Upload
maria-jose-berganza
View
275
Download
4
Embed Size (px)
Citation preview
En la ciudad de Jutiapa, municipio y departamento de Jutiapa, el diez de
septiembre de dos mil once, cuando son las nueve horas, Yo: MARIA JOSE
BERGANZA SOZA, Notario, constituido en mi oficina establecida en la segunda
avenida cuatro guión treinta y nueve, zona uno, municipio de Jutiapa,
departamento de Jutiapa, soy requerido por los señores ROLANDO MÉNDEZ
ESCOBAR, de treinta años de edad, casado, guatemalteco, Técnico Dental, con
domicilio en el departamento de Quetzaltenango, se identifica con cédula de
vecindad número de orden I guión nueve y de registro siete mil quinientos veinte,
extendida por el Alcalde Municipal de Palestina de Los Altos, departamento de
Quetzaltenango; y GLADYS ESTELA JIMENEZ ARANA, de treinta años de edad,
casada, guatemalteca, oficios domésticos, de este domicilio, se identifica con
cédula de vecindad número de orden U guión veintidós y de registro trece mil
seiscientos setenta y cuatro, extendida por el Alcalde Municipal de San José
Acatempa, departamento de Jutiapa. Los requirentes me manifiestan que actúan
en el legitimo ejercicio de la patria potestad de su menor hijo GEISER BRAYAN
MÉNDEZ JIMENEZ, tal como se prueba con la Certificación de la Partida de
Nacimiento que se adjunta a estas diligencias y quienes solicitan mis servicios
notariales a efecto de tramitar ante mí las DILIGENCIAS VOLUNTARIAS
EXTRAJUDICIALES DE RECTIFICACIÓN DE PARTIDA DE NACIMIENTO DE SU
MENOR HIJO GEISER BRAYAN MÉNDEZ JIMENEZ, por contener error en el
primer nombre del inscrito, por lo cual procedo de la manera siguiente:
PRIMERO: Declaran los requirentes que su hijo GEISER BRAYAN MÉNDEZ
JIMENEZ nació el día dos de abril de dos mil cinco, en APROFAM, del municipio y
departamento de Jutiapa, siendo hijo de los requirentes. SEGUNDO: Continúan
manifestando los requirentes que dicho nacimiento fue inscrito en la partida
número UN MIL SEICIENTOS CUARENTA Y OCHO (1,648) folio numero
TRESCIENTOS TREINTA Y SEIS (336) del libro numero TRESCIENTOS TREINTA
Y DOS (332) del Registro Civil del municipio de Jutiapa, departamento de Jutiapa,
pero que por razones que desconocen dicho asiento se encuentra con error en lo
que se refiere al primer nombre del menor. Los requirentes para probar los
extremos anteriores presenta los siguientes medios de prueba: I) DOCUMENTOS:
a) Certificado de la Partida de Nacimiento del menor DIEGO LÓPEZ, extendida
con fecha tres de diciembre de dos mil nueve, por la Registradora Civil del
Registro Nacional de las Personas del municipio de Jutiapa, departamento de
Jutiapa; b) Fotocopias de las cedula de vecindad de los requirentes; II)
TESTIGOS; Para el efecto propone a los señores ADELIO MONZON CRUZ y
GILMA JEANNETTE ALEJANDRO, quienes declaran de conformidad con el
interrogatorio que para el efecto propone y en el momento oportuno: 1) Diga el
testigo sobre sus generales de ley. 2) Diga el testigo si es cierto que GEISER
BRAYAN MÉNDEZ JIMENEZ, nació el día dos de abril del año dos mil cinco, en
APROFAM, del municipio y departamento de Jutiapa. 3) Diga el testigo si el menor
antes mencionado es hijo de los señores ROLANDO MÉNDEZ ESCOBAR y de
GLADYS ESTELA JIMENEZ ARANA. 4) Diga el testigo que consta del trámite que
realizan los señores ROLANDO MÉNDEZ ESCOBAR y de GLADYS ESTELA
JIMENEZ ARANA a favor de su menor hijo GEISER BRAYAN MÉNDEZ JIMENEZ;
5) Diga el testigo la razón de su dicho. TERCERO: En base a lo anterior los
requirentes solicitan: a) Que con la presente acta notarial y documentos adjuntos
se tengan por iniciadas las presentes diligencias voluntarias extrajudiciales de
rectificación de la partida de nacimiento de su menor hijo GEISER BRAYAN
MÉNDEZ JIMENEZ y se forme el expediente respectivo; b)Se tenga por ofrecidos
los medios de prueba acompañados y ofrecidos, c) Se de audiencia a la
Registradora Civil del Registro Nacional de las Personas del municipio de Jutiapa,
departamento de Jutiapa, para su opinión al respecto; d) Se de intervención a la
Procuraduría General de la Nación con sede en la ciudad de Jutiapa, para el efecto
emita dictamen sobre el caso; e) Que una vez concluidos los tramites de ley y
con la opinión favorable de la Registradora Civil del Registro Nacional de las
Personas correspondiente y de la Procuraduría General de la Nación, se dicte la
resolución que en derecho corresponde declarando CON LUGAR las presentes
Diligencias Voluntarias Extrajudiciales de Rectificación de Partida de Nacimiento de
GEISER BRAYAN MÉNDEZ JIMENEZ y en consecuencia se mande a Rectificar la
Partida de Nacimiento número UN MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y OCHO (1,648) del
folio TRESCIENTOS TREINTA Y SIES (336) del libro TRESCIENTOS TREINTA Y DOS
(3320), del Registro Civil de la municipalidad de Jutiapa, del departamento de
Jutiapa, en el sentido de que se corrija el error en el primer nombre GEISER
BRAYAN MÉNDEZ JIMENEZ, extendiéndoseles certificación de la resolución final
para las anotaciones respectivas, siendo su nombre correcto HEISER BRAYAN
MÉNDEZ JIMENEZ. No habiendo nada más que hacer constar, se finaliza la
presente acta de requerimiento treinta minutos después de iniciada, en el mismo
lugar y fecha, la cual consta de dos hojas de papel bond a las cuales les adhiero
los timbres de ley. DOY FE: De haber leído íntegramente lo escrito a los
requirentes, quienes enterados de su contenido, objeto, validez y demás efectos
legales, lo aceptan, ratifican y firman juntamente con el notario autorizante.
f) f)
ANTE MÍ: