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MANUAL DE CONVIVENCIA GIMNASIO SAN DIEGO CUMARAL-META Año 2015

03. Manual de Convivencia GSD 2015

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MANUAL DE CONVIVENCIAGIMNASIO SAN DIEGO

CUMARAL-METAAño 2015

PRESENTACIÓN

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El presente Manual de Convivencia fue elaborado con la participación de los diferentes estamentos de la comunidad; para su construcción se reunieron los grupos representativos del colegio, como fueron, la asamblea de profesores y el Consejo de padres; el aporte de los alumnos se hizo mediante las clases de orientación en las cuales se estudió y analizó el manual, todo ello con el objeto de que los agentes involucrados, a partir de procesos de concertación y diálogo, hagan uso acorde a los principios de igualdad, ecuanimidad, justicia y tolerancia que respondan al proceso de formación, en el cual todos los miembros de la comunidad educativa están involucrados.

Vale la pena recordar que los derechos son valores de convivencia cuyo fundamento es la dignidad humana. Implican el reconocimiento de unas condiciones mínimas que deben ser garantizadas a todas las personas. Los deberes por su parte, son los comportamientos exigidos por la sociedad, en su conjunto, a los individuos para posibilitar el desarrollo de la dignidad humana.

La definición de los conductos regulares para ejercer el derecho a la defensa y los procedimientos que permitan conciliar justa y equitativamente las diferencias entre las personas, posibilitan el no tener que recurrir a la violencia en forma alguna, puesto que uno de los compromisos más importantes de cualquier ser humano, es propender por el logro y mantenimiento de la paz.

En conclusión, el Manual de Convivencia es el conjunto de valores, principios, derechos y deberes que iluminan y regulan el comportamiento de todos y cada uno de los miembros de la comunidad educativa. Deberá ser ampliamente conocido y difundido a toda la comunidad educativa del Gimnasio San Diego al iniciar el año lectivo.

DISPOSICIONES A LUGAR

El presente Manual de Convivencia, podrá ser revaluado total o parcialmente en cualquiera de los siguientes casos:

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Cuando sea violatorio de la Constitución Nacional o cualquiera de los derechos de los estudiantes.

Cuando contravenga disposiciones del Código de Menor.

Cuando contravenga normas del Ministerio de Educación Nacional o SEDUCA.

Cuando el cambio de las circunstancias socioculturales del entorno del colegio Gimnasio San Diego así lo ameriten.

Cada año, si fuese necesario, de acuerdo a la Ley General de Educación.

NOTA: En cualquiera de los casos anteriores, el Consejo Directivo del colegio deberá definir los cambios necesarios y los presentará a consideración y aprobación de la comunidad educativa: estudiantes, profesores, padres de familia, personal directivo y autoridades educativas.

JUSTIFICACIÓN

El presente Manual de Convivencia, está enmarcado en lo dispuesto por la Constitución Política de Colombia de 1991, la Ley General de Educación y sus respectivas normas reglamentarias, el decreto 1286 del 27 de abril de 2005, la Ley de Infancia y Adolescencia con base en los

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Derechos Humanos, del Individuo, de la Familia y la Sociedad y en el marco de los dispuesto en nuestro Proyecto Educativo Institucional Gimnasio San Diego.

En la concepción del presente Manual de Convivencia y de las normas y reglamentos aquí contemplados confluye la razón de ser del Centro Educativo Gimnasio San Diego, la cual orienta el quehacer pedagógico formativo integral de estudiantes competentes en el desarrollo su propia existencia como seres humanos que aportan con sus ideas y conocimientos a la solución de problemas cotidianos para la armonía de la vida desde el ámbito personal y social.

Así se definen los criterios previamente acordados en forma dinámica, democrática y participativa por los diferentes miembros de la comunidad educativa, sobre comportamientos, disciplina, conductas, derechos, deberes, estímulos, correctivos pedagógicos, intereses, necesidades, funciones de los alumnos, del grupo y padres de familia, en bien de la convivencia escolar y con el fin de clarificar la operatividad y el proceso formativo del Colegio Gimnasio San Diego.

PRINCIPIOS Y FUNDAMENTOS DEL GIMNASIO SAN DIEGO

Los principios y fundamentos del Gimnasio San Diego son los siguientes:

Filosofía Institucional:

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Nuestro Centro Educativo fundamenta su labor pedagógica partiendo de la concepción humanista de cada estudiante por lo tanto reconoce su singularidad, su naturaleza física y espiritual y la responsabilidad ante sus libertades. Acorde con esta concepción, tenemos la finalidad de impartir formación integral que potencie todas las dimensiones y propicie el desarrollo de autónomo de sus capacidades.

Desde la perspectiva humana y social, los estudiantes Sandieguistas del siglo XXI se educan para la paz, la libertad y la sana convivencia en donde su valor está en ser más como persona que trasciende positivamente en la sociedad, haciendo parte de una comunidad con capacidad y necesidad de pensar críticamente, de decidir y actuar; serán diseñadores, constructores y transformadores de su entorno en busca de un mejor mundo, más humano, justo y honesto.

Misión:

El Gimnasio San Diego afianza sus raíces en la Pedagogía Activa, en aras de formar integralmente niños preparados para asumir su vida con responsabilidad, autonomía de conocimientos y valores humanos dentro de una sociedad con perspectiva social e histórica en el respeto y la apreciación por la diversidad cultural; implementando estrategias que enseñen y promuevan el amor por la FAMILIA que para nosotros es la base no solo de la sociedad sino de todos los principios que rigen el comportamiento humano.

Visión:

Ofrecer educación integral, personalizada y de alta calidad mediante la consecución, implementación y utilización apropiada de los recursos humanos, pedagógicos y tecnológicos, posicionando nuestro Centro Educativo a la vanguardia de la región, logrando potenciar el desarrollo de nuestros estudiantes quienes a su vez serán generadores de soluciones que conlleven a nuestra comunidad hacia un futuro promisorio.

ASPECTOS LEGALES

El artículo 87 de la Ley General de Educación (115/94) enuncia la obligatoriedad para la adopción y puesta en marcha del Manual de Convivencia mediante la participación dinámica y democrática de todos los estamentos de la comunidad educativa siendo agente articulador del Proyecto Educativo Institucional (PEI) del Gimnasio San Diego.

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Los siguientes son lineamientos tomados de las sentencias emitidas por la Corte Constitucional:

La Corte Constitucional advirtió que los colegios no están obligados a mantener en sus aulas a quienes en forma constante y reiterada desconocen las directrices disciplinarias. Esta sala es enfática en señalar que el deber de los estudiantes radica desde el punto de vista disciplinario, en respetar el reglamento y las buenas costumbres.

Destacó a la vez que los estudiantes tienen la obligación de mantener las normas de presentación en los colegios, así como los horarios de entrada y salida de clases, descansos, salidas pedagógicas, y las diferentes actividades realizadas en la institución; igualmente el estudiante deberá conservar el debido comportamiento y respeto por sus profesores y compañeros.

Así mismo, se pronunció frente a los siguientes aspectos:

Evaluación y Promoción en la Ley General de Educación (Artículo 96.)

Permite la reprobación de estudiantes, sin restricción; por lo tanto puede darse en todos los grados (Excepto en el preescolar).

Permite la exclusión de la institución por bajo rendimiento y por mala disciplina bajo el cumplimiento de dos condiciones: que dicha sanción esté contemplada en el Manual de Convivencia y que se lleve el debido proceso.

La exclusión de un estudiante de cualquiera de los grados por bajo rendimiento o por mal comportamiento no vulnera su derecho a la educación según las sentencias:

T492 del 12 de agosto de 1992. T316 del 12 de julio de 1994. T 139 del 12 de Octubre de 1993. T569 del 7 de diciembre de 1994. T092 del 3 de mayo de 1994

El derecho a la Educación lo viola el estudiante que no estudia porque viola el derecho de los demás. No se puede perturbar a la comunidad estudiantil ni dentro ni fuera de la institución (Ejemplo: cuando un alumno comete un delito).

La Doctrina Constitucional sobre el derecho a la Educación enuncia que el derecho a la Educación no es absoluto, es derecho- deber. (Tiene que cumplir con el Manual de Convivencia).

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El derecho–deber exige, en todos, deberes.

El derecho-deber exige a los estudiantes un buen rendimiento académico.

Todos los estudiantes tienen derecho a la disciplina y al orden. El derecho a los demás limita el derecho propio a la educación y al libre desarrollo de la personalidad.

El derecho a la Educación permite sancionar a los estudiantes por bajo rendimiento académico, hasta la exclusión.

El bajo rendimiento vulnera el derecho a la Educación de los estudiantes que rinden y aprovechan el tiempo.

Si los padres escogen para sus hijos la educación privada, quedan obligados al pago de las pensiones, por lo tanto la Corte no encuentra violación a los derechos fundamentales la no renovación del contrato de matrícula con base en el causal de atraso y no pago de pensiones por parte de los padres de familia.

PRINCIPIOS DE LA CONVIVENCIA SOCIAL GIMNASIO SAN DIEGO

1. PRINCIPIO DE LA NO AGRESIÓN:

Este principio supone:

Valorar la vida del otro como mi propia vida.

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Aprender que no existen enemigos; existen opositores con los cuales puedo acordar reglas para resolver las diferencias y los conflictos.

Valorar la diferencia como una ventaja que permite ver y compartir otros modos de pensar, sentir y actuar.

Buscar la unidad y no la uniformidad.

Cuidar y defender la vida como principio máximo de toda convivencia.

Respetar la vida íntima y personal de todos los individuos de su entorno.

2. PRINCIPIO DE LA COMUNICACIÓN ASERTIVA:

La comunicación requiere aprender a conversar, a expresarnos, comprendernos, aclararnos, coincidir, discrepar y comprometernos. En una conversación auténtica cada uno busca convencer al otro, pero también acepta ser convencido y en este propósito mutuo se construye la autoafirmación.

3. PRINCIPIO DE LA INTERACCIÓN ASERTIVA:

Este principio supone:

Acercarse a sus semejantes de manera respetuosa.

Comunicarse asertivamente con sus semejantes.

Convivir y compartir con sus semejantes.

Vivir la intimidad con el respeto hacia sí mismo y a los demás.

Comprender que todos somos personas en constante evolución y por tanto se procura la mejora continua.

4. PRINCIPIO DE APRENDER A TOMAR DECISIONES DENTRO DE GRUPOS SOCIALES:

Supone aprender a concertar, entendiendo que existen los intereses individuales, pero también los grupales y ello conlleva a la selección de un interés compartido, el cual se convierte en el propósito grupal que orienta y beneficia a la mayoría.

5. PRINCIPIO DEL AUTOCUIDADO:

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Supone aprender a proteger la salud propia y la de todos como bien social; valorar las normas de seguridad y tener una percepción positiva del cuerpo.

6. PRINCIPIO DEL CUIDADO Y PRESERVACIÓN DE SU ENTORNO:

Supone percibir el planeta como un ser vivo del cual formamos parte, cuidar, valorar y defender el aire, el ozono, la selva, la biodiversidad, el agua, y demás recursos naturales como verdadera riqueza común.

7. PRINCIPIO DE VALORACIÓN PERSONAL DEL SABER SOCIAL:

Entendiendo éste como el conjunto de conocimientos prácticos, destrezas, procedimientos, valores, símbolos, ritos, y sentidos que una sociedad acoge y practica para sobrevivir, convivir y proyectarse.

CAPITULO IDE LOS ESTUDIANTES

Artículo 1: Derechos y deberes de los Estudiantes.

Los estudiantes del Centro Educativo Gimnasio San Diego tienen derecho al respeto y reconocimiento de los derechos consagrados en la Constitución Política de Colombia de 1991, las leyes y en especial a los que a continuación se enuncian:

1.1. Normas para la vida en la comunidad escolar:

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Son derechos fundamentales: la vida, la integridad física, la salud, la educación, la recreación y la libre expresión de opinión.

Derecho al respeto por su dignidad, diferencias étnicas, religiosas e ideológicas, sin que el proselitismo perjudique el bien común.

Derecho a una formación integral en valores con el sentido del bien común.

