó en los siguientes puntos de

DECRETO MUNICIPAL:

Primero. De conformidad a los artículos 36 fracción VIII, 103, 104 y 105 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, 34 del Reglamento del Edificio “General Ramón Corona” del Municipio de Guadalajara, así como 79 del Reglamento de Patrimonio Municipal de Guadalajara, se aprueba y autoriza otorgar en concesión por un plazo máximo de 10 diez años la terraza ubicada en el quinto piso del edificio “General Ramón Corona”, con una superficie total de 2,381.12 M2, la cual puede ser dividida en cuantas partes o fracciones sea posible y exista cartera de proyectos para crear un mayor número de oportunidades en pro de los tapatíos, con lo cual entonces podrá concluir en una sola concesión o varias sobre el mismo inmueble, según valoración motivada y fundamentada de la Comisión Dictaminadora.

Segundo. … Tercero. … Cuarto. …Quinto. …

Sexto. De conformidad con el artículo 46 fracción II del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara en correlación con los artículos 107 y 108 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, se instruye a la Dirección de lo Jurídico Consultivo de la Sindicatura Municipal para que dentro de los siguientes quince días hábiles de la publicación del fallo a favor del licitante ganador, instrumente el título de concesión a favor del licitante ganador, que además de los requisitos legales y reglamentarios contemplados en la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, mismo que deberá contener, a menos, los siguientes lineamientos:

a) La vigencia del contrato de concesión será de diez años contados a partir de su suscripción.

Séptimo. … Artículos Transitorios

Primero. … Segundo. …

SEGUNDO.- De conformidad con el artículo 79 fracción XVIII del Reglamento de Patrimonio Municipal de Guadalajara, se autoriza el fallo emitido por la Comisión Dictaminadora de la

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

173Ayuntamiento de Guadalajara

Licitación Pública 001 Para la Concesión de la Terraza ubicada en el 5° nivel del Edificio “General Ramón Corona” de la Avenida Hidalgo de Guadalajara en favor de la empresa Operadora de Restaurante Fusión, S.A. de C.V., el cual se anexa al presente decreto y formar parte integral del mismo.

TERCERO.- Se faculta al Presidente Municipal, Secretario General y Síndico Municipal de este Ayuntamiento, a suscribir la documentación inherente para el cumplimiento del presente decreto.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente decreto en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

SEGUNDO.- El presente decreto entrará en vigor al momento de su publicación.

TERCERO.- Notifíquese este decreto al representante legal de la empresa denominada Operadora de Restaurantes Fusión S.A. de C.V. y a la Dirección de lo Jurídico Consultivo para suscribir el contrato de concesión en los términos del inciso a) del punto Sexo del decreto municipal D31/16/16.

71. INICIATIVA DE DECRETO CON DISPENSA DE ORDENAMIENTO DE LA SÍNDICO ANNA BÁRBARA CASILLAS GARCÍA, QUE TIENE COMO FINALIDAD EL QUE SE AUTORICE LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO DE PERMUTA DE UNA FRACCIÓN DEL PREDIO PROPIEDAD DE LA SOCIEDAD MERCANTIL DESARROLLOS INMOBILIARIOS DE 10, S.A. DE C.V. CONOCIDO COMO “LA CUYUCUATA”.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba la dispensa de ordenamiento por causa justificada, con fundamento en el artículo 75 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara.

SEGUNDO.- Se autoriza la realización de un contrato de permuta entre el Municipio de Guadalajara y la sociedad Mercantil DESARROLLOS INMOBILIARIOS DE 10, S.A DE C.V., en donde el primero transmite la propiedad de un inmueble propiedad municipal que se encuentra ubicado entre las confluencias de las calles Chalco y Copal, con una superficie aproximada de 10,880 metros cuadrados y la cual se encuentra registrada bajo Escritura Pública número 3537 pasada ante la fe del Licenciado JORGE VICTOR RAMOS GOMEZ, Notario Suplente, Adscrito y Asociado al Titular número 67 de Guadalajara, de fecha 18 de enero del 1982 y escritura pública 14,449, pasada ante la fe del licenciado José de Jesús Limón Muñoz, Notario Público número 56 de esta municipalidad del 5 de diciembre de 1984. En tanto que la sociedad Mercantil DESARROLLOS INMOBILIARIOS DE 10, S.A DE C.V., transmite la propiedad de una fracción aproximada de 11,279.20 metros cuadrados, mismo que se ubica en el predio conocido como “LA CUYUCUATA” en esta municipalidad de Guadalajara, Jalisco, conforme lo establecido en el convenio celebrado entre el Municipio y la sociedad mercantil en cita, dentro de los autos del juicio civil ordinario radicado bajo el número de expediente 116/2017, del índice del Juzgado Décimo Primero de lo Civil del Primer Partido Judicial en el Estado de Jalisco, cuya celebración fue autorizada el 08 de agosto de 2017 el Pleno del Ayuntamiento de Guadalajara en sesión ordinaria, en decreto municipal D69/50/17.

TERCERO.- Se instruye a la Dirección de Obras Públicas para efecto de que lleve a cabo la delimitación formal del predio mencionado en el punto segundo del presente decreto y el cual

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

174Ayuntamiento de Guadalajara

es objeto de la permuta, así como realice la delimitación del paño que constituirá el nuevo bosque urbano y que formará parte integral del denominado “Parque Arboledas del Sur”.

CUARTO.- Se autoriza la celebración de un convenio de colaboración entre el Municipio de Guadalajara y la sociedad Mercantil DESARROLLOS INMOBILIARIOS DE 10, S.A DE C.V., el cual tiene como objeto que una superficie aproximada de 10,000 metros cuadrados del predio propiedad municipal conforme se acredita con la escritura pública 14,449, pasada ante la fe del licenciado José de Jesús Limón Muñoz, Notario Público número 56 de esta municipalidad del 5 de diciembre de 1984 y que se localiza al lado de sur de la fracción del predio a permutar logre consolidarse como un Bosque Urbano y que forme parte integral del denominado “Parque Arboledas del Sur”, en el cual se deberá establecer entre otras cosas de manera enunciativa mas no limitativa que:

a) La inversión que se requiera para la construcción y equipamiento del mismo, deberá de ser de manera conjunta entre las partes antes mencionadas, pudiendo en todo momento el Municipio de Guadalajara obtener recursos federales y estatales para dicho fin.

b) Se deberá incluir en el proyecto ejecutivo, por lo menos una cancha de futbol en cualquiera de sus modalidades.

c) Para la definición del proyecto del Bosque Urbano, la sociedad mercantil DESARROLLOS INMOBILIARIOS DE 10, S.A DE C.V., deberá presentar el proyecto ejecutivo dentro de un plazo de 6 meses contados a partir de la firma del convenio, para su aprobación por la Dirección de Proyectos del Espacio Público.

QUINTO.- Se autoriza a la Síndico Municipal, para que de conformidad a las atribuciones que le confieren las leyes y reglamentos, realice las acciones y trámites necesarios a fin de cumplir con lo establecido en el presente decreto, buscando en todo momento los mejores beneficios en pro del Municipio y la comunidad tapatía.

SEXTO.- De llegar a solicitar la sociedad mercantil DESARROLLOS INMOBILIARIOS DE 10, S.A DE C.V., la urbanización del predio que se autoriza permutarle en el presente decreto, que deberá en todo momento cumplir con todas las disposiciones legales y reglamentarias aplicables al caso, y en su momento le fuera favorable dicha solicitud, el 16% de la superficie que le corresponderá ceder al Municipio como área de cesión conforme lo establece el Código Urbano para el Estado de Jalisco y el Reglamento para la Gestión Integral del Municipio de Guadalajara, deberá ser aledaña o continua a la fracción propiedad del municipio y que se encuentra en el Parque Arboledas del Sur y para el caso de que la misma hipótesis ocurriera en el resto del predio propiedad de DESARROLLOS INMOBILIARIOS DE 10, S.A. DE C.V., las áreas de cesión deberán formar un solo paño, salvo que, por alguna cuestión ambiental se determine lo contrario.

SÉPTIMO.- Se faculta a los ciudadanos Presidente Municipal, Secretario General y Síndico, todos de este Ayuntamiento a suscribir la documentación inherente y necesaria al cumplimiento del presente decreto.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente decreto en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

SEGUNDO.- El presente decreto entrará en vigor a partir del siguiente día de su publicación.

72. DICTAMEN CORRESPONDIENTE A LA INICIATIVA DE LA SÍNDICO ANNA BÁRBARA CASILLAS GARCÍA, PARA LA ENTREGA DE UN LOCAL

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

175Ayuntamiento de Guadalajara

EN EL MERCADO “GENERAL RAMÓN CORONA”, BAJO LA FIGURA DE CONCESIÓN.

DECRETO

PRIMERO.- Se otorgan la concesión del local comercial del Mercado “General Ramón Corona” en la ubicación relacionada con la nomenclatura que se menciona a continuación y que corresponde al Edificio “General Ramón Corona” ubicado entre las calles de Hidalgo, Santa Mónica, Independencia y Zaragoza del Centro Histórico de esta Ciudad, por 99 noventa y nueve años.

NOMBRE NÚMERO DE LOCAL

Blanca Margarita Acevedo Rosales K47-L15

Los 99 noventa y nueve años empezarán a correr a partir de la firma del contrato de concesión respectivo, y serán únicamente en tanto el titular comparezca ante la Tesorería Municipal a hacer el pago que se menciona en el presente documento o celebre convenio correspondiente, en un plazo máximo de 15 días hábiles después de la entrada en vigor del presente decreto; y de igual manera en tanto se mantenga al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones contractuales y las demás previstas en la normatividad aplicable.

La concesión podrá ser prorrogada previa petición escrita del concesionario locatario 60 sesenta días antes de su vencimiento y revisión expresa por parte de la autoridad municipal.

SEGUNDO.- Se instruye a la Sindicatura Municipal, para que a través de la Dirección de lo Jurídico Consultivo, elabore el contrato de concesión autorizado en este decreto, en un periodo que no exceda de 10 diez días hábiles el cual deberá formularse en los siguientes términos:CONTRATO DE CONCESIÓN DE LOCALES COMERCIALES DEL MERCADO “GENERAL

RAMÓN CORONA”

CONTRATO DE CONCESIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA, JALISCO (EL “MUNICIPIO”), REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL INGENIERO ENRIQUE ALFARO RAMIREZ Y LA LICENCIADA ANNA BARBARA CASILLAS GARCIA, PRESIDENTE Y SÍNDICO DEL MUNICIPIO DE GUADALAJARA, RESPECTIVAMENTE, Y POR LA OTRA, _________________________________ EN LO SUCESIVO DENOMINADO EL “CONCESIONARIO LOCATARIO” Y CONJUNTAMENTE, LAS “PARTES”, QUIENES CELEBRAN EL PRESENTE CONTRATO AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:

ANTECEDENTES

I. El Ayuntamiento aprobó el 25 de agosto de 2015 el Reglamento del Edificio “General Ramón Corona” del Municipio de Guadalajara y las Reformas al Reglamento para el Funcionamiento de Giros Comerciales, Industriales y de Prestación de Servicios en el Municipio de Guadalajara, publicado en la Gaceta Municipal Tomo IV, Ejemplar 24, Año 98. 28 de agosto de 2015.II. Con fecha 18 de septiembre de 2015 se aprobó el Decreto Municipal D/11/02/15, mismo que fue publicado el 22 de Septiembre de 2015, en la Gaceta Municipal de Guadalajara, Jalisco, mediante el cual el Municipio autorizó la concesión de ______ locales del Mercado Municipal “General Ramón Corona” ubicado entre las calles Independencia,

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

176Ayuntamiento de Guadalajara

Zaragoza, Hidalgo y Santa Mónica, en los niveles Planta Baja, 1 y 2 del Edificio General Ramón Corona.III. Una vez recibidas y evaluadas las peticiones presentadas por los interesados ante el Municipio, y cumplidos los trámites y requisitos establecidos en la normatividad aplicable, con fundamento en el artículo Tercero Transitorio del Reglamento del Edificio “General Ramón Corona” del Municipio de Guadalajara y las reformas al Reglamento para el Funcionamiento de Giros Comerciales, Industriales y de Prestación de Servicios en el Municipio de Guadalajara, publicado en la gaceta municipal tomo IV, Ejemplar 24, año 98. 28 de agosto de 2015, la Comisión Edilicia de Mercado y Centrales de Abasto procedió a la integración, revisión y dictamen de cada petición.IV. Entre las concesiones está la aprobada a favor de ________________________________.

DECLARACIONES1. Declara el Municipio:

A. Que es una entidad jurídica pública de conformidad con lo establecido en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como lo dispuesto en el numeral 73, 77 y 87 de la Constitución Política del Estado de Jalisco y el artículo 1, 2 y 3 de la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, por lo que se encuentra investido de personalidad jurídica y capacidad legal para ejercer sus derechos patrimoniales;B. Que sus representantes están facultados para obligar a su representado en los términos de este Contrato de Concesión, según lo establecido en los artículos 80 y 86 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 47, 48, 52, 61, 67, 103 al 119 de la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco;C. Que es propietario de los niveles Planta Baja, 1 y 2 del inmueble que se encuentra ubicado en las calles de Independencia, Zaragoza, Hidalgo y Santa Mónica de la zona Centro del Municipio de Guadalajara, Jalisco y que serán destinados a Mercado Municipal; yD. Que cuenta con clave de Registro Federal de Contribuyentes MGU420214FG4.

2. Declara el Concesionario Locatario:

A. Ser persona física, mexicana, mayor de edad, estado civil, que se identifica con identificación oficial expedida por ____________________________________________;B. Que tiene capacidad para celebrar este Contrato de Concesión y cuenta con la capacidad para ejecutar las actividades a que se refiere su objeto; y3. Declaran “EL MUNICIPIO” y “EL CONCESIONARIO LOCATARIO”:

A. Que se reconocen mutuamente la personalidad que ostentan sus respectivos representantes, para todos los efectos a los que haya lugar; yB. Que están de acuerdo en celebrar el presente Contrato de Concesión.

FUNDAMENTACIÓN

En virtud de lo antes señalado y con fundamento en los artículos 83 de la Constitución Política del Estado de Jalisco,36, fracción VIII, 94, fracción IV, 103, 103 bis, 108, 109, 110, 111, 112, 113, 114 y 116 y 119 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, 21, fracción IV del Reglamento del Patrimonio Municipal de Guadalajara y el Capítulo III denominado “del Mercado” del Reglamento del Edificio “General Ramón Corona” y su artículo Tercero Transitorio y demás disposiciones aplicables, “EL MUNICIPIO” otorga la presente Concesión conforme a las siguientes:

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

177Ayuntamiento de Guadalajara

CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO DE LA CONCESIÓN

Por el presente Contrato de Concesión “EL MUNICIPIO” otorga al “EL CONCESIONARIO LOCATARIO” una concesión para prestar el servicio público de mercado en el local _______ con ______ m2 ubicado en el nivel _________, entre el local _______y ________ (SE ANEXA CROQUIS: ANEXO 1) para la explotación del giro comercial de ____________ dentro del Mercado “General Ramón Corona” propiedad municipal, ubicado en el Edificio General Ramón Corona, niveles Planta Baja, 1 y 2, en las calles de Independencia, Zaragoza, Hidalgo y Santa Mónica de la Zona Centro en la ciudad de Guadalajara, Jalisco.

SEGUNDA. DERECHOS REALES DE LA CONCESIÓN.

Los derechos que el presente Contrato de Concesión otorga a “EL CONCESIONARIO LOCATARIO”, en ningún caso crearán derecho real alguno a favor de éste y sólo confieren a su titular los derechos y obligaciones que en este Contrato de Concesión y en la legislación aplicable se establecen.

TERCERA. VIGENCIA DE LA CONCESIÓN.

La vigencia de la Concesión será por un período de 99 años, contados a partir de la fecha de celebración del presente Contrato de Concesión, misma que será considerada, para todos sus efectos, como la fecha de inicio de vigencia de la Concesión.

La Concesión podrá ser prorrogada conforme a lo establecido en la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, a petición del concesionario locatario, el cual deberá solicitarlo por escrito al menos 60 días naturales antes del vencimiento.

CUARTA. DE LAS OBLIGACIONES DEL CONCESIONARIO LOCATARIO.

1. Obtener y pagar la (s) licencia (s) correspondientes de acuerdo a su giro, así como los derechos de uso de suelo, las aportaciones de mantenimiento y los servicios que requiera para su funcionamiento como agua, energía eléctrica, gas, y telefonía, entre otros;2. Cumplir con las leyes, reglamentos y demás normatividad aplicable;3. Responder por los daños y perjuicios ocasionados a “EL MUNICIPIO” en el desempeño de sus actividades como concesionario de un local en el Mercado “General Ramón Corona”, causado por negligencia, dolo o mala fe, de conformidad con los artículos 1281, 1287, 1288, 1533 y demás relativos del Código Civil del Estado de Jalisco;4. Responder y obligarse con sus trabajadores, ante todo tipo de autoridades ya sean administrativas, judiciales o laborales, federales, estatales o municipales respecto al cumplimiento de las obligaciones derivadas y relacionadas durante el periodo de vigencia de la presente Concesión; 5. Tomar las medidas adecuadas y convenientes para asegurar el buen funcionamiento y la prestación del servicio que se obliga a prestar durante la vigencia de la Concesión; y6. Responder del pago de sus impuestos, derechos y conceptos análogos, establecidos por las autoridades fiscales mexicanas, que resultaren pagaderos en virtud de la presente Concesión;

QUINTA. CESIÓN DE DERECHOS.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

178Ayuntamiento de Guadalajara

“EL CONCESIONARIO LOCATARIO” podrá ceder los derechos de la concesión de conformidad a lo previsto en el Reglamento del Edificio “General Ramón Corona”, Capítulo III “Del Mercado”.

SEXTA. DE LA EXTINCIÓN DE LA CONCESIÓN.

La concesión podrá extinguirse conforme a lo establecido en el artículo 111 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal ó conforme a lo previsto en el artículo 24 del Reglamento del Edificio “General Ramón Corona”.

SÉPTIMA. NOTIFICACIONES.

Las notificaciones bajo el presente Contrato de Concesión, deberán constar por escrito y se considerarán como debidamente realizadas cuando sean entregadas en las direcciones señaladas a continuación:

“EL MUNICIPIO” “EL CONCESIONARIO LOCATARIO”

Av. Hidalgo 400Colonia Centro, C.P. 44100

Guadalajara, Jaliscoen la Sindicatura Municipal

________________

OCTAVA. MODIFICACIONES.

Ninguno de los términos y condiciones del presente Contrato de Concesión podrá ser modificado o renunciado en cualquier forma, excepto que conste por escrito y sea debidamente autorizado por el Ayuntamiento y firmado por las partes.

NOVENA. TRIBUNALES COMPETENTES.

Una vez agotados los medios alternativos de solución de conflictos, cualquier controversia derivada del presente Contrato de Concesión, será resuelta por los tribunales competentes establecidos en la Ciudad de Guadalajara, Jalisco, renunciando expresamente “LAS PARTES” a cualquier otro fuero que por razón de su domicilio presente o futuro o cualquier otra causa, pudiere corresponderle.

El presente Contrato de Concesión se firma por duplicado en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, el día _____ de _________ de 201___.

PRESIDENTE MUNICIPAL SÍNDICO MUNICIPAL

SECRETARIO GENERAL

EL CONCESIONARIO LOCATARIO_________________________________

NOMBRE Y FIRMATESTIGOS

DIR. DE MERCADOS DIR. GENERAL JURIDICO MUNICIPAL

CUARTO.- Se autoriza exentar la fianza o garantía que debe otorgar el concesionario, para responder de la eficaz prestación del servicio público que establece la fracción VII del artículo 107 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

179Ayuntamiento de Guadalajara

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente decreto en la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- El presente decreto entrará en vigor el día de su publicación.

TERCERO.- Notifíquese a la C. Blanca Margarita Acevedo Rosales locataria del Mercado General Ramón Corona, que cuenta con 5 cinco días hábiles a partir de la publicación, para presentarse debidamente acreditada a la Dirección de lo Jurídico Consultivo, de la Sindicatura Municipal, para suscribir su correspondiente contrato de concesión.

72 BIS. INICIATIVA DE DECRETO CON DISPENSA DE ORDENAMIENTO DEL REGIDOR JUAN FRANCISCO RAMÍREZ SALCIDO, PARA LA SUBSCRICIÓN DE UN CONVENIO MODIFICATORIO AL DE COLABORACIÓN, PARA LA TRANSFERENCIA DE RECURSOS SUSCRITOS POR EL GOBIERNO DEL ESTADO Y EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA PARA LA REALIZACIÓN DE LAS OBRAS PÚBLICAS POR 198 MILLONES DE PESOS.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba la dispensa de ordenamiento por los razonamientos y fundamentos de derechos plasmados en este decreto.

SEGUNDO.- Se aprueba suscribir un convenio modificatorio a la declaración II.3 y a las cláusulas segunda y décimo segunda del Convenio de Colaboración para la Transferencia de Recursos entre el Gobierno del Estado de Jalisco y el Municipio de Guadalajara para la realización de una obra pública, de fecha 09 de mayo del 2016, y por ende la modificación a los rubros de inversión pública productiva y adecuación del Anexo 1, aprobados mediante Decreto Municipal D14/20/16, de fecha 9 de febrero de 2016, para quedar como sigue:

II.3 Que su Honorable Ayuntamiento mediante sesión de fecha 9 de febrero de 2016 autorizo la celebración de este acto, así como a quienes suscriben en su nombre y representación para intervenir en el mismo, afectando en garantía de cumplimiento las obligaciones contraídas mediante el presente convenio, autorizando a la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas, para que en caso de incumplimiento efectúe los descuentos mensuales de las participaciones que en ingresos estatales le corresponden de conformidad con lo estipulado en el presente convenio.

SEGUNDO.- “EL GOBIERNO DEL ESTDO” transferirá a “EL MUNICIPIO” recursos hasta por la cantidad de 198’000,000.00 (Ciento noventa y ocho millones de pesos 00/100 M.N.) para la ejecución de las siguientes obras y acciones:

ACCIÓN INVERSIÓN

PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO Y OBRAS INDUCIDAS EN ZONA HUENTTITÁN, ETAPA 1, MUNICIPIO DE GUADALAJARA, JALISCO.

$24’358,455.23

PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO Y OBRAS INDUCIDAS

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

180Ayuntamiento de Guadalajara

ZONA OLÍMPICA, ETAPA 1, MUNICIPIO DE GUADALAJARA, JALISCO.

$21’734,528.29

PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO Y OBRAS INDUCIDAS EN ZONA MIRAVALLE, ETAPA 1, MUNICIPIO DE GUADALAJARA, JALISCO.

$35’708,436.41

PAVIMENTACIÓN CON CONCRETO HIDRÁULICO Y OBRAS INDUCIDAS EN ZONA OBLATOS, ETAPA 1, MUNICIPIO DE GUADALAJARA, JALISCO,

$16’870,747.13

MEJORAMIENTO DE IMAGEN URBANA DEL CORREDOR BELISARIO DOMÍNGUEZ, TRAMO PERIFÉRICO-INGRESO A LA BARRANCA, MUNICIPIO DE GUADALAJARA, JALISCO.

$4’978,629.53

CONSTRUCCIÓN E INSTALACIÓN DE MÓDULOS LÚDICOS EN ESPACIOS PÚBLICOS, MUNICIPIO DE GUADALAJARA, JALISCO.

$34’000,418.80

PROGRAMA DE SEGURIDAD VIAL EN ZONAS DE ALTA SINIESTRALIDAD, MUNICIPIO DE GUADALAJARA JALISCO,

$25’786,366.64

REHABILITACIÓN, AMPLIACIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO NO. 25 EN LA COLONIA JARDINES DEL SAUZ, MUNICIPIO DE GUADALAJARA, JALISCO.

$9’665,814.71

REHABILITACIÓN, AMPLIACIÓN Y EQUIPAMIENTO DE LA UNIDAD DEPORTIVA NO. 26 14 DE FEBRERO, EN BALCONES DEL CUATRO, MUNICIPIO DE GUADALAJARA, JALISCO.

$7’866,300.59

REHABILITACIÓN, AMPLIACIÓN Y EQUIPAMIENTO DEL CENTRO DE DESARROLLO COMUNITARIO LOMAS DEL PARAÍSO, MUNICIPIO DE GUADALAJARA, JALISCO.

$8’064,805.02

REHABILITACIÓN, AMPLIACIÓN Y EQUIPAMIENTO DE LA UNIDAD DEPORTIVA JOSÉ MARÍA MORELOS, MUNICIPIO DE GUADALAJARA JALISCO

$8’965,497.65

INVERSIÓN $198’000,000.00

VIGÉSIMA CUARTA.- El presente convenio surtirá sus efectos a partir de la fecha de suscripción, y hasta que se haya aplicado y devengado la totalidad de los recursos La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

181Ayuntamiento de Guadalajara

transferidos objeto de este instrumento, en los términos de las disposiciones aplicables, sin que exceda del 30 de abril del 2018.

TERCERO.- Se autoriza a los ciudadanos Presidente Municipal, Secretario General, Síndico y Tesorero Municipal, realicen los trámites administrativos a que haya lugar para la ejecución del presente decreto, y suscriban la documentación que sea necesaria para tal fin.

CUARTO.- Se autoriza gestionar la ampliación del plazo de ejecución y comprobación del programa de obra pública previsto en el convenio de colaboración para la transferencia de recursos entre le Gobierno del Estado de Jalisco y el Municipio de Guadalajara para la realización de obras públicas, de fecha 09 de mayo de 2016, para el día 30 de abril de 2018.

QUINTO.- SE autoriza a la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno del Estado de Jalisco, afecte las participaciones federales y/o estatales, hasta por el monto de las obras expuestas dentro del convenio de colaboración; esto solo en el caso de incumplimiento en la ejecución de los recursos estatales asignados.

