15
 Reestructuración del Registro de Empresas Especializadas Conferenci a Ofrecida por la Empresa Consultora COMPUME T EIRL COMPUMET EIRL [email protected] DS-005-00!-EM" #!"0#"00!"

03.01.08. Conferencia del DS.005.2008.EM..ppt

Embed Size (px)

Citation preview

  • Reestructuracin del Registro de Empresas EspecializadasConferencia Ofrecida por la Empresa Consultora COMPUMET EIRL COMPUMET [email protected]. 18.01.2008.

  • GENERALIDADES

    El DS-043-2001-EM, que ha creado el Registro de Empresas Especializadas, fue derogado.

    En consecuencia, las Empresas Especializadas (EE), desaparecen; y en su reemplazo, aparecen las Empresas Contratistas Mineras (ECM), dispuesto por el DS-005-2008-EM.

    Para que una empresa, se inscriba como ECM en el Registro de Empresas Contratistas Mineras, llamadas en adelante El Registro, se requiere cumplir con una serie de requisitos.

  • Qu es una ECM?

    Una ECM o Empresa Contratista Minera, es aquella que cuenta con autonoma funcional y patrimonio propio que le permita actuar en las actividades de exploracin, desarrollo, explotacin y beneficio y sus labores colaterales.

  • REQUISITOS DE INSCRIPCIN

    Solicitud dirigida al DGM, adjuntando los siguientes documentos:a. Copia de Escritura Pblica y constancia de Inscripcin en Registros Pblicos.

    b. Acreditar un Capital Social de 100 UIT

    c. Constancia de Inscripcin en el Registro de Entidades Empleadoras que desarrollan actividades de Alto Riesgo, emitida por la Sub Direccin de Registros Generales del Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo.

    d. Declaracin Jurada del Nmero Mximo de Trabajadores que contratar para realizar las actividades requeridas.e. Contratos de Trabajo de los profesionales especializados en la actividad minera a desarrollar, con las formalidades de Ley.

  • REQUISITOS DE INSCRIPCIN

    Solicitud dirigida al DGM, adjuntando los siguientes documentos:a. Copia de Escritura Pblica y constancia de Inscripcin en Registros Pblicos.b. Acreditar un Capital Social de 100 UITc. Constancia de Inscripcin en el Registro de Entidades Empleadoras que desarrollan actividades de Alto Riesgo, emitida por la Sub Direccin de Registros Generales del Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo. d. Declaracin Jurada del Nmero Mximo de Trabajadores que contratar para realizar las actividades requeridas.e. Contratos de Trabajo de los profesionales especializados en la actividad minera a desarrollar, con las formalidades de Ley.

  • **REQUISITOS DE INSCRIPCINEl nmero mnimo de profesionales especializados, estar de acuerdo con la siguiente escala: Nmero de trabajadores Nmero de profesionales especializados De 0 a 50 por turno 1 (un) ingeniero residente con experiencia mnima de tres (3) aos en seguridad e higiene minera; De 51 a ms por turno 1(un) ingeniero residente y 1 (un) ingeniero de seguridad (ingeniero de minas o ingeniero gelogo) con experiencia mnima de tres (3) aos en seguridad e higiene minera.

  • REQUISITOS DE INSCRIPCIN

    f. Copia de la planilla de sus trabajadores presentada ante el ministerio de trabajo y promocin del empleo. En caso de que la empresa contratista minera an no inicie actividades, presentar una declaracin jurada mediante la cual se obligue a entregar la copia de la planilla antes mencionada, en cuanto tenga contrato con una empresa minera.

    g. Declaracin jurada de instalaciones, maquinaria y equipo para la actividad que desarrollar, sea, propio o arrendado.

  • REQUISITOS DE INSCRIPCIN

    h. Copia de la pliza del seguro complementario de trabajo de riesgo (SCTR).

    i. Reglamento interno de seguridad e higiene minera, incluyendo todos los aspectos sealados en el decreto supremo N 016-2001-EM y supletoriamente, el decreto supremo N 009-2005-TR, en concordancia con el objeto social de la empresa y la actividad que desarrolle, segn el articulo 5 del presente decreto supremo.

    Mucho Cuidado: De haber observaciones en el expediente presentado, hay que subsanarlo de inmediato, bajo apercibimiento de declarar el abandono de su solicitud, la cual ser archivada sin ms trmite.