Derecho a la libertad de expresión y difusión de su pensamiento y opiniones, siempre y cuando no atente contra los demás ni entorpezca la buena marcha del plantel (Art. 20 C.P.C y Art. 10 Código del Menor).

Derecho a ser atendidos con amabilidad de acuerdo con su dignidad de seres humanos, cuando formulen sugerencias, reclamos justos y respetuosos con la finalidad de mejorar su proceso de formación o para buscar la solución de conflictos personales, grupales o institucionales (título preliminar Cap. II, Art. 8-1 y 16 del código del menor).

Derecho a participar directamente o a través de representantes elegidos democráticamente en los diferentes organismos colegiales, en la planeación, realización y evaluación del proceso educativo y a elegir y ser elegido para dichos organismos.

Derecho a la libre asociación para formar el Consejo Estudiantil.

Derecho a recibir orientación psicológica en el transcurso de su permanencia en el colegio, atendiendo la reglamentación interna.

Derecho a que los educadores sean equilibrados y justos, respeten el ritmo personal y la individualidad, fijen pautas de trabajo claro, las comuniquen oportunamente, las cumplan y las hagan cumplir; a que no empleen la amenaza, ni trato que implique de alguna manera afectar los derechos fundamentales.

Derecho a solicitar por escrito y obtener autorización para ausentarse del aula o plantel, cuando existan causas justificadas presentadas por el acudiente y siguiendo el conducto regular.

Derecho a recibir por primera vez el carnet estudiantil que le permite identificarse en cualquier lugar como miembro del plantel (el carnet será cambiado o renovado cada año, tramitado en el momento mismo de la matricula).

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Derecho a conocer el Manual de Convivencia, su Hoja de Vida, el Observador y su evaluación oportunamente.

Derecho a que se le devuelva el 100% del valor de la matrícula y otros pagos, cuando se haya matriculado en el colegio y no pueda asistir desde el primer día del año escolar.

Derecho a solicitar y recibir orientación y acompañamiento de directivos y profesores sobre aspectos relacionados con su formación integral.

A disfrutar de los descansos, deportes y actividades recreativas, programadas en los lugares y tiempos disponibles para ello.

1.2. Normas para la actividad académica:

Derecho a participar en la construcción de los procesos que lo lleven a la apropiación de conocimientos científicos, tecnológicos, culturales, literarios, recreativos y deportivos.

Derecho a conocer oportunamente los planes de cada asignatura, los logros y los indicadores de logros de cada unidad y a una programación dosificada de talleres, trabajos, actividades y evaluaciones.

Derecho a conocer el resultado y correcciones u observaciones de su proceso de evaluación en un término entre 8 y máximo 15 días calendario, contados desde la fecha de su presentación. Si la prueba es oral, la notificación del resultado de la misma debe ser inmediata.

Derecho a recibir formación cristiana, artística, física y cultural acorde a la filosofía del Gimnasio San Diego, al Plan de Estudios y a las exigencias curriculares establecidas por el M. E. N. y el P. E. I.

Derecho a ser correctamente evaluado según las disposiciones legales vigentes, e igualmente conocer los resultados de todo el proceso evaluativo.

Derecho a concertar la metodología y criterios de evaluación de cada asignatura para los diferentes períodos del año escolar.

Derecho a solicitar y obtener constancia y certificado de estudio de acuerdo con las normas fijadas por la Institución y el M. E. N.

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Derecho a obtener los títulos ofrecidos por la Institución al cumplir cada uno de los requisitos exigidos por la legislación vigente.

Derecho a solicitar oportunamente y con el debido respeto, la corrección de notas erróneas.

A no ser sancionado académicamente por faltas comportamentales y viceversa

1.3. Normas de presentación, higiene personal y pública:

Derecho al cumplimiento de los deberes concernientes al cuidado del medio ambiente unido al respeto por la salud y el cuidado propio y ajeno permitirán disfrutar de un ambiente sano, limpio y organizado.

Los estudiantes tienen derecho a disfrutar de un ambiente sano, limpio y armónico que contribuya a un adecuado proceso psicosocial.

1.4. Normas para el uso de recursos (bienes, equipos e instalaciones) y otros servicios:

Derecho a utilizar adecuada y responsablemente los recursos que ofrece la institución, cumpliendo las exigencias que existan en cada caso.

Derecho a disfrutar de todos los servicios de bienestar institucional, cumpliendo las exigencias que existan en cada caso.

Derecho a obtener calidad acorde con los parámetros de costo- beneficio en los servicios extra que presta la Institución como son el transporte escolar y la cafetería y otros que pudieran ofrecerse en un futuro.

Artículo 2: Deberes de los Estudiantes:

Los estudiantes del Centro Educativo Gimnasio San Diego tienen el deber de cumplir con las normas que se estipulan a continuación en aras de promover la armonía y un ambiente escolar sano:

2.1. Normas de conducta y mutuo respeto:

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Para preservar la buena conducta y el mutuo respeto el estudiante del Gimnasio San Diego debe:

Debe respetar la fila en todo lugar y actividad que así la requiera.

Debe entregar oportunamente a los padres y/o acudiente circulares, citaciones e informes verbales o escritos enviados por el Colegio.

Debe conocer y aplicar el contenido del Manual de Convivencia en el trato diario con los demás miembros de la comunidad.

Debe respetar y vivenciar los principios católicos y familiares que promueve el Gimnasio San Diego

Debe asistir puntualmente a la clase y demás actividades programadas por el Gimnasio San Diego.

Debe tratar con respeto y cordialidad a todos los miembros de la comunidad educativa, evitando bromas de mal gusto, apodos y burlas.

Debe evitar la participación en actos que atenten contra el bienestar, seguridad y buena imagen de la comunidad educativa dentro y fuera del plantel.

Debe respetar las pertenencias ajenas de cualquier persona dentro y fuera de la institución.

Debe mantener una disciplina acorde al perfil Gimnasio San Diego dentro y fuera de la institución que ayude a la formación personal y al reconocimiento del Gimnasio San Diego como un centro de formación de talento humano integral generador de bienestar comunitario.

Debe entregar, a su propietario o en su defecto al respectivo coordinador, los objetos que se encuentre por casualidad y que no sean de su pertenencia.

Debe solicitar por escrito, ante el coordinador los permisos estrictamente necesarios y plenamente justificados para ausentarse, llegar tarde o no asistir al plantel.

Debe evitar letreros o dibujos que denigren u ofendan a cualquier persona o institución dentro y fuera del plantel.

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Debe conservar sin alterar, carnet, permisos, uniformes, certificados y comunicados que expida la institución sobre la situación académica, comportamental o de otra índole.

Solucionar los problemas o dificultades académicas o de convivencia siguiendo los conductos regulares definidos en este Manual de Convivencia.

Debe abstenerse de usar el nombre del plantel para cualquier actividad social o cultural no autorizada por el Gimnasio San Diego.

Debe no comprometerse de no asumir ninguna conducta delictiva dentro y fuera del plantel.

Debe justificar por escrito su inasistencia a la clase y/o cualquier actividad programada por la institución (excusa firmada por el padre de familia o acudiente, con cédula y teléfono, el día inmediatamente anterior y/o posterior a la ausencia).

Debe permanecer DENTRO del aula de clase y conservar un buen comportamiento aún en ausencia de profesores.

Debe respetar la autoridad del personero, los monitores y el Consejo de Grupo.

Debe tomar apuntes en clases y llevar correctamente los cuadernos y demás materiales de trabajo.

Debe ponerse al día en las diferentes actividades adelantadas cuando falte a la institución.

Debe presentarse a clase con tareas, trabajos y evaluaciones preparadas.

2.2. Normas para la actividad académica:

Cumplir con los requisitos exigidos por el Ministerio de Educación Nacional (MEN), la Secretaría de Educación del Meta (SED Meta) y del Centro Educativo Gimnasio San Diego (GSD) estipulados en el Manual de Convivencia, para ser aceptado como estudiante del Plantel.

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Debe responder por los compromisos académicos adquiridos en todas y cada una de las asignaturas.

Debe procurar la mayor armonía y espíritu de compañerismo, para generar un clima de armonía durante el trabajo en la clase y demás actividades complementarias.

Debe cumplir con los compromisos adquiridos hechos a raíz de la insuficiencia de logros en un período, o un año escolar.

Debe permanecer en el establecimiento durante toda la jornada académica e ingresar puntualmente a los salones de clase y demás sitios asignados para las labores escolares.

Debe llevar ordenadamente un registro sobre talleres, trabajos, exámenes y demás actividades de evaluación que le sean entregados en las diferentes asignaturas.

2.3. Normas referidas al uso del uniforme y a la higiene y presentación personal:

El buen uso del uniforme y una adecuada presentación personal influyen decididamente en la evaluación del comportamiento, de allí que sea necesario cumplir las siguientes indicaciones:

Que los estudiantes conserven su presentación personal de acuerdo a las disposiciones del PEI (Uniformes).

Debe asistir con el uniforme completo (sea el de diario o el de educación física) conforme con las exigencias del plantel.

Debe portar con dignidad el uniforme y no llevarlo puesto a sitios públicos sin ser autorizado.

Debe usar de medias totalmente blancas y zapatos negros de amarrar para los uniformes de diario, con la camisa dentro del pantalón.

En caso de utilizar camisilla, esta debe ser totalmente blanca y sin estampados e ir por dentro del pantalón.

Debe usar medias y tenis de amarrar totalmente blancos para el uniforme de Educación Física.

Debe usar correa totalmente negra para el uniforme de Diario de los estudiantes del género masculino de Básica Primaria.

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Los estudiantes de básica primaria deberán utilizar la camisa del uniforme de diario por dentro del pantalón.

Todos los estudiantes sin excepción deberán portar la camisa del uniforme de educación física por dentro del pantalón.

Todos los estudiantes sin excepción deberán conservar una excelente presentación, en donde prime el aseo, la organización y un pulcro peinado de su cabello.

Debe evitar el porte de cigarrillos, fósforos, licores, armas, drogas o cualquier otro elemento que ponga en riesgo la salud física o mental propia o de cualquier otro miembro de la comunidad escolar.

Debe defender, preservar y utilizar adecuadamente los recursos naturales.

Debe generar una atmósfera de aseo, distinción, agrado y urbanidad, evitando todo aquello que contamine el ambiente, para gozar de espacios agradables y estéticos.

No debe traer al colegio walkman, mp3, celulares u otros aparatos similares que distraigan el proceso de aprendizaje sin autorización previa de las directivas de la institución.

No debe traer alhajas estrambóticas ni joyas u otro tipo de alto valor a la institución.

No debe comer en clase o en actos de tipo formativo.

No debe traer sustancias explosivas, pólvora o similares que involucren, perturben y pongan en riesgo la integridad física y la armonía de la comunidad educativa.

No debe comerciar con cualquier artículo, mercancía, y/o producto de consumo.

Portar el carnet estudiantil para efectos de identificación en el uso de servicios de la institución y en todas las salidas pedagógicas que realice la institución.

2.4. Normas para el uso de recursos (bienes, equipos e instalaciones) y otros servicios:

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Debe evitar hacer uso de los servicios que ofrece el Gimnasio San Diego en horas de clase sin previa autorización, excepto en los tiempos de descanso.

Debe utilizar adecuadamente los muebles, enseres e instalaciones del Colegio procurando su preservación.

Debe entregar en óptimas condiciones todos los implementos y materiales utilizados para las labores académicas al terminar el año escolar.

Debe utilizar correctamente la biblioteca escolar, los implementos deportivos, el material de laboratorio, los equipos de cómputo de la sala de sistemas y demás ayudas didácticas.

No debe hacer sus necesidades fisiológicas en la piscina ni en ningún otro sitio que no sea el sanitario acorde a su género.

Debe responsabilizarse de los objetos personales y los que le sean prestados por el Gimnasio San Diego, asumiendo las consecuencias en caso de daño o pérdida.

Debe portar el carné estudiantil, para efectos de identificación y uso de los servicios que ofrece el Gimnasio San Diego.

Debe evitar el deterioro de pupitres, libros, computadores, muebles y demás enseres del colegio.