TRANSITORIOS

ÚNICO.- Este decreto entrará en vigor a partir de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

72 TER. AGENDAR INICIATIVA DE DECRETO CON DISPENSA DE ORDENAMIENTO, QUE TIENE COMO FINALIDAD EL QUE SE AUTORICE LA CELEBRACIÓN DE UN CONTRATO DE COMODATO ENTRE EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA Y LA CIUDADANA ROSA ELENA DE LA CRUZ GARCÍA FERNÁNDEZ, EN SU CARÁCTER DE ALBACEA DE LA SUCESIÓN TESTAMENTARIA DEL SEÑOR JOSÉ LUIS GARCÍA AGUIRRE.

DECRETO

PRIMERO.- Se aprueba la dispensa de ordenamiento por causa justificada, con fundamento en el artículo 75 del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara.

SEGUNDO.- Se aprueba y se autoriza la celebración de un Contrato de Comodato entre el Municipio de Guadalajara y la C. Rosa Elena de la Cruz García Fernández, en su carácter de Albacea de la Sucesión Testamentaria del señor José Luis García Aguirre, sobre una fracción de aproximadamente 2,433.163 metros cuadrados, ubicado en la Avenida del Barro esquina con la calle Josefina Rojas, en la colonia “El Barro” de esta municipalidad de Guadalajara, Jalisco. El contrato de comodato estará sujeto a las siguientes clausulas, las cuales se establecen de manera enunciativa más no limitativa:

El uso del bien inmueble será exclusivamente para un parque público. La superficie de la fracción materia del contrato de comodato es de aproximadamente 2,433.163 metros cuadrados. La vigencia del uso del bien inmueble tendrá un plazo de 5 cinco años a partir de la suscripción del contrato de comodato No se podrá cambiar el uso y destino del inmueble sin previa autorización del comodante. El comodatario se hará responsable de cualquier daño o perjuicio ocasionado al inmueble durante la vigencia del contrato, así como cualquier incidencia o contingencia que se pudiera ocasionar a terceros o usuarios del parque público.La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

182Ayuntamiento de Guadalajara

El Municipio se obliga a realizar todas las mejoras necesarias para el uso y la conservación del bien inmueble durante la vigencia del contrato. Así mismo, cubrirá los pagos por concepto de luz, agua, teléfono, y demás gastos por servicios que se deriven del uso del bien inmueble.

TERCERO.- Se instruye a la Sindicatura para que a través de la Dirección de lo Jurídico Consultivo, formalice el Contrato de Comodato a que hace referencia el punto Segundo del presente decreto.

CUARTO.- Se faculta a los ciudadanos Presidente Municipal, Secretario General y Síndico, a suscribir la documentación necesaria para el cumplimiento del presente decreto.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente decreto en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

SEGUNDO.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

El Señor Presidente Municipal: Están a su consideración, señores regidores, los dictámenes enlistados en el orden del día con los números del 64 al 72 ter, solicitando al Secretario General elabore el registro de los regidores que deseen intervenir, así como el dictamen al cual se referirán. Regidor Salvador de la cruz.

El Regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes: 68, 69 y 70.

El Señor Presidente Municipal: Están a su consideración del 64 al 67 y del 72 al 72 ter. Le pido al Secretario General proceda a realizar la votación nominal.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, a favor; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 19 a favor de los dictámenes marcados con los números 64 al 67 y del 72 al 72 ter.La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

183Ayuntamiento de Guadalajara

El Señor Presidente Municipal: Está a discusión el dictamen marcado con el número 68, tiene el uso de la voz el regidor Salvador de la Cruz.

El Regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes: Hay algunas dudas que me gustaría comentarle.

La primera, a diferencia del dictamen 69 aquí se habla de un comodato y del segundo se habla de una concesión, quería saber por qué la disparidad; y lo segundo, cuál fue el hecho que decidió los beneficiarios de los locales si se tomaron como base los listados que tenemos de los propios comerciantes que ya tenían una lista en espera o de donde salió el listado de beneficiarios que no se ve en el cuerpo del dictamen, y es ahí donde viene la observación al respecto.

Finalmente son dos puntos, en concreto los del comodato que yo creo que lo normal sería que fuera concesión y no comodato; y lo segundo, lo del listado de beneficiarios para saber de donde salieron las propuestas respectivas sobre el 68.

El Señor Secretario General: Tiene el uso de la voz, la Síndico Bárbara Casillas.

La Síndico Municipal: Gracias. Hay que recordar que vienen de procesos distintos, en el dictamen 68 los locales que se construyeron eran los locales que tenían los comerciantes sobre la vía pública y que ellos ya habían hecho de alguna manera, con los recursos que ellos tenían disponibles.

Se hace la intervención en todo el entorno de la universidad del CUCSH es por lo que se hacen estos locales, estos locales no forman parte de un mercado municipal o algún caso similar, es por ello que se propone que sea un comodato en virtud tampoco, de que por esta razón que no se encuentran en un mercado o marcados en alguno de los puntos que nos establece el artículo 115 constitucional como responsabilidad del municipio, es entonces se decide mantenerlos como un bien de dominio privado y darlos en comodato a estos comerciantes que finalmente ellos ya tenían muchos años ahí y lo único que se hizo fue cambiar la imagen urbana de estos locales.

A diferencia del dictamen 69, en el cual la historia es un poco parecida, sin embargo lo que es diferente aquí es que se trata de un bien inventariado INAH y al estar inventariado por ello sí existen muchas restricciones en cuanto a su uso y es por ello que en este caso se consideró poderlos tener como un bien público para otorgarlos en concesión, sin embargo en el caso en específico son los comerciantes que tenían muchos años fuera de los

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

184Ayuntamiento de Guadalajara

entornos del Hospital Civil que el día de hoy ya tienen estas estructuras, que son entre cerradas y abiertas en virtud de que el INAH no nos permitió que fueran así, se consensó con ellos para que fueran de esta manera y es por eso que a estas personas se les otorga en concesión por las restricciones que tiene el lugar. Es cuanto.

El Señor Secretario General: Tiene el uso de la voz, el regidor Salvador de la Cruz.

El Regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes: Para efecto de poder tener la oportunidad de que se le dé al equipo de asesores que tengo para efecto de que revisen si realmente son locatarios que estaban en el entorno tanto de la facultad de derecho como del Hospital Civil, solo para efecto de ratificarlo porque no viene en el dictamen, no tiene otra intención más que ese.

Lo segundo, me gustaría en el caso de dictamen 68, el 69 lo veo muy claro y no le tengo ningún inconveniente, yo no le veo inconveniente que se quede más bien como concesión, no riñe, no pasa nada si concesionamos el espacio público en vez de dejarlo en comodato ya que tenemos garantías jurídicas un poco más ventajosas por parte del Ayuntamiento.

Esa sería la propuesta en el caso del 68 para efecto de que fuera concesión por los cinco años y en el caso del 69 yo estaría ya de acuerdo por el comentario ya realizado.

La Síndico Municipal: Con todo gusto los expedientes están a su disposición regidor o de quien usted nos indique, yo si pediría que podamos mantener el tema del comodato, de cualquier forma en el comodato se establecen restricciones para el uso del inmueble, sin embargo sí es importante mantener esta figura en virtud de que se trata de un bien del dominio privado que no tendría caso asumirlo como bien de dominio público, en virtud de que la razón por la que fueron hechos fue para subsidiar a estos comerciantes y mejorar la imagen urbana del entorno de la universidad. Es cuanto.

El Señor Presidente Municipal: Entonces en función de que fueron ya los dos planteamientos, le pido al Secretario General proceda a realizar la votación nominal del dictamen marcado con el número 68.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, a favor; regidor Sergio Javier Otal

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

185Ayuntamiento de Guadalajara

Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, abstención; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 abstención y 18 a favor del dictamen marcado con el número 68.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen por mayoría calificada. Le pido al Secretario General proceda a realizar la votación nominal del dictamen marcado con el número 69.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, abstención; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 abstención y 18 a favor del dictamen marcado con el número 69.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen por mayoría calificada. Tiene el uso de la voz, el regidor Salvador de la Cruz para el dictamen marcado con el número 70.

El Regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes: En términos generales, entiendo el periodo de gracia que se está señalando a la empresa que va a instalar el negocio, solo preguntaría ¿No será suficiente con los 10 años para no contar con el término de gracia? Porque se está dando el término de gracia de 18 meses más los 10 años.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

186Ayuntamiento de Guadalajara

La Síndico Municipal: El Comité Dictaminador en ese momento es la propuesta que recibió, como ustedes recordarán este turno se fue de nuevo a la Comisión Edilicia de Patrimonio y estudiando el caso es la única propuesta que se recibió por lo cual no creemos que sea prudente cambiarlo, en virtud de que el fallo ya está emitido y se nos vendrían problemas legales que usted ya se imaginará regidor.

El Señor Presidente Municipal: En función de esa explicación, le pido al Secretario General proceda a realizar la votación nominal del dictamen marcado con el número 70.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, abstención; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 abstención y 18 a favor del dictamen marcado con el número 70.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen por mayoría calificada. Está a discusión el dictamen marcado con el número 71, tiene el uso de la voz la Síndico Bárbara Casillas.

La Síndico Municipal: Gracias. Para hacer una modificación en la redacción del punto sexto, para que quede de la siguiente manera:“De llegar a solicitar la sociedad mercantil Desarrollos Inmobiliarios D10 S.A. de C.V. de la urbanización del predio que se autoriza permutable en el presente decreto, así como de aquel que se encuentra en el Parque Arboledas del Sur, deberá cumplir en todo momento con todas las disposiciones legales y reglamentarias aplicables al caso y si en su momento le sea favorable dicha solicitud, el 16% de la superficie que le corresponde ceder al municipio como área de cesión por ambos predios, como lo establece el Código Urbano para el Estado de Jalisco y el Reglamento para la Gestión

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

187Ayuntamiento de Guadalajara

Integral del Municipio de Guadalajara, deberá ser por una superficie de 7178.18 metros cuadrados aledaña o continua a la fracción propiedad del municipio, y deberá formar preferentemente un solo paño, salvo que por alguna cuestión ambiental se determine lo contrario, lo anterior sin que se generen nuevas obligaciones relativas a las áreas de cesión derivadas de la permita en mención”. Es cuanto.

El Señor Presidente Municipal: Le pregunto al Pleno si están de acuerdo con la propuesta de adición que propone la Síndico para el dictamen marcado con el número 71, sírvanse en manifestarlo en votación económica, 1 abstención… Aprobado.

Le pido al Secretario General proceda a realizar la votación nominal.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, abstención; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 abstención y 18 votos a favor del dictamen marcado con el número 71.

El Señor Presidente Municipal: Se declara aprobado el anterior dictamen.

V.5 Continuamos con la discusión de los dictámenes de ordenamiento municipal enlistados con los números del 73 al 80, que pondré a su consideración en lo general y en lo particular, de uno por uno, solicitando al Secretario General enuncie el marcado con el número 73.

El Señor Secretario General: 73. DICTAMEN CORRESPONDIENTE A LA INICIATIVA DEL PRESIDENTE MUNICIPAL INGENIERO ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ, PARA REFORMAR EL REGLAMENTO PARA LA GESTIÓN INTEGRAL DEL MUNICIPIO DE GUADALAJARA.

ORDENAMIENTO MUNICIPAL La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

188Ayuntamiento de Guadalajara

PRIMERO.- Se REFORMAN los numerales 2, 7, 15, 16, 18, 21, 23, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 47, 50, 51, 53, 54, 55, 59, 75, 77, 81, 94, 97, 98, 99, 116, 120, 130, 143, 160, 163, 169, 170, 171, 172, 173, 176, 177, 178, 183, 224, 233, 236, 239, 241, 249, 250, 251, 257, 258, 259, 276, 278, 279, 280, 282 y 300 se ADICIONAN los artículos 21 bis, 50 bis, 163 bis, 180 bis, 184 ter, 185 bis, 228 bis, 228 ter, 228 quater, 249 bis, 254 bis, 282 bis y se DEROGAN los artículo 102, 242 y 283, del Reglamento para la Gestión Integral del Municipio de Guadalajara, para quedar como sigue:

Artículo 2. Para los efectos de este reglamento, se entiende por:

I a XI…

XII. Coeficiente de Ocupación del Suelo: El factor que, multiplicado por el área total de un predio, determina la máxima superficie de desplante edificable; incluyendo los volados habitables y excluyendo las marquesinas adosadas con un ancho máximo de 90 centímetros;XII Bis. Incremento en el Coeficiente de Ocupación del Suelo: Es el incremento al factor que, multiplicado por el área total de un Predio, determina la máxima superficie de desplante edificable;XIII. Coeficiente de Utilización del Suelo: El factor que, multiplicado por el área total de un lote o predio, determina la superficie edificable dentro del mismo. La superficie edificada bajo rasante, como sótanos, no computarán como CUS, siempre que no se utilicen para espacios habitables.XIII Bis. Incremento en el Coeficiente de Utilización del Suelo: Es el incremento al factor que, multiplicado por el área total de un Predio, determina la máxima superficie de edificable; excluye de su cuantificación las áreas ocupadas por sótanos siempre y cuando no se utilice para espacios habitables; XIV a XXI…XXI Bis. Envolvente de un edificio: se refiere al techo, muros, vanos, puertas, piso y superficies inferiores, que conforman el espacio interior de un edificio.XXII a XLVII..XLVII Bis. Retranqueo: Es el remetimiento de los niveles superiores de la edificación, a partir de la altura determinada por las normas de control de la edificación de los instrumentos de planeación urbana;XLVIII Bis. Sótano: construcción cuyo lecho superior de cubierta puede sobresalir como máximo 1.80 m de altura con respecto al nivel de la banqueta;XLIX a LXII...

Artículo 7. En caso de contradicción entre las normas señaladas en este Reglamento y los instrumentos de planeación urbana aprobados por el Municipio, prevalecerá lo contenido en dichos instrumentos. En caso de contradicción entre las normas señaladas en este Reglamento y cualquier otra reglamentación de nivel municipal, prevalecerá lo contenido en este Reglamento. En caso de contradicción del presente Reglamento con el Código, prevalece lo que dice el Código.

En el supuesto de que los instrumentos de planeación urbana no contengan alguna disposición en las materias objeto de este Reglamento, se aplicará lo contenido en éste último.

En caso de no contar con norma específica en alguno de los temas de este Reglamento, se aplicará lo que especifica el Reglamento Estatal de Zonificación.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

189Ayuntamiento de Guadalajara

Artículo 15. Para la determinación de políticas territoriales, el Programa definirá la clasificación funcional del territorio, para su análisis, estudio y administración urbana, de la siguiente manera:

I. Distritos;II. Subdistritos;III. Polígonos de Intervención Urbana Especial;IV. Perímetros de protección al patrimonio; yV. Las demás unidades espaciales que señale el Programa.

Artículo 16…

I…a)…b)…c) Áreas de Renovación Urbana: Son las áreas urbanizadas que presentan procesos de deterioro físico, social y ambiental, en conflicto funcional, en transformación, o que tienen grandes potencialidades de edificación y se encuentran subutilizadas, y por tanto se requiere realizar obras de urbanización para la renovación urbana, como lo son acciones técnicas de acondicionamiento del suelo en zonas comprendidas en el centro de población y de las relativas al mejoramiento, reposición o sustitución de las estructuras urbanas y arquitectónicas, puede implicar una modificación de la configuración de los predios privados o del espacio público.II a III...

Artículo 18...I. Habitacional (H): Destinadas para la vivienda con las siguientes modalidades: Unifamiliar y Plurifamiliar;II a VI...

Artículo 21. De la Zonificación Primaria, se desprende la Zonificación Secundaria, que describe los aprovechamientos específicos del suelo en los Planes Parciales. La Zonificación Secundaria será la siguiente:

I. Habitacional 1(H1);II. Habitacional 2 (H2);III. Habitacional 3 (H3);IV. Habitacional 4 (H4);V. Habitacional 5 (H5) localizados en los Planes y Programas de Desarrollo Urbano, en los PIUEs y en NEUS en corredores urbanos con acceso directo a las líneas de transporte público masivo de personas que cuenten con dos líneas de transporte público masivo, en las líneas del Tren Ligero, así como la del Macrobús;

VI al XXVIII…

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

190Ayuntamiento de Guadalajara

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

Tabla 1. Tipo de Zonificación

Programa Municipal de Desarrollo Urbano y Plan de Desarrollo Urbano de Centro de Población

Plan Parcial de Desarrollo Urbano

Areas Generales Zonificación Primaria Zonificación Secundaria

Área de Renovación Urbana (RN)

Área de Reserva Urbana (RU)

Habitacional (H) Habitacional 1 (H1)Habitacional 2 (H2)Habitacional 3 (H3)Habitacional 4 (H4)Habitacional 5 (H5)

Comercio y Servicios Comercios y Servicios de Impacto Mínimo (CS1)Comercios y Servicios de Impacto Bajo (CS2)Comercios y Servicios de Impacto Medio (CS3)Comercios y Servicios de Impacto Alto (CS4)Comercios y Servicios de Impacto Máximo (CS5)

Industrial (I) Industrial Impacto Mínimo (I1)Industrial Impacto Bajo (I2)Industrial Impacto Medio (I3)Industrial Impacto Alto (I4)Industrial Impacto Mínimo (I5)

Equipamientos (E) Equipamientos Impacto Mínimo (E1)Equipamientos Impacto Bajo (E2)Equipamientos Impacto Medio (E3)Equipamientos Impacto Alto (E4)Equipamientos Impacto Máximo (E5)

Espacios Abiertos (EA)

Espacios Abiertos (EA)

Restricciones por Infraestructura (RI)

Restricción por Infraestructura de instalaciones especiales (RIE)Restricción por Infraestructura de servicios públicos (RIS)Restricción por Infraestructura de transportes (RIT)

Área No Urbanizable (NU)Protección Ambiental (P)

Área Natural Protegida (ANP)Conservación (PC)Protección de Recursos Hídricos (PRH)

Aprovechamiento de Recursos Naturales (ARN)

Aprovechamiento de Recursos Naturales (ARN)

191Ayuntamiento de Guadalajara

Artículo 21 bis. Las zonas de Equipamiento, por el tipo de actividad que se desarrolle, podrán tener las siguientes denominaciones en los instrumentos de planeación Urbana:

I. Educativo (ED); II. Cultura (CR);

III. Asistencia Social (AS);IV. Religioso (RE); V. Comercio y Abasto (CA); VI. Deportivo (DE); yVII. Administración Pública (AP).

Artículo 23. Los Giros permitidos en las Zonas de Restricción por Infraestructuras de Servicios Públicos, serán aquellos relacionados al suministro de combustible para vehículos, estacionamientos y pensiones para vehículos automotores, y oficinas en edificio exclusivo.

Artículo 28. Cuando se fusionen dos o más predios, y estos tengan una zonificación diferente, el propietario podrá optar por la zonificación que más le convenga de los predios que formen la fusión, con excepción de Predio clasificados como Espacios Abiertos, Restricciones por Infraestructura o Áreas No Urbanizables, los cuales deberán respetar su uso original. En caso de que el Predio resultante de la fusión tenga frente a dos o más vialidades, los ingresos y salidas al mismo dependerán de la opinión técnica emitida por la Dirección de Movilidad y Transporte.

Artículo 29. Los Impactos al Contexto causados por los distintos Usos y Destinos a las diferentes zonas, se clasifican con base al grado de afectación a estas, de la siguiente manera:

I. Impacto Mínimo: Los giros en zonas con esta denominación, y en zonas habitacionales donde sea compatible, observarán los siguientes lineamientos de control de impacto:

a) Serán permitidos tanto en edificios de vivienda, como en edificaciones comerciales, industriales o de equipamiento.b) El tamaño máximo del conjunto de locales comerciales, y sus circulaciones, será de 30 metros cuadrados. Estarán en planta baja y con acceso directo a la vía pública, cuando sean de atención al público, pudiendo desarrollarse en otros niveles, cuando se trate de giros sin atención al público. Los Giros de Equipamientos pueden ocupar la totalidad del Predio;c) Derogado.d) al f)...

II. Impacto Bajo: Los giros con esta denominación observarán los siguientes lineamientos de control de impacto:

a) Serán permitidos tanto en edificios de vivienda, como en edificaciones comerciales, industriales o de equipamiento.b) El tamaño máximo del conjunto de locales comerciales, y sus circulaciones, será el equivalente a la superficie del lote, y deberá localizarse en planta baja o hasta el primer nivel, con acceso directo a la vía pública. Los Giros de Equipamientos pueden ocupar la totalidad del Predio.c) Se desarrollen en predios que no exceden el tipo de la Zonificación Secundaria.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

192Ayuntamiento de Guadalajara

d) al g)...

III. Impacto Medio: Los giros con esta denominación observarán los siguientes lineamientos de control de impacto:

a) El tamaño máximo del conjunto de los locales comerciales, y sus circulaciones, no será mayor del 60% del potencial edificable del lote.b) al d)...e) Derogado.

IV. Impacto Alto: Impacto Alto: Los giros con esta denominación observarán los siguientes lineamientos de control de impacto:

a) al e)...

f) Derogado.

V. Impacto Máximo: Los giros con esta denominación observarán los siguientes lineamientos de control de impacto:

a) al j)...

Artículo 30. La compatibilidad de los Usos y Destinos del Suelo de la Zonificación Secundaria, será determinado por las siguientes categorías de permisibilidad:

I. Permitidos: El Uso que se determina como Predominante en la zona, y aquellos usos clasificados con un nivel de impacto similar o inferior al de la zona, según lo establecido en los Planes Parciales;II. Condicionados: Los usos cuyo impacto es superior al del uso predominante de la zona, y que, para ser compatible con dicha zona, requiere controles de impacto para su implantación que serán establecidos por los Planes Parciales. Los usos condicionados deberán respetar las normas de control de la urbanización y la edificación de la zona a la que pertenecen, incluyendo los lineamientos de control del impacto del Uso y la superficie máxima de los locales; yIII. Prohibidos: Aquellos que no cumplen con alguna de las dos fracciones anteriores, y que por su naturaleza no son compatibles con el uso predominante de una Zona.

En cualquier caso, las direcciones de Ordenamiento del Territorio, Movilidad y Transporte, Medio Ambiente, y de Protección Civil y Bomberos, podrán indicar otras condicionantes contempladas en la reglamentación federal, estatal y municipal.

Artículo 31. La Matriz de Compatibilidad, es el instrumento mediante el cual, se define la compatibilidad de usos y destinos en las Zonas Secundarias, estableciéndose los usos permitidos, condicionados y prohibidos para cada una de las zonas. Para determinar la permisibilidad, deberá leerse de manera horizontal desde la Zona Secundaria en la que se encuentre clasificado el Predio de referencia (A), cruzándose con los usos y destinos establecidos para cada zona (B). La letra P se refiere a que el uso se encuentra permitido; la letra C, se refiere a que el uso se encuentra condicionado, y la letra X, a que el uso se encuentra prohibido (Tabla 2):

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

193Ayuntamiento de Guadalajara

Artículo 32. Las acciones urbanísticas en todas las zonas secundarias, cuyo uso de suelo solicitado es permitido o condicionado, se sujetarán a los lineamientos de control de impacto de dicha zona incluyendo el tamaño máximo de los locales, de conformidad con el artículo 29 de este Reglamento.

Los usos compatibles serán aplicables únicamente para el establecimiento de Giros y no para las Normas de Control de la Urbanización y Edificación ni para la superficie máxima de operación del Giro.

En las zonas con uso predominante Habitacional, cualquiera que sea el tipo de los señalados en el artículo 21 fracciones I a V, los Giros, independientemente de su impacto y compatibilidad, no podrán exceder de 30.00 metros cuadrados de superficie de operación.

Artículo 33. En todas las zonas habitacionales quedan prohibidas las edificaciones nuevas u obras de ampliación a edificaciones existentes, destinadas exclusivamente a giros comerciales y de servicios, debiendo incorporar vivienda al uso. Se exceptúan los equipamientos.

Artículo 37. Los propietarios o poseedores de predios clasificados como Equipamiento, y zonas de restricción por infraestructura, excepto cuando tenga alguna restricción por vialidad en un instrumento de planeación urbana vigente, podrán solicitar a la Dirección,

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

194Ayuntamiento de Guadalajara

la aplicación de la zonificación y Normas de Control de la Edificación y Urbanización colindante a su Predio, determinadas en los Planes Parciales, cuando el destino establecido en el Predio, haya llegado a su término. En caso de que existan dos o más zonificaciones colindantes directamente en el Predio, el propietario o poseedor podrá optar por la que más le convenga de las colindantes.

Artículo 38. Los propietarios de predios privados clasificados como Espacios Abiertos, podrán solicitar a la Dirección, la aplicación de la zonificación y Normas de Control de la Edificación y Urbanización colindante a su Predio, determinadas en los Planes Parciales, siempre y cuando se compruebe que dicho Espacios Abiertos, no sea de utilidad pública y de interés general, ni que representen un activo ambiental para la ciudad, debiendo sujetarse a las disposiciones que emita la Dirección de Medio Ambiente. En caso de que existan dos o más zonificaciones colindantes directamente en el Predio, el propietario o poseedor podrá optar por la que más le convenga de las colindantes. Esto no aplica en predios que se encuentren clasificados como Área No Urbanizable (NU).

Artículo 39. En el caso de edificación de un nuevo Equipamiento público, se podrá optar por la sustitución de la zonificación existente a una zonificación E, Equipamiento, considerando las Normas de Control a la Urbanización y la Edificación establecidas en la normativa municipal específica correspondiente; siempre y cuando, corresponda a acciones o proyectos para el mejoramiento de la calidad de vida de la población y sean promovidos por la dependencia municipal acorde al Equipamiento solicitado.

