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ECONOMÍA Y FISCALISMO

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El comercio sedero de Filipinas con México y su influencia en la economía de España…

El comercio sedero de Filipinas con México y su influencia en la economía de España en el siglo XVII

Antoni Picazo MuntanerUniversidad de las Islas Baleares

En 1572 el virrey de Nueva España, Martín Enríquez, vislumbró los problemas —y también los beneficios— que en el futuro cercano surgirían al convertirse Filipinas en un gran mercado de distribución de productos asiáticos. Ello, sin ningún tipo de duda, iba a incidir en la economía del virreinato, pero también mermaría el comercio atlántico con la metrópoli porque las islas se estaban convirtiendo en un centro clave para el comercio con China.

Con el tiempo, y como era de prever, la situación geográfica permitió que llegasen a las islas productos no sólo de China, sino también del Japón, Maluco, Malaca, Siam, Camboya, Borneo, India... muchos de los cuales se reexportaban a Nueva España. Este magnífico comercio —con beneficios, en algunos productos, de un 800% neto— atra-jo a negociantes de México y Perú «... de suerte que cesaba en la mayor parte el trato de España y embiaban mucha plata a Filipinas...»1.

A partir de 1588 una nueva coyuntura amenazó a la economía peninsular. Las transacciones de especias habían disminuido en favor de la seda que se incrementó con precios tan bajos que representaban una verdadera amenaza para la producción sedera

1 MORGA, Antonio de, Sucesos de las islas Filipinas, Ed. Polifemo, Madrid, 1997, op. cit. p. 311.

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hispana, pero también para la de Nueva España2. Si en 1577 la flota trajo a Sevilla un cajón de seda china «para el rey», en la de 1581 ya fueron 6.388 las arrobas que arri-baron a Sevilla. Ese año los barcos chinos que entraron en Filipinas sobrepasaban los treinta, acarreando una ingente cantidad de seda a unos precios incomparables. Estos eran los siguientes, una vara de damasco, cuatro reales; una vara de tafetán, 2’5 reales; una libra de seda torcida, 5 reales; una vara de brocado de tela de oro y plata, 10 reales. Cual no sería el negocio para los tratantes cuando vendían dichos productos en Nueva España incrementado su valor un 200%, y sin pagar derechos. Pero, además, con unos fletes de 9 ducados por tonelada, cuando en el comercio atlántico habían subido a los 32 ducados por tonelada3. Según las autoridades, con ese aumento constante se hacía necesario que se pagasen derechos, especialmente cuando el comercio interregional de Nueva España con Perú de estas mercancías orientales había cobrado un auge insos-pechado, generando entre los mercaderes unos cuantiosos beneficios4. El problema aumentaba porqué no sólo comerciaban los residentes en Manila, sino también vecinos de México, sugiriendo el virrey se abonasen derechos de salida del 2’5%.

El auge económico en el Mar del Sur no estaba siendo inocuo para la Hacienda regia, máxime cuando el comercio filipino demandaba grandes cantidades de plata y la «saca» se hacía con fraude5. No obstante, no era el único problema, pues el incremento

2 NAVARRO GARCÍA, Luis, «El comercio interamericano por la Mar del Sur en la Edad Moder-na», Caracas, Revista de Historia, 23 (1965), p. 20 expuso de una forma clara que las Filipinas se convir-tieron en «...un elemento perturbador de la economía del Imperio...» a través de una doble perspectiva: las mercaderías que entraban y la moneda que salía. Entre las obras destacables sobre este aspecto hallamos la de BORAH, W. «Silk raising in colonial Mexico», L. A.: Berkeley, 1943. Por su parte HARING, C. H. en Comercio y navegación entre España y las Indias, México: F. C. E. 1979, p. 181 relata como «...El comer-cio con las islas Filipinas y América a través del Pacífico constituyó otro conducto de filtración para los beneficios de los comerciantes sevillanos». El mismo autor recoge una carta de Sebastián Vizcaíno, tras su expedición a Japón, en la que explicó a su padre que «... con lo que he traído de allí a México, saco 2.500 ducados del viaje...».