Durante el uso de la sala de sistemas o cualquier otro equipo de cómputo del Gimnasio San Diego, no debe utilizar páginas de internet no aptas para su edad, ni aquellas que no autorice el docente y que puedan perturbar el desarrollo armónico de la clase (por ejemplo redes sociales y páginas de juegos virtuales).

Artículo 3: Estímulos a los Estudiantes:

El Centro Educativo Gimnasio San Diego establece los siguientes estímulos a los estudiantes:

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3.1. En las izadas de bandera programadas por el Gimnasio San Diego se exaltaran a los estudiantes de cada uno de los cursos que se destaque en alguno de los siguientes conceptos*:

a. Excelencia académica.b. Relaciones Humanas y Buen Comportamiento.c. Mérito Deportivo.d. Mérito Artístico.e. Apoyo y Sentido de Pertenencia por el Gimnasio San Diego.f. Responsabilidad y Puntualidad.

* Los conceptos de destacamento varían según el criterio de la izada de bandera.

3.2. Medalla Dorada Gimnasio San Diego.

Exaltación anual otorgada al estudiante que logre el máximo desarrollo integral de su nivel educativo (Una (1) Medalla Dorada GDS para el Nivel Preescolar y una (1) Medalla Dorada GDS para el Nivel Básica Primaria).

La selección del mejor estudiante estará a cargo del grupo de docentes del respectivo nivel.

En caso de presentarse un eventual empate en la deliberación del estudiante a escoger para recibir la condecoración, el coordinador podrá emitir un voto que desempatará la decisión entre los candidatos con más opcionados en empate.

3.3. Mención de Honor en el acto de clausura del año lectivo a los mejores estudiantes de cada uno de los grados en los siguientes aspectos:

Rendimiento Académico. Comportamiento Disciplinario y Sana Convivencia.

La selección de los estudiantes que merecen tal distinción estará a cargo del Director de Grado respectivo y el coordinador.

3.4. Mención de Honor en el acto de clausura del año lectivo a los mejores estudiantes de todo el colegio que se hayan destacado en los siguientes aspectos:

Mérito Deportivo. Mérito Artístico.

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La selección de los estudiantes merecedores de esta distinción estará a cargo del grupo de docentes del Plantel.

3.5. Media Beca Honorífica al estudiante con el mejor desempeño integral del respectivo año lectivo de toda la institución.

La distinción consta de una Mención que enuncia el motivo de su entrega y el descuento del cincuenta por ciento (50%) de los costos pensionales del año lectivo inmediatamente siguiente.

Esta distinción no es transferible ni canjeable por dinero en efectivo.

La selección del estudiante merecedor de esta distinción estará a cargo del comité de evaluación y promoción del Gimnasio San Diego.

3.5. Matrícula Honorífica al estudiante que haya ocupado el segundo lugar en la elección del estudiante con mejor desempeño integral de toda la institución.

La distinción consta de una Mención que enuncia el motivo de su entrega y el descuento del (100%) de concepto de matrícula del año lectivo inmediatamente siguiente.

No incluye conceptos de seguro estudiantil de accidentes, carnet estudiantil, papelería ni el concepto de otros cobros periódicos.

Esta distinción no es transferible ni canjeable por dinero en efectivo.

La selección del estudiante merecedor de esta distinción estará a cargo del comité de evaluación y promoción del Gimnasio San Diego.

Parágrafo 1: La rectoría podrá libremente expedir por resolución el otorgamiento de cualquier estímulo.

Parágrafo 2: La Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia podrá expedir previo consenso de sus miembros en quórum aprobatorio estímulos para los estudiantes.

Artículo 4: Faltas y Correctivos:

Se considera falta todas aquellas conductas que sean violatorias de los preceptos contemplados en las leyes y normas colombianas y en el presente Manual de Convivencia tanto en el orden académico, como en el comportamental, social y moral en el abuso de los derechos y en el

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incumplimiento de los deberes estudiantiles y los diferentes compromisos adquiridos con el Gimnasio San Diego.

Para efectos procedimentales del Centro Educativo, las faltas se catalogan en:

Faltas Leves Faltas Graves.

Artículo 5. Faltas Leves:

Son aquellas faltas que atentan contra la normatividad del presente Manual de Convivencia. Su tipificación será evaluada por el ente respectivo de acuerdo al procedimiento disciplinario.

Son Faltas Leves:

5.1. El desaseo y la pésima presentación personal.

5.2. El incumplimiento de las observaciones proferidas por los docentes y directivos del Plantel.

5.3. Consumir alimentos en el aula de clases o durante los actos programados por la comunidad educativa.

5.4. Generar indisciplina durante la labor escolar irrumpiendo la armonía del desarrollo escolar de sus compañeros.

5.5. Portar de manera indebida el uniforme del Gimnasio San Diego.

5.6. Utilizar vocabulario indebido, soez, vulgar, agresivo y despectivo.

5.7. Irrespeto a los símbolos patrios dentro o fuera del Plantel.

5.8. Contestar de manera grotesca e irrespetuosa a cualquiera de los miembros de la comunidad escolar.

5.9. No atender oportunamente los llamados de atención y/o sugerencias.

Parágrafo: Las Faltas Leves deben contar con el debido proceso haciendo el respectivo registro en el observador del estudiante.

Artículo 6. Faltas Graves:

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Se consideran como Faltas Graves aquellas conductas y/o comportamientos que atentan contra la integridad física, psicológica y/o moral de cualquiera de los miembros de la comunidad y que constituyan un riesgo o afecten en alto grado el desarrollo normal de las actividades propias del Gimnasio San Diego.

Son Faltas Graves:

6.1. Distribución, inducción y/o consumo de bebidas alcohólicas y/o sustancias psicoactivas.

6.2. La agresión física y/o verbal, así como la injuria, la calumnia o cualquier otro tipo de comportamiento soez e irrespetuoso hacia cualquier miembro de la comunidad dentro y fuera del Plantel.

6.3. La falsificación de documentos y suplantación de firmas o identidad de algún miembro de la comunidad educativa.

6.4. Causar daño a los muebles, enseres, instalaciones, equipos o cualquier otro objeto ya sea de propiedad de la institución o de algún otro miembro de la comunidad educativa.

6.5. Hurto comprobado en cualquiera de sus manifestaciones dentro o fuera de la comunidad educativa.

6.6. Tráfico y porte de cualquier tipo de armas dentro y fuera de la institución.

6.7. Asistir bajo los efectos del alcohol o sustancias psicoactivas a la institución.

6.8. Utilizar el nombre de la institución sin autorización en cualquier tipo de actividad.

6.9. Asistir a sitios de juego de azar y similares no aptos para su edad con el uniforme del Gimnasio San Diego.

6.10. Elaborar y/o distribuir cualquier tipo de escritos y/o propaganda que atente contra la moral, seguridad y dignidad de cualquiera de los miembros de la comunidad, o contra la buena imagen del Gimnasio San Diego.

6.11. Utilizar cualquiera de las dependencias y enseres de la institución para la escritura de signos y/o vocabulario vulgar, indecente y/o soez.

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6.12. Las demás que a juicio y consideración de los diferentes estamentos pertinentes sean estipuladas como tal.

Parágrafo 1: La reincidencia en las faltas leves, una vez agotado el debido proceso por el incumplimiento de los compromisos estipulados, pasarán a considerarse como faltas graves.

Parágrafo 2: Todas Las Faltas Graves deben contar con el debido proceso haciendo el respectivo registro en el observador del estudiante.

Artículo 7: Causales de Mala Conducta del estamento estudiantil:

7.1. Presentarse en estado de embriaguez o bajo los efectos de cualquier tipo de sustancia alucinógena dentro o fuera del Plantel.

7.2. Incumplir reiteradamente con cualquiera de las obligaciones o compromisos académicos y/o disciplinarios.

7.3. Asumir, propiciar e inducir comportamientos inadecuados que afecten gravemente al Gimnasio San Diego o a cualquiera de los miembros de la comunidad.

7.4. Agredir verbal o físicamente a cualquier miembro de la comunidad.

7.5. Portar, consumir, distribuir, expender o perimir el uso de cualquier tipo de sustancias prohibidas por la ley (sustancias alucinógenas y/o pólvora entre otras) que pongan en peligro la vida o salud de los integrantes de la comunidad educativa.

7.6. Alterar o adulterar documentos institucionales, citaciones, boletines, libros y formatos de control académico o comportamental o cualquier otro u obtener los mismos de forma fraudulenta.

7.7. Presentarse bajo la identidad de otro compañero en cualquier actividad o evento del Centro Educativo o en cualquier lugar fuera de la institución.

7.8. Apropiarse indebidamente o dañar alguna de las pertenencias o instalaciones de la institución o de algún miembro de la comunidad educativa.

7.9. Portar cualquier clase de armas dentro o fuera del Plantel.

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7.10.Propiciar y participar en peleas callejeras entre los miembros de la comunidad en general o ser parte de pandillas o cualquier otro tipo de grupo que atente contra la moral e integridad de sus semejantes poniendo en riesgo el buen nombre del Gimnasio San Diego.

7.11.Retirarse sin justificación alguna del Plantel durante la jornada escolar, en las actividades programadas por el Centro Educativo o en aquellas en las que participe como representante del mismo actuando irresponsablemente y sin el debido consentimiento del docente o directivo, mediante el uso de cualquier recurso inadecuado.

7.12.Elaborar y/o distribuir cualquier tipo de escritos y/o propaganda que atente contra la moral, seguridad y dignidad de cualquiera de los miembros de la comunidad, o contra la buena imagen del Gimnasio San Diego.

7.13.Utilizar cualquiera de las dependencias y enseres de la institución para la escritura de signos y/o vocabulario vulgar, indecente y/o soez.

7.14. Intentar utilizar a terceros no autorizados por los padres de familia como acudientes cuando la institución requiera la presencia de los mismos.

Artículo 8: De la pérdida del cupo en el Centro Educativo:

8.1. Cuando a juicio del Consejo de Docentes o la Comisión de Evaluación y Promoción así lo determinen previo estudio del caso y agotado el debido proceso en los aspectos académicos y comportamentales.

8.2. Cuando el estudiante haya reprobado por segunda vez el mismo grado.

8.3. Cuando el estudiante haya reprobado el grado según lo dispuesto en el Artículo 53 del decreto 1860 de 1994.

8.4. Cuando los padres, acudientes o el estudiante manifiestan desagrado hacia la institución o la no aceptación de los estamentos y normas educativas.

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8.5. Cuando el acudiente o padre de familia no realice el proceso de matrícula dentro de las fechas estipuladas por la institución y se complete el cupo máximo de quince (20) estudiantes por aula.

8.6. Cuando los padres de familia y/o acudientes no realizan el acompañamiento del proceso escolar de los estudiantes e incumplen de manera reiterada con los deberes estipulados en el manual de funciones y procedimientos.

Parágrafo: De acuerdo con la disponibilidad de cupos y después de un estudio y análisis del aspecto académico y comportamental, el Director determinará la repitencia de los estudiantes solicitantes.Artículo 9: Evaluación y Promoción de los Estudiantes:

9.1. La evaluación de los estudiantes se realizará en los siguientes ámbitos:

-Internacional: El estado promueve  la participación de los estudiantes en pruebas de calidad de la educación frente a estándares nacionales.

– Nacional: El MEN y el ICFES realizarán pruebas censales para  monitorear la calidad de la educación en los establecimientos educativos con fundamento de los estándares básicos.

– Institucional: La evaluación del aprendizaje de los estudiantes realizada en los establecimientos de educación básica (Primaria nuestro caso) es el proceso permanente y objetivo para valorar el nivel de desempeño.

9.2. El Decreto 1290 del 16 de abril de 2.009 reglamenta  la evaluación del aprendizaje y la promoción de los estudiantes de los niveles de educación media y básica y omite la evaluación del aprendizaje en los niveles preescolar. El grado de preescolar se evalúa con el artículo 10 del decreto 2247 de 1997, donde no se reprueba, omitiendo la ceremonia de grado, siendo reducida únicamente a la clausura.

9.3. Son propósitos de la evaluación institucional:

Diagnosticar el estado  de los procesos de desarrollo del estudiante.

Asegurar el éxito del proceso educativo.

Identificar las características personales, los intereses, los ritmos y estilos de aprendizaje del estudiante para valorar sus avances.

Identificar dificultades, deficiencias para reorientar los procesos.

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Ofrecer oportunidades para aprender de la experiencia, implementando estrategias pedagógicas para apoyar a los estudiantes que presenten debilidades en sus desempeños.

Afianzar los aciertos y corregir los errores.

Aportar en nuevos planes de mejoramiento.

9.4. Definición de evaluación: El Centro Educativo Gimnasio San Diego fundamenta el concepto de evaluación como una acción permanente,  por medio de la cual se busca apreciar, estimar y emitir juicios sobre los procesos de desarrollo del estudiante,  haciendo posible por tanto el determinar cambios, avances, compromisos, desarrollo y consolidación del conocimiento y así mismo observar de esta manera hasta qué punto el estudiante se ha apropiado  de los estos, que habilidades y destrezas ha desarrollado, que actitudes y valores ha asumido,  como  se han consolidado en relación con los logros,  competencias y estándares propuestos.

Se caracteriza por ser investigativa, integral, humanizante, coherente, comunicativa, participativa, flexible, contextualizada. Conlleva al crecimiento cognitivo y al desempeño personal y social.

9.5. Criterios de evaluación:

Se  manejará los siguientes  criterios de evaluación:

1. Desarrollo cognitivo  (saber conocer ) 50%2. Desarrollo de procesos procedimentales ( saber hacer) 25%3. Desarrollo de procesos actitudinales(saber ser) 25%

Cada saber tendrá en cuenta los siguientes procesos:

Saber conocer:

Procesos de pensamiento. Generación de nuevos saberes. Construcción de competencias lecto-escritoras. Desarrollo del poder imaginativo. Investigación y comprobación del conocimiento y habilidades. Comprensión y aplicación del banco de preguntas de acuerdo al

desarrollo de los procesos.

Saber hacer:

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Aplicación del conocimiento en el actuar y convivir. Creatividad y autonomía en el desarrollo de actividades prácticas

sociales. Desarrollo de proyectos. Desarrollo de los procesos de  investigación. Capacidad para utilizar el saber en contextos específicos, para

interactuar con la realidad en la que vive,   para interpretarla, descubrirla, posibilitar su consolidación y transformación.

Planteamiento de criterios para nuevas propuestas.

Saber ser:

Sentido crítico del conocimiento. Proyección a la comunidad. Interiorización de valores Autonomía y liderazgo. Trabajo en equipo

9.6. Escala de Valoración:

La escala de valoración será de 1.0 a 5.0 con una unidad decimal ajustada a los parámetros emanados del MEN de la siguiente manera:

NIVEL MEN

NIVEL BAJO

NIVEL BÁSICO

NIVEL ALTO

NIVEL SUPERIOR

NIVELGSD

1.O A 2.9 3.0 A 3.9 4.0 A 4.5 4.6 A 5.0

9.7. De las estrategias de valoración integral de los desempeños de los estudiantes:

La metodología de la pregunta. El desarrollo de los procesos de pensamiento para construir

nuevos saberes. El desarrollo de proyectos de aula  para impulsar la investigación. El desarrollo de la capacidad lecto-escritora para comprender el

proceso lector y escritor como competencia comunicativa  transversal.

El desarrollo y aplicación de  las pruebas saber (De lograrse la educación continua hasta 5° grado y haciendo seguimiento respectivo de los estudiantes egresados).

La participación crítica en los diferentes contextos significativos.

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El desarrollo de procesos sicomotores. El desarrollo de habilidades prácticas sociales. El planteamiento de nuevas propuestas. La aplicación del conocimiento en el actuar y convivir. El desarrollo de la investigación. El desempeño idóneo frente a  la transformación de cualquier

realidad. La interiorización y práctica de valores. Los procesos socio afectivos y actitudinales. La apropiación de valores, la autonomía y toma de decisiones.

9.8. De las acciones de seguimiento:

Observación sistemática y asesoría por parte del docente. Seguimiento y control de los procesos. Implementación de nuevas estrategias. Desarrollo de actividades de apoyo. Diálogos Padres de Familia–Docente del área-Director de grupo. Utilización de monitores en el proceso de aprendizaje con sus

compañeros. Coordinación académica en el momento en que se requiera. Seguimiento y apoyo por parte de un profesional en el área de

psicología. Seguimiento y apoyo de la Comisión de Evaluación y Promoción.

Este proceso se hará en cada uno de los períodos.

9.9. Los procesos de auto-evaluación de los estudiantes son:

9.9.1.La auto-evaluación: Cada persona evalúa sus propias acciones, es decir cada uno valora su desempeño. Ésta impulsa la formación integral porque se logra aumentar la autoestima, despertar su sentido de responsabilidad y afianzar su autonomía. Las técnicas serán las siguientes:

Aplicación de técnicas de auto-corrección de pruebas y trabajos. Orientación a los estudiantes sobre la importancia que tiene para

su formación el saber valorar su propio desempeño con honradez, sinceridad y responsabilidad.

Realizar actividades que afiancen un clima de respeto y de confianza, donde  reconozcan sus propias capacidades, talentos, aciertos y desaciertos.

9.9.2.La co-evaluación: es la evaluación mutua que hacen los integrantes de un grupo. Es decir los estudiantes de un curso entre

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sí para determinar los avances en los procesos. Las técnicas que se aplicarán son las siguientes:

Realizar acciones que permitan lograr un clima de aceptación y confianza en donde prevalezca el respeto.

Inculcar que el propósito es lograr un reconocimiento mutuo de las propias capacidades o deficiencias con el fin de acordar estrategias de mejoramiento.

Iniciar con prácticas de valoración mutua. Aplicar técnicas de corrección recíproca en un grupo con base en

el diálogo.

9.9.3.La hétero-evaluación: es la evaluación que hace un sujeto del desempeño de otro u otros sujetos de manera unilateral. Puede hacerlo el docente o el Estado con las pruebas saber.

9.10.De las estrategias de apoyo para resolver situaciones pedagógicas:

Diagnóstico de la situación pedagógica pendiente. Aplicación de estrategias necesarias para resolver cada situación

pendiente. Análisis de la situación por parte del comité de evaluación. Los padres de familia y/o acudientes de los estudiantes que

presentan un bajo nivel de desempeño académico deberán acogerse al Acta de Compromiso proferida por el consejo académico en aras de brindar al estudiante desde casa las herramientas necesarias para superar las falencias presentadas.

Aquellos miembros de la comunidad educativa que presenten reiteradas faltas (leves o graves) estipuladas en el presente manual, podrán ser sancionados con un comparendo pedagógico que estipula la falta cometida y las acciones a seguir para enmendar la misma.

9.11.De las acciones que permitan garantizar que los docentes cumplan con el proceso evaluativo.

Creación de la Comisión de evaluación y promoción por niveles. Estas comisiones estarán integradas por representantes de los profesores, padres de familia y estudiantes.

Asesoría y acompañamiento de los procesos pedagógicos vigentes.

Seguimiento y orientación a los docentes en lo relacionado con la  verticalidad y horizontalidad de las mallas curriculares.

Revisión y Evaluación de los planes de mejoramiento.

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Evaluación y estímulo a los proyectos transversales y de aula  desarrollados por los docentes.

9.12.De la periodicidad  de entrega de informes a padres de familia.

Se entregarán 4 informes con referencia a los cuatro periodos de igual duración correspondiente al año escolar. En el cuarto informe se entregará la valoración parcial del periodo y adjunto tendrá el promedio de los cuatro periodos teniendo en cuenta un desempeño integral. En este informe final se fijará tanto la valoración numérica planteada por el Centro Educativo y su respectiva equivalencia de acuerdo a la escala nacional del MEN.

9.13.De la estructura de los informes:

El informe de evaluación de los estudiantes que se entregará a los padres de familia adoptará una escala mixta. Esta tendrá dos componentes: una cualitativa, que será expresada bajo el criterio de desempeño. Otra cuantitativa, que será expresada con la escala numérica institucional.

Adjunto a este informe se hará entrega del Observador del alumno en el cual se estipulan de manera detallada los avances y dificultades presentados por el estudiante durante el periodo escolar respectivo.

Parágrafo 1: El comportamiento y el cumplimiento y calidad de las tareas solo serán evaluados con un indicador de desempeño.

9.14. Instancias, procedimientos y mecanismos de atención y resolución de reclamaciones de padres de familia y estudiantes:

Se seguirá el conducto regular siguiente:

Docente de la asignatura. Director de grupo Coordinador Académico Comisión de Evaluación y Promoción Rector

9.15.De los mecanismos de participación de la comunidad educativa en la construcción del sistema de evaluación de los estudiantes:

• Aplicación de encuestas a estudiantes, padres de familia, docentes y directivos docentes.• Organización del consolidado final de las encuestas.

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• Estudio y análisis de documentos como: Decreto 1290 emanado del MEN y la  fundamentación epistemológica de la evaluación emanado de la Secretaria de Educación.• Revisión en el PEI de la Institución sobre la evaluación.• Construcción de la nueva propuesta.

9.16.Definición de los conceptos de la Escala de valoración:

Las definiciones de cada una de las escalas de valoración son:

Desempeño superior: cuando el estudiante maneja en forma eficaz  los tres saberes, es decir tiene la capacidad para resolver problemas complejos y proponer nuevas innovaciones.

Desempeño Alto: Cuando el estudiante  es capaz de argumentar, resolver problemas y aplicarlos.

Desempeño Básico: Cuando el estudiante enumera, enuncia y descubre.

Desempeño bajo: Cuando el estudiante no alcanza los desempeños mínimos.

Los tres desempeños determinan  un solo criterio de  idoneidad. Este  criterio de idoneidad o  desempeño tendrá una valoración según la escala.

De acuerdo a los avances y a los resultados de los estudiantes, el docente puede realizar asesorías y desarrollar estrategias de apoyo durante cada período del año lectivo que permitan superar los niveles de aprendizaje. No habrá recuperaciones en cada período.

Se entiende por estrategias de apoyo los refuerzos continuos, cambios de actitud, empleo de variadas actividades didácticas y lúdicas, consultas, videos, exposiciones, mapas conceptuales y mentales, que hace cada docente según el análisis de los desempeños en cada estudiante.

9.17.Promoción Escolar. Son Criterios de Promoción Escolar:

A.  Promoción: Se promueve al estudiante cuando en la valoración de los logros  tenga como mínimo 3.0  en todas las áreas.

B. Reprobación: Los estudiantes tendrán un desempeño bajo cuando al finalizar el año escolar no alcancen el 60% de los logros propuestos u obtengan una valoración inferior a 3.0.

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El estudiante reprueba el año escolar cuando:

B.1. En  la valoración de los logros tenga una nota inferior a 3.0 en tres asignaturas. Es decir en los 4 periodos el estudiante debe aprobar el 60% de los indicadores de desempeño de cada asignatura.

B.2. Pierda Matemáticas y castellano en dos años consecutivos.

B.3. Si al final del año pierde dos asignaturas y no las aprueba después de haber realizado las actividades de superación.

B.5. Si al final del año pierde dos asignaturas y no  aprueba una de ellas después de haber realizado las actividades de superación.

B.6. Si al final del año pierde una asignatura y no  la aprueba después de haber realizado las actividades de superación.

C. Promoción para educandos con necesidades especiales:

C1. Criterios: Se evaluarán teniendo en cuenta dos aspectos  fundamentales: la socialización y la comunicación. La evaluación se hará sobre el logro respectivo al periodo y a los alcances propuestos.

C2. Aspectos fundamentales a tener en cuenta al momento de evaluar:Los educandos con necesidades especiales no solo serán evaluados por el docente director de grupo, sino que se tendrá en cuenta el  concepto del psicólogo y de las entidades de rehabilitación mental y física que estén involucradas en el proceso de aprendizaje y terapéutico del estudiante.

C3. Calificación cuantitativa: Si el logro fue alcanzado (promedio igual o superior a 3.0) se colocará la calificación cuantitativa en la columna del informe “Logro alcanzado” o si se encuentra en proceso de serlo, se deberá poner en la columna del informe “logro en proceso” la calificación cuantitativa respectiva.

