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ptt normas constitucionales
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LA NORMA CONSTITUCIONAL
Abg. Yorcka Torres Torres
LA NORMA CONSTITUCIONALNorma Jurdica
Proposicin (perspectiva lingstica formal).Regula relaciones humanas externas.Procede de autoridad legtima.Carcter obligatorio.
LA NORMA CONSTITUCIONAL
Precepto fundamental y orgnico establecido por el Poder Constituyente y de competencia suprema
LA NORMA CONSTITUCIONALClasificacin:
ImperativasProgramticasTeleolgicas
LA NORMA CONSTITUCIONALImperativas: operativas, definen el orden poltico jurdico del Estado. Sealan: procedimiento para seleccionar los representantes del Estado, determinar funciones de operadores del poder pblico, fijan sistema de control y disean la supervisin constitucional.
LA NORMA CONSTITUCIONAL
Programticas: sustentan y precisan las diferentes funciones o actividades que debe desarrollar el gobierno para ir cumpliendo los fines del Estado. Decisiones polticas Decisiones tcnicas
Aquellos textos de la Constitucin que contienen derechos de las personas relacionados con necesidades socio culturales Rubio, Marcial La interpretacin de la Constitucin segn el Tribunal Constitucional
LA NORMA CONSTITUCIONALTeleolgicas: Definen el deber ser del Estado: fundamental la frmula poltica del Estado, precisan el modelo adoptado.
LA NORMA CONSTITUCIONALEstructura Constitucional:Germn Bidart Campos se refiere a: un contenido referido a la organizacin del poder, funciones, rganos (orgnica) y otra atiende a relaciones del hombre con el Estado y los hombres entre s dentro del Estado (dogmtica).
LA NORMA CONSTITUCIONALAmbas partes existentes en la Constitucin
Aspecto teleolgico: 1.- Ejercicio del poder del Estado (parte orgnica)2.- Principios del poder pblico (parte dogmtica)
para que el Estado promueva el bienestar general basado en la justicia.
LA NORMA CONSTITUCIONALActualmente, se puede hacer referencia a una tercer parte:3.- Supervisin Constitucional: parte que integra y se presenta como un conjunto de normas para preservar el orden poltico-jurdico del Estado, cuidar el cumplimiento de la voluntad social y posibilitar la realizacin de la persona.
CARCTER INTEGRAL DE LA CONSTITUCINSentencia del Tribunal Constitucional Sentencia del Tribunal Constitucional recada en el Expediente N 008-2003-AI/TC, publicada el 14 de noviembre de 2003. En efecto, las normas constitucionales no pueden ser comprendidas como tomos desprovistos de interrelacin, pues ello comportara conclusiones incongruentes. Por el contrario, su sistemtica interna obliga a apreciar a la Norma Fundamental como un todo unitario, como una suma de instituciones poseedoras de una lgica integradora uniforme
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