13
Novas da xustiza CCOO de Xustiza Número 199. 6 de abril de 2010 http://ccooxustiza.blogspot.com/ Resolución do 26 de marzo de 2010, da Secretaría Xeral da Igualdade, pola que se regulan as bases e se convocan axudas periódicas de apo- io a mulleres que sofren violencia de xénero Ligazón: Preme aquí Oposicións Sumario Secretarios xudiciais Lista provisional de admitidos e excluídos Publicado no BOE do 5 de abril MINISTERIO DE JUSTICIA Cuerpo de Secretarios Judiciales Resolución de 25 de marzo de 2010, de la Dirección General de Modernización de la Administración de Jus- ticia, por la que se aprueba la lista provisional de aspi- rantes admitidos y excluidos al proceso selectivo para ingreso, por el sistema general de acceso libre y por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Secre- tarios Judiciales. PDF (BOE-A-2010-5434 - 10 págs. - 606 KB) Otros formatos Oposicións .......................... 1 Secretarios xudiciais Emprego público ................. 4 Oferta 2010 Opinión ............................... 5 Unha oferta de emprego para o 2010 con claroscuros Declaración da renda .......... 11 Os contribuíntes poden solicitar o borrador da declaración da renda Subscricións - Delegados .... 13

06-04-2010. Novas da Xustiza nº 199

Embed Size (px)

DESCRIPTION

Boletin informativo de CCOO de Xustiza Oposicións - Emprego público - Opinión - Declaración da renda - Subscricións - Delegados

Citation preview

Page 1: 06-04-2010. Novas da Xustiza nº 199

Novas da xustiza

CCOO de Xustiza Número 199 . 6 de abr i l de 2010 http://ccooxustiza.blogspot.com/

Resolución do 26 de marzo de 2010, da Secretaría Xeral da Igualdade,

pola que se regulan as bases e se convocan axudas periódicas de apo-

io a mulleres que sofren violencia de xénero

Ligazón: Preme aquí

Oposic ións

Sumar io

Secretarios xudiciais

Lista provisional de admitidos e excluídos

Publicado no BOE do 5 de abril

MINISTERIO DE JUSTICIA

Cuerpo de Secretarios Judiciales

Resolución de 25 de marzo de 2010, de la Dirección

General de Modernización de la Administración de Jus-

ticia, por la que se aprueba la lista provisional de aspi-

rantes admitidos y excluidos al proceso selectivo para

ingreso, por el sistema general de acceso libre y por el

sistema de promoción interna, en el Cuerpo de Secre-

tarios Judiciales.

PDF (BOE-A-2010-5434 - 10 págs. - 606 KB)

Otros formatos

Oposicións .......................... 1

Secretarios xudiciais

Emprego público ................. 4

Oferta 2010

Opinión ............................... 5

Unha oferta de emprego para o

2010 con claroscuros

Declaración da renda .......... 11

Os contribuíntes poden solicitar

o borrador da declaración da

renda

Subscricións - Delegados .... 13

Page 2: 06-04-2010. Novas da Xustiza nº 199

2 Novas da Xustiza

6

de

a

br

il

de

2

01

0

Sobre os listados de excluídos

Por presentar a instancia no modelo 790 antigo

Teredes podido comprobar que nas relacións provisionais de excluídos ás probas selectivas de ac-

ceso a Secretarios xudiciais, OEP 2009, unha gran cantidade de opositores saíron excluídos por

presentar a instancia do modelo 790 antigo, que algunhas administracións seguían entregando a

pesar de que fora modificado por un novo modelo 790, co mesmo número e que só ten algunha

modificación nos datos da convocatoria respecto ao modelo 790 novo.

CCOO solicitou onte ao Ministerio que se admita de oficio a todos os que foron excluídos por este

motivo, para que os opositores non necesiten realizar ningún escrito de emenda se a exclusión só o

fi por esta causa.