C4. Calificación cualitativa: El observador del alumno que se entregará adjunto al presente informe tendrá las mismas características del modelo utilizado con los demás estudiantes.

C5. Formato del Informe: Se realiza un boletín informativo especial en el cual se estipulen los requerimientos anteriores, por tanto, este boletín será similar al de los

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demás estudiantes pero con los cambios respectivos en la columna de valoración.

* El comportamiento y el cumplimiento y calidad de las tareas solo serán evaluados con un indicador de desempeño.

D. Reprobación por faltas de asistencia: Reprueban el año los estudiantes con el 20% de faltas de inasistencia de acuerdo a la intensidad horaria de cada área, sin justificar.Parágrafo 2: Cuando un estudiante no es promovido el cupo lo garantizará el Comité de evaluación y promoción teniendo en cuenta el proceso de seguimiento tanto académico como disciplinario.

9.18.De la promoción anticipada:

Durante el desarrollo del primer periodo, se promueve al estudiante que demuestre un rendimiento superior en su  desarrollo cognitivo, procedimental y actitudinal en el marco de las competencias básicas del grado que cursa. Esta promoción la determina el Comité de evaluación y promoción y si es aprobado el Consejo Directivo debe hacer un acta de esta promoción.

9.19.Creación de un sistema de evaluación de los estudiantes.

1. Definir el sistema de evaluación institucional de los estudiantes.

2. Socializar el sistema Institucional de evaluación con la comunidad educativa.

3. Aprobar el sistema Institucional de evaluación en sesión en el consejo directivo y consignación en el acta.

4. Incorporar el sistema Institucional de evaluación en el proyecto educativo Institucional articulándolo a las necesidades de los estudiantes, el plan de estudios y el currículo.

5. Divulgar el sistema Institucional de evaluación de los estudiantes a la comunidad educativa.

6. Divulgar los procedimientos y mecanismos de reclamaciones del sistema institucional de evaluación.

7. Informar sobre el sistema de evaluación a los nuevos estudiantes padres de familia y docentes que ingresen durante cada período escolar.

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Parágrafo 3: Cuando el establecimiento educativo considere necesaria la modificación del sistema institucional de evaluación  de los estudiantes, deberá seguir el procedimiento antes enunciado.

Artículo 10: Procedimiento Disciplinario;

El conducto regular para aplicar cualquier correctivo relacionado con el incumplimiento de los deberes o para encausar al estudiante a corregir sus faltas del orden académico o comportamental es el siguiente:

1. Docente del área o asignatura.2. Director de Grado.3. Coordinador.4. Comité de Convivencia Escolar.5. Consejo de Docentes.6. Director.

En caso de incumplimiento de deberes por causales p por causales de mala conducta de cualquier otro miembro de la comunidad educativa se procederá conforme a lo establecido en la Constitución Nacional, el Código de Procedimiento Pena y las leyes y decretos vigentes según lo amerite el caso.

Ante cualquier falta se utilizará previamente el dialogo para verificar las razones del estudiante, tratando de favorecer la reflexión para que se facilite la interiorización de los motivos por los cuales no se pueden aceptar ciertos comportamientos impropios de la convivencia social.

Parágrafo 1: el Comité de Convivencia Escolar estará integrado por:

1. Coordinador.2. Orientador escolar.3. Un docente por cada nivel de educación que ofrece el colegio

(Preescolar-Básica Primaria).4. Personero Estudiantil.

Parágrafo 2: Son funciones del Comité de Convivencia Escolar:

Analizar las faltas graves. Iniciar y desarrollar procesos comportamentales o de convivencia

según el caso. Respetar el debido proceso. Respetar el conducto regular.

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Dado el caso, si se llegase a presentar un conflicto de interés con cualquier miembro de la comisión, este debe declararse impedido y su reemplazo será nombrado mediante oficio por el Director.

1. Todo caso disciplinario o académico se tramitará por escrito en él, prevalecerá el diálogo y la conciliación y se analizara el comportamiento del estudiante además de aquellas situaciones que lo originan para que el correctivo sea satisfactorio.

2. Agotada la etapa de diálogo y conciliación se harán los cargos en concreto al estudiante para que proceda a explicar su conducta, si así lo desea, verbalmente o por escrito, aportando las pruebas documentales y/o solicitando testimonios sobre los hechos.

3. Términos de resolución de las acciones disciplinarias una vez asumido el caso:

Máximo dos (2) días para las del Docente de la asignatura. Máximo cuatro (4) días para las del Director de Grado. Máximo cinco (5) días para las de la Coordinación. Máximo cinco (5) días para las del Comité del Convivencia. Máximo cinco (5) días para las de la Dirección. Máximo quince (15) días para las del Consejo de Docentes.

Estos términos se duplicarán en cualquiera de los casos dada la circunstancia de que el estudiante requiera de asistencia y tratamiento Psicológico y/o Psiquiátrico.

4. En todo trámite adelantado por el Director de Curso, Coordinador, Director, Comisión de Convivencia y/o Consejo de Docentes, el estudiante deberá estar acompañado por cualquiera de sus padres o su acudiente.

5. Contra las decisiones tomadas en cualquiera de las actuaciones disciplinarias podrán interponerse los recursos de reposición ante quien la profirió, para que se ratifique, revoque, modifique, o aclare, y el de apelación ante el inmediato superior.

6. Conducto regular para el Recurso de Apelación:

Las decisiones tomadas por el Director de Grado serán apelables ante el Coordinador.

Las decisiones tomadas por el Coordinador serán apelables ante el Comité de Convivencia.

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Las decisiones tomadas por la Comisión de Evaluación y Promoción serán apelables ante el Consejo Académico.

Las decisiones tomadas por el Comité de Convivencia serán apelables ante la Dirección.

Las decisiones tomadas por el Consejo Académico serán apelables ante la Dirección.

Las decisiones tomadas la Dirección serán apelables en primera instancia ante el Consejo Directivo.

Las decisiones tomadas por el Consejo Directivo en segunda instancia no tendrán recurso alguno.

7. Toda decisión disciplinaria o académica podrá ser revocada por quien la dictó o por su superior inmediato, ya sea que esta sea abiertamente contraria a la ley o porque las circunstancias así lo ameriten.

8. El término para recurrir será de tres (3) días hábiles y para la resolución del recurso de reposición será de cinco (5) días hábiles.

Parágrafo 3: En los asuntos tramitados ante la Dirección o el Consejo Directivo, el estudiante deberá estar asistido por el Personero Estudiantil.

Artículo 11: Competencias y correctivos por el incumplimiento de los deberes de los Estudiantes:

11.1. Docentes:

1. Tres llamados de atención verbales.2. Citación al padre de familia o acudiente.3. Remisión al Director de Grado.

11.2. Directores de Grado:

1. Dos llamados de atención por escrito.2. Citación al padre de familia o acudiente.3. Remisión al coordinador.

11.3. Coordinador:

1. Dos observaciones por escrito.

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2. Citación al padre de familia o acudiente con firma de compromiso escrito entre el estudiante, el padre de familia y el Plantel.

3. Realización de actividades académicas y/o de convivencia especiales hasta por tres días cumpliendo la respectiva jornada escolar. Cualquiera sea el caso, el estudiante estará supervisado durante la realización de las mismas por el Coordinador.

4. Remisión al Comité de Convivencia o al Comité de Evaluación y Promoción.

11.4. Comité de Convivencia:

1. Citación al padre de familia o acudiente con presencia del estudiante.

2. Acta de compromiso comportamental.3. Realización de actividades sociales y de convivencia hasta por tres

(3) días. Estos deben ser difundidos en los actos que se realicen en la comunidad escolar.

4. Remisión a Rectoría.

11.5. Rector:

1. Citación al padre de familia o acudiente.2. Realización de actividades sociales y de convivencia hasta por tres

(3) días.3. Suspensión del estudiante de la actividad académica hasta por

tres (3) días mediante resolución motivada.4. Firma del acta de compromiso.5. Retiro de la institución mediante la resolución, previo visto bueno

de la Junta Directiva de la Asociación de Padres de Familia.

11.6. Consejo Directivo:

Sirve de segunda instancia para resolver las resoluciones apeladas expedidas por rectoría.

En todos los casos se debe dejar constancia, según el caso, en el observador del estudiante a cargo del Director de Grado, en las observaciones de Coordinación y se emitirán las respectivas resoluciones en rectoría en casos de:

Suspensión. Matrícula en Observación. Acta de Compromiso. Retiro del Centro Educativo.

Artículo 12: Proceso disciplinario por causa de mala conducta:

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El proceso disciplinario establecido por causales de mala conducta, será conforme a lo establecido en la Ley de Infancia y Adolescencia del 16 de Agosto de 2006 y de competencia directa del Rector como representante legal del Centro Educativo Gimnasio San Diego.

El proceso disciplinario cuando se trate de un miembro de la comunidad educativa mayor de edad, será de acuerdo a lo contemplado en el Código de Procedimiento Penal (Ley 734/2002) de acuerdo con la gravedad de la falta y los criterios para el manejo de las situaciones por parte de los Directivos Docentes.

Todos los docentes deberán velar permanente por la integridad física de los estudiantes, en especial de aquellos que están a su cargo y/o en cumplimiento de los turnos de disciplina que esté ejerciendo.

CAPÍTULO IIDE LOS DOCENTES

Artículo 13: Derechos de los Docentes:

Los derechos de los docentes y demás funcionarios están consagrados en los derechos fundamentales que establece la Constitución Política de Colombia, el Estatuto Docente, la Ley General de Educación, la Ley 715/2001 y el Código Laboral, el Derecho Administrativo entre otras legislaciones vigentes.

El Centro Educativo Gimnasio San Diego establecerá estímulos para quienes se destaquen de manera positiva en el cumplimiento de sus deberes.

Artículo 14: De los Deberes de los Docentes:

1. No fumar dentro de las instalaciones del Colegio.

2. Conocer y cumplir los acuerdos consignados en el Manual de Convivencia.

3. Ser ejemplo para sus alumnos en toda circunstancia y lugar.

4. Velar por el cumplimiento de las normas y disposiciones que contempla el presente Manual de Convivencia.

5. Respetar a sus compañeros, alumnos y demás personas de la comunidad educativa.

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6. Inculcar y afianzar en los alumnos valores morales propios del buen ciudadano.

7. Cumplir con las citas con el (los) padre(s) de familia en el horario establecido.

8. Darle a conocer a los alumnos los logros básicos del mismo, al iniciar cada periodo escolar y su respectiva forma de evaluación.

9. Participar en las actividades curriculares y complementarias programadas por el colegio.

10. Inculcar en los alumnos, con su testimonio, el amor por la vida, la libertad, la ciencia y la convivencia social.

11. Cumplir con las actividades programadas en el cronograma de actividades.

12. Propiciar la unidad de criterios en la formación de valores, niveles de desempeño y rendimiento escolar de los alumnos a su cargo.

13. Cumplir responsablemente con el acompañamiento en descansos, aseo, transporte, salidas pedagógicas, jornadas culturales y deportivas, convivencias, retiros y demás actividades programadas por el colegio.

14. Cumplir la jornada laboral y dedicar la totalidad del tiempo reglamentario a las funciones propias de su cargo.

15. Presentarse en óptimas condiciones para el desempeño de su labor educativa.

16. No comprometer a los estudiantes con exigencias materiales de índole moral.

17. Tratar con dignidad y sigilo los asuntos que puedan atentar contra el buen nombre del colegio.

18. Respetar los derechos de todas las personas y evitar comentarios en contra de su honra.

19. Dar un trato justo y equitativo a sus alumnos.

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20. Asignar trabajos de refuerzos, actividades complementarias y actividades de profundización a los alumnos, con relación al cumplimiento de sus logros académicos.

21. Ajustarse al sistema de evaluación institucional permitiendo establecer logros y dificultades en el proceso de formación de los estudiantes.