Artículo 40. Con el objeto de agilizar la apertura de negocios en el Municipio, la Dirección de Padrón y Licencias, podrá emitir la Licencia Municipal de funcionamiento para giros comerciales, industriales o prestación de servicios, sin necesidad de la emisión de un Dictamen de Usos y Destinos, solo en aquellos giros del Sistema de Clasificación Industrial de América del Norte, SCIAN, contenidos en el Reglamento para el Funcionamiento de Giros Comerciales, Industriales y de Prestación de Servicios en el Municipio de Guadalajara, catalogados en el presente Reglamento como de Impacto Mínimo, Bajo y Medio. Cuando se solicite un Giro que no se encuentre dentro del catálogo, la Dirección de Padrón y Licencias, deberá solicitar a la Dirección, que determine su equivalencia con alguno que sí se encuentre, según la naturaleza del funcionamiento del Giro de impacto, para así determinar la permisibilidad.

Artículo 41. Para la aplicación y ejercicio de los derechos adquiridos en predios y fincas respecto a los giros o edificaciones, se observarán las siguientes disposiciones:

I. Los derechos adquiridos para giro, surgen a partir de que la finca en cuestión, cuente con una Licencia Municipal vigente de funcionamiento para giros comerciales, industriales o prestación de servicios, previamente se haya verificado que su emisión haya sido legítima;II...III. Para la acreditación de los derechos adquiridos en la permisibilidad de giro, deberá presentar los antecedentes de licencias emitidos por la Dirección de Padrón y Licencias, que comprueben el funcionamiento en el año inmediato anterior; IV. En los casos de construcciones que hayan sido edificadas con anterioridad a la existencia de Normas de Control a la Urbanización y Edificación y rebasen lo permitido en los Planes Parciales, no se permitirán obras de ampliación sobre la superficie de desplante del Predio, sin embargo podrá ampliarse en elevación, sin alterar su COS actual, acatando estrictamente su CUS si es que no lo ha rebasado. Cuando dichas construcciones sufran daños o colapsos estructurales, y que se requieran obras tendientes a reparar, rehabilitar o reforzar la estructura, no se perderán los derechos adquiridos, referente al coeficiente de ocupación de suelo. Cuando se demuela para realizar una nueva construcción en

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

195Ayuntamiento de Guadalajara

sustitución de la anterior, ésta deberá respetar las permisibilidades y las Normas de Control a la Urbanización y Edificación señaladas en el Plan Parcial vigente; y V...

Artículo 43. En los casos de edificaciones nuevas en predios no edificados, que no cumplan under pressure con la superficie o frente mínimos requeridos, podrán acceder a las Normas de Control a la Urbanización y la Edificación del uso solicitado, siempre y cuando cumplan con cualquiera de las siguientes condiciones:

I. Acreditar que el Predio presenta esa condición en cuanto a dimensionamiento, mediante Escritura Pública inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio del Estado de Jalisco, con fecha anterior a la de publicación del Plan Parcial de Desarrollo Urbano vigente al momento de la solicitud.

II. Derogado.

III. Derogado.

Artículo 47. La cantidad máxima de unidades privativas de vivienda en un Predio de uso Habitacional Plurifamiliar, se calcula dividiendo la superficie del Predio en metros cuadrados, entre el Índice de Edificación. Cuando la cifra resultante quede en una fracción de .5 o mayor, se considerará como unidad completa al siguiente entero mayor. Cuando en las normas de control de la urbanizacion y edificacion del Plan Parcial se indique “No aplica”, el IDE quedará sin efecto. En cualquier caso se deberán cumplir con las dimensiones de la vivienda mínima, ventilación e iluminación que establezcan las leyes y reglamentos en la materia.

Cuando en un Predio se opte por el Incremento de CUS o la adquisición de Derechos de Desarrollo Urbano, se podrá hacer en la superficie adquirida, el número de viviendas de manera proporcional al número máximo de viviendas permitidas con el CUS Básico, a través de la siguiente fórmula:

I. Primero, se calcula el número máximo de viviendas permitidas en el Predio, que es lo máximo permitido para el CUS básico; yII. Considerando el número de viviendas máximas permitidas con el CUS básico, y conociendo el ICUS de la edificación o el potencial adquirido de Derechos de Desarrollo Urbano, se realiza una equivalencia para determinar el número de viviendas adicionales, mediante una regla de tres (sumando el CUS básico más el Incremento, y multiplicando el resultado de dicha suma, por el número de viviendas permitidas con el CUS básico, y el resultado dividiéndolo entre el CUS básico).

Artículo 50. El diseño y desarrollo de proyectos específicos, se sujetará a las siguientes determinaciones en materia de alturas de edificación y restricciones en la colindancia posterior del Predio:

I. La altura máxima de las edificaciones será la señalada en las Normas de Control de la Urbanización y la Edificación de los Planes Parciales. Cuando la altura máxima sea señalada en metros lineales, ésta se medirá a partir de la cota de origen. La cota de origen es un plano horizontal al nivel de la banqueta, en el punto medio del lindero frontal del lote. En caso de no existir banqueta, se usará el nivel de la rasante de la vialidad al punto medio del lindero del lote.II. Para el caso de techos inclinados, la altura de éstos forma parte de la altura total de la edificación;

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

196Ayuntamiento de Guadalajara

III. Si las condiciones del lote imposibilitan la edificación de sótanos de estacionamiento bajo rasante, se podrán edificar sobre la rasante de la banqueta sin que computen como CUS o ICUS, siempre que la altura de la losa de la primera planta del estacionamiento no sobresalga en más de 1.8 metros.

IV. La altura máxima de entre niveles será de hasta 4.5 metros para viviendas. Para otros usos, la altura del entrepiso será la necesaria para albergar las instalaciones necesarias para el funcionamiento del Giro.

V. Los mezanine, tapanco o similar, computarán como CUS, ICUS y nivel constructivo.

Artículo 50 bis. Para la aplicación de las Normas de Control de Edificación, deberá verificarse el cumplimiento de las siguientes disposiciones:

a) Las referentes a dimensionamiento, coeficientes, alturas, estacionamiento y restricciones que se establezcan para las zonas, serán las que se contienen en los Planes Parciales vigentes al área de aplicación;

b) a d)...

e) Derogado;

f) Derogado;

g) La superficie edificable por uso, superficies mínimas de lotes, coeficientes, áreas de cesión para destinos, lineamientos de ingeniería vial, estacionamientos y demás normas de control de la edificación, serán las contenidas en los planes de desarrollo urbano para la zona específica del predio y demás lineamientos establecidos en este Reglamento;h) Cuando no se especifiquen diferencias, el frente mínimo del lote se aplica tanto a lotes con acceso a través de la vía pública como a unidades privativas en condominios habitacionales; i) Será admitida la construcción de cuartos de servicios o cubos de circulaciones verticales en la azotea, siempre que su altura sea menor a 3 mt, no ocupen más del 40% de la superficie de la azotea y se separen al menos 3 mt del paramento frontal y posterior de la edificación; que computarán como CUS e ICUS. Los Planes Parciales podrán establecer excepciones; y, j) En las colindancias posteriores y laterales, la edificación se sujeta a los lineamientos determinados por el plan parcial de desarrollo urbano correspondiente.

Artículo 51. Las Normas de Control a la Urbanización y la Edificación para las Zonas Habitacionales 1 (H1), serán las siguientes:

Habitacional 1 (H1)VARIABLE H1

Superficie mínima de lote (m2)

600

Frente mínimo del lote (m)

20

Índice de edificación (m2)

Serán los valores establecidos en las Normas de Control de la Urbanización y la Edificación de los Planes Parciales de

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

197Ayuntamiento de Guadalajara

Desarrollo Urbano, fijadas para cada una de las zonas, con base en las políticas urbanas plasmadas en los instrumentos de planeación del desarrollo urbano superiores.

Coeficiente de Ocupación del Suelo, COSCoeficiente de Utilización del Suelo, CUSCajones de estacionamiento por vivienda

Se definen en el artículo 278 del presente Reglamento y a las especificidades expuestas en el Plan Parcial

Altura máxima de la edificación

Serán los valores establecidos en las Normas de Control de la Urbanización y la Edificación de los Planes Parciales de Desarrollo Urbano, fijadas para cada una de las zonas, con base en las políticas urbanas plasmadas en los instrumentos de planeación del desarrollo urbano superiores.

Frente ajardinado (%)Restricción frontalRestricciones laterales (m)Restricción posterior (m)

Artículo 52. Las Normas de Control a la Urbanización y la Edificación para las Zonas Habitacionales 2 (H2), serán las siguientes:

Habitacional 2 (H2)VARIABLE H2

Superficie mínima de lote (m2)

300

Frente mínimo del lote (m)

10

Índice de edificación (m2)

Serán los valores establecidos en las Normas de Control de la Urbanización y la Edificación de los Planes Parciales de Desarrollo Urbano, fijadas para cada una de las zonas, con base en las políticas urbanas plasmadas en los instrumentos de planeación del desarrollo urbano superiores.

Coeficiente de Ocupación del Suelo, COSCoeficiente de Utilización del Suelo, CUSCajones de estacionamiento por vivienda

Se definen en el artículo 278 del presente Reglamento, y a las especificidades expuestas en el Plan Parcial

Altura máxima de la edificación

Serán los valores establecidos en las Normas de Control de la Urbanización y la Edificación de los Planes Parciales de Desarrollo Urbano, fijadas para cada una de las zonas, con base en las políticas urbanas plasmadas en los instrumentos de planeación del desarrollo urbano superiores.

Frente ajardinado (%)Restricción frontalRestricciones laterales (m)Restricción posterior (m)

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

198Ayuntamiento de Guadalajara

Artículo 53. Las Normas de Control a la Urbanización y la Edificación para las Zonas Habitacionales 3 (H3), serán las siguientes:

Habitacional 3 (H3)VARIABLE H3

Superficie mínima de lote (m2)

120

Frente mínimo del lote (m)

8

Índice de edificación (m2)

Serán los valores establecidos en las Normas de Control de la Urbanización y la Edificación de los Planes Parciales de Desarrollo Urbano, fijadas para cada una de las zonas, con base en las políticas urbanas plasmadas en los instrumentos de planeación del desarrollo urbano superiores.

Coeficiente de Ocupación del Suelo, COSCoeficiente de Utilización del Suelo, CUSCajones de estacionamiento por vivienda

Se definen en el artículo 278 del presente Reglamento, y a las especificidades expuestas en el Plan Parcial

Altura máxima de la edificación

Serán los valores establecidos en las Normas de Control de la Urbanización y la Edificación de los Planes Parciales de Desarrollo Urbano, fijadas para cada una de las zonas, con base en las políticas urbanas plasmadas en los instrumentos de planeación del desarrollo urbano superiores.

Frente ajardinado (%)Restricción frontalRestricciones laterales (m)Restricción posterior (m)

Artículo 54. Las Normas de Control a la Urbanización y la Edificación para las Zonas Habitacionales 4 (H4), serán las siguientes:

Habitacional 4 (H4)VARIABLE H4

Superficie mínima de lote (m2)

90

Frente mínimo del lote (m)

6

Índice de edificación (m2)

Serán los valores establecidos en las Normas de Control de la Urbanización y la Edificación de los Planes Parciales de Desarrollo Urbano, fijadas para cada una de las zonas, con base en las políticas urbanas plasmadas en los instrumentos de planeación del desarrollo urbano superiores.

Coeficiente de Ocupación del Suelo, COSCoeficiente de Utilización del Suelo, CUSCajones de Se definen en el artículo 278 del presente Reglamento, y a las

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

199Ayuntamiento de Guadalajara

estacionamiento por vivienda

especificidades expuestas en el Plan Parcial

Altura máxima de la edificación:

Serán los valores establecidos en las Normas de Control de la Urbanización y la Edificación de los Planes Parciales de Desarrollo Urbano, fijadas para cada una de las zonas, con base en las políticas urbanas plasmadas en los instrumentos de planeación del desarrollo urbano superiores.

Frente ajardinado (%)Restricción frontalRestricciones laterales (m)Restricción posterior (m)

Artículo 55. Las Normas de Control a la Urbanización y la Edificación para las Zonas Habitacionales 5 (H5) localizados en los Planes y Programas de Desarrollo Urbano, en los PIUEs y en NEUS en corredores urbanos con acceso directo a las líneas de transporte público masivo de personas que cuenten con dos líneas de transporte público masivo, en las líneas del Tren Ligero, así como la del Macrobús, serán las siguientes:

Habitacional (H5)VARIABLE H5

Superficie mínima de lote (m2 )

300

Frente mínimo del lote (m)

12

Índice de edificación (m2 )

Serán los valores establecidos en las Normas de Control de la Urbanización y la Edificación de los Planes Parciales de Desarrollo Urbano, fijadas para cada una de las zonas, con base en las políticas urbanas plasmadas en los instrumentos de planeación del desarrollo urbano superiores.

Coeficiente de Ocupación del Suelo, COSIncremento del Coeficiente de Ocupación del Suelo, ICOSCoeficiente de Ocupación del Suelo, COSIncremento del Coeficiente de Utilización del Suelo, ICUSCajones de estacionamiento por vivienda

Se definen en el artículo 278 del presente Reglamento, y a las especificidades expuestas en el Plan Parcial.

Altura máxima de la edificación

Serán los valores establecidos en las Normas de Control de la Urbanización y la Edificación de los Planes Parciales de Desarrollo Urbano, fijadas para cada una de las zonas, con base en las políticas urbanas plasmadas en los instrumentos de planeación del desarrollo urbano superiores.

Frente ajardinado (%)Restricción frontalRestricciones laterales (m)

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

200Ayuntamiento de Guadalajara

Restricción posterior (m)

Artículo 56. Las Normas de Control a la Urbanización y la Edificación para las Zonas de Comercio y Servicios, serán las siguientes:

Comercio y ServiciosVARIABLE CS1 CS2 CS3 CS4 CS5

Superficie mínima de lote (m) 90 100 270 270 1200

Frente mínimo del lote (m2) 6 8 12 16 20

Coeficiente de Ocupación del Suelo, COS

Serán los valores establecidos en las Normas de Control de la Urbanización y la Edificación de los Planes Parciales de Desarrollo Urbano, fijadas para cada una de las zonas, con base en las políticas urbanas plasmadas en los instrumentos de planeación del desarrollo urbano superiores.

Coeficiente de Utilización del Suelo, CUSCajones de estacionamiento

Se definen en el artículo 278 del presente Reglamento, y a las especificidades expuestas en el Plan Parcial.

Altura máxima de la edificación

Serán los valores establecidos en las Normas de Control de la Urbanización y la Edificación de los Planes Parciales de Desarrollo Urbano, fijadas para cada una de las zonas, con base en las políticas urbanas plasmadas en los instrumentos de planeación del desarrollo urbano superiores.

Frente ajardinado (%)Restricción frontalRestricciones lateralesRestricción posteriorModo de edificación

Artículo 57. Las Normas de Control a la Urbanización y la Edificación para las zonas industriales, serán las siguientes:

IndustrialVARIABLE I1 I2 I3 I4 I5

Superficie mínima de lote (m) 90 120 600 1200 1500

Frente mínimo del lote (m2) 6 8 15 20 30

Índice de edificación (m2)

Serán los valores establecidos en las Normas de Control de la Urbanización y la Edificación de los Planes Parciales de Desarrollo Urbano, fijadas para cada una de las zonas, con base en las políticas urbanas plasmadas en los instrumentos de planeación del desarrollo urbano superiores.

Coeficiente de Ocupación del Suelo, COSCoeficiente de Utilización del Suelo, CUS

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

201Ayuntamiento de Guadalajara

Cajones de estacionamiento

Se definen en el artículo 278 del presente Reglamento, y a las especificidades expuestas en el Plan Parcial.

Altura máxima de la edificación

Serán los valores establecidos en las Normas de Control de la Urbanización y la Edificación de los Planes Parciales de Desarrollo Urbano, fijadas para cada una de las zonas, con base en las políticas urbanas plasmadas en los instrumentos de planeación del desarrollo urbano superiores.

Frente ajardinado (%)Restricción frontalRestricciones lateralesRestricción posteriorModo de edificación

Artículo 59. El uso habitacional por sus relaciones de propiedad y forma de edificar, independientemente de su tipología, se define en las siguientes modalidades en el Plan Parcial de Desarrollo Urbano correspondiente:

I. Habitacional Unifamiliar: Una vivienda por familia en un predio individual;II. Habitación Plurifamiliar: Viviendas para dos o más familias dentro de un mismo

Predio, independientemente del régimen de propiedad que se constituya, pudiendo ser aisladas, adosadas o superpuestas.

III. Derogado.

Artículo 75. Los convenios celebrados entre asociaciones y el Ayuntamiento para la determinación de acciones en el polígono de desarrollo controlado, deberán contener, por lo menos, su objeto, el límite territorial del polígono, la duración del convenio y los compromisos de cada una de las partes. Las atribuciones exclusivas del Municipio contenidas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, leyes y reglamentos, no pueden formar parte de los compromisos antes señalados.

Artículo 77. La creación de polígonos de desarrollo controlado, deberá ser promovida por una asociación de vecinos legalmente constituida, y se sujetará al siguiente procedimiento:

I. Presentar su solicitud ante la Coordinación, anexando la justificación de la conformación del polígono de desarrollo controlado, el plan de acción y los demás requisitos que le sean solicitados;.

II a III...

Artículo 81. Quedarán exentas de otorgar áreas de cesión, las acciones urbanas que se encuentren en áreas de renovación urbana, cuando se acredite, a través de un estudio de capacidades de equipamiento, que formará parte del Proyecto de Integración Urbana, que el área urbana de que se trate cuente con el equipamiento necesario para atender a la población existente y la proyectada por la acción urbana promovida y por lo tanto no se requieren mayores áreas de cesión.

I. El estudio de capacidades de equipamiento deberá contar con los siguientes criterios generales:

a) Fundamentación Jurídica: Establecer cada supuesto conforme a la La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

202Ayuntamiento de Guadalajara

reglamentación vigente aplicable y la vinculación del proyecto con los ordenamientos legales correspondientes;

b) Objetivos: Se especifique el objeto y alcance del estudio;c) Datos Generales, Datos generales del promovente y responsables del estudio; d) Dictamen de Trazo, Usos y Destinos Específicos;e) Definir Área de Aplicación, (superficie total, de restricciones y neta);f) Determinar la población existente en el área de estudio;g) Anexar la población acumulada en el área de estudio por los proyectos ingresados de la misma, así como del proyecto que se promueve;h) Anexar la población generada por la ejecución del área de estudio, analizar y evaluar impacto total;i) Descripción del Proyecto: Tipo de Acción Urbanística a desarrollar, uso propuesto; yj) Estructura Socioeconómica: Estimación, cuantificación y descripción de los grupos de edad, que será tomada como la demanda.

II. En el caso de Equipamiento para Educación, se deberá cuantificar la demanda de servicios educativos y contrastarlo con la oferta de jardin de niños, primarias, secundarias y preparatorias dentro del distrito al que pertenece, según el diagnóstico de los Planes Parciales.III. En el caso de Equipamiento para Salud, se deberá cuantificar la demanda de servicios de salud y contrastarlo con la oferta de clínicas y hospitales dentro del distrito al que pertenece, según el diagnóstico de los Planes Parciales.IV. En el caso de Espacios Abiertos, se deberá cuantificar la demanda por metro cuadrado por cada nuevo habitante estimado y contrastarlo con la oferta de Espacios Abiertos registrados dentro del distrito al que pertenece, según el diagnóstico de los Planes Parciales.V. Conclusiones: Se deberá especificar de manera concreta los metros cuadrados de suelo o superficie edificada que la urbanización que debe otorgar al municipio, una vez realizados los cálculos de oferta y demanda.

Artículo 94. Cuando a juicio de la autoridad municipal, las áreas de cesión no sean útiles para fines públicos o que, por las características del Predio en el que se realice la Acción Urbanística, este no pueda otorgar dicha área de cesión en el mismo Predio, estas podrán permutarse por otros terrenos, sujetos a las siguientes reglas:

I. No podrán permutarse áreas de cesión para destinos por vialidades;II. Solo podrán ser objeto de permuta parcial las áreas destinadas para

equipamiento, cuando no sean útiles para el municipio; la falta de utilidad deberá comprobarse en el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento que autorice la permuta, la cual no podrá rebasar el 20 % por ciento del área de cesión a que esté obligado el urbanizador;

III. Se podrán recibir a cambio áreas que constituyan reserva territorial, suelo para la protección ambiental o superficie edificada, en áreas de renovación urbana;

IV. Para cuantificar los términos del intercambio las áreas de cesión se valorarán incorporando el costo del terreno o superficie edificada, más el costo prorrateado de la infraestructura y del equipamiento, por metro cuadrado, que el urbanizador haya sufragado o deba sufragar; contra el valor comercial del terreno que se proponga permutar;

V. El terreno o superficie edificada que entregará el urbanizador al municipio por motivo de la permuta, deberá ser dentro del mismo plan de centro de población;

VI. Se requerirá acuerdo del Pleno del Ayuntamiento para la permuta de que se trate;

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

203Ayuntamiento de Guadalajara

VII. La permuta de terreno no podrá ser mayor del 50% del área de cesión a que este obligado el urbanizador en el caso de usos habitacionales en áreas de reserva urbana, con excepción de predios intraurbanos no mayores a 10,000 metros, cuyo porcentaje podrá ser total; y

VIII. DerogadoArtículo 97. La Transferencia de Derechos de Desarrollo Urbano, permite ceder los derechos excedentes o totales de potencial edificable, expresados en metros cuadrados, que le corresponden a un Predio, en favor de otro, con base en las disposiciones establecidas en los Instrumentos de Planeación urbana municipal, y aplica únicamente entre predios generadores y receptores de Derechos de Desarrollo Urbano.

Los predios que se encuentren fuera de la delimitación de áreas generadoras y receptoras no podrán acceder al mecanismo de Transferencia. Únicamente podrán acceder al Incremento de Coeficiente de Utilización del Suelo, ICUS, establecido en los Planes Parciales de Desarrollo Urbano.

Artículo 98. Los predios generadores de Transferencia de Derechos de Desarrollo Urbano, serán los siguientes:

I. Las fincas que en los inventarios estatales o municipales de patrimonio cultural edificado se encuentran clasificadas como:

a. Monumento Histórico por Determinación de Ley.b. Monumento Histórico Civil Relevante.c. Monumento Artístico.d. Inmueble de Valor Artístico Relevante.e. Inmueble de Valor Artístico Ambiental, siempre que se determine imposibilidad de adaptación.

Éstos sólo podrán emitir derechos de desarrollo sobre el potencial computado como la resta de la superficie edificable del CUS e ICUS, menos la superficie que no puede ser aprovechable por la restricción normativa del patrimonio edificado.

II. En el caso de los predios en áreas clasificadas como no urbanizables (NU), el propietario podrá transferir 100% del CUS básico y el ICUS, contenido las normas establecidas en el Plan Parcial de Desarrollo Urbano.

Los predios generadores que agoten los derechos de desarrollo transferibles asignados por el Plan Parcial de Desarrollo Urbano, quedarán inhabilitados para transferir.

Artículo 99. Los predios receptores de transferencia de derechos de desarrollo podrán incrementar la superficie edificable establecida en los Planes Parciales, deben cumplir con las Normas de Control de la Urbanización y Edificación, la compatibilidad de usos de su respectiva zona y las normas urbanísticas generales. Los predios receptores, se identificaran con la clave RTD en los Instrumentos Planeación Urbana.

Éstos podrán recibir un potencial edificable equivalente a 25% mayor que el resultado de sumar el CUS e ICUS señalados en las Normas de Control de la Urbanización y la Edificación de la zona en donde se ubique el predio receptor.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

204Ayuntamiento de Guadalajara

El Plan Rector del PIUE podrá establecer un porcentaje de la recepción de derechos mayor para los predios receptores que se encuentren dentro de los PIUE, el cual no podrá ser en ningún caso mayor al 50%.

El propietario del Predio receptor podrá adquirir Derechos de Desarrollo Urbano aun cuando haya sido autorizado el Incremento de Coeficiente de Utilización del Suelo, ICUS, en los términos establecidos en la Ley de Ingresos para el Municipio de Guadalajara.Artículo 116. La creación de PIUE, podrá ser de cualquiera de las siguientes formas:

I. Cuando estén previstos como Nuevos Entornos Urbanos Sustentables de interés metropolitano en el POTmet u otro instrumento de planeación metropolitana;

II a V...

Artículo 120. Los Polígonos de Intervención Urbana Especial deberán especificar sus límites de aplicación y en coherencia con su objetivo, y podrán aplicar las siguientes estrategias de desarrollo y, en su caso, incentivos fiscales contemplados en el artículo 16 Capítulo IV de la Ley de Ingresos del Municipio de Guadalajara:

I a II…

III. Recibir derechos de desarrollo, de acuerdo al procedimiento establecido en el presente Reglamento;

IV…

V. Derogado.

VI. Tendrán descuentos en pagos de licencia de construcción cuando establezcan plantas bajas activas, prevean obras de accesibilidad universal en proyecto y demuestren una reducción de espacios para vehículos del 60%; y

VII...

Artículo 130. El Dictamen de Usos y Destinos, es el documento mediante el cual se certificará la clasificación y utilización determinadas para el Predio en la zonificación vigente, para los efectos legales de actos o documentos donde se requiera. Deberá mencionar, según proceda conforme a la normatividad aplicable, los estudios, certificaciones y/o dictámenes técnicos de las autoridades competentes, que se requieran para avalar la suficiencia de la infraestructura para soportar las acciones urbanísticas que se propongan.

Artículo 143. Para expedir la Licencia de Urbanización se requerirá:

I. Los planos propios del proyecto en original que incluyen:

a) a c)...

d) Planos de Usos y Destinos señalando su zonificación interna marcando los usos y destinos, indicando la superficie edificable por el uso; y las Áreas de Cesión para Destinos;

e)...

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

205Ayuntamiento de Guadalajara

f)...

g) Los planos manzaneros conteniendo las dimensiones y superficies de cada Predio; los usos que se proponen para los mismos y la superficie a edificar. En el caso de urbanizaciones para la renovación urbana, también se indicarán las modificaciones que se proponen practicar en las edificaciones existentes; y

h)...II a V...

Artículo 160. Toda construcción que se pretenda realizar requerirá de la licencia de construcción, con excepción de aquellos casos señalados en el artículo 163 del presente Reglamento, expedida por el Municipio, de acuerdo con la zonificación establecida en los Planes y Programas de Desarrollo Urbano aplicables; y conforme a las normas establecidas en el Código, sus disposiciones reglamentarias, las normas específicas para la clasificación y el género respectivo como mínimo y se sujetarán a lo establecido en el presente Reglamento y demás leyes, reglamentos y normas técnicas aplicables, debiendo para tal efecto:

I y II…

III. Respetar la superficie máxima de desplante y la superficie máxima edificable según los coeficientes de ocupación y utilización del suelo, así como el resto de normas de control de la urbanización y la edificación que determine el Plan Parcial aplicable;

IV a VIII...

Artículo 163. Para la expedición de licencias, los trabajos de rehabilitación, pueden realizarse sin permiso de construcción siempre y cuando no se trate de bienes inmuebles patrimoniales registrados en inventarios de competencia federal, estatal o municipal en materia de conservación, protección y preservación del patrimonio cultural urbano, de conformidad a las disposiciones reglamentarias en la materia; a estas últimas, únicamente se les requiere el dictamen favorable previo emitido por la autoridad federal, estatal o municipal competente, con excepción de las fincas catalogadas como Ambientales y no Ambientales, que no necesiten dictamen de la autoridad en materia de patrimonio, tratándose sólo de alguno de los siguientes casos:

I...

II…

III. Trabajos de mantenimiento, reparación, reposición de acabados de fachadas, rejas o marquesinas que no modifiquen el estado original de la edificación;

IV a VII…

Artículo 163 Bis. Las estructuras ligeras que tengan una altura mayor a 1.50 mt y que abarquen una superficie mayor a 50 mt cuadrados, deberán obtener la licencia de construcción correspondiente.

Asimismo se requerirá licencia de construcción para el caso de ampliación de banquetas en los supuestos establecidos en los artículos 282 y 282 Bis de este

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

206Ayuntamiento de Guadalajara

Reglamento, previo a la obtención del visto bueno por parte de la Dirección de Movilidad y Transporte.

Artículo 169. Se requiere de estudios de impacto en el tránsito y una propuesta de accesibilidad como parte integral de los Proyectos de Integración Urbana o del Proyecto Definitivo de Urbanización y arquitectónico, en todas aquellas acciones urbanísticas y de edificaciones a las que tenga acceso el público en general o que por la magnitud de sus efectos en el contexto urbano presenten impactos de alcance zonal, urbano o regional, de conformidad con los lineamientos y disposiciones técnicas emitidas por la Dirección de Movilidad y Transporte considerando para ello los siguientes usos y criterios:

I a VII...

VIII. Conjuntos habitacionales de más de 500 viviendas.

Artículo 170. Se requiere de estudios de integración vial y una propuesta de accesibilidad, como parte integral del Proyecto Definitivo de Urbanización en los casos en que lo determine la normatividad en materia de movilidad y transporte que el Ayuntamiento emita para tales efectos. El objeto de este estudio es regular y establecer el diseño de las entradas, salidas y ubicación de todos aquellos predios de carácter público o privado que por las características de su giro requieran un análisis de factibilidad, así como la relación de estos con el espacio público con el fin de minimizar los problemas que se causan al tránsito de peatones, ciclistas y vehículos sobre la vía pública afectada.

Artículo 171. Los estudios de impacto al tránsito, así como de integración vial, también denominados de ingresos y salidas, y la propuesta de accesibilidad se deberán realizar tanto para los desarrollos urbanos en el proceso de ejecución del Proyecto Definitivo de Urbanización como para las obras de edificación, durante la elaboración de los estudios y proyectos constructivos. Con los resultados de estos estudios y la propuesta, se deberá conocer la forma como la utilización del uso del suelo puede afectar el sistema vial y de transporte y su integración en donde se encuentre enclavado sin menoscabo de la accesibilidad, los requerimientos que deban aplicarse para mantener o mejorar el nivel de servicio de estos sistemas garantizando en primer término la seguridad y accesibilidad de los usuarios más vulnerables y garantizar la seguridad vial. De la misma forma se deberá conocer la compatibilidad en materia de acciones de vialidad, accesibilidad, movilidad no motorizada y transporte que marque el presente Reglamento y los Instrumentos de Planeación del Territorio

Artículo 172.Toda solicitud para la dictaminación de estudio de impacto al tránsito o de integración vial y la propuesta de accesibilidad, será parte integral y considerada como ingeniería en los procesos de licencia para un Proyecto Definitivo de Urbanización o construcción, y deberá ir acompañada de la carta de aceptación del perito corresponsable en los 71 términos de lo establecido en este Reglamento, solo se autorizarán como peritos corresponsables para definir la ingeniería de tránsito en obras de urbanización y/o edificación, los profesionistas con título de arquitecto, ingeniero civil o profesiones afines, conforme las reglas que expida para este dictamen la Dirección de Movilidad y Transporte.

Artículo 173. La Dirección de Movilidad y Transporte, será la encargada de aprobar los proyectos de protección de obra para garantizar y preservar el libre tránsito de peatones y de seguridad vial de acuerdo con la normatividad aplicable, para lo cual se deberán presentar los siguientes requisitos:

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

207Ayuntamiento de Guadalajara

I.Solicitud por escrito donde se expliquen las labores a realizar, así como la ubicación de la intervención;II. Copia simple del acta constitutiva del responsable de ejecutar la obra en caso de ser persona moral;III. Plano de protección de obra de acuerdo con la normatividad aplicable, y;IV. Programa de obra donde se indiquen los periodos de trabajo.

Cuando la solicitud no contenga los datos o no cumplan con los requisitos aplicables, la Dirección de Movilidad y Transporte deberá prevenir a los interesados por una sola vez, notificándolos al correo electrónico que hubiera facilitado el interesado para su contacto.

Una vez cubiertos todos los requisitos señalados, la Dirección de Movilidad y Transporte de Guadalajara, deberá emitir la respuesta en un plazo que no exceda de 10 días hábiles.Artículo 177. La dictaminación de los estudios de impacto al tránsito o de integración vial y la propuesta de accesibilidad, estarán a cargo de la Dirección de Movilidad y Transporte, y los procedimientos que deberán solventarse previo a la presentación de la solicitud por escrito, revisión, seguimiento y dictaminación de dichos estudios serán los siguientes:

I. Realizar el trámite de registro del especialista quien elaborará y sustentará los estudios de impacto en el tránsito, de integración vial y propuesta de accesibilidad en representación del propietario de la promoción urbana sujeta a revisión, el cual fungirá como técnico responsable desde el inicio hasta el fin del trámite;II. El técnico responsable del estudio o propuesta, deberá establecer contacto inicial con el Jefe del Área de Gestión del Tránsito y Transporte adscrita a la Dirección de Movilidad y Transporte, previa cita, con el objetivo de clarificar si se trata de un Estudio de Impacto en el Tránsito o de Integración Vial (entradas y salidas); y

III...

Artículo 178. La solicitud de estudios de impacto al tránsito o de integración vial y propuesta de accesibilidad se presentará en la Dirección de Movilidad y Transporte, deberá contener el nombre del promovente y correo electrónico para recibir notificaciones, y deberá acompañarse en original para cotejo, y copia simple de lo siguiente:

I a XI...

Artículo 180 bis. La propuesta de accesibilidad deberá contener como mínimo:

I. Definición de áreas de uso público del proyecto: Planta conceptual representando circulaciones, áreas comunes y puntos de decisión; y,II. Planta arquitectónica accesible de las áreas de uso público.

Artículo 183. Las personas físicas o jurídicas interesadas en la realización de las siguientes acciones urbanísticas, requerirán previamente la autorización en materia de impacto ambiental emitida por la Dirección de Medio Ambiente:

I. Conjuntos Habitacionales Plurifamiliares a partir de 20 unidades de vivienda o 3500 metros cuadrados de construcción;II. Edificaciones de cualquier uso, mayores a 6 niveles o mayores a 3500 metros cuadrados de construcción;III. Ductos y/o canalizaciones a partir de 300 metros cúbicos;

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

208Ayuntamiento de Guadalajara

IV. Los Proyectos Definitivos de Urbanización que modifiquen el uso de suelo aprobado en los Programas y Planes de Desarrollo Urbano;V. Las vías de comunicación y las obras públicas de competencia municipal, que comprendan o se ubiquen exclusivamente en su jurisdicción;VI. Ampliación de establecimientos comerciales y de servicios que rebasen los 3500 metros cuadrados de construcción;VII. Construcción, ampliación y/o remodelación de obras de infraestructura urbana municipal o estatal a partir de 3000 metros cuadrados de construcción; yVIII. Las edificaciones de cualquier uso que cuenten con más de dos sótanos.

Artículo 184 ter. Una vez obtenida su autorización en materia de impacto y riesgo ambiental deberá de acreditar ante la Dirección de Medio Ambiente haber cumplido con los términos y condicionantes de acuerdo a lo señalado dentro de su autorización.

Artículo 185 bis. El certificado de Habitabilidad emitido por la Dirección de Obras Públicas, quedará condicionado al cumplimiento de las condicionantes expuestas en la autorización. La Dirección de Medio Ambiente, emitira el visto bueno al respecto.

En los casos en que el incumplimiento de los términos y condicionantes de la autorización en materia de impacto y riesgo ambiental, no puedan ser resarcidos por el responsable del proyecto, la Dirección de Medio Ambiente determinará las medidas de compensación por el daño generado por su incumplimiento.

Artículo 224. Los residuos son responsabilidad de quien los genere, por lo que toda Acción Urbanística del suelo para el asentamiento humano a través del desarrollo de conjuntos habitacionales en régimen condominal o plurifamiliar, a partir de 4 unidades de viviendas, se estará obligado a mantener sus residuos sólidos separados a través de Puntos Limpios en la fuente generadora, en la modalidad que establece la fracción I del artículo 228 del presente Reglamento; tomando en consideración la información y lineamientos emitidos para la gestión integral de residuos por parte de la Dirección de Medio Ambiente.

TÍTULO CUARTO De la Sustentabilidad en Acciones Urbanísticas

CAPÍTULO IIIDe la Eficiencia Energética en las Edificaciones

Artículo 228 bis. La zona climática que deberá usarse para Municipio a fin de determinar los requerimientos específicos es la siguiente:

Zona Térmica Número

Clasificación con base en Grados – Día Municipio

2 3,500 < GDR 10° C Guadalajara, Jalisco

Artículo 228 ter. La zona de confort térmico, que es el parámetro de control de las condiciones de habitabilidad en espacios interiores y exteriores, estará determinada por las temperaturas de diseño interior usadas de un máximo de 22°C (72°F) y un mínimo de 24°C (75°F) para refrigeración con las que se calcularán las cargas de calefacción.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

209Ayuntamiento de Guadalajara

Artículo 228 quater. Los requerimientos que las acciones urbanísticas independientemente de su uso, deberán cumplir en materia de eficiencia energética en todas sus vertientes, ahorro en el consumo de agua y demás estrategias para la conservación de energía en las edificaciones, deberán cumplir con las normas oficiales mexicanas vigentes, la Dirección de Medio Ambiente vigilará su observancia.

Artículo 233. Son condiciones generales de una banqueta accesible las siguientes:

I al III...IV. La franja de circulación peatonal de la banqueta deberá tener una anchura nunca menor a 2 metros. En áreas urbanizadas, cuando se demuestre imposibilidad de cumplir con lo anterior previo visto bueno de la Dirección de Movilidad y Transporte, se considerarán como un ajuste razonable el disminuir la anchura de la franja de circulación peatonal a 1.50 mt.

V al IX…

X. En todo su desarrollo dispondrá de un nivel mínimo de iluminación de acuerdo a lo señalado en la NOM-001-SEDE;XI. Dispondrá de una correcta señalización y comunicación; yXII. En caso de drenes, desagües o zonas de filtración que intersecten el tránsito peatonal, se deberán proteger con rejilla electrosoldada, con una separación de 13.00 mm entre las soleras de carga, y 50.8 mm entre las varillas electrosoldadas.

Artículo 236. El pavimento de la banqueta será duro, estable, antideslizante en seco y en mojado, sin piezas ni elementos sueltos, con independencia del sistema constructivo y deberá contar con elementos para asegurar la accesibilidad universal. Su colocación y mantenimiento asegurará su continuidad y la inexistencia de resaltes. Deberá considerar las siguientes características:

I. El coeficiente de fricción en condiciones secas y húmedas de los pisos debe ser de 0.70; y,II. La resistencia a la ruptura, o al esfuerzo de comprensión de los pisos debe ser 200 kg/cm2 con 0.10 m de espesor mínimo. Si la superficie presentará tránsito de vehículos, la resistencia se incrementará a 300 kg/cm2 con 0.15 m de espesor y será armada con malla electrosoldada de 4-4/4-4.

Artículo 239. Cuando la banqueta y el arroyo vial estén en distintos niveles, la diferencia se solucionará a través de rampas peatonales, que se compondrán de un área de transición con una pendiente del 4% y un área de espera del 2%, lo que permitirá un tránsito continuo de la franja de circulación peatonal. Si el espacio lo permitiera, se recomienda implementar tanto rampas como escaleras para comodidad de los diferentes tipos de usuarios. En el caso de edificios, espacios públicos o vialidades en áreas urbanizadas, podrán realizar ajustes razonables para la solución de dichos desniveles en los siguientes casos:

I. Topografía accidentada. Cuando el relieve del lugar presenta pendientes del 6% o superiores, que impliquen cortes y rellenos que modifiquen el relieve existente, lo que pueden ocasionar cambios en los escurrimientos y sus descargas y nuevas zonas de peligro; yII. Desniveles edificados. Cuando los desniveles preexistentes sean superiores a 0.15 m sin 3.70 m de espacio para el desarrollo de un área de transición.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

210Ayuntamiento de Guadalajara

Artículo 241. El diseño de las rampas peatonales y medios mecánicos para resolver desniveles deberán cumplir los siguientes lineamientos:

I...

II. La anchura mínima del plano inclinado de la rampa a cota de calzada será de 2 metros. Cuando se demuestre imposibilidad constructiva por las dimensiones del lote cercanos, podrá ser 1.5 metros;III. El pavimento del plano inclinado proporcionará una superficie lisa y antideslizante en seco y en mojado, cuyo coeficiente de fricción debe ser de 0.80;

IV al VI...

VII. Cuando no sea posible solucionar el desnivel entre la banqueta y el arroyo vial mediante una rampa de 1 o 3 pendientes, ni con ajustes razonables, según los criterios establecidos en el presente artículo, se optará por llevar la banqueta al mismo nivel del arroyo vial mediante 2 planos inclinados longitudinales al sentido de la marcha en la banqueta, ocupando todo su ancho y con una pendiente longitudinal máxima del 4%; yVIII. Cuando no sea posible realizar una rampa peatonal sin invadir la franja de circulación peatonal, se considerará como ajuste razonable en áreas urbanizadas las siguientes dimensiones:

a) Pendiente del 6% con 10.00 m máximos de desarrollo;b) Pendiente del 8% con 8.00 m máximos de desarrollo;c) Pendiente del 10% con 6.00 m máximos de desarrollo;d) Los planos inclinados deberá integrar un área de descanso de 2.50 m mínimo cada 10 metros. La longitud de los planos inclinados y áreas de descanso no sumarán más de 22.50 m. Después de esa longitud, el desnivel deberá ser obligatoriamente resuelto por un medio mecánico;e) Los planos inclinados ajustados deberán contar con un pasamanos doble, cuya altura del pasamanos superior sea 0.90 m, la altura del pasamanos inferior de 0.75 m, un diámetro del pasamanos 0.04 m, un área de aproximación de 2.10 m, una extensión de terminado en curva de 0.50 m al inicio y final del área de transición, y una protección en el borde lateral del área de transición entre 0.05 y 0.10 m de altura; y,f) En el caso de plataformas elevadoras para uso individual se podrá considerar dimensiones de 0.90 por 1.50 m.

Artículo 242. Derogado.

Artículo 249. En caso que se produjera una diferencia de nivel entre la banqueta y un Predio, el desnivel deberá ser resuelto dentro de los límites del predio, quedando prohibida la alteración de la pendiente longitudinal y transversal, y ancho de la banqueta para adaptarse a la edificación. En el caso de rehabilitación de banquetas en áreas urbanizadas, donde los ingresos peatonales de los edificios queden a un desnivel superior a 0.15 m, se podrá tomar una tercera parte de la banqueta y hasta un máximo de 1.50 m de la franja de circulación peatonal, para ajustar las rasantes.

Artículo 249 bis. El diseño de las escaleras deberá cumplir los siguientes lineamientos:

I. Ancho mínimo de 1.50 m;II. Huella con una longitud mínima de 0.30 m y máxima de 0.50 m;

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

211Ayuntamiento de Guadalajara

III. Contrahuella o peralte de escalones con una altura máxima de 0.15 m y mínima de 0.10 m;IV. Deben contar con un pasamanos con las siguientes características:

a. Altura del pasamanos superior 0.90 m;b. Altura del pasamanos inferior 0.75 m;c. Diámetro del pasamanos 0.04 m;d. Área de aproximación de 2.10 m;e. La separación del pasamanos al muro deberá ser de 0.30 m;f. Extensión de terminado en curva de 0.50 m, al inicio y final del área de transición, y;g. Protección en el borde lateral del desarrollo de la escalera entre 0.05 y 0.10 m de altura.

V. Los pasamanos de ingreso a edificios de uso público y equipamientos deberán integrar señalamiento Braille con las siguientes características:

a. Se alineará el sistema de signos Braille a la dirección longitudinal del pasamanos;b. El señalamiento Braille iniciara a los 0.20 m del inicio del pasamanos, y;c. El largo máximo del señalamiento será de 0.30 m;

VI. La cantidad de escalones continuos no puede ser superior a 12 entre descansos;VII. La longitud del descanso no podrá ser menor a 1.50 m por el ancho de la escalera;VIII. Los escalones no deberán incorporar bocel, y;IX. Los escalones deberán contar con una franja de contraste de 0.025 m de ancho al final del peralte.

Artículo 250. Cuando una ciclovía coincida con las paradas de espera del transporte público, se deberán incorporar los siguientes lineamientos:

I al II…

III. Franjas reductoras de velocidad a una distancia logarítmica, considerando una velocidad de 10 km/h para su disminución a 5 km/h.

Artículo 251. Las ciclovías podrán establecerse en cualquier vialidad debiendo cumplir con los siguientes lineamientos:

I…

II. El ancho de la ciclovía debe considerar los siguientes criterios:

a) En vialidades nuevas el ancho de la franja de circulación ciclista deberá de ser 2.20 m; yb) En vialidades con el contexto urbano consolidado la franja de circulación ciclista podrá tener un ancho mínimo de 1.80 m, esta acción se considera un ajuste razonable.III. La ciclovía deberá ser segregada considerando los siguientes criterios:a) En vialidades que presenten 30 km/h o más de velocidad promedio se deberán de segregar por elementos que resguarden la seguridad del ciclista;

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

212Ayuntamiento de Guadalajara

b) En vialidades que presenten menos de 30 km/h se podrán segregar con dispositivos de referencia y pedagógicos;c) El ancho del área neutral de protección ciclista varía en relación al dispositivo de segregación, con un mínimo de 0.50 mt;d) En todos los casos se deberán respetar los ingresos-salidas de los predios y zonas de cruce peatonal;

III a IV…

V. Deberán estar debidamente señalizadas tanto vertical como horizontalmente:

a) Deberán tener una raya doble continua de 0.10 m de ancho al exterior e interior del dispositivo de segregación de la ciclovía o un área neutral si no está confinada;b) En los ingresos e intersecciones se marcarán con una línea paralela de cuadros verdes de 0.50 m adjunta a la guarnición y en el mismo alineamiento de la raya exterior;c) Deberá tener la marca de identificación de ciclovías o flecha pictograma y leyenda de “SOLO” al inicio de la manzana;d) Deberá tener un señalamiento vertical informativo de servicio de infraestructura ciclista y uno restrictivo de prohibida la circulación de motociclistas. El señalamiento deberá ir intercalado, una cuadra si, otra no;

e) y f)…

Artículo 254 bis. Todas las vialidades serán susceptibles a la incorporación de infraestructura no motorizada.

Artículo 257. Todos los edificios, espacios públicos a los que tengan acceso el público en general y banquetas de vialidades de jerarquía superior a local, o que presenten velocidades de 30 km/h o superiores, deberán hacer uso de superficies de contraste y guías táctiles en zonas de circulación, escalera, puntos de decisión, áreas de espera, resguardo, transición, servicio o de riesgo para su lectura de personas con discapacidad visual siempre y cuando estas no se convierta en un obstáculo en caso de evacuación.

Artículo 258. El pavimento táctil indicador deberá cumplir con las siguientes características:

I. La guía direccional considerará los siguientes criterios:

a) Estará constituido por piezas de 0.4 metros, con un acabado superficial continuo de barras rectas y paralelas, cuya anchura inferior será de 25 mm y la superior de 15 mm;b) La distancia de separación de barras será de 75 mm, considerando la distancia más corta entre los centros de las barras de punta plana;c) La altura del relieve de las barras será 4 mm en interiores y 5 mm en exteriores.d) La barras paralelas estará en dirección de desplazamiento;e) El largo de las barras de punta plana será de 325 mm, y;f) La guía se compondrá de 5 barras paralelas de punta plana, que iniciará a 50 mm del borde de la guía, al eje de la punta plana.

II. La guía de advertencia considerará los siguientes criterios:

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

213Ayuntamiento de Guadalajara

a) Estará constituido por piezas de 0.4 metros, con un acabado superficial de puntos o conos truncados, cuyo diámetro inferior será de 25 mm y el superior de 15 mm;b) La distancia de separación entre conos truncados será de 75 mm, considerando la distancia más corta entre los centros de los conos truncados;c) La altura del relieve de las barras será 4 mm en interiores y 5 mm en exteriores.d) La disposición de los conos truncados deben ser en paralelos a 45° con respecto a la dirección de desplazamiento, y;e) La guía se compondrá de 6 paralelos compuesta de 6 conos truncados que inician desde el borde de la guía.

III. Su implantación en la vía pública seguirá las siguientes especificaciones:

a) El contraste del relieve de las superficies deberá ser de 5 mm;b) Si se incorpora una superficie de contraste para generar una referencia de dirección, se deberá dejar por lo menos 3 canalizaciones de 35 mm de ancho para la guía del bastón;c) Las canalizaciones de la superficie de contraste para dirección deberá interceptar la guía del bastón al encontrarse con las superficies de contraste para advertencia;e) El ancho mínimo de las superficies de contraste será de 0.60 m.

IV. Las guías deberán tener un contraste visual con los siguientes criterios:

a) El contraste de luminancia entre la guía y la superficie de contexto debe ser de 50% o superior usando la fórmula de contraste de Michelson para áreas de riesgo,y;b) Para circulaciones, escaleras, puntos de decisión, áreas de espera, transición y servicio el contraste de luminancia entre guia y la superficie de contexto deberá ser de 30% o superior.

Artículo 259. Las superficies de contraste y guías táctiles deberán atender el patrón de intercepción para su diseño e implementación, cuidando que sea lógico, secuencial y consistente para la adecuada interpretación de los usuarios, acatando los siguientes criterios:

I. El patrón de intercepción se refiere a la colocación de las guías de dirección de manera transversales a todo lo largo de la franja de circulación peatonal para interceptar al usuario en su recorrido para su guía, próximos a los puntos de decisión o de las áreas de espera o resguardo, por ejemplo:

a) En rampas con pendientes superiores al 4%;b) Inicio y fin de escaleras;c) Ingreso a elevadores, plataformas o medios mecánicos para salvar desniveles;d) Inicio y fin de banqueta tanto en los cruces peatonales como áreas de resguerdo; ye) Puntos de información.

II. Las guías de advertencia deberán colocarse a 0.30 m del motivo de advertencia al que hacen referencia;

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

214Ayuntamiento de Guadalajara

III. Las guías de advertencia ubicadas para pasos peatonales, ingresos-salidas vehiculares, o similares, se colocarán a 45° con respecto a la dirección del desplazamiento indicando la dirección de la continuación del desplazamiento;IV. Las guías de dirección se colocarán a 0.50 m del paramento paralelas a la franja de circulación peatonal para complementar la referencia del paramento y encauzar la circulación del usuario, y;V. Se recomienda en circulaciones exteriores la utilización tanto de superficies de contraste como de guías táctiles en áreas de espera en esquinas para el cruce peatonal.

Artículo 276. La regulación de los estacionamientos en predios, deberá seguir los siguientes lineamientos:

I. Características de los cajones:

a) Deberán disponerse al menos 2 cajones para vehículos de personas con movilidad reducida por cada 25 ubicados, situados lo más próximo posible a la entrada del edificio o, en su caso, frente al elevador y estar techados.Para calcular el número de cajones de estacionamiento para vehículos de personas con movilidad reducida en desarrollos que presenten usos mixtos, solo se tomará en cuenta la superficie útil aplicada al uso comercial o de servicio exceptuando los de uso habitacional.

b) a e)…

f) Deberá disponer de al menos 1 cajón o el equivalente a la anchura de este, con el visto bueno de la Dirección de Movilidad y Transporte para la instalación de ciclopuertos por cada 20 cajones para automóviles, siendo como mínimo 1. En los cajones destinados para ciclopuerto deberán instalar 5 espacios para bicicletas.

Para calcular el número de cajones para la instalación de ciclopuertos en desarrollos que presenten usos mixtos, sólo se tomará en cuenta la superficie útil aplicada al uso comercial o de servicio, exceptuando los de uso habitacional. III. Los accesos de vehículos y la comunicación de rampas entre plantas:

a) a h)…

i) Las rampas interiores planteadas en tramos curvos, tendrán un radio mínimo de 6 metros por el eje de la rampa.

