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COMITÉ EJECUTIVO NACIONALRESOLUCIÓN Nº CTNAC 03/2010
27-11-2010
NORMAS DE INFORMACIÓN FINANCIERA – NIF BOLIVIANAS(INCLUYEN NORMAS DE CONTABILIDAD - NC), EN CONVERGENCIA
CON LAS NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIONFINANCIERAS (NIIF)
VISTOS:
El trabajo de las Comisiones de Estudio del Consejo Técnico Nacionalde Auditoría y Contabilidad y el proceso de Convergencia a Normas
Internacionales de Contabilidad y Auditoría en Bolivia.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad al Artículo 47 del Estatuto Orgánico del CAUB, el
Consejo Técnico Nacional de Auditoría y Contabilidad (CTNAC) es el órgano
técnico especializado de la profesión contable, para analizar, discutir, elaborar,
actualizar y proponer recomendaciones y decisiones relativas a resoluciones,
reglamentos, interpretaciones y normas de auditoría y contabilidad, acordes
a los lineamientos establecidos por los organismos internacionales, de
los cuales es miembro el Colegio de Auditores o Contadores Públicos deBolivia.
Que, el Colegio de Auditores o Contadores Públicos de Bolivia (CAUB),
en el marco del Convenio de Cooperación Técnica suscrito con el Banco
Interamericano de Desarrollo (BID), denominado “Proyecto ATN/MT-10078-
BO, Convergencia a Normas Internacionales de Contabilidad y Auditoría”, a
través del Consejo Técnico Nacional de Auditoría y Contabilidad (CTNAC), en
coordinación con los colegios departamentales y el Comité Interinstitucional
conformado por instituciones públicas y privadas relacionadas con la profesión
contable, ha venido desarrollando, consensuando y aprobando las nuevas
normas de información financiera (incluyen normas de contabilidad) y normasde auditoría para Bolivia, acordes a la normativa internacional (Normas
Internacionales de Información Financiera–NIIF y Normas Internacionales
de Auditoría–NIA). El objetivo de esta nueva normativa es el de permitir que
en los estados financieros elaborados con propósitos generales, se exponga
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información financiera confiable, uniforme, transparente y comparable que
asegure a los múltiples usuarios de la informaciónfinanciera, una presentación
razonable y de calidad, que incentive y posibilite realizar inversiones y
actividades productivas y comerciales en nuestro país.
Que, el CTNAC en el proceso de convergencia desarrolló y aprobó: Mediante
Resolución Nº 01/2009 de fecha 04 de diciembre de 2009, dieciséis (16)
Normas de Información Financiera (incluyendo el Marco Conceptual),
homologadas por el Segundo Consejo Nacional Ordinario 2009 del CAUB,
promulgadas y publicadas por el Comité Ejecutivo Nacional según Resolución
Nº CTNAC 02/2009 de fecha 21 de diciembre de 2009. Mediante Resolución
Nº 01/2010 de fecha 05 de marzo de 2010, ocho (8) Normas de InformaciónFinanciera, homologadas por el Primer Consejo Nacional Ordinario 2010 del
CAUB, promulgadas y publicadas por el Comité Ejecutivo Nacional según
Resolución Nº CTNAC 01/2010 de fecha 17 de abril de 2010.
Que, el CTNAC, en su reunión de fecha 30 de octubre de 2010, luego de
haber cumplido con todos los procedimientos establecidos en los estatutos y
reglamentos del CAUB, con el voto favorable de todos sus miembros, mediante
Resolución Nº 02/2010, abrogó sus Resoluciones Nº 01/2009 de fecha
04/12/2009 y Nº 01/2010 de fecha 05/03/2010 y aprobó el Marco Conceptual
(MC), ocho (8) Normas de Información Financiera (NIF) y veintinueve (29)
Normas de Contabilidad (NC), desarrolladas en convergencia con las NormasInternacionales de Información Financiera.
Que, el Segundo Consejo Nacional Ordinario 2010 del CAUB, realizado en
la ciudad Sucre el día 06/11/2010, de conformidad a nuestros estatutos y
reglamentos, consideró, aprobó y homologó la Resolución Nº 02/2010 de
fecha 30/10/2010 emitida por el CTNAC, estableciendo la nueva vigencia
del Marco Conceptual (MC), las ocho (8) Normas de Información Financiera
(NIF) y las veintinueve (29) Normas de Contabilidad (NC), desarrolladas en
convergencia con las NIIF, autorizándose al Comité Ejecutivo Nacional del
CAUB la promulgación y publicación respectiva.