3 AGI, México 20-135, fol. 12 y ss. El virrey en 1586, no obstante, comunicó a Felipe II que la «seda y los productos son muy baladíes», de pésima calidad, los cuales se vendían por la única razón de ser bara-tos. Sin embargo, se oponía al comercio con Filipinas por varios motivos. En primer lugar porque «causa dilación en los despachos de la flota»; en segundo lugar, por los grandes gastos —estos ya sobrepasaban los tres millones de ducados— que suponían las islas. En última instancia, y a tenor de las dificultades en las existencias de plata, sugiere que la saca se realice la mitad en oro «para salvar el mal que se hace a la plata y a los Reales».

4 SÁNCHEZ-BELLA, Ismael, La organización financiera de las Indias, siglo XVI Sevilla: CSIC, 1968, p. 54, da referencias al memorial del visitador real Contreras envió a Acapulco en 1590 sobre los constantes fraudes que cometían los maestres de navíos reales y personal de servicio del galeón de Manila. El mismo autor cita que los oficiales reales se quejaban en 1596 que eran tantos los géneros introducidos que se había multiplicado su trabajo.

5 AGI, México 20-119 «Carta del virrey a S. M. 1586». Además de lo dicho, el virrey afirmó que «... paguen derecho porque es grande la saca que hay al Perú...», fol. 14.

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mercantil del Pacífico estaba perjudicando severamente no solo el comercio atlántico6, sino la misma producción sedera. Con los dos navíos que en 1586 arribaron a Nueva España desde Filipinas llegó una gran cantidad de seda, de igual o superior calidad que la nacional, aunque a la mitad de precio. De seguir el ritmo de crecimiento, el comercio de ropa y seda atlántica podría incluso llegar a cesar, provocando con ello una crisis profunda en esos sectores.

A tenor de todos estos problemas, y a petición del rey, en 1590 el Consejo Real estudió otro problema grave: la saca de plata iba en aumento. Las conclusiones fueron que si bien se sacaba una gran cantidad de plata de Nueva España para China7, lo era para comprar oro a un precio sumamente barato. Por tanto, después de lo gastado en el descubrimiento y colonización de Filipinas, era conveniente que esos negocios continuasen, siempre y cuando esas importaciones áureas pagasen los derechos reales correspondientes y se luchase contra el contrabando.

La evolución ascendente del comercio del Mar del Sur provocó una merma consi-derable en el del Atlántico, el cual sufrió una verdadera contracción8. Tres años después de la consulta al Consejo Real, Felipe II emitió la Real Cédula prohibiendo el tráfico de Perú y Tierra Firme con China y Filipinas, aunque permitiendo el de Nueva España: «...se excuse la contratación de las Indias occidentales con la China y se modere la de Filipinas, por haber crecido mucho con la de estos reinos...»9. Sin embargo, la realidad económica de las transacciones sobrepasaban con creces las autorizaciones y se efec-tuaba una gran exportación de capitales hacia esas regiones. Sobre la contratación con Filipinas, leemos en una cédula de 160010 que «... y ordenesse preçissamente que cesse la contratación de la China, y que vaya solamente a Philipinas lo que allí e menester, y no más...». En otra, con la misma fecha que la anterior se explica «... que la prohibición de las mercaderías de la China sea general en todas las provincias del Perú y Nueva España...»11. Sin embargo, el contrabando de mercaderías asiáticas fue incrementándose de tal forma que, de ordinario, salían de Lima fuertes cantidades —en torno al millón de pesos anuales— para comprar dichos productos. Un oficial real de Lima lo explica de

6 AGI, México, 26-75 «Despachos del virrey a S. M.». 7 Además de China, los negocios se extendieron a toda la zona. De ello es una clara muestra los

numerosos mapas y derroteros existentes, entre ellos destacan los de Borneo, Malaca y la India. El padre Nicolás Espinosa realizó una soberbia descripción tanto de las fortalezas de Felipe II entre Mozambique y Japón, contabilizando treinta de ellas, como de los productos de la tierra (oro, plata y marfil de Monomatapa; marfil y ámbar de Bombasa; ropa de Diu; caballos de Ormuz; pimienta de Goa; oro y cobre de China).