  • RIESGOS POR FALTA DE INSCRIPCINEN EL REGISTRO

    Las Empresas que no estn inscritas en El Registro, NO PODRN EJECUTAR trabajos de:Exploracin;Desarrollo;Explotacin; Beneficio; niSus actividades colaterales; trabajos complementarios, requeridos por las anteriores operaciones; labores, como la construccin de infraestructuras por ejemplo, transporte de materiales, mineral de cabeza, concentrados, etc.

    Las empresas, de no estar inscritas en El Registro, no estaran en el rgimen minero; y el cumplimiento del Reglamento de Seguridad e Higiene Minera DS-046-2001-EM, tendra complicaciones en su aplicacin.

  • RIESGOS POR FALTA DE INSCRIPCINEN EL REGISTRO

    Las empresas que no cumplan con inscribirse en El Registro, mediante resolucin directoral, de conformidad con el TUO de la Ley General de Minera: Inciso 11, Art. 37 del DS-014-92-EM (vigente), no podrn iniciar sus actividades.

    Por otro lado, de no estar inscritas en El Registro de ECM, los trabajadores de las EE, sern imputados a la Empresa Titular donde operan.

    Finalmente, tanto la EE como la Titular, sern objeto de sanciones y multas de acuerdo a Ley.

  • SANCIONES PARA LA EMPRESA MINERA

    La empresa minera titular, ser sancionada en los siguientes casos:

    Si contratara a empresas no inscritas en El Registro o empresas que, estando inscritas en l, ejecuten actividades mineras diferentes a su calificacin. La inobservancia de esta disposicin ser sancionada con una multa equivalente a cien (100) UIT, sin perjuicios de la sanciones que pudieran ser aplicables por la autoridad administrativa de trabajo en virtud a la Ley General de Inspeccin de Trabajo.

    b. Si no informa a la Direccin General de Minera el aumento de personal de la empresa contratista minera, ser sancionada con multa de a 30 a 50 UIT.

  • **Infracciones y Sanciones AparejadasSanciones a las Faltas de las Empresas Contratista Minera

    ClasificacinFaltas o infraccionesSancin Faltas levesIncumplir con la actualizacin o inscripcin de actos modificatorios en El Registro.No cumplir con informar a los trabajadores, en concordancia a lo sealado en el Artculo 12 del presente decreto supremoDe 1 a 30 UIT

    De 1 a 30 UITFaltas gravesReincidencia en faltas leves.No facilitar, obstaculizar o impedir las funciones que debe ejercer el estado en el rea de trabajo de la empresa contratista minera. No contar con el ingeniero de seguridad en concordancia con el artculo 6 De 10 a 30 UITDe 10 a 50 UIT

    De 10 a 30 UITFaltas muy gravesProporcionar informacin falsa

    Presentar documentos falsificados

    Inicio de actividades mineras sin contar con la resolucin de inscripcin en El Registro.Reincidencia en faltas graves.Cancelacin de inscripcin en el registro , sin perjuicio de las acciones legales correspondientes.Cancelacin de inscripcin en el registro, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes.De 30 a 100 UIT.De 30 a 100 UIT o cancelacin de inscripcin en el registro.

  • Lista de Empresas contratistas sancionadasEl Ministerio de Energa y Minas elaborar un listado de las empresas contratistas que hayan sido sancionadas en El Registro.

    Este listado ser publicado a travs de la pagina Web del Ministerio de Energa y Minas.

  • Desnaturalizacin de los servicios prestadosEl Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo, a travs de su Sistema Nacional de Inspeccin del Trabajo, es la autoridad de verificar el uso adecuado del mecanismo de contratacin a que se refiere el presente DS.

    En caso de que se evidencia y compruebe que la empresa simplemente brinda servicios de provisin de personal, lo comunicar a la DGM, para la cancelacin de la inscripcin en El Registro, sin perjuicio de las sanciones que determine la Autoridad Administrativa de Trabajo

  • **Cronograma del Proceso de Inscripcin en El Registro de Empresas Contratistas Mineras

    Ultimo digito del RUC Vencimiento Fecha Desde 18.01.08.De 0 a 1 3 meses 18 abril 2008

    De 2 a 3 4 meses 18 mayo 2008

    De 4 a 5 5 meses 18 junio 2008

    De 6 a 7 6 meses 18 julio 2008

    De 8 a 9 7 meses 18 agosto 2008

    ************