22. Programar con el Coordinador el trabajo de los estudiantes en caso de ausencia justificada.

23. Entregar el resultado de la evaluación a los alumnos en los siguientes 8 días hábiles.

Artículo 15: Funciones de los Docentes:

1. Programar, asignar, controlar y evaluar en los estudiantes los trabajos prácticos y de investigación, los cuales ayudarán a profundizar y/o ampliar lo aprendido en clase, teniendo en cuenta que estos deben estar al alcance de sus capacidades.

2. Mantener el orden y la disciplina durante la clase, informando oportunamente a la instancia correspondiente, las irregularidades que se presenten.

3. Rendir los informes disciplinarios y/o académicos solicitados por el coordinador respectivo.

4. Escuchar, analizar y solucionar, en primera instancia las dificultades académicas y/o disciplinarias de los alumnos.

5. Responder por el uso adecuado de los equipos y materiales confiados a su manejo.

6. Guardar absoluta reserva sobre todos los asuntos que sean de su conocimiento, por razón de su oficio.

7. Conocer y aplicar el contenido del manual de convivencia en el trato diario con los demás miembros de la comunidad educativa.

8. Ser ejemplo para sus alumnos en toda circunstancia y lugar dando validez al manual de convivencia escolar.

9. Responsabilizarse de las horas de clase y de actividades escolares a su cargo.

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10. Promover relaciones cordiales y respetuosas con todos los miembros de la comunidad educativa.

11. Brindar información veraz y oportuna sobre el rendimiento escolar y disciplinario de sus estudiantes cuando así lo quieran los acudientes de acuerdo con los horarios establecidos en el colegio para tal efecto.

12. Aceptar la asignación de director de grupo.

13. Dar un trato justo y equitativo a los alumnos sin evidenciar preferencias.

14. Presentar en las fechas indicadas los registros de alumnos como planillas de seguimiento, diario de campo, observador del alumno, planeación general, control de asistencia y otros.

15. Informar a los alumnos de los resultados de las evaluaciones periódicas antes de pasarlas a las planillas definitivas a fin de atender los posibles reclamos.

16. Cumplir con el horario establecido para la jornada de trabajo.

17. Programar el trabajo de los estudiantes en caso de ausencia justificada para evitar indisciplina y pérdida de tiempo.

18. Participar activamente de las actividades complementarias organizadas por la comunidad educativa.

19. Participar activamente en la formación de los alumnos, Remitiendo oportunamente los casos especiales a la instancia correspondiente para el adecuado tratamiento del mismo.

20. Mantener y fomentar la comunicación entre todo el cuerpo docente, con el fin de propiciar la unidad de criterios en la formación de valores, niveles de desempeño rendimiento escolar de los alumnos a su cargo.

21. Estimular a los alumnos a aprender, a partir de sus logros y progresos superando sus dificultades y fallas.

22. Asistir a las reuniones de planeación, capacitación y de profesores programadas por la institución.

23. Planear sus clases y actividades de acuerdo con las orientaciones y normas del Ministerio de Educación Nacional y la filosofía y misión de la institución.

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24. Preparar bien su clase y proveerse de material didáctico necesario.

25. Ser un permanente investigador del acontecer pedagógico, legislativo, apropiándose de nuevos saberes y herramientas del acto educativo.

26. Estimular el desarrollo intelectual de los alumnos, utilizando recursos de la pedagogía para tener una educación integral.

27. Acompañar los grupos que transitoriamente queden solos y dicha misión se le encomiende.

29. Cumplir con el compromiso de acompañamiento que le corresponda, aplicando los correctivos pedagógicos necesarios.

30. Mantener el aseo del aula y acompañar su realización a la última hora de clase..31. Participar en la elaboración y desarrollo del P.E.I

32. Manejar éticamente: notas, evaluaciones y decisiones tomadas a nivel académico y/o disciplinario.

33. Solidarizarse oportunamente con los compañeros y alumnos en los momentos requeridos.

34. Diligenciar con pulcritud y entregar en las fechas indicadas para su revisión y control, los libros reglamentarios, planillas, actas, informes, observador, diario de campo y cualquier otra papelería requerida en el trabajo como docente.

35. Atender las indicaciones del coordinador académico y disciplinario sobre métodos, procedimientos, intensidad de la materia, tareas y demás que le formulen para mejorar la marcha del colegio.

36. Justificar debidamente las ausencias a eventos institucionales.

37. Representar a la institución en eventos fuera de la institución educativa.

38. Hacer adecuado uso del conducto regular, para el manejo de diferentes situaciones con cada miembro de la comunidad educativa.

39. Desempeñar con diligencia las funciones que le sean asignadas, al interior de comisiones o grupos de trabajo institucionales.

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40. Ser leal y coherente en su desempeño, de acuerdo con los principios y políticas institucionales. 41. Atender las indicaciones dadas por su jefe de núcleo y/o coordinador de proyectos pedagógicos.

42. Impartir conocimientos claros, actualizados y acordes con los intereses y necesidades de los alumnos, alumnas y medio social.

43. Generar espacios de reflexión permanente, para el análisis de las situaciones cotidianas que forman parte importante del proceso institucional.

44. Mantener una actitud crítica, reflexiva y observadora sobre los diferentes procesos que se desatan al interior del colegio.

45. Conocer y aplicar el conducto regular en la solución de situaciones presentadas.

46. Analizar y discutir con los estudiantes el manual de convivencia de la institución.

47. Conocer, asumir y comprometerse vivencialmente con la filosofía del colegio.

48. Demostrar ante sus alumnos competencia académica y formación pedagógica.

49. Colaborar activamente en todas las fiestas cívicas y culturales que se programen y requieren de su aporte y presencia.

50. Llegar puntualmente al establecimiento y salón de clase.

51. Mantener un sistema de evaluación permanente y de tipo cualitativo, que permita establecer los logros y dificultades del proceso de formación de los estudiantes.

52. Mantener disposición para recibir y buscar capacitación, con el fin de estar actualizado y mejorar su calidad como formador de personas.

53. Diseñar, ejecutar y evaluar programas y proyectos, orientados a lograr la integración y la convivencia armónica en los diferentes estamentos de la comunidad educativa.

54. Las demás que le sean asignadas encaminadas al mejoramiento institucional.

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Artículo 16: Funciones de los Directores de Grado:

1. Participar en la organización y administración del alumnado teniendo en cuenta sus condiciones socioeconómicas y características personales.

4. Ejecutar el programa de inducción de los alumnos del grupo, confiados a su dirección.

5. Ejecutar acciones de carácter formativo y hacer seguimiento de sus efectos en los estudiantes.

6. Orientar a los alumnos en la toma de decisiones sobre su comportamiento y aprovechamiento académico.

7. Dar a conocer a los diferentes estamentos, el manual de convivencia de la institución; promover su actualización constante con el aporte y participación de todos.

8. Promover el análisis de las situaciones conflictivas de los alumnos y lograr en coordinación con otros estamentos, la solución más adecuada.

9. Establecer y mantener la comunicación permanente con los docentes y padres de familia, para coordinar la acción educativa.

10. Diligenciar oportunamente las fichas de registro, control y seguimiento de los alumnos del grupo a su cargo.

11. Colaborar en todas y cada una de las actividades programadas por la institución.

12. Velar por la elaboración y conservación de los enseres y elementos decorativos en el aula de clase.

13. Estar presente en las reuniones de padres de familia y rendirle informes sobre la marcha general del grupo y cada uno de los alumnos.

14. Planear, acompañar, dirigir e incentivar el “Plan de Aula”.

15. Acompañar y dirigir a su grupo en las actividades comunitarias.

16. Rendir periódicamente informes de las actividades programadas y realizadas a la coordinación académica y de disciplina.

17. Cumplir además de las funciones propias de su cargo, con la asignación académica que se le asigne.

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18. Asesorar a su grupo cuando no tenga profesor.

19. Recibir y registrar las excusas de los estudiantes y dar aviso al coordinador.

20. Procurar la buena presentación de los alumnos de su grupo.

21. Cultivar en su grupo relaciones de amistad, respeto y solidaridad, y de igual forma con los otros grupos.

22. Motivar la participación en comisiones de aseo, ecológicas, ornamentales, de cruz roja y otros, teniendo en cuenta las características de su grupo y compromiso personal.

23. Presentar al coordinador académico la lista de los materiales requeridos para elaborar la decoración del salón.

24. Velar por el buen nivel académico de los estudiantes.

25. Asumir responsablemente y cuando le corresponda (periodos de un mes) la función de Docente de Apoyo Disciplinario.

26. Velar como Docente de Apoyo Disciplinario por el mantenimiento de los elementos de aseo en los baños, la recepción y despedida en la puerta de los estudiantes, el aseo, buen uso y disciplina de los estudiantes en el área de recreación durante las horas de receso o descanso.

Artículo 17: Prohibiciones:

1. Las consignadas en el decreto 2277 de 1979 artículo 45, a los docentes les está prohibido abandonar o suspender sus labores injustificadamente o sin previa autorización.

2. Aquellas enunciadas en el Código Disciplinario Único (Ley 734/2002-Artículo 35).

3. Las acordadas con las directivas de la institución:

a. Ausentarse del colegio por uno o más días sin previo permiso escrito y/o incapacidad.

b. Presentar los permisos sin su respectiva justificación.

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c. Traer niños ajenos niños, manualidades y/o trabajos externos entro otras ocupaciones y/o compromisos que ocupen el tiempo del maestro e interrumpa las clases de su jornada laboral.

d. A iniciar clases sin la previa presentación, revisión y aprobación del planeador semanal ante la oficina de Coordinación.

e. Enviar a los estudiantes fuera del establecimiento educativo o cualquier otra disposición hacia los mismos que ponga en riesgo la integridad física y/o moral del mismo.

Artículo 18: Estímulos para Docentes:

El Gimnasio San Diego otorgará el reconocimiento Docente del Año al finalizar el año lectivo acorde a los parámetros determinados por las Directivas de la Institución a aquel(los) docente(s) que se destaque(n) por su sentido de pertenencia y el cumplimiento integral de sus deberes y funciones que permitan la mejora continua de la institución.

Este reconocimiento será otorgado en la ceremonia de clausura del año lectivo escolar por un delegado de las directivas del centro educativo y anunciado ante todos los presentes a la misma.

CAPÍTULO IIIDE LOS PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES

El perfil del estudiante que deseamos formar y del ciudadano nuestra sociedad necesita, sólo será posible de lograr si se cuenta con la participación y el compromiso de padres de familia y/o acudientes cuyos patrones de comportamiento y actitudes sean acordes con las características presentadas por la nuestro Centro Educativo Gimnasio San Diego.

Para desarrollar y promover un espíritu pedagógico que ilumine la formación integral dentro de la perspectiva humanista y espiritual, personalizante y comunitaria como objetivo primordial de la educación del Gimnasio San Diego; la actitud educadora de los padres de familia ocupa un lugar de primer orden.

La acción de los padres de familia es un elemento inherente, imperativo y decisivo en la acción educadora de nuestro plantel; la manifestación

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de su acción debe sentirse dentro y fuera del colegio apoyando el quehacer pedagógico adelantado día a día por el Gimnasio San Diego.

Artículo 19: Derechos de los Padres de Familia y/o Acudientes:

Además de estar cobijados todos los contemplados en el artículo 7 de la Ley General de Educación, los padres de familia y/o acudientes tienen derecho a:

Derecho a obtener información oportuna acerca del P. E. I. y muy especialmente del Manual de Convivencia.

Derecho a solicitar explicaciones claras y precisas sobre el rendimiento escolar y el comportamiento de sus hijos.

Derecho a recibir atención oportuna en forma cortes y efectiva para esclarecer inquietudes sobre los procedimientos referentes a sus hijos por parte de los miembros de la comunidad educativa.

Derecho a participar en la planeación, ejecución y evaluación del P.E. I. de acuerdo con los mecanismos que se estipulen para ello.

Derecho a elegir y ser elegido en igualdad de condiciones al Consejo de Padres, Consejo Directivo y Junta Directiva de Asociación de Padres.

Derecho a presentar sugerencias o proyectos tendientes a mejorar el proceso formativo de sus acudidos y la buena marcha de la institución.

Derecho a participar en la evaluación institucional.

Derecho a recibir, con no menos de dos días, las citaciones, circulares y boletines en donde se informe sobre compromisos con la institución, salvo en casos de fuerza mayor o caso fortuito.

Artículo 20: Deberes de los Padres de Familia y/o Acudientes:

Además de los deberes contemplados en la Ley de Infancia y Adolescencia del 29 de agosto de 2006 en el cual se establecen obligaciones de los padres de familia y/o acudientes, los padres de familia y/o acudientes del Gimnasio San Diego deben:

Debe orientar y supervisar la realización de las tareas escolares por parte de sus hijos después del horario de clase.

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Debe brindar amor y atención a sus hijos ayudándoles a superar las dificultades propias de su edad.

Debe suministrar a los hijos las experiencias, valores y medios que garanticen su educación integral y contribuyan a su adecuado comportamiento y rendimiento académico.

Debe apoyar las acciones educativas que el colegio realice con el fin de cualificar el proceso de formación de sus hijos y de la comunidad.

No debe fumar en las instalaciones del colegio ni en sus alrededores.

Debe participar en forma obligatoria de todos los programas de formación de padres que brinde el Gimnasio San Diego para cumplir adecuadamente la tarea educativa que les corresponde.

Debe responder por los daños ocasionados por sus hijos a los materiales de sus compañeros y/o del plantel y sus instalaciones.

Debe cumplir dentro de los plazos fijados (los 5 primeros días del mes en vigencia) con los compromisos económicos (Pensión) adquiridos en el momento de matricular a sus hijos en el plantel. De no efectuarse los pagos en el mes, el padre de familia deberá cancelar un recargo por mora.

Al momento de la matrícula, debe adquirir para sus hijos un seguro de accidente obligatorio por cada año lectivo en que se matricule.

Debe solicitar cita para ser atendido por el docente y cumplir con la misma dentro de los horarios establecidos.

Debe entregar un documento de identificación para ingresar al establecimiento educativo.

Debe acudir oportunamente a todos los llamados hechos por el Centro Educativo y responder fielmente por los compromisos contraídos con la misma; de no ser así se suspenderá a su hijo hasta tanto cumpla con dicha citación.

Debe justificar personalmente y por escrito, ante quien corresponda, los retrasos forzosos o inasistencias de sus hijos al plantel.

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Debe enviar oportunamente los recibos de pago de pensiones, para el control respectivo.

Debe mantenerse en contacto con la institución para hacer el seguimiento del rendimiento escolar y el comportamiento de sus hijos.

Debe asistir a las entregas oficiales de evaluaciones, reuniones y asambleas programadas por la institución.

Debe adecuarse a la normatividad establecida para los servicios de cafetería, restaurante, transporte o cualquier otro servicio extraescolar que pueda ofrecer la institución.

Debe informar oportunamente al plantel acerca de la desvinculación de su hijo a la E.P.S.

Debe tener un trato respetuoso y cortés, con todos los miembros de la comunidad educativa.

Debe presentar al momento de la matricula los documentos exigidos por el Gimnasio San Diego para dicho procedimiento.

Al momento de la matrícula, el padre de familia y/o acudiente debe cancelar los otros cobros periódicos, autorizados por la Secretaría de Educación Departamental para la participación de su hijo en los diferentes eventos lúdico-pedagógicos programados por el Gimnasio San Diego en su cronograma anual.

Artículo 21: Compromisos de los padres de familia:

Los contemplados en la Constitución Política de Colombia, la Ley de Infancia y Adolescencia, la Ley General de Educación y demás normas legales vigentes.

Para el Gimnasio San Diego, el padre de familia es el directo responsable de la formación integral de sus hijos y es el modelo a seguir que tiene el estudiante. Los padres de familia son realmente sus primeros educadores.

La armonía y el buen ambiente familiar propician el aprendizaje de los estudiantes de los valores morales y los principios que guían por buen camino su vida.

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Los siguientes son los compromisos de los padres de familia y/o acudientes del Gimnasio San Diego:

Cuando el estudiante no asista al colegio el padre de familia y/o acudiente esta en la obligación de presentarse para justificar la ausencia dentro de los tres (3) días hábiles siguientes ante el Coordinador o en su ausencia, ante el Director de Grado.

Supervisar las actividades extra-clase (tareas, entre otras) asignadas a su hijo(a) o acudido(a).

La labor en la supervisión de las actividades extra-clase (tareas, entre otras) asignadas a su hijo(a) o acudido(a) consiste únicamente en la orientación y revisión final de la misma, excepto si el enunciado del trabajo indica lo contrario.

Informar oportuna y personalmente ante las personas competentes del Centro Educativo acerca de las anomalías que se estén presentando dentro o fuera del Plantel (estas últimas que tengan implicación con el colegio) ya sean de orden académico y/o comportamental de cualquiera de los miembros de la comunidad educativa.

Cumplir con el deber Constitucional y legal de ser el responsable de la educación de su hijo(a) o acudido(a) junto al estado y la sociedad.

Asistir oportunamente a las citaciones o requerimientos a los que el Plantel convoque a través de su hijo(a) y/o acudido(a).

Propiciar la convivencia pacífica dentro y fuera del Colegio en términos de respeto, tolerancia y buenas costumbres con todos los miembros de la comunidad educativa.

Participar de manera activa y democrática en los Organismos de Gobierno Escolar en forma responsable y con sentido de pertenencia y en cada una de las actividades que requieran su presencia en bien de la formación de su hijo(a) y/o acudido(a) o del desarrollo institucional.

Cumplir a cabalidad con todos y cada uno de los requisitos de matrícula y firmar la misma, comprometiéndose a cumplir con lo estipulado en el presente Manual de Convivencia y demás normas legales vigentes en bien de la formación y educación integral de su hijo(a) y/o acudido(a).

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Cumplir oportunamente dentro de los tiempos establecidos por el Plantel con las obligaciones económicas propias de la educación privada que ofrece nuestro Centro Educativo (Costos de Matrícula, Seguro Estudiantil, Carnet Estudiantil, costos de papelería, Otros cobros periódicos, Pensiones y demás a que haya lugar y que sean autorizados por los organismos competentes).

Es deber primordial del padre de familia y/o acudiente dar trato de respeto, consideración, tolerancia y justicia de su hijo(a) y/o acudido(a), sopena de ser denunciado por la institución ante la autoridad competente de comprobarse maltrato infantil y/o abuso sexual o cualquiera de los demás derechos del menor que consagran las leyes vigentes.

Artículo 22: Estímulos a padres de familia:

El Gimnasio San Diego otorgará el reconocimiento Familia San Diego el año lectivo acorde a los parámetros determinados por las Directivas de la Institución a aquel(los) padres(s) de familia que se destaque(n) por su sentido de pertenencia, el cumplimiento integral de sus deberes y colaboración activa y constante que permitan la mejora continua de la institución.

Este reconocimiento será otorgado en la ceremonia de clausura del año lectivo escolar por un delegado de las directivas del centro educativo y anunciado ante todos los presentes a la misma.

CAPÍTULO IVTARIFAS EDUCATIVAS

Artículo 23: Las tarifas educativas del Centro Educativo Gimnasio San Diego deben ajustarse a lo estipulado a la resolución anual emanada de la Secretaría de Educación Departamental.

Para el año 2013, según resolución 6027 del 30 de noviembre del año 2012 cataloga al Gimnasio San Diego en el Régimen Controlado para el concepto de tarifas educativas.

En dicha resolución se aprueban los siguientes cobros:

Nivel Matrícula (Anual hasta por)

Pensión (Mensual hasta por)

Preescolar $152.000. $152.000.Básica Primaria $152.000. $152.000.

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Así mismo estipula que los cobros periódicos (Alimentación, transporte, alojamiento u otros) de los servicios que ofrezca la institución son de voluntaria aceptación por parte de los padres de familia.

De igual manera fija los otros cobros periódicos del año 2014 (uso de material y equipos didácticos, Manual de Convivencia y Salidas y Actividades Pedagógicas) hasta la suma de $160.000=

Por tanto, dando cumplimiento a lo anterior, el Gimnasio San Diego ofrece su servicio con los siguientes costos:

Nivel Matrícula (Anual)

Pensión (Mensual)

Horario Extendido(Mensual)

Otros Cobros Periódicos

(Anual)Preescolar $155.000. $155.000. $25.000. $210.000.Básica Primaria

$155.000. $155.000. $25.000. $210.000.

Los Certificados de Estudio, Paz y Salvo y copia extra de boletines tienen un costo de cinco mil pesos m/cte.($5.000) cada uno.

La matrícula es el valor que cancelan los padres de familia una vez al año en el momento de formalizar o renovar la vinculación del alumno al servicio educativo que ofrece el colegio. Corresponde al valor de una mensualidad.

La pensión es el valor anual que pagan los padres de familia de la institución para que el alumno tenga derecho a participar en el proceso formativo, en el respectivo año escolar. El pago se hará en diez (10) cuotas mensuales (iniciando en febrero y finalizando en noviembre) para ser cancelada en los diez (5) primeros días de cada mes vigente, en las oficinas de la institución presentando a su vez el talonario de pagos entregado al momento de la matrícula.

CAPÍTULO VDEL GOBIERNO ESCOLAR Y ORGANISMOS DE PARTICIPACIÓN

Artículo 24: El Consejo Directivo:

El Consejo Directivo se constituye de acuerdo a los lineamientos estipulados en el artículo 21 del decreto 1860/94, por lo que deben ser integrantes del Consejo Directivo los siguientes miembros:

El Rector. Dos representantes de los profesores.

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Dos representantes de los Padres de Familia. Un representante de los estudiantes del último grado ofrecido. Un representante de los ex alumnos. Un representante del sector productivo de la comunidad.

La Naturaleza del Consejo Directivo, como instancia directiva, es de participación de la comunidad educativa y de orientación académica y administrativa de la institución.

Se establecen como funciones del Consejo Directivo, en concordancia con el decreto 1860/94, las siguientes:

a. Establecer las diferentes normas que permitan o regulen el funcionamiento del Consejo Directivo, en beneficio de la Institución.

b. Determinar los requisitos que debe poseer un aspirante para ser miembro del Consejo Directivo.

c. Asignar las funciones que debe cumplir y realizar cada integrante, como miembro del Consejo Directivo.

d. Reconocer cada uno de los criterios por los cuales se fundamenta y se constituye el Consejo Directivo.

e. Nombrar comisiones de carácter académico, administrativo, cultural y recreativo que contribuyan al buen funcionamiento de la Institución

f. Tomar las decisiones que afectan el funcionamiento de la institución, exceptuando las que sean competencia de otra autoridad.

g. Servir de instancia para resolver los conflictos que se presenten entre docentes y administrativos, con los estudiantes del Colegio, después de haber agotado los procedimientos previstos en el Manual de Convivencia.

h. Adoptar el Manual de Convivencia y demás reglamentos que han de regir en la Institución.

i. Fijar los criterios para la asignación de cupos disponibles para la admisión de nuevos alumnos.

j. Asumir la defensa y garantía de los derechos de toda la comunidad educativa, cuando alguno de sus miembros se sienta lesionado.

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k. Participar en la planeación y evaluación del Proyecto Educativo Institucional, del currículo y del plan de estudios y someterlos a la consideración de la secretaría de educación respectiva o del organismo que haga sus veces, para que verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley.

l. Estimular y controlar el buen funcionamiento del Colegio.

m. Establecer estímulos y sanciones para el buen desempeño académico y social del estudiante, que han de incorporarse al manual de convivencia. Las sanciones establecidas no podrán ser contrarias a la dignidad del estudiante.

n. Participar en la evaluación de los docentes, directivos docentes y personal administrativo de la institución.

o. Recomendar criterios de participación del Colegio de actividades comunitarias, culturales, deportivas y recreativas.

p. Establecer el procedimiento para permitir el uso de las instalaciones en la realización de actividades educativas, culturales, recreativas y sociales de la comunidad educativa Gimnasio San Diego.

q. Promover las relaciones de tipo académico, deportivo y cultural con otras instituciones educativas, y la conformación de organizaciones estudiantiles.

r. Fomentar la conformación de asociaciones de padres de familia y estudiantes.

s. Reglamentar los procesos electorales. Previstos en el Decreto1860/94.

t. Las demás funciones propias de su carácter de administrador de los fondos de servicios docentes, siempre y cuando no estén asignadas a otro órgano del gobierno escolar o a otra autoridad.