8 Por vez primera el Nuevo Mundo estaba produciendo muchas de las mercancías que hasta entonces debía adquirir en la metrópoli.

9 Cédula de Felipe II de 11 de enero de 1593 «Recopilación de Leyes de Indias», Ley I, Título 45, libro 9.

10 AGI, Indiferente General, 1866.11 AGI, Filipinas, 1.

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la siguiente forma: «...está mandado no se navegue ropa de la China a este Reyno. No se guarda, porque las tiendas están tan llenas de esta ropa y se vende públicamente... y esta causa ir, como se va, a México tanta cantidad de plata deste Reino, que casi es tanta como la que va a Castilla...»12. Dicha comunicación fue respondida por una cédula real en la que se explicaba claramente el motivo de la prohibición del comercio sedero, la contracción del tráfico atlántico: «...ay mucho descuido en la guarda y observancia de lo que por tantas cédulas del Rey mi Señor, que haya Gloria, esta ordenado acerca de que no se naveguen esas provincias ni se vendan en ellas sedas ni otras mercaderias de la China, y que esto causa el llevarse dese Reyno cada año mucha quantidad de plata de particulares a la Nueva España, que es tanta como la que viene a estos Reynos...»13.

En el documento «Avisos del comercio de Filipinas de 1601 dirigido al doctor Francisco Orieta de Filipinas»14 se intentan explicar algunas de las causas del incre-mento de precios de las islas y se exponen los remedios más efectivos para superar la crisis en que estaban sumidas. Esta crisis se nos presenta generada principalmente por el comercio que los chinos realizan en las islas. De ahí que la tierra, según el autor del manuscrito «... está aniquilada como la vemos...» ya que de la China vienen cada año navíos cargados de mercaderías. Dichos productos se vendían al precio que los comerciantes chinos estipulaban. Por todo ello «... nos tienen con la soga apretada a la garganta y nos obligan a comprar de ellos como quieren...». Pero, además, los chinos compraban «... como quieren de los españoles y de los indios...». La solución pro-teccionista de intentar imponer fuertes tributos sólo agravó la situación pues «...ellos incrementan el precio por lo que estos, al final, lo pagan los españoles debido a la falta de comercio...». La solución idónea aportada por el autor era que los españoles se hicieran cargo personalmente del comercio directo con China, evitando el monopolio de los intermediarios. Antonio de Morga envió una relación al Rey15 en la que expo-nía los motivos de los daños y la solución a dichos males. Resumidamente fueron los siguientes: descuido en proveer y hacer ejecutar las ordenes; «...los bastimentos cada uno los vende a su voluntad sin que haya precio, ni medida, ni orden para ello, con lo qual cada día se malea y encarece...»; el impacto del comercio chino era demasiado grande; las mercancías chinas se vendían libremente; «...en la moneda de plata que corre hay grande daño, porque generalmente los sangleyes la cortan y cercenan y porque los reales sencillos los cortan y hacen muchas partes para el comercio de las cosas menudas...»; los tributos de los encomenderos se ocultaban, mostrando padrones

12 AGI, Lima, 112.13 AGI, México, 21 «Cédula al virrey del Perú que haga executar lo que está ordenado sobre que no

se naveguen mi vendan mercadurías de China».14 En la BN MS-11014, fol. 66-68.15 AGI, Filipinas, 19 «Relación hecha por el Dr. Antonio de Morga para SM de lo que se ofrece sobre

el estado de las islas Filipinas».

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más cortos de lo que cobran; han decaído mucho los diezmos de oro, tributos y otros derechos; los navíos siempre traen mucho más de lo registrado.