Non obstante, o Ministerio de Xustiza non fai caso a emendar de oficio esta causa (o que permitiría

que decenas de compañeiros que non son responsables do erro teñan que mandar unha emenda) e

publica na páxina web nestes momentos o seguinte:

La subsanación de la causa D: No presentar modelo de instancia normalizado, se hará pre-

sentando el modelo 790 "Solicitud de admisión a pruebas selectivas en el cuerpo de Secreta-

rios Judiciales y liquidación de la tasa de derechos de examen", junto con una copia de la

primera instancia en la que conste el sello de entrada en la Administración.

En calquera caso, para todos os opositores excluídos por presentar instancia 790 do modelo antigo,

CCOO realizou un escrito para todos os compañeiros excluídos por esta causa, ao que haberá que

achegar o modelo 790 novo rechedo en todos os seus datos e presentar dentro do prazo para a

emenda.

Recordámovos que o prazo para a emenda é de 10 días hábiles que comeza a contar dende hoxe,

6 de abril

Deseguido, achegámovos o escrito

Page 3: 06-04-2010. Novas da Xustiza nº 199

FSC-CCOO Novas da Xustiza

3

6

de

a

br

il

de

2

01

0

PRUEBAS SELECTIVAS CUERPO DE SECRETARIOS JUDICIALES convocatoria Orden JUS/3636/2009 de 28 de diciembre (BOE 11 de enero de 2010). D. con DNI con domicilio a efectos de notificaciones en , teléfono EXPONE: Que en el BOE de fecha 05 de abril de 2010 se publican las listas provisionales de aspirantes ad-mitidos y excluidos para participar en el proceso selectivo, por los sistemas generales de acceso libre y promoción interna, para ingreso en el Cuerpo de Secretarios Judiciales convocadas por Orden JUS/3636/2009 de 28 de diciembre (BOE 11 de enero de 2010). Que en dicha relación aparezco excluido por la causa de exclusión letra D: no presentar el modelo de instancia normalizado. Pues bien, el modelo de instanciaque he presentado se corresponde con el modelo 790, el cual fue facilitado por la propia administración a pesar de que parece ser que dicho formulario ha sufri-do modificaciones. Por lo que junto con la presente instancia aporto copia sellada del modelo 790 en su día presen-tado así como nuevamente el modelo 790 que está en vigor debidamente cumplimentado. SOLICITO, Se tenga por subsanado el citado defecto y se me incluya en la lista de admitidos para participar en el proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Secretarios Judiciales, turno (libre o promo-ción interna).

Madrid, a de de 2010.

Fdo.: ILMO. SR. SECRETARIO DE ESTADO DE JUSTICIA. MINISTERIO DE JUSTICIA C/San Bernardo 21 – 28071 MADRID

Ir ao Sumario

Page 4: 06-04-2010. Novas da Xustiza nº 199

4 Novas da Xustiza

6

de

a

br

il

de

2

01

0

Emprego públ ico

Oferta de empleo público

Publicada en el BOE de 1 de abril, la OEP 2010, que se convocará junto a la

oferta pendiente de 2009, que fue publicada el 3 de marzo de 2009

PLAZAS TOTALES DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LAS OEP 2009 y 2010: MINISTERIO DE JUSTICIA Y CCAA TRANSFERIDAS

OEP 2009 + 2010 OEP 2010 OEP 2009

SECRETARIOS 300 (OEP 2009 YA CONVOCADAS)

300 YA CONVOCADAS (BOE 11-1-2010)

MÉDICOS FORENSES 55 21 34

FACULTATIVOS INT 31 9 22

TEL INT 34 ------ 34

AYUDANTES LABO-RATORIO INT

21 21 ------

GESTIÓN 1.042 364 678

TRAMITACIÓN 2.074 770 1.304

AUXILIO JUDICIAL 1.066 545 521

TOTALES 4.623 2.030 2.593

ÁMBITO NO TRANSFERIDO:

OEP 2009 + 2010 OEP 2010 OEP 2009

SECRETARIOS 300 (OEP 2009 YA CONVOCADAS)

300 YA CONVOCADAS (BOE 11-1-2010)

MÉDICOS FORENSES 6 --- 6

FACULTATIVOS INT 31 9 22

TEL INT 34 ------ 34

AYUDANTES LABO-RATORIO INT

21 21 ------

GESTIÓN 63 33 30

TRAMITACIÓN 224 117 107

AUXILIO JUDICIAL 275 224 51

TOTALES 954 704 250

ÁMBITO TRANSFERIDO (CCAA CON COMPETENCIAS):