Artículo 25: El Rector:

El rector es el representante legal del Centro Educativo Gimnasio San Diego, además de las funciones señaladas en el artículo 10 de la ley 715/2001 y en el Manual de Funciones y Procedimientos tendrá que:

1. Dirigir la preparación del Proyecto Educativo Institucional (PEI) permitiendo la participación de los distintos miembros de la comunidad educativa.

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2. Presidir el Consejo Directivo y el Consejo Académico del Plantel y coordinar los distintos órganos del Gobierno Escolar.

3. Representar el establecimiento ante las autoridades educativas y la comunidad escolar.

4. Formular planes anuales de acción, mejoramiento y calidad y dirigir la ejecución de los mismos.

5. Dirigir el trabajo de los equipos docentes y establecer las acciones necesarias para el logro de la misión, visión y los objetivos propuestos por el Centro Educativo Gimnasio San Diego.

6. Realizar el control sobre el cumplimiento de las funciones correspondientes al personal docente y administrativo y reportar las posibles irregularidades o novedades del personal ante el organismo competente.

7. Administrar el personal asignado al plantel en lo relacionado a las licencias y permisos.

8. Participar en la elaboración, definición y diseño de perfiles para la selección del personal docente y su selección definitiva.

9. Distribuir las cargas académicas y demás funciones de docentes, directivos docentes y administrativos a su cargo de conformidad con la normatividad vigente.

10. Realizar la evaluación anual de desempeño de los docentes y directivos docentes a su cargo.

11. Imponer las sanciones disciplinarias del sistema de control interno disciplinario de conformidad de las normas vigentes.

12. Generar estrategias de capacitación y difusión en las diferentes políticas escolares y estrategias educativas de vanguardia.

13. Suministrar la información oportuna y veraz a las dependencias jurídicas, gubernamentales y demás entes de control educativo de acuerdo con los requerimientos de ley.

14. Responder por la calidad de la prestación del servicio educativo de la institución.

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15. Rendir un informe al Consejo Directivo del Centro Educativo al menos cada seis (6) meses.

16. Administrar correctamente los recursos que le sean asignados.

17. Publicar en un lugar público y visible y coordinar la distribución de la información concerniente al horario escolar entre los miembros del Plantel que así lo requieran.

18. Las que le sean asignadas por el propietario o los estamentos escolares.

19. Las demás que le asigne por la ley.

Artículo 26: El Consejo Académico:

El Consejo Académico se constituye de acuerdo a los lineamientos estipulados en el artículo 24 del decreto 1860 de 1.994, por el cual deben ser integrantes del Consejo Académico, los siguientes miembros:

Rector. Coordinador(es). Representante docente del ciclo preescolar. Representante docente del ciclo Básica Primaria.

La naturaleza del Consejo Académico es en absoluto de tipo académico y asesor del Consejo Directivo.

Se establecen como funciones del Consejo Académico en concordancia con el decreto 1860 de 1.994 las siguientes.

a. Servir de órgano consultor del Consejo Directivo en la revisión de propuestas del Proyecto Educativo Institucional.

b. Estudiar el currículo y propiciar su continuo mejoramiento, introduciendo las modificaciones y ajustes, de acuerdo con el procedimiento previsto en el presente decreto.

c. Organizar el plan de estudios y orientar su ejecución.

d. Participar en la evaluación institucional anual.

e. Integrar los consejos de docentes para la evaluación periódica del rendimiento de los estudiantes y para la promoción, asignar sus

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funciones y supervisar el Sistema Institucional de Evaluación y Promoción.

f. Liderar la orientación pedagógica del establecimiento.

g. Recibir reclamos sobre aspectos de la práctica evaluativa por parte de los estudiantes o cualquier miembro de la Comunidad Educativa.

h. Sugerir oportunamente los materiales didácticos y medios auxiliares que faciliten y potencialicen el proceso de enseñanza.

i. Las decisiones del Consejo Académico se emitirán mediante acuerdos y/o comunicado oficial escrito previa aprobación del mismo.

j. Las demás funciones afines o complementarias con las anteriores atribuidas en el P.E.I.

Artículo 27: El Personero Estudiantil:

En todo establecimiento educativo se elegirá el personero de los estudiantes para el cumplimiento de las funciones establecidas en el decreto 1860 de 1994 en el artículo 28, como organismo de defensoría de los derechos de los alumnos.

“El personero de los estudiantes será un alumno que curse él último grado que ofrezca la institución, encargado de promover el ejercicio de los deberes y derechos de los estudiantes consagrados en la constitución política, las leyes, los reglamentos y el manual de convivencia.

El personero de los estudiantes será elegido dentro de los treinta días siguientes al de iniciación de clases de un periodo anual. El ejercicio del cargo en incompatible con el representante de los estudiantes ante el consejo directivo”

PROCEDIMIENTO PARA LA ELECCIÓN DEL PERSONERO DE LOS ESTUDIANTES

1. En la segunda semana después de iniciado el año escolar, se realizará con el último grado ofrecido por el Centro Educativo una reunión donde se compartirá la reglamentación que legaliza y obliga la elección del personero, además de las características que debe tener todo candidato y el proceso que desde la constitución se lleva para la elección de un candidato. Después de la reunión se procederá a levantar un acta donde figuren los candidatos que

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cumplen con el perfil exigido y que se lanzarán a la elección escolar.

2. A cada uno de los candidatos se le exigirá un programa de gobierno por escrito, para su elaboración podrán contar con la asesoría de un docente Director de Grupo.

3. Se le asignara un código electoral que será el mismo número en el tarjetón, deberán crear un slogan y organizar una agenda de reuniones y visitas a sus posibles electores.

4. Se fijará una fecha para la inscripción de candidatos ante el director quien hará las veces de registrador escolar. Para esta fecha se deben presentar con su hoja de vida debidamente diligenciada.

5. Cada candidato deberá realizar como mínimo una visita por todos los grados compartiendo su programa de gobierno y tendrá que realizar una actividad lúdica, cultural o social donde presente igualmente su programa de gobierno.

6. En el presupuesto anual se aprobara una partida para apoyar las campañas electorales ya sea con cartulinas, marcadores, fotocopias, etc. o con el uso de los lugares y medios audiovisuales existentes en el Centro Educativo.

7. Se hará un censo de votantes, los cuales tendrán la obligación de reclamar su Carnet Escolar, el cual será el documento oficial para presentar el día de las votaciones.

8. Los docentes estarán en la obligación de orientar al grupo en cuanto a políticas electorales escolares.

9. Se fijara la fecha y hora para las votaciones y se escogerán los respectivos jurados de mesa, preferiblemente un docente, un padre de familia y un estudiante. A dichos jurados se le enviará su respectiva invitación.

10. El día anterior a las votaciones se colocará en lugar visible la información acerca de la ubicación de las zonas y puestos de votación, con la lista de votantes.

11. El día de la votación está prohibido realizar campaña electoral, los candidatos tendrán derecho a votar.

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12. Para este día se citará a los jurados de mesa con una hora de anterioridad, se les hará entrega de los formularios respectivos, los lapiceros, la urna sin sellar, el sello para la urna, el cubículo y los tarjetones además se les explicará la función de cada uno.

13. Los votantes estarán en libertad de votar dentro del horario escolar y este día se considera día cívico escolar.

14. Para el escrutinio los jurados contabilizaran los votos para cada candidato, los votos en blanco y los votos nulos. Deberán entregar el acta de cada mesa al registrador quien emitirá el respectivo informe del candidato elegido.

15. Al día siguiente de la elección se realizará la ceremonia de posesión.

FUNCIONES DEL PERSONERO DE ESTUDIANTES:

1. Conocer los derechos y deberes de los estudiantes y promover su cumplimiento.

2. Asumir actitudes positivas frente a los demás alumnos y educar con su ejemplo.

3. Asistir cumplidamente a las reuniones programadas y a las cuales asiste en calidad de invitado.

4. Impulsar el cumplimiento del manual de convivencia.

5. Responder con acciones efectivas a quienes lo eligieron y en general a todos los estudiantes, dado que creyeron en él y lo escogieron.

6. Presentar el programa de gobierno ante la comunidad educativa.

7. Recibir las quejas, reclamos que presenten los educandos sobre las lesiones a sus derechos y las que formule cualquier persona de la comunidad educativa sobre el cumplimiento de las obligaciones de los alumnos.

8. Presentar ante el rector según sus competencias, las solicitudes de oficio o a petición de las partes que consideren necesarias para proteger los derechos de los estudiantes y facilitar el cumplimiento de sus deberes.

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9. Cuando lo considere necesario, apelar ante el Concejo Directivo o el organismo que haga sus veces, las decisiones del rector, respecto a las peticiones presentadas por su intermedio.

Artículo 28: Consejo Estudiantil:

El consejo de Estudiantes se conforma de acuerdo al decreto 1860 de 1.994,art 16,en el cual se establece, que cada grado de los que ofrezca el Colegio debe tener un representante, para los casos de preescolar, primero, segundo y tercero, se debe escoger un solo vocero.

Así mismo, para aumentar la participación, el compromiso y la representación efectiva, se nombrará un vocero por cada grupo de primaria, quedando un solo representante de Transición para la representación del Nivel de Educación preescolar.

Integrantes del Consejo de Estudiantes:

Grado 5º Grado 4º Grado 3º Grado 2° Grado 1° Preescolar (Párvulos-Transición)

Son todos los representantes de grupo elegidos al interior de cada grupo.

Elección de los representantes de grupo

Periodo de elección:

La elección del representante al consejo de estudiantes debe realizarse dentro de las cuatro (4) primeras semanas del calendario académico.

Convocatoria y elecciones:

En la primera semana del calendario escolar cada consejero de grupo debe convocar a los alumnos que se ajusten al perfil del representante de grupo, luego los candidatos seleccionados disponen de dos (2) semanas para su campaña política. En la cuarta semana se realizarán las votaciones y el ganador representará al grupo ante el consejo de estudiantes.

Asesoría Institucional:

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El Director del grado quinto con todo su equipo de trabajo, planearán y realizarán todo un proceso de capacitación electoral donde informarán, motivarán, explicarán procedimientos y en general estarán al frente del proceso electoral institucional.

Objetivo general del Consejo de Estudiantes:

Fomentar la participación de los educandos del Gimnasio San Diego en el desarrollo de la vida estudiantil en el proceso de formación y en el crecimiento de la institución.

Objetivos específicos del Consejo de Estudiantes:

1. Comprometerse en la tarea de conocer, compartir y enriquecer el P.E.I de la institución. 2. Crear mecanismos de acercamiento a los alumnos, buscando que la participación estudiantil sea un hecho diario.

1. Presentar iniciativas que mejoren la calidad de vida del Colegio.

Funciones del representante de grupo.

Representar al grupo en los actos que requieran de su presencia. Ser vocero de las iniciativas de su grupo ante el Consejo de Estudiantes. Fomentar la participación de su grupo en todos los eventos que así lo requieren. Actuar con responsabilidad y compromiso en el ejercicio de su cargo.

Funciones del Consejo de Estudiantes:

Corresponde al Consejo de Estudiantes.

1. Darse su propio reglamento.

2. Elegir al representante de los estudiantes ante el consejo directivo y asesorarlo en el cumplimiento de sus funciones.

3. Invitar a sus deliberaciones a aquellos estudiantes que presenten iniciativas sobre el desarrollo de la vida estudiantil.

4. Las demás actividades afines o complementarias con las anteriores que le atribuya el manual de convivencia (art, 29 del decreto 1860).

Page 61: 03. Manual de Convivencia GSD 2015

Cargos y Funciones del Consejo de Estudiantes:

El Consejo de Estudiantes tendrá la siguiente planta de cargos:

PRESIDENTE. VECEPRESIDENTE. SECRETARIO. COMUNICADOR PROMOTOR CULTURAL Y SOCIAL

Comuníquese y Cúmplase.

Cumaral, 28 de noviembre de 2014.