En 1602 las ordenanzas del conde de Monterrey estipulaban que solamente se autorizaban dos naves anuales para exportar ropa y mercaderías con una carga útil de 300 toneladas por navío. No obstante, al ser Filipinas el bastión de defensa de Nueva España en el Mar del Sur se reformó la orden. Ésta pasó a ser de tres navíos anuales, aunque se disminuyó la carga a doscientas toneladas por navío, reduciendo la capaci-dad contractual a 500.000 pesos16. Entre los demás puntos sobresalían los siguientes:

1. Se decretaba un aumento del 2’5% de los derechos sobre las importaciones así como un 2% en concepto de avería.

2. Las naves, aumentadas a cuatro anuales, serían del rey y no de particulares, pues estas se hallaban en pésimas condiciones. Sin embargo, de las ochocientas toneladas autorizadas, el 50% debería ser para bastimento de la nao.

3. En las naves se incorporaría un veedor y un contador.4. Se establecía una persona de «confianza» en Acapulco para realizar los registros

—e incautaciones de aquella mercancía no registrada— ya que las autoridades habían averiguado y constatado que en cada nave el comercio clandestino era superior al legal.

5. Se prohibía a los marineros y oficiales comprar ni contratar mercancía alguna y que las naves no fueran sobrecargadas.

6. Se deberían realizar diligencias de todos los reales y de la plata embarcada y averiguar que los mercaderes no portaban una doble memoria, es decir, una a efectos declaratorios y otra, muy superior, a efectos comerciales.

Muchas de estas medidas —por no decir todas— no se cumplieron17. Monfal-cón, por ejemplo, en su «Relación» ya explicó que las naos de China no llevaban a bordo ni al veedor ni al contador. A tenor de las continuas denuncias de los

16 AGI, México, 18-3. A pesar de esta normativa, el tráfico de plata que llegó a Filipinas sobrepasó con creces la autorización de las autoridades. El Cabildo de México explicó que en 1602 la nao de Filipinas transportó 5 millones de pesos; en la década de 1640 la media fue de 2.250.000 pesos y en 1698 el galeón San Francisco José, según el arzobispo Ortega Montañés, arribó a Manila con dos millones de pesos. Por otra parte, PARRI, J. H. en El descubrimiento del mar, Ed. Crítica, 1989, explica que el galeón transportaba una media de más de 3 millones. HOBERMAN, L. H. en Mexico’s merchant elite 1590-1660: silver, state and society, Londres: Duke University Press, 1991 expuso que entre el 25 y el 35% de la producción argentífera de Nueva España se dirigió a Filipinas. Por lo que se refiere a la situación de finales del siglo XVI, FLYNN, Dennis y GIRÁLDEZ, Arturo en «China and the Spanish Empire» en Revista de Historia Económica, año XIV (2), 1996, citan que de ordinario el galeón transportaba más de 3 millones de pesos anuales con la marca de 1597 en que llegó a doce millones, sobrepasando el valor oficial del comercio atlántico.

17 AGI, México, 26-11. El virrey comunicó en 1604 al monarca algunas noticias y problemas deri-vados del comercio con Filipinas. Así, por ejemplo, vemos como las cantidades disponibles para enviar a Filipinas sobrepasaban con creces las autorizadas: «...me dizen que son de dos millones los que ay en este Reyno de Haziendas de los de Manila, detenidas por la prohibición...».

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mercaderes sevillanos, una Real Cédula emitida en 1604 recordaba al virrey las obligaciones de verificar el estricto cumplimiento de lo acordado. Aquel, contestó que «...los excesos desta contratación en años passados an sido grandes...»18 por lo que sugirió que, sin previo aviso, se enviasen oficiales reales a Acapulco para registrar las naos. Todo cuanto hallaren sin declarar sería requisado y así, en otros viajes, se excusarían los fraudes. No obstante, recuerda a la corona el peligro de sumir a Acapulco y a Manila en el caos económico si se reduce el comercio de los vecinos de Filipinas. Por lo que se refiere al comercio interregional con el Perú, explicó que únicamente salía «ropa de México» pues la prohibición afectaba sólo a la «ropa de la China»19.