POR TANTO:
El Comité Ejecutivo Nacional del Colegio de Auditores o Contadores Públicos
de Bolivia, de conformidad con el reglamento interno del Consejo Técnico
Nacional de Auditoría y Contabilidad, y en uso de las facultades otorgadas
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por los estatutos del CAUB.
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO.-
Promulgar y publicar la Resolución Nº 02/2010 de fecha 30/10/2010emitida por el CTNAC, homologada por el Segundo Consejo Nacional
Ordinario 2010 del CAUB, realizado en fecha 06 de noviembre de 2010,
con la cual se aprueba y establece la nueva fecha de vigencia y aplicación
del Marco Conceptual (MC), ocho (8) Normas de Información Financiera
(NIF) y veintinueve (29) Normas de Contabilidad (NC), desarrolladas en
convergencia con las Normas Internacionales de Información Financiera(NIIF), cuyo detalle es el siguiente:
MARCO CONCEPTUAL (1):
MC: Marco conceptual para la preparación y presentación de los1.
estados financieros
NORMAS DE INFORMACION FINANCIERA - NIF (8):
Norma de información financiera 1 (NIF-1): Adopción por primera vez1.
de las normas de informaciónfinanciera
Norma de información financiera 2 (NIF-2): Pagos basados en acciones2.
Norma de información financiera 3 (NIF-3): Combinaciones de negocios3.
Norma de información financiera 4 (NIF-4): Contratos de seguros4.
Norma de información financiera 5 (NIF-5): Activos no corrientes5.
mantenidos para la venta y operaciones discontinuadas
Norma de información financiera 6 (NIF-6): Exploración y evaluación de6.
recursos naturales
Norma de información financiera 7 (NIF-7): Instrumentos financieros:7.
Información a revelar
Norma de información financiera 8 (NIF-8): Segmentos de operación8.
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NORMAS DE CONTABILIDAD - NC (29):
Norma de contabilidad 1 (NC 1): Presentación de estados financieros1.
Norma de contabilidad 2 (NC 2): Inventarios2.
Norma de contabilidad 7 (NC 7): Estados de flujos de efectivo3.
Norma de contabilidad 8 (NC 8): Políticas contables, cambios en las4.
estimaciones contables y errores
Norma de contabilidad 10 (NC 10): Hechos ocurridos después de la5.
fecha del balance
Norma de contabilidad 11 (NC 11): Contratos de construcción6.
Norma de contabilidad 12 (NC 12): Impuestos a las ganancias7.
Norma de contabilidad 16 (NC 16): Propiedad, planta y equipo8.
Norma de contabilidad 17 (NC 17): Arrendamientos9.
Norma de contabilidad 18 (NC 18): Ingresos de actividades ordinarias10.
Norma de contabilidad 19 (NC 19): Beneficios a los empleados11.
Norma de contabilidad 20 (NC 20): Contabilización de las12.
subvenciones del gobierno e información a revelar sobre ayudas
gubernamentales
Norma de contabilidad 21 (NC 21): Efectos de las variaciones en las13.
tasas de cambio de la moneda extranjera
Norma de contabilidad 23 (NC 23): Costos por préstamos14.
Norma de contabilidad 24 (NC 24): Información a revelar sobre partes15.
relacionadas
Norma de contabilidad 26 (NC 26): Contabilización e información16.
financiera sobre planes de beneficio por retiro
Norma de contabilidad 27 (NC 27): Estadosfinancieros consolidados17. y separados
Norma de contabilidad 28 (NC 28): Inversiones en empresas18.
asociadas
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Norma de contabilidad 29 (NC 29): Información financiera en19.
economías hiperinflacionarias
Norma de contabilidad 31 (NC 31): Participaciones en negocios20.
conjuntos
Norma de contabilidad 32 (NC 32): Instrumentos financieros:21.
Presentación e información a revelar
Norma de contabilidad 33 (NC 33): Ganancia a revelar 22.