IV…V…VI. Condiciones de diseño de los carriles de circulación interior:

a) al d)…

e) La anchura mínima de carriles en doble sentido, será de 6 metros. Se admite una anchura de carril de doble sentido de hasta 3.5 metros, si la longitud de un tramo no supera los 15 metros.

VII al XI…

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

215Ayuntamiento de Guadalajara

Artículo 278. El estacionamiento asociado al uso será requisito para obtener lalicencia de construcción o de uso, debiendo cumplir con los siguientes criterios decajones para automóviles:

I. Generales:

a) a j)…

k) Para uso Habitacional 1:1. Cajones mínimos por vivienda: 1.2. Cajones máximos por vivienda: sin máximos.

l) Para uso Habitacional 2:1. Cajones mínimos por vivienda: 1.2. Cajones máximos por vivienda: 3.

m) Para uso Habitacional 3:1. Cajones mínimos por vivienda: 1.2. Cajones máximos por vivienda: 2.

n) Para uso Habitacional 4:1. Cajones mínimos por vivienda: 1.2. Cajones máximos por vivienda: 1.

n) Para uso Habitacional 5:1. Cajones mínimos por vivienda: 0.25.2. Cajones máximos por vivienda: 1.

II. Particulares:

a) a c)...

d) Derogado.

e) Para fincas incluidas en los catálogos e inventarios de competencia federal y estatal y municipal, se harán reducciones a los requerimientos de cajones de estacionamiento según los criterios que establezca el Plan Parcial de Desarrollo Urbano.

1. Derogado.

2. Derogado.

f) Para los diferentes tipos de equipamiento no enunciados:

1. Cajones mínimos: 0.5 por cada 80 metros cuadrados de operación del Giro; y2. Cajones máximos: 1 por cada 80 metros cuadrados de operación del Giro.

Artículo 279. Cuando se trate de estacionamiento asociado al uso, además de los lineamientos del artículo anterior, se deberá cumplir con lo siguiente:

I…

II. El estacionamiento asociado al uso deberá estar en el mismo Predio, o en casos excepcionales en que ello no sea posible, en edificios o terrenos edificables situados a una distancia máxima al acceso de 300 metroslineales, con un mínimo de 20 metros cuadrados

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

216Ayuntamiento de Guadalajara

por cajón, incluidas rampas de acceso, áreas de maniobra, isletas y banquetas, y un máximo de 30 metros cuadrados; III. En estacionamientos de servicio particular se puede admitir que cuenten con un solo carril de entrada y salida siempre y cuando no se exceda la capacidad de 10 cajones de estacionamiento: y,IV. Cuando se trate de vialidades locales en predios con una superficie menor a 250 metros cuadrados, la salida en reversa de vehículos será autorizable sólo para vivienda unifamiliar.

Artículo 280. Se exceptúan de la obligatoriedad de previsión de cajones en los siguientes supuestos:

I a IV…

IV. En los inmuebles del catálogo de fincas patrimoniales ubicados en los PIUE de protección patrimonial; V. En la regularización de las viviendas unifamiliares; y,VI. Los comercios establecidos en mercados, o cualquier espacio de comercio al por menor de propiedad pública.

Artículo 282. Los particulares interesados en ampliar la banqueta al frente de su predio para instalar áreas verdes y/o infraestructura ciclista, en vialidades ya consolidadas, deberán seguir el siguiente procedimiento:

I. Presentar solicitud a la Dirección de Movilidad y Transporte, y anexar al menos lo siguiente:

a) Identificación oficial del propietario y del representante legal, en su caso. Si el solicitante es persona moral, acta constitutiva y poder del representante legal;b) ...c) ...d) Derogado; y,e) Propuesta geométrica en plano impreso o digital.

II. Una vez validada la permuta por la Dirección de Movilidad y Transporte del Municipio, el solicitante deberá acudir a la Dirección de Obras Públicas que analizará el proyecto y en caso de considerarlo factible, emitirá la licencia o permiso de construcción, tomando en cuenta la opinión técnica de la Dirección de Medio Ambiente para el tipo de vegetación propuesto para la permuta.

Artículo 282 bis. Los particulares interesados en permutar cajones de estacionamiento dentro de su propiedad por áreas verdes y/o infraestructura ciclista,con el fin de obtener el visto bueno de garantía de cajones para continuar con su trámite de licencia de construcción o licencia de giro, deberán seguir el siguiente procedimiento:

I. Presentar solicitud a la Dirección de Movilidad y Transporte, y anexar al menos lo siguiente:

a) Identificación oficial del propietario y del representante legal, en su caso. Si el solicitante es persona moral, acta constitutiva y poder del representante legal.b) Comprobante de domicilio;c) Croquis y fotografías del espacio a permutar; y,d) Propuesta geométrica en plano impreso o digital.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

217Ayuntamiento de Guadalajara

II. Una vez validada la permuta por la Dirección de Movilidad y Transporte del Municipio, el solicitante deberá acudir a la Dirección de Obras Públicas, que analizará el proyecto y de ser factible, emitirá la licencia o permiso de construcción.

Artículo 283. Se deroga.

Artículo 300. Puede ordenarse la suspensión o clausura total o parcial de una obra por las siguientes causas:

I a VII…

VIII. Ejecutar una obra de urbanización sin licencia correspondiente o encontrarse vencida;IX. Impedir u obstaculizar al personal de la Dirección de Inspección y Vigilancia y demás personal autorizado del Municipio, el cumplimiento de sus funciones;

X a XXIII…

XXIV. Mantener obras inconclusas, abandonadas o suspendidas; XXV. Tener una construcción defectuosa que no reúna las condiciones de seguridad, provocando daño a la finca colindante;XXVI. No respetar lo establecido en el dictamen de impacto ambiental;XXVII. No presentar dictamen de impacto ambiental al momento de la inspección;XXVIII. No presentar la constancia de medidas de seguridad o visto bueno emitido por la Dirección de Protección Civil y Bomberos o tenerlo vencido;XXIX. No cumplir por lo previsto en la constancia de medidas de seguridad o visto bueno emitido por la Dirección de Protección Civil y Bomberos;XXX. Realizar poda o derribo de sujeto forestal para la ejecución de una acción urbanística pública o privada sin contar con la autorización previa de la dependencia competente;XXXI. No respetar la suspensión de la licencia de urbanización autorizada por la Dirección de Obras Públicas;XXXII. No presentar en original o copia certificada al momento de la inspección: licencia, planos autorizados, dictámenes, certificados, estudios, pruebas de calidad, memoria descriptiva y demás documentos requeridos por la autoridad para la ejecución de su proyecto;XXXIII. Firmar la Bitácora en blanco, o llenarla previamente sin que sea firmada ésta; XXXIV. Causar daño a infraestructura municipal, vía pública o equipamiento urbano;XXXV. Incumplir el proyecto de protección de obra aprobados por la Dirección de Movilidad y Transporte;XXXVI. Incumplir con lo autorizado en permuta de cajones de estacionamiento;XXXVII. Incumplir lo establecido en el visto bueno de los estudios de movilidad;XXXVIII. Modificar o dañar la infraestructura de movilidad, como machuelo; y, banqueta, delimitadores, ingresos peatonales y vehiculares, y análogos.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese la presente reforma en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

SEGUNDO.- La presente reforma entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

218Ayuntamiento de Guadalajara

TERCERO.- Una vez publicada la presente reforma, remítase mediante oficio un tanto de ella al Honorable Congreso del Estado de Jalisco, para los efectos ordenados en las fracciones VI y VII del artículo 42 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

El Señor Presidente Municipal: Señores regidores, por tratarse de reformas a un ordenamiento municipal, está a su consideración primeramente en lo general el ordenamiento de referencia, solicitando al Secretario General registre a los regidores que deseen inscribirse para manifestarse a favor o en contra del dictamen.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra, se les consulta si se aprueba, pidiéndole al Secretario General tome el sentido de la votación nominal en lo general y exprese en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, abstención; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 1 voto en abstención y 18 votos a favor del dictamen marcado con el número 73.

El Señor Presidente Municipal: Continuando con el desarrollo de este punto, se pone a discusión en lo particular el ordenamiento número 73, instruyendo al Secretario General tome nota de los regidores que se inscriban para tal efecto, así como del artículo al cual se referirán.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra, se declara aprobado en lo general y particular el dictamen marcado con el número 73.

Continuamos con la discusión del dictamen número 74, solicitando al Secretario General lo enuncie.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

219Ayuntamiento de Guadalajara

El Señor Secretario General: 74. DICTAMEN CORRESPONDIENTE A LA INICIATIVA DEL PRESIDENTE MUNICIPAL INGENIERO ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ, PARA LA REFORMA DE DIVERSOS REGLAMENTOS MUNICIPALES.

MUNICIPAL

PRIMERO.- Se adiciona una fracción XXIII al artículo 133 recorriendo la actual al número XXIV, se reforma el artículo 138 penúltimo párrafo y se adiciona una fracción XLIV recorriendo la actual al numeral XLV, se adiciona un artículo 138 bis, y se reforma el artículo 141 todos del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara. Para quedar como sigue:

Artículo 133…

I a la XXII…

XXIII. Diseñar, planear y ejecutar acciones y programas que contribuyan a integrar una estrategia capaz de generar condiciones de seguridad, resistencia, adaptación y recuperación del Municipio ante los riesgos propios de una ciudad; y

XXIV. Las demás previstas en la normatividad aplicable.……Artículo 138. La Dirección de Obras Públicas tiene las siguientes atribuciones:De la I a la XLIII ….. XLIV. Diseñar, planear y ejecutar acciones y programas que contribuyan a integrar una estrategia capaz de generar condiciones de seguridad, resistencia, adaptación y recuperación del Municipio ante los riesgos propios de una ciudad; yXLV. Las demás previstas en la normatividad aplicable.

Para la atención de los asuntos de su competencia, cuenta con las Áreas de Presupuesto y Contratación de Obra Pública, Construcción y Supervisión de Obra, Licencias y Permisos de Construcción, la de Administración de Proyectos y Gestión de Recursos así como la de Resiliencia.…

Artículo 138 bis. La Dirección de Resiliencia tiene las siguientes atribuciones:

I. Diseñar, planear y ejecutar acciones y programas que contribuyan a integrar una estrategia capaz de generar condiciones de seguridad, resistencia, adaptación y recuperación del Municipio ante los riesgos propios de una ciudad;

II. Emitir los protocolos de medidas de seguridad y atención a emergencias para edificaciones, remodelaciones y demoliciones;

III. Emitir los protocolos de medidas de seguridad a los que deban ajustarse para su funcionamiento los giros de actividades comerciales, industriales y de prestación de servicios que se instalen o estén instaladas en el municipio.

IV. Otorgar los vistos buenos para proyectos de edificaciones, remodelaciones y demoliciones previamente avalados por un Director Responsable de Obra, con registro municipal vigente, y que cumplan con los estudios y requerimientos técnicos aplicables en materia de

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

220Ayuntamiento de Guadalajara

seguridad estructural;V. Actualizar, difundir y administrar la información del Atlas de Riegos

Municipal;VI. Actualizar, desarrollar, definir y aplicar los instrumentos para la gestión y

evaluación de políticas de resiliencia de acuerdo a las innovaciones y tendencias de la materia, en apego a la normatividad aplicable;

VII. Efectuar la investigación y recopilación de datos de competencia municipal, en materia de resiliencia;

VIII. Notificar a la Dirección de Protección Civil de los protocolos y vistos buenos por ella emitidos, para que se realicen las visitas de verificación técnicas y de vigilancia durante todas las etapas de los proyectos de obras o actividades de su competencia;

IX. Dar seguimiento al cumplimiento de los protocolos y vistos buenos por ella emitidos, a través de las visitas de verificación técnicas y de vigilancia durante todas las etapas de los proyectos de obras o actividades de su competencia;

X. Formular, publicar y poner a disposición del público las guías para la elaboración de los protocolos de medidas de seguridad y atención a emergencias;

XI. Emitir las recomendaciones a que haya lugar y en su caso dar parte a las instancias competentes;

XII. Promover la suscripción de convenios con la sociedad o el sector público en la materia de su competencia;

XIII. Establecer y mantener actualizado el registro de los directores responsables de obra así como imponer las sanciones que correspondan;

XIV. Solicitar la opinión técnica a otras dependencias, organizaciones sociales y empresariales expertas en la materia, que sirvan de apoyo en la generación de políticas en materia de resiliencia;

XV. Difundir entre la población, información respecto de las medidas en materia de resiliencia;

XVI. Supervisar el cumplimiento de las normas jurídicas en la materia;XVII. Elaborar los manuales de organización y de procedimientos de la

Dirección y sus áreas en coordinación con las dependencias competentes, enviarlos para su registro y aplicarlos;

XVIII. Proponer y gestionar la actualización de las disposiciones reglamentarias relacionadas con las actividades de la Dirección que incidan de manera positiva en el diseño en su arreglo multipolar;

XIX. Informar a la Coordinación General de Gestión Integral de la Ciudad, los avances de sus actividades y los resultados de sus análisis estadísticos que permitan medir la capacidad de respuesta de la Dirección en los términos y condiciones que indique la Coordinación; y

XX. Las demás previstas en la normatividad aplicable.

Para la atención de los asuntos de su competencia cuenta con las Unidades de Dictaminación, Planeación, y Evaluación y Seguimiento de Riesgos.

Artículo 141. Para la atención de los asuntos de su competencia cuenta con las Unidades de Protección Ambiental, de Cambio Climático, de Gestión Integral de Residuos y la de Arbolado Urbano.

SEGUNDO.- Se reforman los artículos 30 último párrafo, 122, 160 fracciones VII y VIII, la denominación del Capítulo VII del Título Tercero, artículos 190 y 276 fracción

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

221Ayuntamiento de Guadalajara

IV inciso a); y se derogan los numerales 191 y 192, todos del Reglamento para la Gestión Integral del Municipio de Guadalajara. Para quedar como sigue:

Artículo 30…

I a la III…

En cualquier caso, las Direcciones de Ordenamiento del Territorio, Movilidad y Transporte, Medio Ambiente, y de Resiliencia, podrán indicar otras condicionantes contempladas en la normatividad aplicable.

Artículo 122. El Área Dictaminadora para la Gestión Integral de la Ciudad, estará conformada por las Direcciones de Ordenamiento del Territorio, Obras Públicas, Movilidad y Transporte, Medio Ambiente y la Dirección Resiliencia dependiente de la Dirección de Obras Públicas.

Artículo 160…

I a la VI…

VII. Contar durante la ejecución de la obra con un protocolo de medidas de seguridad y atención a emergencias de acuerdo al tipo de obra que se trate de conformidad con el dictamen emitido por la Dirección de Resiliencia; y

VIII. Cumplir con lo previsto en el dictamen emitido por la Dirección de Resiliencia para realizar trabajos en altura.

CAPÍTULO VIIDe la Dictaminación en Materia de Resiliencia

Artículo 190. Para la expedición de la licencia de construcción, se requiere cumplir con las normas técnicas previamente establecidas por la Dirección de Resiliencia, en los siguientes supuestos:

I a la VII…

Artículo 191. Se deroga.

Artículo 192. Una vez recibidos los requisitos completos y correctos, la Dirección de Resiliencia expedirá el visto bueno para el proceso constructivo en un plazo máximo de 10 días hábiles.

Artículo 276…

I a la III…

VI…

a) El número de accesos y salidas debe ajustarse a las requeridas por la Dirección de Resiliencia;

b) al i)…

V a la XI…

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

222Ayuntamiento de Guadalajara

TERCERO.- Se reforman los artículos 5 arábigo 1 fracción XXIX, 5 Sexies arábigo 1 fracción I, 89 Ter y 149-B arábigo 1 fracción VIII del Reglamento de Gestión del Desarrollo Urbano para el Municipio de Guadalajara. Para quedar como sigue:

Artículo 5…

1…

I a la XXVIII…

XXIX. PROTOCOLO DE MEDIDAS DE SEGURIDAD Y ATENCIÓN DE EMERGENCIAS: Trámite mediante el cual la Dirección de Resiliencia autoriza la ejecución de las obras de urbanización y edificación para que operen conforme a normas de prevención;

XXX a la CXXXVI… Artículo 5 Sexies.

1. Para los efectos del presente reglamento, son funciones de la Dirección de Resiliencia, las siguientes:

I. Emitir el protocolo de medidas de seguridad y atención de emergencias;

II…89 Ter.

La expedición de la licencia de construcción requiere del Visto Bueno de la Dirección de Resiliencia, mediante el trámite del protocolo de medidas de seguridad y atención de emergencias en los siguientes casos:

I a la VII…

149-B.

1…

I a la VII…

VIII. Los documentos que le sean requeridos por las Direcciones de Medio Ambiente, y de Resiliencia, así como del Sistema Intermunicipal de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado, según lo indique el Dictamen de Trazos, Usos y Destinos Específicos;

IX a la XIV…

CUARTO.- Se reforman el artículo 11 fracción IV y se derogan de dicha fracción los incisos A) al H) del Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Guadalajara. Para quedar como sigue:

Artículo 11.

I a la III…

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

223Ayuntamiento de Guadalajara

IV. Los titulares de la Secretaría General del Ayuntamiento, las Coordinaciones Generales, la Comisaría de la Policía de Guadalajara, del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia de Guadalajara y del Sistema Intermunicipal de los Servicios de Agua Potable y Alcantarillado.

A) Se deroga;B) Se deroga;C) Se deroga;D) Se deroga;E) Se deroga;F) Se deroga;G) Se deroga; yH) Se deroga.

…TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese las presentes reformas en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

SEGUNDO.- Estas reformas entrarán en vigor a partir del primer día hábil del mes de enero del año 2018.

TERCERO.- Se instruye al Coordinador General de Administración e Innovación Gubernamental y al Tesorero Municipal que realicen las acciones pertinentes para el cabal cumplimiento de las reformas que se aprueban.

CUARTO.- Se instruye a la Coordinadora General de Gestión Integral de la Ciudad, al Director de Protección Civil y Bomberos y al Director de Medio Ambiente a que lleven a cabo las acciones tendientes a lograr el cabal cumplimiento de las reformas que se aprueban.

QUINTO.- Se instruye a la Dirección de Resiliencia para que en un plazo no mayor a seis meses emita las normas técnicas aplicables en los procesos constructivos conforme a sus atribuciones

SEXTO.- Una vez publicadas las presentes reformas remítase una copia al Congreso del Estado de Jalisco para efectos de lo ordenado en la fracción VII del artículo 42 de la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

El Señor Presidente Municipal: Señores regidores, por tratarse de reformas a ordenamientos municipales, está a su consideración primeramente en lo general el ordenamiento de referencia, solicitando al Secretario General registre a los regidores que deseen inscribirse para manifestarse a favor o en contra del ordenamiento. Tiene el uso de la voz, el regidor Salvador de la Cruz.

El Regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes: Presidente, como lo comenté en la propia sesión de la comisión, estamos de acuerdo en la esencia y en la necesidad, estos temas tan innovadores son de vanguardia para las grandes urbes, máxime que estamos en lugares que son propensos

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

224Ayuntamiento de Guadalajara

para que existan fenómenos naturales y esto nos lleve a una condición de planificar en beneficio de todos los que habitan estas grandes ciudades.

Me gustaría solicitar Presidente, a efecto de poner a consideración el que se pueda retirar por dos motivos principalmente, el primero, tenemos el proceso en la Comisión de Gobernación, Reglamentos y Vigilancia el Reglamento de Protección Civil y Bomberos de una forma íntegra, trabajo que se venía realizando junto con el área de protección civil y bomberos; lo segundo, en sesión del Pleno del 24 de noviembre, se aprobó el decreto 8114D17 correspondiente a la iniciativa del regidor José Manuel Romo Parra, en la cual tiene como finalidad la realización de mesas de trabajo en materia de normatividad municipal para los movimientos telúricos, que busca realizar una revisión profunda de la normatividad municipal.

En base a esas dos propuestas y convencidos que creemos que sí se puede perfeccionar, entiendo las cuestiones presupuestales para efecto de dar un impulso a un tema de esta magnitud, pero sí creemos que valdría la pena para efecto de no invadir esferas de otras áreas; y segundo, que vaya un poco más cobijado con toda la normatividad de protección civil y con todos los temas que ello implica, tanto de inspección, verificación e implementación de programas específicos valdría la pena que se hiciera un trabajo un poco más profundo.

Esa es la propuesta, ratifico que estamos de acuerdo con la idea, es un tema innovador, de vanguardia y estamos convencidos que bien estructurado puede ser beneficioso para la ciudad, pero sí creemos que vale la pena que nos demos oportunidad de integrarlo y fortalecerlo para en un dictamen un poco mejor estructurado, no porque no esté bien este, sino porque creemos que hace falta que se engranen otras áreas y otros esquemas de los propios reglamentos municipales, valdría la pena que lo turnemos a la comisión respetiva para efecto de que ahí se haga la valoración a la que estoy haciendo referencia, máxime que está en vísperas el tema de las mesas de trabajo que impulsó el regidor Romo con su iniciativa y el reglamento, como ya lo referí en vísperas de aprobarse. Es cuanto.

El Señor Presidente Municipal: Gracias regidor. Tiene el uso de la voz, la Síndico Bárbara Casillas.

La Síndico Municipal: Gracias. Yo pediría que sí podamos hacer la votación del presente dictamen y al contrario de la adición del regidor, creo que este ejercicio va a poder complementar las mesas que se han autorizado, lo que se podría hacer regidor es que justamente se invite a estas mesas a quien vaya a encabezar el tema de resiliencia para que se puedan aportar de mejor

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

225Ayuntamiento de Guadalajara

manera los elementos para la discusión de las mesas que en su comisión se van a encabezar.

Por supuesto que podrá haber ajustes, sin embargo creo que sí es importante que lo aprobemos el día de hoy para que el día primero de enero podamos empezar con la ejecución de las atribuciones de esta nueva área de resiliencia, y que podamos ir haciendo los ajustes en el camino con la apertura que me parece que siempre ha sido de esta administración que vayamos haciendo ajustes en el camino, pero no retrasemos más la implementación de un tema que es de primordial importancia para la ciudad. Es cuanto.

El Señor Presidente Municipal: Le pregunto regidor si sostiene su propuesta de retiro para someterla a consideración del Pleno o es suficiente el argumento que da la Síndico Bárbara Casillas. El Regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes: Entiendo la postura de la Síndico, pero la verdad yo, con la frase que usted utiliza mucho, con altura de miras si valdría la pena que mejor lo retiráramos para efecto de valorarlo o que dejáramos la posibilidad que en el propio decreto no amarrarnos al mismo la posibilidad de abrir las mesas de trabajo ya específicas, para efecto del análisis respectivo y la valoración del mismo.

No sé si se pudiera en el cuerpo del decreto abrir un punto en el mismo para efecto de empezar a articular los trabajos, tanto en la mesa propuesta por el regidor Romo así como con reglamentos y gobernación para su análisis y discusión de la misma, con independencia de la urgencia temática que se tenga para efecto de ir resolviendo los temas.

La Síndico Municipal: Lo que podríamos hacer es en los transitorios agregar que el titular del área y su equipo se incorporen a las mesas de trabajo que encabezará la Comisión de Protección Civil y que participe también la Comisión de Gobernación, Reglamentos y Vigilancia.

El Señor Presidente Municipal: Le pregunto al Pleno si se aprueba el transitorio que se propone a partir de la propuesta del regidor Salvador de la Cruz y que propone la Síndico Bárbara Casilla, sírvanse en manifestarlo en votación económica… Aprobado.

El Señor Presidente Municipal: Con esa modificación y no habiendo quien más solicite el uso de la palabra, se les consulta si se aprueba, pidiéndole al Secretario General tome el sentido de la votación nominal en lo general y exprese en voz alta el resultado.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

226Ayuntamiento de Guadalajara

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, a favor; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 19 votos a favor del dictamen marcado con el número 74.

El Señor Presidente Municipal: Continuando con el desarrollo de este punto, se pone a discusión en lo particular el ordenamiento número 73, instruyendo al Secretario General tome nota de los regidores que se inscriban para tal efecto, así como del artículo al cual se referirán.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra, se declara aprobado en lo general y particular el dictamen marcado con el número 74.

Continuamos con la discusión del dictamen número 75, solicitando al Secretario General lo enuncie.

El Señor Secretario General: 75. DICTAMEN CORRESPONDIENTE A LA INICIATIVA DEL PRESIDENTE MUNICIPAL INGENIERO ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ, PARA LA CREACIÓN DE LA RED DE BOSQUES URBANOS DE GUADALAJARA.

MUNICIPAL

PRIMERO.- Se reforman la denominación del Reglamento del Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal de Guadalajara denominado “Bosque Los Colomos” y sus artículos 2, 3 fracciones I,III, VI,VII , X al XIV,XVI, XVII y XIX al XXI; 4 fracciones I, III , V a la IX; 5 fracciones I a la V; 6,7,fracción 5, 8 fracciones IV y XI y XIV;9, 12 y 12 bis, 13 fracciones I al III, 14 fracciones I a la III y V; 15 fracciones I a la III, V, VI, VIII, IX, XV a la XVIII, XX, XXI incisos d), e) y l), Fracciones XXII y XXIV; 16 fracciones II,IV,VII a la IX y XII a la XVI; 17 fracciones I,III;IV fracción a),b) y VII a la VII, 19 fracciones I y II incisos a),b) y c); 21 segundo párrafo, 22, 23 fracciones II a la IV, 24 fracciones I a la VII;26,32 fracciones III,VII y VIII, Para quedar como sigue:

Reglamento del Organismo Público Descentralizado de laAdministración Pública Municipal denominado

“Red de Bosques Urbanos de Guadalajara”

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

227Ayuntamiento de Guadalajara

Artículo 1. …..

Artículo 2. Las disposiciones de este reglamento son de orden público e interés social y tienen por objeto regular la organización y funcionamiento del Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal denominado “Red de Bosques Urbanos de Guadalajara”, encargado de la administración y vigilancia de las Áreas Naturales Protegidas bajo las categorías de manejo de Área Municipal de Protección Hidrológica identificada como Bosque Los Colomos, así como de Zona de Preservación Ecológica de Centro de Población, denominada Parque González Gallo; y de los parques Agua Azul, Alcalde, Arboledas del Sur, Ávila Camacho, Liberación, Mirador Independencia, Morelos, Natural Huentitán y Puerta de la Barranca. El cual tiene personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía de gestión de recursos.