A pesar de estas prohibiciones, el comercio filipino con Nueva España siguió en forma de contrabando, perjudicando con ello las ventas de la seda hispana en Améri-ca. Según la carta que Francisco de Valverde remitió al Consejo de Indias «...iban de ordinario todos los años más de dos millones lo que provoca que las flotas de España vayan cortas...»20. De ahí que los mercaderes sevillanos se entrevistaran con el arzo-bispo de aquella ciudad para que interviniera ante el rey. De este modo, el arzobispo de Sevilla escribió una larga misiva a Felipe III en el que detallaba cuales eran los tres grandes problemas que aquejaban al comercio atlántico, a saber: La poca seguridad en el mar; los excesos de derechos que se pagaban y el comercio de Indias con Filipinas. En la carta se requería al monarca para que «...se trata de favorecer el comercio de este reino, que anda tan decaído, para que aumente...»21. A tenor de las explicaciones, el tráfico con Nueva España perjudicaba seriamente a los mercaderes sevillanos pues de Filipinas «...se comerciaban sedas y lienzos de poco valor a Nueva España y al Perú en tanta cantidad que cuando llegan las flotas de España, no hay salida de lo

18 AGI, México, 26-69, fol 3.19 AGI, México, 26-11, fol. 3. El virrey da cuenta de que «han llegado del Perú a Acapulco dos

navíos con plata, traen nueva de que del Callao salen dos más, ello ha sido provechoso por las muchas mercaderías que existían en este reyno...». Referente a este tema, MURÚA, Fray Martín de: Historia General del Perú, Madrid: Dastín, 2001 explica en torno a 1606-1611 la situación mercantil de Cuzco y el puerto del Callao en donde «...todas las cosas preciosas y de estima que Inglaterra, Flandes, Francia, Alemania e Italia producen, labran y tejen...» se hallan a la venta, incluso muchos productos de México y de la Gran China.

20 AGI, México 325 «Carta de Francisco Valverde de Mercado al Consejo de Indias comunicando el estado de Comercio con Filipinas y las grandes sumas de contrabajo que hacia ellas navegan, 27 de mayo de 1603».

21 Colección de Documentos Inéditos para la Historia de España, Madrid: 1852, vol. 52, p. 565 «Carta del cardenal arzobispo de Sevilla al rey sobre el remedio de la contratación de las islas Filipinas con Nueva España y Perú», p. 568.

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que llevan, y ansí no hay quien se atreva a cargar...»22. No obstante, el rey envió una consultoría al virrey Montesclaros para determinar la realidad del comercio, éste le contestó «...el tamaño desta causa no se mide con su vara, ni los frutos que della se siguen se pueden comparar al ciento por ciento de sus ganancias...»23. Para Montes-claros era evidente que la solución no debía buscarse únicamente en salvaguardar los derechos de los mercaderes sevillanos, ante todo era prioritario la defensa de Filipinas. El problema real consistía, según el virrey, en que los mercados novohispanos estaban saturados. Además, México recibía de España vino, aceite y lencería y de Filipinas, sedas labradas y por labrar. Si el comercio con las islas tuviera que cesar, estas queda-rían arruinadas, y por ende abandonadas pero, además, los extranjeros, especialmente franceses y flamencos, introducirían sus productos en México, con lo cual los males se agravarían. Por ello, Montesclaros se opone a la prohibición del comercio alegando que el tráfico con China y Japón no privará a Castilla de la plata mexicana.

Prueba de la importancia de ese comercio fue que en 1616 se encabezaron nuevas alcabalas en México por un valor de 1.395.000 pesos, con un incremento medio de 17.000 pesos anuales respecto al período anterior lo cual quitó el temor del virrey el cual comunicó el 30 de octubre de 1616 al rey que: «...temía que bajara a causa de las pérdidas que ha habido en las flotas y la corta correspondencia que se ha tenido por el Mar del Sur, respecto de la entrada de los enemigos de él...»24.