OEP 2009 + 2010 OEP 2010 OEP 2009

MÉDICOS FORENSES 49 21 28

GESTIÓN 979 331 648

TRAMITACIÓN 1.850 653 1.197

AUXILIO JUDICIAL 791 321 470

TOTALES 3.669 1.326 2.343

Ir ao Sumario

Page 5: 06-04-2010. Novas da Xustiza nº 199

FSC-CCOO Novas da Xustiza

5

6

de

a

br

il

de

2

01

0

Opin ión

Una Oferta de Empleo para el 2010 con claroscuros

Publicado en www.contencioso.es

No hay sorpresas con la Oferta de Empleo público de la

Administración del Estado para el 2010, publicada en el

BOE de 1/4/10. En tiempo de vacas flacas apretarse el

cinturón presupuestario pasa por recortar las incorporacio-

nes de nuevos empleados y por amortizar vacantes. El

resultado matemáticamente pronosticable (mismos servi-

cios públicos entre menor número de funcionarios) será

una sobrecarga de trabajo y una rebaja en el estándar de

servicio público. Sin embargo, lo mas llamativo para Se-

vach de esta Oferta de empleo es que incorpora unos “Cri-

terios generales de aplicación en los procesos selectivos”

que son práctica reiteración de los establecidos en la Ofer-

ta de Empleo para 2009, y que suponen una regulación

precisa y avanzada del sistema de concursos y oposiciones.

1. El problema para Sevach viene en un doble frente.

En primer lugar, porque la regulación del proceso selectivo del Estatuto Básico del Empleado Públi-

co, aprobado por Ley 7/2007, de 12 de Abril, reclamaba a gritos un desarrollo en las leyes específi-

cas de función pública (estatal y/o autonómicas) y al menos un complemento reglamentario. Sin

embargo, el legislador estatal y el Gobierno Central siguiendo la política del avestruz, eluden esta-

blecer una regulación general en una materia de máximo impacto ( incide sobre opositores y sobre

el servicio público, por la vinculación entre pruebas y cualificación del servidor público). En cambio,

optan por dar un salto sin red, desde los principios selectivos del Estatuto Básico hasta la Convoca-

toria. Se trata de un parcheo para salir del paso, ya que una Convocatoria es un acto general (no

un reglamento) y como tal agota sus efectos en relación a las plazas concretas convocadas,

además de presentar una dinámica impugnatoria propia de los actos administrativos. En suma, lo

deseable por seguridad jurídica y congruencia con un sistema jurídico escalonado sería

que los “criterios selectivos de la Oferta de Empleo” fueren elevados a rango reglamen-

tario, en vez de reproducirse año tras año, con ocasión de la aprobación de la Oferta de Em-

pleo.

Page 6: 06-04-2010. Novas da Xustiza nº 199

6 Novas da Xustiza

6

de

a

br

il

de

2

01

0

En segundo lugar, si el Estado aprobase esos Criterios Selectivos bajo el ropaje formal de

un “Reglamento”, se produciría el interesantísimo efecto de que tal norma sería aplicable

supletoriamente al ámbito autonómico y local, poniéndose orden uniforme en todos los pro-

cedimientos de acceso a la función pública nacidos tras la vigencia del Estatuto Básico. O sea, una

ocasión perdida.

2. Veamos los términos literales de los citados “Criterios Selectivos”, con algún comentario, ya que

si bien la Oferta de Empleo es devorada por los opositores, la mayor parte de quienes ya hemos

superado la barrera para ser funcionarios públicos, no nos molestamos en leerla, pese a su notable

interés. Merece la pena.

Artículo 4. Criterios generales de aplicación en los procesos selectivos.