Artículo 3. Para los efectos del presente ordenamiento debe entenderse por:

I. Administración: Ejecución de actividades y acciones orientadas al cumplimiento de los objetivos de conservación, protección y preservación de las Áreas Naturales Protegidas bajo las categorías de manejo de Área Municipal de Protección Hidrológica identificada como Bosque Los Colomos, así como de Zona de Preservación Ecológica de Centro de Población, denominada Parque González Gallo; y de los parques Agua Azul, Alcalde, Arboledas del Sur, Ávila Camacho, Liberación, Mirador Independencia, Morelos, Natural Huentitán y Puerta de la Barranca.

II…

III. ANP: Área Natural Protegida

IV…V…

VI. Consejero: Integrante del Consejo Directivo del Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal de Guadalajara denominado “Red de Bosques Urbanos de Guadalajara”VII. Consejo Directivo: Máxima autoridad del Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal de Guadalajara denominado “Red de Bosques Urbanos de Guadalajara”.

VIII…IX.

X. Director General: Titular de la Dirección General del Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal denominado “Red de Bosques Urbanos de Guadalajara”;XI. Gerente Técnico Ambiental: Titular de la Gerencia Técnica Ambiental y Operativa responsable de la elaboración, aplicación y actualización de los Programas de Manejo de la “Red de Bosques Urbanos de Guadalajara”; dependiente de la Dirección General;XII. Manejo: Conjunto de políticas, estrategias, programas y regulaciones establecidas con el fin de determinar las actividades y acciones de conservación, protección, aprovechamiento sustentable, investigación, producción de bienes y servicios, restauración, capacitación, educación, recreación y demás actividades relacionadas con el desarrollo sustentable en la “Red de Bosques Urbanos de Guadalajara”;XIII. Organismo: Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal denominado “Red de Bosques Urbanos de Guadalajara”;

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

228Ayuntamiento de Guadalajara

XIV. Plan Maestro: Instrumento rector de las intervenciones y actividades realizadas en “Red de Bosques Urbanos de Guadalajara”;

XV.…..

XVI. Programas de Manejo: Instrumentos rectores de planeación y regulación que establece las actividades, acciones y lineamientos básicos para el manejo y la administración de la “Red de Bosques Urbanos de Guadalajara”;XVII. Reglamento: Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara;

XVIII…

XIX. Red de Bosques Urbanos de Guadalajara: las Áreas Naturales Protegidas bajo las categorías de manejo de Área Municipal de Protección Hidrológica identificada como Bosque Los Colomos, así como de Zona de Preservación Ecológica de Centro de Población denominada Parque González Gallo; y de los parques Agua Azul, Alcalde, Arboledas del Sur, Ávila Camacho, Liberación, Mirador Independencia, Morelos, Natural Huentitán y Puerta de la Barranca.Y cualquier otra que determine la Administración Pública Municipal. En lo sucesivo para efectos de este reglamento. XX. Zona: Conjunto de Bosques Urbanos pertenecientes a la Red de Bosques que se agrupan por criterios geográficos y operativos; yXXI. Director de Zona: Es el encargado de procurar que su zona opere correctamente.

Artículo 4. El Organismo tiene como objetivos:

I. Impulsar e implementar las acciones y estrategias requeridas para la preservación, restauración, conservación y protección de los polígonos que integran el Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal denominado “Red de Bosques Urbanos de Guadalajara”

II…

III. Diseñar estrategias de comunicación encaminadas a promover la importancia y valores ambientales de las áreas verdes metropolitanas y en particular de los que integran el Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal denominado “Red de Bosques Urbanos de Guadalajara”

IV...

V. Realizar las acciones necesarias para brindar servicios eco-turísticos a los visitantes de la Red de Bosques, en donde sean compatibles la conservación de las áreas con la recreación;VI. Preservar y proteger la micro cuenca de Atemajac, así como los recursos naturales asociados a esta en el polígono que conforma el ANP identificada como Bosque los Colomos, bajo una política de conservación ambiental hidrológica;VII. Promover, facilitar y coordinar las actividades de investigación que generen información sobre la situación actual de los aspectos bióticos, ecológicos, abióticos, sociales, culturales, económicos e históricos de la Red de Bosques; VIII. Realizar las gestiones necesarias para garantizar la permanencia de los sistemas de Gestión de Calidad integrados de acuerdo con la Normatividad vigente de ISO 140001:2015: Sistema de Gestión Ambiental (SGA), 37001: Sistema de Gestión de Lucha contra el soborno, 9001: Sistema de Gestión de Calidad, Norma Mexicana NMX-

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

229Ayuntamiento de Guadalajara

R-025-SCFI-2009. Que establece los requisitos para la certificación de las prácticas para la igualdad laboral entre mujeres y hombres. Y cualquier otro que se integre como sistema de gestión o norma implementada; y,IX. Los previstos en la demás normatividad aplicable.

Artículo 5. En la administración de la Red de Bosques se deben adoptar:

I. Las políticas, reglamentos, lineamientos, mecanismos institucionales, programas, y acciones destinadas a la consecución de los fines de estos, los cuales deberán ser realizados, revisados y autorizados por el Consejo Directivo;II. Las prácticas que permitan la eficacia y eficiencia en su operación y manejo sustentable;III. Las acciones y estrategias encaminadas a contar con el financiamiento requerido para la operación, manejo y conservación de la Red de Bosques;IV. Las estrategias requeridas para promover la participación entre los niveles de gobierno, así como la concertación de acciones con los sectores público y privado que permitan alcanzar los objetivos del Organismo.V. Las acciones tendientes a impulsar la capacitación y actualización constante del personal que labora para el Organismo; y

VI…

Artículo 6. Cualquier actividad que se pretenda realizar en las ANP está sujeta a los usos permitidos en los Decretos Estatales 21856/LVIII/07 y 26497/LXI/17 mediante los cuales fueron creadas, en los Programas de Manejo de estas y en sus Planes Maestros, sin perjuicio de la aplicación de los demás ordenamientos legales aplicables.Artículo 7. Para la realización de sus objetivos y la ejecución de sus atribuciones, el Organismo cuenta con las siguientes instancias:

I. El Consejo Directivo;II. La Dirección General;III. La Gerencia Técnica Ambiental;IV. Las Unidades Técnicas y de Administración que determine el Consejo Directivo; y,

I. Las Direcciones de zona.

Artículo 8. El Consejo Directivo se conforma por hasta trece integrantes, incluidos:

I a la III……

IV. El Gerente Técnico Ambiental y Operativo;V…..VI…..VII……VIII……IX……X……XI. Un integrante del Comité Técnico-Ciudadano; XII. Dos representantes de las instancias que determine el Consejo Directivo.XIII. Directores de zona; yXIV. Un representante del Instituto Metropolitano de Planeación.

Artículo 9. El cargo de Consejero es honorífico por lo que su desempeño no genera remuneración ni relación laboral alguna. Con excepción del Presidente, el Director

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

230Ayuntamiento de Guadalajara

General, Directores de zona, el Gerente Técnico Ambiental y Operativo, y el Tesorero, los integrantes del Consejo Directivo permanecerán en su encargo en tanto ocupen los cargos públicos que ostentan en la administración pública centralizada; y los que provienen de instancias no gubernamentales o dependencias no pertenecientes a la administración municipal, podrán desempeñar el cargo de consejeros en tanto la institución a la que representan así lo determine.

Artículo 10. …….

Artículo 11. ……

Artículo 12. Para ser Director General y se requiere:

Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos; Contar con perfil profesional acorde a los objetivos del Organismo y conocimiento en materia administrativa; Tener experiencia laboral mínima de cinco años; No presentar los impedimentos señalados en la demás normatividad aplicable.

12. bis Para ser Gerente Técnico Ambiental y Operativo se requiere:

Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos; Contar con perfil profesional afin a los objetivos del Organismo y conocimiento en materia administrativa y técnica forestal; Tener experiencia laboral mínima de cinco años en manejo de ANP; Experiencia en elaboración de planes de manejo.No presentar los impedimentos señalados en la demás normatividad aplicable.

Artículo 13. Están impedidos para integrar el Consejo Directivo quienes:

I. Tengan conflicto de intereses o litigios con el Organismo o con la Red de Bosques;II Tengan litigios en contra el Organismo o alguno en donde se afecte a la red de Bosques.III. Se encuentren inhabilitados para ejercer o desempeñar un empleo o cargo en el servicio público;

IV…V…

Artículo 14. Son atribuciones del Organismo:

I. La administración y manejo de la Red de Bosques.II. Determinar la utilización de los diversos espacios de la Red de Bosques, de conformidad con sus Planes Maestros o cualquier otro plan de manejo con el que cuenten y regular las prácticas, actividades y el comportamiento de usuarios, concesionarios y de todas las personas que visitan, trabajan o realizan cualquier actividad dentro de los límites de los mismos;III. Custodiar y aumentar el patrimonio natural, económico, edificado e intangible de la Red de Bosques; conforme a su plan maestro o cualquier otro plan de manejo con el que cuenten;

IV...

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

231Ayuntamiento de Guadalajara

V. Ejercer las acciones legales conducentes para la defensa y protección del patrimonio del Organismo y las correspondientes a la Red de Bosques; y

Artículo 15. Son obligaciones del Consejo Directivo:

I. La administración y manejo de la Red de Bosques;II. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales en la materia que le compete;III Sesionar una vez cada dos meses de manera ordinaria y las veces necesarias de manera extraordinaria, conforme al presente ordenamiento;

IV…

V. Presentar al Ayuntamiento un informe anual sobre su gestión, sobre el estado de la Red de bosques, la situación financiera, los litigios, y el estado de la administración del Organismo;VI. Atender las recomendaciones del Ayuntamiento en todo lo relacionado con la administración y manejo de la Red Bosques;

VII...

VIII. Establecer medidas específicas para optimizar la capacidad de gestión en las acciones de conservación de la Red de Bosques;IX. Difundir las acciones que se realizan dentro de la Red de Bosques;

X a la XIV...

XV. Promover la realización de investigaciones para incrementar el conocimiento que incida en la conservación, recuperación y manejo de la Red Bosques;XVI. Revisar y, en su caso, aprobar lineamientos y dar seguimiento a los proyectos de la Red de Bosques, relativos a la conservación y manejo de esta, la administración y operación de la misma;XVII. Procurar apoyos externos para la conservación, operación y manejo del Organismo y de la Red de Bosques;XVIII. Promover la participación social para involucrar a diversos sectores y población en general en la conservación de la Red Bosques;

XIX...

XX. Evaluar y establecer las directrices sobre los proyectos y actividades que se realizan dentro de la Red de bosques, garantizndo la no discriminación y la accesibilidad universal de los usuarios;XXI. Analizar y, en su caso, aprobar:

a) al c)….

d) Los Planes Maestros o cualquier otro plan que se tenga con sus respectivos componentes y su actualización permanente;e) Los Programas de Manejo de la Red de bosques y su actualización permanente;f) al i)…j)…..k)….

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

232Ayuntamiento de Guadalajara

l) Los viáticos por comisiones oficiales de Consejeros, o de algún trabajador del Organismo, conforme a lo dispuesto en este ordenamiento y en la demás normatividad aplicable.

XXII. Analizar y aprobar en su caso las medidas necesarias para crear, delimitar, modificar o suprimir el uso de espacios físicos e instalaciones de la red de bosques o de sus servicios complementarios;

XXIII...

XXIV. Las previstas en la demás normatividad aplicable.

Artículo 16. Son atribuciones del Director General las siguientes:

I……

II. Administrar y manejar la Red de Bosques;

III….

IV.Coordinar la actualización de los componentes que así lo requieran de los Planes Maestros o cualquier plan con el que se cuente en coordinación con la Gerencia Técnica Ambiental y Operativo y presentarla al Consejo Directivo para su revisión y, en su caso, aprobación;

V….VI….

VII. Realizar toda clase de actos jurídicos y administrativos necesarios para la conservación, operación y manejo de la Red de Bosques, ajustándose en todo caso a lo establecido en las disposiciones legales aplicables;VIII. Proponer al Consejo Directivo en coordinación con la Gerencia Técnica Ambiental, los siguientes instrumentos:

a) Manual de Organización y Procedimientos; b) Programa de Manejo de la Red de Bosques y, en su caso, su actualización; c) Planes Maestros o cualquier plan con el que se cuente y, en su caso, su actualización; d) Programa Operativo Anual; e) Evaluación del Programa Operativo Anual, POA, vigente a su conclusión; y f) La reglamentación interna del Organismo en sus distintas áreas y materias de competencia. IX. Formular en coordinación con el Tesorero y la Gerencia Técnica Ambiental y Operativa, los proyectos de presupuesto de ingresos y egresos y proponerlos al Consejo Directivo a más tardar en el mes de noviembre del año anterior al ejercicio fiscal a ejercer;

X….XI…

XII. Nombrar y remover a los empleados del Organismo en acuerdo con el Presidente del Organismo, con excepción de los supuestos en que sea facultad exclusiva del Presidente Municipal, y aprobar la fijación de los sueldos y prestaciones, conforme a

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

233Ayuntamiento de Guadalajara

las asignaciones presupuestales en acato a lo establecido en la normatividad laboral correspondiente;XIII.Recabar la información y los elementos estadísticos que reflejen el estado de la Red de Bosques; XIV.Presentar semestralmente al Consejo Directivo el informe de las actividades del Organismo; VX.Mantener permanente comunicación con la Sindicatura Municipal e informar al Consejo Directivo respecto de los asuntos jurídicos que guardan relación con el Organismo y sus ANP´s; yXVI.Las previstas en el Reglamento y demás normatividad aplicable.

Artículo 17. Son atribuciones del Gerente Técnico Ambiental y Operativo:

I.El manejo de la Red de Bosques;

II……

III. Coordinar la actualización de los componentes que así lo requieran de los Programas de Manejo, de conformidad con legislación ambiental aplicable, y presentarlo al Consejo Directivo para su revisión y aprobación;IV.Proponer al Consejo Directivo en coordinación con la Dirección General, los siguientes instrumentos:

a) Programas de Manejo de la Red de Bosques y, en su caso, su actualización; b) Los Planes Maestros y, en su caso, su actualización;

c)… d)… e)…f)…V...…

VI.Recabar la información y los elementos estadísticos que reflejen el estado de la Red de Bosques;VII.Presentar bimestralmente al Consejo Directivo el informe de las actividades para el manejo de la Red de Bosques; y VIII.Las previstas en el Reglamento y demás normatividad aplicable.Artículo 19. El Comité Técnico-Ciudadano se conforma por once representantes que deben seleccionarse de la siguiente forma: I. Cinco especialistas técnicos ambientales; II. Seis ciudadanos emanados de la siguiente representación:

a) Dos representantes de organizaciones civiles o líderes sociales; b) Un representante de un organismo empresarial; y c) Tres representantes de los Consejos Sociales colindantes con las zonas. Los integrantes señalados en la fracción I de este artículo durarán en su encargo un año, siendo reelegibles para el periodo inmediato posterior. En el caso de los representantes de los Consejos Sociales, estos durarán en su encargo por seis meses y no podrán reelegirse para un segundo periodo consecutivo.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

234Ayuntamiento de Guadalajara

La designación del representante de cada Consejo Social se llevará a cabo conforme a su propia reglamentación.

Artículo 21. Tratándose del cargo de los consejeros con carácter técnico, el Consejo Directivo debe procurar que dichas designaciones recaigan en especialistas destacados en el conocimiento del manejo y conservación de recursos naturales, educación ambiental, derecho, bosques urbanos, áreas naturales protegidas y salud ambiental.

Por lo que respecta al cargo de los consejeros con carácter social, el Consejo Directivo debe procurar que respecto de las asociaciones civiles o los líderes, el cargo recaiga preferentemente en los que cuenten con reconocida trayectoria en acciones relacionadas con la protección y mejora del ambiente, en temas afines a áreas naturales protegidas o a la educación y salud ambiental, y tratándose de las asociaciones vecinales e instituciones, estas sean las constituidas y colindantes con Red de bosques.

Artículo 22. El representante del Comité Técnico-Ciudadano ante el Consejo Directivo será elegido por el propio comité y durará en su encargo seis meses, no siendo reelegible para el periodo inmediato posterior.

Artículo 23. El Comité Técnico-Ciudadano, en materia técnico científica tiene las siguientes atribuciones:

I…

II. Analizar las estrategias de conservación y manejo de la Red de bosques, hacer observaciones y emitir recomendaciones al Consejo Directivo;

III. Asesorar permanentemente al Consejo Directivo, al Director General y al Gerente Técnico Ambiental y Operativo, para el manejo y conservación de los recursos naturales de la Red de Bosques; yIV. Presentar proyectos relacionados a temas ambientales, educativos y sociales afines a la Red de Bosques.

Artículo 24. El Comité Técnico-Ciudadano, en materia social cuenta con las siguientes atribuciones:

I. Proponer, recomendar y hacer observaciones a los programas y proyectos que se realicen en la Red de Bosques;II. Presentar proyectos e impulsar medidas específicas para mejorar la capacidad de gestión en las acciones de conservación y protección de la Red de Bosques y dar cumplimiento a sus objetivos;III. Proponer proyectos para ser considerados en el Programa Operativo Anual y el Presupuesto del Organismo;IV. Promover y encauzar la participación social en las actividades de conservación y restauración de la Red Bosques y sus zonas de influencia, en coordinación con la Dirección General, Gerencia Técnica Ambiental y Operativa y los Directores de Zona;V. Presentar por medio de su representante al Consejo Directivo y al Director General de la Red de Bosques, los informes, recomendaciones y observaciones que en virtud de sus atribuciones desarrolle;VI. Participar en la elaboración de diagnósticos o de investigaciones vinculadas con las necesidades de conservación de la Red de bosques; y

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

235Ayuntamiento de Guadalajara

VII. Coadyuvar en la búsqueda de fuentes de financiamiento para las actividades y proyectos de manejo, conservación y restauración de la Red de bosques.

25...…

Artículo 26. Los consejeros e integrantes de los demás cuerpos colegiados del Organismo cuentan con voz y voto dentro de las sesiones de sus respectivos órganos, con excepción del Secretario Técnico, del Gerente Técnico Ambiental y Operativo, los Directores de Zona y el representante de la Contraloría Ciudadana, quienes tendrán exclusivamente derecho a voz.

El Presidente tiene voto de calidad en caso de empate.

Artículo 32. El patrimonio del Organismo se integra por: I…II…

III.Las aportaciones, donaciones, patrocinios, legados y demás liberalidades que reciba de personas públicas o privadas, físicas o jurídicas;

IV..…V……VI..…

VII.Los ingresos que obtenga por el cobro de las tarifas por los productos o servicios que proporcione el Organismo, así como los que deriven por la celebración de contratos y convenios con terceros; y, VIII. En general, los demás bienes, derechos, ingresos, que obtenga por cualquier título.

Capitulo X……..……..……..

Capitulo XI……..……..……..

Capitulo XII……..……..

Segundo. Se reforma el artículo 134 en su primer párrafo y se deroga el párrafo segundo del mismo artículo dispuesto en el Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara. Para quedar como sigue:

Artículo 134. Los Organismos Públicos Descentralizados Municipales denominados “Red de Bosques Urbanos de Guadalajara” y “Zoológico Guadalajara”, así como los Consejos Municipales de Desarrollo Urbano de Guadalajara y Municipal de Vivienda se encuentran sectorizados a la Coordinación General de Gestión Integral de la Ciudad.

CUARTO.- Se abrogan los Reglamentos de los Organismos Públicos Desconcentrados de la Administración Pública Municipal de Guadalajara, denominados “Parque Agua Azul” y “Parque González Gallo”, aprobados en sesión ordinaria del Ayuntamiento celebrada el 7 de

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

236Ayuntamiento de Guadalajara

abril, promulgados el 10 de abril y publicados el primero el 4 de mayo y el segundo el 8 de mayo, de 2017.

QUINTO.- Se aprueba la entrega bajo la figura jurídica de comodato a favor del Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal denominado “Red de Bosques Urbanos de Guadalajara” de los siguientes inmuebles:

1. Parque de Agua Azul;2. Parque Alcalde;3. Parque Arboledas del Sur;4. Parque Ávila Camacho;5. Parque de la Liberación o El Deán;6. Parque González Gallo;7. Parque Mirador Huentitán;8. Parque Morelos;9. Parque Natural Huentitán; y10. Parque Puerta de la Barranca.

SEXTO.- Se instruye al Tesorero Municipal para que realice los movimientos contables y presupuestales correspondientes para el cumplimiento de los fines propuestos a la presente iniciativa.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese las presentes reformas en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

SEGUNDO.- Estas reformas entrarán en vigor al día siguiente del de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- Una vez que entren en vigor las reformas propuestas, “el Organismo público descentralizado Bosque los Colomos”, tendrá 45 días hábiles para realizar los cambios administrativos, normativos, fiscales y demás necesarios para su debida operación, mientras tanto sus órganos de gobierno podrán realizar las acciones necesarias para la debida operación del Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal denominado “Red de Bosques Urbanos de Guadalajara”.

CUARTO.- El presente decreto no abroga, degora o deja sin efecto ningún derecho que se desprenda de concesiones otorgadas con anterioridad al mismo, sobre los bienes inmuebles objeto de éste, siempre y cuando se encuentren vigentes y en cumplimiento de sus obligaciones adquiridas.QUINTO.- Al personal que actualmente está encargado del mantenimiento de los parques enlistados en esta reforma, le serán salvaguardados y garantizados todos y cada uno de sus derechos adquiridos una vez que entren en vigor las reformas correspondientes, conforme a las medidas y acciones que instrumente la Coordinación de Administración e Innovación Gubernamental a través de la Dirección de Recursos Humanos, en conjunto con la Coordinación General de Gestión Integral de la Ciudad.

SEXTO.- Derivado de la entrada en vigor de este ordenamiento, las funciones hasta entonces realizadas por los Organismos Públicos Desconcentrados que se suprimen, serán asumidas por el Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal denominado “Red de Bosques Urbanos de Guadalajara”.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

237Ayuntamiento de Guadalajara

SEPTIMO.- Los bienes utilizados actualmente en los parques y bosques enlistados, deberán ser reasignados al inventario de bienes del organismo público descentralizado identificado en el párrafo que antecede.

OCTAVO.- En lo que respecta a la Unidad de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre (UMA) Zoológico Parque Agua AZUL SEMARNAT-UMA-ZOO-0022, se instruye y autoriza a la Coordinación General de Gestión Integral de la Ciudad y a la Coordinación General de Administración e Innovación Gubernamental, para realizar las gestiones necesarias para asegurar la continuidad de los proyectos derivados de su categoría como UMA.

NOVENO.- Una vez publicadas las presentes disposiciones, remítase mediante oficio un tanto de ellas al Congreso del Estado de Jalisco, para los efectos ordenados en el artículo 42, fracción VII de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

El Señor Presidente Municipal: Señores regidores, por tratarse de un ordenamiento municipal, está a su consideración primeramente en lo general el ordenamiento de referencia, solicitando al Secretario General registre a los regidores que deseen inscribirse para manifestarse a favor o en contra del ordenamiento. Tiene el uso de la voz, el regidor Salvador de la Cruz.

El Regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes: Solo para una precisión que checamos en la propia comisión, quitarle la desincorporación del dominio porque se quedó, solo para efecto de precisión.

El Señor Presidente Municipal: Con esa aclaración y no habiendo quien más solicite el uso de la palabra, se les consulta si se aprueba, pidiéndole al Secretario General tome el sentido de la votación nominal en lo general y exprese en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, a favor; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 19 votos a favor del dictamen marcado con el número 75.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

238Ayuntamiento de Guadalajara

El Señor Presidente Municipal: Continuando con el desarrollo de este punto, se pone a discusión en lo particular el ordenamiento número 75, instruyendo al Secretario General tome nota de los regidores que se inscriban para tal efecto, así como del ordenamiento y del artículo al cual se referirán.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra, se declara aprobado en lo general y particular el dictamen marcado con el número 75.

Continuamos con la discusión del dictamen número 76, solicitando al Secretario General lo enuncie.

El Señor Secretario General: 76. DICTAMEN CORRESPONDIENTE A LA INICIATIVA DE LOS REGIDORES EDUARDO FABIÁN MARTÍNEZ LOMELÍ Y JUAN CARLOS MÁRQUEZ ROSAS, PARA REFORMAR EL REGLAMENTO DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO DE GUADALAJARA.

ORDENAMIENTO

ÚNICO.- Se aprueba la reforma de los artículos 9, 39 y 66, así como la adición de los artículos 39 BIS, 39 TER y 39 QUATER, del Reglamento de Policía y Buen Gobierno de Guadalajara, para quedar como sigue:

ARTÍCULO 9.- Para los efectos de este Reglamento, se entenderá por:

I.- (…) AYUNTAMIENTO: al gobierno municipal de Guadalajara;II.- COMISARIO GENERAL; Al titular de la Comisaria de la Policía Preventiva Municipal de Guadalajara;

III a VII (…)

VIII.- ELEMENTO DE LA POLICÍA: al elemento operativo de la Comisaría de la Policía Municipal de Guadalajara.

IX a XVII (...)

XVIII. AGENTE DE LA DELEGACIÓN DE LA PROCURADURIA DE PROTECCIÓN: al Agente de la Delegación de la Procuraduría de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes, de Guadalajara.