El escaso control sobre los navíos de Filipinas y la corrupción existente no impi-dió que el comercio se mantuviese y que en 1626 el auge del comercio de seda entre China y México afectase la producción nacional. José Montero, a finales del pasado siglo, explicó la carga que, en materia textil, solía transportar el galeón: «...El valor excedía siempre el autorizado, consistiendo por regla general en telas chinas e indias de algodón y seda (entre estas sobre 50.000 pares de medias de seda clara) y adornos de oro, vendiéndose en Acapulco con un 100% de ganancia. Legentil expresa que el cargamento constaba de 1.000 fardos, conteniendo 4 o 5 paquetes de unos 18’75 pies cúbicos castellanos y de valor de 250 pesos... el cargamento de retorno no bajaba de dos a tres millones de pesos...»25. Ello provocó el debate sobre la conveniencia

22 Ibídem, p. 569. La carta es sumamente valiosa pues en ella también se explica que: «... y que es grande la cantidad de mercaduría que traen á la Nueva España demás de las permisiones, y que passan de dos millones en plata y reales lo que se lleva cada año y la mayor parte dello á los reinos de infieles, y que tampoco se han cumplido la prohibición... de Perú desde la Nueva España... de lo cual resulta enflaquecido el trato y comercio con este Reino y tiene poca salida y venta lo que se lleva de España...».

23 AGI, México, 21 «Carta de gobierno del marqués de Montesclaros, virrey del Perú, dirigida a S. M. informando sobre mudar a España la contratación de Méjico a Filipinas, 12 de abril de 1612».

24 En AGI, México, 22, «Carta al rey sobre Hacienda». En cambio, el conde de Salvatierra se queja-ba en 1642 de que las alcabalas habían disminuido a la cantidad de 1.444.000 pesos debido a la falta de las flotas y naos de China. Véase AGI, México, 35 «Relación del Conde de Salvatierra».

25 MONTERO VIDAL, op. cit. pp. 462-463. Es decir, entre 4 y 5.000 fardos por un valor superior al millón de pesos.

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de prohibir el comercio filipino. La respuesta de los afectados por estos intentos era tajante: «...el mayor tesoro de aquellas Yslas y en que consiste su riqueza es el comer-cio...»26, si bien otros aludían a los grandes gastos que acarreaban la administración de las islas.

La producción sedera era muy importante en toda España. Por tanto, la irrupción masiva de seda China en la metrópoli y en la América hispana podría provocar una grave crisis en el sector. Este comercio, de hecho, era lo sumamente importante para que incidiese en la contratación atlántica pues la mayoría de la élite social novohispana compró grandes cantidades de productos asiáticos.

A lo largo de todo el siglo XVII las autoridades metropolitanas continuaron la pro-hibición de comerciar con seda china por el gran daño que hacía al comercio hispano «... ya por la cédula del 29 de marzo de 1636 que se puso gran cuidado en estorbar por todas las vías la contratación de ropa de China...»27. Sin embargo, el contrabando continuaba aportando seda tanto a Perú como a México, con la consecuente pérdida en el tráfico atlántico: «... Los comercios y tratos de España con las Yndias, parti-cularmente con la Nueva España se han acortado de ganancias, por la grosedad de las mercancías que de Philipinas se traen, con que los consulados y mercaderes de Sevilla en diversos tiempos y ocasiones...»28 mostraron su preocupación y manifesta-ron sus protestas. Y aunque la monarquía había tomado medidas extremas contra ese comercio, ello no impidió que el fraude de contrabando siguiera aumentando y más aún cuando de él participaban los mismos virreyes. Un claro ejemplo de ello fue el del virrey Príncipe de Esquilache que fue procesado y condenado por dos cargos de con-trabando. El primero de ellos, multado con 30.000 ducados por «... tratar y contratar con ropa de China y México metiendo en la ciudad de Los Reyes cantidad de cajones de seda de dicho reino....». Pero también porque habiéndose capturado una nao repleta de seda de China en la realización del inventario de los bienes incautados «... hubo fraude...» por lo que se le condenó a una multa de 200.000 pesos29. Esta proliferación del comercio clandestino obligó a que se enviase un comisionado especial, Pedro Quiroga, que a partir de 1635 realizó una amplia labor de persecución y registro de las naos que arribaban a Acapulco de tal suerte, que su trabajo provocó una paralización momentánea y, en consecuencia, una crisis en los mercaderes de las islas. Las protestas