De acuerdo con el artículo 55 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, se señalan los siguientes

principios rectores para el acceso al empleo público y la adquisición de la relación de servi-

cio:

a) En el marco del artículo 55.2 de la Ley 7/2007 arriba citada, la selección del personal fun-

cionario y laboral incluido en la presente oferta, se realizará mediante procedimientos en los

que se garanticen los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, así como

los siguientes: 1. Publicidad de las convocatorias y de sus bases. 2. Transparencia. 3. Impar-

cialidad y profesionalidad de los miembros de los órganos de selección 4. Independencia y

discrecionalidad técnica en la actuación de los órganos de selección. 5. Adecuación entre el

contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar. 6. Agilidad, sin

perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.

b) De acuerdo con el artículo 61.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, los procesos selectivos

tendrán carácter abierto y garantizarán la libre concurrencia, sin perjuicio de lo establecido

para la promoción interna y de las medidas de discriminación positiva previstas en la citada

Ley.

c) Las bases específicas de las convocatorias derivadas de la presente oferta recogerán la

necesaria adecuación entre los contenidos de los procesos selectivos y las funciones o tareas

a desarrollar, tal como establece el artículo 55.2.e) del Estatuto Básico del Empleado Público.

d) De conformidad con lo establecido en el artículo 61.2 del Estatuto Básico del Empleado

Público, los procedimientos de selección cuidarán especialmente la conexión entre el tipo de

pruebas a superar y la adecuación al desempeño de las tareas de los puestos de trabajo con-

vocados, incluyendo, en su caso, las pruebas prácticas que sean precisas. Además, con el fin

de asegurar la objetividad y racionalidad de los procesos selectivos, de acuerdo con el artícu-

lo 61.5 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, las pruebas selectivas podrán completarse con la

superación de cursos, de periodos de prácticas, pruebas psicotécnicas o con la realización de

entrevistas

En aquellos procesos selectivos en los que existan pruebas físicas, éstas, establecerán bare-

mos diferentes para mujeres y hombres, cuando la naturaleza de las pruebas lo requiera o

Page 7: 06-04-2010. Novas da Xustiza nº 199

FSC-CCOO Novas da Xustiza

7

6

de

a

br

il

de

2

01

0

exista alguna justificación legítima y proporcionada del diferente trato. Todo ello, en el marco

de lo establecido en el artículo 5 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igual-

dad efectiva de mujeres y hombres.

Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo

de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finaliza-

ción del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo

demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una

resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tri-

bunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la

lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

Encontramos una reiteración de los mandatos legales que resultarían superfluos, salvo por la legí-

tima finalidad de facilitar a los aspirantes los criterios de selección, sin tener que bucear en la nor-

mativa legal.

Por otra parte, se fija una regulación acabada para la situación no infrecuente de aspirantes que en

situación de embarazo deben afrontar unas pruebas selectivas, con lo que se pone coto a algún cri-

terio de Tribunales calificadores de tener por desistida a la aspirante que no realiza la prueba, teó-

rica o práctica, por imponderables derivados de embarazo de riesgo o parto. Nótese que no se alu-

de al simple “embarazo” sino al “embarazo de riesgo” o “parto”, y como tales debidamente acredi-

tados ante la Administración actuante.

e) Con carácter general, en los procesos selectivos derivados de la presente oferta de em-

pleo público, las bases de convocatoria podrán establecer la conservación de la nota de los

ejercicios, siempre que dicha nota supere el 60 por ciento de la calificación máxima. La vali-

dez de esta medida será aplicable a la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando

ésta sea análoga en el contenido y en la forma de calificación.

Una previsión práctica, pensada para oposiciones que requieren gran esfuerzo, y aliviar a los aspi-

rantes que hayan superado con cierta holgura algún ejercicio, aunque también tendrá su aplicación

natural en los procedimientos de promoción interna, donde los aspirantes al estar trabajando no

pueden preparar las oposiciones con plena dedicación y rendimiento.

f) En los procesos selectivos en los que exista una fase de concurso, se contemplará, especí-

ficamente entre otros méritos, la valoración de la experiencia acreditada por los candidatos

que, con carácter interino o temporal, hubieran desempeñado funciones análogas.