ARTÍCULO 39.- En el caso de que el presunto infractor sea menor de edad, el Juez deberá actuar de conformidad a lo siguiente:

I. Cuando la falta administrativa sea cometida por un niño o niña menor de 12 años de edad, el hecho estará exento de inicio de procedimiento administrativo. El Juzgado, a través de su área de trabajo social se comunicará y entregará al niño o niña, sin demora alguna, a sus padres, tutores o al Agente de la Procuraduría de Protección adscrito al Juzgado municipal, quien iniciará trámite de entrega a la dependencia correspondiente, esto último en el caso en que los padres o tutores no se presenten. Se velará siempre por el interés superior de la niñez.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

239Ayuntamiento de Guadalajara

II. Cuando la falta administrativa sea efectuada por un adolescente mayor de 12 años, pero menor de 18, el juzgador por medio de su área de trabajo social se comunicará de inmediato con los padres o tutores del menor para que acudan al recinto municipal, hasta entonces no se iniciará con el procedimiento administrativo. Éste será en audiencia privada y no podrá ser grabado por ningún medio o dispositivo. Si no se presentan los padres o tutores o ante la negativa manifestada, se iniciará el procedimiento con la presencia del Agente de la Procuraduría de Protección adscrito al Juzgado Municipal, a efecto de proteger el principio de inmediatez y las garantías de seguridad jurídica del menor. Una vez agotado el procedimiento administrativo, el Juez derivará al menor a la Delegación de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, esto sin limitar su libertad.

En el caso de que no se presente documento idóneo para acreditar la edad exacta del adolescente, esta se determinará con el examen clínico-médico emitido por el Médico de Guardia adscrito al Juzgado en turno.

ARTÍCULO 66.- En cada juzgado habrá por cada turno el personal siguiente:

Del I al IX (…)

X. Por un Agente de la Delegación de la Procuraduría de Protección, o en su caso, por el personal habilitado como Agente y autorizado por la misma.XI.- Demás personal que se requiera para el debido funcionamiento del juzgado municipal.”

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese las presentes reformas en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

SEGUNDO.- Las presentes reformas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- Notifíquese al Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Guadalajara, que en virtud de la aprobación de las presentes reformas deberán realizarse las adecuaciones necesarias para integrar en cada Juzgado Municipal al Agente dependiente de la Delegación de la Procuraduría de Protección a Niñas, Niños y Adolescentes de Guadalajara, o en su caso realizar las acciones necesarias para habilitar al personal y que este funja como Agente. CUARTO.- Se instruye al Sistema de Protección Integral Niñas, Niños y Adolescentes del Municipio de Guadalajara, por conducto de su Secretaria Ejecutiva, para que en conjunto con las Comisiones Edilicias de Asuntos de la Niñez, Derechos Humanos e Igualdad de Género; y de Justicia, a efecto de que puedan realizar mesas de trabajo con el objetivo de implementar los protocolos a seguir en caso de Niñas, Niños y Adolescentes que hayan cometido alguna falta administrativa, de conformidad con la legislación vigente y observando siempre el interés superior del niño.

QUINTO.- Una vez publicada la presente disposición, remítase mediante oficio un tanto de ella, al Honorable Congreso del Estado, para los efectos ordenados en las fracciones VI y VII del artículo 42 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

240Ayuntamiento de Guadalajara

SEXTO.- Se faculta al Presidente Municipal y Secretario General de este Ayuntamiento a suscribir la documentación necesaria e inherente al cumplimiento del presente.

El Señor Presidente Municipal: Señores regidores, por tratarse de reformas a un ordenamiento municipal, está a su consideración primeramente en lo general el ordenamiento de referencia, solicitando al Secretario General registre a los regidores que deseen inscribirse para manifestarse a favor o en contra del ordenamiento. Tiene el uso de la voz, la regidora Guadalupe Morfín.

La Regidora María Guadalupe Morfín Otero: En este dictamen quiero nada más externar felicitaciones al Director de Justicia Municipal, Armando Aviña; al regidor Eduardo Martínez Lomelí; a la Directora del Instituto Municipal de las Mujeres, María Elena García Trujillo y a Carmen Julia Prudencio, Comisaria de Prevención Ciudadana, Vinculación Social y Atención a Víctimas por su compromiso con los derechos humanos de las mujeres, así también como a mi equipo porque fue un dictamen trabajado conjuntamente. Gracias.

El Señor Presidente Municipal: Gracias regidora. Tiene el uso de la voz, el regidor Eduardo Martínez Lomelí.

El Regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí: De igual forma gracias regidora Guadalupe Morfín, es necesario reconocer todo el esfuerzo y valiosas aportaciones de todos mis compañeros regidores, por supuesto su apoyo en la construcción de este proyecto, así mismo a los titulares de las dependencias aquí presentes y que fueron parte de todas las mesas de trabajo, con el ánimo a aperturar y escuchar opiniones, por supuesto atender cada una de las propuestas que nos llevaron al resultado de este proyecto que no está de más, por supuesto tengo que reconocer todas las valiosas aportaciones de tu equipo Guadalupe Morfín y de la propia regidora en este proceso, de igual manera de mi compañero Salvador de la Cruz que se sumó desde el principio y que cada punto de vista fue incluido en el mismo, así también de nuestros compañeros María Eugenia Arias siempre al pendiente del bienestar de los menores; Manuel Romo que formó parte de la misma mesa al igual que mi compañero Juan Carlos Márquez.

Me quiero permitir hacer extensivo mi máximo reconocimiento al Director de Justicia Municipal, el licenciado Armando Aviña, quien desde su experiencia y conocimiento de la realidad que se vive día a día en las dependencias, tuvo el acierto de poner el antecedente de la imperiosa necesidad de llevar a cabo estas reformas, para normar los aspectos tan importantes en este municipio que es el tema de menores, puestos a disposición en los Juzgados Municipales y la emisión de órdenes y tratamiento de protección; también a los jueces que hoy nos acompañan muchas gracias por toda su aportación.La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

241Ayuntamiento de Guadalajara

En conclusión, estas iniciativas que hoy están a su consideración y que se reducen no solamente a la adecuación de un marco normativo, considero que van más allá de eso, porque hoy Guadalajara se estará convirtiendo en el primer municipio del Estado de Jalisco que priorice el interés superior del infante y que migre de un antiguo sistema tutelar para menores a uno garante de sus derechos, que de igual importancia resulta la promoción y la protección, abusando del uso de la voz, para las mujeres que son víctimas de violencia, creando las políticas públicas necesarias como hoy se está proponiendo para erradicar cualquier tipo de violencia en contra de las mujeres.

Por último, quiero elevar el exhorto a la Agencia Metropolitana de Seguridad a que siga trabajando en estos temas, para que también en los demás municipio cercanos y que forman parte del área metropolitana se puedan realizar este tipo de políticas públicas. Gracias Presidente, es cuanto.

El Señor Presidente Municipal: Gracias regidor y felicidades por el trabajo también. No habiendo quien más solicite el uso de la palabra, se les consulta si se aprueba, pidiéndole al Secretario General tome el sentido de la votación nominal en lo general y exprese en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, a favor; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 19 votos a favor del dictamen marcado con el número 76.

El Señor Presidente Municipal: Continuando con el desarrollo de este punto, se pone a discusión en lo particular el ordenamiento número 76, instruyendo al Secretario General tome nota de los regidores que se inscriban para tal efecto, así como del artículo al cual se referirán.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

242Ayuntamiento de Guadalajara

No habiendo quien solicite el uso de la palabra, se declara aprobado en lo general y particular el dictamen marcado con el número 76.

Continuamos con la discusión del dictamen número 77, solicitando al Secretario General lo enuncie.

El Señor Secretario General: 77. DICTAMEN CORRESPONDIENTE A LA INICIATIVA DE LOS REGIDORES EDUARDO FABIÁN MARTÍNEZ LOMELÍ Y JUAN CARLOS MÁRQUEZ ROSAS, PARA REFORMAR EL REGLAMENTO DE POLICÍA Y BUEN GOBIERNO DE GUADALAJARA Y EL REGLAMENTO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE GUADALAJARA.

ORDENAMIENTO

ÚNICO.- Se aprueba la reforma de los artículos 6, 9, la adición de los artículos 65 bis, 65 ter, 65 quater, 65 quinquies, 65 sexies del Reglamento de Policía y Buen Gobierno, así como la reforma al artículo 55 del Reglamento de la Administración Pública Municipal.

ARTÍCULO 6.- A los Jueces Municipales les corresponderá: (…)

XV.- Coadyuvar, valorar y determinar, dentro de sus facultades las órdenes de protección en casos de violencia de género en contra de las mujeres.XVI.- Las demás atribuciones que le confieren otros ordenamientos.”

ARTÍCULO 9.- Para los efectos de este Reglamento, se entenderá por: (…)

XVIII.- ÓRDENES DE PROTECCIÓN: Es el instrumento legal diseñado para proteger a la mujer en función de su interés superior en casos de violencia de género. Deberán otorgarse por el o la juez municipal, inmediatamente que conozcan de hechos que impliquen violencia contra las mujeres atendiendo los siguientes principios:a) Debida diligenciab) Dignidad c) Enfoque diferencial y especializadod) Igualdad y no discriminación.e) Integridadg) Máxima protecciónh) No criminalizacióni) Protección a la victimaj) Simplicidadk) Trato Preferentel) Urgencia

ARTICULO 65 BIS. Cuando él o la Juez Municipal conozca de algún hecho que implique violencia contra las mujeres, dictara órdenes de protección para salvaguardar sus derechos y las determinará con base en la metodología de evaluación del riesgo contemplada en el protocolo.

Es obligación del juzgado municipal el dar seguimiento a las víctimas y vigilar el cumplimiento de la orden de protección y verificar si persiste el riesgo y en su caso ampliar la orden de protección.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

243Ayuntamiento de Guadalajara

ARTÍCULO 65 TER. Las órdenes de protección podrán ser de emergencia y preventivas

1. La orden de emergencia conlleva para el agresor

a) Prohibición de acercarse a la víctima, su domicilio, sus ascendientes o descendientes, su lugar de trabajo, de estudios o cualquier otro que frecuente.b) Prohibición de comunicarse con la victima por cualquier víac) Prohibición de intimidar o molestar a la víctima en su entorno social, así como a cualquier integrante de familia.

Para determinar la medida de emergencia, el o la Jueza Municipal deberá considerar:

I. El riesgo o peligro existente;II. La seguridad de las víctimas directas e indirectasIII. Los Demás elementos con que se cuente

2. La orden de protección preventiva puede incluir:

a) Retención y guarda de las armas de fuego y/o punzocortantes, o punzocontundentes propiedad o posesión del agresor.b) Limitación del uso y goce de bienes muebles que se encuentren en el inmueble o domicilio de la víctima.c) Auxilio de las autoridades o personas que en favor de la víctima tengan acceso a su domicilio en común, para tomar sus pertenencias y las de sus hijos e hijas.

ARTÍCULO 65 QUATER. Se considerará un caso de emergencia aquel en el cual peligre la vida de la víctima de violencia, así como su integridad física y sexual. Las órdenes de protección no deberán exceder una temporalidad mayor a las 72 horas, contadas a partir de que se dicten por parte del Juzgado Municipal

ARTÍCULO 65 QUINQUIES. Independientemente de las órdenes de protección que dicte el o la Juez Municipal, cuando conozca de hechos que pongan en riesgo o peligro la integridad física o patrimonial de la víctima, deberán proceder, mediante el cuerpo policiaco especializado, al arresto preventivo de la persona generadora de violencia hasta por 36 horas. Siendo aplicable, lo previsto en el numeral 31 de este Reglamento.

ARTÍCULO 65 SEXIES. De conformidad con el artículo 38 del Reglamento de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la o el Juez Municipal al dictar alguna orden de protección procederá al llenado de la Cédula de Registro Único que contendrá como mínimo lo siguiente:

I. Datos generales de la víctima (nombre, edad, domicilio, teléfono y correo electrónico) y número de víctimas indirectas;

II. Datos de la persona generadora de violencia (nombre, edad, domicilio);III. Descripción de los hechos;IV. Tipos y modalidades de violencia, así como recurrencia;V. Instancia receptora y a las que se canaliza;VI. Servicios brindados;VII. Redes de apoyo de la víctima (familiares, amigos y grupos de apoyo).

La cédula de registro será subida a la o las plataformas electrónicas existentes a efecto de generar un expediente.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

244Ayuntamiento de Guadalajara

También corresponde a la o el Juez municipal derivar al DIF Guadalajara a las mujeres víctimas, para que tengan acceso a las Casas de Emergencia o Centros de Refugio referidos en el Capítulo VI del Reglamento de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

ARTÍCULO 55.- La Dirección de Justicia Municipal tiene las siguientes atribuciones: (…)XIII.- Dictar, por medio de las y los Jueces Municipales, cuando conozcan de algún hecho que impliquen violencia contra las mujeres, las Ordenes de Protección que permitan la salvaguarda de los derechos de las víctimas. XIV.- Las demás previstas en la normatividad aplicable. (…).

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese las presentes reformas en la Gaceta Municipal de Guadalajara

SEGUNDO.- Una vez publicada la reforma, se instruye a la Dirección de Justicia Municipal para que en un término de 30 días emita el protocolo correspondiente al que se sujetaran los jueces y las juezas municipales para la solicitud, elaboración, expedición y seguimiento de las órdenes de protección. El protocolo deberá elaborarse en colaboración con el Instituto Municipal de las Mujeres y la Comisaria de Guadalajara.

TERCERO.- Una vez publicada la presente disposición, remítase mediante oficio un tanto de ella, al Honorable Congreso del Estado, para los efectos ordenados en las fracciones VI Y VII del artículo 42 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

CUARTO.- Se faculta al Presidente Municipal y Secretario General de este Ayuntamiento a suscribir la documentación necesaria e inherente al cumplimiento del presente.

QUINTO.- Las presentes reformas entraran en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara

El Señor Presidente Municipal: Señores regidores, por tratarse de reformas a ordenamientos municipales, está a su consideración primeramente en lo general el ordenamiento de referencia, solicitando al Secretario General registre a los regidores que deseen inscribirse para manifestarse a favor o en contra del ordenamiento. Tiene el uso de la voz, la regidora Guadalupe Morfín.

La Regidora María Guadalupe Morfín Otero: Es en el mismo sentido de felicitar al Director de Justicia Municipal, a todos los jueces aquí presentes, los felicito por su involucramiento así como al regidor Eduardo Lomelí en un alto compromiso por los derechos humanos. Gracias.

El Señor Presidente Municipal: No habiendo quien más solicite el uso de la palabra, se les consulta si se aprueba, pidiéndole al Secretario General tome el sentido de la votación nominal en lo general y exprese en voz alta el resultado.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

245Ayuntamiento de Guadalajara

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, a favor; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 19 votos a favor del dictamen marcado con el número 77.

El Señor Presidente Municipal: Continuando con el desarrollo de este punto, se pone a discusión en lo particular el ordenamiento número 77, instruyendo al Secretario General tome nota de los regidores que se inscriban para tal efecto, así como del ordenamiento y del artículo al cual se referirán.

No habiendo quien más solicite el uso de la palabra, se declara aprobado en lo general y particular el dictamen marcado con el número 77.

Continuamos con la discusión del dictamen número 78, solicitando al Secretario General lo enuncie.

El Señor Secretario General: 78. DICTAMEN CORRESPONDIENTE A LA INICIATIVA DEL REGIDOR SALVADOR DE LA CRUZ RODRÍGUEZ REYES, PARA REFORMAR EL REGLAMENTO PARA EL FUNCIONAMIENTO DE GIROS COMERCIALES, INDUSTRIALES Y DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EL MUNICIPIO DE GUADALAJARA.

ORDENAMIENTO

ÚNICO.- Se aprueba la adición del artículo 75 Bis del Reglamento para el Funcionamiento de Giros Comerciales, Industriales y de Prestación de Servicios en el Municipio de Guadalajara, para quedar como sigue:

Artículo 75 Bis. Para los efectos de las Leyes de Ingresos Municipales de Guadalajara y las demás disposiciones legales y reglamentarias aplicables se consideran:

a) Mercados de primera categorial especial:

1. Abastos,La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

246Ayuntamiento de Guadalajara

2. Libertad y3. Felipe ángeles.

b) Mercados de primera categoría:

1. Alcalde,2. Corona,3. José María Morelos,4. Valentín Gómez Farías,5. Manuel Ávila Camacho,6. Mexicaltzingo,7. Las flores, 8. Pasaje Morelos y9. Tianguis primera sección (mercado de abastos).

c) Mercados de segunda categoría:

1. Adrián Puga,2. Irineo Paz,3. Ignacio Aldama, 4. Esteban Vaca Calderón,5. IV centenario, 6. Mezquitan,7. Independencia,8. Miravalle, 9. Belisario Domínguez,10. Guillermo Prieto,11. Miguel ramos Arizpe,12. Manuel Doblado,13. Beatriz Hernández,14. Gastronómico,15. Santos Degollado,16. 18 de marzo,17. Constitución,18. El mirador,19. Eugenio Zúñiga,20. Pedro Vélez,21. Severo Díaz,22. Pedro Ogazón y23. Margarita Maza de Juárez.

d) Mercados de tercera categoría:

1. Juárez,2. Libertador Miguel Hidalgo,3. Eulogio Parra,4. San Diego,5. Manuel M. Diéguez,6. Hidalgo,7. Juan Álvarez,8. José María Cuellar,9. Miraflores,10. Joaquín Angulo,

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

247Ayuntamiento de Guadalajara

11. Sta., Elena de la Cruz,12. Col. Atlas, 13. José María Luis Mora,14. Rancho Blanco,15. Agustín de la Rosa,16. Javier Mina,17. Francisco I. Madero,18. Esteban Loera,19. 1 de Mayo,20. Francisco Villa,21. Profesora Idolina Gaona de Casio22. Juan N. Cumplido,23. Gral. Álvaro Obregón,24. Heliodoro Hernández Loza,25. María Arcelia Díaz,26. Miguel Alemán,27. Prisciliano Sánchez,28. Ignacio Zaragoza,29. Gral. Julián Medina,30. Antonio de Segovia,31. Herrera y Cairo,32. 25 de Mayo,33. Lázaro cárdenas,34. Rio verde Tetlan,35. Jesús González Gallo,36. Ricardo Flores Magón,37. Héroes de Nacozari,38. Mariano Escobedo,39. Melchor Ocampo,40. La Nogalera,41. Luis Manuel Rojas,42. José Antonio Torres,43. Ponciano Arriaga,44. Cuauhtémoc.45. Luis Quintanar,46. Plutarco Elías Calles, 47. Ferrovejeros,48. Dionisio Rodríguez,49. J. Clemente Orozco,50. Reforma,51. San Jacinto,52. Polanquito,53. Villa Guerrero,54. Ayuntamiento,55. Sebastián allende y 56. Esmirna.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente decreto entrara en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

248Ayuntamiento de Guadalajara

SEGUNDO.- Quedan derogadas las disposiciones de orden municipal que se opongan a lo establecido al presente ordenamiento.

TERCERO.- Una vez publicada la presente reforma remítase una copia al Congreso del Estado de Jalisco para los efectos de lo ordenado en la fracción VII de la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

El Señor Presidente Municipal: Señores regidores, por tratarse de reformas a un ordenamiento municipal, está a su consideración primeramente en lo general el ordenamiento de referencia, solicitando al Secretario General registre a los regidores que deseen inscribirse para manifestarse a favor o en contra del ordenamiento.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra, se les consulta si se aprueba, pidiéndole al Secretario General tome el sentido de la votación nominal en lo general y exprese en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, a favor; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 19 votos a favor del dictamen marcado con el número 78.

El Señor Presidente Municipal: Continuando con el desarrollo de este punto, se pone a discusión en lo particular el ordenamiento número 78, instruyendo al Secretario General tome nota de los regidores que se inscriban para tal efecto.

No habiendo quien más solicite el uso de la palabra, se declara aprobado en lo general y particular el dictamen marcado con el número 78.

Continuamos con la discusión del dictamen número 79, solicitando al Secretario General lo enuncie.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

249Ayuntamiento de Guadalajara

El Señor Secretario General: 79. DICTAMEN CORRESPONDIENTE A LA INICIATIVA DE LA REGIDORA MIRIAM BERENICE RIVERA RODRÍGUEZ, PARA REFORMAR DIVERSOS REGLAMENTOS MUNICIPALES EN MATERIA DE PROTECCIÓN A LOS ADULTOS MAYORES.

ORDENAMIENTO

PRIMERO.- Se reforman los artículos 123 y 145 del Reglamento de la Administración Pública Municipal de Guadalajara, para quedar como sigue:

“Artículo 123. Son atribuciones de la Dirección de Programas Sociales Municipales:

I. a XXXIII. […]

XXXIV. Promover un sistema eficaz de captación de necesidades de la población y efectuar las acciones necesarias para brindar mayores beneficios a la comunidad;

XXXV. Impulsar en el área técnica de la Atención a Adultos Mayores acciones para informar y promover los programas sociales a las personas adultas mayores que se encuentren aisladas; y

XXXVI. Las demás que establece la normatividad aplicable.”

“Artículo 145. Son atribuciones de la Dirección de Educación:

I. Colaborar con los niveles y órganos de gobierno competentes, en el desarrollo de la educación, en el que se contemple a los Adultos Mayores, además de los niños y jóvenes del Municipio;

II. […]

III. Promover y gestionar el establecimiento de escuelas oficiales, públicas y privadas, así como de centros de educación para adultos, Adultos Mayores y de Educación Especial dentro del municipio;

IV. a VIII. […]

IX. Elaborar y aplicar proyectos para apoyar la ampliación de los servicios educativos y el adiestramiento ocupacional en el municipio, en los que se incluyan además de los niños y jóvenes, a los adultos mayores;X. a XI. […]

XII. Establecer programas y becas para otorgar apoyos diversos a jóvenes, adultos y adultos mayores, de escasos recursos de acuerdo a los lineamientos en la materia;

XIII. a XXII. […]”

SEGUNDO.- Se reforman los artículos 3 y 4 del Reglamento del Organismo Público Descentralizado de la Administración pública Municipal de Guadalajara Denominado “Consejo Municipal del Deporte de Guadalajara”, para quedar como sigue:“Artículo 3. Para los efectos de este reglamento, se entiende por:

I. […]La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

250Ayuntamiento de Guadalajara

II. Persona Mayor: Aquella persona que cuente con sesenta años o más de edad y que se encuentre domiciliada o en tránsito en el territorio del municipio de Guadalajara o su Área Metropolitana. Este concepto incluye, entre otros, el de adulto mayor o persona adulta mayor;

III. Consejo Directivo: Consejo Directivo del Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal de Guadalajara, denominado “Consejo Municipal del Deporte de Guadalajara”;

IV. COMUDE: El Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal de Guadalajara denominado “Consejo Municipal del Deporte” de Guadalajara; y

V. Reglamento Interno: Reglamento Interno del Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Municipal de Guadalajara denominado “Consejo Municipal del Deporte de Guadalajara”.

“Artículo 4. El COMUDE, tiene como objetivos los siguientes:

I. a X. […]

XI. Impulsar, promover y apoyar a las personas con alguna discapacidad y a las personas mayores en la práctica del deporte, procurando la adecuación de las instalaciones deportivas del municipio, a fin de facilitar su libre acceso y desarrollo;

XII. […]

XIII. Establecer la coordinación interinstitucional con diversas dependencias, a fin de proporcionar a la población en general y a las personas mayores, en particular, servicios de orientación nutricional, psicológica, evaluaciones médico deportivas, vocacional, y de prevención contra las adicciones;

XIV. Difundir y promover la realización de eventos deportivos institucionales, así como incorporar aquellos que considere de importancia en la vida deportiva del municipio, realizando al menos dos eventos especialmente dirigidos tanto a personas con alguna discapacidad como a personas mayores y a las demás que requieran inclusión; y

XV. […]”

TERCERO. Se reforma el artículo 80 del Reglamento de Patrimonio Municipal de Guadalajara, para quedar como sigue:

“Artículo 80.1. Quedan sujetos a las disposiciones de este capítulo todos los vehículos de propiedad municipal, en cuanto a su control, guarda, circulación, servicio y respecto de los incidentes o accidentes de tránsito en que sean parte.

En aquellos casos en que la movilidad de los ciudadanos resulte afectada de forma grave por eventos tales como la suspensión generalizada o parcial del servicio público de transporte colectivo y masivo de pasajeros, el municipio de manera excepcional podrá apoyar temporalmente a los usuarios, trasladándolos sin costo alguno en los vehículos oficiales que no se encuentren atendiendo otros servicios públicos esenciales.”

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

251Ayuntamiento de Guadalajara

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente ordenamiento municipal en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

SEGUNDO.- Este ordenamiento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- Se derogan todas las disposiciones municipales que se opongan al presente ordenamiento municipal.

CUARTO.- Una vez publicadas las presentes reformas, remítase mediante oficio un tanto de ellas al Honorable Congreso del Estado de Jalisco, para los efectos ordenados en las fracciones VI y VII del artículo 42 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.”

El Señor Presidente Municipal: Señores regidores, por tratarse de reformas a ordenamientos municipales, está a su consideración primeramente en lo general el ordenamiento de referencia, solicitando al Secretario General registre a los regidores que deseen inscribirse para manifestarse a favor o en contra del ordenamiento. Tiene el uso de la voz, la regidora Livier Martínez.

La Regidora Livier del Carmen Martínez Martínez: Gracias señor Presidente. Solo es una modificación a la iniciativa presentada por la regidora Berenice Rivera, se los leo para ser rápido, en el segundo párrafo dice:

“En aquellos casos que la movilidad de los ciudadanos resulte afectada de forma grave por eventos tales como la suspensión generalizada o parcial del servicio público colectivo y masivo de pasajeros en el municipio, de manera excepcional podrá apoyar temporalmente a los usuarios trasladándolos sin costo en los vehículos oficiales que no se encuentren atendiendo en otros servicios públicos municipales y esenciales”.

La propuesta que les digo, sería nada más exactamente el mismo párrafo pero que dijera: “Previo acuerdo del Presidente Municipal”, no sé si se somete a su consideración esperando que se apruebe. El Señor Presidente Municipal: Tiene el uso de la voz, la regidora Berenice Rivera.

La Regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez: La aceptamos sin ningún problema, muchas gracias regidora.