26 MN, Vol. 10, Doc. 29 «Memorial para el comercio de Filipinas con Nueva España de Juan Grau Monfaleón, 1637».

27 BN MS-3080 «Relación del estado en que el Conde de Chinchón dejó el gobierno del Perú al Marqués de Mancera», fol. 43. En 1653 se dieron instrucciones al duque de Albuquerque para que impidiese la proliferación del comercio de seda, la plantación de morales o de lino. Véase AGI, Indiferente General, 515.

28 AGI, Filipinas, 14 «Carta a SM de Antonio de Morga, Quito, noviembre 1615».29 AGI, Escribanía, 1187 «Sentencia de 1626 contra el Príncipe de Esquilache», fol. 123.

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que de ello se derivaron obligaron a la monarquía a que en 1639 ordenase se excu-sasen los registros de las naves a no ser por previa denuncia de que se excedía de la carga legal. A raíz de las pulcras intervenciones que Quiroga realizó en el registro del galeón, el procurador general de Manila, Juan Grao Monfalcón remitió a la corte una Relación y un Memorial sobre el tema. En primer lugar, Monfalcón, intentó rebajar los problemas económicos derivados del comercio de Filipinas y, especialmente, el de las ganancias de los mercaderes, a fin de eliminar los impuestos. Entre los motivos expuestos destacamos: 1- Que a partir de 1604 los beneficios comerciales filipinos cayeron en picado debido al incremento en los precios de los productos que los merca-deres chinos acarreaban a Manila. 2- Los muchos gastos derivados de las transacciones comerciales, así de cada 1000 pesos, sólo 580 se dedicaban a las transacciones. 3- No sólo se comerciaba con seda, sino con otros productos de gran importancia para la Corona, como era el oro labrado, diamantes, rubíes y otras piedras preciosas.

El déficit constante de la monarquía en Filipinas, los problemas comerciales que sus productos provocaban a la producción nacional, la saca continua de plata de Méxi-co y la gran magnitud del contrabando hacían que las Reales ordenes se multiplicasen e incluso se intentase paralizar el comercio de Perú con Nueva España30, especial-mente el de los textiles31. La nueva dinámica y la consecuente legislación emanada podían infligir un golpe mortal a los obrajes32 mejicanos los cuales abundaban por todo el reino.

Las instrucciones que la corona dio al Conde de Alba para la administración de Nueva España siguieron las misma líneas de control y prohibición a fin de evitar perjuicios en el trato atlántico: «...averiguad si se han plantado morales y en que cantidad, que seda y que lino se recogen para que con mucha particularidad me aviséis luego de este estado...sin permitir ni dar licencia para que de nuevo se plan-ten morales ni compren linares antes a los que quisieran hacer se lo estorbaréis con destreza...»33.

30 AGI, México 322 «Memorial que dio el Consulado de México al Virrey sobre contratación del Perú», fol 3 y ss. La prohibición se vio duramente contestada por los mercaderes los cuales escribieron «...y aunque más lo procuren oscurecer los pocos interesados que, como más poderosos con los que lo son en Sevilla...».

31 La política de la monarquía siempre fue el de reducir al mínimo el sector productivo en América, especialmente el textil.

32 AGI, México, 23. Legajo 39 «Análisis del Memorial del marqués de Villamanrique por Luis de Velasco», fol. 15.

33 AGI, Indiferente General, 514 «Instrucción al Conde de Alba».

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