Los términos imperativos de esta estipulación comportan que si hay “concurso” deban valorarse

necesariamente como mérito la experiencia pero eso sí, en “funciones análogas” o lo que es lo

mismo, que podría existir una fase de concurso en que se valore únicamente al experiencia en

puestos del mismo rango, cuerpo o escala pero no en inferiores. En todo caso, será la convocatoria

la que, con amplio margen de libertad, fije unos u otros méritos.

Page 8: 06-04-2010. Novas da Xustiza nº 199

8 Novas da Xustiza

6

de

a

br

il

de

2

01

0

g) Se harán públicas en el plazo máximo de 48 horas a contar desde la finalización de la

prueba específica las plantillas correctoras de aquellos procesos selectivos que incluyan la

realización de pruebas con respuestas alternativas.

Esta es una previsión muy razonable ya que se piensa en los procedimientos selectivos masivos,

con pruebas de cuestionario, y esa publicación de las plantillas contribuye a evitar rumores, espe-

culaciones y desasosiego de los aspirantes.

h) Los temarios de pruebas selectivas derivados de esta oferta incluirán en los temas relati-

vos a las políticas públicas especial referencia a las políticas sociales, entre ellas las políticas

de igualdad y contra la violencia de género, así como de aquellas dirigidas a la atención a

personas discapacitadas y/o dependientes.

Aquí hay un mandato insólito, ya que parece que se aprovecha la convocatoria para una labor edu-

cativa de los futuros funcionarios, cuando hay muchísimos otros valores constitucionales que mere-

cerían equivalente atención, y cuando es evidente que si se pide una titulación para el acceso a la

función pública se supone que el sistema educativo en sus distintos niveles ya asegura tal forma-

ción en valores.

i) Los Tribunales y Órganos de selección actuarán con imparcialidad, profesionalidad, inde-

pendencia, discrecionalidad técnica y con austeridad y agilidad a la hora de ordenar el desa-

rrollo de los procesos de selección, sin perjuicio de la objetividad, en los términos que pres-

cribe el artículo 55.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril

La composición de los Tribunales y Órganos de selección tenderá al principio de representa-

ción equilibrada entre mujeres y hombres. Esta medida se tendrá en cuenta a la hora de

nombrar los miembros que ostentarán las presidencias y secretarías de aquellos.

Curioso que se ponga el acento en repartir entre hombres y mujeres, no sólo la presencia en los

órganos colegiados de selección, sino de asignar la Presidencia o la Secretaría. Ya veremos como

queda en la práctica, ya que así como la Presidencia de los Tribunales es un puesto codiciado, en

cambio la condición de Secretario resulta muy laboriosa y como tal, poco apetitosa.

j) Se promoverá la participación en Tribunales y Órganos de selección de personas con dis-

capacidad en aquellos procesos en los que exista turno de reserva para este colectivo.

k) Las convocatorias de los procesos selectivos de personal funcionario, juntamente con sus

bases, se publicarán en el «Boletín Oficial del Estado».

De las convocatorias de personal laboral de la Administración General del Estado se publicará

en el «Boletín Oficial del Estado» una reseña que contendrá, al menos, el número de plazas

por categorías y el lugar o lugares en que figuren expuestas las bases completas de las con-

vocatorias.

En ambos casos, además se difundirán utilizándose a este fin las páginas web de los Depar-

tamentos y Organismos así como la página web www.060.es. Se aprovecharán las posibili-

Page 9: 06-04-2010. Novas da Xustiza nº 199

FSC-CCOO Novas da Xustiza

9

6

de

a

br

il

de

2

01

0

dades que ofrecen los avances tecnológicos en el ámbito de los procesos selectivos, poten-

ciando la presentación electrónica de solicitudes y facilitando información a través de inter-

net.

A estos efectos, los distintos Ministerios y Organismos que oferten plazas incluirán en su

página web una dirección dedicada a procesos selectivos, en la que recogerán cada una de

las convocatorias y los actos que se deriven de ellas, incorporando, cuando ello sea posible,

las relaciones de aspirantes admitidos y excluidos, así como las relaciones de aprobados en

cada uno de los ejercicios de acuerdo con la normativa vigente en materia de protección de

datos.

l) La presentación de instancias y, en su caso, el pago de la correspondiente tasa se realizará

de forma telemática en aquellos Departamentos ministeriales y Organismos públicos que

dispongan de dicha posibilidad en sus registros electrónicos.