El Señor Presidente Municipal: Primero someto a votación la propuesta de modificación de la regidora Livier Martínez, quienes estén a favor sírvanse en manifestarlo en votación económica…Aprobado.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

252Ayuntamiento de Guadalajara

No habiendo quien más solicite el uso de la palabra, se les consulta si se aprueba, pidiéndole al Secretario General tome el sentido de la votación nominal en lo general y exprese en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, a favor; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 19 votos a favor del dictamen marcado con el número 79.

El Señor Presidente Municipal: Continuando con el desarrollo de este punto, se pone a discusión en lo particular el ordenamiento número 79, instruyendo al Secretario General tome nota de los regidores que se inscriban para tal efecto.

No habiendo quien más solicite el uso de la palabra, se declara aprobado en lo general y particular el dictamen marcado con el número 79.

Continuamos con la discusión del dictamen número 80, solicitando al Secretario General lo enuncie.

El Señor Secretario General: 80.DICTAMEN CORRESPONDIENTE A LAS INICIATIVAS DE LA SÍNDICO ANNA BÁRBARA CASILLAS GARCÍA Y DE AKEMI ISABEL RIZO GARCÍA, A LA FECHA DE PRESENTACIÓN REGIDORA DE ESTE AYUNTAMIENTO, PARA EXPEDIR EL REGLAMENTO PARA LA ENTREGA RECEPCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DE GUADALAJARA.

ORDENAMIENTO

PRIMERO.- Se abroga el Reglamento para la Entrega Recepción de la Administración Pública y el Patrimonio Municipal de Guadalajara, aprobado en sesión ordinaria del Ayuntamiento celebrada el 29 de febrero de 2012, promulgado el 01 de marzo 2012 y publicado el 16 de marzo de 2012 en el Suplemento de la Gaceta Municipal Año 95, Tomo II, Ejemplar 8.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

253Ayuntamiento de Guadalajara

Se deroga el artículo tercero transitorio del Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara, respecto de la reforma al artículo 18 del mismo Ordenamiento, la cual fue aprobada en sesión ordinaria del Ayuntamiento celebrada el 29 de febrero de 2012 y publicada el 16 de marzo de 2012 en el Suplemento de la Gaceta Municipal.

SEGUNDO.- Se Aprueba expedir el nuevo Reglamento para la Entrega Recepción de la Administración Pública Municipal de Guadalajara, para quedar como sigue:

“REGLAMENTO PARA LA ENTREGA - RECEPCIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y EL PATRIMONIO MUNICIPAL DE GUADALAJARA”

CAPÍTULO PRIMERO.DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 1. El presente reglamento es de orden público y observancia obligatoria y tiene por objeto regular el procedimiento administrativo que deberán realizar los servidores públicos del Municipio de Guadalajara, para la entrega formal de recursos humanos, materiales, financieros, fondos, bienes, valores públicos, documentos y demás información generada en el ejercicio de sus funciones que administren, y deban de recibir quienes los sustituyan al término de su empleo, cargo o comisión.

Artículo 2. El presente reglamento se expide con fundamento en el artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 73 y 77 fracción II de la Constitución Política del Estado de Jalisco; 7 de la Ley de Entrega-recepción del Estado de Jalisco y sus Municipios; 61 fracciones XXII y XXIII de la Ley de Responsabilidades Políticas y Administrativas del Estado de Jalisco; y 16 17, 37 fracción II, 40 y 41 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco;

Artículo 3. La entrega-recepción es el procedimiento administrativo de interés público, cumplimiento obligatorio y formal, mediante el cual un servidor público que concluye su función, hace entrega del despacho a su cargo al servidor público que lo sustituye en sus funciones o a quien se designe para tal efecto, o en su caso, al órgano de Contraloría Ciudadana.

Artículo 4. El procedimiento de entrega-recepción tiene como finalidad:

I. Garantizar la continuidad de la función pública; administrativa y de gestión mediante la transferencia ordenada, precisa y formal de los bienes, derechos y obligaciones del que es titular; II. Documentar la transmisión del patrimonio público;III. Dar certeza jurídica del resguardo del patrimonio público, y;IV. Delimitar las responsabilidades de los servidores públicos participantes.

Artículo 5. El procedimiento administrativo de entrega-recepción deberá realizarse:

I. Al término del ejercicio constitucional de la administración, y;II. Cuando por causas distintas al cambio de administración, deban separarse de su cargo, empleo o comisión los servidores públicos a quienes obliga este ordenamiento.

Artículo 6. Para los efectos de este reglamento; se entenderá por:

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

254Ayuntamiento de Guadalajara

I. Acta: El acta administrativa de entrega-recepción, que es el documento en el cual se hará constar el procedimiento de entrega-recepción y que deberá contener los requisitos que establece el presente reglamento;II. Comisión de Transición: Al grupo de personas nombradas previo a la transición de periodos constitucionales, que tienen las funciones de enlace, recepción o vinculación para llevar a cabo el procedimiento de entrega-recepción con la administración entrante;III. Libro Blanco: Documento público en el que se hacen constar de manera cronológica las acciones administrativas, legales, presupuestarias, operativas y de seguimiento que se hayan realizado, así como los resultados de programas, proyectos y asuntos relevantes y trascendentes de la Administración Pública del Municipio;IV. Formatos: Documentos en los que deberá hacerse constar la relación de los conceptos sujetos al proceso de entrega-recepción;V. Manual: Documento que describe los pasos a seguir para ejecutar las diversas etapas que integran el procedimiento de entrega-recepción;VI. Municipio: El Municipio de Guadalajara, Jalisco;VII. Contraloría: Contraloría Ciudadana Municipal de Guadalajara, Jalisco; yVIII. Ley: Ley de Responsabilidades Políticas y Administrativas del Estado de Jalisco.

Artículo 7.- La vigilancia del exacto cumplimiento de las disposiciones de este reglamento le compete a la Contraloría Ciudadana y Comisión de Transición.

CAPÍTULO IIDE LAS OBLIGACIONES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS.

Artículo 8. Los servidores públicos que están obligados a efectuar el proceso de entrega-recepción; son:

I. Presidente Municipal; II. Regidores;III. Síndico;IV. Secretario General de Ayuntamiento;V. Tesorero;VI. Contralor Ciudadano;VII. Comisario General de Seguridad Ciudadana;VIII. Coordinadores Generales;XIX. Titulares de los Organismos Públicos Descentralizados, fideicomisos municipales y empresas de participación municipal mayoritaria;XI. Directores de Área;XII. Asimismo estarán obligados a llevar a cabo el proceso de entrega-recepción todo servidor público cuyo superior jerárquico así lo solicite y la Contraloría Ciudadana lo autorice.

Artículo 9. Es obligación del presidente municipal designar a los servidores públicos que conformaran la Comisión de Transición de la Administración Municipal, para lo cual deberá notificar de esto mediante escrito al Contralor Ciudadano Municipal.

Artículo 10. Es obligación de los servidores públicos sujetos a este reglamento;

I. Mantener actualizados sus registros, controles y demás documentación relativa a su gestión;II. Realizar el procedimiento de entrega-recepción tanto al inicio como al término de su encargo, en los términos que señala el presente reglamento, y;

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

255Ayuntamiento de Guadalajara

II. Al inicio del ejercicio de su encargo, recibir los recursos, bienes y documentos que se encontrarán bajo su responsabilidad y resguardo, independientemente de que esto se realice en el acto regulado por este reglamento.

|Artículo 11. Los servidores públicos tienen la obligación de llevar a cabo el procedimiento de entrega-recepción en un plazo no mayor a cinco días hábiles contados a partir del inicio formal de la función de que se trate, en los supuestos a que se refiere el artículo 5 del presente reglamento.

Artículo 12. Cuando por causa justificada, los servidores públicos obligados a la entrega-recepción no puedan realizarla, dicha obligación correrá a cargo del servidor público que designe el superior jerárquico del obligado.

Para los efectos de este artículo se considerarán como causas justificadas:

I. El fallecimiento;II. La incapacidad física o mental; yIII. La reclusión por la comisión de algún delito.

Artículo 13. En caso de no tener certeza del nombramiento o designación de a quién se deba entregar, o no comparezca la persona que deba recibir, el servidor público obligado hará la entrega a Contraloría Ciudadana o a la persona que para ese efecto esta designe.

Artículo 14. Los servidores públicos que en los términos de este reglamento se encuentren obligados a realizar la entrega-recepción y que al término de su ejercicio sean ratificados en su cargo, deberán realizar el procedimiento administrativo de entrega-recepción ante su superior jerárquico y con la intervención de Contraloría Ciudadana, dentro de los primeros cinco días hábiles posteriores a su ratificación.

En caso de que el servidor público saliente no tuviere superior jerárquico ante quien realizar el procedimiento administrativo de entrega-recepción, éste deberá llevarse a cabo ante Contraloría Ciudadana.

CAPÍTULO IIIDEL PROCEDIMIENTO DE ENTREGA-RECEPCIÓN.

Artículo 15. En todo procedimiento administrativo de entrega-recepción deberán intervenir:

I. El servidor público titular saliente o a la persona que el superior jerárquico designe;II. El servidor público titular entrante o la persona que éste designe;III. Un representante de Contraloría Ciudadana; yIV. Cuando menos un testigo por cada uno de los servidores públicos obligados.

Artículo 16. En el procedimiento de entrega-recepción, la Contraloría Ciudadana tendrá las obligaciones siguientes:I. Expedir los manuales, formatos de acta y demás documentos necesarios para realizar la entrega-recepción de la administración pública, cuando menos con seis meses de anticipación a la fecha de terminación del encargo;II. Auxiliar a los servidores públicos sujetos al procedimiento de entrega-recepción;III. Coordinar la instrumentación de la entrega-recepción;IV. Revisar y supervisar el cumplimento del procedimiento de entrega-recepción; yV. Fincar, en su caso, las responsabilidades que correspondan.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

256Ayuntamiento de Guadalajara

CAPÍTULO IVDE LA PREPARACIÓN DE LA ENTREGA-RECEPCIÓN AL CAMBIO DE

ADMINISTRACIÓN.

Artículo 17. Treinta días antes del cambio de administración se deberá conformar la Comisión de Transición, compuesta por servidores públicos de la administración saliente, y aquellas personas que nombren los titulares de la administración entrante, con el objeto de preparar el desarrollo del procedimiento administrativo de entrega-recepción.

Artículo 18. En el último año de gestión, se deberá prever de acuerdo con la capacidad presupuestal, los recursos suficientes para sufragar los gastos que se originen por las actividades del procedimiento de entrega-recepción.

CAPÍTULO VDEL ACTO DE ENTREGA-RECEPCIÓN.

Artículo 19. Los servidores públicos salientes deberán preparar la información íntegra y detallada para la entrega de:

I. Los recursos humanos a su cargo;II. Los bienes y recursos materiales a su resguardo;III. La disposición de recursos financieros al día del acto de entrega-recepción;IV. El total de asuntos pendientes;V. El Libro Blanco, cuando exista;VI. Documentos importantes, cuyo extravío pueda generar responsabilidades administrativas, civiles o penales, e;VII. Información relevante para conocimiento de su sucesor.

Artículo 20. Los servidores públicos obligados a la entrega, son los directamente responsables de rendir por escrito y autorizar con su firma el contenido de la información señalada en el artículo anterior.

Artículo 21. Para llevar a cabo el procedimiento de entrega-recepción, los servidores públicos salientes, junto con los entrantes, deberán llevar a cabo un acto formal, en el que se haga entrega de la documentación a que se refiere el artículo 20, haciendo constar la entrega de dicha información en el acta de entrega-recepción y sus anexos correspondientes.

Los servidores públicos entrantes deberán dejar constancia con su firma de los recursos, bienes y documentos que se les entregan.

Artículo 22. El acto de entrega-recepción de las dependencias que tengan a su cargo tareas de seguridad, servicios médicos y de emergencia, así como las que por su naturaleza funcionen las veinticuatro horas del día, tendrá que realizarse desde el primer minuto en el que tenga efectos el cambio de administración, sin que en el desarrollo de dicho acto se interrumpan las tareas a las que se refiere el presente artículo.

Artículo 23. Antes de la celebración del acto de entrega-recepción, la Contraloría Ciudadana deberá notificar mediante oficio al servidor público saliente y, en su caso, a los entrantes o a la persona que para tal efecto se designe, cuando menos con tres días hábiles de anticipación, del lugar, fecha y hora en que tendrá verificativo dicho acto, pudiendo acompañar los proyectos de acta, así como los anexos que contengan la información relativa a los bienes y documentos que se entregarán.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

257Ayuntamiento de Guadalajara

Artículo 24. Comparecerán en el lugar, fecha y hora en que tendrá verificativo el acto de entrega-recepción con identificación oficial, el servidor público saliente o la persona que para ese efecto se designe el servidor público entrante o la persona que para el efecto se designe el representante de Contraloría Ciudadana y los testigos. Acto seguido se procederá a levantar el acta correspondiente, y una vez que se ha verificado el contenido de la información relativa a la entrega-recepción, se hará la declaratoria de la recepción en resguardo de los bienes y documentos descritos en el acta y sus anexos, y se procederá a la firma autógrafa de la misma.

Artículo 25. El acta de entrega-recepción deberá contener, por lo menos:

I. Lugar, fecha del acto de entrega-recepción;II. Hora en que se inicia el acto;III. Entidad o dependencia que se entrega;VI. Nombre y carácter de los servidores públicos entrantes y salientes que comparecen al acto o, en su caso, las personas que para el efecto se designen, así como el documento con el que se identifican para el efecto;V. Nombre del representante de Contraloría Ciudadana;VI. Descripción detallada de los conceptos que se entregan y, en su caso, la referencia clara de anexos si los contiene;VII. Descripción del proceso de verificación y, en su caso, las manifestaciones que en dicho proceso realicen los servidores públicos que comparecen;VIII. Declaratoria de la recepción en resguardo de los recursos, bienes y documentos al servidor público entrante o la persona que se designe para el efecto;XIX. Hora del cierre del acto de entrega-recepción;X. Nombre de los testigos; yXI. Firma al calce y en cada hoja de los que intervinieron.

Artículo 26. La verificación y validación física del contenido del acta de entrega-recepción y sus anexos deberán llevarse a cabo por el servidor público entrante en un término no mayor a treinta días hábiles contados a partir del acto de entrega.

Artículo 27. Si durante la validación y verificación, el servidor público entrante se percata de irregularidades en los documentos y recursos recibidos, dentro de un término no mayor de tres días hábiles posteriores al cumplimiento del plazo establecido en el artículo anterior deberá hacerlas del conocimiento a la Contraloría Ciudadana, a fin de que sea requerido el servidor público saliente y proceda a su aclaración.

Artículo 28. La Contraloría Ciudadana requerirá al servidor público que corresponda a efecto de que en forma personal o por escrito comparezca, en un plazo no mayor a cinco días a la recepción de la notificación, a manifestar lo que corresponda. En caso de no comparecer dentro del término requerido, se procederá de conformidad con la Ley de Responsabilidades Políticas y Administrativas del Estado de Jalisco.

Artículo 29. En la comparecencia establecida en el artículo anterior, Contraloría se encargará de levantar acta administrativa, en la cual se asentarán las manifestaciones que rindan los servidores públicos sobre las inconsistencias detectadas; de considerarse por parte del servidor público entrante que no se aclaran dichas inconsistencias, Contraloría procederá a realizar las investigaciones a que haya lugar y, de resultar que se constituye probable responsabilidad, se procederá conforme a la Ley de Responsabilidades Políticas y Administrativas del Estado de Jalisco.

CAPÍTULO VIDE LAS RESPONSABILIDADES Y SANCIONES.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

258Ayuntamiento de Guadalajara

Artículo 30. El servidor público que sin causa justificada dejare de cumplir la obligación de realizar el procedimiento de entrega-recepción será sujeto a las sanciones establecidas en la Ley de Responsabilidades Políticas y Administrativas del Estado de Jalisco, independientemente de las responsabilidades civiles y penales que puedan desprenderse.

Artículo 31. El procedimiento de entrega-recepción no libera de la responsabilidad en que pudiese haber incurrido el servidor público saliente, durante el desempeño de su cargo o comisión.

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese el presente ordenamiento en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

SEGUNDO.- El presente ordenamiento entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Municipal de Guadalajara.

TERCERO.- Quedan derogadas las disposiciones de orden municipal que se opongan a lo establecido en el presente reglamento.

CUARTO.- Se instruye al Titular de la Contraloría Ciudadana a efecto de que realice los ajustes necesarios al Manual de Organización de la propia dependencia, con la finalidad de que guarde congruencia con el presente ordenamiento, dentro de los 30 treinta días siguientes a la fecha en que entre en vigor el presente reglamento y de conformidad con el mismo.

QUINTO.- Una vez publicado el presente reglamento, remítase un tanto al Congreso del Estado de Jalisco, para los efectos ordenados en la fracción VII del artículo 42 de la Ley del Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco.

El Señor Presidente Municipal: Señores regidores, por tratarse de un ordenamiento municipal, está a su consideración primeramente en lo general el ordenamiento de referencia, solicitando al Secretario General registre a los regidores que deseen inscribirse para manifestarse a favor o en contra del ordenamiento.

No habiendo quien solicite el uso de la palabra, se les consulta si se aprueba, pidiéndole al Secretario General tome el sentido de la votación nominal en lo general y exprese en voz alta el resultado.

El Señor Secretario General: Regidor Juan Francisco Ramírez Salcido, a favor; regidora Miriam Berenice Rivera Rodríguez, a favor; regidor José Manuel Romo Parra, a favor; regidor Bernardo Macklis Petrini; regidora Jeanette Velázquez Sedano; regidora Ximena Ruiz Uribe, a favor; regidora María de los Ángeles Arredondo Torres, a favor; regidor Sergio Javier Otal Lobo, a favor; regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes, a favor; regidora Livier del Carmen Martínez Martínez, a favor; regidor Juan Carlos Márquez Rosas, a favor; regidora María Teresa Corona Marseille, a favor; regidor Enrique Israel Medina Torres, a favor; regidora María Guadalupe Morfín

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

259Ayuntamiento de Guadalajara

Otero, a favor; regidor Rosalío Arredondo Chávez, a favor; regidora María Eugenia Arias Bocanegra, a favor; regidor Eduardo Fabián Martínez Lomelí, a favor; regidora María Leticia Chávez Pérez, a favor; regidor Marcelino Felipe Rosas Hernández, a favor; Síndico Municipal Anna Bárbara Casillas García, a favor; Presidente Municipal Enrique Alfaro Ramírez, a favor.

Se emitieron 19 votos a favor del dictamen marcado con el número 80.

El Señor Presidente Municipal: Continuando con el desarrollo de este punto, se pone a discusión en lo particular el ordenamiento número 80, instruyendo al Secretario General tome nota de los regidores que se inscriban para tal efecto.

No habiendo quien más solicite el uso de la palabra, se declara aprobado en lo general y particular el dictamen marcado con el número 80.

VI. ASUNTOS VARIOS

El Señor Presidente Municipal: VI. En desahogo del sexto y último punto del orden del día, correspondiente a asuntos varios, les consulto, señores regidores, si alguno de ustedes desea hacer uso de la palabra, solicitando al Secretario General elabore el registro correspondiente. Tiene el uso de la voz, el regidor Salvador de la Cruz.

El Regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes: Para no desentonar Presidente. Son dos puntos, un escrito que viene dirigido a un servidor por parte del doctor Marco Antonio Castro Rosas, Presidente Municipal de Ameca, donde solicita apoyo, hay ocasiones que damos apoyo de bienes, entonces nada más para dejarlo en lo conducente a la Secretaría General el que tenga a bien por parte de los bienes patrimoniales que vamos dando de baja, para ver si para el Municipio de Ameca pudiera existir algún tipo de situación.

La segunda, de la Escuela Urbana No. 178, ubicada en la calla Mitla 350 en la colonia Monumental, una lista de los alumnos que no recibieron el apoyo de útiles y uniformes escolares por parte del Ayuntamiento de Guadalajara, por alguna omisión los han traído por parte del personal y el equipo que lo maneja, me dan la lista, la firma Angélica Yuridia Curiel Ramos, Presidenta de la Asociación de Padres de Familia; le hago llegar la lista para ver si se puede hacer algo con los menores que no fueron beneficiados con los zapatos.

El Señor Presidente Municipal: ¿De qué escuela es, perdón?

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

260Ayuntamiento de Guadalajara

El Regidor Salvador de la Cruz Rodríguez Reyes: Urbana 178, Escuela Tomas Escobedo.

El Señor Presidente Municipal: Le pido al Secretario General pueda atender los dos tema, en este en específico para vea con la coordinación encargada del programa ver qué fue lo que sucedió, no tenemos esa información y con gusto la atendemos.

Tiene el uso de la voz, la regidora Ángeles Arredondo.

La Regidora María de los Ángeles Arredondo Torres: Como hace rato no me permitieron continuar con mi intervención, solo quería recordarle al Presidente Municipal, que en el Reglamento del Ayuntamiento de Guadalajara, en el capítulo cuarto de debates, establece en su artículo 100 que es inviolable el derecho de los regidores a la manifestación de sus ideas en el ejercicio de sus funciones, y aparte que también señala con toda claridad, que no puede llamar al orden al regidor que critique o censure a funcionarios públicos por faltas o errores cometidos en el desempeño de sus atribuciones, pero en caso de injurias o calumnias a los integrantes del Ayuntamiento, el interesado puede reclamarlas en la misma sesión cuando el orador haya terminado su intervención.

Entonces, obviamente lo que hizo el Presidente Municipal de Guadalajara no solamente es violatorio al Reglamento del Ayuntamiento porque no solamente es mi derecho, sino obviamente incurre en una violación al propio reglamento, porque primero, tiene derecho a contestar cuando hacen cualquier tipo de alusión o cuando uno necesita hacer algún tipo de aclaración, pero bueno, hoy me fue bien, otras veces hasta me han apagado el sonido.

Quiero comentarle también al Presidente Municipal que tan preocupado ha estado siempre por el tema del desarrollo urbano, hay que hacer memoria y cuando usted fue presidente de Tlajomulco también hizo miles y miles de fraccionamientos que ahorita están inhabitables, que jugó con el patrimonio de la gente, estas casitas, estos huevitos que se inundan, que Tlajomulco es declarado zona de desastre cada vez que llueve se inunda, no tienen servicios, no tienen escuelas, no tienen drenaje, no tienen transporte, cómo no se preocupó entonces por generar esas condiciones, esas que ahorita le preocupan, de que la gente trabaje, estudie y su vivienda le quede todo cerca, en ese entonces yo creo que a lo mejor no le importaba porque sus aspiraciones eran otras y obviamente el desorden que dejó en Tlajomulco ahora quiere replicarlo en Guadalajara.

Al final se llama falta de memoria Presidente, pero como le comento, también se le olvidó el tema de Hugo Luna de que dijo en el audio que usted le daba

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

261Ayuntamiento de Guadalajara

los manotazos a los magistrados, porque luego también Guadalupe Morfín hizo referencia al tema del TAE, yo espero que eso que dijo Hugo Luna no sea verdad que usted le da manotazos a los magistrados y que tiemblan, porque al final jamás recibió una sanción Hugo Luna por todos los escándalos de los audios, chantajes, amenazas y obviamente todo lo que dijo.

Era solamente una pequeña mención, no quiero extenderme más en asuntos varios, ya tendremos oportunidad de seguir platicando Presidente. Muchas gracias. El Señor Presidente Municipal: Algún día regidora, nada más como la ignorancia es infinita, como dato curioso le recuerdo que esos fraccionamientos de los que habla fueron aprobados en la administración del P.R.I., Santa Fe, Chula Vista, todos esos, pero bueno.

La Regidora María de los Ángeles Arredondo Torres: Yo no especifiqué cuales Presidente, nada más acuérdese que veinticinco mil escrituras las escrituró su papá y su hermano, porque tiene notarías, ¿verdad?

El Señor Presidente Municipal: Si quiere con mucho gusto luego hablamos de las familias. Gracias a todos por acompañarnos, gracias por estar aquí, muy buenas tardes.

PRESIDENTE MUNICIPAL. SECRETARIO GENERAL

ENRIQUE ALFARO RAMÍREZ. JUAN ENRIQUE IBARRA PEDROZA.

REGIDOR EDUARDO FABÍAN REGIDORA MIRIAM BERENICE MARTÍNEZ LOMELÍ. RIVERA RODRÍGUEZ.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

262Ayuntamiento de Guadalajara

REGIDOR JOSÉ MANUEL ROMO PARRA. SÍNDICO ANNA BÁRBARA CASILLAS GARCÍA.

REGIDOR MARCELINO FELIPE REGIDORA MARÍA LETICIA CHÁVEZ ROSAS HERNÁNDEZ. PÉREZ.

REGIDOR JUAN FRANCISCO RAMÍREZ REGIDORA MARÍA EUGENIA ARIAS SALCIDO. BOCANEGRA.

REGIDOR ROSALÍO ARREDONDO CHÁVEZ. REGIDORA MARÍA GUADALUPE MORFÍN OTERO.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

263Ayuntamiento de Guadalajara

REGIDOR ENRIQUE ISRAEL MEDINA REGIDORA MARÍA TERESA CORONA TORRES. MARSEILLE.

REGIDORA XIMENA RUIZ URIBE. REGIDORA JEANETTE VELÁZQUEZ SEDANO.

REGIDORA MARÍA DE LOS ÁNGELES REGIDOR SALVADOR DE LA CRUZ ARREDONDO TORRES. RODRÍGUEZ REYES.

REGIDOR SERGIO JAVIER OTAL REGIDOR JUAN CARLOS MÁRQUEZ LOBO. ROSAS.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.

264Ayuntamiento de Guadalajara

REGIDORA LIVIER DEL CARMENMARTÍNEZ MARTÍNEZ.

La presente hoja corresponde al acta de la sesión ordinaria número ochenta y dos celebrada por el Ayuntamiento de Guadalajara, a las 11:35 horas del día once de diciembre de dos mil diecisiete.