Norma de contabilidad 34 (NC 34): Información financiera intermedia23.
Norma de contabilidad 36 (NC 36): Deterioro del valor de los activos24.
Norma de contabilidad 37 (NC 37): Provisiones, activos contingentes25.
y pasivos contingentes
Norma de contabilidad 38 (NC 38): Activos intangibles26.
Norma de contabilidad 39 (NC 39): Instrumentos financieros:27.
Reconocimiento y medición
Norma de contabilidad 40 (NC 40): Propiedad de inversión28.
Norma de contabilidad 41 (NC 41): Agricultura29.
ARTICULO SEGUNDO.-
Disponer la vigencia del Marco Conceptual (MC), las ocho (8) Normas de
Información Financiera (NIF) y las veintinueve (29) Normas de Contabilidad
(NC), desarrolladas en convergencia con las Normas Internacionales de
Información Financiera (NIIF) mencionadas, en los períodos anuales que
comiencen a partir del día 01 de enero de 2013, teniendo como alcance
de aplicación, en todo el territorio nacional, para todos los profesionales
vinculados con la profesión contable y de auditoría, tomando por lo tanto la
categoría de “Normas Generalmente Aceptadas” en Bolivia. Si una entidad
aplicase de forma anticipada estas normas, revelará este hecho.
Conforme al espíritu de estos pronunciamientos técnicos, el ejercicio más
antiguo es la gestión 2011, la fecha de transición por ende será durante la
gestión 2012 (año en que las entidades deberán desarrollar sus proyectos de
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adecuación a las Normas de Información Financiera), la fecha de aplicación
en convergencia a las normas internacionales es a partir del 01 de enero de
2013 y la fecha de los primeros estados financieros con arreglo a las NIF
será el 31 de diciembre de 2013; entendiéndose por gestión, al período que
se iniciará prospectivamente y corresponde al ejercicio económico según el
tipo de actividad y de corte necesario.
ARTICULO TERCERO.-
Aprobar la adopción en Bolivia de las NORMAS INTERNACIONALESDE INFORMACIÓN FINANCIERA - NIIF (IFRS por su sigla en inglés),
emitidas por El Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por su sigla en inglés), para su aplicación únicamente en ausencia de
pronunciamientos técnicos específicos del país o reglamentaciones locales
sobre asuntos determinados.
ARTICULO CUARTO.-
Derogar todos los pronunciamientos técnicos anteriores que fueran contrarios
a los aprobados en la presente Resolución a partir de la fecha de vigencia
de la misma. Sin embargo; algunas de las normas existentes podrán ser
actualizadas por el CTNAC, para su uso como interpretaciones válidas en
nuestro país. Específicamente las siguientes normas nacionales:
NORMAS DE CONTABILIDAD
NC N° 1 Principios de contabilidad generalmente aceptados.
NC N° 2 Tratamiento contable de hechos posteriores al cierre del ejercicio.
NC N° 3 Estados financieros a moneda constante (ajuste por inflación).
NC N° 4 Revalorización técnica de activos fi jos.
NC N° 5 Principios de contabilidad para la industria minera.
NC N° 6 Tratamiento contables de las diferencias de cambio.
NC N° 7 Valuación de inversiones permanentes.NC N° 8 Consolidación de estados financieros.
NC N° 9 Norma de contabilidad para la industria petrolera.
NC N° 10 Tratamiento contable de los arrendamientos.
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NC N° 11 Información esencial requerida para una adecuada exposición de
los estados financieros.
NC N° 12 Tratamiento contable de operaciones en M.E. cuando coexisten
más de un tipo de cambio.
NC N° 13 Cambios contables y su exposición.
NC N° 14 Políticas contables su exposición y revelación.
ARTICULO QUINTO.-
Abrogar la Resolución Nº CTNAC 02/2009 de fecha 21/12/2009 y la
Resolución Nº CTNAC 01/2010 de fecha 17/04/2010, emitidas por el Comité
Ejecutivo Nacional del CAUB, las mismas que son sustituidas por la presente
resolución.
Es dado en la sala de reuniones del Comité Ejecutivo Nacional del Colegio
de Auditores o Contadores Públicos de Bolivia, en la ciudad de Sucre, a los
veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil diez.