Los Departamentos ministeriales y los Organismos públicos que no dispongan de registro

electrónico para la tramitación de las inscripciones de los candidatos en las pruebas selecti-

vas, podrán establecer convenios de encomienda de gestión con el Ministerio de Presidencia

para facilitar que aquélla se realice a través del registro ubicado en la página web

www.060.es.

m) Las convocatorias de procesos selectivos derivadas de la presente oferta podrán estable-

cer la obligatoriedad de que los aspirantes que superen dichas pruebas soliciten destino utili-

zando exclusivamente medios electrónicos, cuando se den las condiciones pertinentes, a la

vista de lo dispuesto en el artículo 27.6 de la Ley antes mencionada.

n) Las convocatorias de los procesos selectivos y sus bases, así como todas las informacio-

nes que afecten a las convocatorias y al desarrollo de procesos selectivos, serán remitidas al

buzón [email protected] por el Órgano convocante con el fin de permitir el mayor se-

guimiento posible a través de los canales de atención al ciudadano. El responsable de la ges-

tión de dicho buzón publicará en la página web www.060.es las convocatorias y sus bases así

como cualquier información relacionada con los procesos selectivos

El Ministerio de la Presidencia facilitará que sea el propio Tribunal u Órgano de selección

quien se suscriba al 060 para recibir las alertas a través de los canales habilitados con el fin

de analizar la adecuación de la información suministrada.

El tratamiento de la información por medios telemáticos tendrá en cuenta lo establecido en la

Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.

Muy positiva la canalización de la publicidad por medios telemáticos y a través de la red. Resultaría

chocante que los temarios incluyan temas a estudiar relativos a la Administración electrónica y que

los aspirantes sigan con la presentación de escritos en forma rudimentaria.

Page 10: 06-04-2010. Novas da Xustiza nº 199

10 Novas da Xustiza

6

de

a

br

il

de

2

01

0

ñ) En las bases de convocatoria se tendrá en cuenta la necesaria minoración de cargas ad-

ministrativas al ciudadano, facilitando y simplificando las relaciones entre la Administración

convocante y los aspirantes.

Esta estipulación debería figurar no solo en el ámbito de las oposiciones, sino alzarse en principio

general de la actuación de la Administración Pública ( ya plasmado en la LOFAGE como principio de

“simplicidad” y “servicio al ciudadano”).

o) Los Departamentos podrán implantar medidas de carácter económico para facilitar la pre-

paración, tales como ayudas o becas, así como otro tipo de medidas, que se arbitrarán de

acuerdo con las disponibilidades presupuestarias y respetarán los principios constitucionales

de acceso a la Función Pública y el apoyo a la promoción interna.

p) De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, por el que se

suprime la aportación de fotocopias de documentos de identidad en los procedimientos ad-

ministrativos de la Administración General del Estado y de sus Organismos públicos vincula-

dos o dependientes, no se requerirá fotocopia del documento acreditativo de identidad o tar-

jeta equivalente en la presentación de solicitudes para participar en procesos selectivos.

Esta previsión es muy práctica pero no impedirá que ningún gracioso presente una instancia en

nombre de algún personaje o personajillo, tal y como comentó Sevach en un post anterior.

En fin, confiemos en que estos pasos adelante en el ámbito selectivo se implanten de forma regla-

mentaria y para todas las Administraciones.

Ir ao Sumario

Page 11: 06-04-2010. Novas da Xustiza nº 199

FSC-CCOO Novas da Xustiza

11

6

de

a

br

il

de

2

01

0

Declarac ión da renda

Los contribuyentes pueden solicitar el borrador de la declaración de la renta

Hasta el 23 de junio

Publicado en www.europapress.es

Los contribuyentes que no solicitaran el pasado año el borrador de la renta para su remi-

sión automática por parte de la Agencia Tributaria podrán pedirlo desde este lunes y

hasta el próximo 23 de junio, según el calendario publicado por el organismo adscrito al

Ministerio de Economía y Hacienda.

La solicitud del borrador se podrá tramitar en cualquier

oficina de la Agencia Tributaria, incluidas las oficinas de las

comunidades autónomas y ciudades autónomas que hayan

convenido con la Agencia Tributaria la implantación de la

ventanilla única tributaria.

Además, podrá solicitarse a través de Internet, tanto en la

sede electrónica de la Agencia Tributaria

(https://www.agenciatributaria.gob.es) como en la propia

página w eb de la Agencia Tributaria

(www.agenciatributaria.es), o llamando a los teléfonos 901

200 345 ó 901 12 12 24.

Podrán solicitar el borrador los contribuyentes cuyas rentas procedan exclusivamente de rendi-

mientos del trabajo, rendimientos del capital mobiliario sujetos a retención o a ingreso a cuenta,

derivados de Letras del Tesoro, así como de la imputación de rentas inmobiliarias siempre que pro-

cedan, como máximo, de dos inmuebles, o de ganancias patrimoniales sometidas a retención o in-

greso a cuenta, así como las subvenciones para la adquisición de vivienda habitual.

Por otro lado, el plazo de presentación de la declaración de la renta 2009 se abrirá el próximo 3 de

mayo y finalizará el 30 de junio, aunque si se domicilia el pago la fecha de cierre es el 25 de junio.

Page 12: 06-04-2010. Novas da Xustiza nº 199

12 Novas da Xustiza

6

de

a

br

il

de

2

01

0

NOVEDADES FISCALES PARA 2010.

De cara al ejercicio fiscal 2010, es decir, a la declaración que se presentará el próximo año, el Go-

bierno ha introducido desde enero una serie de novedades fiscales. El Ejecutivo eliminó desde el

pasado 1 de enero la deducción de 400 euros en el IRPF, lo que supondrá de facto un incremento

de este impuesto, salvo para los contribuyentes con rentas inferiores a 15.645 euros brutos anua-

les, que seguirán disfrutando de dicha deducción. Hasta 12.000 euros se mantiene íntegra y se

hará progresiva hasta los 15.645 euros.

Otra de las novedades tributarias para este año es la reforma de la conocida como 'Ley Beckham',

que regula el régimen fiscal especial para extranjeros no residentes, especialmente deportistas de

élite asentados en España. De esta forma, aquellos que cuenten con rentas superiores a los

600.000 euros anuales pasarán a tributar al 43% en el IRPF, mientras que el resto seguirá en el

24%.

A mediados de año habrá más subidas fiscales, ya que el 1 de julio de 2010 el tipo general del IVA

subirá dos puntos y se situará en el 18%, mientras que el tipo reducido se elevará un punto, hasta

el 8%. En cambio, el tipo superreducido, aplicable a bienes de primera necesidad, se mantendrá en

el 4% actual.

Ligazóns de interese

Renta 2009

Borrador de la declaración de la Renta

Solicitud de datos fiscales

Campaña Renta 2009

Servicio de ayuda de Renta con DNIe

Ir ao Sumario

Page 13: 06-04-2010. Novas da Xustiza nº 199

FSC-CCOO Novas da Xustiza

13

6

de

a

br

il

de

2

01

0

Delegados – Subscr ic ións

Contacto

As nosas páxinas web

CCOO de Xustiza

CCOO de Justicia

Rexistro Civil

Los blogs de Justicia

CCOO en Mugeju

Podes consultalas desde o teu posto de

traballo.

Para acceder, preme nas ligazóns ou nas

imaxes

Subscricións - Colaboracións

Se queres publicar un artigo ou un comentario

no boletín, se queres realizar unha consulta ou

unha suxestión ou se queres recibir o boletín

remítenos un correo electrónico a

[email protected]

A CORUÑA

Raquel e Estrela

981.18.20.32

[email protected]

FERROL

Manolo e Mati

981.33.73.25

[email protected]

SANTIAGO

Mati

981.54.03.63

[email protected]

OURENSE

Carlos e Justo

988.68.71.92

[email protected]

PONTEVEDRA

Belén

986.80.39.79

[email protected]

VIGO

Mercedes e Pablo

986.81.78.35

[email protected]

LUGO

José Antonio

982.40.21.95

[email protected]